Licitación ID: 1867-33-LE25
Servicio de auditoría al sistema Aries.
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Auditorías internas 1 Unidad
Cod: 84111603
Servicio de auditoría al sistema Aries.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de auditoría al sistema Aries.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La DGMN convoca a personas naturales o jurídicas, ya sea que se presenten de manera individual o unidas mediante Uniones Temporales de Proveedores integradas por una o más empresas de menor tamaño, chilenas o extranjeras, que al momento de ofertar se encuentren hábiles en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para contratar el Servicio de auditoría a integridad y veracidad de los registros del sistema de control de armas de la DGMN.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL
R.U.T.:
61.110.000-0
Dirección:
Vergara 262
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-07-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 30-06-2025 11:55:07
Fecha inicio de preguntas: 30-06-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 15-07-2025 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-07-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-07-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-07-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-08-2025 16:36:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Se realizará una reunión informativa técnica Obligatoria, la cual será de carácter excluyente 14-07-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar: Declaración jurada online Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas. ANEXO N° 1: Identificación del oferente. ANEXO N° 2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Unión Temporal de Proveedores (UTP): En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores deberán dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 180 y siguientes del Decreto Supremo N°661, del Ministerio de Hacienda, considerando lo siguiente: Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) estará integrada, por una o más empresas de menor tamaño, si no se cumpliese, la oferta será declarada inadmisible. De manera excepcional, una UTP podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de Contratos para la Innovación o de Diálogos Competitivos de Innovación, en los términos de lo dispuesto en el capítulo XIV del Decreto N°661. Asimismo, la UTP deberá contar con un apoderado quien hará las veces de representante de la Unión Temporal de Proveedores, quien deberá suscribir la declaración jurada en línea y adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Igualmente, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, para lo cual deberá suscribir una declaración jurada que dé cuenta de ello. Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible: Anexo N°3: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- El oferente debe especificar en forma detallada su oferta, entendiéndose por antecedentes técnicos, la individualización y especificación clara de la oferta. La oferta técnica debe necesariamente incluir todos los requerimientos solicitados en el punto i.i “Requerimientos Técnicos”. En caso de que no se presente o se presente de forma incompleta o con incumplimiento de lo solicitado en las presentes bases, la oferta será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente debe especificar en forma detallada su oferta en el Anexo Económico N°5, señalando valores unitarios y globales según lo solicitado, en pesos chilenos, incluyendo el valor “Neto” de la oferta y el “Total” si incluye impuestos. Junto a lo anterior, deberá completar los datos solicitados en mismo Anexo. Para efectos de sus costos en remuneraciones, el oferente deberá considerar el cumplimiento de la normativa vigente que dice relación con el aumento legal y oportuno del sueldo mínimo. Sin perjuicio que el sistema de información requiera ingresar valores netos al momento de ofertar en el portal, se aclara que el valor que la DGMN tomará en cuenta para calificar en el ítem “Aspectos económicos” es el valor total de la oferta, en relación a lo señalado en el punto 7. Montos, duración y subcontratación. De existir discordancia en el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, ésta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible, al igual que si su oferta económica supera el monto máximo disponible (cuando no sea un monto referencial). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de Envío de Ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Aspectos técnicos Aspectos técnicos 80%
2 Aspectos económicos Aspectos económicos 15%
3 Aspectos Administrativos Programa de integridad 3% Cumplimiento de requisitos formales 2% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO FISCAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El monto, contemplado para la presente licitación es de 12.000.000.- con IVA incluido.
Tiempo del Contrato 80 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesoreria general de la republica
e-mail de responsable de pago: dipresrecepcion@custodium.com.
Nombre de responsable de contrato: Director General de Movilización Nacional.
e-mail de responsable de contrato: calvarez@dgmn.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-233277079-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
8. Requerimientos técnicos y otras cláusulas.
Requerimientos técnicos y otras cláusulas.
a. Prohibición comunicación con participantes en procesos de contratación.
De acuerdo con el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, se indica que: "Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes".
b. Canal de denuncias reservadas.
Según lo señalado en el artículo 35 sexies, de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, se indica que: "El personal al que se refiere el artículo 12 bis, que haya participado en su tramitación incurrirá en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso primero del artículo 62 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda. Para tales efectos la Dirección de Compras y Contratación Pública dispone de un canal reservado para recibir denuncias sobre irregularidades en los procedimientos de contratación regidos por la presente Ley." El trámite digital lo puede realizar cualquier ciudadano con Clave Única en https://ayuda.mercadopublico.cliniciodedenunciareservada/ Los contratos celebrados con infracción de lo dispuesto en el Art 35 sexies de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios serán nulos. Cabe señalar, que el artículo 12 bis señala que: "Los organismos del Estado deberán registrar en formularios habilitados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado una nómina con el personal que participe del procedimiento de contratación o de ejecución contractual y las funciones que cumplen en tales procedimientos. La Contraloría General de la República, la Fiscalía Nacional Económica y el Ministerio Público tendrán acceso inmediato a dicha información. El referido personal deberá velar por el correcto desarrollo del respectivo procedimiento y ser responsable de ingresar la información requerida al Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado en la forma, el formato y la oportunidad señalados por la Dirección de Compras y Contratación Pública. Dichos funcionarios deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma dispuesta en la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, y actualizarla conforme a lo dispuesto en dicha ley. Las personas contratadas a honorarios que cumplan funciones en los procedimientos de contratación o de ejecución contractual tendrán la calidad de agente público, para todos los efectos legales. Cualquier contravención de las normas de la presente ley cometida por el personal que se refiere el inciso primero, será objeto de responsabilidad administrativa, sin perjuicio de las responsabilidades civil o penal que puedan corresponder".
c. Contenido de las bases de licitación.
La única fuente de información para los proponentes serán las presentes bases de licitación y las aclaraciones que se produzcan. Si el proponente omite suministrar toda la información requerida, o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente a estas bases, se rechazará su oferta mediante resolución de inadmisibilidad. Frente a cualquier discrepancia entre las presentes bases y la información contenida en la ficha digital, prima lo estipulado en las bases.
d. Período de validez de la oferta.
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la DGMN podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Aquella oferta que explícitamente declare un período de validez menor al solicitado quedará fuera del proceso, por otra parte, aquellos oferentes que no declaren explícitamente el periodo de validez se entenderán en forma implícita que acepta el período dispuesto en estas bases, es decir, 60 días corridos. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en las presentes bases.
e. Unión Temporal de Proveedores UTP.
