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BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS |
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I.- Disposiciones Generales
De conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, se hace necesario indicar que: El
Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Vialidad, no discrimina por género, ni por ninguna
otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases y en todos aquellos instrumentos que se elaboren
a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni
marque diferencias entre hombres y mujeres.
Por lo anterior, y también para evitar la sobrecarga gráfica que supondría la inclusión en español de “o/a”
para marcar la existencia de ambos sexos, se ha optado por utilizar el genérico, en el entendido de que todas
las menciones representan siempre a todos/as, hombre y mujer, abarcando claramente ambos sexos.
I. OBJETIVOS
La Dirección de Vialidad, Región de Los Lagos, solicita ofertas para generar “CONVENIO SUMINISTRO DE
INSUMOS Y MATERIALES DE FERRETERIA DE VIALIDAD PROVINCIA CHILOE REGION DE LOS LAGOS” ID Nº
1895-2-LE26, de acuerdo a los requerimientos de las presentes Bases.
1) PARTICIPANTES
Podrán participar todos aquellos proveedores que se encuentren registrados como tales, en el portal
www.chilecompra.cl., y www.chileproveedores.cl, que no presenten incumplimientos graves en procesos de
licitaciones anteriores que hayan afectado los programas de trabajo de la Dirección de Vialidad Región de Los
Lagos.
Se exigirá la inscripción de los proveedores en www.chileproveedores.cl, esto de acuerdo a la Circular Nº 3
de fecha 05.01.2007 del Ministerio del Interior y Ministerio de Hacienda., proveedor que no cumpla con este
requisito no podrán participar en esta Licitación Pública.
2) NORMATIVA APLICABLE
Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán tener en
consideración los siguientes antecedentes:
2.1.- Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la
Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus
modificaciones.
2.2.- Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Hacienda Nº 661/2024.
BASES ADMINISTRATIVAS
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2.3- Bases Técnicas.
2.4.- Anexos.
2.5.- Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado
Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).
2.6.- La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el D.F.L. MOP
Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el
Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de
Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable
para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en
Reglamentos u otro instrumento normativo.
Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden
de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y
en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.
3) PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Los plazos de las diferentes etapas de la presente licitación, son los que se indican a continuación. Estos plazos
se computarán en días corridos, sin embargo, si el último día de los plazos señalados recayere en, los días
sábados, domingos y/o los festivos, se entenderán que vencen el día hábil siguiente:
Publicación :
La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de las
24 horas siguientes a la total tramitación de la Resolución de
Aprobación de Bases de Licitación.
Cierre de Recepción de
Ofertas : 10 días siguientes a la fecha de publicación.
Acto Apertura Técnica y
Económica : Este acto se realizará en la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas Aclaración
Bases :
El oferente tendrá 03 días contados desde la fecha de publicación
para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación.
Asimismo, la Dirección de Vialidad tendrá 24 días hábiles, contado
desde la fecha de la solicitud de aclaración, para entregar las
respuestas a dichas preguntas.
Fecha de Adjudicación : Una vez la Resolución de Adjudicación se encuentre totalmente
tramitada
Sin perjuicio de los plazos señalados anteriormente, el llamado a licitación deberá permanecer publicado en
el portal, por un plazo mínimo de 15 días posterior a la fecha de recepción de ofertas. La Publicación de
Resolución que aprueba las Respuestas, Aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere, puede hacer
necesaria la extensión de la fecha de Presentación de Ofertas (Cierre en el Portal) en la Ficha de la licitación
en el Portal, por lo tanto, los oferentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
Dentro de las 24 horas siguientes a la Apertura Electrónica, los oferentes podrán efectuar sus observaciones
a través del Portal.
La presente licitación se efectuará en una etapa, es decir, en el acto de Apertura Electrónica se procederá a
abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica de TODOS los oferentes que hayan ingresado dichas
ofertas en el Portal.
4) PREGUNTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES
Los oferentes podrán efectuar consultas a las presentes BA (Bases Administrativas) y BT (Bases Técnicas),
utilizando la funcionalidad Preguntas y Respuestas del Portal. El formato para hacer las preguntas es el
siguiente:
BA, Página , Punto Nº , Pregunta:
BT, Página , Punto Nº , Pregunta:
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Las respuestas a las preguntas, aclaraciones que la Dirección considere den origen a modificaciones a las
presentes BA y BT, deberán ser aprobadas mediante acto administrativo tramitado y publicado en el Portal,
en los plazos señalados en el punto 1.4, letra d) y formarán, para todos los efectos legales y contractuales,
parte integrante de las presentes BA y BT, dando lugar y obligando a los oferente a cumplir con lo establecido.
