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7.1. Identificación del oferente (Anexo N°1)
Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo Nº1, en formato de
documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el
nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo
y RUN vigente del representante legal.
Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
[http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta.
Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de
Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal
[https://www.mercadopublico.cl].
7.2. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para ofertar con la
Administración del Estado (Anexo N°2)
Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y
habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de
Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin
embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas
extranjeras tener domicilio en Chile.
Requisitos mínimos para ofertar:
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad
a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los
5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la
prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en
el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado
del decreto ley N°211, de 1973.
c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo
33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona
jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio,
accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas
naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente
declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe
de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de
contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por
los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado
o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad
jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar
unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799.
Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link:
https://doc.digital.gob.cl/validador/4TZTP6-745
de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad).
g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que
una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o
sean beneficiarias finales.
h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en
que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean
accionistas o beneficiarias finales.
i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las
letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital
o sean beneficiarias finales.
j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades
antedichas.
Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo
N°2) firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tales circunstancias. Sin
perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información
entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Se requiere que la empresa tenga representante legal en chile y facture en el país.
7.3. Unión Temporal de Proveedores (Anexo N°3)
La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por una o más empresas de menor tamaño.
Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a
su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores
frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No
obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones
que surjan sobre el servicio a contratar de acuerdo con lo prescrito por el Artículo 51 de la Ley
N°19.886.
En relación con las uniones temporales de proveedores, de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 51
de la Ley N° 21.634, se define como “un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate
de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de
licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación
directa, sin que sea necesario constituir una sociedad”.
Respecto de los requisitos que debe cumplir una UTP para participar en la presente licitación, debe
constituirse por escritura pública, y ceñirse a los demás establecidos en los artículos 52 y
siguientes de la referida Ley N° 21.634.
La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en
particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o
prórroga.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la
presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán
a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las Ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las
siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes:
• Presentar instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar como
Unión Temporal de Proveedores, en conformidad al artículo 52 de la Ley N°19.886
• Suscribir el Anexo N°3, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión
Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común,
con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos
ellos.
• Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el
anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1), Declaración Jurada Simple de Habilidad
para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°2), y la Identificación del
oferente (Anexo N°1).
• Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la
evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información
relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de
esta.
• Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro
de Proveedores
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En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá
cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales:
• La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes,
como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a
cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones
contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
• Cada uno de los integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados
en el punto N°20 (requisitos para contratar) de las presentes Bases.
• La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la
vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada
por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia.
Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°3 de las presentes Bases
Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información
de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.7.7. Programa de integridad (Anexo N°8)
Los oferentes interesados, deberán adjuntar Anexo N°8 denominado “Programa de Integridad”,
en que deberán indicar si cuenta con un programa de integridad que haya sido dado a conocer a
su personal y, en su caso, acreditar que dispone de herramientas relacionadas al cumplimiento de
un programa de integridad, el cual fue dado a conocer al personal de la empresa.
Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
[http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta.
En caso de que los oferentes no presenten el Anexo N°8, se le asignará puntaje 0 en el criterio
de evaluación “Programa de Integridad”.
7.8. Reglamento JUNJI de higiene y seguridad (Anexo N°9)
Los participantes al momento de realizar las ofertas deben adjuntar firmados los anexos que
constan en el reglamento JUNJI de higiene y seguridad para empresas contratistas, el que para
todos los efectos legales forma parte integrante de las presentes bases. El indicado reglamento se
encuentra publicado en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID de la licitación.
Los trabajadores deben contar con sus elementos de protección personal, los que
deberán ser suministrados por parte de la empresa adjudicada.
7.9. Indisponibilidad técnica del portal
En caso de que el oferente no pueda subir sus antecedentes al portal por indisponibilidad técnica
del Sistema de Información, deberá solicitar el respectivo certificado a la Dirección de Compras y
Contratación Pública (DCCP), dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las
ofertas.
Una vez obtenido dicho certificado, tendrá un plazo de 2 días hábiles contabilizados desde la fecha
de emisión para la presentación de su oferta, y deberá acompañarlo junto al resto de su oferta en
soporte papel y entregarlo en la oficina de partes de la Institución ubicada en Estado 531,
Rancagua en un sobre cerrado identificando el nombre de la contratación e ID de la licitación, en
el siguiente horario:
Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs.
Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs
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