En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), esta deberá contar con un apoderado, quien será un integrante de la UTP y deberá tener facultades suficientes para representarla, especialmente en lo que respecta a la presentación y suscripción de los anexos técnicos y económicos. La UTP, estará integrada únicamente por una o más empresas de menor tamaño. De manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de Contratos para la Innovación o de Diálogos Competitivos de Innovación, en los términos de lo dispuesto en el capítulo XIV del reglamento. Cabe señalar que, en el contexto de una licitación en la que participen Uniones Temporales de Proveedores, una persona natural o jurídica no podrá presentar una oferta de manera individual y, al mismo tiempo, como parte de una UTP. En caso de que esto ocurra, se declarará inadmisible la oferta presentada por dicha persona en forma individual, y se evaluará únicamente la oferta correspondiente a la UTP a la que pertenezca. Los oferentes deberán presentar su propuesta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta, se deberá identificar correctamente al proveedor oferente, ya sea persona natural, persona jurídica o UTP, asegurando que exista coincidencia entre los datos de identificación del oferente registrados en la cuenta del Sistema de Información y los datos de identificación que figuran en los respectivos anexos y documentos de la oferta. En caso de que exista una discordancia insalvable en la identidad, la oferta será declarada inadmisible. Las UTP se regirán por lo estipulado en el Párrafo 2 “De la Unión Temporal de Proveedores”, desde el Art. N° 180 al 184 del Decreto Supremo 661, Reglamento de la Ley 19.886.
f. Evaluación y calificación de las ofertas.
Las ofertas serán sometidas a evaluación conforme criterios objetivos previamente establecidos en las presentes bases. La evaluación se efectuará en base a la documentación presentada y/o registrada por cada oferente en el sistema de información. Asimismo, serán consideradas en la evaluación y calificación, las observaciones que en el portal mercado público posterior al acto de apertura, de acuerdo con lo establecido en el art.51 del decreto N°661, “los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en soporte papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones en el acta que se levantará especialmente al efecto. La comisión evaluadora determinará si cada propuesta cumple con los aspectos formales establecidos en las bases en cuanto a la presentación de documentación, antecedentes dentro del plazo y con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
g. Comisión evaluadora.
Se constituirá la Comisión de Evaluación encargada del análisis, estudio y ponderación de las ofertas, designado mediante Acto Administrativo, y estará integrada por 3 funcionarios de la DGMN. La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, designada para este efecto y en este acto por el Director General, la cual será integrada por los siguientes funcionarios: • Jefe Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación o quien lo reemplace. • Jefe de Sección Planificación del DETIC o quien lo reemplace. • Asesor de planificación o quien lo reemplace. Además, podrán asistir en calidad de asesores: • Un Asesor Jurídico, o quien lo reemplace. • Un Asesor Auditor TI. • Jefe de Sección de Adquisiciones, o quien lo reemplace, quien cumplirá a su vez la función de secretario. • Y demás asesores que se estimen pertinentes. La Comisión Evaluadora se constituirá a partir de la apertura de las ofertas en el Sistema de Información de Compras, y tendrá por objeto, entre otros aspectos, determinar si concurre alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad que impida contratar con la DGMN, para lo cual se encargará de analizar desde un punto de vista técnico, administrativo y económico las propuestas presentadas por los oferentes durante el proceso. Deberá, asimismo examinar la situación legal administrativa de los oferentes y verificar el cumplimiento de los antecedentes y/o requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, para así, poder pasar a la etapa de calificación por la misma Comisión. El proceso de evaluación se realizará mediante un proceso estandarizado señalado en el punto 8. “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, y en la “Matriz de evaluación” publicada en las presentes bases. Por último, la Comisión Evaluadora dejará constancia de lo realizado en un Informe de la Comisión Evaluadora (Acta), la cual deberá contener lo resuelto por ésta con toda la documentación fundante y en la cual se propondrá adjudicar al oferente que obtuviere el mayor puntaje o a ninguno, según sea el caso, conforme a los criterios utilizados en el proceso de evaluación de las presentes bases y atendiendo a los intereses de la DGMN. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización. La información relativa a la evaluación final de las propuestas y las recomendaciones sobre la adjudicación será de carácter reservada, y no se dará a conocer a los oferentes que presentaron propuestas, ni a otras personas que no hubieren tenido participación oficial en el proceso, sino hasta que se haya notificado la adjudicación en el portal. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para efectos de realizar consultas, solicitar de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras, pruebas o visitas a terreno que ésta pudiese requerir durante la evaluación, siempre que hubiesen sido previstas en las presentes bases, y en las formas y plazos establecidos para ello, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. • Tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la Ley y el Reglamento de Compras, de lo cual quedará constancia en una declaración jurada, suscrita por cada uno de sus integrantes, las que deberán anexarse al Informe de la Comisión Evaluadora (acta de evaluación de ofertas).
h. Programa de integridad.
Quien oferte deberá declarar, según Anexo N°4, si cuenta con un programa de integridad implementado en su empresa, entendiendo por programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir/y si resulta necesario, identificar y sancionar/ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Este punto será considerado como criterio de evaluación.
i. Oferta riesgosa o temeraria.
Después de la verificación del cumplimiento de todos los requisitos administrativos, económicos y técnicos mínimos señalados en las presentes bases, el oferente pasará a etapa de evaluación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea riesgosa o temeraria, por cuanto el precio esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificación, y se verifique por parte del Servicio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, éste podrá declarar inadmisible la oferta presentada. De ser adjudicada la oferta, la DGMN solicitara una ampliación de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la diferencia entre el valor de la oferta adjudicada y el precio ofertado por la propuesta que quede en segundo lugar, según la calificación económica obtenida. Esta medida tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de los términos establecidos en el contrato, y su implementación será requisito previo para la formalización del contrato. Si solicitada esta garantía el adjudicado no la entregara antes de la fecha de suscripción del contrato, la DGMN podrá Re adjudicar al oferente que le sigue en puntaje. Las ofertas que hayan sido evaluadas económicamente en esta etapa pasarán a la evaluación de la oferta técnica, con la sola excepción de aquellas que fueren rechazadas o declaradas inadmisibles por la Comisión. Evaluación final: En esta etapa la Comisión calculará los puntajes finales ponderados, sumando notas y porcentajes obtenidos por los oferentes en cada criterio de evaluación y se determinará la oferta que será adjudicada, según corresponda.
j. Conflictos de interés y deber de abstención.
De acuerdo con el Capítulo VII, artículo 35 nonies, de la Ley N°21.634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas, la Comisión Evaluadora deberá suscribir declaraciones juradas en que se señale la ausencia de conflicto de intereses y de confidencialidad del proceso de evaluación. Además, se deberán regir por las siguientes directrices entregadas por el mismo cuerpo legal: Capítulo VII, artículo 35 quáter: Conflictos de interés Se regulan los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios de los organismos públicos, y no sólo los Directivos, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo. Capítulo VII, artículo 35 quinquies: Deber de abstención. Se regula el deber de abstención indicando que las autoridades y funcionarios deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés. Esto considera si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. Si está involucrado él mismo, su cónyuge; las sociedades o empresas en las cuales sea director o dueño, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital; las sociedades o empresas en las cuales alguna de las personas antes mencionadas sea director o dueño, directo o indirecto, del 10% o más de su capital, y el controlador de la sociedad o sus personas relacionadas, si el director no hubiera resultado electo sin los votos de aquél o aquéllos. Además de tener cuestión litigiosa pendiente; compartir despacho profesional o estar asociado; tener amistad íntima o enemistad manifiesta; haber tenido intervención como perito o como testigo; tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar. O el haberse desempeñado en los últimos 24 meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Otras circunstancias son haber emitido opinión sobre un procedimiento de contratación cuya resolución se encuentre pendiente. O participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
k. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación.
La DGMN declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
l. Subsanación de errores u omisiones formales y Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DGMN podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. La DGMN tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
m. Matriz de evaluación.
El procedimiento de evaluación consiste en verificar en primera instancia el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley, como segunda instancia el cumplimiento de los requisitos mínimos de participación y en tercera y última instancia evaluar aspectos administrativos, técnicos y económicos, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo con el siguiente detalle:

