Licitación ID: 1774-12-LE25
SUMINISTRO DE PRIMERA CAPA Y TRAJES TERMICOS DRAA
Responsable de esta licitación: ADMINISTRACIÓN ADUANA DE ARICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 26
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Productos o servicios
1
Ropa aislada para ambientes fríos 190 Unidad
Cod: 46181529
ADQUISICION DE TRAJES TERMICOS, COMPUESTO POR PARKA TERMICA, CHAQUETA POLAR Y PANTALON TERMICO, PARA FUNCIONARIOS QUE CUMPLEN LABORES DE FISCALIZACION EN COMPLEJO FRONTERIZO CHUNGARA Y VISVIRI POR AMPLIACION HORARIA  

2
Ropa aislada para ambientes fríos 380 Unidad
Cod: 46181529
ADQUISICION DE PRIMERAS CAPAS LAS QUE ESTAN COMPUESTAS POR POLERA Y PANTALON PARA SOPORTAR CONDICIONES DE BAJAS TEMPERATURAS, PARA FUNCIONARIOS QUE CUMPLEN LABORES DE FISCALIZACION EN COMPLEJO FRONTERIZO CHUNGARA Y VISVIRI POR AMPLIACION HORARIA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE PRIMERA CAPA Y TRAJES TERMICOS DRAA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Suministro de confección trajes térmicos y primeras capas institucionales para los funcionarios de la Dirección Regional Aduana de Arica, conforme a requerimiento por las difíciles condiciones climáticas en las avanzadas de Chungara y Visviri.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección Regional Aduana de Arica
R.U.T.:
60.804.001-3
Dirección:
Av. Comandante San Martín Nº141
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-07-2025 12:00:00
Fecha de Publicación: 03-07-2025 14:03:49
Fecha inicio de preguntas: 03-07-2025 15:10:00
Fecha final de preguntas: 07-07-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-07-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-07-2025 12:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-07-2025 12:15:00
Fecha de Adjudicación: 18-07-2025 12:59:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisitos del oferente Los oferentes, tanto personas naturales como jurídicas o unión temporal de proveedores (UTP), deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, se hace presente que no podrán contratar con el Servicio el personal y funcionarios que se indican en el artículo 35 quater de la Ley N° 19.886, y tampoco los proveedores que se encuentren inhabilitados del Registro de Proveedores conforme lo dispuesto en el artículo 35 septies. Inhabilidades Haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica (formen o no parte de una UTP), haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. No podrán ofertar los proveedores sancionados por el Tribunal de la Libre Competencia con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Haber sido condenado conforme a la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere, y su duración se computará desde ese momento. Ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Declaración jurada de requisitos para ofertar A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que el Servicio podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Inscripción registro de Proveedores Mercado Público La inscripción no será obligatoria para participar en el proceso como tampoco la habilidad en el sistema de información. Sin embargo, de resultar adjudicado un proveedor no inscrito o inhábil, deberá inscribirse o regularizar su estado de inhabilidad, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, como requisito indispensable para la suscripción del contrato correspondiente. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores o regularizar su inhabilidad en el plazo antes indicado. En el evento de que el/la proveedor/a adjudicado/a no se registre o no regularice su inhabilidad en el portal, el Servicio no podrá contratar con él, procediendo con la readjudicación del presente proceso, conforme lo señalado en las presentes bases. II.2. Antecedentes legales Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los siguientes requisitos, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según si se encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, disponible en el sistema Mercado Público, https://proveedor.mercadopublico.cl/, en adelante el Registro. Para efectos de la presentación y evaluación de las ofertas, la documentación deberá ser presentada en soporte electrónico en el anexo administrativo de la oferta o encontrarse acreditados en el Registro. En el caso de la presentación de las declaraciones juradas, según sea persona natural, jurídica o integrante de Unión Temporal de Proveedores, para ofertar en esta licitación, los/las proveedores/as deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar a los organismos del Estado, disponible en la plataforma Mercado Publico, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y a otros marcos legales. Oferentes inscritos y no inscritos en el Registro PERSONA NATURAL REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDOR INSCRITO REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia de la cédula de identidad vigente. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Si concurre representado, documento consistente en poder simple o mandato para representar al oferente. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. PERSONA JURÍDICA REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDOR INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia del Rut de la Empresa. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2.- Copia de la cédula de identidad vigente del representante legal. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Certificado en el que conste la vigencia de la persona jurídica, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4.- Copia de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre del (los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica y las facultades de que están investidos actualmente para representarla y obligarla. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5.- Documento que acredite la vigencia de la administración o poderes conferidos al representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces o la entidad que legalmente corresponda, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) a. Unión temporal de proveedores formada exclusivamente por personas naturales REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia de la cédula de identidad vigente de cada uno de los/las proveedores/as que forman la unión temporal. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del/de la representante o apoderado/a común, en caso de no ser uno de los proveedores que forma la UTP. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta 4.- Documento público, donde se formalice la Unión Temporal de Proveedores, en el que deberá constar a lo menos, la solidaridad en el cumplimiento de las obligaciones que genera el futuro contrato, la vigencia de la UTP, que deberá ser igual o mayor a la vigencia de la garantía de cumplimiento del futuro contrato, y el nombramiento del representante o apoderado común y las facultades que se le otorgan. Sin perjuicio de la presentación del acuerdo en escritura pública como requisito para contratar, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 180,181,182,183 y 184 del Reglamento de la Ley 19.886 y Ley 21.634. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. b. Unión temporal de proveedores formada exclusivamente por personas jurídicas REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1. Copia del RUT de cada una de las empresas. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del representante legal de cada una de las personas jurídicas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3. Documento en que consten los nombramientos y las facultades del representante legal de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, y certificado en el que conste la vigencia de sus poderes extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4. Copia de la cédula de identidad vigente del representante o apoderado común de la UTP. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5. Certificado que acredite vigencia de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Declaración jurada simple, según anexo 2 extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas naturales que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoria. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. c. Unión temporal de proveedores formada por personas naturales y por personas jurídicas. REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN CHILEPROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1. Copia de la cédula de identidad vigente de cada uno de los proveedores personas naturales que forman la unión temporal. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del representante o apoderado común. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2 extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas naturales que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoria. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4.-Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada representante de cada una de las personas jurídicas que conforma la UTP, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5.- Copia del RUT de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Documento en el conste el nombramiento y las facultades del representante legal de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, y certificado en el que conste la vigencia de sus poderes extendido con no más de 60 días de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 7.- Certificado en el que conste la vigencia de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 8.-Documento público, donde se formalice la Unión Temporal de Proveedores, en el que deberá constar a lo menos, la solidaridad en el cumplimiento de las obligaciones que genera el futuro contrato, la vigencia de la UTP, que deberá ser igual o mayor a la vigencia de la garantía de cumplimiento del futuro contrato, y el nombramiento del representante o apoderado común y las facultades que se le otorgan. Sin perjuicio de la presentación del acuerdo en escritura pública como requisito para contratar, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 180,181,182,183 y 184 del Reglamento de la Ley 19.886 y Ley 21.634. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá adjuntar en la ficha de la licitación el siguiente archivo: Anexo N°3 La oferta técnica, deberá incluir todos los aspectos solicitados en las Bases Técnicas y todos los antecedentes que permitan evaluar la oferta de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes Bases Administrativas. Dicha documentación debe ser ingresada a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, se deberá declarar expresamente en la oferta técnica, que se participa en esta calidad, individualizando a los interesados que la integran. Las ofertas técnicas adicionales deberán ser ingresadas al Sistema de Mercado Público en la misma forma, términos y condiciones señalados anteriormente, identificando claramente que corresponde a una oferta adicional con la glosa “Oferta N”, donde “N” es un correlativo asociado al número de la oferta. Estas ofertas serán evaluadas separadamente.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá adjuntar en la ficha de la licitación el siguiente archivo: Anexo N°4 El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos. La oferta económica se deberá ingresar en la ficha de adquisición del Sistema Mercado Público, indicando el monto total neto, incluido flete e impuestos asociados a los productos requeridos. Los precios deberán expresarse en pesos chilenos y no deberán incluir reajuste alguno. Las ofertas económicas adicionales deberán ser ingresadas al Sistema de Mercado Público en la misma forma, términos y condiciones señalados anteriormente, identificando claramente que corresponde a una oferta adicional con la glosa “Oferta N”, donde “N” es un correlativo asociado al número de la oferta. Estas ofertas serán evaluadas separadamente. Al preparar la oferta económica, los oferentes deberán tener presente que todos los costos derivados de la formulación de las ofertas, por cualquier concepto, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION TECNICA La evaluación técnica considerará los siguientes 4 (cuatro) factores con los criterios, ponderaciones y puntajes que en cada caso se indican. Factores Ponderación (%) Cumplimiento de formalidades de presentación de la oferta (CF) 3 Programas de integridad (PI) 2 Sustentabilidad (SUS) 2 Oferta técnica propiamente tal (ETP) 93 40%
2 EVALUACION ECONOMICA Una vez determinadas las ofertas que califican técnicamente, se procederá a la evaluación de las ofertas económicas, conforme los valores declarados en el Anexo N°4 El valor de la oferta corresponderá al precio total de la oferta que se evalúa. En la evaluación de las ofertas económicas, se asignará el puntaje máximo, es decir, 100 puntos, a la mejor oferta económica (la de menor precio). Posteriormente se asignará el puntaje al resto de las ofertas de acuerdo a la siguiente formula: PEi = Emen * 100 Ei Donde: PEi: es el puntaje obtenido por la oferta “i”, Ei: es el precio de la oferta “i” y Emen: es el menor valor ofertado. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 60000000
Justificación del monto estimado mediante requerimiento N°60 de fecha 01.07.2025 emitida por el Jefe de unidad Finanzas-Bienes y Servicios de esta Dirección Regional el cual plantea el problema, y solicita la adquisición de trajes térmicos y primeras capas para funcionarios de la Direcc
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Adriana Flores Garcia
e-mail de responsable de pago: aflores@aduana.cl
Nombre de responsable de contrato: Andres Hernandez Pizarro
e-mail de responsable de contrato: ahernandez@aduana.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2207132-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La subcontratación no está permitida para el presente proceso
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIRECCION REGIONAL ADUANA ARICA
Fecha de vencimiento: 12-02-2026
Monto: 5 %
Descripción: El/la adjudicatario/a deberá hacer entrega física o electrónica de una garantía, tomada por él o por un tercero a su nombre. En caso de entrega de garantía electrónica, ella deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación. Tratándose de la boleta de garantía y del vale vista, éstos deberán ser tomados en una institución bancaria establecida en Chile, y sujeto a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero. Tratándose de la póliza de seguro, ésta deberá contratarse en una Compañía de Seguros establecida en Chile, sujeta a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero. Asimismo, éstas deberán contar con cobertura para obligaciones laborales y previsionales y no estar sujetas a liquidación.Pagadera a la vista y de carácter irrevocable, consistente en cualquier instrumento que permita su pago de manera rápida y efectiva, a nombre del Servicio Nacional de Aduanas.5% del precio neto del contrato.No inferior a 90 días corridos siguientes a la fecha de término de contrato.. VER CLAUSULA VII.2 "GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO" BASES LICITACION
Glosa: Garantiza Cumplimiento de Contrato de Suministro de confección trajes térmicos y primeras capas institucionales para la Dirección Regional Aduana de Arica”.
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento, salvo la concurrencia de circunstancias que hagan procedente su cobro.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

