Licitación ID: 1590-32-LE24
CONSULTORÍA FORTALECIMIENTO UNID. GESTION RIESGOS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Global
Cod: 80101505
Consultoria PLan de Fortalecimiento Unidad Gestión Riesgos de Desastres Agrícolas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORÍA FORTALECIMIENTO UNID. GESTION RIESGOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Elaborar un plan de fortalecimiento y desarrollo organizacional de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas UGRA, que proponga mejoras en los componentes de dotación de recursos humanos, de recursos tecnológicos y equipamiento, y también, sobre el desarrollo y fortalecimiento de capacidades, tanto a nivel central como regional, buscando robustecer la unidad de gestión de riesgos de desastres del sector silvoagropecuaria como ente coordinador y articulador de los servicios del MINAGRI y de los actores sectoriales vinculados sector privado, academia y sociedad civil, así como también, como representante del MINAGRI en instancias de coordinación superiores como el SENAPRED u otros organismos de su área de competencia, de alcance nacional e internacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaría de Agricultura
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Teatinos 40 Piso 5
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-12-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-11-2024 13:14:18
Fecha inicio de preguntas: 26-11-2024 14:10:00
Fecha final de preguntas: 03-12-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-12-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-12-2024 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-12-2024 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 15-01-2025 17:33:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Editable
Documentos Técnicos
1.- Anexos Editables
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Editables
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Administrativo Incluye cumplimiento de requisitos formales e Inclusión laboral. 10%
2 Oferta Ténica Oferta Técnica se encuentra dividida en Subcriterios Propuesta de Trabajo 45% (incluye plan de trabajo, metodología propuesta, coherencia del plan y carta gantt, actividades adicionales). Jefe/a de Consultoría-Equipo de Trabajo 25% (incluye perfil y experiencia del jefe consultoria, perfil y experiencia del equipo de trabajo). 70%
3 Precio Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes, correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 31500000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto disponible
Tiempo del Contrato 210 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Ramón Masquiaran
e-mail de responsable de contrato: ramon.masquiaran@minagri.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23935000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Agricultura
Fecha de vencimiento: 31-10-2025
Monto: 30 %
Descripción: Quien que se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238. Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo: boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía en pesos o en unidades de fomento o certificado de fianza, siempre que cualquiera de ellos cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886. La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 30% del total del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles. En caso de emitir una póliza de garantía en unidades de fomento, el monto de la póliza debe ser, al momento de la emisión, equivalente en pesos al 30% del total del monto del contrato. En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario. En caso de tratarse de una póliza de seguro debe indicarse expresamente: “Importante: este seguro corresponde a un seguro de garantía a primer requerimiento de los señalados en el inciso final del artículo 583 del código de Comercio”. La garantía debe presentarse en la oficina de partes de la Subsecretaría de Agricultura ubicada en calle Teatinos N° 40, Santiago, del mismo modo tratándose de instrumentos de garantía de naturaleza electrónica deben ajustarse a la normativa vigente y ser dirigidos al correo electrónico: compras@minagri.gob.cl.   La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la Consultoría de elaboración del plan de fortalecimiento de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas”. La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quién preste el servicio, incurra en alguno de los siguientes incumplimientos del contrato: I. Si el monto de las multas aplicadas sobrepasa el 3% del valor del contrato. II. Si en el desarrollo del contrato, se aplican más de tres multas III. Si la entrega del informe N° 1 no se ajusta a las exigencias técnicas previstas en las bases, observándose, por parte de la contraparte técnica, en más de dos ocasiones. IV. Si quien preste el servicio incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos. Se entenderá por incumplimiento grave lo previsto en el numeral 16.5 de las presentes bases de licitación. En la garantía de fiel cumplimiento se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones
Glosa: : "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la Consultoría de elaboración del plan de fortalecimiento de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta a quien preste el servicio una vez cumplida su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

I. BASES ADMINISTRATIVAS       

  1. LICITANTE:

Razón Social                          : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.

RUT                                        : 61.301.000-9

Dirección                                : Teatinos N° 40, Santiago.

Ciudad                                    : Santiago.

Región                                    : Metropolitana de Santiago.

  1. ENCARGADA DEL PROCESO EN EL PORTAL

Nombre                                  : Betzabé Menjiba S.

Cargo                                     : Jefa Departamento de compras y Contrataciones.

E-mail                                     : betzabe.menjiba@minagri.gob.cl.

Tipo de Adquisición                : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM (LE).

Tipo de Convocatoria            : Abierta.

Tipo de Adjudicación             : Simple con emisión automática de orden de compra.

Moneda                                  : Pesos chilenos.

Etapas                                    : Una Etapa.

Publicidad de las Ofertas      : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.

  1. SERVICIO SOLICITADO

3.1.  Nombre de la Adquisición: Consultoría para la elaboración del plan de fortalecimiento de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas.

3.2.  Objetivo de la Adquisición: Elaborar un plan de fortalecimiento y desarrollo organizacional de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas (UGRA), que proponga mejoras en los componentes de dotación de recursos humanos, de recursos tecnológicos y equipamiento, y también, sobre el desarrollo y fortalecimiento de capacidades, tanto a nivel central como regional, buscando robustecer la unidad de gestión de riesgos de desastres del sector silvoagropecuaria como ente coordinador y articulador de los servicios del MINAGRI y de los actores sectoriales vinculados (sector privado, academia y sociedad civil), así como también, como representante del MINAGRI en instancias de coordinación superiores como el SENAPRED u otros organismos de su área de competencia, de alcance nacional e internacional.

3.3.  Siglas y acrónimos:

AFC

:

Agricultura Familiar Campesina

CC

:

Cambio Climático

CNR

:

Comisión Nacional de Riego, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

CIREN

:

Centro de información de Recursos Naturales, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

COGRID

:

Comité Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

CONAF

:

Corporación Nacional Forestal, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

CRAN

:

Consorcio Técnico de la Red Agroclimática Nacional

DGA:

:

Dirección General de Aguas, Ministerio de Obras Públicas, Gobierno de Chile




DIPRES

:

Dirección de Presupuestos, Ministerio de Hacienda, Gobierno de Chile

DMC

:

Dirección Meteorológica de Chile

EMA

:

Estación Meteorológica Autónoma

FAS

:

Ficha de Afectación Silvoagropecuaria

FDF

:

Fundación para el Desarrollo Frutícola

FIA

:

Fundación para la Innovación Agraria, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

FNDR

:

Fondo Nacional de Desarrollo Regional

FUCOA

:

Fundación de Comunicaciones, Capacitación y Cultura del Agro, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

GEI

:

Gases de efecto invernadero

GRD

:

Gestión de Riesgo de Desastres

GRRD

:

Gestión de la Reducción de Riesgo de Desastres

INDAP

:

Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

INIA

:

Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

MINAGRI

:

Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

OCDE

:

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

PANCC-SAP

:

Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático del Sector Silvoagropecuario

PENRRD

:

Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030

PNRRD

:

Plan Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres

POE

:

Plan Operativo de Emergencias del Minagri

POR

:

Plan Operativo de Respuesta del Minagri.

RAN

:

Red Agroclimática Nacional

RR

:

Reducción del Riesgo

RRD

:

Reducción del Riesgo de Desastres

SAG

:

Servicio Agrícola y Ganadero, Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile

SAP

:

Silvoagropecuario

SENAPRED

:

Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres

SEREMI

:

Secretaría Regional Ministerial

SERNAGEOMIN

:

Servicio Nacional de Geología y Minería

SIG

:

Sistemas de Información Geográfica

SINAPRED

:

Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres

UGRA

:

Unidad Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas del MINAGRI.

VEA

:

Visor de Emergencias Agrícolas

  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y las presentes Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para quienes participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:

  • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de quien oferte.
  • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a quien oferte.
  • Las consultas a las Bases formuladas por quien participe y las respectivas respuestas de la Subsecretaría de Agricultura.

  • Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
  • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
  • La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo N° 1546 del Código Civil.

  1. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR

5.1          Antecedentes Legales

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el registro electrónico de proveedores en www.mercadopublico.cl deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)    Persona Jurídica

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

  iii.   Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.

  iv.   Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).

  1. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

b)    Persona Natural

 

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.

   ii.   Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

  iii.   Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

c)    Personas Jurídicas Régimen simplificado:

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la Ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa

 iii.   Certificado de Estatuto Actualizado.

 iv.   Certificado de Vigencia.

   v.   Certificado de Anotaciones.

 vi.   Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

Los oferentes que se encuentren inscritos en el registro electrónico de proveedores de www.mercadopublico.cl y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i, ii, iii e iv, de las letras a) y c) precedentes, y letras i e ii de la b).


Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el registro electrónico de proveedores de www.mercadopublico.cl o ser presentados formalmente, electrónica o presencialmente en las oficinas de la Subsecretaría.

d)    Unión Temporal de Proveedores (UTP):

 

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 8 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.

Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al momento de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen, de no ser así la oferta será desestimada en la apertura.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que, en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, en cada de tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM, en caso contrario bastará con el acuerdo simple.

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta.

En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta será rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 8, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:

 -El Anexo N° 8 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.


- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que el o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.

- Debe constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases, y, por lo tanto, inadmisible. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.

5.2          Presentación de Anexos:

Quienes oferten, inscritos o no en el registro electrónico de proveedores del Estado de www.mercadopublico.cl, deben suscribir la nueva declaración jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, éste último sólo si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos, si fuera necesario.

Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, quien oferte quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. Pacto de integridad

 

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, quien oferte acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1     Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


2      Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3      Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

4      Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5      Quien oferte manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6      Quien oferte se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7      Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8      Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. Plazos de la licitación pública

a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de Licitación.

b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de Licitación.

El acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en estas bases. El Sistema de Información deberá asegurar certeza en la hora y fecha de la apertura y permitir a los Oferentes conocer a lo menos las siguientes condiciones del resto de las ofertas:

a) Individualización del oferente.

b) Descripción básica del bien o servicio ofrecido.

c) Precio unitario y total de la oferta.

d) Individualización de la garantía de seriedad de la oferta, si fuere el caso.

Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.


Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.

c)  Preguntas sobre las bases: los proponentes podrán realizar consultas y/o aclaraciones a las bases únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl hasta las 18:00 horas del séptimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente, contado desde la fecha de cierre del período para hacer consultas.

e) Plazo estimado de evaluación: diez días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.

f)   Fecha máxima de adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el vigésimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las 19:00 horas.

g) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente declarado en el acto administrativo de adjudicación.

h) Formalización del contrato: La suscripción del contrato se realizará en el plazo máximo de 10 días corridos contados desde la adjudicación.

 

i)   Contabilización de los días: en caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

  1. Vigencia de las ofertas

Las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

  1. Evaluación de las propuestas

9.1.        Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por dos funcionarios/as públicos y un prestador de servicios, todos/as de la Subsecretaría de Agricultura. La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.


La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La comisión evaluadora y el equipo técnico designado para evaluar las propuestas declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación acompañando las debidas declaraciones juradas que serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y artículo 37 del reglamento de la misma ley N° 19.886.

Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies, de la misma ley N° 19.886, para dichos efectos se formalizará la respectiva declaración jurada.

Asimismo, de surgir algún antecedente que constituya alguna de las causales de implicancia referidas en la ley, se abstendrá de continuar interviniendo en el proceso de compra en cuya evaluación participa, debiendo poner en conocimiento de mi superior jerárquico la causal o causales específicas que le afectan. 

Por último, se comprometerán a guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas del proceso de compra en cuya evaluación participa, así como de todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y, especialmente, a actuar con absoluta reserva respecto de todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación.

En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.

Queda prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.

De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2.        Criterios de Evaluación

Para la evaluación y calificación de las propuestas, se considerarán los siguientes criterios y pauta de evaluación, con los porcentajes que se indican:


9.2.1.    Criterios:

ASPECTOS POR MEDIR

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.-Oferta Económica

1.-Precio

20 %

2.- Oferta Técnica

2.1.- Propuesta de Trabajo (45%)

45%

2.1.1.- Plan de Trabajo

15 %

2.1.2.- Metodología propuesta

15 %

2.1.3.- Coherencia del Plan de Trabajo y Carta Gantt

12 %

2.1.4.- Actividades/productos adicionales

3%

2.2. Jefe/a de Consultoría / Equipo de Trabajo

25%

2.2.1.- Perfil y experiencia profesional del jefe de Consultoría

15 %

2.2.2. Perfil y experiencia del Equipo de Trabajo

10 %

3.-Administrativos

3.1-Cumplimiento de requisitos formales

5 %

3.2.-Inclusión Laboral

5 %

9.2.2.    Metodología de Evaluación:

1. Precio -20%

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes, correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

La Subsecretaría de Agricultura declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la contratación, establecido en el punto IV de estas bases de licitación.

Se valorará el precio ofertado, privilegiándose la oferta más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos. La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente, considerando la información en el Anexo N° 4:

            Oferta de menor monto                                     : 100 puntos

            Segunda oferta con menor monto                     :   80 puntos

            Tercera oferta con menor monto                       :   60 puntos

            Siguientes ofertas                                            :   50 puntos.

Oferta Técnica (70%)

2.1 Propuesta de Trabajo (45%)

2.1.1.-Plan de Trabajo (15%)

Puntos

El plan de trabajo aborda el 100% de los aspectos y las actividades necesarias para lograr los productos requeridos por esta consultoría.

100

El plan de trabajo aborda entre un 90% y 99% de los aspectos y las actividades necesarias para lograr los productos requeridos por esta consultoría.

70

El plan de trabajo aborda menos del 89% de los aspectos y las actividades necesarias para lograr los productos requeridos por esta consultoría, o no presenta información.

0

2.1.2.-Metodología de Trabajo (15%)

La metodología presentada asegura un 100% el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de la consultoría y la obtención de productos finales de calidad.

100

La metodología presentada asegura entre un 90% y 99% el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del trabajo y la obtención de productos finales de calidad.

70

La metodología presentada asegura entre un 89% o menos el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del trabajo y de la obtención de productos finales de calidad, o no presenta información.

0




2.1.3.-Coherencia del Plan de Trabajo y Carta Gantt(12%)

El plan de trabajo propuesto es consistente un 100% con la metodología, con los profesionales asignados y con los plazos de trabajo establecidos en las bases de licitación.

La Carta Gantt debe incluir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones cuantitativas y cualitativas a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

100

El plan de trabajo propuesto es consistente entre un 90% y 99% con la metodología, con los profesionales asignados y con los plazos de trabajo establecidos en las bases de licitación.

La Carta Gantt debe incluir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones cuantitativas y cualitativas a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

70

El plan de trabajo propuesto es consistente entre un 89% o menos con la metodología, con los profesionales asignados y con los plazos de trabajo establecidos en las bases de licitación, o no presenta información.

La Carta Gantt debe incluir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones cuantitativas y cualitativas a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

0

2.1.5.- Actividades y/o productos adicionales (3%)

La propuesta incluye 2 actividades y/o productos no contemplados en las bases técnicas.

100

La propuesta incluye 1 actividad y/o producto no contemplado en las bases técnicas.

70

La propuesta incluye no incluye actividad y/o producto adicional

0

Nota: Es mandatorio que quien oferte incluya expresamente (identificado como un ítem en la propuesta) en su oferta las actividades y/o productos adicionales que oferte, los que no podrán tener costo adicional.

2.2. Jefe/a de Proyecto / Equipo de Trabajo (25%)

2.2.1.- Perfil y experiencia Profesional del Jefe/a de Consultoría (15%)

El Jefe/a de Proyecto acredita 6 o más trabajos, en los últimos 10 años, liderando equipos en el ámbito de la Gestión de Riesgos de Desastres, en el diseño de herramientas e instrumentos de política pública y/o conocimiento de la institucionalidad pública del Ministerio de Agricultura.

100

El Jefe/a de Proyecto acredita 4-5 trabajos en los últimos 10 años liderando equipos en el ámbito de la Gestión de Riesgos de Desastres, en el diseño de herramientas e instrumentos de política pública y/o conocimiento de la institucionalidad pública del Ministerio de Agricultura.

80

El Jefe/a de Proyecto acredita hasta 3 trabajos liderando equipos en los últimos 10 años en el ámbito de la Gestión de Riesgos de Desastres, en el diseño de herramientas e instrumentos de política pública y/o conocimiento de la institucionalidad pública del Ministerio de Agricultura..

30

El Jefe/a de Proyecto acredita menos de 3 trabajos en los últimos 10 años liderando equipos en el ámbito de la Gestión de Riesgos de Desastres en el sector silvoagropecuario, en el diseño de herramientas e instrumentos de política pública y/o conocimiento de la institucionalidad pública del Ministerio de Agricultura..

0

2.2.2- Perfil y experiencia del equipo (10%)

El 100% equipo cuenta con profesionales con la pertinencia y experiencia acreditada, conforme a los objetivos del proyecto, con la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas.

100





El entre el 99% y el 50% equipo cuenta con profesionales con la pertinencia y experiencia acreditada, conforme a los objetivos del proyecto, pero sin la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas.

70

El equipo cuenta con menos del 50% de los profesionales con la pertinencia y experiencia, conforme a los objetivos del proyecto.

0

Nota a la validación de la experiencia:

Experiencia de los integrantes del equipo de trabajo: el equipo presentado posee una experiencia (relación ámbito con tiempo de trabajo) en temas similares al licitado. Para evaluar esta dimensión quien oferte debe presentar el currículo vitae de cada integrante del equipo de trabajo que indique el tiempo de experiencia en las materias por la cual es incorporado en el equipo.

La validación de la experiencia del equipo de trabajo debe ser acreditada al menos con cualquiera de los siguientes documentos:

1-   Medios de verificación:

-       Órdenes de compra (aceptadas o con recepción conforme).

-       Facturas o boletas que consignen expresamente los servicios prestados.

-       Contratos de trabajo.

2-Experiencia de quien oferta:

  1. Certificados de los mandantes que indiquen obligatoriamente lo siguiente:

-       Identificación del mandante

-       Identificación de quien oferta

-       Nombre del servicio licitado y/o contratado

-       Fecha de la prestación del servicio

-       Duración del servicio.

-       Firma del mandante.

  1. Copia de contratos de prestación de servicios, en que se consigne al menos lo siguiente:

-        Identificación del mandante

-        Identificación de quien oferta

-        Nombre del servicio licitado y/o contratado

-        Fecha de la prestación del servicio.

-        Duración del servicio.

-        Firma de las partes.

  1. Copia de órdenes de compra aceptadas o con recepción conforme (período al menos de un año), en que se consigne lo siguiente:

-        Identificación del mandante

-        Identificación de quien oferta

-        Nombre del servicio licitado y/o contratado

-        Fecha de la prestación del servicio.

-        Duración del servicio.

3. Criterio Administrativo (10%)

3.1.-Cumplimiento de requisitos formales (5%)

3.2.-Inclusión laboral (5%)


3.1.        Inclusión laboral y/o género (5%):

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 5:

 

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias. ***

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país debidamente legalizados en Chile.

Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores, empresas mayores deben cumplir con el requisito legal del 1%).

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.***

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**;

2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad.

Mujeres trabajadoras****

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.

3-Quien oferta demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

4-Quien oferta considera al menos una mujer como integrante del equipo de trabajo permanente para el proyecto.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa (debe incluir todas las faenas o todos los certificados por faenas del RUT).

4. Debe indicarse expresamente en la oferta técnica al momento de presentar el equipo de trabajo, singularizando a la integrante mujer.

**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferte al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

**** Para el factor de inclusión mujeres trabajadoras podrá cumplirse con una o más materias, pero sólo se otorgará puntaje por factor específico.


 

 

Asignación de puntaje:

Subcriterio

Factores

Puntaje

Política de Inclusión Laboral y/o de género

Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.

100

Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.

50

No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género, o no los acredita según se indica en el cuadro precedente.

0

3.2.        Cumplimiento de requisitos formales (5%):

Corresponde al cumplimiento formal de la oferta, respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:

1)    Presentación de Anexos Administrativos y Técnicos según formatos.

2)    Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)    Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta; la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.

