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9. REQUERIMIENTOS TECNICOS Y OTRAS CLAUSULAS |
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9. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
9.1. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En caso de producirse Igualdad de Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación:
Lugar
Nombre del Factor
1º Precio
2º Experiencia en Obras Viales
3º Experiencia laboral del profesional
4º Cumplimiento de los Requisitos formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
9.2. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.
9.3. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTOS DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Será requisito obligatorio la presentación por parte del oferente del Anexo Nº 1 firmado por el Representante Legal, donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
En caso de no cumplir con este punto, su presentación podrá ser solicitada en el foro inverso, con la rebaja en la evaluación respectiva. Si a pesar de esta solicitud, el oferente no entrega el documento, la oferta del proveedor no será considerada en el proceso de evaluación.
9.4. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega dos (2) días hábiles para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público, se permitirá la presentación de los documentos para contratar siempre que estos hayan sido obtenido con anterioridad a la fecha de cierre de la licitación.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, los revisores de ofertas tendrán en cuenta los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
9.5. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.6. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, [en adelante UTP], y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3, de estas Bases). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos según sea el caso:
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal, deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal, no deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/24 y encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.7. FORMA DE COTIZACIÓN
Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
De conformidad al artículo 18° de la Ley 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en el punto Nº 4.2 de las presentes Bases Administrativas. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases Administrativas.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS FOMULARIOS DEL N°1 AL N°3) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASI COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. En caso de que el valor neto presentado en el Portal Mercado Público difiera del valor neto estipulado en el Anexo Nº 2 del oferente, se consideraran como valido el valor ingresado al Portal.
c. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas determinadas qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el punto 9.10.2 de las presentes Bases Administrativas, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta (art. 181, Decreto Supremo de Hda. 661/24).
d. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en esta bases, con el fin de facilitar el proceso.
e. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Circulares Aclaratorias si las hubieren. Serán de exclusivo cargo de los oferentes todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación de los antecedentes exigidos en las Bases Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de éstos.
f. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
9.8. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 45 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.9. PRECIOS MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes seguros gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entregar el producto en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste durante todo el periodo del contrato.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas escogerán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
9.10. CONTRAPARTE TECNICA
Actuará como contraparte técnica de la presente adquisición el Departamento de Conservación de la Dirección de Vialidad Cauquenes, dependencia encargada de velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme del servicio y evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección Chile compra.
La Dirección de Vialidad no será responsable por accidentes ocurridos durante la ejecución de estos trabajos, por lo que el contratista deberá adoptar todas las medidas de seguridad que el trabajo requiere.
9.11. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serás evaluadas por una comisión designada para este fin la cual estará conformada por los
Siguientes funcionarios:
Nombre: Ronald Moya González; R. U. T.: 12.792.665-4; función: Asistente Adm de Conservación, Vialidad
Cauquenes
Nombre: Javier Moya Saavedra; R. U. T.: 14.225.775-0; función: Encargado Reperfilado Provincial, Vialidad Cauquenes.
Nombre: Viviana Miño Salazar; R. U. T.: 18.160.943-5; función: Asistente técnico de Conservación, Vialidad Cauquenes.
SUBRROGANTE
Nombre: Juan Carlos Moya Saavedra; R. U. T.: 15.712.309-2; función: Analista Experto en Prevención de riesgos y salud ocupacional, Vialidad Cauquenes.
Nombre: Herman Vásquez Lobos; R. U. T.: 14.284.354-4; función: Jefe Área Personal, Vialidad Cauquenes.
Los evaluadores de ofertas tomarán conocimiento de la información de mercado obtenida para la confección de las correspondientes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la presente adquisición, señalada en el artículo 13 del Decreto Supremo de Hacienda N°661/24.
9.11.1. Procedimiento de Evaluación:
a. Los revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
b. Los revisores de ofertas propondrán declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumpla con la presentación de la documentación señalada en el punto 9.6 de las presentes Bases Administrativas, en el caso de las UTP y con la presentación de los ANEXOS N°2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.11 (Derecho a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas Bases Administrativas.
c. Los revisores de ofertas propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9°de la Ley 19886.