V.3.4 Criterios de Desempate

En caso que dos o más oferentes igualaran en puntaje en el resultado final de la evaluación, el Servicio adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente la oferta con mejor evaluación en los siguientes factores con orden de prelación:

-       “Evaluación Económica”

-       Plazo de entrega”

-        “Garantía de los productos”

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del portal web www.mercadopublico.cl

La respuesta será publicada a través del mismo portal, dentro de 10 días corridos, contados desde la fecha de término del plazo para realizar las consultas.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El/la proveedor/a, en su calidad de empleador/a, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

El/la proveedor/a será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

El Servicio se reserva el derecho a exigir al/ a la proveedor/a, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

En caso de no acreditarse oportunamente el cumplimiento de estas obligaciones, el Servicio podrá retener el monto que corresponda, de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886 y en el artículo 183-C del Código del Trabajo, para los fines que en dicha norma se señalan.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el/la proveedor/a, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con este Servicio.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

El Servicio podrá permitir la presentación de antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Estos antecedentes serán todos los requeridos en las bases que regulan esta licitación que no correspondan a la oferta técnica y económica y a aquellos que contengan información relacionada con la evaluación de las mismas (oferta técnica propiamente tal y la económica).

El plazo para presentar los antecedentes omitidos al ofertar y requeridos por el Servicio será de 2 días hábiles contados desde el requerimiento, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El requerimiento y la respuesta deberán realizarse exclusivamente a través del portal.

El oferente que haya omitido antecedentes al momento de presentar su oferta, en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de presentación de la oferta conforme a lo establecido en el numeral V.3.1.1. de las presentes bases administrativas.

En caso de obtener el puntaje más alto en la evaluación final de las ofertas, y no haber presentado la totalidad de los antecedentes requeridos, deberá presentar dichos antecedentes antes de la Resolución de Adjudicación en el plazo que se le informe al efecto.

En caso de no adjuntar dichos documentos en esta instancia, su oferta será declarada inadmisible, y el proceso será adjudicado al segundo mejor evaluado.

La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Pacto de integridad

      i.        El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

     ii.        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

    iii.        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

   iv.        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

    v.        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

   vi.        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  vii.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

