|
9. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS |
|
11.1. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En caso de producirse Igualdad de Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación:
Lugar
Nombre del Factor
1º Precio
2º Capacidad de entrega
3º Anexo N°4 de Certificado de Calidad del Material
4º Cumplimiento de los requisitos
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
11.2. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.
11.3. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTOS DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Será requisito obligatorio la presentación por parte del oferente del Anexo Nº 1 firmado por el Representante Legal, donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
En caso de no cumplir con este punto, su presentación podrá ser solicitada en el foro inverso, con la rebaja en la evaluación respectiva. Si a pesar de esta solicitud, el oferente no entrega el documento, la oferta del proveedor no será considerada en el proceso de evaluación.
11.4. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega dos (2) días hábiles para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público, se permitirá la presentación de los documentos para contratar siempre que estos hayan sido obtenido con anterioridad a la fecha de cierre de la licitación.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, los revisores de ofertas tendrán en cuenta los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
11.5. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
11.6. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, [en adelante UTP], y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3, de estas Bases). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos según sea el caso:
• Proveedores no inscritos en Chileproveedores: deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal, deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal, no deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 41° del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/2024 (Reglamento de la Ley N° 19.886) y encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
11.7. FORMA DE COTIZACIÓN
Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
De conformidad al artículo 18° de la Ley 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en el punto Nº 4.2 de las presentes Bases Administrativas. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases Administrativas.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS FOMULARIOS DEL N°1 AL N°5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASI COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. En caso de que el valor neto presentado en el Portal Mercado Público difiera del valor neto estipulado en el Anexo Nº 2 del oferente, se consideraran como valido el valor ingresado al Portal.
c. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas determinadas qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el punto 11.6 de las presentes Bases Administrativas, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta (art. 40, Decreto Supremo de Hda. 661/2024).
d. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en esta bases, con el fin de facilitar el proceso.
e. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Circulares Aclaratorias si las hubieren. Serán de exclusivo cargo de los oferentes todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación de los antecedentes exigidos en las Bases Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de éstos.
f. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
11.8. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
11.9. PRECIOS MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes seguros gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entregar el producto en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas escogerán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
11.10. CONTRAPARTE TECNICA
Actuará como contraparte técnica de esta contratación un funcionario (a) de la Dirección de vialidad Provincia de Cauquenes -Región del Maule, quien deberá realizar la recepción conforme del Servicio, velar por el fiel cumplimiento del contrato y evaluar el comportamiento del proveedor. Visará la documentación de pago la autoridad que tenga las atribuciones correspondientes.
Las funciones de la Inspección Fiscal del Contrato que se desprenda de la presente licitación serán, en términos generales las siguientes:
A. Será el responsable de dar cumplimiento a lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y certificará el pago en parcialidades, mediante Memorándum.
B. Velara por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
C. Mantener actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
D. Revisar y aprobar la documentación de pago, considerando las eventuales multas.
E. Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Unidad de Presupuesto (Abastecimiento).
F. Desarrollar todas las acciones tendientes al control y gestión que facilite la ejecución del contrato.
Durante la vigencia del Contrato la Contraparte Técnica exigirá la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, quedando la Dirección de Vialidad, facultada, en caso de detectarse incumplimientos, para poner término anticipado al Contrato.
La documentación antes mencionada deberá ser enviada por el adjudicatario a la Contraparte Técnica, quien revisará para posteriormente proceder al pago de la factura, siempre y cuando cumpla con toda la documentación, de lo contrario la factura será reclamada en el sistema del SII
11.11. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas por tres (3) funcionarios públicos de la Dirección de Vialidad Región del Maule, del Ministerio de Obras Públicas. Los evaluadores de ofertas podrán requerir las asesorías y los antecedentes que estimen pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de Ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
Los evaluadores de ofertas tomarán conocimiento de la información de mercado obtenida para la confección de las correspondientes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la presente adquisición, señalada en el artículo 9 del Decreto Supremo de Hacienda N°661/2024
11.11.1. Procedimiento de Evaluación:
a. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
b. Los revisores de ofertas propondrán declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumpla con la presentación de la documentación señalada en el punto 11.7 de las presentes Bases Administrativas, en el caso de las UTP y con la presentación de los ANEXOS N°1, N°2, N°3, N°4 y N°5, indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.11 (Derecho a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas Bases Administrativas.
c. Los revisores de ofertas propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9°de la Ley 19886.
• Cuando no se presenten ofertas.
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 54° del D.S. del Ministerio de Hacienda N°611/2024.
d. Los revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 11.11.2. de las presentes Bases Administrativas.
e. Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el punto 3.8 de las presentes Bases Administrativas, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
f. Los revisores de ofertas rechazarán las ofertas que no cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 45 del D.S. del Ministerio de Hacienda N°661/2024
11.11.2. Criterios de Evaluación
Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:
A. PRECIO: 60 PUNTOS.
B. CAPACIDAD DE ENTREGA: 15 PUNTOS.
C. ANEXO 4 SOBRE CERTIFICADO DE CALIDAD DEL MATERIAL: 15 PUNTOS.
D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: 10 PUNTOS.