5) OFERTA ECONÓMICA
La Oferta económica (valor unitario), deberá ser ingresada en Anexo N° 07 donde se detallan el listado de
materiales y herramientas manuales requeridas.
6) PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y
no podrán estar sujetas a condición alguna.
Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la
contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente
con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales,
debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de
Proveedores, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y
documentos de la oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en
el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las
disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo
de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin
necesidad de declaración expresa.
7) PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 45 días a contar de la fecha de apertura.
8) CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán evaluadas tomando en cuenta los criterios y ponderación que a continuación se señalan:
8.1 Precio
:
La evaluación del precio ofertado tendrá una ponderación del 50%. La Comisión analizará el precio que
presenten los oferentes en el Anexo N° 6, otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más
conveniente según estas fórmulas:
CRITERIO OBSERVACION PUNTAJE % FORMULA
Precio
Menor precio 100
50%
Puntaje Segundo menor precio 60 Obtenido X 50% = %
Tercer Menor Precio 30
Desde el 4to en adelante 15
No presenta 0
8.2 Plazo de entrega
Los puntajes se asignarán según cuadro a continuación, la presentación debe ser mediante el formato
entregado por el oferente la, cualquier otro formato (por ejemplo: en horas, días hábiles, semanas o rangos
como “entre 8 y 10 días) será evaluado con 0%:
CRITERIO CANTIDAD DE DIAS PUNTAJE %
Plazo de entrega
01 a 05 días 100
06 a 10 días 50 20%
más de 10 días 0
8
8.3 Dotación Personal
La evaluación de la cantidad de trabajadores tendrá una ponderación del 10% y será considerada la
cantidad de personal especializado, idóneo y suficiente para la prestación del servicio requerido en esta
licitación
ITEM CANTIDAD DE TRABAJADORES PUNTAJE %
Cantidad de trabajadores
10 o más Trabajadores 100
10%
5 a 9 Trabajadores 50
1 a 4 Trabajadores 20
No presenta, No indica 0
8.4 Cumplimiento de Requisitos Formales
La evaluación del cumplimiento de los requisitos formales tendrá una ponderación del 10%. La Comisión
analizará el ingreso de todos los anexos obligatorios debidamente firmados por el emisor, otorgando mayor
puntaje al oferente que cumpla con los requisitos formales solicitados en las Bases Administrativas y
Especificaciones Técnicas, según el siguiente criterio:
CRITERIO OBSERVACION PUNTAJE %
Cumplimiento de los
Requisitos Formales
Cumple 100
No cumple, está incompleta o la presenta fuera 10%
de plazo 0
8.5 Residencia del Oferente
Este factor tendrá un valor de 5% y se evaluará según el siguiente cuadro:
CRITERIO OBSERVACION PUNTAJE %
Residencia del Oferente
En la ciudad de Castro 100
En otra comuna de Chiloé 50 5%
Fuera de la Provincia de Chiloé 0
8.6 Programa de Integridad
La evaluación del Programa de Integridad tendrá una ponderación del 5%, y se evaluará según detalle a
continuación:
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
OBSERVACION
PUNTAJE %
Acompaña a su declaración copia del programa de integridad en
cuestión firmado por los trabajadores.
SI 100 5
No acompaña a su declaración copia del programa de integridad en
cuestión.
NO 0 0
8.7 EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de
Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas
superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios
públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres
trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la
imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las
exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de
Información.
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Se evaluarán únicamente las propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las
presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan
con lo señalado.
Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas
aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación acorde a lo establecido en el
párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°661 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo
normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para
los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de
muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que
hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de
contacto.
Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará
constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a
dicha acta.
9) CONTACTO POSTERIOR AL CIERRE Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
Una vez realizada la apertura de las ofertas y antes de su adjudicación, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proveedores,
esto es, en tanto no afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se
informe de dicha solicitud al resto de los proveedores a través del sistema de información.
Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad del “FORO INVERSO” del portal
www.mercadopublico.cl.
10) DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aceptar o desestimar cualquiera de las ofertas,
independiente de sus montos y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta
decisión se incluirán en el Informe de Adjudicación correspondiente. En tales casos los proponentes no
podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
11) PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal
www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información
necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las
presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este
requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.
