Licitación ID: 1803-1-LE26
CONTRACION DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA JUNAEB PUERTO MONTT
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Fecha de Cierre: 23-01-2026 14:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
Servicio de 1 guardia de seguridad y vigilancia para la Dirección Regional de JUNAEB Puerto Montt para los años 2026-2027 y enero 2028.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRACION DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA JUNAEB PUERTO MONTT
Estado:
Publicada
Descripción:
Ambientes de trabajo, seguros limpios y ordenados para el desarrollo de las labores asignadas a este servicio, con el propósito de aplicar las medidas coordinadas de asistencia social y económica a los escolares, conducente a hacer efectiva la igualdad de oportunidades ante la educación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junaeb Región de Los Lagos
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
Baquedano 281
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-01-2026 14:00:00
Fecha de Publicación: 13-01-2026 16:32:22
Fecha inicio de preguntas: 13-01-2026 18:31:00
Fecha final de preguntas: 17-01-2026 15:21:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-01-2026 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-01-2026 14:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-01-2026 14:01:00
Fecha de Adjudicación: 02-02-2026 18:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 8.2. Antecedentes administrativos. Al momento de presentar su oferta, el oferente deberá completar la información requerida a través de los “Anexos administrativos”, contenidos en Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo N° 1, “Identificación del oferente”, en el cual deberá declarar el poder suficiente para presentar ofertas, sin perjuicio de la ratificación posterior. • Anexo N° 1-A, “Identificación unión temporal de proveedores” (En caso de que corresponda). • Anexo N° 2, “Declaración Jurada” • Anexo N° 3, “Pacto de integridad”.
Documentos Técnicos
1.- 8.3. Antecedentes técnicos. A su vez, el oferente deberá ingresar la información técnica requerida a través de la opción “Anexos técnicos” del sitio Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo N°5, “denominado “Experiencia de la empresa”. • Anexo N° 5A “Programa de Integridad”. En caso de UTP este anexo debe presentarse por cada uno de sus miembros. • Anexo Nº 6, denominado “Condiciones de empelo y remuneración”. • Anexo N° 7, denominado “Programa de capacitaciones”.
 
Documentos Económicos
1.- 8.4. Antecedentes económicos. Asimismo, el oferente deberá completar la información económica requerida en el “anexo económico” de la línea de servicio, dispuesto en el sitio Mercado Público, según se indica a continuación: • Anexo Nº4, “Oferta económica”. El valor indicado en este anexo será considerado para la evaluación del factor económico. Cabe mencionar que, al momento de presentar su oferta económica, el oferente deberá ingresar el precio unitario neto en pesos chilenos para cada servicio, cuando corresponda, de acuerdo con lo solicitado en el anexo N°4, con el objeto de evaluar el precio total ofertado. Los valores netos se solicitan en virtud de las disposiciones vigentes que regulan el funcionamiento del portal Mercado Público. Los oferentes deberán considerar en su propuesta económica todos los gastos involucrados, incluidos los de personal, remuneraciones, pagos previsionales, materiales, servicios, equipos, permisos, traslados, derechos, impuestos, distribución y en general todo cuanto implique un costo para el cumplimiento del servicio, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los costos en que incurra el oferente producto de la presentación de la propuesta serán de su exclusivo cargo y en caso de no resultar adjudicada su oferta, no darán origen a indemnización alguna. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga. JUNAEB no se verá obligado por limitación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la ley de Compras Públicas y su reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación, se tendrá como no escrito. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Proyect, Word, entre otros), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso de presentar alguna duda respecto del ingreso de su oferta, deberá contactar a la mesa de ayuda de la Dirección de compras y contratación pública (ChileCompra). Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, el contenido de estos y la veracidad de lo que en ellos conste.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Economica SE EVALUARA DE ACUERDO A METODOLOGIA DE EVALUACION ADJUNTA. 40%
2 Criterio de Cumplimiento de requisitos formales SE EVALUARA DE ACUERDO A METODOLOGIA DE EVALUACION ADJUNTA. 5%
3 Criterio de Evaluación Técnica SE EVALUARA DE ACUERDO A METODOLOGIA DE EVALUACION ADJUNTA. 50%
4 Programa de integridad SE EVALUARA DE ACUERDO A METODOLOGIA DE EVALUACION ADJUNTA. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO CARDENAS TELLEZ
e-mail de responsable de pago: claudio.cardenas@junaeb.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 25-04-2028