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido en cada factor descrito precedentemente.
Puntaje total máximo de la oferta: 100 puntos
A. PRECIO (MÁXIMO 60 PUNTOS).
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula siguiente:
I = P mín. x I máx.
P
Donde:
I: puntaje de la oferta, la cual se expresará con dos decimales,
P mín.: precio de la oferta de menor costo,
P: precio de la oferta en evaluación,
I máx.: puntaje máximo correspondiente a este criterio.
El puntaje se expresará en dos decimales, sin redondeo.
B. CAPACIDAD DE ENTREGA (MÁXIMO 15 PUNTOS).
Los oferentes deberán indicar y acreditar su capacidad máxima de entrega diaria, expresada en metros cúbicos (M3), la cual no podrá ser inferior a 400 M3 diarios, conforme al solicitado en el Anexo N°3
Las ofertas que no indiquen capacidad o que indiquen una capacidad inferior a 400 M3 diarios serán declaradas inadmisibles.
La evaluación se efectuará según la capacidad máxima diaria ofrecida, conforme a la siguiente tabla:
Capacidad máxima de entrega diaria (M3) Puntaje asignado
Mayor o igual a 400 M3 y menor a 500 M3 1
Mayor o igual a 500 M3 y menor a 600 M3 5
Mayor o igual a 600 M3 15
C. ANEXO N°4 DE CERTIFICADO DE CALIDAD DEL MATERIAL (Uno por cada lugar de extracción áridos) (MÁXIMO 15 PUNTOS).
Se revisará el cumplimiento de los antecedentes técnicos, conforme al Anexo N°4 sobre certificado de calidad del material (uno por cada lugar de extracción áridos) de la siguiente forma:
Especificaciones Puntaje
Presenta Anexo N°4 sobre Certificado de Calidad de Material (uno por cada lugar de extracción áridos), y cumple con: a) las especificaciones técnicas del material; b) adjunta documento que acredita la licencia de laboratorista vial (clase A o clase B); c) firma del laboratorista vial acreditado (vigente).
15
Presenta Anexo N°4 de Certificado sobre Calidad de Material (uno por cada lugar de extracción áridos), y cumple con: a) las especificaciones técnicas exigencias del material; b) adjunta documento que acredita la licencia de laboratorista vial (clase A o clase B); c) firma del laboratorista vial acreditado (vigente). No obstante lo anterior, el oferente omite la siguiente información sobre: nombre del Laboratorista Vial acreditado, Cédula de identidad, número de la licencia y clase de la licencia (clase (CLASE A o CLASE B), fecha de vigencia (debe encontrarse vigente al momento de la presentación de la oferta o con algún antecedente que no sea claramente legible de los indicados anteriormente. En dicho caso, la comisión evaluadora solicitará la información faltante por foro inverso con la rebaja en el puntaje de evaluación respectivo.
Esto no considera la firma del laboratorista Vial (CLASE A o CLASE B), la que deberá ser obligatoria, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible.
1
No indica algún antecedente solicitado, no cumple con las exigencias del material, falte la firma del laboratorista vial acreditado (vigente) o no responda lo solicitado por foro inverso en los plazos establecidos.
No será evaluado
D. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (MÁXIMO 10 PUNTOS).
Especificaciones Puntaje
Cumple con entregar la totalidad de la documentación solicitada en las bases de licitación antes de la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas.
10
Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos, respuestas a consultas en foro inverso.
1
No cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las bases, respuestas a consultas en foro inverso.
Inadmisible
11.12. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, los revisores podrán solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 35 ter del D.S. Hda. N° 661/2024.
Las aclaraciones se solicitarán se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Desde la fecha de publicación en el Portal, los revisores de ofertas podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
11.13. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando éstas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.
11.14. DERECHO A VARIANCIÓN DE CANTIDADES
| La Dirección de Vialidad en caso debidamente justificado, se reserva el derecho de disminuir o aumentar las cantidades y plazo de entrega solicitadas hasta en un treinta por ciento (30%) del total de la oferta. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario o de los plazos ofrecidos por el oferente.
11.15. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad publicará la resolución de adjudicación en el Portal Mercado Público. Posteriormente, el adjudicatario deberá hacer entrega de la garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Portal Mercado Público, en el mismo acto se procederá a la suscripción del contrato. Finalmente, una vez que el contrato se encuentre suscrito con el adjudicatario, la Dirección de Vialidad podrá emitir la orden de compra a través del Portal Mercado Público, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del plazo de 24 horas contadas desde su publicación.