• Cuando no se presenten ofertas o
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 55° del D.S. del Ministerio de Hacienda N°661/24.
d. Los revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.10.2. de las presentes Bases Administrativas.
e. Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el punto 3.8 de las presentes Bases Administrativas, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
f. Los revisores de ofertas rechazarán las ofertas que no cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 57° del D.S. del Ministerio de Hacienda N°661/24.
9.11.2. Factores de Evaluación
Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:
• Precio: Máximo 60 puntos
• Título, Curso solicitado y experiencia laboral
del Profesional o Técnico de Nivel Superior: Máximo 15 puntos
• Experiencia en obras viales: Máximo 20 puntos
• Cumplimiento de Requisitos Formales: Máximo 5 puntos
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido en cada uno de los factores anteriores, considerando una escala proporcional donde 100 puntos equivalen a 100%.
Puntaje total máximo de la oferta: 100 puntos
A. PRECIO ( Máximo 60 Puntos):
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje = Precio Ponderado Mínimo Ofertado en el Proceso x 60
Precio Ponderado de la Oferta en Análisis
Donde:
Precio Ponderado de la Oferta en Análisis = V1 + V2 + V3
Ítem Descripción Unidad Factor
1 Servicio de topografía. gl V1
Observación:
(1) Para el caso del Ítem 1: “Servicio de topografía”, el monto a pagar corresponderá a un valor de 03 meses de contrato, por tanto, el pago total se dividirá en 03 y se pagara de manera mensual.
B. EXPERIENCIA LABORAL DEL PROFESIONAL O TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR. (máximo 15 puntos)
El oferente deberá presentar el currículum vitae del Profesional o Técnico a cargo de los Servicios de Topografía durante la prestación del Servicio y una copia de su título, detallando los trabajos con fecha de inicio y término de cada obra y/o asesoría realizada en que haya participado, los cuales deberán ser acreditados mediante certificados, resoluciones, oficios, contratos, convenios, liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios u otros documentos formales donde conste su participación. La experiencia laboral se considerará a partir de la obtención del título y se otorgará puntaje al oferente de acuerdo a la siguiente tabla:
Título presentado Experiencia acreditada Puntaje
Ingeniero de Ejecución en Geomensura Mayor o igual a 10 años. 15
Mayor o igual a 8 años y menor a 10 años. 10
Mayor o igual a 6 años y menor a 8 años. 5
Menor a 6 años o no acredita experiencia. 1
Técnico de Nivel Superior en Topografía Mayor o igual a 20 años. 15
Mayor o igual a 15 años y menor a 20 años. 10
Mayor o igual a 10 años y menor a 15 años. 5
Menor a 10 años o no acredita experiencia. 1
Por las características del servicio a contratar, sólo se aceptarán currículums de Ingenieros de Ejecución en Geomensura y Técnicos de Nivel Superior en Topografía con los cursos solicitados. En caso de que el oferente presente un profesional o técnico con un título distinto a los indicados anteriormente, su oferta será declarada inadmisible, esto dadas las características técnicas del Servicio y que requieren de los conocimientos teóricos y prácticos que son propios de estas carreras.
C. EXPERIENCIA EN OBRAS VIALES (Máximo 20 puntos).
Se analizará la experiencia en trabajos de similares características en obras viales, prestando servicios de asesoría y/o autocontrol en obras y/o proyectos de estudio, acreditados mediante certificados, resoluciones, oficios, contratos, convenio, liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios u otros documentos formales donde conste su participación. Se considerará sólo la experiencia del Ingeniero en Geomensura, Ingeniero de Ejecución en Geomensura o Técnico de Nivel Superior en Topografía presentado, a partir de la obtención del título, y se otorgará puntaje al oferente de acuerdo a la siguiente tabla:
Experiencia en obras viales Puntaje
Experiencia acreditada en servicios de topografía en obras viales mayor a 10 años. 20
Experiencia acreditada en servicios de topografía en obras viales mayor o igual a 5 años y menor a 10 años. 10
Experiencia acreditada en servicios de topografía en obras viales mayor o igual a 1 año y menor a 5 años. 5
Experiencia acreditada en servicios de topografía en obras viales menor a 1 año o no acredita experiencia. 1
D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que la información requerida se haya producido, se haya generado u obtenido o sea consecuencia de hechos anteriores al vencimiento del plazo para presentar ofertas y/o se refieren o certifican situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público. Cabe señalar, que esto no incluye la presentación de los Anexos N°2 y N°3, los cuales, si no son presentados antes del cierre de la licitación, implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
El puntaje por este criterio se asignará según el siguiente cuadro:
Nivel de cumplimiento en la entrega de antecedentes Puntaje
Cumple con entregar antes del cierre de la licitación, Anexos, Formularios y documentos legales que correspondan a su oferta. 5
Cumple con entregar después del cierre, según plazos establecidos, Anexos, formularios y documentos legales correspondientes a su oferta. 1
Si el oferente no entrega la totalidad de los antecedentes solicitados por foro inverso la oferta no será evaluada.