Factor

Porcentaje %

Aspectos técnicos

80%

Aspectos económicos

15%

Aspectos administrativos

Programa de integridad

3%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Comportamiento contractual anterior

Este criterio se aplica al final de la evaluación, y se resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual.

Total

100%

Aspectos Técnicos.

        

Ítem

Ponderación

1

Plazo de ejecución de la Auditoría

5%

Entre 40 y 59 días hábiles inclusive

5%

Entre 60 y 80 días hábiles inclusive

1%

El oferente deberá declarar en su oferta, el tiempo de ejecución y de prestación del servicio.

Las ofertas de menos de 40 días hábiles serán consideradas inadmisibles.

Las ofertas sobre 80 días hábiles serán consideradas inadmisibles.

2

Evaluaciones que otorgan puntaje acumulativo, estipuladas en las bases técnicas numeral 2.3 “Evaluación de las evidencias y generación de las observaciones y mejoras identificadas”             

30%

2.3.1.   Seguridad de la información                 

4%

2.3.2.   Gestión de cambios en producción         

3%

2.3.3.   Operaciones en TI

8%

2.3.4.   Integridad de Registros en Sistema Aries 2.0

9%

2.3.6.   Evaluación del ambiente tecnológico          

6%

No considera en su oferta técnica, adicionar ítems a desarrollar en la prestación del servicio.

0%

Los ítems descritos anteriormente, otorgan puntaje (acumulativo) al oferente que considere en su propuesta técnica, realizar uno o más ítems descritos, otorgando una condición ventajosa en relación con el oferente que solo cumpla con el ítem requisito mínimo individualizado en el numeral 2.3.5. Revisión de datos existentes que son indicio de transgresiones a la ley de Control de Armas el cual es requisito mínimo, de carácter EXCLUYENTE.

3

Experiencia de la empresa en servicios de auditorías

10%

Presenta 5 o más servicios de auditoría acreditados en los últimos 3 años.

10%

Presenta entre 3 a 4 servicios de auditoría acreditados en los últimos 3 años.

5%

Presenta entre 1 a 2 servicios de auditoría acreditados en los últimos 3 años.

3%

No presenta servicios de auditoría acreditados en los últimos 3 años.

0%

El oferente acredita su experiencia en servicios de auditorías, presentando la documentación respectiva (copias de contratos firmados por ambas partes, órdenes de compra emitidas en mercado público y en estado recepción conforme o facturas electrónicas). La experiencia acreditable no podrá ser inferior a 3 años, requisito excluyente que se verificará de acuerdo a la fecha de los documentos presentados.

4

Experiencia de auditores comprobable en auditoria de integridad de registros en las siguientes industrias (acumulativas)                      

5%

Industria Financiera                                                                                  2,5%

Industria de Telecomunicaciones                                                             2,5%

Se otorgará puntaje adicional a los oferentes que dentro de las acreditaciones que adjunte por experiencia, se identifiquen servicios en áreas de las industrias indicadas.

5

Nivel educacional y capacitaciones (acumulativas), demostrables del personal del equipo de trabajo en su conjunto                                         

30%

Certificación ISACA

5%

Certificada Scrum Master en metodologías Agile

3%

Certificado en normas del PCAOB (SOX)

3%

Máster of Business Administration

3%

Certification in Risk Management Assurance

6%

Certified internal Auditor

7%

Internal Audit Practitioner

3%

El oferente deberá presentar la documentación que permita acreditar lo solicitado (diplomas, certificados, etc.)

      Evaluación de aspecto Económico:

En el siguiente cuadro se detalla el criterio para la evaluación de la oferta económica, y la asignación de puntajes para este criterio

Criterios

Asignación de puntajes.

Medio de

Verificación.

Precio

Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio. Lo anterior, se expresa en la siguiente fórmula:

(Oferta más económica / Oferta a evaluar) x100 x 15 %

Información contenida en el Anexo N°5 oferta económica

Evaluación de aspectos administrativos.

Cumplimiento de requisitos formales.

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 2 %. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, obtendrá 0 % en este criterio.

Criterio

Escala de calificación

Detalle de evaluación

Cumplimiento del formato de presentación de antecedentes.

2%

Cumple con la presentación completa de antecedentes.

0 %

No cumple o los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo 56 del Reglamento de Compras.

Programa de integridad.

 

Para la evaluación de este criterio, quien oferte debe informar si cuenta con un programa de integridad implementado en su empresa, de acuerdo con el Anexo 4. El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas, que fomenten entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores, que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo la conciencia ética que permita combatir la corrupción.

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno, un correo electrónico, o una carta bajo firma de sus trabajadores que están en conocimiento del programa de integridad de la empresa.

Deberá adjuntar el manual o programa de integridad que cuenta la respectiva empresa para su verificación.

 

Criterio

Escala de calificación

Detalle de evaluación

Programa de integridad 3%

100

Oferente cuenta con programa de integridad implementado y entrega respaldos de verificación 

0

Oferente no cuenta con programa de integridad implementado y no entrega respaldos de verificación. 

Este criterio aplica en las mismas condiciones para personas naturales en las que el oferente tenga personal con el que realice la labor que asume y, por lo tanto, se encuentra en las mismas condiciones que una persona jurídica.

Comportamiento contractual anterior.

 

Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los todos los organismos públicos (incluidos los de convenios marco) durante los últimos 2 años (24 meses) antes del momento del cierre de presentación de ofertas. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se considerarán las medidas ejecutoriadas durante el periodo señalado.

El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de medidas obtenidas en el registro de proveedores:

MEDIDA

Pérdida de puntaje por medida

Termino anticipado de contrato por aplicación de medidas

-10

Suspensión temporal en el catálogo de convenio marco

-5

Cobro de garantías (fiel cumplimiento)

-3

  • Nota 1 Pto equivaldrá a 1%.

A modo de ejemplo:

Un proveedor ha recibido 2 sanciones de cobro de garantía (publicada en el Registro de Proveedores) por parte de algún organismo público (y que este ingresado en el registro de proveedores) el puntaje a descontar es este criterio es:

(2x-3 ptos) = -6 puntos.

6 ptos= 6%. Este porcentaje se restará de la evaluación obtenida en los puntos anteriores.

Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los integrantes señalados en el Anexo N°3.

Ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí:

Si en la presente línea se presentan ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con lo señalado en el Art. N° 60 del Decreto S. 661, este será evaluada en primera instancia por los criterios técnicos, el que obtenga mayor puntación pasará a etapa de evaluación, las restantes se declarar inadmisibles.