11.15.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte orden de compra.
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl
e. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado. Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes 9.17 de las presentes Bases Administrativas.
La Dirección de Validad podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el punto 11.17 de las presentes Bases Administrativas.
11.16. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del Reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público una vez que se encuentre totalmente tramitado el contrato. De lo contrario, la Dirección de Vialidad podrá cancelar dicha orden de compra.
En caso de que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través del Portal Mercado Público y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerara que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de enviada la orden de compra.
11.17. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva.
No obstante lo señalado procedentemente, en caso de existir un único oferente, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Este hecho deberá ser expresamente autorizado por la Contraparte Técnica y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
11.18. CESIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
11.19. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentarse ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl, y formarán parte integral de las bases y obligarán su cumplimiento a todos los proponentes.
11.20. GESTIÓN DEL CONTRATO
11.20.1. Firma del Contrato
De acuerdo a cláusula 3.7 de las presentes bases.
11.20.2. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el registro ChileProveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario deberá presentar documentación que acredite el pago de las obligaciones laborales y previsionales para el pago correspondiente.
11.20.3. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a considerar, son:
• Oportunidad de entrega de los productos o servicios.
• Calidad.
• Cumplimiento especificaciones técnicas.
• Desempeño en general
11.21. VIGENCIA DEL CONTRATO
El período de vigencia del contrato comenzará a contar desde la fecha de su firma y se extenderá por un plazo de 120 días corridos, considerando que la entrega del material se efectuará de manera parcial, sin que sea requerida la totalidad en una sola oportunidad.
No obstante, el contrato podrá darse por terminado de forma anticipada en caso de alcanzarse el monto total adjudicado antes del vencimiento del plazo de vigencia establecido.
11.22. FORMA, LUGAR, FECHA, HORARIO Y CANTIDAD (M3) DE ENTREGA DEL MATERIAL
11.22.1 ENTREGAS PARCIALES.
a) Cada entrega parcial del suministro de material adjudicado, se descargará en el lugar (kilometraje y ruta), fechas y horarios específicos, establecidos en requerimiento efectuado por el inspector fiscal del contrato, en forma previa a cada entrega. Dichas entregas parciales, se efectuarán por camiones que disponga el adjudicatario, en volúmenes mínimos de entrega de 400 M3 diarios. Cada requerimiento de entrega parcial, requerida por el inspector fiscal del contrato, no podrá ser inferior a 1.200 M3.
El oferente deberá indicar la capacidad de entrega mínima diaria, (que no podrá ser inferior a 400 m3), en el Anexo N°3 de su postulación; en caso contrario la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada por tratarse de un elemento esencial de la presente licitación pública.
b) Para coordinar cada entrega parcial, el inspector fiscal del contrato, se comunicará por escrito (mediante correo electrónico institucional), con el adjudicatario o el representante que éste designe; indicando expresamente la siguiente información: lugar específico (kilometraje y ruta); fecha (s); horario (s); y cantidad (m3). Dicha comunicación, se deberá realizar por el inspector fiscal del contrato, con una antelación mínima de 10 días corridos.
c) El Inspector Fiscal, podrá excepcionalmente solicitar (mediante correo electrónico institucional) una cantidad menor a la entrega mínima diaria (400 M3), en caso que la Dirección de Vialidad Provincial así lo requiera.
d) Para efectos de cualquier coordinación, gestión y solución de imprevistos ocurridos en la faena, el adjudicatario deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.
e) El proveedor adjudicado deberá reparar cualquier daño causado a terceros, (postes, línea aéreas, cierres perimetrales de predios, etc.), que pueda resultar producto de cada entrega del suministro de material.
f) El proveedor adjudicado deberá considerar en su propuesta un camión aljibe sin costo para la Dirección de Vialidad, el cual deberá estar disponible en caso de ser requerido por el Inspector Fiscal.
Dicho requerimiento es para mantener un control en la suspensión de polución en sectores habitacionales, producción agrícola o donde designe el Inspector Fiscal, en atención al tránsito del traslado del material. Lo anterior, deberá ser indicado expresamente en el Anexo N°3, en caso contrario su oferta será declarada inadmisible y no será evaluada por tratarse de un elemento esencial de la licitación pública.
g) Para el control de los volúmenes en la recepción del material en terreno, el proveedor deberá hacer entrega de una guía de despacho por cada camión, las cuales no se aceptarán con enmendaduras. Dichas guías de despacho se entregarán al receptor del material (Card-checker) designado por la Dirección de Vialidad, el que deberá emitir una planilla al Inspector Fiscal quién validará dicha entrega, cabe señalar que dicha quía indicará el lugar de procedencia del material.