Monto: 5 %
Descripción: Para la formalización de la firma del Contrato se requiere la previa presentación del documento en garantía. este debe ser enviado a JUNAEB Dirección Regional Puerto Montt.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 1803-1-LE26
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación del administrador del contrato, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
2. NORMATIVA APLICABLE E INTERPRETACIÓN
La presente licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por su reglamento contenido en el decreto supremo del Ministerio de Hacienda Nº250, de 2004, y sus posteriores modificaciones. Igualmente, las obligaciones que contraigan el adjudicatario de la presente licitación se regirán por el ordenamiento jurídico chileno y por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de discrepancias, será el siguiente: a. Bases de licitación, anexos, y sus eventuales modificaciones. b. Respuestas y aclaraciones de las bases administrativas y/o técnicas, en la eventualidad de haberse formulado. c. Contrato. d. Oferta adjudicada. e. Orden de compra.
4. PARTICIPANTES
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, su reglamento contenido en el decreto N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y las presentes bases administrativas.
5. ACEPTACIÓN DE BASES, MODIFICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES
1.1. De la aceptación de bases. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases y sus anexos, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato. Para efectos de lo anterior, el oferente deberá suscribir y presentar el Anexo N° 3, denominado “Pacto de Integridad”. 1.2. De las modificaciones a las bases. JUNAEB podrá efectuar modificaciones a las bases y sus anexos, hasta antes de la fecha indicada para el cierre de recepción de ofertas y estas deberán ser aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado, fijando un nuevo plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, de conformidad a lo estipulado en el artículo 19 del Reglamento de la Ley N°19.886. 1.3. De las consultas y aclaraciones a las bases. Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través del foro que estará habilitado en el portal Mercado Público en los plazos indicados en el calendario de esta licitación. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Asimismo, de oficio, JUNAEB podrá efectuar aclaraciones a las bases, para precisar su alcance o su contenido. Las respuestas y aclaraciones deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas y tendrán efectos vinculantes para éstos y JUNAEB. Con todo, las respuestas y aclaraciones, en el evento que impliquen una modificación del presente pliego de condiciones, requerirá la dictación del correspondiente acto administrativo que contemple dicha modificación, en caso alguno la respuesta podrá modificar lo dispuesto en las presentes bases.
7. DE LAS GARANTÍAS
Para garantizar el cumplimiento del contrato el adjudicatario deberá presentar una caución pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N°60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF). Respecto a la caución emitida en Unidad de Fomento (U.F), para efectos de conversión, se considerará el valor a la fecha de emisión de la garantía. El oferente podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros, siempre que éstos sean de la misma naturaleza y en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, se deberá acreditar el pago de la respectiva prima mediante comprobante o verificador (link, código QR u otro), debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura y expresamente en su condicionado particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal Mercado Público y no podrán estar sujetas a condición alguna por parte de los oferentes. Los oferentes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. En tal caso se considerará la oferta económica de menor valor, declarando la inadmisibilidad de las demás ofertas. Solo se admitirá una oferta por oferente, en caso de presentación de más de una oferta, se considerará para efectos de evaluación, la última oferta ingresada, según fecha y hora que conste en el comprobante de ingreso de oferta electrónico del portal Mercado Público. Si hubieren sido presentadas simultáneamente, se considerará la oferta económica de menor valor, declarando la inadmisibilidad de las demás ofertas. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Project, Word, entre otros), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el Sistema de Información. En caso de presentar alguna duda respecto del ingreso de su oferta, deberá contactar a la mesa de ayuda de la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra). Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información https://www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos, por otro. En caso de existir una discordancia insalvable de identidad, que no haga posible la aplicación del artículo 56 del reglamento de la ley N°19.886, la respectiva oferta será declarada inadmisible.
