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1.-
11. CONFIDENCIALIDAD
A fin de resguardar la información proveniente de cada una de las unidades educativas, de la
ejecución de todas las actividades necesarias para llevar a cabo el objeto de esta licitación, se
declara sujetos a confidencialidad los referidos antecedentes, de manera que ni el Contratista, ni
las personas que se desempeñen en su nombre con ocasión de la presente licitación, podrán
difundir ni comentar los contenidos del proyecto que desarrollará. Para estos efectos el/la
representante legal de los oferentes manifestarán, mediante declaración jurada contenida en
Anexo N°2, su conformidad con estas obligaciones de confidencialidad y con el acuerdo de
confidencialidad del Anexo N°4.
Los oferentes no utilizarán estas bases de licitación, sus anexos y sus aclaraciones, modificaciones
y/o complementaciones, si las hubiere, para una finalidad distinta que la licitación a la que se
convoca.
Por otro lado, el contratista, sus trabajadores dependientes, subcontratistas y trabajadores
dependientes de subcontratistas, y todos aquellos quienes por su intermedio hubieren estado
relacionados al servicio contratado en alguna de sus etapas, deberán guardar absoluta
confidencialidad, tanto durante su ejecución como con posterioridad a su término, sobre la
información que la JUNJI, dé a conocer con ocasión de su desarrollo.
12. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES.
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el
portal www.mercadodopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, éstas
se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin
indicar el autor de estas.
No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del
plazo señalado.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la JUNJI podrá efectuar de oficio
aclaraciones a las bases y documentación del proyecto para precisar el alcance, complementar o
interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con
posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones que se formulen a través del portal
se entenderán que formarán parte integrante de las Bases.
Las Bases Administrativas o Técnicas podrán ser modificadas previa dictación y total tramitación
de una resolución fundada del Servicio antes del cierre de la recepción de las ofertas, para cuyo
efecto, se publicarán dichas modificaciones en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un
plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales
modificaciones. Las consultas y aclaraciones se efectuarán en las fechas establecidas en el
cronograma publicado en el portal de Mercado Publico.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799
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13. TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS.
Todos los documentos requeridos en las presentes Bases deberán ser presentados en soporte
digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de las
Administración, en adelante Mercado Público (www.mercadopublico.cl), ello sin perjuicio de
aquellos que deban ser presentados en soporte papel conforme se establece en las presentes
bases de licitación y sus anexos, como podría ser el caso de las garantías.
El soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley N°
19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes bases.
14. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN E INHABILIDADES.
14.1 REQUISITO FORMAL: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE HABILIDAD PARA
CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos
establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten
adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y
10 de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas
antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores.
b) Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a
ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 15.575,
Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni
sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes, ni sociedades comanditas
por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades
anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10%
o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de
las sociedades antedichas.
c) En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los
requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme
a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250,
de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
d) Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple
firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia.
e) Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°2 de las presentes Bases
Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de
Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl].
14.2. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal
efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre
todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la
JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante,
todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan
sobre el servicio a contratar.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la
presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán
a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las
siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes:
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- Presentar el Anexo N°2-A, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión
Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común,
con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos
ellos.
- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el
anexo de aceptación de las bases (Anexo N°3) y declaración jurada simple (Anexo N°2).
- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la
evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información
relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de
esta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo
del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes
que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá
cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales:
a) La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizase por escritura pública
(en procesos iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en
procesos menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato.
b) La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes,
como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a
cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones
contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
c) Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes
solicitados en los puntos N°14.1 de las presentes Bases, sobre requisitos para contratar.
d) Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán
encontrarse inscritos en el Portal de Chile Proveedores en el plazo indicado en las presentes
bases.
e) La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la
vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los
requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme
a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250,
de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
14.3. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°1, en formato de
documento digital [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el
nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo
y RUN vigente del representante legal.
Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
[https://www.mercadopublico.cl], al momento de ingresar su oferta.
Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el registro Chileproveedores, que hayan
ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl]
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