La cubicación de los camiones tolva será realizada por el Inspector Fiscal, o un funcionario de la Dirección de Vialidad que se designe para tal efecto, y previo al inicio de la recepción del material, por lo que el proveedor deberá hacer entrega del listado de camiones que transportará el material para el suministro, con la capacidad de M³ y su respectiva placa patente única.
El proveedor, en caso de imprevisto o de fuerza mayor, podrá modificar el listado de camiones tolva, lo que deberá ser informado al inspector fiscal mediante correo electrónico dirigido a su casilla institucional, para proceder a la cubicación antes de iniciar la entrega del material que corresponda.
Se deberá coordinar día y horario con el proveedor para efectuar la cubicación de los camiones tolva, dichos resultados serán entregados al receptor del material (Card-checker) por el Inspector Fiscal del contrato, con el objeto de mantener el control permanente de dichas cubicaciones.
La recepción de material en terreno se efectuará mediante camión rasado, en caso contrario la diferencia del volumen detectada, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.
h) El transporte del material adquirido hacia la faena se realizará en camiones tolva protegidos con carpas, cumpliendo con la normativa vigente. El inspector Fiscal o el receptor del material, procederá al estricto rechazo de aquellos camiones sin compuerta, o que se ajusten en forma deficiente y que permitan el escurrimiento del material.
i) Dada la relevancia de mantener la seguridad vial en el área de trabajo (indicar expresamente en Anexo N°3), la empresa adjudicada deberá contar con el personal capacitado para realizar el control vial (Paleteros), sin costo adicional para el servicio. Este personal deberá estar equipado con equipo de protección personal y radiocomunicación para una coordinación de forma eficiente y velar por la seguridad de todos los usuarios, por lo tanto, también deberá incluir la señalización transitoria de obras viales o complementar las existentes.
11.22.2 INCUMPLIMIENTO PLAZO DE ENTREGA PARCIAL.
Si el adjudicatario no diere inicio a una entrega parcial, dentro del plazo establecido por el inspector fiscal del contrato; éste deberá cursar las multas establecidas en el numeral 11.29.2 de las bases administrativas.
11.22.3 PLAZO DE ENTREGA TOTAL.
El adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 120 días corridos para realizar el suministro total del material. Este plazo comenzará a contarse desde la fecha de suscripción del contrato, no pudiendo exceder dicho plazo bajo ninguna circunstancia. En caso de incumplimiento del plazo recién referido, éste se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor; en consecuencia, la Dirección de Vialidad podrá adoptar las medidas que estime pertinentes; incluyendo el término anticipado del contrato.
La entrega del suministro se efectuará de manera parcial, en el tiempo y conforme a lo estipulado en el numeral 11.22.1 de las presentes bases.
11.23 CERTIFICACIÓN ADICIONAL.
El Inspector Fiscal designado por la Dirección de Vialidad para el contrato, se reserva el derecho de solicitar al Laboratorio Regional de Vialidad, la Certificación de Calidad de los Materiales en cualquier etapa del contrato. En caso de no ejercer esta facultad, se tendrá por válida la información declarada por el adjudicatario en el Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (Uno por cada lugar de extracción áridos)”.
El Inspector Fiscal informará al adjudicatario, mediante correo electrónico, el día, horario y lugar en que el Laboratorio Regional de la Dirección de Vialidad, efectuará la toma de muestras, con el objeto de que éste pueda asistir a presenciar el proceso y conocer las condiciones en que se obtuvo dicha muestra.
La inasistencia del adjudicatario no invalidará la toma de muestra, ni el procedimiento realizado, dejándose constancia de la inasistencia, mediante correo electrónico emitido por el inspector fiscal del contrato, dirigido al adjudicatario.
En el caso que, los resultados de Laboratorio Regional de Vialidad, concluyan que el material entregado no cumple con lo solicitado en las especificaciones técnicas, el proveedor deberá realizar las correcciones o reemplazo; según requerimiento que efectúe el Inspector Fiscal del contrato. Dicho requerimiento, se efectuará mediante correo electrónico institucional, dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde el resultado conclusivo del Laboratorio Regional de Vialidad; y el proveedor deberá dar cumplimiento a lo requerido en un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la notificación de dicho requerimiento y, asimismo, deberá hacer entrega de un nuevo Certificado de Calidad del Material que acredite el cumplimiento de las especificaciones técnicas del contrato. El Inspector Fiscal podrá solicitar, nuevamente, al Laboratorio Regional de Vialidad que verifique la calidad del material conforme a las especificaciones técnicas.
En cada entrega parcial, el proveedor deberá entregar una guía de despacho por cada camión, la cual debe indicar expresamente el origen del material.
Si el proveedor realiza extracción de áridos de otro lugar sin entregar Certificado de Calidad del Material del nuevo lugar de extracción (solo si cambia), se considera un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor; y la Dirección de Vialidad podrá adoptar las medidas que estime pertinente; incluyendo el término anticipado del contrato.