n. Mecanismo de desempate.
En caso de empate entre dos o más oferentes que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será de acuerdo con el siguiente detalle: En caso de empate entre dos o más oferentes, que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será en el factor “técnico”. De repetirse el empate, será para el que obtenga mayor ponderación en el factor económico “precio”. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se envió primero en el portal www.mercadopublico.cl, conforme al comprobante de ingreso de oferta emitido por el sistema de información.
o. Adjudicación.
Se adjudicará al oferente que obtenga el mejor puntaje ponderado de las propuestas (más alto), en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
p. Mecanismo de resolución de consultas de la adjudicación.
Los oferentes que deseen efectuar consultas sobre la adjudicación deberán realizarlas dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico nretamal@dgmn.cl. La DGMN dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
q. Re-adjudicación.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DGMN podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
r. Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario.
El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la DGMN en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. Entregar oportunamente informes solicitados por la DGMN, y todos los antecedentes que se soliciten para cumplir cabalmente con las obligaciones derivadas del servicio solicitado en las presentes bases.
s. Confidencialidad.
El oferente deberá firmar el Anexo N°6 “Declaración de Confidencialidad”, requisito excluyente de la postulación; y en el caso de resultar adjudicado deberá cumplirlo a cabalidad. El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias relacionadas con el desarrollo de los servicios. Durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
t. Administrador de contrato/contraparte técnica del contrato DGMN
El Jefe del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones deberá establecer y designar a uno o más funcionarios los cuales actuarán como administrador de contrato/contraparte técnica para la coordinación del contrato, sin perjuicio de que ambas funciones las puede ejercer el mismo funcionario de la DGMN, lo cual quedará formalizado en la respectiva resolución de adjudicación, y quien tendrá, a lo menos, las siguientes funciones: • Solicitar, recepcionar, gestionar y verificar el cumplimiento de la entrega efectiva de las garantías solicitadas en las presentes bases. • Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del servicio contratado. • Dar el visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también del trámite de los pagos y sanciones por incumplimiento del servicio contratado. Coordinación del contrato (adjudicatario). El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a la DGMN (nombre, cargo, teléfono, correo electrónico, etc.-). En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: • Informar oportunamente a la DGMN, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. • Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario a la DGMN, a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico designado por la institución.
u. Forma de pago.
La DGMN realizará el pago del monto total adjudicado al finalizar la prestación del servicio, en un plazo máximo de 30 días siguientes a la recepción de la factura emitida posteriormente a que el jefe del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones certifique la correcta ejecución del servicio contratado. El adjudicatario solo podrá facturar los servicios efectivamente entregados y recibidos conforme por la DGMN, una vez que el administrador del contrato de su conformidad y se realice efectivamente a través del sistema de información la recepción conforme correspondiente. La DGMN rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la respectiva recepción conforme. A su vez la DGMN remitirá por correo electrónico la autorización expresa de la emisión de la factura a partir de esa fecha. Para efectuar el pago correspondiente, se solicitará que el adjudicatario adjunte: • Recepción conforme del servicio correspondiente. • La autorización expresa por parte de la DGMN de la emisión de la facturación. En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión. El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. La factura, deberá ser remitida, solo en días hábiles y en horario de oficina, a la plataforma Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) de la DIPRES, la cual tiene por fin recepcionar la información de los DTE (facturas), desde el SII y las enviadas por los proveedores del Estado. En dicha plataforma, existe una casilla de intercambio para la DGMN, en donde todos los proveedores tienen que emitir sus archivos. La casilla es: dipresrecepcion@custodium.com Una vez la plataforma de Gobierno, recepcione conforme y vise la factura, ésta será enviada a la DGMN, la que será pagada dentro del plazo de 30 días, contados desde la recepción de la misma, conforme a las normas establecidas para el sector público. Dicha factura deberá contener la siguiente información: • Razón Social: Dirección General de Movilización Nacional • Rut: 61.110.000-0 • Giro: Gobierno Central • Dirección: Vergara 262, Santiago. RM Con todo, la DGMN se regirá por lo estipulado en el Capítulo IX, párrafo 6, del pago a proveedores del Decreto 661.
v. Factoring.
La DGMN estará obligada a cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes.
w. Consultas sobre recepción de facturas y pagos.
Consultas sobre tramite de facturas se deberán realizar a las siguientes casillas de correo electrónico: vmena@dgmn.cl grojas@dgmn.cl Consultas sobre pagos se deberán realizar a través de las siguientes casillas de correo electrónico: pagos@dgmn.cl pcarmona@dgmn.cl
x. Aplicación de multas.
En caso de que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento al servicio contratado, la DGMN podrá en forma administrativa mediante resolución fundada y sin forma de juicio, aplicar una (s) multa (s), conforme a lo siguiente:

Causal

Tope de eventos

Multa

1

Hasta 05 días hábiles de atraso en la entrega de consultas  SQL a partir del cumplimiento del plazo de entrega ofertado.

03 eventos

 5%

Del monto total adjudicado.

2

Atraso en la entrega del Informe Final sin justificación. Para estos efectos constituirá atraso la demora de hasta 10 días hábiles a partir del cumplimiento del plazo entrega ofertado.

03 eventos

7%

Del monto total adjudicado por cada día hábil de atraso.

3

Inasistencia injustificada, a las reuniones de avance definidas en la reunión de inicio (kick-off  meeting).

02 eventos

2%

Del monto total adjudicado por cada evento.

Sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del adjudicatario o que estén bajo su control. Si no es responsable del evento o el incumplimiento no le es imputable por razones de fuerza mayor o caso fortuito, deberá acreditar dicha circunstancia. Una vez acreditado esto último, la entidad licitante no aplicará la multa asociada al evento específico de que se trate. En ese contexto, el cálculo de las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato, en cuyo caso se entenderá como incumplimiento grave; sobrepasado dicho monto se procederá al término anticipado del contrato.

 

Verificación de Incumplimiento

 

Cada incumplimiento considerado en las presentes causales de multa será verificado y controlado por el administrador de contrato/contraparte técnica.

El monto de las multas será rebajado del pago que la DGMN deba efectuar al adjudicatario. En este caso, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. De no ser suficiente este monto, de no existir pagos pendientes, o en caso de no poder descontarse si acaso el pago lo efectuare la Tesorería General de la República, se le cobrará directamente al proveedor para que pague en el plazo de 10 días hábiles, posteriores a la notificación de la resolución que aplica la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el mismo plazo, si la hubiere.

La DGMN no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que adeude al mismo Proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa.

La respectiva multa, se efectuará en pesos chilenos, si de este resulta un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos Nº45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.

Una vez evidenciado y registrado el incumplimiento, el administrador del contrato/contraparte técnica de la DGMN deberá entregar un informe de incumplimiento al gestor de contratos de la DGMN, quien dará inicio al proceso de cobro de multas.

Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases administrativas o técnicas, prevalecerá el criterio de la DGMN, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la Republica y al tribunal de Contratación Pública y/o Tribunales de Justicia.

La DGMN estará facultada para exigir al proveedor la respectiva multa, la cual será informada a través del aplicativo de Gestión de Contratos, del portal Mercado Público, y en donde adjuntará el acto administrativo que aplica la sanción aplicada. El adjudicatario deberá dar respuesta, o la acción que estime pertinente, a través del aplicativo de gestión de contrato de Mercado Público.