Servicio

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0

9.3.        Puntaje mínimo de adjudicación

Para efectos de evaluación, serán consideradas las propuestas que acrediten mediante copia de documentos, la formación profesional y experiencia que señalen en sus propuestas. Quienes no adjunten dicha información, obtendrán el puntaje mínimo asignado a cada criterio de evaluación, según corresponda. Adicionalmente, la Subsecretaría no adjudicará a ninguna oferta que obtenga menos del 65% del puntaje ponderado total.


9.4.        Mecanismo para dirimir empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

1.         En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Propuesta técnica”.

2.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el subcriterio “Plan de trabajo”.

3.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el subcriterio “Metodología de la propuesta”.

4.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Equipo de trabajo”.

5.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Oferta económica”.

5.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el más alto puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Inclusión laboral y/o género”.

6.         Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos formales”.

7.         En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.

9.5.        Aclaraciones y/o consultas a las bases de licitación

Quienes estén interesados podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl., dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

10.  Errores u omisiones detectados durante la evaluación

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor como archivos adjuntos.


Solamente en el periodo de evaluación en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión, aclaración y/o rectificación de antecedentes y errores, respectivamente, solicitará la rectificación de documentación en términos formales, cuestión que será solicitada a los proveedores mediante la funcionalidad de “aclaración de ofertas” –“foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl.

Las respuestas y presentación de documentos, en caso de ser solicitados, deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad en un plazo máximo de dos días hábiles.

Si el proveedor no respondiera a la consulta realizada a través de la funcionalidad, la Comisión podrá proponer el rechazo de la oferta siempre que la información a aclarar o rectificar fuera requisito fundamental para finalizar la evaluación, en caso contrario obtendrá el menor puntaje para el criterio de cumplimiento de requisitos formales.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del Reglamento de ley 19.886.

11.  Presentación de las ofertas

El oferente debe ingresar su oferta técnica a través de los anexo adjuntos las presentes bases de licitación, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.

 

En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral 10 de las presentes bases, ajustándose con lo previsto en el 3.1. del 9.2.2. de las bases administrativas.

12.  Costos

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la Subsecretaría.

13.  Inadmisibilidad de las ofertas

La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles una o más de las ofertas presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes bases de licitación pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.

Serán declarados inadmisibles en el acto de apertura del proceso, aquellas propuestas que:

-      No presenten o no completen cualquiera de los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, establecidos en las presentes bases de licitación.

-      No presentar Anexo N° 8 si correspondiera, para casos de postulación de UTP y/o no postular electrónicamente como UTP, si ese fuera el caso.

-      No acompañen carta Gantt

-      Excedan el presupuesto máximo disponible para la licitación.


Con todo la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que debe ser declarado fundadamente en el acta de evaluación de ofertas.

  1. De la notificación de la adjudicación, consultas sobre la misma y re-adjudicación.

Notificación: La Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de ésta, a través del portal de Mercado Público.

Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y Re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.

Declaración de Desierta: La Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley N° 19.886, que indica: “El órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta una licitación cuando no presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses”.

Consultas y reclamos: El o los proveedores que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

  1. Modificaciones a las bases de licitación

La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

La Subsecretaría podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como fuerza mayor o caso fortuito, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.

La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.

  1. Contrato

La Subsecretaría suscribirá el respectivo contrato con quien resulte adjudicado para la contratación en cuestión, previa acreditación de habilidad de su inscripción en el portal www.chileproveedores.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la Subsecretaría.


La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios. En caso de ser personal a honorarios, debe presentar una declaración jurada que acredite tal situación.

Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la Subsecretaría de Agricultura no tendrá participación alguna.

Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Subsecretaría de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la Subsecretaría de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.

Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la Subsecretaría de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

Antecedentes legales para ser contratado:

Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el Registro Electrónico Oficial de proveedores, en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.

A.-       Persona jurídica:

-    Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.

-    Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.


-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.

-    Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

B.-       Persona Natural:

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.

-     Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

C.-       Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:

-      Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.

16.1.     Inicio del contrato

El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe juntamente con la emisión de la orden de compra, y se extenderá por el plazo de 210 días corridos. Sin perjuicio de lo anterior el contrato se entenderá terminado una vez cumplida la totalidad de las obligaciones de quien preste el servicio.

16.2.     Garantía de fiel cumplimiento de contrato

Quien que se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238. Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo: boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía en pesos o en unidades de fomento o certificado de fianza, siempre que cualquiera de ellos cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.

La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 30% del total del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles. En caso de emitir una póliza de garantía en unidades de fomento, el monto de la póliza debe ser, al momento de la emisión, equivalente en pesos al 30% del total del monto del contrato.

En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.

En caso de tratarse de una póliza de seguro debe indicarse expresamente: “Importante: este seguro corresponde a un seguro de garantía a primer requerimiento de los señalados en el inciso final del artículo 583 del código de Comercio”.

La garantía debe presentarse en la oficina de partes de la Subsecretaría de Agricultura ubicada en calle Teatinos N° 40, Santiago, del mismo modo tratándose de instrumentos de garantía de naturaleza electrónica deben ajustarse a la normativa vigente y ser dirigidos al correo electrónico: compras@minagri.gob.cl.


La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la Consultoría de elaboración del plan de fortalecimiento de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas”.

La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quién preste el servicio, incurra en alguno de los siguientes incumplimientos del contrato:

 I.    Si el monto de las multas aplicadas sobrepasa el 3% del valor del contrato.

  1. Si en el desarrollo del contrato, se aplican más de tres multas
  2. Si la entrega del informe N° 1 no se ajusta a las exigencias técnicas previstas en las bases, observándose, por parte de la contraparte técnica, en más de dos ocasiones.
  3. Si quien preste el servicio incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos. Se entenderá por incumplimiento grave lo previsto en el numeral 16.5 de las presentes bases de licitación.

En la garantía de fiel cumplimiento se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones

La garantía será devuelta a quien preste el servicio una vez cumplida su vigencia.

16.3.     Incumplimientos:

 i. Tipos de incumplimientos:

La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el/la consultor/a no proporcione los servicios y productos convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa, pudiendo ser descontadas de los próximos pagos, en caso de no existir pagos pendientes podrán ser descontadas de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o en los términos de pago que establezca el acto administrativo que las aplique.

A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la contratación:


Incumplimiento

Multa

1

No respetar los plazos de la Carta Gantt , para cualquiera de las entregas de informes, actividades o productos comprometidos.

UF 3 por cada día hábil de atraso, con un máximo de 15 días hábiles.

2

Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones quedará afecta a multa.

UF 3 por evento, con un máximo de tres eventos.

3

Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin previo aviso para la aprobación por parte de la contraparte técnica.

UF 5 por evento, con máximo de dos eventos.


ii. Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la Subsecretaría lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente al contratante, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

16.4.     Forma de pago y facturación

 

16.4.1.         Forma de Pago:

El servicio contratado se pagará en 3 cuotas, previa recepción conforme de las entregas correspondientes de cada uno de los informes y presentación de estos, según corresponda, y de acuerdo con lo siguiente:

a)  Un primer pago, equivalente al 30% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe N° 1, según se señala en el numeral X.- de las Bases Técnicas.

b)  Un segundo pago, equivalente al 30% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe N° 2, según se señala en el numeral X.- de las Bases Técnicas.

c)   Un tercer pago, equivalente al 40% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe N° 3, según se señala en el numeral X.- de las Bases Técnicas.

16.4.2.         Facturación

 

Una vez recibido conforme los servicios, por parte de la contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir las facturas, según el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con lo siguiente:

Razón Social                          : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                                        : 61.301.000-9

Dirección                                : Teatinos N° 40, Santiago.

Giro                                        : Servicio Público

Glosa                                      : Detalle del servicio y cuota correspondiente.

 

Las facturas serán pagadas en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su aceptación en el SII.

Los archivos XML de las facturas deben ser ingresados electrónicamente a la casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com, indicando en el campo folio el ID de la orden de compra y en la opción de pago “crédito”, con copia del PDF a correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde podrá acompañar otros antecedentes, si así corresponde.


La Subsecretaría, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada.

Es responsabilidad del proveedor adjudicado incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

A fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que el o los proveedores informen, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario, los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° cuenta corriente y correo electrónico para la notificación.

16.4.3.         Factoring

En caso de que el proveedor ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

16.5.     Término anticipado del contrato

La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas y cobros de garantías, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

-      Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

ü  haber formalizado más de tres multas durante la vigencia del contrato.

ü  haberse observado por tercera vez un mismo informe.

-      Unilateralmente, si quien presta el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones de sus trabajadores.

-      Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia del quien presta el servicio, con declaración.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Unilateralmente si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes Bases de Licitación.


-      Unilateralmente en caso de no dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

-      Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

En estos casos, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con los servicios a ser prestados, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

16.6.     Supervisión y contraparte técnica

La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato a suscribir, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario del Departamento de Planificación y Gestión de Riesgos de la misma Subsecretaría.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)     Supervisar, controlar y resolver las situaciones técnicas que se produzcan durante el contrato, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas.

b)     Llevar el control de los aspectos técnicos y administrativos que se deriven de la prestación del servicio.

c)      Informar al Departamento de Compras y Contrataciones, mediante memorándum, sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.

d)     Otorgar la recepción conforme de los servicios.

e)     Aprobar el cambio de un integrante del equipo técnico de quien preste el servicio.

La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de éste.

16.7.     Informes

 

La consultoría contempla la presentación oral y escrita de 3 informes y discusión conjunta de éstos, entre el equipo para quien se requiere el plan, la contraparte técnica y quien resulte adjudicado de los servicios y productos detallados en el numeral X de las Bases Técnicas.


16.7.1.    Procedimiento de Aprobación de Informes

Cada vez que se apruebe un informe, éste debe hacerse por escrito.

Una vez efectuada su revisión por la Contraparte Técnica, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)   El Informe es Aprobado: En este caso la contraparte técnica debe enviar por escrito, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de este, la aprobación correspondiente, generándose el pago respectivo.

b)   El Informe presenta observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente. La contraparte técnica debe enviar por escrito la aprobación correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de éste, indicando que las observaciones deben ser resueltas con la entrega del próximo producto, aprobándose por parte de la contraparte técnica del contrato el pago respectivo.