 viii.        El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Antecedentes generales
I. ANTECEDENTES GENERALES Nombre adquisición Suministro de confección trajes térmicos y primeras capas institucionales para la Dirección Regional Aduana de Arica, ID 1774-12-LE25 Presupuesto disponible $60.000.000.- (sesenta millones de pesos) impuesto incluido, equivalentes aproximadamente a 870,53 U.T.M al mes de julio de 2025. Normas aplicables Sin perjuicio de las facultades que les corresponden al Director Regional del Servicio Nacional de Aduanas, al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República, cada uno en el ámbito de su competencia, la presente licitación se regirá por: a) Ley N° 19.886 b) Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 661/24 del Ministerio de Hacienda c) Las Bases Administrativas. d) Las Bases Técnicas. e) Las aclaraciones a las bases efectuadas por propia iniciativa del Servicio, y f) Las respuestas del Servicio a las consultas efectuadas por los interesados. Si hubiera discrepancia entre las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, conforme la consulta que se plantee, el Servicio se reserva el derecho de aclarar esta contradicción. Aceptación de Bases y condiciones La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, así como de las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso del sistema de información www.mercadopublico.cl, sin necesidad de declaración expresa. Modificación de las bases El Servicio podrá modificar los requerimientos no esenciales de carácter administrativo y/o técnico, y/o plazos de la licitación. Toda modificación será dispuesta por resolución fundada e informada a través del Sistema de Información de Mercado Público, www.mercadopublico.cl, antes de la fecha de cierre de la recepción electrónica de ofertas en dicho Sistema, y considerará el plazo necesario para que los interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Las modificaciones dispuestas, una vez que se encuentren totalmente tramitadas y publicadas en el Sistema de Información, formarán parte integrante de las bases originales. Garantía fiel cumplimiento contrato 5% (cinco por ciento) del precio total neto del contrato. I.1. Calendario de Actividades Publicación de las bases Las bases se encontrarán disponibles en www.mercadopublico.cl, por un plazo no inferior a 10 días corridos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto N° 661 del 2024, del Ministerio de Hacienda, en la ficha de adquisición N° ID 1774-12-LE25. Recepción de consultas Hasta el segundo día hábil siguiente, contado desde la publicación de las bases de licitación, en el foro de consultas del sistema www.mercadopublico.cl, adquisición N° ID 1774-12-LE25. Respuestas a consultas y aclaraciones a las bases Las respuestas a las consultas presentadas por los interesados y las aclaraciones por iniciativa del Servicio se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, adquisición N° ID 1774-12-LE25, a más tardar al tercer día hábil siguiente contado desde la fecha de término de la recepción de consultas. Entrega de Muestra (Requisito Obligatorio) Los oferentes participantes deberán hacer entrega de una muestra conforme a lo indicado en el numeral 3 de las bases técnicas, hasta las 11:00horas del día de vencimiento del plazo para la recepción de ofertas, en la Oficina de Atención y Asistencia al Usuario, ubicada en el Avenida Comandante San Martin 141, Arica. El oferente que no presente la muestra del producto requerido quedara fuera del presente proceso licitatorio. Horario Atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 hrs Recepción de Ofertas Sólo a través del Sistema Mercado Público, adquisición N° ID 1774-12-LE25 hasta las 12:00 horas del tercer día hábil siguiente, contado desde la fecha de término del plazo fijado para la entrega de respuestas a consultas y aclaraciones a las bases. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 115 del Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. Apertura y revisión preliminar de las ofertas y antecedentes A realizarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, a las 12:15 horas del día fijado para el cierre de la recepción de ofertas. En la eventualidad de que en dos o más licitaciones corresponda realizar la apertura en el mismo horario, éstas se llevarán a efecto una a continuación de la otra, conforme el ID respectivo. Evaluación y Adjudicación Dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si al vencimiento de este plazo no se ha realizado la adjudicación, se justificará dicha circunstancia en el portal Mercado Público. Firma del contrato En un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación. Situación Días inhábiles Si el día fijado como término de alguno de los plazos indicados coincidiere con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá cumplirse, en el mismo horario al día hábil siguiente. Cumplimiento de plazos El incumplimiento por algún participante, de los plazos establecidos en las presentes bases para las distintas etapas del proceso de licitación, implicará su exclusión del proceso a partir de esa fecha.
Requisitos y antecedentes del oferente
II. REQUISITOS Y ANTECEDENTES DEL OFERENTE II.1. Requisitos del oferente Los oferentes, tanto personas naturales como jurídicas o unión temporal de proveedores (UTP), deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, se hace presente que no podrán contratar con el Servicio el personal y funcionarios que se indican en el artículo 35 quater de la Ley N° 19.886, y tampoco los proveedores que se encuentren inhabilitados del Registro de Proveedores conforme lo dispuesto en el artículo 35 septies. Inhabilidades Haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica (formen o no parte de una UTP), haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. No podrán ofertar los proveedores sancionados por el Tribunal de la Libre Competencia con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Haber sido condenado conforme a la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere, y su duración se computará desde ese momento. Ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Declaración jurada de requisitos para ofertar A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que el Servicio podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Inscripción registro de Proveedores Mercado Público La inscripción no será obligatoria para participar en el proceso como tampoco la habilidad en el sistema de información. Sin embargo, de resultar adjudicado un proveedor no inscrito o inhábil, deberá inscribirse o regularizar su estado de inhabilidad, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, como requisito indispensable para la suscripción del contrato correspondiente. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores o regularizar su inhabilidad en el plazo antes indicado. En el evento de que el/la proveedor/a adjudicado/a no se registre o no regularice su inhabilidad en el portal, el Servicio no podrá contratar con él, procediendo con la readjudicación del presente proceso, conforme lo señalado en las presentes bases. II.2. Antecedentes legales Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los siguientes requisitos, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según si se encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, disponible en el sistema Mercado Público, https://proveedor.mercadopublico.cl/, en adelante el Registro. Para efectos de la presentación y evaluación de las ofertas, la documentación deberá ser presentada en soporte electrónico en el anexo administrativo de la oferta o encontrarse acreditados en el Registro. En el caso de la presentación de las declaraciones juradas, según sea persona natural, jurídica o integrante de Unión Temporal de Proveedores, para ofertar en esta licitación, los/las proveedores/as deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar a los organismos del Estado, disponible en la plataforma Mercado Publico, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y a otros marcos legales. Oferentes inscritos y no inscritos en el Registro PERSONA NATURAL REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDOR INSCRITO REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia de la cédula de identidad vigente. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Si concurre representado, documento consistente en poder simple o mandato para representar al oferente. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. PERSONA JURÍDICA REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDOR INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia del Rut de la Empresa. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2.- Copia de la cédula de identidad vigente del representante legal. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Certificado en el que conste la vigencia de la persona jurídica, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4.- Copia de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre del (los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica y las facultades de que están investidos actualmente para representarla y obligarla. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5.- Documento que acredite la vigencia de la administración o poderes conferidos al representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces o la entidad que legalmente corresponda, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) a. Unión temporal de proveedores formada exclusivamente por personas naturales REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1.- Copia de la cédula de identidad vigente de cada uno de los/las proveedores/as que forman la unión temporal. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del/de la representante o apoderado/a común, en caso de no ser uno de los proveedores que forma la UTP. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta 4.- Documento público o privado, donde se formalice la Unión Temporal de Proveedores, en el que deberá constar a lo menos, la solidaridad en el cumplimiento de las obligaciones que genera el futuro contrato, la vigencia de la UTP, que deberá ser igual o mayor a la vigencia de la garantía de cumplimiento del futuro contrato, y el nombramiento del representante o apoderado común y las facultades que se le otorgan. Sin perjuicio de la presentación del acuerdo en escritura pública como requisito para contratar, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 180,181,182,183 y 184 del Reglamento de la Ley 19.886 y Ley 21.634. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. b. Unión temporal de proveedores formada exclusivamente por personas jurídicas REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN REGISTRO DE PROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1. Copia del RUT de cada una de las empresas. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del representante legal de cada una de las personas jurídicas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3. Documento en que consten los nombramientos y las facultades del representante legal de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, y certificado en el que conste la vigencia de sus poderes extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4. Copia de la cédula de identidad vigente del representante o apoderado común de la UTP. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5. Certificado que acredite vigencia de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en el Registro o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Declaración jurada simple, según anexo 2 extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas naturales que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoria. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. c. Unión temporal de proveedores formada por personas naturales y por personas jurídicas. REQUISITOS/ANTECEDENTES PROVEEDORES INSCRITO EN CHILEPROVEEDORES PROVEEDOR NO INSCRITO 1. Copia de la cédula de identidad vigente de cada uno de los proveedores personas naturales que forman la unión temporal. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 2. Copia de la cédula de identidad vigente del representante o apoderado común. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 3.- Declaración jurada simple, según anexo 2 extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada una de las personas naturales que conforma la UTP y por su representante o apoderado común, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoria. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 4.-Declaración jurada simple, según anexo 2, extendida con una fecha no anterior al día de la convocatoria, por cada representante de cada una de las personas jurídicas que conforma la UTP, acreditando: - No haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el Titulo Noveno del Libro Segundo del Código Penal. - No haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato. - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la Ley. - No haber sido condenado por los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo contemplado. - No haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaborado por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el banco Interamericano de Desarrollo el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. - No haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. - No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. - No haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. - No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. - No registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. - No encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. - No haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. - No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. Presentar certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado certificado de antecedentes para fines especiales Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 5.- Copia del RUT de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP. No requiere presentar. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 6.- Documento en el conste el nombramiento y las facultades del representante legal de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, y certificado en el que conste la vigencia de sus poderes extendido con no más de 60 días de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 7.- Certificado en el que conste la vigencia de cada una de las personas jurídicas que forman la UTP, otorgado por la entidad competente según su naturaleza, extendido con no más de 60 días de anticipación a la fecha límite de entrega de las ofertas. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Acreditar en Chile Proveedores o presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. 8.-Documento público, donde se formalice la Unión Temporal de Proveedores, en el que deberá constar a lo menos, la solidaridad en el cumplimiento de las obligaciones que genera el futuro contrato, la vigencia de la UTP, que deberá ser igual o mayor a la vigencia de la garantía de cumplimiento del futuro contrato, y el nombramiento del representante o apoderado común y las facultades que se le otorgan. Sin perjuicio de la presentación del acuerdo en escritura pública como requisito para contratar, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 180,181,182,183 y 184 del Reglamento de la Ley 19.886 y Ley 21.634. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. Presentar digitalizado en el anexo administrativo de la oferta. En caso de resultar adjudicada una UTP, al momento de ofertar deberá adjuntar la escritura pública o privada, donde conste a lo menos: La solidaridad en el cumplimiento de las obligaciones que genera el futuro contrato, la vigencia de la UTP, que deberá ser igual o mayor a la vigencia de la garantía de cumplimiento del futuro contrato, y el nombramiento del representante o apoderado común y las facultades que se le otorgan, conforme lo dispone el artículo 180 del Reglamento N° 661 de la Ley N° 19.886.
Proceso de aclaraciones y consultas
III. PROCESO DE ACLARACIONES Y CONSULTAS A LAS BASES Aclaración de las Bases Administrativas y/o Técnicas por iniciativa del Servicio Nacional de Aduanas El Servicio podrá efectuar, hasta el periodo de respuesta de las consultas, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar la presente licitación; y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Estas aclaraciones se publicarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. Recepción de Consultas y Entrega de Respuestas Dentro del plazo establecido en el numeral I.1 de las bases, los interesados podrán formular todas las consultas, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, que estimen necesarias, en el foro de consultas de la adquisición N° ID 1774-12-LE25del Sistema de Información de Mercado Público. El conjunto de las respuestas se publicará en el sitio www.mercadopublico.cl, bajo el número de adquisición señalado. En esta publicación, se citará la consulta, sin mencionar al participante que la formuló, indicándose -a continuación- la respuesta respectiva. Las respuestas que se entreguen a raíz de las consultas efectuadas por los interesados, se entenderá que contribuyen a aclarar el alcance y sentido de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según sea la naturaleza de la consulta y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. IV. FORMA, RECEPCIÓN, APERTURA Y PLAZO DE VIGENCIA DE OFERTAS IV.1 De las ofertas Forma de presentar las ofertas Obligatorio presentar todo por Sistema. No serán aceptadas las ofertas que no hayan sido ingresadas al Sistema directamente por los oferentes dentro del plazo indicado en el calendario de las presentes bases. Recepción de ofertas en papel Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, los documentos requeridos podrán ser entregados en soporte papel, excepcionalmente, si concurren las circunstancias señaladas en el artículo 115 del Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, dentro de un sobre o paquete cerrado rotulado “Antecedentes Legales requeridos en Licitación” N° ID 1774-12-LE25, con indicación del nombre o razón social del proponente. Dichos documentos, en caso de concurrir las circunstancias antedichas, se recibirán en la Unidad de Compras Públicas, ubicado en Esmeralda N° 911, 2do piso, comuna y ciudad de Valparaíso, dentro del plazo señalado en el numeral I de estas bases, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 115 N° 3. Un funcionario de dicha Unidad, en calidad de ministro de fe, dejará constancia de los oferentes que asistieron y de los documentos que cada uno de ellos acompañó. Igualmente, dichos documentos podrán enviarse por correo al lugar y en la oportunidad ya mencionada, y en el acto de recepción pública se dejará constancia de su oportuna recepción, verificando en este acto su pertinencia. Vigencia de la oferta Mínimo 90 días corridos, a contar de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y económicas, lo que es conocido y aceptado expresamente por el oferente al participar en la presente licitación. Anexo N°4 Las ofertas que contengan información sobre un plazo inferior al señalado serán declaradas inadmisibles. En caso que resulte necesario extender el período de vigencia de las ofertas, el Servicio solicitará la confirmación del período de extensión a través del portal. Oferta Técnica El oferente deberá adjuntar en la ficha de la licitación el siguiente archivo: Anexo N°3 La oferta técnica, deberá incluir todos los aspectos solicitados en las Bases Técnicas y todos los antecedentes que permitan evaluar la oferta de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes Bases Administrativas. Dicha documentación debe ser ingresada a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, se deberá declarar expresamente en la oferta técnica, que se participa en esta calidad, individualizando a los interesados que la integran. Las ofertas técnicas adicionales deberán ser ingresadas al Sistema de Mercado Público en la misma forma, términos y condiciones señalados anteriormente, identificando claramente que corresponde a una oferta adicional con la glosa “Oferta N”, donde “N” es un correlativo asociado al número de la oferta. Estas ofertas serán evaluadas separadamente. Oferta Económica El oferente deberá adjuntar en la ficha de la licitación el siguiente archivo: Anexo N°4 El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos. La oferta económica se deberá ingresar en la ficha de adquisición del Sistema Mercado Público, indicando el monto total neto, incluido flete e impuestos asociados a los productos requeridos. Los precios deberán expresarse en pesos chilenos y no deberán incluir reajuste alguno. Las ofertas económicas adicionales deberán ser ingresadas al Sistema de Mercado Público en la misma forma, términos y condiciones señalados anteriormente, identificando claramente que corresponde a una oferta adicional con la glosa “Oferta N”, donde “N” es un correlativo asociado al número de la oferta. Estas ofertas serán evaluadas separadamente. Al preparar la oferta económica, los oferentes deberán tener presente que todos los costos derivados de la formulación de las ofertas, por cualquier concepto, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta. Apertura y revisión preliminar de las ofertas y antecedentes Una vez cerrado el plazo para la presentación de ofertas la Comisión de Licitación efectuará la apertura y revisión preliminar de las mismas y la verificación de la documentación y antecedentes solicitados. En este examen preliminar, sólo se revisará si las ofertas cumplen con los requisitos formales de presentación, en cuanto: - Presentación de la oferta técnica y la oferta económica (Anexo N° 3 y 4, respectivamente), y sus archivos anexos en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl - Entrega de muestra obligatoria requerida conforme a lo descrito en el Calendario de Actividades (Numeral I.1 de Bases Administrativas). - La vigencia de la oferta económica cumpla con el mínimo exigido. - Anexo N°2 unión temporal de proveedores, en caso de aplicar. Los requisitos antes señalados se considerarán antecedentes esenciales, y en caso de incumplimiento u omisión la comisión rechazará la oferta respectiva. El análisis detallado del contenido de las ofertas y la documentación, así como de los anexos obligatorios que formen parte de la oferta técnica y económica será objeto de evaluación posterior, sin embargo, en caso que se identifique el incumplimiento de un requisito obligatorio establecido en las presentes bases, el Servicio tendrá la facultad de rechazar la oferta respectiva en esta etapa. La Comisión de Licitación levantará un acta dejando constancia de la apertura y revisión preliminar efectuada, la que será publicada en el portal.
Comision evaluadroa, aclaraciones, evaluacion y seleccion de ofertas