9.12. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, los revisores podrán solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 56° del D.S. Hda. N° 661/24.
Las aclaraciones se solicitarán se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Desde la fecha de publicación en el Portal, los revisores de ofertas podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
9.13. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando éstas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.
9.14. DERECHO A VARIACIÓN DE CANTIDADES
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 30% del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, en la adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad, el plazo de entrega de los adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante carta respuesta a la solicitud de precisión que podrá realizar la Dirección de Vialidad durante el estudio de las ofertas; el plazo de entrega de esta parcialidad podrá ser distinto al de la oferta original y no afectará la evaluación correspondiente.
9.15. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades de servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: Chileproveedores, antes de suscribir el Contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes Bases Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
9.15.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte orden de compra
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra
d. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl
e. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes 9.17 de las presentes Bases Administrativas.
La Dirección de Validad podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el punto 9.17. de las presentes Bases Administrativas,
9.16. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 9 del Reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación y deberá presentarse en un plazo máximo de 10 días hábiles a la firma del contrato respectivo.
9.17. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a una nueva adjudicación.
9.18. CESIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.19. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentarse ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl, y formarán parte integral de las bases y obligarán su cumplimiento a todos los proponentes.
9.20. GESTIÓN DEL CONTRATO
9.20.1. Firma del Contrato
De acuerdo a cláusula 3.7 de las presentes bases.
9.20.2. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor en el registro ChileProveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil al momento de la postulación.
Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado del Contrato.
9.20.3. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a considerar, son:
• Oportunidad de entrega de los productos o servicios
• Calidad
• Cumplimiento especificaciones técnicas
• Desempeño en general
9.21. VIGENCIA DEL CONTRATO
El servicio licitado, tendrá una duración de 3 meses, a partir de la fecha de suscripción del contrato respectivo, el que funcionara durante todo el año 2025 pudiendo solicitarse el servicio parcializado pero siempre como mínimo un mes de trabajo, lo cual se solicitara con 15 días de anticipación para que el proveedor adjudicado tenga el tiempo de coordinarse y poder cumplir con los trabajos de topografía que se le solicitarán.
Asimismo, por motivos fundados la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al correspondiente contrato mediante notificación por escrito a la empresa, con una anticipación no inferior a 30 días, en cuyo caso la empresa prestadora de servicios no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización. Si la empresa notifica la caducidad del contrato al M.O.P., éste podrá hacer efectiva la boleta de garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en las presentes bases, así como también las contenidas en el Art. 130 del decreto Nº661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley Nº 19.886.
Por razones de buen servicio, la prestación de los servicios, podrá iniciarse a contar de la firma del contrato, no obstante, su pago estará condicionado a la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato suscrito entre las partes.
9.22. FORMA DE PAGO
El pago al proveedor se realizará dentro los 30 días corridos, posteriores a la presentación de la factura, previa recepción conforme de la totalidad de servicio facturado. Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago
840 REG_7_DIRECCION_DE_VIALIDAD CAUQUENES
En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los productos o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Catedral N°640 Cauquenes Región del Maule
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
En caso de que el proveedor requiera el depósito de su pago, deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP.
9.23. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cabal cumplimiento a lo estipulado en las Bases Administrativas y/o las Bases Técnicas y/o contrato, salvo en casos que sean considerados como de fuerza mayor por la Dirección de Vialidad, quedando facultada la Dirección de Vialidad para poner término anticipado al convenio.
9.24. SANCIONES
9.24.1. Multas
Multa por atraso en el inicio del servicio.
En caso de que el Servicio de Topografía no se inicie dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de notificación de la emisión de la orden de compra a través del portal www.mercadopúblico.cl., se procederá a aplicar una multa diaria de 1 UTM por cada día de atraso sobre este plazo, con un máximo de 20 días. Una vez cumplido este plazo, y si así conviniera al interés fiscal, se procederá a evaluar el término anticipado del Contrato con el respectivo cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.