 

c)   El producto es observado o rechazado. La contraparte debe enviar esta observación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe. En este caso el proveedor tiene 7 días hábiles para corregir los puntos observados. Se entenderá por observación cualquier comentario de la contraparte técnica del contrato, respecto de no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente contrato que, a su juicio, impida aprobar el producto y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste debe enviar por escrito la aprobación y la fecha de recepción prevista para el siguiente.

  1. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajusta a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones al proveedor para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 7 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la contraparte técnica, se aplicarán las multas indicadas en las presentes bases y se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

En caso de que por cuarta vez suceda lo mismo, la Subsecretaría considerará este hecho como incumplimiento del contrato y procederá al término anticipado del mismo.

Tanto en la recepción de los productos o informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en las presentes bases.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere la presente cláusula, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día de recepción de éstas, sean realizadas electrónicamente o por carta certificada.


16.7.2.    Estructura del Informe Final

 

Los contenidos del informe final a presentar deben ceñirse a la siguiente estructura:

  • Resumen ejecutivo (máximo 4 páginas)
  • Índice general
  • Índice de tablas y figuras
  • Índice de anexos (opcional)
  • Glosario
  • Introducción / Antecedentes
  • Objetivos generales y objetivos específicos
  • Metodología utilizada y argumentos para su confiabilidad.
  • Plan con los componentes definidos.
  • Resultados y su discusión.
  • Conclusiones
  • Referencias
  • Anexos (opcional)
  • Se solicitan 3 copias impresas y anilladas.

Quien preste el servicio debe evacuar los informes que se solicitan e indican en estas bases en formato digital compatible con MS Word, siguiendo la misma estructura que para el reporte final, y presentará estos informes de avance y final en sesiones de trabajo para su análisis, discusión y definición de ajustes de la consultoría, con las contrapartes, dejando respaldo en archivos compatibles con MS Power Point.

  1. Fuerza mayor o caso fortuito

Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.

Quien se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases, debiendo también ampliarse el plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

  1. Subcontratación

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar, con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta una cuantía equivalente al 15% de la totalidad del precio del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 10 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada. Dicho porcentaje no incluye los profesionales que contrate a honorarios.


La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886 sobre Contratación Pública.

  1. Confidencialidad

Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, el adjudicatario guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la Subsecretaría. Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la Subsecretaría al adjudicatario, sus asesores o empleados, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no a la Subsecretaría, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores, empleados dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación a la Subsecretaría, tendrá carácter de confidencial. La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba el adjudicatario de parte de la Subsecretaría. Con todo, esta confidencialidad se referirá a:

  • No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la Subsecretaría.

  • Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.

  • No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la Subsecretaría lo autorice en forma previa y por escrito.

  • La Subsecretaría tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.

  • Tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial mantenga ese carácter, evitando situaciones y actos que puedan producir un perjuicio para la Subsecretaría.

Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la Subsecretaría y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la Subsecretaría, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.

  1. Propiedad Intelectual

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.


Quien se adjudique la presente licitación no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de la Subsecretaría de Agricultura, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento.

Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para la Subsecretaría de Agricultura u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a la Subsecretaría.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios, será propiedad de la Subsecretaría. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de la Subsecretaría.

Finalmente, quien resultare seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

  1. Prórroga, modificación del contrato y servicios conexos

El contrato podrá ser prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 30 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 30% del monto total presupuestado para la contratación. La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.

Del mismo modo, la Subsecretaría podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.

  1. Cesión del contrato

El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.


BASES TECNICAS
  1. Antecedentes

El Gobierno de Chile, desde el año 2023, ha decidido impulsar el Programa de Innovación y Fortalecimiento Institucional para la Seguridad Alimentaria a través del Ministerio de Agricultura (MINAGRI), con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID CH-L1171).

El objetivo del programa es contribuir a mejorar la seguridad alimentaria, a través de la innovación y el fortalecimiento de las capacidades de 3 componentes referidos a los Servicios que participan en el programa, estos son  el Instituto de Desarrollo Agropecuario, el Servicio Agrícola y Ganadero y la Subsecretaría de Agricultura, teniendo como horizonte de implementación 5 años (2024 – 2028), por lo que se realizarán avances graduales que sean compatibles con los espacios presupuestarios factibles para cada institución.

Estos componentes son coordinados por Unidad Ejecutora del Programa BID de Subsecretaria y son los siguientes:

Componente 1 – INDAP: pensado en mejorar su desempeño en la atención de usuarias y usuarios, a través de un nuevo modelo de atención, simplificación de su oferta programática, ajuste de su plataforma de servicios y nuevos sistemas para seguimiento y evaluación.

Componente 2- SAG: busca mejorar su eficiencia en la mantención del patrimonio fito y zoosanitario, a través del control de fronteras, del aporte de laboratorios en pesquisas sanitarias y formando una Unidad de Inteligencia Sanitaria.

Componente 3- Subsecretaría de Agricultura: busca mejorar su desempeño en la Gestión del Riesgo de Desastres silvoagropecuarios-GRD, fortaleciendo el sistema de información, la institucionalidad y la gobernanza de la unidad a cargo de la GRD, en consistencia con lo señalado en SINAPRED.

A raíz del componente 3, se definen los objetivos específicos tales como; fortalecer la institucionalidad y gobernanza para la Gestión del Riesgo de Desastre Agrícola y el desarrollo de un Sistema de Información para la GRD de Minagri. Estos, se ejecutarán en varias acciones y permitirán diseñar distintos productos, dentro de los que se considera desarrollar el Plan de Fortalecimiento de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas de la Subsecretaría.

El sector silvoagropecuario chileno se ve enfrentado a permanentes amenazas de origen climático, geológicas y de otra naturaleza, como inundaciones, incendios, erupciones volcánicas, terremotos y sequías, entre otras. En ciertas ocasiones se manifiestan como eventos extremos de gran impacto, los que pueden ocasionar pérdidas de producción, caídas en los ingresos de los agricultores y daños que afectan de manera importante la vida de las personas, así como también ponen en riesgo la continuidad de las actividades productivas. El cambio climático (CC) ha hecho aumentar la frecuencia e intensidad con la que se presentan estos desastres, siendo Chile uno de los países altamente vulnerables ante esta realidad y sus efectos, constatando el aumento gradual.

Por su parte, el MINAGRI, desde hace un tiempo ha tenido un papel relevante a nivel sectorial en lo que refiere a los distintos apoyos que ha ejecutado a los grupos más afectados por fenómenos extremos. Ante las emergencias, ha actuado con medidas de respuesta inmediata y de apoyo a la reconstrucción, intentando mitigar las pérdidas económicas y recomponer en poco tiempo las actividades productivas afectadas.


Así, a través del ya referido Componente 3 del Programa de Innovación y Fortalecimiento Institucional para la Seguridad Alimentaria, se pretende unir esta valiosa experiencia acumulada, con el desarrollo del conocimiento especializado tras las nuevas tecnologías y los aprendizajes de otras experiencias, y de este modo fortalecer la calidad, eficiencia y eficacia del trabajo del Ministerio en la GRD en el sector. Esto, también permitirá que el MINAGRI avance en concordancia con lo que se está planteando a nivel más amplio en el Estado de Chile, que es mejorar el desempeño en el tratamiento de emergencias y desastres con la creación del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención a Desastres (SINAPRED) y del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED).

En este Subcomponente, se fortalecerá también a la Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres Agrícolas – UGRA, de la Subsecretaría, que es la entidad que coordina todo el trabajo en este ámbito en MINAGRI. Se requiere una actualización de sus capacidades en las personas y, sobre todo, en equipamiento y sistemas informáticos que den soporte a una nueva etapa en su trabajo.

Se quiere avanzar no solo en mejorar el monitoreo, la prevención y la entrega de respuestas más eficientes, sino que también en medidas de prevención que logren anticipar la ocurrencia de desastres y minimizar sus efectos.

  1. Introducción

La agricultura chilena ha estado enfrentando múltiples amenazas, en concordancia con lo informado en los reportes internacionales sobre el cambio climático y riesgos de desastres que mencionan a Chile como un país vulnerable es propenso a desastres naturales y presenta zonas expuestas a la sequía y la desertificación, así como a otras amenazas tales como: sismos, volcanes, inundaciones, heladas, granizos, incendios forestales, entre otros.

 

En la temporada agrícola, se esperan amenazas como heladas intensas, que pudieran afectar a cultivos como hortalizas, frutales y el bienestar de los animales, lluvias intensas que pueden ocurrir en cortos periodos y por ende provocar inundaciones que alteran las labores normales de campo y causan problemas al transporte de materiales u erosión y posibles remociones en masa. Por otro lado, incendios forestales, que provocan daños en pérdidas productivas desde el suelo, cultivos, pérdidas de animales, como también de infraestructura productiva. Además, están latentes las posibles amenazas fito-zoosanitarias.

 

Los últimos 17 años, el Ministerio de Agricultura ha avanzado paulatinamente en materia de gestión de riesgos y respuesta a emergencias agrícolas, evolucionando en su enfoque o aproximación al territorio. Esto, para apoyar a los agricultores a gestionar el riesgo y apoyarles durante emergencias silvoagropecuarias ante eventos cada vez más frecuentes e inciertos asociados al clima y a las condiciones naturales de cada territorio.

 

En una primera etapa, la apuesta del Ministerio estuvo por la concientización y construcción de un modelo de trabajo al que denominó como “gestión de crisis o desastres” abordado desde el 2008 hasta el 2013, evolucionando actualmente hacia un enfoque de “gestión del riesgo de desastres”. Este enfoque buscaba internalizar la gestión de riesgo y la reducción de la misma,  abordando las amenazas en la agricultura desde una arista principalmente climática, para así prevenir posibles afectaciones productivas en los distintos escenarios que se presentan como amenazas.

 

Después del 2014, se avanzó a un enfoque de gestión integral de riesgos de desastres, donde entre otros aspectos, se incluyó la transferencia del riesgo en las actividades de difusión y capacitación a nivel local, con una participación más activa de Agroseguros en acciones conjuntas con la Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres Agrícolas UGRA, de la Subsecretaría de Agricultura.