V. COMISIÓN EVALUADORA, ACLARACIONES, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS V.1 Comisión evaluadora Integrantes Comisión evaluadora - Jefe Administrativo de la Dirección Regional Aduana de Arica o quien le subrogue, quien presidirá la comisión; - Un/a abogado/a de la Dirección Regional Aduana de Arica; - El/la Jefe/a de la Unidad requirente o quien le subrogue de la Dirección Regional Aduana de Arica; - Un/a funcionario/a de la Unidad requirente o quien le subrogue. - Un/a funcionario/a de la Unidad de Compras Públicas o quien le subrogue, quien oficiará de Secretario de la Comisión. Sin perjuicio de la composición indicada, los integrantes de la Comisión serán designados mediante acto administrativo, en forma previa al término del plazo de recepción de ofertas, el que será publicado en el sitio www.leylobby.gob.cl, y que formará parte integrante del proceso licitatorio. Se hace presente que, conforme lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley 19.886, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la declaración jurada que en dicha norma se indica. Evaluación Se conformará de dos etapas independientes y secuenciales entre sí, que considera primeramente la evaluación de las ofertas técnicas y, luego, de las ofertas económicas de aquellas ofertas que hayan calificado técnicamente. Prohibiciones de la Comisión Evaluadora - Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por el artículo 56 del reglamento N° 661 de la ley N° 19.886. - Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. - Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. - Tener conflicto de interés alguno en relación a los oferentes o eventuales oferentes en el proceso de contratación cuya comisión integra. En caso de conflicto o conflicto sobreviniente, el integrante afectado se abstendrá de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la implicancia que le afecta. La no abstención en los casos que proceda dará lugar a responsabilidad administrativa. Exclusión oferentes Durante todo el período de evaluación de las ofertas, cualquier intento para influenciar al Servicio o a sus funcionarios en el proceso de examen, evaluación y calificación de las ofertas y, en las decisiones concernientes a la adjudicación del contrato, causará la exclusión del oferente del proceso de licitación. V.2 Aclaración de las ofertas Aclaraciones Formales a las ofertas El Servicio se reserva el derecho de utilizar las funcionalidades del Portal Mercado Público, para aclarar un error u omisión detectado en esta etapa, conforme lo señalado en el artículo 56, del Reglamento N° 661 de la Ley N° 19.886, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles contados desde el requerimiento al oferente, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Solicitud de antecedentes legales omitidos El Servicio podrá permitir la presentación de antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Estos antecedentes serán todos los requeridos en las bases que regulan esta licitación que no correspondan a la oferta técnica y económica y a aquellos que contengan información relacionada con la evaluación de las mismas (oferta técnica propiamente tal y la económica). El plazo para presentar los antecedentes omitidos al ofertar y requeridos por el Servicio será de 2 días hábiles contados desde el requerimiento, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El requerimiento y la respuesta deberán realizarse exclusivamente a través del portal. El oferente que haya omitido antecedentes al momento de presentar su oferta, en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de presentación de la oferta conforme a lo establecido en el numeral V.3.1.1. de las presentes bases administrativas. En caso de obtener el puntaje más alto en la evaluación final de las ofertas, y no haber presentado la totalidad de los antecedentes requeridos, deberá presentar dichos antecedentes antes de la Resolución de Adjudicación en el plazo que se le informe al efecto. En caso de no adjuntar dichos documentos en esta instancia, su oferta será declarada inadmisible, y el proceso será adjudicado al segundo mejor evaluado. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. V.3 Pauta de evaluación En la evaluación de las ofertas se asignará puntajes de 0 a 100, a cada uno de los factores indicados en la pauta de evaluación, considerándose hasta 2 decimales. Las ofertas técnicas que no satisfagan los requisitos solicitados en las Bases Técnicas, quedarán descartadas por incumplimiento de las bases de licitación. Sólo pasarán a la etapa de evaluación económica, las ofertas que, en la evaluación técnica propiamente tal, obtengan 60 o más puntos. Aquellas cuyo puntaje sea inferior no serán consideradas para la evaluación económica y, por tanto, serán descartadas del proceso de licitación. El puntaje final se obtendrá por la sumatoria de los puntajes ponderados de las evaluaciones señaladas. V.3.1 Evaluación Oferta Técnica (ET) (Ponderación 40%) La evaluación técnica considerará los siguientes 4 (cuatro) factores con los criterios, ponderaciones y puntajes que en cada caso se indican. Factores Ponderación (%) Cumplimiento de formalidades de presentación de la oferta (CF) 3 Programas de integridad (PI) 2 Sustentabilidad (SUS) 2 Oferta técnica propiamente tal (ETP) 93 El puntaje final de la oferta técnica será la suma ponderada de los puntajes obtenidos en cada factor. V.3.1.1 Factor: Cumplimiento de formalidades de presentación de la oferta (CF) (Ponderación 3%) La evaluación de la presentación de los documentos exigidos en el numeral II.2 de estas Bases se realizará de acuerdo con la siguiente tabla de asignación de puntajes: Criterios de evaluación Puntaje Asignado Presenta la totalidad de los documentos exigidos en el numeral II.2, sin errores ni omisiones, dentro del plazo para presentar las ofertas. 100 No presenta la totalidad de los documentos exigidos en el numeral II.2., subsanando errores u omisiones dentro del plazo establecido, en conformidad con el numeral V.2. 50 No presenta la totalidad de los documentos exigidos en el numeral II.2., y no subsana dentro del plazo establecido, en conformidad con el numeral V.2. 0 V.3.1.2 Factor: Programas de integridad (PI) (Ponderación 2%) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°5. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes de este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Criterio Puntaje Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal 100 No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal o no acompaña anexo N°5 0 V.3.1.3 Factor Sustentabilidad (SUS) (Ponderación 2%) Criterios de Sustentabilidad Ptje. Medio verificación Opción 1: Participación en Huella Chile. Huella Chile es un programa gratuito, voluntario y en línea, por medio del cual toda organización sin importar el sector o rubro pueda cuantificar, informar y gestionar sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), las cuales son responsables del fenómeno del cambio climático. HuellaChile posee un sistema de reconocimientos (sellos) que permite diferenciar a las organizaciones que han realizado esfuerzos en la mitigación del cambio climático. Se evaluará si el proveedor cumple con alguno de los siguientes niveles de participación o sellos de la iniciativa HuellaChile: 1. Se encuentra registrado en el programa HuellaChile. 2. Se encuentra registrado en el programa HuellaChile, obteniendo el sello de CUANTIFICACIÓN dentro de los dos años anteriores a la fecha de compra. 3. Se encuentra registrado en el programa HuellaChile, obteniendo el sello de REDUCCIÓN dentro de los dos años anteriores a la fecha de compra. 4. Se encuentra registrado en el programa HuellaChile, obteniendo el sello de NEUTRALIZACIÓN dentro de los dos años anteriores a la fecha de compra. 5. Se encuentra registrado en el programa HuellaChile, obteniendo el sello de EXCELENCIA dentro de los dos años anteriores a la fecha de compra. El puntaje obtenido por el proveedor dependerá del nivel o sello según la siguiente tabla: Nivel o Sello Puntaje criterio Sello Excelencia 100 Sello Neutralización 90 Sello Reducción 75 Sello Cuantificación 50 Registrado Huella Chile 15 No tiene Registrado Huella Chile 0 100 En el caso que el proveedor esté registrado en el programa de HuellaChile, éste deberá entregar este deberá presentar el correo de confirmación de inscripción en HuellaChile o correo de recepción de carta de compromiso voluntario conforme a procesos del programa HuellaChile (más detalles www.huellachile.cl). En el caso que el proveedor haya obtenido algunos de los sellos, éste deberá entregar el certificado respectivo emitido por HuellaChile. Opción 2: Participación en Acuerdos de Producción Limpia (APL). Se evaluará si el proveedor ha participado y cumplido con las metas y actividades de un Acuerdo de Producción Limpia vigente. APL es un convenio de carácter voluntario celebrado entre una asociación empresarial representativa de un sector productivo y los organismos públicos competentes en materias de sustentabilidad. Los proveedores que obtienen el certificado de cumplimiento de APL (o el sello estrella Azul) son los que lograron cumplir con las metas acordadas. 100 El proveedor entrega el certificado de cumplimiento de APL o el Sello Estrella Azul vigente. Opción 3: Sello Propyme. Se evaluará si el proveedor cuenta con sello propyme otorgado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. El Sello ProPyme se crea en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo con el fin de garantizar mejores condiciones para las empresas de menor tamaño del país. El sello se les entregará a las entidades que cumplan con pagar a sus proveedores empresas de menor tamaño en un plazo máximo de 30 días corridos. 100 El proveedor tiene el certificado o Sello ProPyme vigente. Opción 4: Se evaluará si el proveedor cuenta con personas contratadas en situación de discapacidad. 100 Certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad de las personas contratadas y la última planilla de cotizaciones de seguridad social pagadas en Previred o algún documento equivalente anterior a la fecha de la apertura de las ofertas V.3.1.4 Oferta técnica propiamente tal (ETP) (Ponderación 93%) La evaluación de este factor considera cuatro subfactores cada uno con los criterios, puntajes y ponderaciones que se indican: • Experiencia (EXP) (30%) Se evaluará la experiencia conforme los montos transados, a través de facturas, ya sea empresas privadas o instituciones públicas a las que ha proporcionado productos de similares características a las requeridas en la presente licitación. Las facturas deben ser de montos iguales o superiores a $10.000.000 con una antigüedad no superior a 5 años (año 2020 en adelante, dos facturas por año). El detalle de esta documentación deberá ser presentada de acuerdo con formato disponible en Anexo N°3. Se asignará 10 puntos por cada documento que demuestre lo descrito en el párrafo anterior, con un máximo de 10 (100 puntos). Lo declarado en anexo solicitado deberá coincidir plenamente con los documentos entregados como respaldo. No otorgarán puntaje aquellos documentos declarados en anexo y no respaldados. Los documentos que sean de menor monto al indicado no serán considerados. En caso de no acompañar anexo requerido, la oferta será declarada inadmisible. • Plazo de entrega (PE) (40%) Este criterio asignará puntaje máximo de (100 puntos) a la oferta que presente el menor plazo de entrega de los productos requeridos, para lo cual oferente deberá entregar declaración jurada simple que especifique el plazo de entrega, de acuerdo a formato en Anexo N°3. El puntaje será asignado mediante la siguiente tabla: Plazo de entrega primeras capas (50%) Plazo de Entrega (días hábiles) Primera Capa Puntaje Menor o igual a 10 días Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 50% de los productos durante el primer periodo de entrega solicitado u ofertado, segundo entrega correspondiente al 50% restante de los productos durante el segundo periodo de entrega solicitado u ofertado. 100 puntos Entre 11 y 15 dias Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 50% de los productos durante el primer periodo de entrega solicitado u ofertado, segundo entrega correspondiente al 50% restante de los productos durante el segundo periodo de entrega solicitado u ofertado. 75 puntos Entre 16 y 20 dias. Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 50% de los productos durante el primer periodo de entrega solicitado u ofertado, segundo entrega correspondiente al 50% restante de los productos durante el segundo periodo de entrega solicitado u ofertado. 50 puntos Mayor a 20 días Inadmisible Plazo de entrega trajes térmicos (50%) Plazo de Entrega (días corridos Trajes Térmicos Puntaje Menor o igual a 50 días Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 30% de los productos durante el primer tercio de los días de entrega ofertados, segunda entrega correspondiente al 40% de los productos durante el segundo tercio de los días de entrega ofertados y tercera y última entrega correspondiente al 30% de los productos durante el tercer tercio de los días de entrega ofertados. 100 puntos Entre 51 y 60 días Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 30% de los productos durante el primer tercio de los días de entrega ofertados, segunda entrega correspondiente al 40% de los productos durante el segundo tercio de los días de entrega ofertados y tercera y última entrega correspondiente al 30% de los productos durante el tercer tercio de los días de entrega ofertados. 