De acuerdo con lo señalado en el Art. N° 140 del Decreto Supremo 661, sobre notificaciones electrónicas, los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la DGMN por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

y. Notificaciones.
Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por vía electrónica (correo institucional). Para ello, ambas partes deberán informar las casillas de correo dispuestas para tales efectos. Asimismo, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras. Salvo excepciones dispuestas en ciertos casos indicados en el Decreto 661, Reglamento de Compras Públicas.
z. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos.
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la DGMN notificará inmediatamente de ello al adjudicado, a través de módulo de gestión de contrato de Mercado Público, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 05 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado, sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada. El proveedor tendrá un plazo de 10 días hábiles para realizar el pago correspondiente. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la DGMN tendrá un plazo de 20 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La DGMN tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el recurso presentado. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
aa. Término anticipado del contrato.
La DGMN está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. 4. Se entenderá por incumplimiento grave del servicio adjudicado, todo aquél que impida o interrumpa, con perjuicio para la entidad licitante, la continuidad operativa de las funciones de éste. 5. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 6. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la DGMN sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 8. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, pudiendo llamarse a nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 9. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 10. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada, a excepción de lo estipulado en el artículo 183 sobre el procedimiento en el caso de Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. 11. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 12. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del monto total adjudicado o sobrepasen el tope estipulado en las causales de multa. 13. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 14. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados y no se proceda con lo establecido en el art. 182 sobre Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e. Disolución de la UTP. 15. En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”. 16. No sustituir la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en el caso de haber procedido su cobro por algunas de las causales establecidas en las presentes bases. En todos los casos señalados, a excepción del numeral 7, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo. La DGMN y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
bb. Caso fortuito o fuerza mayor.
Todo incumplimiento de las obligaciones señaladas en las presentes bases por alguna de las partes constituirá una infracción de estas, salvo que dicho incumplimiento sea causado por fuerza mayor o caso fortuito (probado por la parte que lo alega). Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito el acontecimiento no imputable a las partes, imprevisible e inevitable, de tal naturaleza que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones.
cc. Modificaciones al Contrato.
Solo podrá modificarse el contrato durante su vigencia. En ningún caso la DGMN podrá efectuar modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos: a. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o c. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: a. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la DGMN. b. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. c. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. d. Que se respete el equilibrio financiero del contrato. La DGMN estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la DGMN, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
dd. Prórroga.
No aplica
ee. Auditorías.
El adjudicatario podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por la entidad licitante a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta. Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases.
ff. Normas laborales.
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. La DGMN se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
gg. Gastos, derechos e impuestos.
Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba si los hubiere o para la implementación o cumplimiento de lo solicitado.
hh. Informe de Servicio.
El adjudicatario deberá entregar un “Informe de Servicio”, solo en caso de que la DGMN lo solicite.
ii. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
1. Objetivo

Efectuar una auditoria para verificar que las funcionalidades que actualmente ofrecen las aplicaciones relacionadas con el Control de Armas de la DGMN se ejecutan en forma segura, precisa y minimizando los posibles errores del usuario. 

  1. Etapas

El servicio se realizará en cuatro etapas:

•        Entendimiento

•        Identificación

•        Evaluación

•        Generación de Informe

1.1. Entendimiento del ambiente de control del sistema de control de armas

  • Reunión de Kick-off del proyecto con las áreas involucradas para la planificación del trabajo con el proveedor, en donde, se definirá la calendarización de las reuniones de avance.

  • Reunión con el Departamento de Control de Armas para obtener antecedentes más específicos del entorno y relación con Carabineros, Policía de Investigaciones, Comandancias de Guarnición del Ejercito, Banco de Pruebas, Fiscalías, Unidad de Análisis Financiero, Banco Unificado de Datos, marco regulatorio y procesos de control de armas y explosivos.

  • Reunión con el Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para obtener antecedentes más específicos del ambiente tecnológico, arquitectura del sistema de control de armas Aries 2.0 , Paex y Observapp y bases de datos de cada sistema .

  • Efectuar un entendimiento y comprensión del ambiente TI que soporta al sistema en revisión, su arquitectura, como interactúa con sistemas externos, como se controla su integridad transaccional.

  • Se deben revisar los manuales de procedimientos internos del área informática, políticas de seguridad informática y perfiles de acceso.

  • Se debe considerar que la operación de los sistemas se realiza en las Autoridades Fiscalizadoras de Carabineros de Chile y en el Departamento de Control de Armas de la DGMN, Policía de Investigaciones de Chile y Comandancias de Guarnición del Ejército; y además que el sistema es consultado por distintos organismos del Estado de acuerdo con la Ley N° 17.798 de Control de Armas.

  •  Además, se debe considerar las fuentes externas de datos, como Registro Civil, Superintendencia de Salud y Banco Unificado de Datos.

1.2. Identificación de los riesgos y los controles operacionales involucrados

  • Identificación y análisis respecto de los principales riesgos y el entorno de control.
  • Indagar respecto a principales preocupaciones y percepciones de riesgos.
  • Indagar respecto de prácticas para mitigar riesgos.
  • Indagar respecto a incidencias y eventos ocurridos en los últimos tres años, que involucren al sistema de control de armas, ocurrencia de incidentes que hayan afectado de manera negativa la integridad de los datos.

1.3. Evaluación de las evidencias y generación de las observaciones y mejoras identificadas

Evaluación del ambiente del sistema de control de armas. Se debe evaluar cómo la DGMN protege la información de los accesos no autorizados al sistema de control de armas, también cómo mantiene una arquitectura y ambiente tecnológico apropiado sobre la base de la aplicación de controles generales de tecnología, los que permiten evaluar los dominios de control interno para el sistema en revisión.

El oferente deberá incluir en su propuesta técnica, obligatoriamente el ítem N° 2.3.5 denominado Revisión de datos existentes que son indicio de transgresiones a la ley de Control de Armas, el cual es considerado requisito mínimo para la presente licitación (excluyente).

Adicionalmente, podrá considerar en su propuesta, uno o todos los ítems que se encuentran en calidad de opcional, dado que otorgan puntaje (criterio de evaluación), lo que le permitirá obtener una condición más ventajosa por sobre quien oferte solo el ítem que se requiere como requisito mínimo en esta etapa.

A continuación, se describe la conformación de cada ámbito y los ítems a evaluar en su diseño e implementación:

1.3.1.  Seguridad de la información (OPCIONAL, ESTA ETAPA OTORGA PUNTAJE ACUMULATIVO A LOS OFERENTES QUE OFERENTEN SU DESARROLLO)

  • Segregación funcional de usuarios y perfiles de acceso
  • Gestión de la seguridad a nivel de base de datos
  • Gestión de actualizaciones

1.3.2.  Gestión de cambios en producción (OPCIONAL, ESTA ETAPA OTORGA PUNTAJE ACUMULATIVO A LOS OFERENTES QUE OFERENTEN SU DESARROLLO)

  • Desarrollo y mantención del sistema
  • Control de versiones y respaldo de fuentes
  • Cambios de emergencia
  • Pruebas y QA
  • Controles de ambientes y paso a producción

1.3.3.  Operaciones en TI (OPCIONAL, ESTA ETAPA OTORGA PUNTAJE ACUMULATIVO A LOS OFERENTES QUE OFERENTEN SU DESARROLLO)

  • Procesos nocturnos de carga de datos
  • Proceso de manejo de incidentes
  • Soporte a usuarios 24 x 7
  • Monitoreo de accesos
  • Registros para auditoría

1.3.4.  Integridad de Registros en sistema Aries 2.0 (OPCIONAL, ESTA ETAPA OTORGA PUNTAJE ACUMULATIVO A LOS OFERENTES QUE OFERENTEN SU DESARROLLO)

Comparación de registros entre las bases de datos correspondientes a las aplicaciones Aries 2.0, Paex y Observapp (parte interna), probando que se cumpla lo siguiente:

  • Bases de datos se deben modificar exclusivamente por las aplicaciones oficiales.
  • El administrador de la base de datos debe dejar registro de sus modificaciones.
  • Las aplicaciones vigentes identificadas por su versión y por hash de fuentes.
  • Respaldos custodiados por ente distinto.
  • Datos redundantes de la base de datos con chequeo de integridad.