Desde el 2015, con el marco de Sendai, se comienzan a aplicar los enfoques de gestión de riesgos de desastres, avanzando en la formulación de un Plan Operativo de Emergencias para la Unidad, que significó una actualización de los procedimientos y protocolos de declaración de emergencias agrícolas existentes hasta ese momento. También, se comenzó a avanzar en la estimación de daños y pérdidas por eventos que estarían impactando el sector silvoagropecuario.Y en materia de preparación, se colabora en el proyecto de alertas tempranas sobre golpes de calor, para mejorar el sistema de información agrometeorológico.

La Declaración de Emergencia Agrícola (DEA), surge como una herramienta del Ministerio de Agricultura para entregar ayuda y apoyo eficaz para aquellas zonas del país afectadas por los efectos de alguna amenaza de forma tal que las propias capacidades de las/los agricultores no les permiten superarlas, amenazas como déficit hídrico, lluvias extemporáneas, heladas, terremotos, etc. Cada Emergencia Agrícola es declarada por el Ministerio de Agricultura a través de un documento normativo (Resolución Exenta) que indica causas, impactos, las comunas que considera, además de un plan de acción valorizado.

El Ministerio de Agricultura busca fortalecer sus capacidades en gestión de riesgo de desastres, impulsando de nuevo su gestión preventiva y de respuesta, integradas a la gestión del riesgo de desastres, adecuándose dinámicamente a los cambios en el sector silvoagropecuario, en Sendai (GRS), Acuerdo de Paris (acción para el cambio climático), los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Seguridad Alimentaria.

Por Resolución Exenta N° 898, de 2022, se aprobó el organigrama y se establece la organización funcional interna de la Subsecretaria de Agricultura donde se instituye  la creación del Departamento de Planificación y Gestión de Riesgos, el cual indica las siguientes funciones, relacionadas con la GRD:

  • Diseñar, implementar y desarrollar sistemas de información y/o herramientas de recolección y sistematización de información, capaces de soportar objetivos, productos e indicadores de desempeño de la Subsecretaría de Agricultura.

  • Apoyar el levantamiento y mejora de los procesos asociados a la provisión de bienes y servicios estratégicos.

  • Implementar un Proceso de Gestión de Riesgos institucional, para gestionar riesgos críticos, mediante su identificación, evaluación, medición, comunicación y tratamiento.

Este Departamento, está compuesto entre otras unidades por la Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres Agrícolas (UGRA), quien es la encargada de planificar, coordinar y ejecutar las actividades destinadas a prevenir y solucionar los problemas derivados de emergencias y riesgos agrícolas, efectuando estudios, recolectando información, capacitando y realizar propuestas destinadas a dar respuestas a estas situaciones.

Funciones actuales de la Unidad de Gestión de Riesgos y Desastres Agrícolas-UGRA

En el ejercicio de sus funciones, la UGRA debe coordinar la ejecución de planes regionales sobre riesgos agroclimáticos (y otros que afectan al sector silvoagropecuario) y emergencias agrícolas, como también coordinar la ejecución de los planes ministeriales de emergencias, para lo cual deberá fomentar y mantener el concepto de prevención y atención de emergencias agrícolas en todo el Ministerio, servicios, instituciones y organismos nacionales, así como en sus funcionarios, personal y asociados.También, debe coordinar con los organismos públicos y privados nacionales, la colaboración en recursos humanos, materiales y tecnológicos para provenir o solucionar problemas derivados de emergencias agrícolas.


Es responsabilidad de esta unidad impulsar las coordinaciones, ajustes administrativos y normativos, e impulsar las acciones necesarias en todas las fases del ciclo del riesgo de desastres (mitigación, preparación, respuesta y recuperación) como tambien el enfoque para la Reducción del Riesgo de Desastres, apuntando a implementar adecuadamente la politica sectorial para la GRD (Gestión de Riesgos de Desastres), aunando los esfuerzos del Ministerio de Agricultura en su totalidad (incluyendo Subsecretaría, Servicios dependientes y relacionados, incluyendo el sector privado vinculado).

La Resolución N°242 de 2024 indica que “La Subsecretaría de Agricultura, a través de su Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas (UGRA) realiza acciones de carácter permanente con el fin de fortalecer las capacidades de adaptación de los productores para enfrentar por sí mismos la variabilidad y la adaptación al cambio climático, así como también enfrentar las emergencias que pudieran desarrollarse producto de esto, para ello la UGRA:

  • Mantiene un sistema de información conformado por plataformas Web que contienen datos e información de seguimiento de la situación agroclimática, destacando el portal Web AGROMET (www. agromet.cl). Además, el Ministerio dispone del portal de Agrometeorología que administra el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) (https://agrometeorologia.cl (subred de Agromet)

  • Elabora informativos de periodicidad mensual que resumen la situación agroclimática, las dimensiones meteorológica, hidrológica y agrícola, incluyendo la previsión climática, con horizonte de hasta tres meses.

  • Desarrolla e implementa un Plan de Capacitación, realizando actividades relacionadas con el uso e interpretación de la información agroclimática, especialmente las variables meteorológicas generadas por las estaciones meteorológicas automáticas. También, desarrolla encuentros en terreno y a distancia, analizando la información agroclimática e hidrológica, estudiando las posibles medidas y prácticas que se requieran implementar en preparación de la temporada agrícola y también para hacer frente a la variabilidad y adaptación al cambio climático.

  • Desarrolla y difunde material técnico, con el fin de que agricultores y técnicos estén mejor preparados frente a distintos eventos que pudieran afectar la producción agricola y la vida rural.

  • Desarrolla distintas estrategias de respuesta para enfrentar las emergencias desde el momento de identificación de amenazas hasta definición de posibles medidas de recuperación y/o rehabilitación.

  • Participa como asesor técnico en las declaraciones de emergencias agricolas Ministeriales.

  • Administrar el desarrollo y aplicación de la Ficha de Afectación Silvoagropecuaria (FAS), que es un instrumento diseñado por la misma unidad, con el objetivo de levantar información que permita evaluar la afectación producida por los desastres y, así, permitir entre otros, la acción pública en la recuperación de las unidades productivas silvoagropecuaria (UPA's) afectadas. La FAS, cuenta con preguntas asociadas a identificación de afectados, recursos hídricos, tenencia de la tierra, aspectos productivos, y materias relacionadas a empleabilidad, lo que permite el levantamiento de datos en terreno, la toma de fotografías y la geolocalización de cada uno de los encuestados/as y su aplicación estará condicionada a lo expresado en los actos administrativos correspondientes, resoluciones que determinan su apertura y cierre según, las recomendaciones de los organismos técnicos correspondientes vinculados a la emergencia.

  • Son labores de UGRA, el asesoramiento a las autoridades en situaciones de emergencia y también, el monitoreo continuo de estas variables que afectan al sector SAP. Debe contar con información agroclimatica especifica para poder informar de manera acertada, eficaz y eficiente. Por lo anterior, es necesario contar con sistemas de información agroclimatica que respondan a este desafío.

  • Durante las emergencias, UGRA elabora informes de afectación basados en la FAS. Los cuales tienen como objetivo entregar información a las Autoridades para que éstas puedan presentarlos en los COGRID Nacionales y Regionales.  Estos informes  se realizan diariamente con las actualizaciones de las fichas aplicadas día a día, indicando el avance del proceso y la caracterización de lo afectado. Estos procesos se han automatizado solicitando apoyo con los Servicios del Agro como ODEPA o CIREN, sin embargo, es necesario generar la gobernanza necesaria para disponer de esta información desde UGRA, ya que es necesario muchas veces tener un criterio técnico respecto a la presentación de la información.

  • Además, UGRA es la unidad dentro del Ministerio de Agricultura que desarrolló una adaptación de la metodología de FAO para la evaluación de Daños y Pérdidas específicas al Sector Silvoagropecuario (SAP) chileno. Permitiendo de esta forma, reportar el Indicador C-2, que dice relación con las pérdidas y daños directos asociados al SAP, el cual permite reportar este indicador en el compromiso internacional suscrito por Chile respecto del Marco de Sendai con Naciones Unidas, el cual se conduce a través de SENAPRED.

  • Finalmente, UGRA es la Unidad encargada de conducir las asignaciones derivadas de los procesos de emergencia y/o catástrofes, sean éstas en especies o en dinero. Encargándose de una serie de post procesos derivados de la FAS, como por ejemplo:

-       Depuración del catastro (Eliminación de registros duplicados, problemas de registro en nombres y RUT, inhabilitaciones por deuda de pensión alimenticia-Convenio Registro Civil), separación entre usuarios INDAP y NO INDAP, etc.

-       Apoyo en la elaboración de los planes de atención.

-       Seguimiento y cumplimiento de compromisos ministeriales derivados de emergencias.

-       Generación de las resoluciones o actos administrativos y listas de pago, derivadas de los planes de atención.

-       Seguimiento de los pagos, elaboración de informes de avance de estos procesos, minutas a la autoridad e informe de avance dirigidos a los ministros encargados de los planes de reconstrucción.

-       Trabajo en conjunto con otros Ministerios respecto a los planes de reconstrucción en situaciones de Catástrofes. Reporteria asociada a estas labores.

-       Gestión de ayudas tempranas en  emergencias agrícolas, que dice relación con la recepción de requerimiento, gestión de la demanda, coordinación con departamento de compras, además de logística y distribución regional (determinación de centros de recepción y acopio, lugares de entrega, conograma de entrega, tramite de documentación para rendición, certificados de recepción, listado de beneficiarios y resoluciones e informes  de cierrre del proceso).

Desafíos de la Gestión de Riesgos y UGRA

De las funciones descritas anteriormente,se desprenden otros procesos que se presentan como nuevos desafíos para la GRD en el Ministerio de Agricultura, entre los que se destacan:

  • Elaboración de mapas de riesgo, que incoporen valorización de daños y pérdidas.
  • Informes de daño potencial, para conocer las existencias agrícolas en un territorio determinado.