En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes
que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se
trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
13) RESOLUCION DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que
hubiese obtenido la “OFERTA ECONOMICA” de menor valor.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá
adjudicando al oferente que hubiese obtenido el “PLAZO DE ENTREGA” más reducido. De persistir el empate,
se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "RESIDENCIA DEL
OFERENTE”, entiéndase como la Dirección Comercial.
En caso de persistir el empate, aun considerando el criterio Residencia del Oferente; se elegirá al oferente de
acuerdo a la Fecha y Hora que Ingresó la Oferta al Portal mercadopublico.cl. Este hecho quedará reflejado en
el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
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14) INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS O DECLARACION DESIERTA DE LA LICITACIÓN
El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad
establecidos en las presente Bases de Licitación.
Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas y
que no sean objeto de asignación de puntaje, y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición
para contratar con Organismos del Estado.
Asimismo, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier
oferta que no se ajuste a estas Bases o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por
ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas
presentadas.
La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en
formato ilegible o enmendada, se tendrá por no presentada.
En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones
que en cada caso lo justifican.
15) DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
Se aceptará la Oferta del oferente que cumpla con los requisitos técnicos y administrativos establecidos en
las presentes Bases y obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, lo
que deberá quedar consignado en el Acta de Evaluación junto con la proposición de adjudicación que efectúe
la Comisión. La proposición de adjudicación, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente.
La Adjudicación se materializará mediante Resolución de la autoridad competente, de la cual formarán parte
integrante las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, la Oferta aceptada y el acta de
Adjudicación correspondiente.
No obstante, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la Licitación por Resolución fundada, cuando las
ofertas no resulten convenientes para los intereses del Servicio, asimismo, podrá declarar inadmisibles las
ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de Licitación.
La Adjudicación antes indicada, se formalizará mediante la suscripción del Contrato respectivo, el que será
aprobado por Resolución de la Autoridad competente.
Re adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no proporciona los antecedentes legales para contratar
o la garantía de fiel cumplimiento, rechazare la orden de compra, no firmare el contrato o no se inscribe en
Chile Proveedores, dentro de los plazos que se establecen en las presentes bases, esta Dirección podrá dejar
sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en
puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente
declarar desierta la Licitación.
Notificación de la Adjudicación y Publicación en el Portal
Una vez que se haya adjudicado la Licitación, se procederá a notificar la decisión mediante el Portal
www.mercadopublico.cl.
Envío de la Orden de Compra
La Orden de Compra será emitida una vez tramitada la Resolución que aprueba el Convenio respectivo.
16) PRECIOS UNITARIOS
16.1 REAJUSTE
Debido a la variación de los precios, los proveedores podrán Reajustar los precios entregados en sus ofertas.
El periodo de medición de la variación de precios debiese estar comprendido entre el mes donde se fijaron
los precios o lo más cercano a este posible y el mes en el cual se realizará la evaluación del reajuste. Para el
mes inicial se utilizará la fecha de Adjudicación de la Licitación.
Factor de Reajuste (FR) = (𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑓𝑖𝑛− 𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙)
𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 I𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙
Donde,
“IPC mes inicial”, corresponde al valor del IPC en el mes de inicio, e “IPC mes final” corresponde al valor del
mes final del IPC.
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Una vez obtenido el factor de reajuste, se debe aplicar este a los precios establecidos
inicialmente en el contrato, de la siguiente manera:
Precio Reajustado= Pr x (1+FR)}
Donde,
Pr es el precio establecido en el contrato y FR es el factor de reajuste.
Respecto a la periodicidad, también es dable mencionar que se pueden establecer
cláusulas de reajuste tanto ordinario como extraordinario, las cuales poseen las
siguientes características:
16.2 REAJUSTE ORDINARIO:
Las cláusulas de reajuste ordinario son las que se aplican comúnmente durante la vigencia del contrato, con
una periodicidad regular, pudiendo ser mensual, semestral y/o anual, dependiendo del rubro.
16.3 REAJUSTE EXTRAORDINARIO:
Las cláusulas de reajuste extraordinario de precios se aplican cuando acontecen situaciones anómalas e
inesperadas durante la ejecución del contrato, que no se pudieron prever a la época de diseño de las bases,
como factores macroeconómicos, inundaciones, terremotos, incendios, guerra u otros.
Estas cláusulas extraordinarias de reajustes de precios suelen aplicarse a solicitud de los proveedores, cuando
estos acrediten la concurrencia de las situaciones contempladas como extraordinarias en las bases. La
cláusula puede establecer rangos de variación de precios a partir de los cuales se apliquen las cláusulas de
reajuste según el indicador, por ejemplo, establecer que se podrá optar a un reajuste extraordinario se existe
una variación en el índice que supere un umbral máximo tolerado.