Lo que se somete a revisión es la resiliencia de las aplicaciones y sus bases de datos; no se requiere verificar la seguridad de la red o aplicación frente a ciberataques.

1.3.5.  Revisión de datos existentes que son indicio de transgresiones a la ley de Control de Armas (ESTA ETAPA ES CONSIDERADA OBLIGATORIA Y EXCLUYENTE)

Se deberán hacer consultas a la base de datos que permitan detectar datos que reúnan condiciones consideradas como ilegales de acuerdo con las siguientes condiciones:

  • Solicitudes sin documentación de respaldo subidas al sistema.
  • Autorizaciones emitidas por médicos siquiatras no autorizados o inexistentes.
  • Entrega de municiones de calibre distinto a los calibres de las armas registradas por el solicitante, o para proyectil único y múltiple, o entregas sobre el máximo número de municiones permitido, de acuerdo con su uso.
  • Registro de personas como difuntas, en circunstancias que estén vivas, y fallecidos con armas vigentes.
  • Registro de armas en un número mayor al permitido, de acuerdo con su uso.
  • Autorizaciones otorgadas a personas con antecedentes penales o condenadas durante el momento de su acreditación.
  • Autorizaciones a personas menores de edad no deportistas.
  • Personas con fechas de nacimiento incorrectas.
  • Registro de armas con múltiples números de identificación interna y con las mismas marcas, modelo y número de serie.

La empresa adjudicada deberá entregar a la DGMN los scripts SQL utilizados para la obtención de estas irregularidades, con objeto de que la DGMN repita periódicamente estas consultas detectando, a futuro ocurrencias ilegales de este tipo (EXCLUYENTE).

1.3.6.  Evaluación del ambiente tecnológico (OPCIONAL, ESTA ETAPA OTORGA PUNTAJE ACUMULATIVO A LOS OFERENTES QUE OFERENTEN SU DESARROLLO)

 Las principales actividades para realizar durante la revisión:

  • Evaluar el diseño e implementación de los controles automáticos que sean críticos en el proceso (principales parámetros definidos en el ingreso y mantención de la información que se registra en el sistema).
  • Evaluar las interfaces entre sistemas involucrados, Aries 2.0, Paex y Observapp, en cuanto a integridad y exactitud.
  • Documentar situaciones que presentan debilidades u oportunidades de mejoras y analizarlas en conjunto con la DGMN.

1.4. Generación de informe.

Se debe elaborar un informe con los siguientes apartados:

  • Evaluación del sistema de registro y control de armas y los riesgos operativos y tecnológicos que afectan el flujo de información y la integridad de la base de datos, esto incluye observaciones, detalle de los hallazgos, debilidades de control, oportunidades de mejoras de acuerdo con mejores prácticas.
  • Recomendaciones de mejora para abordar las observaciones identificadas en el punto anterior.
  • Planes de Acción a las situaciones observadas.
  • Entregar a la DGMN los scripts SQL utilizados para la obtención de estas irregularidades.
  • Se debe realizar una reunión de cierre para presentar los hallazgos y recomendaciones.

  1. Obligaciones del oferente.

(i)               Prestar los servicios contratados de conformidad con las normas que le sean aplicables, mediante personal calificado, que cuente con los conocimientos y experiencia para ello declarados en su oferta.

(ii)             Dar cumplimiento estricto y oportuno a todas las obligaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, sean laborales o previsionales, pesen sobre él, respecto del personal que ocupará en los servicios contratados que ejecutará para la DGMN.

(iii)          Deberá concurrir a una reunión informativa en la DGMN para conocer los alcances específicos del servicio a contratar, requisito excluyente.

(iv)           El servicio deberá ser ejecutado en modalidad híbrida, es decir, actividades definidas por la DGMN a realizar en modalidad presencial y otras en remoto, requisito opcional.

  1. Obligaciones de la DGMN.

(i)               Designar una persona calificada para que supervise la prestación de los servicios contratados.

(ii)             Proporcionar de manera oportuna al Proveedor (o hacer que otros le proporcionen), aquella información que razonablemente sea necesaria para la prestación de los servicios contratados, sobre la cual, bajo el leal saber y entender de la DGMN, se entenderá como veraz y completa en todos sus aspectos significativos, y no deberá violar ningún derecho de propiedad intelectual ni derechos de terceros.

(iii)          Ocasionalmente, dispondrá de un espacio físico para el trabajo del personal técnico del proveedor adjudicado.

Cabe precisar, que el Proveedor prestará los servicios contratados en base a dicha información, que le sea puesta a su disposición por la DGMN, no teniendo responsabilidad alguna de evaluarla o verificarla.

  1.  Entregables de los servicios contratados.

En relación con los entregables que deben ser otorgados por el Proveedor a la DGMN, en virtud de los servicios contratados (en adelante los “Entregables de los Servicios”), estos podrán corresponder a informes, presentaciones u otras comunicaciones, estos deben consistir, como mínimo, en:

 

  1. Planificación de las actividades, incluyendo las fechas de las reuniones de avance.
  2. Documentación de evidencias encontradas.
  3. Documentación de entrevistas efectuadas firmadas por entrevistado.
  4. Comunicación inmediata de situaciones de ilegalidad o alto riesgo.
  5. Descripción detallada de los hallazgos.
  6. Recomendaciones para subsanar los hallazgos.
  7. Scripts, algoritmos, consultas SQL o métodos utilizados.

  1. Perfil Profesional del auditor que realice el trabajo

El personal que integre el equipo de trabajo para esta licitación debe ser Ingeniero en Información y Control de Gestión, Ingeniero Civil Informático, Ingeniero Civil Industrial, Contador Auditor o profesional universitario equivalente de Universidades chilenas (requisito excluyente)

Además el personal que integre el equipo de trabajo para esta licitación debe ser un profesional con amplias habilidades y experiencia como requisito mínimo de 3 años en la práctica de auditoría y consultoría en riesgos de negocio, regulatorio y tecnológicos, debe tener experiencia en ejecución y administración de proyectos de auditoría interna, auditorías tecnológicas, implementación y revisión de segregación de funciones y testeo de acuerdo con normas con experiencia prestando servicios en industria financiera, mercados industriales y Telecomunicaciones. Requisito evaluable.

  1. Valores:

El oferente deberá indicar en su oferta económica el detalle de los valores, y totales incluidos los impuestos, en pesos. Las ofertas que se presente en otra moneda quedarán fuera de la etapa de evaluación. El valor máximo para ofertar será de $12.000.000.- (doce millones de pesos), requisito excluyente.

  1. Plazo de ejecución-entrega

Se deberá señalar en la oferta el plazo de entrega en días hábiles, el plazo máximo de entrega declarado de los servicios deberá ser de máximo 80 días hábiles, con un mínimo de 40 días hábiles, requisito excluyente y evaluable.

El oferente que resulte adjudicado realizará el servicio en el plazo ofertado contemplado para estos efectos. Dicho plazo comenzará a correr desde el día siguiente hábil de aceptada la Orden de Compra al proveedor, es decir, en estado “aceptada” a través del portal www.mercadopublico.cl La aceptación de la Orden de Compra deberá realizarse dentro de los 3 días hábiles de “enviada al proveedor”.