  • Incoporación de los mapas de riesgo en las asignaciones efectuadas en el territorio por el Ministerio de Agricultura en contextos de emergencia.
  • Generación de bases de datos de afectados por emergencias agricolas NO INDAP.
  • Sistema documental para el seguimiento de las acciones derivadas de emergencias.

-      Sistema de avance de entregas de beneficios o ayudas tempranas.

-      Seguimiento de convenios derivados de emergencias.

-      Alerta de plazos estipulados en las resoluciones de procedimientos derivados de la emergencias.

  • El Sistema de Información Agroclimática con plataformas, no ha tenido cambios tencológicos durante los últimos 5 años. Surgiendo la necesidad de desarrollos TI para la inclusión de funciones climáticas de interés para el agro, para el monitoreo y alerta temprana, teniendo presente el fenómeno del big data y soporte para aplicaciones AI. Además, de la necesidad de integración a plataformas existentes en materia de gestión de riesgo de desastre (GRD) y adaptación al cambio climático (CC). Esto, contempla el fortalecimiento de las capacidades para administración de estas plataformas para el equipo y coordinaciones con otros organismos proveedores y desarrolladores de información.
  • En el marco de la difusión y comunicaciones, está la necesidad de incorporar un  sello o marca para la UGRA, como entidad referente de la gestión de riesgo de desastres para el sector silvoagropecuario y su rol en las diferentes etapas del ciclo del riesgo, en concordancia con el trabajo de otras organizaciones vinculadas a estas materias intra y extra MINAGRI.
  • En el marco de la gestión del conocimiento, se requiere la actualización de la oferta de capacitación especializada en GRD y adaptación al CC de la Unidad, para el sector silvoagropecuario de alcance local, considerando agricultura de zonas extremas y de zonas de difícil acceso.
  • Dar continuidad al trabajo colaborativo de alcance nacional e internacional para el intercambio de experiencias en materias GRD y adaptación al CC, considerando además, los compromisos internacionales en estas materias y para el desarrollo de iniciativas de interés común y beneficio mutuo. Esto, considerando el trabajo de prevención (mitigación y preparación), más allá de la coordinación para la respuesta en GRD.

  1. Contexto Normativo y Legal

Mediante resolución exenta N° 434, de 22 de septiembre de 2020, publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de marzo de 2021, la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, aprobó la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030. Esta Política en adelante “PNRRD” obedece a los compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Chile y la necesidad de establecer el marco rector que fortalezca la gestión del riesgo de desastres (en adelante, “GRD”) en el país al año 2030. Está compuesta por un conjunto de principios, enfoques transversales, ejes prioritarios y objetivos estratégicos, que serán implementados a través de su respectivo Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres (en adelante, “PENRRD 2020-2030”), el que recogerá brechas detectadas de procesos anteriores y considerará las particularidades territoriales y diversidades de las comunidades por medio de la ejecución.


Este nuevo marco referente nacional consolida y revitaliza los esfuerzos que los instrumentos predecesores, nacionales internacionales, establece la necesidad de Fortalecer la Institucionalidad Publica en Materias de Gestión y Reducción de Riesgos, fortaleciendo las competencias y capacidad sobre la materia de todos los niveles del Estado, incorporando las políticas , planes y programas del estado a la ejecución de este Plan, el Ministerio de Agricultura desde su sectorialidad y en conjunto con los Servicios del Agro, viene en consagrar esta necesidad, estableciendo la necesaria sanción de un plan sectorial de carácter operativo y de alcance nacional que permita operativizar el PNDRRD desde el sector Silvio Agropecuario.

Posteriormente en julio de 2021, se promulga la Ley N° 21.364 que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SINAPRED). Este nuevo Sistema, y dentro de ello el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED), creados en la presente Ley, se basan fundamentalmente en  reconocer e incorporar todos los avances y desarrollos que se han logrado en función de las buenas prácticas y lecciones aprendidas en estos últimos años por el Sistema Nacional de Protección Civil y por ONEMI (a quienes reemplazan), avances los cuales, además, se busca actualizarlos, reforzarlos, estandarizarlos y hacerlos vinculantes para alcanzar estándares de excelencia en la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) centrados en la prevención y territorialidad.

En sus reglamentos la Ley determina:

DECRETO 86. Reglamento que regula los organismos técnicos para el monitoreo de amenazas; organismos técnicos para el monitoreo sectorial; los instrumentos para la gestión del riesgo de desastres; y los procedimientos de elaboración de los mapas de amenaza y los mapas de riesgo. 

DECRETO 338. Reglamento del Programa para la Gestión del Riesgo de Desastres.

DECRETO 234. Reglamento para el funcionamiento de los Comités para la Gestión del Riesgo de Desastres y de las otras instancias de coordinación del Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, establecidos en la ley Nº 21.364

Como antecedente, se expone el marco normativo con el que trabaja la UGRA en el sector Silvoagropecuario a continuación:

a)    Ley de Presupuestos del Sector Público.

b)    Ley de sismos y catástrofes. Ley 16.282, actualizada por el Decreto N° 104 y la Ley 20.444

c)     Marco Sendai para la reducción del riesgo de desastres

d)    Plan Operativo de Emergencia del MINAGRI

e)    Política y Estrategia Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres (RDD)

f)     Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) y SENAPRED Ley 21364

g)    Plan de Adaptación al Cambio Climático en el sector Silvoagropecuario

h)    Objetivos del Desarrollo Sostenible

i)      Seguridad Alimentaria.

a). Ley de Presupuestos del Sector Público, otorga las siguientes facultades:

  • Confiere la facultad al MINAGRI de declarar Emergencia Agrícola.
  • La Glosa de la asignación 369 del presupuesto de la Subsecretaría de Agricultura que permite financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales.
  • Deberá ser definido por resolución fundada del Ministro de Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos.
  • No podrá comprometer recursos para los años siguientes.
  • Permite transferir desde dicha asignación recursos a entidades públicas o privadas, los que no ingresarán a sus presupuestos, todo sujeto a la firma de convenios, con especificación de montos, plazos y objetivos de los proyectos, acciones o actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría.

  • Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal, originados en la organización.
  • Los gastos asociados a esta asignación (inicialmente $10.000) podrán exceder hasta octubre, para dar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden.
  • Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y, para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de noviembre.

b). Ley de sismos y catástrofes. Ley 16.282, actualizada por el Decreto N° 104 y la Ley 20.444, otorga las siguientes facultades:

  • Permite otorgar ayuda sin sujeción a las leyes orgánicas y sus reglamentos de las instituciones prestadoras de ayuda (ej.: INDAP) para otorgar créditos y asistencia técnica.
  • Permite las compras sin propuestas y las compras directas bajo convenio marco.
  • Permite la condonación de deuda.

c). Marco de Sendai para la reducción del riesgo de desastre.

El Marco Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres (RRD) contempla el periodo 2015-2030. El acuerdo internacional adoptado por los Estados miembros de la ONU proporciona una guía integral para la RRDs y la construcción de resiliencia en las comunidades y países de todo el mundo.

 

El Marco de Sendai identifica cuatro prioridades clave para la acción:

1. Comprender el riesgo de desastres (RD).

2. Fortalecer la gobernanza del RD para gestionar dichos riesgos.

3. Invertir en la RRD para la resiliencia.

4. Aumentar la preparación para casos de desastre para lograr una respuesta eficaz y para “reconstruir mejor” en la recuperación, la rehabilitación y la reconstrucción.

 

Incluye indicadores para medir el progreso hacia los objetivos establecidos, permitiendo a los países monitorear y evaluar sus esfuerzos de RRD de manera sistemática. Desde Chile, se resguarda mediante una plataforma nacional a cargo de SENAPRED.

 

El Marco de Sendai está alineado con otros marcos y agendas globales, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Acuerdo de París sobre el cambio climático, promoviendo un enfoque coherente y coordinado para abordar los desafíos globales relacionados con el riesgo de desastres y la resiliencia.

d). Plan Operativo de Emergencia del MINAGRI: mediante Resolución Exenta N°989 del 28 de diciembre 2011 se establece el Protocolo de Emergencias Agrícolas. Posteriormente fue modificado, mediante la Resolución exenta N°309 del 21 de agosto de 2021 que aprueba el Plan Nacional Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura. Después, este plan operativo fue modificado a través de la resolución exenta N°242 del 28 de mayo de 2024. Este marco normativo es un Plan del sector silvoagropecuario que busca guiar las acciones de los diferentes servicios del agro en la fase de respuesta del ciclo de la Gestión de riesgo de Desastres (GRD), siendo una base normativa para accionar e interactuar. El plan señala la normativa del Minagri para actuar frente a las amenazas del sector, entre ellos la gobernanza del nivel central, en regiones y las interacciones necesarias para activar todos los procedimientos que se han construido para la gestión de la respuesta en el SAP.

e) Política y Estrategia Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres (RDD)

Implementada por SENAPRED, en combinación con las Direcciones Regionales de SENAPRED en junio 2024, involucra Mesas de Trabajo en niveles central y regional para identificar sinergias, entregar asesorías más focalizadas y estratégicas para el accionar eficaz en cada territorio.


Los ejes del accionar de SENAPRED se enfocan en comprender el Riesgo de Desastres, fortalecer la Gobernanza del Riesgo de Desastres, planificar e Invertir en la Reducción del Riesgo de Desastres para la Resiliencia, proporcionar una Respuesta Eficiente y Eficaz y fomentar una Recuperación Sostenible.  Especial atención presenta el adecuado funcionamiento de la cadena logística de abastecimiento de alimentos que garantice la seguridad alimentaria de la población.

 

f). Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) y SENAPRED

 

En Chile, el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED) planea y coordina los recursos públicos y privados destinados a la prevención y atención de emergencias y desastres naturales o provocados por la acción humana, proporcionando a los ministerios, delegaciones, gobernaciones regionales, municipios y organismos de Protección Civil de nivel nacional, regional, provincial y comunal, modelos y planes de gestión permanente para la prevención y manejo de emergencias, desastres y catástrofes. La Ley N°21.364 publicada, el 7 de agosto del 2021, establece que el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres sustituye a la Oficina Nacional de Emergencia.