17) DEL PAGO
El pago se efectuará en un plazo de 30 días desde la presentación de la factura, previa recepción conforme
de los bienes solicitados Todo artículo facturado con cargo al contrato respectivo, deberá tener el respaldo
presupuestario correspondiente.
18) FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y FORMA DE PAGO
El pago al proveedor se realizará en un plazo no superior a 30 días posteriores a la presentación de la factura,
previa recepción conforme del o los artículos adquiridos mediante Orden de Compra, por parte del Inspector
Fiscal y firma de la Contraparte Técnica en la factura.
Conforme a la Ley N° 20.727, que obliga a los Contribuyentes a emitir documentos electrónicos, el Ministerio
de Obras Públicas está obligado a incorporarse a la modalidad de contribuyente electrónico, a contar del 01
de marzo de 2017.
En consecuencia, se debe operar bajo esta modalidad como receptor de Facturas Electrónicas. En este orden
de ideas, los Proveedores como Emisores de facturas Electrónicas al Ministerio de Obras Públicas, deberán
realizar ciertos ajustes en el XML de la Factura, de manera que ésta refleje el lugar del País donde se efectuó
la compra de bienes y/o servicios.
En efecto, las Facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar
de pago, en donde se produjo la compra, para una identificación rápida y que el documento se derive
automáticamente a los correos electrónicos que se diseñarán para tal efecto.
La Dirección de Vialidad, podrá solicitar certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y Previsionales
desfasado en un mes con respecto del pago de los servicios, además de los antecedentes que pudiera solicitar
el Responsable del Contrato PROVINCIA DE CHILOE
Razón Social : MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS
PÚBLICAS DCYF
Región : LOS LAGOS
Domicilio : O´Higgins s/n
Comuna : Castro
RUT : 61.202.000-0
CÓDIGO FACTURACIÓN : 1290 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD CHILOE
Giro : SERVICIO PUBLICO
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19) DEL CONTRATO
19.1 PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
En un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar de la resolución de adjudicación, se deberá suscribir el
respectivo Contrato. Formarán parte de este Contrato, las presentes BA, las BT, las respuestas a las preguntas,
Aclaraciones y/o Modificaciones, Formularios y/o Anexos, si los hubiere, la oferta aceptada y sus aclaraciones,
si las hubiere.
19.2 INICIO Y TERMINO DEL CONTRATO
El plazo total del contrato será de 24 meses y comenzará a regir desde la fecha de tramitación de la Resolución
que lo apruebe, sin perjuicio que por razones de buen servicio, la prestación podrá iniciarse una vez
adjudicado el servicio, hasta la total tramitación de la Resolución que apruebe el Contrato.
19.3 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminar anticipadamente con arreglo al Párrafo 5 artículo 130 del Decreto Hacienda N°
661/2024, por las siguientes causales:
La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la
sociedad contratista.
La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de
cumplir sus obligaciones.
El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entiende por incumplimiento
grave del contrato haber incurrido en multas que representen un 30% o más del valor total adjudicado IVA
incluido.
El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible
modificar el contrato de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del
Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado,
según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de
cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su
contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas
bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de
Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
19.4 PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO O DE CADUCIDAD DEL CONTRATO
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término anticipado, la Dirección aplicará el siguiente
procedimiento:
La Dirección, notificará al adjudicatario la causal de término en la que incurriere y los antecedentes relevantes
se informará a su vez de esta situación al Jefe de Adquisiciones, Vialidad Regional.
El adjudicatario en el plazo de 10 corridos, días contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección
de Vialidad, informe pormenorizado de la situación que produjo la causal, adjuntando los antecedentes
probatorios del mismo.
La Dirección de Vialidad, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si
corresponde, se podrá fijar un plazo para subsanar la situación, lo cual deberá ser verificado por el IF e
informado al Departamento de Adquisiciones.
De no subsanarse la causal de término, la Dirección de Vialidad Región de los Lagos, informará al
Departamento de Adquisiciones para que se tramite el acto administrativo de término anticipado del
Contrato y aplicación de sanción. En esta situación al Adjudicatario le asiste el derecho de interponer los
recursos administrativos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo a lo establecido en
la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado.
Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cumplimiento a lo estipulado en las bases,
salvo razones de fuerza mayor, las cuales serán debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad.