  1. Período de validez de la oferta  

Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

Aquella oferta que explícitamente declare un período de validez menor al solicitado quedará fuera del proceso, por otra parte, aquellos oferentes que no declaren explícitamente el periodo de validez se entenderán en forma implícita que aceptan el período dispuesto en estas bases, es decir, 60 días corridos.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad de la DGMN. Sólo serán de propiedad de la DGMN la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.

jj. Anexos

ANEXO N° 1.

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.

 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA JURÍDICA. 

Nombre o razón social:  

R.U.T.:

Domicilio comercial:  

Comuna:

Nombre del representante legal: 

 

R.U.N.:

Nombre de persona de contacto durante el proceso:

R.U.N.: 

Correo electrónico de contacto:

Teléfono de contacto:  

Validez de la oferta:                             (mínimo 60 días corridos)

Nombre: ......................................

R.U.T. ..........................................

Firma: ..........................................

ANEXO N° 2.

DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA.

Yo, (nombre del representante legal o persona natural), cédula de identidad N° ________________, con domicilio en________________ en representación de _________________, RUT: ____________, del mismo domicilio, para la licitación pública ID__________________, declaro bajo juramento que:

(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada).

 ___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial y no está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores.

___ Mi representada si forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio.

 ___ Mi representada si forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.

_____________________________________

NOTA: En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deber· ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación.

ANEXO N° 3.

DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES.

 (ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES).

Nombre de la Unión Temporal de Proveedores.

(UTP): ………………………………………………………………………

Integrantes de la UTP:

RAZÓN SOCIAL

RUT

1

2

3

(Agregue tantas filas como integrantes tenga la UTP).

La siguiente información debe ser coincidente con el instrumento constitutivo de la UTP.

  1. Objeto UTP:
  2. Solidaridad: (todos los integrantes responden respecto de todas las obligaciones que se generen para la UTP).
  3. Duración/Vigencia:
  4. Apoderado: (nombre, apellidos, RUT y datos de contacto).

_____________________________________

ANEXO N° 4.

PROGRAMA DE INTEGRIDAD.

 

Yo, (nombre del representante legal o persona natural), cédula de identidad N° ________________, con domicilio en________________ en representación de _________________, RUT: ____________, del mismo domicilio, para la licitación pública ID__________________, declaro bajo juramento que:

______ (SÍ/NO) posee un programa de integridad que es conocido y aplicado por su personal, entendiendo programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir / y si resulta necesario, identificar y sancionar/ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

 

_____________________________________

NOTA:

 

1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación.

2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación.

ANEXO N°5.

OFERTA ECONÓMICA-TÉCNICA

SERVICIO

VALOR

SERVICIO DE AUDITORÍA A LOS REGISTROS DEL SISTEMA DE CONTROL DE ARMAS DE LA DGMN

VALOR NETO

19% IVA

VALOR TOTAL

¿La oferta indica los siguientes requerimientos excluyentes?

¿El oferente participó en la reunión informativa técnica?

El oferente debe indicar Si o No.

¿La oferta indica el tiempo de entrega de servicio el cual debe ser entre 40 a 80 días hábiles inclusive?

El oferente debe indicar Si o No.

¿La oferta incluye en su propuesta técnica “Revisión de datos existentes que son indicio de transgresiones a la ley de Control de Armas”?

El oferente debe indicar Si o No.

¿La oferta incluye la entrega a la DGMN los scripts utilizados para la obtención de estas irregularidades?

El oferente debe indicar Si o No.

¿La oferta incluye y acredita que el personal que integre el equipo de trabajo para esta licitación debe ser Ingeniero en Información y Control de Gestión, Ingeniero Civil Informático, Ingeniero Civil Industrial, Contador Auditor o profesional universitario equivalente de Universidades chilenas?

El oferente debe indicar Si o No.

¿La oferta indica los siguientes requerimientos evaluables?

Plazo de ejecución de la Auditoría entre 40 a 80 días hábiles

El oferente debe Indicar cantidad de días hábiles que tomará la auditoría

Evaluaciones estipuladas en las bases técnicas numeral 2.3 “Evaluación de las evidencias y generación de las observaciones y mejoras identificadas”

2.3.1.   Seguridad de la información

El oferente debe indicar Si o No.

2.3.2.   Gestión de cambios en producción

El oferente debe indicar Si o No.

2.3.3.   Operaciones en TI

El oferente debe indicar Si o No.

2.3.4.   Integridad de Registros en Sistema Aries 2.0

El oferente debe indicar Si o No.

2.3.6.   Evaluación del ambiente tecnológico

El oferente debe indicar Si o No.

Experiencia de la empresa en servicios de auditorías

El oferente debe indicar cantidad de servicios de auditoria realizados en los últimos 3 años.

Experiencia de auditores comprobable en auditoría de integridad de registros en las siguientes industrias:                    

Industria Financiera

El oferente debe indicar Si o No.

Industria de Telecomunicaciones

El oferente debe indicar Si o No.

Oferta indica Nivel educacional y capacitaciones, demostrables del personal del equipo de trabajo en su conjunto                                         

 El oferente debe indicar Si o No.

Certificación ISACA

El oferente debe indicar Si o No.

Certificada Scrum Master en metodologías Agile

El oferente debe indicar Si o No.

Certificado en normas del PCAOB (SOX)

El oferente debe indicar Si o No.

Máster of Business Administration

El oferente debe indicar Si o No.

Certification in Risk Management Assurance

El oferente debe indicar Si o No.

Certified internal Auditor

El oferente debe indicar Si o No.

Internal Audit Practitioner

El oferente debe indicar Si o No.

PLAZO DE EJECUCIÓN

_____ DÍAS HÁBILES

VALIDEZ DE LA OFERTA

_____ DÍAS DE CORRIDO

 

<Ciudad>,

__________________________

Rut

Cargo

Fono y mail

ANEXO N° 6

DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD

El presente anexo de confidencialidad complementa las bases de licitación pública para el servicio de auditoría externa a los sistemas informáticos de Control de Armas de la Dirección General de Movilización Nacional, (DGMN).

La empresa postulante a la licitación, en adelante “Oferente” firma en este acto el presente Anexo como un requisito excluyente del indicado proceso concursal; y si posteriormente resulta “Adjudicada”, se obliga a cumplir con los siguientes requisitos de confidencialidad:

 

Yo, (nombre del representante legal o persona natural), cédula de identidad N° ________________, con domicilio en________________ en representación de _________________, RUT: ____________, del mismo domicilio, para la licitación pública ID__________________, declaro bajo juramento que:

  1. La empresa oferente declara conocer y respetar las prohibiciones de divulgación descritas en el artículo 16 de Ley de Control de Armas y elementos similares (Ley N°17.798), que prohíbe a los funcionarios autorizados por esta ley, a revelar los hechos, informaciones y el contenido de las solicitudes relativas a las materias que regula esta ley, y que en caso de no observar estas conductas están sometidos a las sanciones y penas descritas en el artículo 17 A, de dicho cuerpo legal. Asimismo, declara conocer y respetar la ley N°21.719 sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal.

  1. Consecuentemente con lo anterior, para la ejecución de los trabajos, la DGMN autorizará la empresa adjudicada, a través de los técnicos que designe explícitamente y por escrito, de acuerdo con la Ley N° 21.459 sobre Delitos Informáticos, artículo 16, a acceder a sus sistemas con el propósito de encontrar sus vulnerabilidades. Esta autorización quedará sin efecto en el caso que la empresa oferente exceda el ámbito de intrusión de datos accediendo, copiando o divulgando información materia de esta licitación.