11.24 FORMA DE PAGO
El pago de las facturas estará condicionado a que el material suministrado cumpla con las especificaciones técnicas y los requerimientos formulados por el Inspector Fiscal del contrato.
Los pagos podrán ser parcializados, siempre que el proveedor cumpla con los requisitos establecidos, incluyendo la presentación de:
1. El Inspector Fiscal deberá contar con Certificado de Calidad del Material en el transcurso del suministro este deberá ser adjuntado al memorándum enviado a GDPyP., para el respectivo pago.
2. El Inspector Fiscal deberá informar por escrito, adjuntando respaldos a la Jefatura Unidad Provincial Conservación por Administración Directa y Jefatura Administración Provincia, en caso de dar curso a la factura y pago del material suministrado, el cual será de forma parcializada, también deberá indicar en caso de existir multas asociadas.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago:
840-REG_07_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_CAUQUENES
En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los productos o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Catedral #640, Cauquenes - Región del Maule
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
En caso de que el proveedor requiera el depósito de su pago, deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP.
11.25 MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 88 de Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. de Hda. N°661/2024 del Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave:
• No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
• Efectuar la cesión del contrato.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las siguientes contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento genere un perjuicio a la Dirección de Vialidad, en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de Contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
• Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
• Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
• Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presente Bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, cursado mediante resolución fundada de la Autoridad Competente debidamente tramitada, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin derecho a indemnización.
11.25.1 Procedimiento Previo a la Declaración de Término Anticipado por mutuo acuerdo del contrato
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito con una anticipación no inferior a 10 días corridos.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad podrá hacer efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato.
Si es el MOP – Dirección de Vialidad, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (Proveedor) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
11.25.2 Suspensión O Paralización.
El plazo del contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, y siempre requerirá de un acto administrativo de la Dirección de Vialidad, que así lo establezca en forma expresa; en dicho caso el adjudicatario deberá mantener vigente la garantía respectiva hasta el término efectivo del plazo contractual.
Para efectos de dictar el acto administrativo que determine la suspensión o paralización, el inspector fiscal del contrato, deberá remitir mediante oficio dirigido al Jefe de Oficina Provincial o Director Regional, según corresponda, y siempre con copia a la Unidad de Compra Provincial; con todos los antecedentes que sirvan de fundamento para dicha determinación.
Dicha suspensión o paralización, solo se podrá fundamentar en casos justificados, tales como condiciones climáticas adversas; emergencias naturales; catástrofes; o cualquier caso fortuito o fuerza mayor que constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato, o que impida la correcta recepción de este servicio y/o suministro.
11.25.3 Retiro De Material.
En caso que el proveedor adjudicado no cumpla con las especificaciones técnicas del material suministrado y, además, no cumpla con las correcciones o reemplazo requeridas por el inspector fiscal del contrato, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación que realice el Inspector Fiscal mediante correo electrónico institucional; entonces se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario; y la Dirección de Vialidad podrá adoptar las medidas que estime pertinente; incluyendo el término anticipado del contrato. Asimismo, la Dirección de Vialidad, a partir del día 11 (once), podrá iniciar los trabajos que estime pertinente en el camino, sin asumir responsabilidad alguna por el material que no haya sido retirado por el proveedor adjudicado dentro del plazo recién referido. Lo anterior, se fundamenta en la necesidad de mantener el camino en adecuadas condiciones de transitabilidad y seguridad vial, siendo de cargo exclusivo del adjudicatario todos los costos, riegos y consecuencias derivados del incumplimiento, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondan conforme a las bases y la normativa.
11.25.4 Incumplimiento Del Contrato
Se considerará incumplimiento del contrato, cuando el proveedor no otorgue cabal cumplimiento tanto al contrato propiamente, como a la normativa que regula dicho contrato (Ley N° 19.886 y Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda), y asimismo, a las disposiciones contenidas en las bases administrativas y/o especificaciones técnicas; salvo en casos de caso fortuito o fuerza mayor, los que siempre deberán ser calificados por la Dirección de Vialidad.
Los incumplimientos serán causal para la aplicación de las multas conforme al numeral 11.29.2 de las bases administrativas, e inclusive, la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado del contrato conforme a las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente del adjudicatario, en caso de recaer en una persona natural; y en caso de una persona jurídica, la extinción de la personalidad jurídica.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, conforme a lo dispuesto en las presentes bases, o bien, en el contrato propiamente tal.
d) El estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. En tal caso, la Dirección de Vialidad, sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás establecidas en la ley, en las presentes bases de la licitación o en el contrato propiamente tal.