Los reiterados incumplimientos según lo establecido en las bases, cualquiera sea el tenor de éstos, facultará
a la Dirección de Vialidad a poner término al Convenio, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento,
como asimismo, iniciar las acciones legales que los perjuicios ameriten.
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20) DOMICILIO
Para todos los efectos del Contrato a suscribir con el adjudicatario, éste o su representante legal, deberá fijar
domicilio en la Provincia de Chiloé, prorrogando la competencia ante sus Tribunales ordinarios de justicia.
21) SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión administrativa del Contrato por parte de la Dirección se realizará a través de Inspector Fiscal,
del Departamento de Conservación y Administración Directa, Sub-Depto. de Adquisiciones, que será
designado en la Resolución de Adjudicación correspondiente, todo lo cual no obsta al ejercicio de la facultad
fiscalizadora de otros organismos públicos con competencia de acuerdo a la naturaleza de los servicios
adjudicatarios.
El Adjudicatario se obliga a otorgar a la Dirección todas las facilidades en el proceso de adquisición de
suministros de la Dirección de Vialidad, en todos los aspectos establecidos en las presentes Bases y el
Contrato. Sin perjuicio a la responsabilidad que le asiste al Contratista por cualquier incumplimiento, ante
esto, la Dirección de Vialidad podrá realizar observaciones tendientes a mejoras del proceso dentro de un
plazo técnicamente fundamentado, todo lo cual deberá quedar registrado en la Orden de Trabajo. De acuerdo
a lo anterior, el Adjudicatario autorizará al Inspector Fiscal I.F.
Inspector Fiscal
Será designado mediante acto administrativo de esta Dirección, y deberá velar el cumplimiento de los
aspectos técnicos y administrativos del Contrato que se señalan más adelante.
El Adjudicatario deberá otorgar acceso al Inspector fiscal, respecto a los documentos relacionados con la
operación de la adquisición de suministros, necesarios para el cumplimiento de las obligaciones emanadas
del Contrato.
Para efectos de requerimiento de información relacionados con el cumplimiento de los aspectos establecidos
en el Contrato, cualquiera de los profesionales que integren Depto. de Conservación Vialidad Chiloé.
El IF será el funcionario profesional que, designado mediante acto administrativo, asumirá el derecho y la
obligación de fiscalizar el fiel cumplimiento del Contrato que se suscriba, en todas sus etapas, para cuyo efecto
tendrá las siguientes responsabilidades:
a.
Mantener un archivo (papel o digital), con los documentos correspondientes a:
Aprobación de BA y BT; Aclaraciones y/o Modificaciones; Formularios y/o Anexos;
Aprobación de Contrato; Contrato firmado; Fotocopia de la Garantía de Fiel
Cumplimiento; Oferta del proveedor; Garantías; y la Resolución que designa al Inspector
Fiscal IF.
b. Recibir los documentos señalados en las presentes Bases y dar conformidad a las
respectivas etapas y autorizar los pagos.
c. Supervisar y controlar el desarrollo del Contrato, velando por el estricto cumplimento de
los requerimientos señalados en las Bases.
d. Constatar los incumplimientos que se estipulen en el Contrato, y solicitar la aplicación de
las sanciones que correspondan.
22) MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato, como lo es, la variación de cantidades.
Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de
cumplir sus obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.
El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de
compra mientras dure el impedimento, por lo que será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha
dado origen.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del
vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que
origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser
remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La
falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
Asimismo, podrá realizar una modificación con respecto a los bienes y/o suministros comprometidos en el
contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita
satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.
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Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no
podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste
durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y
el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u
orden de compra inicial.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto
administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas
al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras
y Contrataciones del Estado.
23) TRASPASO DEL CONTRATO
La Empresa adjudicataria No podrá en caso alguno ceder, transferir o aportar los derechos y obligaciones
derivadas a terceros el Contrato de se celebre, La empresa Adjudicada está en general, obligada a ejecutar
directamente las obligaciones que emanan del Contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso de
las mismas luego de Licitado y Adjudicado el Contrato respectivo. Por lo tanto, la responsabilidad frente a la
Dirección de Vialidad por el cumplimiento del Contrato, estará siempre radicada en la Empresa Adjudicada.