  1. La empresa oferente declara conocer y respetar la Ley N°21.459 del 20.JUN.2022, que establece normas sobre Delitos Informáticos, cumpliendo a cabalidad todas las obligaciones y absteniéndose de todas las prohibiciones en ella descritas, y declara conocer las consecuencias administrativas y penales que derivan de sus respectivas infracciones.

  1. La empresa oferente declara conocer y respetar la Ley Marco de Ciberseguridad, N°21.663 del 08.ABR.2024, que en el artículo 9° establece que los proveedores de servicios de Tecnologías de la Información deben comunicar la información sobre vulnerabilidades e incidentes que puedan afectar a las redes y sistemas informáticos de los organismos del Estado y deben respetar la posible naturaleza reservada de la información. Asimismo, declara conocer y respetar el artículo 55° de la Ley Marco de Ciberseguridad, que enmienda la Ley N° 21.459, y que establece normas sobre Delitos Informáticos, derogando artículo 16 del mismo cuerpo legal y estableciendo siete condiciones para exceptuar las pruebas de seguridad de sanciones penales.

  1. Con las excepciones dispuestas en los literales (i), (ii), (iii), de la cláusula siguiente (f), el término “Información Confidencial” significa y comprende, pero no se limita, a identificación de tenedores de armas, armerías, identificación de armas, polvorines, aspectos militares, policiales, judiciales, institucionales, técnicos, comunicacionales, jurídicos, estratégicos, asuntos relacionados con las operaciones de planes presentes y futuros de la DGMN, condiciones financieras, planes de inversión; iniciativas legales, estructura de redes, servidores  y servicios informáticos, planes de expansión, cualquier información técnica, financiera, militar, policial, judicial, institucional, de publicidad y de estadística o cualquier información relacionada con las operaciones de las Leyes que ejecuta la DGMN; en forma digital, escrita u oral.

  1. El término Información Confidencial, referido en este documento, no incluye información que:

                   i.          Sea de dominio público por haber sido publicada con posterioridad a su entrega, por acción no imputable a la empresa oferente;

                ii.          Estuviera en posesión legítima la empresa oferente con anterioridad a la revelación efectuada por la DGMN; sea desarrollada independientemente, o adquirida por la empresa oferente, a través de personas que no han tenido directa ni indirectamente acceso a la Información Confidencial;

              iii.          Sea dada a conocer a un tercero con la aprobación previa y escrita de la DGMN.

              iv.          Toda información relacionada con el Control de Armas se considerará información confidencial.

  1. La empresa oferente admite, reconoce y consiente que todos los sistemas referidos al “Control de Armas”, son propiedad de la DGMN y que se da acceso a la empresa oferente únicamente con el propósito de facilitar la actividad relacionada con esta licitación. La DGMN podrá auditar y monitorear actividades la empresa oferente sin mediar autorización alguna.

  1. Deber de reserva. La Información Confidencial deberá:

                i.            Ser guardada en forma confidencial y diligente por la empresa oferente, por lo que no podrá ser revelada de ninguna manera a terceros, salvo que medie una orden judicial;

              ii.            No ser utilizada por la empresa oferente en detrimento de la DGMN;

           iii.            Utilizarse exclusivamente en relación con el objeto del presente Acuerdo descrito en este documento;

            iv.            No ser distribuida, publicada o divulgada a persona alguna.

  1. La empresa oferente puede revelar la Información Confidencial a las siguientes personas, siempre y cuando se adopten las medidas necesarias para asegurar la integridad y confidencialidad de la Información relevante: Director General de Movilización Nacional, Subdirector General, auditores de la Unidad de Auditoría Interna, Jefe del Departamento de Control de Armas y funcionarios del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, todos de la DGMN, (denominados genéricamente Representantes); pero únicamente en caso de que éstos tengan necesidad de conocer la Información confidencial y siempre y cuando se trate de personal del cual se haya informado previamente por escrito la empresa oferente.

  1. La empresa adjudicada deberá hacer firmar una Declaración de Confidencialidad, en el mismo tenor de este Anexo, a cada funcionario que participe en la ejecución de la auditoria para la DGMN, y que eventualmente pueda tener acceso a la información de la DGMN. Una copia de estas Declaraciones de Confidencialidad se deberá remitir a la DGMN previamente al acceso de estas personas a las redes en forma remota o física a las redes y/o dependencias de la DGMN.

  1. La empresa oferente tendrá además las siguientes obligaciones:
    1. Informar a cada uno de los Representantes que reciben Información Confidencial, de la naturaleza de esta y de la existencia de este Anexo.

  1. Instruir a sus Representantes para manejar la Información Confidencial de manera reservada y no utilizarla, sino para desarrollar el objeto de esta licitación.

  1. Notificar en forma inmediata a la DGMN de cualquier detección de fuga de información confidencial o divulgación de información no autorizada.

  1. Sin el consentimiento previo y escrito de la DGMN, la empresa adjudicada no deberá divulgar la Información Confidencial directamente, ni a través de sus Representantes, a personas vinculadas a ella contractualmente tales como consultores, subcontratistas o asesores. Si la DGMN impartiera su aprobación, estas personas estarán sujetas en cuanto a la reserva de la Información Confidencial, a los mismos términos y condiciones establecidos en el presente Anexo.

  1. Custodia y devolución de la Información Confidencial. Para evitar filtración o el uso no autorizado de la Información Confidencial, la empresa adjudicada la deberá tratar con el mismo cuidado que ella generalmente acostumbra para proteger la información de su propiedad y responderá por su custodia en el cumplimiento del presente Anexo. Se conviene que toda la Información Confidencial necesaria será puesta a disposición de la empresa adjudicada para efectos de ser revisada, con el objetivo de ejecutar esta licitación.

  1. En este sentido, el acceso a la Información Confidencial será restringido, de forma tal que a ella sólo podrán acceder los representantes de la empresa adjudicada que requieran conocer la Información Confidencial, objeto de este Anexo.

  1. A solicitud de la DGMN, la empresa adjudicada deberá aceptar devolver, o en el caso de medios magnéticos electrónicos o digitales, eliminar, borrar o volver ilegible, los materiales suministrados por ésta que contengan Información Confidencial, incluyendo, pero sin limitarse a ello, documentos, bases de datos, listas, escritos, en medios magnéticos, ópticos, papel o cualquier otro medio legible.

  1. Ausencia de Licencia: Ni la ejecución de este Anexo, ni el suministro de cualquier información en virtud de este, se interpretará, directa o indirectamente, como otorgamiento la empresa adjudicada o a sus Representantes, de licencia alguna o derecho para utilizar Información Confidencial para su propio beneficio o beneficio de cualquier otra persona natural o jurídica; y en ese sentido la empresa adjudicada se obliga expresamente no utilizarla de este modo.

  1. Autoridad para la revelación. La Dirección General de Movilización Nacional garantiza que está debidamente autorizada para revelar la empresa adjudicada, la Información Confidencial objeto de este Anexo.

  1. Cumplimiento de la Ley. La empresa adjudicada debe observar y cumplir con todas las disposiciones legales actuales o futuras que sean de carácter obligatorio, su contenido y al uso de cualquier tipo de información que se obtenga como resultado de este servicio.

_____________________________________

NOTA:

 

1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.