11.26 Responsabilidad Del Oferente Adjudicado
Con la finalidad del proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñan en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, durante la ejecución delas tareas encomendadas, el proveedor deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales indicadas en el párrafo anterior, se deberá asegurar el complimiento de las disposiciones señaladas y que serán auditadas por la Dirección de Vialidad a través de su unidad de Prevención de Riegos.
El oferente adjudicado establecerá en un reglamento interno de Higiene y Seguridad, debidamente autorizado por la Dirección del Trabajo, las condiciones de control de seguridad de sus trabajadores en el marco del presente contrato (revisión de los efectos personales de sus trabajadores cuando esta le sea requerida por los Coordinadores Operativos), sin afectar los derechos constitucionales de los mismos, derivados de su dignidad, honra y privacidad.
11.27 INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
11.28 DÍAS INHÁBILES
Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeran en día inhábil, se entenderán prorrogados para el día hábil siguiente a su vencimiento.
11.29 MULTAS Y SANCIONES
11.29.1 MULTAS Y PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS.
I. Detección del incumplimiento;
El Inspector Fiscal verificará el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el contrato, dejando constancia de ello por cualquier medio.
II. Notificación al adjudicatario;
El Inspector Fiscal deberá notificar al contratista el incumplimiento detectado mediante correo electrónico institucional, indicando el hecho que origina la eventual multa y adjuntando su medio de respaldo.
III. Presentación de descargos;
El adjudicatario podrá presentar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente, dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación del incumplimiento conforme al punto II precedente.
IV. Resolución del Inspector Fiscal;
Analizado los descargos junto son sus antecedentes, el Inspector Fiscal determinará la procedencia o no de la multa conforme a la tabla de multas establecidas en las Bases. Lo anterior, mediante cualquier acto administrativo suscrito por el inspector fiscal, y que posteriormente se remitirá por éste mismo al adjudicatario, mediante correo electrónico institucional.
V. Inicio y cálculo de la multa;
Las multas se aplicarán desde la fecha de notificación de la resolución del inspector fiscal del contrato (con la Uf de ese día), de acuerdo con los montos establecidos (por evento o diarios), y en los casos que corresponda se mantendrán hasta que el Inspector Fiscal verifique la subsanación del incumplimiento.
VI. Cobro de la multa;
El monto de la multa aplicada podrá ser descontado de los pagos pendientes al adjudicatario o hacerse efectivo mediante los mecanismos administrativos y judiciales que correspondan.
VII. Límite máximo de multas;
La acumulación de multas no podrá superar el tope de 100 UF. Alcanzando dicho límite, la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al contrato, conforme a lo establecidos en las presentes bases.
11.29.2 MULTA POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO: Según tabla 1:
Incumplimiento Condición que origina la multa Aplicación de multa Monto de la multa Tope de multa - término de contrato
Incumplimiento técnico - % CBR CBR inferior a 60%. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico. 50 UF por evento Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope se podrá dar término anticipado del contrato
Incumplimiento técnico - % Chancado Chancado inferior a 50%. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico. 50 UF por evento Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope se podrá dar término anticipado del contrato
Incumplimiento de IP Mayor a 8 Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico. 50 UF por evento Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope se podrá dar término anticipado del contrato
Seguridad vial en el área de trabajo (paleteros) Incumplimiento de seguridad vial. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico o Memorándum. 10 UF diarias Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope podrá dar término anticipado del contrato
Control de polvo (camión aljibe) No disponer de camión aljibe cuando corresponde Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico o Memorándum. 10 UF diarias Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope podrá dar término anticipado del contrato
Capacidad de entrega (M3) No cumplir con la cantidad solicitada diaria comprometida Anexo 3. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico o Memorándum. 2 UF diarias Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope podrá dar término anticipado del contrato
Incumplimiento Plazo de entrega parcial. No cumplir con el plazo de entrega parcial solicitado por el Inspector Fiscal. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico o Memorándum. 10 UF diarias Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope podrá dar término anticipado del contrato
Entrega de guía de despacho No cumplir con la entrega de la guía de despacho por cada entrega parcial. Desde la notificación del incumplimiento practicada por el inspector fiscal mediante correo electrónico o Memorándum. 10 UF por evento Con tope de hasta 100 UF – (*) Alcanzado el tope podrá dar término anticipado del contrato
Límite máximo de multas Acumulación de multas no podrá superar las 100 UF. El cual podrá dar el término anticipado del contrato.
Tope: 100 UF
Valor de referencia UF Valor UF del día de notificación del incumplimiento por correo electrónico del Inspector Fiscal
11.29.3. LÍMITE DE MULTAS.
El tope máximo de multas será 100 UF de acuerdo al punto 11.29.2 de las presentes bases de Licitación. Si el monto acumulado en multas llega a dicha cantidad, se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, en consecuencia, la Dirección de Vialidad podrá resolver el término anticipado del contrato.