8.1. Inadmisibilidad de las ofertas.
La declaración de inadmisibilidad será efectuada entre las etapas de apertura de ofertas y la adjudicación inclusive. En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en la norma legal citada precedentemente, serán calificadas como inadmisibles las ofertas que: 1. Acompañen antecedentes que den cuenta que la oferta técnica no se ajusta a las exigencias técnicas del proceso licitatorio. Anexos técnicos obligatorios 2. No presenten oferta económica, o en caso de que las ofertas contengan precio con valor cero (0) o en blanco, o sean inconsistentes al formato presentado por JUNAEB. Anexo N°4 obligatorio 3. Presenten un valor que sea menor al 70% del ofertado por aquel proponente que le sigue en precio. 4. Sean presentadas a través de la cuenta de usuario del Portal perteneciente a una persona distinta a la individualizada en los Anexos 1 y 1A de las presentes Bases. 5. No presenten el Anexo N° 3 “Pacto de integridad”. 6. Si se presenta disolución de la Unión Temporal de Proveedores durante el proceso de evaluación de ofertas. 7. Sean presentadas por una unión de temporal de proveedores en la que al menos uno de sus miembros no corresponda a una empresa de menor tamaño. 8. Sean presentadas de forma simultánea por un mismo oferente, de conformidad a lo establecido en el presente título. 9. Autorización del oferente para la prestación del servicio seguridad privada (O.S.10) emitida por la autoridad competente (Adjuntar).
Inadmisibilidad de ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial relacionadas entre sí.
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras. En este caso, JUNAEB considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, la oferta más económica de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
10. ERRORES Y OMISIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la JUNAEB y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. En caso de que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del portal Mercado Público, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. El plazo fatal que tendrán los oferentes para responder o presentar los antecedentes requeridos por JUNAEB, será de 48 horas corridas, contadas desde el requerimiento de JUNAEB a través del Sistema de Información. El cumplimiento de lo indicado precedentemente será motivo de evaluación, según el criterio establecido en el subtítulo “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de oferta”, de las bases administrativas.
11.7. Resolución de empate.
En caso de empate, JUNAEB adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada de acuerdo al siguiente orden de prelación de criterios o factores: a. Criterio evaluación técnica. b. Criterio evaluación económica c. Factor técnico “Experiencia del Oferente”. d. Presencia regional e. Factor Técnico “Programa de Integridad” Si aun así persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya sido enviada a través del portal Mercado Público, fecha y hora que se validará en el comprobante de oferta del mismo sistema.
14. DE LA RE-ADJUDICACIÓN
JUNAEB procederá a readjudicar en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, según lo establecido en el titulo N°3 de las bases administrativas. c) Si el adjudicatario desiste de su oferta. d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° y 35 quáter de la ley de compras o en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº211, de 1973, o del artículo 33 de la ley Nº 21.595, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. e) Si el adjudicatario no diere cumplimiento a los demás requisitos y condiciones establecidas en las bases de licitación para la suscripción de contrato JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, dejando sin efecto la adjudicación original y readjudicando al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original de la licitación
15.1. Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato
Conforme al artículo 16 de la Ley N° 19.886, los proveedores deben estar inscritos en el Registro de Proveedores, administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y contar con la habilitación correspondiente para participar en él. Este requisito es indispensable tanto para intervenir en cualquier procedimiento de contratación como para la posterior suscripción de los contratos definitivos. Por su parte, el artículo 151 del Reglamento de Compras especifica los antecedentes que deben incluirse en la ficha de los proveedores inscritos, tales como antecedentes legales y financieros. Asimismo, el artículo 153 del mismo reglamento establece que los proveedores inscritos deben actualizar cada seis meses su información relativa a socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales. Además, cualquier modificación en esta información debe ser reportada dentro de los 10 días hábiles posteriores a su formalización. En este contexto, para la suscripción del contrato, JUNAEB requiere que se presenten los siguientes documentos: SI ES PERSONA NATURAL a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural. b) Anexo N°2“Declaración jurada para contratar” SI ES PERSONA JURÍDICA a) Fotocopia simple de cédula de identidad del representante legal b) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces o Archivo Judicial correspondiente, o por la Subsecretaria de Economía y empresas de menor