Multa por no presentación del profesional o técnico de nivel superior a cargo del servicio de topografía.
Si la empresa adjudicada no se presenta en las Instalaciones de Faenas o en el sector en terreno en que se lo solicitó la Inspección Fiscal, con el Profesional o Técnico de Nivel Superior a cargo del Servicio, se aplicará la multa que corresponda de acuerdo a la siguiente tabla:
Días hábiles de no presentación (mensual) Multa
1 2,0 UTM
2 4,5 UTM
3 7,5 UTM
4 11,0 UTM
5 15,0 UTM
6 o más días 30,0 UTM y se procederá a dar término anticipado al Contrato.
La cuantificación de días hábiles de no presentación se hará mensualmente según mes calendario y las multas indicadas en la tabla no se aplican necesariamente a días consecutivos. Una vez contabilizado el incumplimiento y las multas correspondientes a un mes calendario, al mes siguiente se reiniciará la contabilización de días de incumplimiento, no sumándose éstos al período anterior para efectos de cálculo de la multa acumulada. La multa por este incumplimiento se hará efectiva en cada pago mensual.
En caso de término anticipado del Contrato, se procederá al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Multa por no presentación de los Alarifes del Servicio de Topografía.
Si la empresa adjudicada no se presenta en las Instalaciones de Faenas o en el sector en terreno en que se lo solicitó la Inspección Fiscal, con el personal mencionado y exigidos en las presentes Bases de Licitación, o del personal adicional que se haya solicitado emplear en trabajos específicos por períodos acotados de tiempo por parte de la Inspección Fiscal, se aplicará una multa diaria correspondiente a 1,0 UTM diarias por no presentación de cada uno de los Alarifes requeridos.
La cuantificación de días hábiles de no presentación se hará mensualmente según mes calendario y las multas indicadas no se aplican necesariamente a días consecutivos. Una vez contabilizado el incumplimiento y las multas correspondientes a un mes calendario, al mes siguiente se reiniciará la contabilización de días de incumplimiento. La multa por este incumplimiento se hará efectiva en cada pago mensual.
Multa por no mantener vigente la certificación de la calibración de equipos topográficos.
Si al momento de iniciar el Servicio de Topografía, la empresa adjudicada no presenta los certificados de calibración vigentes de los equipos exigidos en las presentes Bases de Licitación y/o durante el transcurso del Contrato alguno de estos equipos pierde la vigencia de su certificado de calibración sin ser actualizada, se aplicarán las multas que se señalan a continuación:
Equipo Multa diaria por cada día de certificación no vigente
GPS 1,5 UTM
Estación Total 1 UTM
Nivel 0,5 UTM
Sin perjuicio de la aplicación de multas que se señalan en tabla anterior, si la Inspección Fiscal lo estima pertinente, se podrán rechazar los trabajos ejecutados con equipos sin certificación y no proceder al pago de todos los recursos que se hayan empleado durante la ejecución de los trabajos desarrollados con dicho equipo durante el período que no tuvo su certificación de calibración vigente y/o de los trabajos que tengan como base los datos generados u obtenidos a través del equipo no calibrado.
Incumplimiento reiterado por la no presentación del personal y/o incumplimiento del horario de trabajo.
En caso de que el personal de la empresa adjudicada incumpla reiteradamente las exigencias en cuanto a la presentación de los trabajadores y/o al cumplimiento del horario de trabajo exigido en las presentes Bases de Licitación, la Inspección Fiscal evaluará el dar término anticipado al Contrato y proceder al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
9.24.2. Cobro de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El adjudicatario podrá ser sancionado por la Dirección de Vialidad, con el cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada en los siguientes casos:
Si dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores o la aplicación de una multa, el adjudicatario, no paga la multa o no manifiesta que ésta sea descontada de la factura.
Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Inspector Fiscal que, en el ejercicio de sus responsabilidades hubiere constatado algunos de los incumplimientos precedentes, deberá confeccionar un informe de la situación y notificar por oficio al adjudicatario, indicando el incumplimiento y la procedencia de aplicar la sanción de cobro de la garantía, señalando con precisión los hechos y fundamentos de la misma.