11.30 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación, cumplimiento o término del presente Contrato, deberá ser derivada al Jefe del Departamento de Conservación y Administración Directa Provincia de Cauquenes para dirimir al efecto, quien lo enviará si fuere necesario a la Fiscal del MOP, sin perjuicio de las atribuciones legales, que le correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
11.31 CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) LA EMPRESA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la entrega del producto o prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) LA EMPRESA, durante su gestión y mientras dure el Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMPRESA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en la Dirección de Vialidad y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por LA EMPRESA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la entrega de productos o prestación del servicio que se contrata, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
BASES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN.
La Dirección de Vialidad requiere contratar el suministro de capas de rodadura granular, para el camino Cruce M-500 (Chacarillas) - Cruce M-500 (Roble Huacho), Rol M-486, desde el Km. 0,0 a Km. 7,891, de la Comuna de Cauquenes, de la Red Vial de la Dirección de Vialidad, Provincia de Cauquenes, Región de Maule, para dar cumplimiento al programa de Conservación por Administración Directa año 2026 de la Dirección de Vialidad.
Nº
Código
FEMN
Nº de parte del fabricante
Descripción
Unidad de Compra
Unidad de Despacho
Cantidad según unidad de compra
Código del Almacén de destino
Requiere Inspección Fiscal
(Si o No)
Ubicación del material en terreno
1
CMCA0022
No aplica
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Cauquenes, requiere Suministro de capas de rodadura granular, para el camino Cruce M-500 (Chacarillas) - Cruce M-500 (Roble Huacho), Rol M-486, desde el Km. 0,0 a Km. 7,891, de la Comuna de Cauquenes, de la Red Vial de la Dirección de Vialidad, Provincia de Cauquenes, Región de Maule.
M3
M3
9.230
B070301
Si
ROL
M-486
2. ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS QUE SE REQUIERE CONTRATAR.
2.1 CERTIFICACIÓN, EXIGENCIAS DEL MATERIAL, LICENCIA DE LABORATORISTA VIAL, DECLARACIÓN JURADA NOTARIAL DE ANEXO N°5 Y CAMBIO DE LUGAR DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS.
2.1.1 CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DEL MATERIAL (Uno por cada lugar de extracción áridos).
A. El oferente deberá presentar y completar el Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”, para concursar dentro de la presente licitación pública. En caso que, algún concursante no incluya dentro de su oferta, el Anexo N°4 sobre de “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”; entonces dicha oferta será declarada inadmisible, y además no será evaluada ya que dicha certificación corresponde a un documento esencial de la presente licitación pública.
B. Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”, deberá tener fecha igual o posterior a la fecha de publicación de la licitación pública y, en ningún caso, podrá tener fecha posterior a la presentación de la oferta. En caso que, algún oferente acompañe un certificado que no cumpla con lo señalado precedentemente; entonces su oferta será declarada inadmisible.
C. El Anexo N° 4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”, debe ser a nombre del oferente que participa dentro de la licitación pública. No se aceptarán certificaciones correspondientes a terceros; en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.
D. El Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”, deberá indicar la procedencia del material a adquirir. No se aceptará que dicha certificación, omita indicar el lugar de procedencia, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.
E. El Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)”, deberá indicar de forma clara y legible, los siguientes antecedentes del laboratorista vial acreditado: nombre, R.U.T., firma, número y clase de la licencia (CLASE A o CLASE B).
Respecto de esta última exigencia (letra E), si se omitiera información o esta fuera poco legible, la Comisión de Evaluación podrá solicitarlo a través del Foro Inverso con la respectiva rebaja en el puntaje de evaluación que
Corresponda. En caso de no presentarlo en el plazo que establezca la comisión evaluadora, la oferta será declarada inadmisible.
LO ANTERIOR NO INCLUYE LA FALTA DE PRESENTACIÓN DEL ANEXO N°4 SOBRE “CERTIFICADO DE CALIDAD DEL MATERIAL (UNO POR CADA LUGAR DE EXTRACCIÓN ÁRIDOS)”, EL CUAL NO PODRÁ SER SOLICITADO POR FORO INVERSO.
F. La licencia de Laboratorista Vial debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta. En caso de no encontrarse vigente en dicho momento, su oferta será declarada inadmisible.
2.1.2 EXIGENCIAS DEL MATERIAL.
A. El oferente al momento de la postulación, debe presentar el Anexo N°4 sobre “Certificado de Calidad del Material (uno por cada lugar de extracción áridos)", indicando claramente todas características referidas en la tabla del Manual de Carretera, Volumen 8, sección 8.101., Tabla 8.101.1.B. TM-40b. (Tabla adjunta)
BANDA DE TRABAJO Tabla 8.101.1.B
CAPAS DE RODADURA
TAMIZ Porcentaje que pasa en Peso
(mm) (ASTM) TM-40b
40 ( 1 1/2 ") 100
25 1 " 80 - 100
10 3/8 " 50 - 80
5 N°4 35 - 65
2 N° 10 25 - 50
0,5 N° 40 10 - 30
0,08 N° 200 5 -15
ASIMISMO, EL ANEXO N°4 SOBRE “CERTIFICADO DE CALIDAD DEL MATERIAL (UNO POR CADA LUGAR DE EXTRACCIÓN ÁRIDOS)” DEBERÁ INCLUIR:
B. DENSIDADES, DEBERÁ INDICAR SU RESULTADO
B.1 DENSIDAD MAXIMA COMPACTADA SECA: D.M.C.S.