 

La Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) es un proceso de carácter continuo que comprende la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas, estándares y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo de desastres, con el propósito de evitar la generación de nuevos riesgos de desastres, reducir los existentes y gestionar el riesgo residual. Así, la GRD, junto a otros grandes enfoques como la adaptación al cambio climático y la planificación territorial, es una estrategia que permite avanzar hacia el desarrollo sostenible, entendiendo este último como la conjunción de las dimensiones social, económica y ambiental.

 

En consideración de lo anterior, es necesario que las actividades de formación y capacitación de las distintas academias consideren estas materias, de GRD y Reducción del Riesgo de Desastres (RRD) de manera transversal, con el objetivo de promover la comprensión del Riesgo de Desastres en sus diferentes dimensiones y entender cómo se puede llegar a promover una cultura preventiva en la sociedad. Ahora bien, la RRD, a diferencia de la GRD, busca “(…) prevenir nuevos riesgos de desastres, reducir riesgos de desastres ya existentes y gestionar el riesgo de desastre residual”, todo esto enmarcado, nuevamente, en un enfoque que le entregue al país la capacidad de alcanzar un desarrollo sostenible.

Aunque según la normativa vigente, el Ciclo del Riesgo de Desastres describe cinco (5) fases que demandan articulación de acciones y funciones (mitigación, preparación, alerta, respuesta y recuperación) en el MINAGRI el devenir de las acciones en el último decenio se ha interpretado con diferencias distintas, identificadas según el uso y costumbre. Además,  se consideran algunos de los reglamentos enunciados a continuación:

DECRETO 86. Reglamento que regula los organismos técnicos para el monitoreo de amenazas; organismos técnicos para el monitoreo sectorial; los instrumentos para la gestión del riesgo de desastres; y los procedimientos de elaboración de los mapas de amenaza y los mapas de riesgo.

DECRETO 338. Reglamento del Programa para la Gestión del Riesgo de Desastres.

DECRETO 234. Reglamento para el funcionamiento de los Comités para la Gestión del Riesgo de Desastres y de las otras instancias de coordinación del Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, establecidos en la ley Nº 21.364 el Programa para la Gestión del Riesgo de Desastres.


g). Plan de Adaptación al Cambio Climático en el sector Silvoagropecuario y GRD (PACC- SAP)

La normativa establece que el Ministerio de Agricultura debe diseñar e implementar instrumentos de gestión de cambio climático, como un Plan Sectorial de Adaptación, con acciones y medidas para adaptar al cambio climático aquellos sectores con mayor vulnerabilidad, como el silvoagropecuario, y aumentar su resiliencia según los objetivos y metas definidas en la Estrategia Climática de Largo Plazo (ECLP) del país.

 

El marco institucional hace referencia a las medidas que regulan el accionar del MINAGRI en ámbitos relacionados al cambio climático, entre ellos, los instrumentos jurídicos, de gestión, fomento, arreglos institucionales, políticas públicas y procedimientos. El PACC- SAP diseñado para el período 2024 al 2030, establece una estrategia efectiva y sostenible a largo plazo, incorpora medidas para reducir la vulnerabilidad, abordando aspectos como el manejo silvoagropecuario, entre otros, se actualizará cada 5 años para adaptarse a cambios en condiciones habilitantes, tecnología, costos y vulnerabilidad del sector agrícola.

 

Las medidas de adaptación que integran el presente PACC-SAP tienen un periodo de implementación de 5 años y en su construcción se consideró los lineamientos establecidos en la NDC, en la ECLP y otros definidos en la Ley Marco de Cambio Climático.

 

h). Objetivos de Desarrollo Sostenible

 

Desde el año 2015 se estableció la nueva agenda de desarrollo sostenible proyectada para ser trabajada y alcanzada a 15 años en 17 objetivos globales que buscan asegurar la prosperidad para todos, erradicar la pobreza y proteger el planeta. El Ministerio de Agricultura y particularmente la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastre Agrícola-UGRA, se vincula con los objetivos 2 sobre hambre cero, objetivo 12 producción y consumo responsable, objetivo 13 acción por el clima y objetivo 15 vida de ecosistemas terrestres.

 

i). Seguridad Alimentaria

 

Desde el punto de vista productivo, desde la década de 1970, la producción del sector silvoagropecuario se focalizó en aquellos rubros competitivos en el mercado internacional, como los frutales y viñas. Las décadas siguientes enfatizaron las exportaciones disminuyendo el interés en los rubros destinados prioritariamente al consumo nacional y local, el tiempo en que prevalecía que la seguridad alimentaria se sostenía sobre la disponibilidad de alimentos, sin considerar su origen, ni elementos de resiliencia, sostenibilidad, pertinencia cultural, aspectos que hoy se reconocen fundamentales en los sistemas alimentarios que ya no entregan todas las certezas al asegurar la alimentación, aunque se reconoce el papel de las importaciones.

 

En los últimos años, con el cambio climático y la crisis sanitaria, entre otras crisis, Chile se enfrenta al desafío de repensar el sistema productivo con miras a resguardar el derecho a la alimentación.

 

En este contexto, se ha iniciado un proceso para el fortalecimiento de la seguridad alimentaria y nutricional, incorporando la dimensión ambiental, social, económica y cultural, mediante el concepto de soberanía alimentaria. De esta forma, se orienta el actuar del Estado de Chile para avanzar con una visión de mediano y largo plazo en la transformación de sistemas alimentarios más sustentables, resilientes e inclusivos, teniendo como foco el garantizar el derecho humano una alimentación adecuada, aspectos que el Minagri considera en una estrategia aprobada en esta materia.


IV. Objetivo General

Elaborar un Plan de Fortalecimiento y Desarrollo organizacional de la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas (UGRA) que proponga mejoras en sus componentes de dotación de recursos humanos, de recursos tecnológicos y equipamiento, y también, sobre el desarrollo y fortalecimiento de capacidades, tanto a nivel central como regional, buscando robustecer la unidad como ente coordinador y articulador de los servicios del MINAGRI y de los actores sectoriales vinculados (sector privado, academia y sociedad civil) así como también, representante del MINAGRI en instancias de coordinación superiores tales como SINAPRED y otras.


V. Objetivo Específicos:

Los objetivos específicos que deben ser abordados en el Plan de Fortalecimiento, son los siguientes:

1. Analizar la organización y estructura de la Unidad para elaborar una propuesta con cambios en sus componentes de trabajo, dotación de recursos humanos y capacidades, recursos tecnológicos y equipamiento, entre otras necesidades detectadas orientadas a su fortalecimiento y desarrollo organizacional.

2. Elaborar una propuesta para la dotación de recursos humanos con nuevos perfiles de cargo y competencias necesarias para una nueva organización y estructura de la Unidad.

3. Elaborar una propuesta de fortalecimiento y desarrollo organizacional de la Unidad en su vinculación regional que considere necesidades de información, necesidades de capacitación, coordinación con el nivel central, entre otras necesidades detectadas, en el ámbito de la GRD.

4. Determinar los recursos tecnológicos y equipamiento necesario de una nueva organización y estructura organizacional de la Unidad, que permita la implementación de sus componentes de trabajo, en el ámbito de la GRD.

5. Elaborar una propuesta para el fortalecimiento de las capacidades profesionales de la Unidad para la implementación de sus componentes de trabajo en el marco de una nueva organización y estructura organizacional para la gestión en la reducción de riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático.

VI. Descripción del requerimiento

La Subsecretaría de Agricultura tiene el desafío de fortalecer la Unidad de Gestión de Riesgos de Desastres Agrícolas (UGRA) para prepararse y hacer frente a eventos adversos que pudieran afectar al Sector Silvoagropecuario, realizando acciones en cada una de las etapas del ciclo del riesgo.

Para esta consultoría, se requiere como producto, la elaboración de un informe que contenga la propuesta de fortalecimiento de la organización de la UGRA en, al menos, los componentes de funciones y atribuciones de la unidad, análisis de la estructura organización, análisis de recursos humanos, recursos tecnológicos y equipamiento, y fortalecimiento de capacidades profesionales permanentes. Los temas mínimos para abordar en cada uno de estos componentes son:

1-    Carta Gantt

La Subsecretaría exigirá a quien oferte la presentación de una carta Gantt que incluya expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones cuantitativas y cualitativas a llevar a cabo tales como: entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otros actividades.


Previo a la suscripción del contrato las contrapartes acordarán los términos finales de la carta Gantt la que quedará aprobada en el referido instrumento. Cualquier modificación a la carta Gantt quedará sujeta a la aprobación de la contraparte técnica, debiendo consignarse dicha modificación o ajuste en el respectivo acto administrativo.

2-    Dotación de recursos humanos:

Se debe realizar un análisis sobre la estructura organizacional de la unidad y elaborar nuevos perfiles de cargo en atención a este análisis, revisar las labores ejecutadas por UGRA actualmente y los desafíos planteados en el Programa de Innovación y Fortalecimiento Institucional para la Seguridad Alimentaria a través del Ministerio de Agricultura (MINAGRI) e indicar si la dotación actual es consistente con los desafíos de la Unidad, tanto en nivel central como en regiones. Debe Incorporar un análisis de competencias necesarias, roles, responsabilidades y tipo de perfiles que deben ser cubiertas y con una dotación profesional y técnica para cumplir con los objetivos propuestos por la UGRA. Finalmente, elaborar un plan de fortalecimiento y desarrollo organizacional, considerando un horizonte de tiempo estimado para la implementación del plan propuesto al año 2030, incorporando enfoque de género y multiculturalidad, cuando así corresponda.

1.1  Análisis de la situación organizacional de la UGRA, equipos y su ubicación dentro del Ministerio.

1.2  Número de funcionarias/os requeridos, tanto a nivel central, como de cada una de las regiones, se requiere una revisión del equipo existente a nivel nacional, considerar las glosas de contratación y funciones. Revisar, además, la temporalidad de sus contratos y naturaleza de éstos deberá definir por caso, por región, orientado por el nivel de amenaza existente y la evidencia de emergencia y desastres acontecidos.

1.3  Roles, gobernanza y responsabilidades que deben ser cubiertas con la nueva dotación profesional y técnica: luego del primer análisis del producto 1.1, deberá estudiar y definir lo que falta por cubrir en la unidad, tanto en responsabilidades como en personal, describiendo las áreas que faltan ser abordadas o reforzadas.

