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Resolución de Empates |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables:
1º. Criterio de evaluación “OFERTA TÉCNICA”.
2º. Criterio de evaluación “OFERTA ECONÓMICA”.
3º. Criterio de evaluación “OFERTA ADMINISTRATIVA”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico unidad_adquisiciones@agcid.gob.cl.
AGCID dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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AGCID podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que tales documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de AGCID, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recaerá exclusivamente en los respectivos oferentes
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Pacto de integridad |
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El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
- Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula referida a Término Anticipado de Contrato, de estas bases de licitación.
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Término anticipado de contrato |
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La AGCID estará facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, y sin perjuicio de las demás acciones legales que resulten procedentes, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. Si el proveedor adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2. Si se disuelve la entidad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del Adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere para AGCID o a cualquier institución involucrada en el proyecto, perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4. Si el proveedor adjudicado, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la AGCID o de la contraparte, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo Adjudicatario, la AGCID o la contraparte.
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
5. Si las multas aplicadas, en total, sobrepasan el 10% del valor total del contrato o si se aplican 3 multas totalmente tramitadas durante la vigencia del contrato.
6. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
7. Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9. En caso de muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
10. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme lo previsto en las presentes bases.
11. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en las cláusulas: “Fraude y corrupción” y/o” Pacto de integridad".
En estos casos, AGCID sólo pagará las obligaciones ya cumplidas que se encontrasen insolutas a la fecha.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
AGCID podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
AGCID exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario referido no podrá participar.
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Cláusula de género |
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En el diseño, planificación, ejecución y monitoreo de las actividades y/o acciones que se adopten para la implementación del contrato respectivo, las Partes se comprometen a:
1. Respetar el principio de igualdad y no discriminación de sexo.
2. Procurar contribuir a la eliminación de la discriminación hacia la mujer y a la ampliación de la participación equitativa de hombres y mujeres en todos los sectores y ámbitos relacionados con el cumplimiento del contrato.
3. Considerar las implicancias para hombres y mujeres que importen el desarrollo de las acciones y/o actividades derivadas de su cumplimiento.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover la equidad de género.
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Cláusula de salvaguardia |
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En el marco de las contrataciones de bienes y servicios adquiridos para los proyectos con fondos en administración, AGCID deberá dar cumplimiento a las directivas de lucha contra el fraude y la corrupción impartidas por cada fuente de financiamiento, y deberá verificar la habilidad de los proveedores a contratar, comprobando que éstos no se encuentren en situación de exclusión por delitos de Lavado de Activos (LA), Financiamiento del Terrorismo (FT) y Delitos Funcionarios (DF), en las bases de datos y sistemas de detección precoz dispuestos para tales efectos. En los casos en que el o los oferentes se encuentren dentro de estas listas de exclusión, AGCID estará facultada para:
1. Declarar inadmisible la oferta presentada.
2. Poner término anticipado al Contrato, cuando la inhabilidad se configure con posterioridad al inicio del contrato.
1. Declarar inadmisible la oferta presentada.
2. Poner término anticipado al Contrato, cuando la inhabilidad se configure con posterioridad al inicio del contrato.
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Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado |
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1. El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de informes, planes de tratamiento de riesgos, inventario de cajas y/o documentos almacenados, y cualquier otra información relativa al objeto de contratación a los usuarios designados de AGCID, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.
2. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
3. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la AGCID en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
4. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente.
5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la AGCID en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
6. La responsabilidad extracontractual que pudiera derivarse por hechos o actos del personal del Adjudicatario será siempre de su cargo y en ningún caso obligará a la AGCID. Asimismo, en los contratos de trabajo de este personal, el Adjudicatario deberá dejar expresa constancia que a éstos no los une vinculación de ninguna especie con la AGCID.
7. Los servicios materia de la presente licitación, contarán con visto bueno del Administrador del Contrato, en cuanto a su forma, plazos y capacidad de ajuste a las especificaciones técnicas. Será responsabilidad el cumplimiento a cabalidad de lo requerido para cada solicitud específica. Cuando la calidad del servicio prestado no esté de acuerdo a los parámetros requeridos y a la Propuesta, el Administrador del Contrato, podrá realizar reclamos formales por escrito, para cursar las multas que correspondan.
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Evaluación del contrato |
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Luego de finalizado el contrato, la Contraparte Técnica y el Administrador del contrato deberán evaluar el desempeño del proveedor a través de una encuesta que se encuentra disponible en el módulo de Gestión de Contratos en www.mercadopublico.cl.
Esta encuesta permite construir la Nota de Comportamiento por Evaluación que se publica, ahora también, en la Ficha del Proveedor en la sección de Comportamiento por Evaluación de Contratos, además de encontrarse en el módulo de gestión de contratos.
Responder la encuesta es clave para conocer cómo ha sido el cumplimiento de los proveedores en la ejecución de los contratos, especialmente los de más de 1.000 UTM, permitiendo destacar a los oferentes que cumplen con sus compromisos de entrega de bienes y servicios, como también generar información para apoyar la toma de decisiones de todos los organismos.
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Tratamiento de datos personales por mandato |
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En caso de que se encomiende al proveedor adjudicado el tratamiento de datos personales por cuenta de AGCID, éste deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor adjudicado, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada y las demás normativas aplicables a la materia.
En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al proveedor adjudicado (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor adjudicado, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la AGCID (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.
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Visita a las instalaciones |
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La Comisión Evaluadora, como parte del procedimiento de evaluación, visitará las instalaciones en que se realizará el almacenamiento de los archivos, dentro de las fechas propuestas en el Cronograma de la Licitación, establecido en las Bases Administrativas, con el objeto de verificar en terreno el cumplimiento de las condiciones necesarias para mantener y resguardar los documentos a almacenar. Asimismo, se podrá comprobar la existencia de las características señaladas en la oferta técnica del proveedor, tales como vehículos propios para el traslado de documentos y el uso de códigos de barra e inventario de la plataforma.
Esta visita se realizará para complementar la evaluación de calidad de la oferta, en el caso de ser necesario.
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Revisión de clausulas |
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Revisar en bases administrativas
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