Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Subsecretaría de las Culturas y las Artes
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Fecha de vencimiento:
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01-09-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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No hay información
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Glosa:
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18. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, el
oferente adjudicado deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, pagadera a la vista a nombre de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, del
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, consistente en una Boleta de Garantía
Bancaria, una Póliza de Seguros, un Vale Vista, Depósito a plazo, o un Certificado de Fianza
o cualquier otro documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y
efectiva, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario
y con carácter irrevocable. Esta garantía cubrirá también el pago de obligaciones laborales
y sociales con los trabajadores del adjudicado, en caso de existir un incumplimiento de su
parte.
En su texto deberá consignar que está tomada por concepto de “garantía de fiel y
oportuno cumplimiento de contrato Licitación Pública ID N° 1725- xxxxxxxx”( xx es el
número del proceso publicado), contemplando un término de vigencia que en ningún
caso podrá ser inferior a 60 días hábiles, contados desde la fecha de término del contrato,
y procediendo su devolución siempre que se haya certificado el término y total
cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, y debiendo expresarse el
monto de la referida garantía en pesos chilenos.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del instrumento es otorgada en el extranjero,
el emisor del documento respectivo debe encontrarse representado en Chile o estar
reconocido por un Banco o Institución Financiera Chilena.
En los casos en que la garantía de cumplimiento se otorgue de manera electrónica deberá
ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicio de
Certificación de dicha firma.
Dicho documento se hará efectivo si el oferente adjudicado no cumple con las condiciones
del contrato, y podrá ejecutarse sin forma de juicio, sin perjuicio de ejercer las acciones
legales que sean procedentes.
Asimismo, en caso de incumplimiento o cumplimiento tardío de las obligaciones del
contrato, y siempre que el adjudicado no pague directamente las multas o éstas no sean
descontadas del valor total del servicio, la Subsecretaría podrá hacer efectiva esta
garantía.
Si el oferente adjudicado, dentro del plazo prescrito, entrega la garantía sin dar
cumplimiento a las exigencias de forma y fondo establecidas en este acápite, gozará de
un plazo adicional de 05 días hábiles, contados desde el requerimiento de la Subsecretaría,
para entregar un nuevo documento de garantía en forma. Por el contrario, en caso que el
oferente adjudicado no entregue el documento de garantía dentro de plazo, ya sea el
establecido inicialmente o el plazo de extensión referido, la Subsecretaría podrá adjudicar
la licitación al oferente que siga de conformidad al orden de evaluación de las ofertas, o
bien declararla desierta, según corresponda, a través de un acto administrativo fundado
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Forma y oportunidad de restitución:
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La forma y el momento de restitución de las garantías de fiel y oportuno cumplimiento están regulados en las bases del proceso y se detallan de la siguiente manera:
Forma de restitución:
La garantía debe ser devuelta siempre que se haya certificado el término y cumplimiento total de las obligaciones derivadas del contrato. La devolución se realizará en favor del beneficiario, generalmente en pesos chilenos, y cuando corresponda, tras verificar que no existen deudas pendientes, incumplimientos o incumplimientos sustanciales del contrato.
Momento de restitución:
La garantía será cancelada y devuelta dentro de los 60 días hábiles siguientes a la culminación del contrato, siempre que se haya certificado el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones. En caso de garantías electrónicas, la devolución se gestionará conforme a la Ley N° 19.799 y los procedimientos electrónicos aplicables.
Condiciones para la restitución:
- Certificación del cumplimiento del contrato por parte de la autoridad competente.
- No existir multas, penalidades, o pagos pendientes que afecten la garantía.
- La garantía cubre obligaciones laborales y sociales, por lo que estas deben estar al día
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Beneficiario:
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Subsecretaría de las Culturas y las Artes
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Fecha de vencimiento:
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01-09-2025
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Monto:
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5
Peso Chileno
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Descripción:
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No hay información
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Glosa:
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Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, el
oferente adjudicado deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, pagadera a la vista a nombre de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, del
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, consistente en una Boleta de Garantía
Bancaria, una Póliza de Seguros, un Vale Vista, Depósito a plazo, o un Certificado de Fianza
o cualquier otro documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y
efectiva, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario
y con carácter irrevocable. Esta garantía cubrirá también el pago de obligaciones laborales
y sociales con los trabajadores del adjudicado, en caso de existir un incumplimiento de su
parte.
En su texto deberá consignar que está tomada por concepto de “garantía de fiel y
oportuno cumplimiento de contrato Licitación Pública ID N° 1725- xxxxxxxx”( xx es el
número del proceso publicado), contemplando un término de vigencia que en ningún
caso podrá ser inferior a 60 días hábiles, contados desde la fecha de término del contrato,
y procediendo su devolución siempre que se haya certificado el término y total
cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, y debiendo expresarse el
monto de la referida garantía en pesos chilenos.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del instrumento es otorgada en el extranjero,
el emisor del documento respectivo debe encontrarse representado en Chile o estar
reconocido por un Banco o Institución Financiera Chilena.
En los casos en que la garantía de cumplimiento se otorgue de manera electrónica deberá
ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicio de
Certificación de dicha firma.
Dicho documento se hará efectivo si el oferente adjudicado no cumple con las condiciones
del contrato, y podrá ejecutarse sin forma de juicio, sin perjuicio de ejercer las acciones
legales que sean procedentes.
Asimismo, en caso de incumplimiento o cumplimiento tardío de las obligaciones del
contrato, y siempre que el adjudicado no pague directamente las multas o éstas no sean
descontadas del valor total del servicio, la Subsecretaría podrá hacer efectiva esta
garantía.
Si el oferente adjudicado, dentro del plazo prescrito, entrega la garantía sin dar
cumplimiento a las exigencias de forma y fondo establecidas en este acápite, gozará de
un plazo adicional de 05 días hábiles, contados desde el requerimiento de la Subsecretaría,
para entregar un nuevo documento de garantía en forma. Por el contrario, en caso que el
oferente adjudicado no entregue el documento de garantía dentro de plazo, ya sea el
establecido inicialmente o el plazo de extensión referido, la Subsecretaría podrá adjudicar
la licitación al oferente que siga de conformidad al orden de evaluación de las ofertas, o
bien declararla desierta, según corresponda, a través de un acto administrativo fundado
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Forma y oportunidad de restitución:
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Forma de restitución:
La garantía debe ser devuelta siempre que se haya certificado el término y cumplimiento total de las obligaciones derivadas del contrato. La devolución se realizará en favor del beneficiario, generalmente en pesos chilenos, y cuando corresponda, tras verificar que no existen deudas pendientes, incumplimientos o incumplimientos sustanciales del contrato.
Momento de restitución:
La garantía será cancelada y devuelta dentro de los 60 días hábiles siguientes a la culminación del contrato, siempre que se haya certificado el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones. En caso de garantías electrónicas, la devolución se gestionará conforme a la Ley N° 19.799 y los procedimientos electrónicos aplicables.
Condiciones para la restitución:
- Certificación del cumplimiento del contrato por parte de la autoridad competente.
- No existir multas, penalidades, o pagos pendientes que afecten la garantía.
- La garantía cubre obligaciones laborales y sociales, por lo que estas deben estar al día
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