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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En el evento que al inicio del contrato existieran saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores de
la persona natural o jurídica contratada o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, los primeros estados de pago generados en razón del contrato
deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones; en este caso, la persona
natural o jurídica contratada deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses. El incumplimiento de esta obligación por parte del
prestador, dará derecho al SERNAC a dar por terminado el respectivo contrato
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual el prestador que incumplió con
el servicio no podrá participar.
Para efectuar los pagos que procedan a favor de la empresa que se adjudique el
contrato, deberá acreditar ante el SERNAC el cumplimiento de las obligaciones
laborales y/o previsionales del total de personas contratadas para prestar los
servicios a que se refiere este contrato, a través de certificados emitidos por la
Inspección del Trabajo con el respectivo listado de trabajadores que presten el
servicio, que acredite el pago y estado de cumplimiento de dichas obligaciones, así
como de los finiquitos que se produzcan durante la ejecución del mismo.
Con el mérito de la información a que alude el párrafo precedente, el SERNAC
queda expresamente autorizado por el proveedor a efectuar retenciones de pago,
por la suma de dinero necesaria para cubrir el monto de las obligaciones
incumplidas con sus trabajadores, retención que se efectuará en conformidad con
lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Este derecho de retención
también podrá ser ejercido por el SERNAC cuando fuera demandado, por
incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores
que el proveedor destine para la ejecución del contrato, quedando facultado desde
ya para pagar con esos fondos.
Cuando cesen las causas de retención del pago, se abonarán los montos retenidos,
sin reajustes ni intereses.
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Sin perjuicio de lo anterior, el SERNAC se reserva el derecho a verificar la existencia
de multas pendientes y descontar de los estados de pagos correspondientes.
Todos los antecedentes deben referirse al mes anterior al cual fueron prestados
los servicios.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, dará derecho
al SERNAC a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.
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Pacto de integridad |
Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido
un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan
para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante
la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida
integridad.
Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los
principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación
pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en
la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.
Con ese fin, el oferente deberá declarar si dentro de su organización cuenta de
programas de integridad que son conocidos por su personal.
El proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la licitación,
acepta expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
- Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por
éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo
19, números 1o, 4o, 5o, 6o, 12o, y 16o, en conformidad al artículo 485 del
Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
- No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución del contrato, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del mismo.
- No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
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aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar
para el proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias
para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia.
- Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en la ejecución del presente contrato.
- El proveedor adjudicado, manifiesta conocer las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación y en el presente contrato, y se
compromete a respetarlas.
- Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de
cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El proveedor adjudicado, se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas
y, en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o
indirectamente, en virtud o como efecto del contrato. Por tanto, se harán
plenamente responsables de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio
de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los oferentes podrán realizar observaciones a la adjudicación a través del Sistema
de Información (www.ayuda.mercadopublico.cl), los que deberán contener la
identificación del reclamante, del proceso cuestionado, y los antecedentes en los que
se funda dicho reclamo. Dichas observaciones serán respondidas por el SERNAC
dentro del plazo de dos días hábiles desde su recepción; plazo que podrá ampliarse
en caso de ser necesaria la recopilación de mayores antecedentes para responder;
debiéndose igualmente comunicar al reclamante el estado de su reclamo, a través
del Sistema de Información de acuerdo a lo indicado en las Políticas y Condiciones
de Uso del Portal de Mercado Público
Respecto de las ofertas que no hayan sido calificadas como inadmisibles, la
Comisión podrá, si lo estima pertinente, solicitar por escrito a través del Portal,
precisiones sobre aspectos de su oferta técnica y/o económica, que no resulten
suficientemente claros. En este caso las aclaraciones solicitadas y las respuestas
del proveedor pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato,
en caso de ser adjudicado.
En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado,
deberán ser informadas a los oferentes a través del Sistema de Información y no
podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la proposición, ni
vulnerar el principio de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases,
deberán ser informadas a los oferentes a través del Sistema de información.
Las respuestas deberán ser entregadas a más tardar dentro de los 2 días siguientes
a la formulación de la consulta. La omisión de esta respuesta, en tiempo y forma,
dará derecho a la Comisión a interpretar los antecedentes y/o condiciones, sobre
los cuales se solicita la aclaración, de la manera más favorable a los intereses de
SERNAC, debiendo el proveedor, en caso de resultar adjudicado, cumplir con el
contrato de acuerdo a la interpretación señalada.
Asimismo, el SERNAC podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la
oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el período de evaluación. La información que se solicite o se acompañe,
no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad
entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de 3 días hábiles para que el oferente
subsane la omisión de las formalidades requeridas y/o acompañe los antecedentes
antes referidos.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el
empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de prelación:
a. Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación del Criterio
Técnico.
b. Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en
el Criterio Económico.
c. Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá
la propuesta que tenga mayor puntaje en el “Factor N°1: Cobertura territorial
a nivel nacional”, contenido en los Criterios de Evaluación de la Oferta
Técnica.
d. Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá
la propuesta que tenga mayor puntaje en el “Factor N°2: Experiencia del
Oferente”, contenido en los Criterios de Evaluación de la Oferta Técnica.
e. Y si aún persiste la igualdad, se dirimirá por la propuesta que haya ingresado
primero su oferta al Portal.
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