Tras la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos y, con el mérito de ellos o habiendo transcurrido el plazo sin que hubiere formulado descargos, el Inspector Fiscal remitirá todos los antecedentes conforme lo indicado en el numeral 9.27 sobre Solución de Controversia.
Notificada la resolución que ordena el cobro de la garantía, se hará efectiva, sin que sea necesario formular requerimiento alguno al contratante, ni emitir una nueva resolución que lo disponga. En caso que además del cobro de la garantía proceda el término anticipado del contrato, la misma resolución dispondrá el término del contrato y el cobro de la garantía.
No procederá el cobro de la garantía multa si el incumplimiento se debe a caso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o la fuerza mayor, será calificado como tal por la Dirección de Vialidad, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
9.24.3 Termino Anticipado del Contrato y modificaciones
De acuerdo al Artículo 130 D.S. de Hacienda Nº661 del 2024 y sus modificaciones.
La Dirección de Vialidad podrá dar término al contrato, con aviso a través de notificación por escrito de hasta 15 días de antelación a la fecha en que se verificará el término y podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento:
1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad de período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Además de resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Adoptada la medida del término anticipado del contrato, la Dirección de Vialidad podrá ejercer las demás acciones legales que proceden a fin de exigir el pago íntegro de las obligaciones contraídas, con las indemnizaciones por los daños y perjuicios que procedan.
No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o de fuerza mayor, calificada así por la Dirección de Vialidad mediante resolución fundada. Asimismo, no procederá la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento antes señalada, en caso que el Contrato se termine de manera anticipada, de común acuerdo entre las dos partes.
Si la Dirección de Vialidad notifica el término del contrato, dentro de los plazos establecidos, el adjudicatario no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
La resolución fundada que disponga la terminación anticipada del contrato, será publicada en el Sistema de Información a más tardar 2 días hábiles después de dictada.
9.25. MODIFICACIÓN Y TERMINO DEL CONTRATO
El Contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda N° 661 del año 2024 y sus modificaciones.
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del Contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de 6 meses.
9.26. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) LA EMPRESA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la entrega del producto o prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) LA EMPRESA, durante su gestión y mientras dure el Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMPRESA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en la Dirección de Vialidad y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por LA EMPRESA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la entrega de productos o prestación del servicio que se contrata, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
9.27. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación, cumplimiento o término del presente Contrato, deberá ser derivada al Jefe del Departamento de Conservación y Administración Directa de Provincia de Curicó para dirimir al efecto, quien lo enviará si fuere necesario a la Fiscal del MOP, sin perjuicio de las atribuciones legales, que le correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
9.28. NORMAS LABORALES
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 4 de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183- C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
Con la finalidad de proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñan en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el contratista deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley Nº 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales indicadas en el párrafo anterior, se deberá asegurar el complimiento de las disposiciones señaladas y que serán auditadas por la Dirección de Vialidad a través de su unidad de Prevención de Riesgos.
El oferente adjudicado establecerá, en un reglamento Interno de Higiene y Seguridad, debidamente autorizado por la Dirección del Trabajo, las condiciones de control de seguridad de sus trabajadores en el marco del contrato (revisión de los efectos personales de sus trabajadores cuando esta le sea requerida por los Coordinadores Operativos), sin afectar los derechos constitucionales de los mismos, derivados de su dignidad, honra y privacidad.
9.29. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE ADJUDICADO
Con la finalidad de proteger la vida y salud de sus trabajadores que se desempeñan en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el contratista deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales indicadas en el párrafo anterior, se deberá asegurar el complimiento de las disposiciones señaladas y que serán auditadas por la Dirección de Vialidad a través de su unidad de Prevención de Riesgos.
En un plazo no superior a 15 días hábiles, contados desde el inicio de la vigencia del Contrato que se suscriba, se concertará una reunión a la que deberá asistir el Adjudicatario, su experto en prevención de riesgos, el Prevencionista de Riesgos de la Dirección de Vialidad y el Coordinador General. En dicha reunión, se darán a conocer los lineamientos establecidos por la Unidad de Prevención de Riesgos, en función del rol de Empresa Principal que le compete y se establecerán los mecanismos de fiscalización para el cumplimiento de lo establecido precedentemente.
9.30. INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.31. INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.32. DÍAS INHÁBILES
Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
9.33. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
Los adjudicatarios que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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