1.4  Estudio de dotación máxima en la UGRA en GRD, definición de perfiles profesionales requeridos: deberá construir perfiles profesionales a contratar, con todos los requisitos necesarios, revisando en conjunto con la contraparte de UGRA.

1.5  Propuesta de un plan de contratación gradual, por región, considerando criterios de priorización, tales como frecuencia de ocurrencia de emergencia, representatividad, vulnerabilidad, exposición, otros.

1.6  Determinar un presupuesto estimado, en un horizonte al 2030, considerando todos los cambios en dotación de personal, recursos tecnológicos, equipamiento y desarrollo y fortalecimiento de capacidades de la UGRA.

1.7  Se deberá considerar enfoque de género y multiculturalidad, cuando así corresponda.

1.8  El plan debe considerar una metodología que aplique a la estructura de la propuesta, esta debe considerar enfoque de género.


2-    Recursos tecnológicos y de equipamiento:

El Plan de Fortalecimiento y Desarrollo Organizacional de UGRA, debe considerar la existencia y demanda de recursos tecnológicos y de equipamiento, se espera una definición de recursos tecnológicos requeridos para la operación satisfactoria de la Unidad (softwares, hardware, patentes, licencias u otros identificados como necesarios), tanto a nivel central como regional.

El Plan de Fortalecimiento debe incluir un Plan de Adquisiciones acorde al plan de contratación de recursos humanos, a nivel central y regional. Incluyendo una propuesta de mantención periódica y evolutiva de los recursos tecnológicos y equipamiento, para que se mantengan vigentes, evitando la obsolescencia. Deberá definir un presupuesto estimado para la adquisición de recursos, su mantención y/o reemplazo. La propuesta debe considerar recursos tecnológicos y de equipamiento, para prevención y respuesta, en el marco de la nueva propuesta de fortalecimiento y desarrollo organizacional de la Unidad.

2.1 Definición de recursos tecnológicos requeridos para la operación satisfactoria de la unidad (softwares, patentes, otros), tanto a nivel central como regional.

2.2 Plan de adquisiciones acorde al plan de contratación de recursos humanos, a nivel central y regional.

2.3 Propuesta de mantención periódica de los recursos tecnológicos y equipamiento.

2.4 Presupuesto estimado para la adquisición de recursos y su mantención.

3-    Fortalecimiento de capacidades profesionales de la UGRA.

La propuesta para el fortalecimiento de las capacidades profesionales de la Unidad debe describir los contenidos mínimos en gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático en el sector silvoagropecuario y los contenidos complementarios en materias relacionadas, según necesidades detectadas acordes con una nueva estructura y organización de UGRA, en coordinación con los servicios del MINAGRI y regionales.

3.1 Propuesta de fortalecimiento de capacidades en gestión y reducción del riesgo de desastres silvoagropecuarios dirigida a las y los funcionarios de la UGRA y a sus representantes regionales. Esta propuesta debe contener:

3.1.1 Contenidos a abordar en una primera instancia de capacitación y propuesta de actualización bienal.

3.1.2 Métodos de implementación (virtual, presencial, híbrido)

3.1.3 Recursos tecnológicos y pedagógicos requeridos.

3.1.4 Mecanismos de evaluación y formalización de los conocimientos adquiridos a nivel nacional e internacional.

3.1.5 Tiempo de ejecución inicial y de actualización de materias.

3.1.6 Presupuesto requerido con horizonte al año 2030.

Este plan de fortalecimiento de capacidades en GRD para el sector silvoagropecuario, deberá ser con horizonte al año 2030, flexible, que permita seguimiento y sea evaluable, que, dé cuenta de las competencias necesarias que se deberán considerar en todas las fases de GRD al momento de formular el plan de fortalecimiento, pudiendo participar todas y todos los profesionales de la unidad y quienes se relacionen con la misma, (regiones, servicios y personas del sector SAP). Independiente de su calidad jurídica.

Las actividades de formación deberán ser bajo modalidades presenciales y/o virtuales, sincrónicas y/o asincrónicas para ampliar su cobertura, definiendo todos los recursos tecnológicos-pedagógicos necesarios y considerando la evaluación de los aprendizajes.


VII. Análisis experiencia internacional

Se requiere de un análisis de experiencias comparadas que digan relación con la Gestión de Riesgo de Desastres Agrícolas y como estos países han abordado la problemática y su desarrollo institucional. En este análisis, incorporar un modelo comparativo de Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA) u otra metodología de comparación para la propuesta en miras del fortalecimiento y desarrollo organizacional de UGRA.

También, debe considerar el estado del arte de la gestión de riesgo de desastres agrícolas en Chile y cómo debiese encaminarse el fortalecimiento integral de UGRA en aspectos de Gobernanza, Herramientas, Protocolos y Capacidades, tanto técnicas como tecnológicas. Tener presente también, la transferencia del riesgo (seguros agropecuarios) e información técnica dirigida a los productores del sector silvoagropecuario para favorecer buenas prácticas agrícolas que incentiven la generación de resiliencia y disminuyan el riesgo.

VIII. Metodología por utilizar

Para el desarrollo de esta consultoría se deberá considerar una revisión bibliográfica que involucre publicaciones académicas, contexto de organismos internacionales atingentes en la materia servicios públicos internacionales, análisis de experiencia comparada, talleres participativos por macrozonas nacionales, talleres con servicios públicos, privados, academia, vinculadas al sector silvoagropecuario, entrevistas, encuestas, metodologías y tecnologías participativas, entre otras.

IX. Propuesta metodológica 

Para la revisión documental se debe describir en detalles qué metodología se usará, con las referencias que las respalden, justificando su elección a favor del logro buscado, relacionado con los objetivos, general y específicos, según corresponda. Se debe considerar alcance nacional e internacional para el análisis documental.

Incluir metodologías participativas, en formato talleres o reuniones de equipo, que integren a profesionales del nivel central y de regiones, que indaguen opiniones y sistematicen para establecer brechas concretas.

Las metodologías participativas propuestas deben ser descritas con detalle, incluyendo referencias que las respalden, justificando por qué su elección en relación con los objetivos, general y específicos de la consultoría, cuando corresponda. 

Considera una sesión de trabajo inicial para presentar a las contrapartes, presentación del plan de trabajo propuesto para el desarrollo de la consultoría, establecimiento de acuerdos sobre contenidos, plazos para el desarrollo de los ajustes y plazos para el desarrollo de la consultoría, definiendo próximas sesiones para la presentación de informes de avances, establecidos en estas bases técnicas y/o acordados con las contrapartes.

X. Informes de productos y plazos de entrega

 

a)    Informe 1. Plazo: veinticinco días (25) días corridos contados desde la fecha de suscripción del contrato. Este informe debe contener una presentación en profundidad de la propuesta metodológica, indicando, entre otros aspectos, cuáles experiencias internacionales serán consideradas, etapas del trabajo, aspectos participativos, y otros insumos relevantes para la elaboración de esta consultoría como instrumentos de medición/evaluación, etc.

 


Como mínimo debe contar con planificación y cronograma de actividades, identificación de actores, casos a analizar, entrevistas y talleres a realizar, propuesta metodológica para lograr los objetivos y la forma sobre cómo se presentarán los resultados.  

 

Con la entrega del informe 1, debe realizarse una presentación oral. La contraparte técnica del contrato y el equipo de la UGRA revisará y hará los ajustes necesarios, considerando los plazos establecidos para aprobar dicho informe. 

Este informe corresponderá al 30% del pago.

 

b)    Informe 2. Plazo: ciento veinte días (120) días corridos desde la fecha de suscripción del contrato. Este informe deberá contener el avance de los principales ejes acordados en la programación del informe 1, contener un análisis comparado, resultados del análisis organizacional de la unidad y recomendaciones de mejora, junto con su respectivo estudio de dotación. Este informe, deberá considerar el equipamiento requerido para poder operar la GRD al interior del Ministerio, identificando brechas tanto para el nivel central como regional. Deberá contemplar una presentación oral al equipo y contraparte.

La contraparte de la UGRA revisará y hará los ajustes necesarios, considerando los plazos establecidos para aprobar dicho informe.

Este informe corresponderá al 30% del pago.

 

c)    Informe 3 y final. Plazo: doscientos diez días (210) corridos, contados desde la fecha de suscripción del contrato. Este informe deberá contener la propuesta del Plan de Fortalecimiento en términos de desarrollo continuo de capacidades, cursos y capacitaciones a requerir y ejecutar por terceros. Debe considerar una revisión y aprobación por parte de la contraparte técnica de la UGRA.  

Además, este informe deberá contener los tópicos de los informes anteriores, los resultados finales de la evaluación, incorporando la relación de todos los elementos analizados y evaluados, incluyendo las conclusiones y recomendaciones tendientes a considerar la GRD en el sector silvoagropecuario. Junto al informe final, se espera la entrega de un set de documentación asociado al desarrollo de la evaluación y levantamiento de la información. 

 

El informe final de la Consultoría debe incluir un capítulo de conclusiones y recomendaciones que resuma e integre cada una de las secciones de esta evaluación.

La contraparte de la UGRA revisará y hará los ajustes necesarios, considerando los plazos establecidos para aprobar dicho informe. 

Este informe corresponderá al 40% del pago.

 

Posteriormente a la aprobación del Plan de Fortalecimiento por la contraparte técnica de UGRA, el consultor (a) adjudicado deberá exponer los resultados obtenidos de la consultoría a las autoridades del Ministerio de Agricultura.  

 

XI. Presupuesto máximo disponible

 

El presupuesto máximo disponible para la totalidad de los servicios a contratar asciende a la suma de $31.500.000 (treinta y un millones quinientos mil pesos) valor con todos los impuestos incluidos. La duración de la consultoría es de 210 días corridos y, su presupuesto se ejecutará de acuerdo con lo siguiente: año 2024 la suma de $9.450.000 (nueve millones cuatrocientos cincuenta mil pesos) y para el año 2025 la suma de $22.050.000 (veintidós millones cincuenta mil pesos), de acuerdo con el programa de pagos previsto en las bases técnicas y administrativas.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.