75 puntos Entre 61 y 70 días Entrega parcial, primera entrega correspondiente al 30% de los productos durante el primer tercio de los días de entrega ofertados, segunda entrega correspondiente al 40% de los productos durante el segundo tercio de los días de entrega ofertados y tercera y última entrega correspondiente al 30% de los productos durante el tercer tercio de los días de entrega ofertados. 50 puntos Mayor a 71 días Inadmisible Para efectos de evaluación, el plazo de entrega, para la Primera Capa no deberá ser mayor a 20 días hábiles, y el plazo de entrega para los trajes térmicos no debe ser superior a 70 días corridos , las entregas tanto de las primeras capas, así como de los trajes térmicos deben de realizarse en forma paralela. • Garantía de los productos en meses (GA) (15%) Se refiere a la garantía (en meses) ofrecida por los productos requeridos en la presente licitación. La empresa deberá entregar declaración jurada simple que especifique la garantía en meses ofrecida, de acuerdo a formato Anexo N°3 La asignación de puntaje se realizará conforme a lo siguiente: Garantía Puntaje 06 meses o más 100 puntos Entre 04 y menos de 05 meses 70 puntos Entre 02 y menos de 03 meses 40 puntos menos de 02 meses inadmisible El plazo de garantía por los productos requeridos no podrá ser menor a 2 meses. Al ofertar una garantía menor o no indicar garantía, la oferta será declarada inadmisible. • Plazo Reposición por productos defectuosos (PPD) (15%) Se requiere que las ofertas incluyan plazo de reposición por productos defectuosos, atribuibles a la confección del producto o imperfecciones en los bordados, señalando plazo de reposición en días corridos. La empresa deberá entregar declaración jurada simple que especifique plazo de reposición por productos defectuosos en días ofrecidos, de acuerdo a formato en Anexo N°3.La asignación de puntaje se realizará conforme a lo siguiente: Plazo de Reposición (Días Corridos) Puntaje Menos de 10 días 100 puntos Entre 11 y 25 días 60 puntos Entre 26 y 30 días 30 puntos Para efectos de evaluación, el plazo de reposición no deberá ser mayor a 30 días corridos. Al ofertar un plazo mayor o no indicar plazo de reposición, la oferta será declarada inadmisible. El puntaje final de la evaluación técnica propiamente tal, será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula. ETP = EXP * 30% +PE ((PEPC*50%)+(PETT*50%) *40%)+ GA * 15% + PDR * 15% Dónde: ETP: Evaluación Puntaje Oferta Técnica propiamente tal EXP : Experiencia PE : Plazo de entrega PEPC: Plazo de entrega Primera Capa PETT: Plazo de entrega Traje Térmico GA : Garantía PDR: Plazo de Reposición PUNTAJE FINAL DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA. Dónde: PET : Puntaje Final Oferta Técnica; CF : Cumplimiento Formalidades; PI : Programa de Integridad; SUS : Sustentabilidad; y ETP : Evaluación técnica propiamente tal. V.3.2. Evaluación de la oferta económica (EO) (Ponderación 60%) Una vez determinadas las ofertas que califican técnicamente, se procederá a la evaluación de las ofertas económicas, conforme los valores declarados en el Anexo N°4 El valor de la oferta corresponderá al precio total de la oferta que se evalúa. En la evaluación de las ofertas económicas, se asignará el puntaje máximo, es decir, 100 puntos, a la mejor oferta económica (la de menor precio). Posteriormente se asignará el puntaje al resto de las ofertas de acuerdo a la siguiente formula: PEi = Emen * 100 Ei Donde: PEi: es el puntaje obtenido por la oferta “i”, Ei: es el precio de la oferta “i” y Emen: es el menor valor ofertado. V.3.3 Selección de las Ofertas La Comisión de Licitación recomendará como oferente seleccionado al que obtenga el mayor puntaje, dado por la fórmula siguiente: Dónde : PFi : Puntaje final de la oferta i PETi : Puntaje de la evaluación técnica de la oferta i PTOi : Puntaje de la evaluación económica i V.3.4 Criterios de Desempate En caso que dos o más oferentes igualaran en puntaje en el resultado final de la evaluación, el Servicio adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente la oferta con mejor evaluación en los siguientes factores con orden de prelación: - “Evaluación Económica” - “Plazo de entrega” - “Garantía de los productos” Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl V.4 Declaración de inadmisibilidad de las ofertas y deserción de la licitación Ofertas inadmisibles - Contener información errada o no fidedigna. - No cumplir con los requisitos contenidos en las Bases Técnicas y Administrativas. Licitación desierta - No se presentaren ofertas. - Si todas las ofertas presentadas fueren declaradas inadmisibles. - Si las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses del Servicio, conforme los principios de transparencia, competitividad, economía, eficiencia y alta calidad en los servicios contratados. Observaciones En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada, debidamente publicada en el portal de mercado público. Igualmente, el órgano contratante tiene la facultad de dejar sin efecto la licitación, cuando razones administrativas, presupuestarias o técnicas así lo aconsejen o, razones legales así lo determinen, lo que será debidamente informado a través del Portal Mercado Público. Ninguna de estas decisiones dará derecho de tipo alguno a reclamar indemnización de cualquier especie o causa por parte de los oferentes.
Adjudicación de la licitación
VI. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN Adjudicación de licitación Mediante resolución fundada dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha de cierre de las ofertas, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. En caso de que la adjudicación no se realice en el plazo señalado, se informarán los motivos del retraso indicándose, en el Sistema Mercado Público, un nuevo plazo para la adjudicación. Contenido adjudicación La resolución de adjudicación contendrá, entre otros, los criterios de evaluación que, previamente definidos en las bases, permitieron al oferente obtener la adjudicación de la contratación, el acta de la comisión evaluadora, el nombre del proponente favorecido (persona natural, jurídica o UTP, según corresponda), el monto adjudicado, plazos de entrega y vigencia del producto. Re adjudicación El Servicio podrá readjudicar la presente licitación al oferente que prosiga en puntaje, respecto al último oferente adjudicado, y así sucesivamente, siempre que ese oferente haya obtenido un puntaje superior a 60 puntos, en los siguientes casos: 1. Cuando no se cumplan las formalidades establecidas en el numeral VII.1. 2. Cuando el/la proveedor/a adjudicado/a se encuentre en cualquiera de las situaciones previstas en el numeral II.1 y no se inscriba o regularice la misma dentro del plazo establecido. 3. Si el/la adjudicatario/a desiste de su oferta. 4. No adjuntar los antecedentes administrativos requeridos en el plazo otorgado. Notificación El Servicio notificará la resolución adjudicatoria, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl Resolución de consultas respecto de la adjudicación Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del portal web www.mercadopublico.cl La respuesta será publicada a través del mismo portal, dentro de 10 días corridos, contados desde la fecha de término del plazo para realizar las consultas.
De la contratacion
VII. DE LA CONTRATACIÓN VII.1 Formalización de la contratación Formalización de la Contratación Esta contratación será formalizada mediante la suscripción de contrato y acto administrativo que lo apruebe. Documentación integrante de la contratación - Bases Administrativas y anexos. - Bases Técnicas y anexos - Las aclaraciones efectuadas por el Servicio y las respuestas surgidas del proceso de consultas. - La oferta aceptada por el Servicio y las aclaraciones solicitadas al oferente, en su caso. - La resolución adjudicatoria. - Anexo de confidencialidad firmado. Antecedentes previos a la suscripción del contrato En el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación el adjudicatario deberá: a) Presentar muestra de traje térmico institucional conforme a lo establecido en el numeral 4 de las bases técnicas. b) Presentar copia de documentación necesaria para acreditar representación, esto es: copia de documento de constitución, copia de instrumento en el que consten las facultades del representante y copia de documento que acredite la vigencia de poderes, emitido por la entidad que corresponda. c) Acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores regidos por el Código del Trabajo, mediante la presentación de “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales”, emitido por la Dirección del trabajo. d) Acreditar su inscripción y habilidad en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, cuando corresponda. e) Presentar Anexo 1 “Cláusula de Confidencialidad”, suscrita por su representante legal. f) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento contrato en los términos indicados en el numeral VII.2 de las presentes bases. En caso que el adjudicatario no cumpliere con alguna de las obligaciones anteriores, dentro de los plazos indicados, el Servicio readjudicará conforme lo señalado en el numeral VI de estas bases. Tramitación firma del contrato Recepcionados los antecedentes indicados, el Servicio enviará al oferente adjudicado mediante correo electrónico proyecto de contrato, quien deberá devolver, por la misma vía, dentro de los siguientes 3 días corridos, el referido borrador con todos sus comentarios u observaciones, si los hubiere, los que podrán o no ser aceptados por el Servicio, con el fin de preparar la versión definitiva del contrato. El Servicio hará llegar al oferente adjudicado el proyecto definitivo de contrato, quien deberá suscribirlo dentro del plazo de 2 días corridos desde su recepción. Con todo, el plazo máximo para la suscripción del contrato será de 15 días corridos desde la fecha de notificación de adjudicación. Subcontratación La subcontratación no está permitida para el presente proceso. Obligaciones laborales y previsionales El/la proveedor/a, en su calidad de empleador/a, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El/la proveedor/a será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El Servicio se reserva el derecho a exigir al/ a la proveedor/a, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. En caso de no acreditarse oportunamente el cumplimiento de estas obligaciones, el Servicio podrá retener el monto que corresponda, de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886 y en el artículo 183-C del Código del Trabajo, para los fines que en dicha norma se señalan. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el/la proveedor/a, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con este Servicio. VII.2 Garantía de fiel cumplimiento del contrato Formato El/la adjudicatario/a deberá hacer entrega física o electrónica de una garantía, tomada por él o por un tercero a su nombre. En caso de entrega de garantía electrónica, ella deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación. Tratándose de la boleta de garantía y del vale vista, éstos deberán ser tomados en una institución bancaria establecida en Chile, y sujeto a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero. Tratándose de la póliza de seguro, ésta deberá contratarse en una Compañía de Seguros establecida en Chile, sujeta a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero. Asimismo, éstas deberán contar con cobertura para obligaciones laborales y previsionales y no estar sujetas a liquidación. Características Pagadera a la vista y de carácter irrevocable, consistente en cualquier instrumento que permita su pago de manera rápida y efectiva, a nombre del Servicio Nacional de Aduanas. Monto 5% del precio neto del contrato. Vigencia No inferior a 90 días corridos siguientes a la fecha de término de contrato. Glosa La glosa de la garantía de cumplimiento será “Garantiza Cumplimiento de Contrato de Suministro de confección trajes térmicos y primeras capas institucionales para la Dirección Regional Aduana de Arica”. Objeto Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 90 días corridos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados. Devolución A la fecha de su vencimiento, salvo la concurrencia de circunstancias que hagan procedente su cobro. Extensión vigencia De ser necesaria la renovación de la garantía de fiel cumplimiento, ésta deberá ser extendida en las mismas condiciones establecidas en el presente numeral. Causales de cobro Al adjudicatario/a le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato siempre que los incumplimientos le sean imputables, en los siguientes casos: • No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases y/o el respectivo contrato. • Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato. • Cualquier otro incumplimiento acreditable e imputable al/ a la proveedor/a respecto de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, que no esté expresamente sancionado con multa o con término anticipado del contrato. Procedimiento cobro Verificada por la Unidad requirente del contrato alguna de las hipótesis establecidas para el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato presentada por el/la proveedor/a, ésta deberá elaborar un informe técnico fundado donde dé cuenta de los hechos y circunstancias que justifican el cobro del citado instrumento. Dicho informe deberá ser notificado al/ a la proveedor/a conforme el procedimiento establecido en las presentes bases para la aplicación de multas. El Acto administrativo que se pronuncie sobre el término del contrato, deberá formalizar el cobro de la garantía, si corresponde. Finalmente, la resolución indicada será publicada en el sistema de información. Reposición garantía En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario/a indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación del cobro. VII.3 Precio de la contratación, forma de pago, condiciones de facturación y procedimiento de pago Precio El precio de la contratación será el consignado en la oferta económica aceptada por el Servicio, deberá ser expresado en pesos, y deberá incluir todos los impuestos que correspondan de acuerdo a la ley. Condiciones de facturación Sólo podrá facturarse, una vez que a través del sitio www.mercadopublico.cl, se cumpla con los siguientes requisitos: a) El/la proveedor/a deberá aceptar la orden de compra en el Sistema Mercado Público, y b) La orden de compra deberá estar en estado “Recepción Conforme”. En la factura se deberá identificar el número de la respectiva orden de compra o, en su defecto, se deberá adjuntar una copia de la misma. Reclamo de las facturas Se hace presente que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 Nº2 de la Ley 19.983, el plazo para el reclamo de las facturas presentadas será de 8 días corridos desde la recepción de la factura por el Servicio tanto si se presentan a cobro por el/la mismo/a proveedor/a o por terceros a quienes se las haya cedido. Cesión de la factura Por su parte, el/la proveedor/a deberá informar por escrito cualquier cesión que haga de las facturas relacionadas al presente contrato y conservará la responsabilidad frente al Servicio en caso de que se cobren facturas que no hayan sido aprobadas previamente por la contraparte técnica del Servicio; el Jefe de la unidad de Finanzas-Bienes y Servicios o quien lo subrogue. No se recibirán ni se pagaran los bienes y/o servicios materia de esta licitación que se hagan efectivos a través de boletas de honorarios a personas naturales. Factoring El Servicio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el/la proveedor/a, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes de conformidad a lo establecido en el artículo 127 del D.S. N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Forma de Pago El pago se hará a 30 días, a través de la Tesorería General de la Republica, una vez recibidos conforme los trajes térmicos y primeras capas requeridas, previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario/a y contra entrega de la correspondiente factura, la que será visada por Unidad requirente. Para dichos efectos, el/la adjudicatario/a deberá indicar sus datos para efectuar los pagos correspondientes. Documentos para proceder al pago - Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) o de cumplimiento de obligaciones laborales y Previsionales (F30-1) vigentes, emitido por la Dirección del Trabajo, según corresponda. El Servicio podrá solicitar otros documentos complementarios que permitan acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, tales como planillas de pago Previred, liquidaciones de sueldo, copias de contratos de trabajo y/o anexos, términos de contrato, finiquitos, renuncias, etc. Si el adjudicatario registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, el pago producto de la contratación se destinará al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. El Servicio exigirá que el adjudicatario le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Impuestos El precio a pagar por la totalidad de la contratación incluye todos los derechos e impuestos que correspondan de acuerdo a la ley. VII.4 Vigencia del contrato, plazo y condiciones de entrega, garantía de los productos. Vigencia del Contrato La contratación tendrá vigencia desde la fecha de suscripción del contrato, hasta el total cumplimiento de las obligaciones que de ella emanen. La ejecución del suministro quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria correspondiente. Plazo y condiciones de Entrega La entrega de las primeras capas y de los trajes térmicos institucionales, deberá efectuarse de acuerdo a lo descrito en el numeral 5 de las bases técnicas, desde el envío de la Orden de Compra respectiva. No obstante, por tratarse de un criterio de evaluación contemplado para esta licitación, los oferentes podrán señalar un plazo más breve. Los costos de envío deben estar considerados dentro del precio. No se pagarán costos adicionales por dicho concepto. Las prendas deben entregarse embolsadas en su conjunto (chaqueta exterior, chaqueta interior y pantalón; y primeras capas), con rotulado indicando: talla, e instrucciones de cuidados y lavados para extender la vida útil, en cada uno de los conjuntos. El lugar de entrega será en la Dirección Regional Aduana de Arica, ubicado en Avda. Comandante San Martin 141, primer piso edificio Alborada. Garantía de los productos El adjudicatario deberá garantizar los productos por un plazo no menor a seis (6) meses, contado desde la recepción de los trajes térmicos institucionales. No obstante, por tratarse de un criterio de evaluación contemplado para esta licitación, los oferentes podrán ofertar un período más extenso. VII.5. Modificación de la contratación Las partes de común acuerdo y por escrito podrán modificar la correspondiente contratación por motivos fundados, mientras la contratación se encuentre vigente, siempre que ello no conlleve una infracción al principio de estricta sujeción a las bases ni de igualdad de los oferentes. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de la contratación y procederá únicamente conforme a las causales prevenidas en los artículos 13 de la ley N° 19.886 y 129 de su reglamento. En caso de aumentarse el monto de la contratación, éste no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado ni alterar la naturaleza del objeto de éste. VII.6. Multas El incumplimiento de la ejecución de los servicios solicitados habilitará al Servicio para cursar multa equivalente al uno por ciento (1%), por cada día de atraso o infracción, hasta alcanzar un máximo de cinco por ciento (5%) del precio total del contrato. Para estos efectos, la fracción de día será considerado día completo. Procedimiento aplicación de multas El incumplimiento será notificado al/la proveedor/a, mediante correo electrónico indicado en la oferta o, en su defecto, aquel informado en www.mercadopublico.cl. El/la proveedor/a dispondrá del plazo de cinco días corridos contados desde su notificación para presentar sus descargos por el mismo medio. Si este plazo venciere en sábado, domingo o festivo, se prorrogará para el día hábil siguiente. Recibidos los descargos o vencido el plazo para su recepción sin haberlos recibido, el Servicio resolverá sin más trámite sobre la aplicación de la multa, mediante el correspondiente acto administrativo, el que será notificado al/ a la proveedor/a a través de su publicación en el sistema de información. Requerido de pago el/la proveedor/a tendrá el plazo indicado por la Resolución que resuelva sobre la aplicación de multas para realizarlo, en caso de no verificarse, el servicio podrá descontar el monto de la multa del pago de los productos o de la garantía de fiel cumplimiento si el primero fuera insuficiente. Si aplicado el tope de la multa persistiese el incumplimiento del/de la adjudicatario/a, el Servicio podrá poner término a la contratación o adoptar otras medidas compensatorias que autorice la ley. La Resolución que imponga una multa, será susceptible de los recursos administrativos establecidos en la Ley 19.880. VII.7. Resolución o terminación anticipada del contrato Sin perjuicio de los derechos y acciones legales que puedan ejercer las partes, en el evento del incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas en virtud de la contratación, el Servicio, podrá, además, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13bisde la Ley Nº 19.886 y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 de su Reglamento, terminar anticipadamente el contrato, en el evento que ocurra alguna de las siguientes situaciones, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado: Resolución de la contratación por causa imputable al/ a la proveedor/a a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones; b) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Si el/la proveedor/a registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. d) Si el proveedor es condenado conforme a la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere, y su duración se computará desde ese momento. e) Si se disuelve la sociedad; f) Si el/la adjudicatario/a se transformare o fusionare con otra sin asumir las obligaciones de la primera; g) Si el/la proveedor/a, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Servicio, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el/la respectivo proveedo/ra y éste. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. h) Tratándose de una UTP: - Por constar que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. - Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta. - Si se oculta información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros. - Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados. - Disolución de la UTP. En especial, constituirá incumplimiento grave de las obligaciones contractuales: i) Si el adjudicado no respetare las condiciones y/o plazos contenidos en su oferta una vez aplicado el máximo de las multas establecidas en las presentes bases. j) La subcontratación. k) El incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. l) El incumplimiento del deber de confidencialidad establecido en las presentes bases. m) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento en el plazo establecido. De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del termino anticipado , se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Procedimiento término anticipado por incumplimiento del proveedor El incumplimiento será notificado al/ a la proveedor/a, mediante correo electrónico indicado en la oferta o, en su defecto, aquel informado en www.mercadopublico.cl. El/la proveedor/a dispondrá del plazo de tres días corridos contados desde su notificación para presentar sus descargos por el mismo medio. Si este plazo venciere en sábado, domingo o festivo, se prorrogará para el día hábil siguiente. Recibidos los descargos o vencido el plazo para su recepción sin haberlos recibido, el Servicio resolverá sin más trámite sobre el término de la contratación, mediante el correspondiente acto administrativo, el que será notificado al/ a la proveedor/a a través de su publicación en el sistema de información. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el/la proveedor/a, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional El Servicio podrá poner término anticipado al contrato en la eventualidad que el interés público o la seguridad nacional, así lo exigieren. Mediante Resolución fundada se determinará la ocurrencia de alguna de estas situaciones y el término de la relación contractual. Resciliación o término anticipado de común acuerdo La entidad licitante y el/la proveedor/a podrán poner término a la contratación en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo. VII.8. Confidencialidad El/la adjudicatario/a y los miembros del personal propio o que por subcontratación se encuentren ligados a la compra en alguna de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes reservados que del Servicio y/o de sus usuarios llegue a tener conocimiento con motivo de esta adquisición. El/la adjudicatario/a será solidariamente responsable de las acciones de sus empleados/as. El/la adjudicatario/a, queda obligado/a, en virtud de la presente licitación a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre seguridad de la información del Servicio vigentes, y a sus políticas y procedimientos referidos a la materia. La infracción a lo establecido en esta cláusula facultará al Servicio para poner término anticipado a la compra, por incumplimiento grave de las obligaciones que emanan de las mismas. El/la adjudicatario/a asegura la eliminación y/o destrucción de información a la que tuviera acceso con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, siendo responsable en caso de uso para fines ajenos a las presentes Bases, en todo o parte esta información ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización. Esta prohibición afecta al/ a la proveedor/a, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de la contratación. Para dar cumplimiento a lo anterior, el/la adjudicatario/a deberá suscribir la cláusula de confidencialidad del Anexo N° 1 de las presentes bases. Ciberseguridad El proveedor contratado, deberá compartir la información sobre las amenazas y vulnerabilidades que puedan afectar a las redes, plataformas y sistemas informáticos del Servicio, al igual que las medidas de mitigación aplicadas a éstas, así como las políticas y prácticas de seguridad de la información incorporadas en los servicios prestados.
Coordinación y contraparte técnica
VIII. COORDINACIÓN Y CONTRAPARTE TÉCNICA VIII.1. Coordinación El/la adjudicatario/a deberá designar un representante que se relacionará con la contraparte técnica del Servicio para todos los efectos de la ejecución del contrato y a quienes les corresponderá: a) Representar a las partes en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de la contratación. b) Coordinar los horarios o procedimientos adecuados para la oportuna ejecución y entrega de los trabajos contratados y, c) Fiscalizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. VIII.2. Contraparte técnica y administrador de la contratación Actuará como contraparte técnica el Jefe de la unidad de Finanzas-Bienes y Servicios y/o quien lo subrogue legalmente; y Administrador del contrato del Servicio, el Jefe del Departamento Administrativo y/o quien lo subrogue legalmente, ambos de la Dirección Regional Aduana de Arica.
Comportamiento etico
IX. COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL/ DE LA ADJUDICATARIO/A El/la adjudicatario/a que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Bases Técnicas
“BASES TÉCNICAS” Suministro de confección trajes térmicos y primeras capas institucionales para la Dirección Regional Aduana de Arica 1.- Objetivo La Dirección Regional Aduana de Arica necesita adquirir primeras capas y trajes térmicos institucionales para los funcionarios que desarrollan labores operativas en los controles fronterizos de la Región de Arica. Los productos comprenden por una parte 2 primeras capas (polera y pantalón) y por otra parte el traje térmico que comprende tres prendas; una chaqueta exterior, una chaqueta interior y un pantalón, siendo el conjunto, antes descrito, para cada funcionario de la Dirección Regional de Aduana Arica. Los oferentes deberán presentar toda la documentación que respalde lo descrito en el presente numeral. Especificaciones obligatorias trajes térmicos institucionales: PRIMERA CAPA TELA PRINCIPAL tela microtex, 100% Poliéster Sofy Dry Thermaheat TELA INTERIOR micropolar CIERRE CUELLO nylon 5 (SBS) 3/4, en el cuello PARKA EXTERIOR TELA PRINCIPAL (CONFECCIÓN) HIPORA PRO LIGHT FORRO BOLSILLOS TAFETAN 210T COD. 0511 FORRO INTERIOR THERMAHEAT (ALUMINIZADO REGULADOR DE TEMPERATURA) FORRO INTERIOR 2 THERMAHEAT (ALUMINIZADO REGULADOR DE TEMPERATURA SELLOS COMPLETOS DE COSTURA CINTA SELLADO PU CIERRES SECUNDARIOS ALTA CALIDAD NYLON N°5 CIERRE FRONTAL ALTA CALIDAD NYLON N°5 CIERRE GORRO ALTA CALIDAD NYLON N°5 BROCHES PLASTICOS DE MONTURA PLASTICO ALTA CALIDAD VELCRO TAPA CIERRE ALTA CALIDAD AJUSTES DE PUÑO TRABAS PLASTICAS FLEXIBLES CINTAS REFLECTANTES 3M COSIDAS TRABAS AJUSTE DE CINTURA TANKAS Y OJETILLOS COSTURA DE PRENDA SELLADAS USO PREVISTO PROTECCIÓN FRENTE A LLUVIA MODERADA A FUERTE, VIENTO Y CONDICIONES FRÍAS. IMPERMEABILIDAD ≥ 5.000 MM (COLUMNA DE AGUA). TRANSPIRABILIDAD ≥ 5.000 MVP (G/M²/24H). TELA EXTERIOR NYLON O POLIÉSTER CON RECUBRIMIENTO PU O MEMBRANA TPU (POR EJEMPLO, TASLAN RIPSTOP 228T O EQUIVALENTE). REFUERZOS ESTRUCTURALES OPCIONALES, EN ZONAS DE MAYOR DESGASTE COMO CODOS Y HOMBROS. RECOMENDADO USO DE TELA TIPO OXFORD 300D FORRO INTERIOR PUEDE INCORPORAR COMBINACIONES DE TAFETA, TRICOT O MESH PARA FAVORECER CONFORT TÉRMICO Y ABSORCIÓN DE HUMEDAD. COSTURA SELLADO OBLIGATORIO EN ZONAS CRÍTICAS; SE VALORARÁ SELLADO COMPLETO COMO MEJORA. CIERRES TÉCNICOS CIERRES TÉCNICOS: AL MENOS CIERRE FRONTAL DEBE CONTAR CON PROTECCIÓN ANTIAGUA. VISLON O EQUIVALENTE. ELEMENTOS REFLECTANTES ALTA VISIBILIDAD (COSIDOS O ESTAMPADOS); SI SON COSIDOS, SE DEBEN SELLAR COSTURAS. CERTIFICACIÓN SUGERIDA O ESTÁNDAR COMPROBATORIO LA PROPUESTA DEBE INCLUIR MECANISMOS QUE RESPALDEN TÉCNICAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS CARACTERÍSTICAS EXIGIDAS. SE ACEPTAN FICHAS TÉCNICAS DETALLADAS, ENSAYOS SOBRE PRENDA CONFECCIONADA, O DECLARACIONES FUNDADAS DEL PROVEEDOR O FABRICANTE QUE PERMITAN VERIFICAR EL DESEMPEÑO FUNCIONAL DEL PRODUCTO. Todas las características deben ser Similares o Equivalentes a lo descrito en este ítem CHAQUETA INTERIOR (POLAR) TELA PRINCIPAL POLAR 340 GRAMOS FORRO CUERPO INTERIOR HIPORA PRO LIGHT CIERRE FRONTAL ALTA CALIDAD NYLON N°5 CIERRES SECUNDARIOS (BOLSILLOS, CIERRE MONTADO INTERIOR) ALTA CALIDAD NYLON N°5 PUÑOS ENVIVADO ELASTICADO TRABAS AJUSTE DE CINTURA TANKAS Y OJETILLOS USO PREVISTO CAPA TÉRMICA INTERMEDIA PARA PROTEGER CONTRA BAJAS TEMPERATURAS. PROTECCION TERMICA ESPERADA EFICAZ HASTA -15 °C, EN CONDICIONES DE BAJA EXPOSICIÓN AL VIENTO. RELLENO TERMICO FIBRA SINTÉTICA TIPO THERMOLOFT, PRIMALOFT U OTRA, ENTRE 180 Y 200 G/M². TRANSPIRABILIDAD MINIMA ≥ 5.000 MVP. FORROS INTERIORES MESH, TRICOT O TAFETA PARA FAVORECER CONFORT Y GESTIÓN DE HUMEDAD O SIMILAR. CIERRES TECNICOS REFORZADOS Y DE ALTA CALIDAD (VISLON O EQUIVALENTE). CERTIFICACION SUGERIDA O ESTANDAR COMPROBATORIO SE RECOMIENDA RESPALDAR TÉCNICAMENTE LA CAPACIDAD TÉRMICA Y FUNCIONAL DEL PRODUCTO MEDIANTE FICHAS TÉCNICAS, ENSAYOS DE LABORATORIO SOBRE LA PRENDA, O DECLARACIÓN FORMAL DEL PROVEEDOR O FABRICANTE QUE PERMITA VERIFICAR SUS PRESTACIONES EN CONDICIONES REALES DE USO. Todas las características deben ser Similares o Equivalentes a lo descrito en este ítem. PANTALON TELA PRINCIPAL TELA HIPORA PRO LIGHT FORRO PIERNAS THERMAHEAT (ALUMINIZADO RELUGADOR DE TEMPERATURA) FORRO INTERIOR THERMAHEAT (ALUMINIZADO RELUGADOR DE TEMPERATURA) FORRO BOLSILLOS Tafetan 210T Cod. 0511 SELLOS DE COSTURA CINTA SELLADA PU RELLENO TÉRMICO THERMALOFT 180 x2 CIERRES ALTA CALIDAD NYLON N°5 COSTURAS SELLADAS CINTA REFLECTANTE 3M COSIDAS USO PREVISTO PROTECCIÓN DEL TORSO INFERIOR FRENTE A FRÍO Y HUMEDAD, ESPECIALMENTE EN TERRENO DE EXPOSICIÓN DIRECTA. IMPERMEABILIDAD MINIMA ≥ 5.000 MM (COLUMNA DE AGUA). TRANSPIRABILIDAD MINIMA ≥ 5.000 MVP RELLENO TERMICO FIBRA SINTÉTICA TIPO THERMOLOFT, PRIMALOFT U OTRA, ENTRE 180 Y 200 G/M². TELA EXTERIOR POLIÉSTER CON MEMBRANA TPU O RECUBRIMIENTO PU, TIPO SOFTSHELL U OTRA ALTERNATIVA TÉCNICA. COSTURAS DEBEN ESTAR SELLADAS AL MENOS EN ZONAS CRÍTICAS (ENTREPIERNA, PERNERAS). REFLECTANTES OPCIONALES; SI SE INCORPORAN, DEBEN SER VISIBLES Y DE ALTA DURABILIDAD. PREFERENTEMENTE COSIDOS O ESTAMPADOS SELLADOS. CERTIFICACION SUGERIDA O ESTANDAR COMPOROBATORIO LA PROPUESTA DEBE INCORPORAR MECANISMOS DE RESPALDO TÉCNICO QUE PERMITAN VALIDAR EL COMPORTAMIENTO DE LA PRENDA FRENTE A CONDICIONES DE HUMEDAD Y FRÍO. SE ACEPTAN FICHAS TÉCNICAS, ENSAYOS SOBRE PRENDA COMPLETA O DECLARACIONES TÉCNICAS DEL PROVEEDOR O FABRICANTE. Todas las características deben ser Similares o Equivalentes a lo descrito en este ítem Los productos descritos anteriormente deben cumplir con la Norma EN342 y EN343. 2.- Detalle de cantidades a adquirir Las cantidades totales estimadas de trajes térmicos y primeras capas, requeridos por sexo, son las indicadas a continuación: TALLA VARON TRAJE TERMICO TOTAL XS, S, M, L, XL, XXL 119 TOTAL 119 TALLA MUJER TRAJE TERMICO TOTAL XS, S, M, L, XL, XXL 71 TOTAL 71 TALLA VARON PRIMERA CAPA TOTAL XS, S, M, L, XL, XXL 238 TOTAL 238 TALLA MUJER PRIMERA CAPA TOTAL XS, S, M, L, XL, XXL 142 TOTAL 142 3.- Muestra para Ofertar El oferente debe incluir en su oferta una muestra del material a ofertar, que será utilizada en las confecciones solicitadas, correspondientes a las primeras capas y a trajes térmicos que permita evaluar el producto ofertado. La muestra debe tener las siguientes dimensiones: Muestra de primera capa: 20 cms x 20 cms Muestra de chaqueta exterior: 20 cms x 20 cms Muestra de chaqueta interior: 20 cms x 20 cms Muestra de pantalón: 20cms x 20 cms Cada muestra de material deberá venir identificada a cada vestimenta correspondiente. La muestra deberá ser remitida en el plazo establecido en el numeral I.I. Calendario de Actividades. Importante: La NO presentación de la muestra, será causal de inadmisibilidad de la oferta. 4.- Muestra de prueba de vestimenta: El oferente deberá entregar una muestra de prueba. La muestra presentada debe ser de vestimenta de; primera capa (polera y pantalón), traje térmico (chaqueta exterior, chaqueta interior y pantalón) para mujer y hombre en las siguientes tallas: Para mujer: XS, S, M, L, XL, XXL. Para varón: S, M, L, XL, XXL La muestra de prueba de vestimenta debe ser entregada a esta Dirección Regional en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la adjudicación de la presente licitación. Para la vestimenta de prueba no será requisito contar con las características detalladas en el punto N°6 de las Bases Técnicas, es decir, uso de norma gráfica y logo institucional. El Servicio en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la vestimenta de prueba, indicada precedentemente, entregará el listado final del tallaje correspondiente a la vestimenta requerida en esta Licitación Pública. 5.- Entrega de los productos Se entregará la primera capa y el traje térmico institucional conforme a lo manifestado en el numeral V.3.1.4. de las bases administrativas de esta licitación. - Las primeras capas, en dos parcialidades de 50% hasta completar el total. - Los Trajes Térmicos, en tres parcialidades de 30% en el primer tercio, 40% en el segundo tercio, y el último 30% en el tercer tercio del periodo ofertado. Las entregas de ambas vestimentas se deben realizar en forma paralela. Aduana Dirección de Entrega Cantidad Estimada de Primeras capas a entregar Cantidad Estimada de Trajes Térmicos a entregar Arica Avenida Comandante San Martín N°141, Edificio Alborada, Arica. 380 190 Los costos de envío deben estar considerados dentro del precio. No se pagarán costos adicionales por dicho concepto. Las prendas deben entregarse embolsadas en su conjunto primera capa (pantalón y polera) y trajes térmicos (chaqueta exterior, chaqueta interior y pantalón), con rotulado indicando: talla, e instrucciones de cuidados y lavados para extender la vida útil, en cada uno de los conjuntos. 6.- Fichas de los productos Normas Graficas: se debe aplicar y respetar las medidas establecidas por el manual de normas graficas del Servicio Nacional de Aduanas Chaqueta Exterior Chaqueta Interior Pantalón: Primera Capa
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.