B.2 HUMEDAD OPTIMA
B.3 DENSIDAD RELATIVA
B.3.1 D. MIN.
B. 3.2 D. MAX.
C. CAPACIDAD DE SOPORTE DE ENSAYO (C.B.R.) MINIMO 60%
D. PORCENTAJE DE CHANCADO MINIMO 50%
E. INDICE DE PLASTICIDAD MAXIMO 8%
F. DESGASTE DE LOS ANGELES MAXIMO 35%
G. LIMITE LIQUIDO MAXIMO 25%
LOS METODOS DE ENSAYO DEBEN SER DE ACUERDO AL MANUAL DE CARRETERAS, VOLUMEN 8, ULTIMA EDICIÓN.
EN CASO DE QUE NO INDIQUE LAS EXIGENCIAS DEL MATERIAL, O BIEN, NO CUMPLAN O FALTE ALGUN ANTECEDENTE DE ESTE PUNTO, LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
2.1.3 LICENCIA DE LABORATORISTA VIAL QUE ACREDITA LA CALIDAD DEL MATERIAL.
El oferente, al momento de presentar su oferta, y durante toda la ejecución del contrato, deberá adjuntar:
Documento (Certificado, Resolución, oficio, carnet) que indique Licencia de Laboratorista Vial acreditada por la Dirección de Vialidad: nombre del Laboratorista Vial acreditado, cédula de Identidad, número de la licencia y clase de la licencia (CLASE A o CLASE B), fecha de vigencia (debe encontrarse vigente al momento de presentar la oferta).
Respecto de esta última exigencia (numeral 2.1.3), si se omitiera dicha documentación, la Comisión de Evaluación podrá solicitarlo a través del Foro Inverso con la respectiva rebaja en el puntaje de evaluación que corresponda. En caso de no presentarlo en el plazo que establezca la comisión evaluadora, la oferta será declarada inadmisible.
2.1.4 DECLARACIÓN JURADA NOTARIAL DE ANEXO N°5.
Los oferentes deberán presentar el Anexo N°5, debidamente completado y suscrito (firma autorizada ante notario), incorporando la totalidad de los antecedentes solicitados en las presentes bases, señalados en los puntos 2.1.4.1., 2.1.4.2 y 2.1.4.3. La omisión de cualquiera de dichos antecedentes será considerada como incumplimiento de un requisito esencial de la oferta, por lo que ésta será declarada inadmisible y no será evaluada.
Antecedentes que debe incorporar a la declaración jurada notarial de anexo N°5:
2.1.4.1 Patente Comercial Municipal:
Los oferentes deberán adjuntar la patente comercial vigente, emitida por cualquier municipalidad del país, en formato escaneado y legible. En dicho documento, deberá evidenciarse que el giro comercial del oferente permita la comercialización o extracción de áridos y/o materiales pétreos.
2.1.4.2 Documento emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII):
Los oferentes deberán adjuntar documento emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), acompañado de cédula RUT electrónica (e-RUT), correspondiente a la iniciación de actividades, donde se indique la actividad económica (giro o rubro). Dicho documento deberá tener una fecha igual o posterior a la fecha de publicación de la licitación y, en ningún caso, podrá tener una fecha posterior a la presentación de la oferta. Deberá evidenciarse que el giro comercial de la empresa permita a la comercialización o extracción de áridos y/o materiales pétreos.
En caso que el documento referido en el numeral 2.1.4.2, no indique expresamente la actividad económica (giro o rubro) relacionada con la comercialización o extracción de áridos y/o materiales pétreos; entonces el oferente deberá añadir alguno de los siguientes documentos:
a) Certificado de la ampliación del giro, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
b) Certificado de inicio de actividades, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), en el que conste que el giro de la empresa corresponde a la comercialización o extracción de áridos y/o materiales pétreos.
2.1.4.3 Autorización Administrativa Municipal:
Los oferentes deberán adjuntar la autorización administrativa municipal que se encuentre vigente a la fecha de presentación de la oferta, otorgada por la municipalidad competente, mediante la cual se autorice la extracción de áridos y/o materiales pétreos, la cual deberá encontrarse emitida a nombre del extractor declarado por el oferente.
|
|
|
|