Licitación ID: 1736-56-LP26
ADQUISICIÓN DE GIFT CARD PARA ALIMENTOS Y ASEO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE EL BOSQUE
Fecha de Cierre: 03-06-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 44
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 19 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Tarjetas comerciales 2400 Unidad
Cod: 14111604
Tarjeta GIFTCARD con un monto de $50.000, SEGUN DECRETO ALCALDICIO Nº 01652/2026  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE GIFT CARD PARA ALIMENTOS Y ASEO
Estado:
Publicada
Descripción:
Adquirir 2.400 tarjetas GIFTCARD, con 50000 de cupo, para beneficio de las familias Bosquinas en situación de vulnerabilidad y necesidad manifiesta
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
I MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE EL BOSQUE
R.U.T.:
69.255.300-4
Dirección:
JAVIERA CARRERA 736
Comuna:
El Bosque
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-06-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 14-05-2026 13:15:24
Fecha inicio de preguntas: 14-05-2026 14:00:00
Fecha final de preguntas: 26-05-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-06-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-06-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 03-07-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 08-07-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- DECRETO ALCALDICIO Nº 01652/2026
Documentos Técnicos
1.- anexos editables
 
Documentos Económicos
1.- anexos editables
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION TECNICA 9.2. OFERTA TÉCNICA (50%)DECRETO ALCALDICIO Nº 01652/2026 50%
2 EVALUACION ECONOMICA 9.3 OFERTA ECONÓMICA (45%) DECRETO ALCALDICIO Nº 01652/2026 45%
3 EVALUACION ADMINISTRATIVA 9.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS (5%) DECRETO ALCALDICIO Nº 01652/2026 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 215.24.01.007.003- Sector Municipal.
Monto Total Estimado: 120000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ROSE LARENAS
e-mail de responsable de pago: rose.larenas@municipalidadelbosque.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de El Bosque, RUT N°69.255.300-4.
Fecha de vencimiento: 21-10-2026
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento del contrato “ADQUISICIÓN DE GIFTCARD PARA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS Y ÚTILES DE ASEO ID de la licitación.
Forma y oportunidad de restitución: a partir de su fecha de vencimiento
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
procedimiento de apertura de ofertas
8.2 PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE OFERTAS Las ofertas se abrirán electrónicamente el día, hora y lugar indicado en la publicación del llamado a propuesta (ver Cronograma de la Licitación publicado en www.mercadopublico.cl), según lo establecido en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. La apertura será responsabilidad del Departamento de Contratos y Suministros de la Municipalidad. En primer lugar, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de ofertas. Serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura electrónica, aquellas ofertas que incurran en las siguientes situaciones: a. Omisión de Anexo Económico y/o técnico. b. Presentación de tarjetas con monto inferior a $50.000 c. Oferta económica que supere el presupuesto disponible d. No haber acompañado el documento en que conste la intención de ofertar como UTP. e. Oferente UTP que incumpla los requisitos legales de integración solo por empresas de menor tamaño.
PROCESO DE EVALUACION DE OFERTAS
Serán declaradas inadmisibles, durante el proceso de evaluación, aquellas ofertas que incurran en las siguientes situaciones: f. No oferta por la totalidad de los productos. g. Oferta que incumpla los requerimientos estipulados en las bases técnicas. h. Oferta excede del plazo de entrega de 5 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra o no informa. i. Vigencia de la tarjeta menor a un año. La declaración de inadmisibilidad o la declaración de desierta de la licitación, conforme al citado artículo, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
facultad de readjudicar
La Municipalidad podrá readjudicar la Licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a. No aceptar la orden de compra, dentro de las 24 horas desde su emisión b. Si el Adjudicatario se desiste de su oferta. c. El adjudicatario no suscribe el contrato en la fecha indicada por causas no imputables a la Municipalidad. d. Si el Adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado.
del pago
El Municipio pagará al proveedor en pesos chilenos y a través de un estado de pago, contra la recepción conforme de los bienes adquiridos, otorgada por la UT. La municipalidad tendrá el plazo de 3 días hábiles para aceptar o rechazar el estado de pago ingresado (en formato papel en la oficina de contratos y suministros o en formato electrónico al mail gestionpagooportuno@municipalidadelbosque.cl en caso de rechazo, el proveedor deberá subsanar lo observado a la mayor brevedad. Una vez subsanado, o aceptado conforme, el estado de pago por la U.T., el proveedor emitirá la factura. La solicitud de pago deberá efectuarse por escrito, dentro de los 5 primeros días del mes siguiente en que se hizo entrega de los bienes solicitados por la UT., los que deberán coincidir con los que se detallen en la factura, acompañando la recepción conforme de la UT. La factura a nombre de la I. Municipalidad de El Bosque, RUT: 69.255.300-4, domiciliada en Javiera Carrera 736, El Bosque, debe indicar el número de orden de compra. La Municipalidad tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983. La Municipalidad dispondrá de un plazo de hasta 30 días para realizar el pago correspondiente al proveedor, plazo que podrá extenderse hasta 60 días en caso de multas pendientes de tramitación. El pago lo hará el Municipio mediante cheque nominativo y/o transferencia bancaria a nombre del proveedor
efectos derivados del incumplimiento del proveedor
MULTAS: El proveedor adjudicado deberá pagar multa por los incumplimientos en que incurra en la entrega de los bienes de acuerdo con lo siguiente: Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de retraso, y se calcularán cómo un 2% del valor neto del producto solicitado con un tope de 5 días. Las multas no podrán sobrepasar el 5 % del valor total neto del contrato. Incumplimiento en las especificaciones técnicas del producto entregado, y se calculara como un 2% del valor neto del producto. /serán rechazados y se computará como retraso desde ese el rechazo. El monto de las multas debe ser pagado en Tesorería Municipal con su respectiva resolución fundada. En ningún caso el contratista podrá descontar las multas del monto facturado, ni emitir nota de crédito por ese concepto
perfeccionamiento
1.6. ORDEN DE COMPRA La presente contratación se perfecciona mediante firma de contrato, posterior a eso la emisión de Orden de Compra. El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 24 horas para su aceptación, transcurrido el plazo indicado sin haberla aceptado se entenderá que desiste de la adjudicación y la municipalidad cancelará la OC y, si lo estima conveniente, podrá readjudicar la licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.