tamaño en el caso del Registro de Empresas y Sociedades, o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados. c) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación otorgado por el Conservador de Bienes Raíces o Archivo Judicial correspondiente, o por la Subsecretaria de Economía y empresas de menor tamaño en el caso del Registro de Empresas y Sociedades, o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, según los plazos de vigencia indicados. d) Anexo N°2 “Declaración jurada para contratar” SI ES UTP a) Todos los documentos anteriores, de persona natural o personal jurídica, según corresponda, presentados por cada uno de los miembros de la UTP b) Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la unión temporal, a menos que dicho instrumento, hayan sido presentados al momento de la oferta. El acuerdo deberá contemplar solidaridad de los integrantes de todas las obligaciones que se generen, nombramiento de representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la UTP c) Anexo N°2 “Declaración jurada para contratar” por cada miembro de la UTP d) Al momento de la suscripción del contrato, la UTP deberá informar quién de sus integrantes será el emisor del documento tributario de cobro. En relación con el Anexo N°2, Declaración Jurada para Contratar, este documento certifica que no existen saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores del proveedor durante los últimos dos años. Esto se establece sin perjuicio de las obligaciones adicionales que puedan ser exigidas para autorizar los pagos generados durante la ejecución del contrato. Asimismo, dicha declaración deberá ser renovada cada seis meses durante la vigencia del contrato.
15.4. Modificaciones
El contrato previo acuerdo de las partes solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los supuestos descritos en el artículo 129 del Reglamento de Compras. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y JUNAEB, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. A su vez, el proveedor deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato resguardando, al menos, el nuevo saldo insoluto del contrato. La garantía deberá cumplir con los mismos requisitos estipulados en el subtítulo “Garantía del fiel cumplimiento del contrato” de las presentes. La formalización de las modificaciones se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado. Las prórrogas de plazo y los aumentos de presupuesto que experimente el contrato, no se considerarán aumentos de monto o de precio del contrato originalmente pactado.
18.4. Reajuste de precios.
El valor ofertado por el adjudicatario estará afecto a reajuste anual según el IPC (Índice de Precios al Consumidor) al décimo tercer mes de vigencia del contrato. El reajuste para aplicar será igual al IPC acumulado entre la fecha de inicio del contrato y el doceavo mes.
19. SUBCONTRATACIÓN
Dado el carácter del servicio licitado, el proveedor está autorizado para subcontratar parcialmente hasta un 30% de las obligaciones contractuales, siempre que el subcontratista cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 del Decreto 661 de 2024, Reglamento de Compras, y el artículo 15 de la Ley 19.886. En ningún caso se permitirá la subcontratación si el subcontratista, sus socios o administradores están afectados por alguna de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en los artículos 4 y 35 quáter de la Ley de Compras. Esto deberá ser certificado por la contraparte técnica del proveedor antes de aprobar la subcontratación. El proveedor deberá informar al administrador del contrato de JUNAEB, mediante correo electrónico, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de los servicios subcontratados. Esta comunicación deberá incluir: 1. La parte del contrato a subcontratar. 2. El monto y el porcentaje de subcontratación. 3. El nombre o razón social del subcontratista, quien deberá ser un proveedor hábil inscrito en el Registro de Proveedores. Asimismo, el proveedor deberá notificar por escrito cualquier modificación en las prestaciones a cargo del subcontratista o en su identidad antes de la implementación de dichos cambios. En caso de cambiar de subcontratista, el proveedor deberá acreditar que el nuevo subcontratista cumple con los requisitos establecidos en esta cláusula. Para validar las subcontrataciones, el proveedor deberá remitir copia de los contratos celebrados con los subcontratistas al administrador del contrato de JUNAEB. La subcontratación no podrá utilizarse para ceder el contrato. La responsabilidad por el cumplimiento total y adecuado de las obligaciones contractuales recae exclusivamente en el proveedor. Este será responsable por cualquier incumplimiento del subcontratista, sin que se genere vínculo jurídico alguno entre el subcontratista y JUNAEB, salvo excepciones legales. En caso de que el proveedor o subcontratista no acrediten oportunamente a JUNAEB el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales o previsionales, JUNAEB podrá retener los montos adeudados al proveedor o subcontratista para destinarlos al pago directo de dichos compromisos, según corresponda. En los casos en que se acuerde la ejecución parcial del contrato por terceros, se aplicará lo dispuesto en los artículos 183-C y 183-D del Código del Trabajo, asegurando la correcta protección de los derechos laborales y previsionales de los trabajadores.
21. OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
El proveedor deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la ejecución del contrato. Todo el personal que el proveedor emplee en la ejecución del contrato será provisto por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el proveedor se obliga desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
22. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, independientemente del rol que desempeñen en los procesos asociados, deberán guardar estricta confidencialidad respecto de toda la información derivada del mismo, con especial énfasis en los datos personales. De conformidad con el literal f) del artículo 2 de la Ley N.º 19.628, se entiende por dato personal: “cualquier información vinculada o referida a una persona natural identificada o identificable. Se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante uno o más identificadores, tales como el nombre, el número de cédula de identidad, el análisis de elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona”. Además, se deberá observar estrictamente el Principio de Confidencialidad, establecido en el literal h) del artículo 4 de la Ley N.º 19.628, que exige lo siguiente: “El responsable de datos personales y quienes tengan acceso a ellos deberán guardar secreto o confidencialidad acerca de los mismos. El responsable establecerá controles y medidas adecuadas para preservar el secreto o confidencialidad. Este deber subsiste aún después de concluida la relación con el titular”. Asimismo, el proveedor y su personal deberán garantizar el cumplimiento de la Ley N.º 21.719, que establece medidas reforzadas de seguridad para el tratamiento de datos personales, especialmente aquellos considerados sensibles, como información biométrica, datos de menores de edad o cualquier otro que pueda comprometer derechos fundamentales. El incumplimiento de las obligaciones dispuestas en esta cláusula será considerado una causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales aplicables. En particular, el tratamiento indebido de datos personales podrá ser sancionado de acuerdo con las disposiciones del Título VII de las infracciones y sus sanciones, de los procedimientos y de las responsabilidades de la Ley N.º 19.628.
23. PROPIEDAD
Será propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo, será propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo, por tanto, el proveedor realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB. JUNAEB podrá solicitar la devolución de información y/o productos cuando lo estime necesario, en cualquier etapa del contrato y hasta 180 días corridos posteriores a la vigencia del mismo, sean estos generados en la ejecución del contrato o por terceros. Todos los proveedores deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de JUNAEB”, publicada en la página https://www.junaeb.cl/regula-oferentes. Los datos personales no podrán conservarse por más tiempo del necesario para llevar a cabo la finalidad para la que fueron solicitados. En cada actuación de personas particulares o instituciones públicas o privadas, que involucre a niñas, niños y adolescentes, se debe considerar de manera primordial, el interés superior de los niños. El proveedor deberá otorgar estricto cumplimiento a lo señalado en el artículo 64 de la Ley 21.430 Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia el cual establece: “Deber de reserva y confidencialidad. “Los organismos, entidades e instituciones públicas y privadas actuarán con la obligada reserva en el ámbito de la atención y protección a la infancia y la adolescencia, adoptando las medidas oportunas para garantizar la efectividad de su derecho a la vida privada, a la honra y propia imagen en el tratamiento confidencial de la información con la que cuenten y de los registros en los que conste dicha información”. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato.
24. INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los trabajadores del contratista se involucren en una relación directa e indirecta con menores de edad y teniendo en cuenta la Ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro mensualmente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada mensualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB. Será responsabilidad de la contraparte técnica de JUNAEB, verificar el cumplimiento de lo descrito anteriormente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.