24) PLAZO DE CONTRATO
El plazo de vigencia del Contrato será de 24 (Veinticuatro) meses, a contar de la fecha de la Resolución que
aprueba el Contrato, el cual no es renovable.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen Servicio, se podrá iniciar el proceso de adquisición de
suministros previo a la entrada en vigencia del contrato, no obstante el primer pago únicamente se podrá
efectuar una vez se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo aprueba.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá poner término al Contrato antes de lo establecido por razones
presupuestarias o por alguna de las causales establecidas las presentes Bases Administrativas, situación en la
cual se pagará hasta el último día en que prestó servicios, en estos casos adjudicatario no podrá reclamar
indemnización alguna a la Dirección de Vialidad.
En la eventualidad que una de las partes quiera dar término al Contrato deberá notificar por escrito con a lo
menos 30 días de antelación al término de su vigencia e indicar expresamente las razones para ello.
Variación de Cantidades La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un
30% las cantidades adjudicadas, por necesidades del Servicio, sin que esto afecte los precios ofrecidos.
Para lo anterior el Inspector Fiscal deberá solicitarlo durante la vigencia del contrato, expresando las razones
en que se funda por escrito y ser autorizado por la jefatura o autoridad que corresponda, En tal caso, no podrá
alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio
financiero del contrato, y podrá autorizarse siempre que el organismo del Estado cuente con disponibilidad
presupuestaria para ello.
25) CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
El PROVEEDOR y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de
información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del
servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su
finalización.
El PROVEEDOR, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas,
procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las
cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP:
http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier
especie, tangible o intangible a las que el PROVEEDOR pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores
que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar
daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida
expresamente como confidencial.
El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de
acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y
seguridad de la información señalada.
En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el PROVEEDOR
como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación
del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer
además las acciones legales que correspondan.
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26) PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS
En caso de incumplimiento, esta situación deberá ser informada por el Inspector Fiscal mediante correo
electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.
Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será
responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector
Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por
correo electrónico efectuada por el Fiscalizador. El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes
de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o
parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será
merito suficiente para su rechazo.
La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución
fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos
presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal.
La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.
27) SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia que se suscite durante el desarrollo del Contrato, será sometida a la consideración del
señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que
correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Sr. Contralor General de la República y a los Tribunales de
Justicia.
28) INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus
disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán
siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas
de las técnicas aplicables según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la
interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del
adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio
de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar
adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del
servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos
u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
29) PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de
tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.29.4
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
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5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.29.8
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, sin perjuicio de
las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
CONVENIO SUMINISTRO DE INSUMOS Y MATERIALES DE FERRETERIA PARA LA DIRECCION DE VIALIDAD,
PROVINCIA DE CHILOE REGION DE LOS LAGOS” ID Nº 1895-2-LE26”
1.- OBJETIVO
La Dirección de Vialidad pretende contratar a una empresa especializada para “CONVENIO SUMINISTRO DE
INSUMOS Y MATERIALES DE FERRETERIA DE VIALIDAD PROVINCIA DE CHILOE REGION DE LOS LAGOS” ID
Nº 1895-2-LE26”, que en adelante se denominaran como bienes muebles, con el fin de conservarlos de forma
permanente y en óptimas condiciones de trabajo.
Durante la vigencia del Convenio, el número de materiales y/o herramientas puede ser sumado al listado
indicado en el Anexo N° 07, situación que será comunicada oportunamente al proponente.
2.- RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR
El proveedor se responsabilizará por los daños que pudieran producirse como consecuencia de la entrega de
materiales o suministros adquiridos al momento de ser puestas a piso en Bodega Vialidad Chiloé, ubicadas en
calle Río Gamboa Interior de la Ciudad de Castro.
3.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Con el fin de cumplir el objetivo del convenio, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
Contar con Stock permanente de los diversos materiales y/o suministros que la Dirección de Vialidad
Anualmente utiliza para la conservación de sus dependencias y el correcto funcionamiento de cada una de
sus oficinas dentro de la Provincia de Chiloé. Anexo 7 “LISTADO DE MATERIALES”
CORRESPONDE AL AMBITO DEL CONVENIO.
4.- CONDICIONES DEL PROVEEDOR:
El proveedor deberá disponer de un stock capaz de responder a las exigencias del demandante con la finalidad
de asegurar el correcto funcionamiento de las dependencias de la institución. Así mismo, deberá contar con
Internet, comunicación vía correo electrónico y telefónico.
5.-OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD:
5.1 Designar un Inspector Fiscal a cargo de la gestión administrativa y técnica del Contrato.
5.2 Asegurar el pago de las Facturas dentro de los treinta (30) días, después de Recepción Conforme de
los artículos detallados en la Orden de Compra respectiva.
Paso 1 : Aprobación de la Cotización.
Una vez recepcionada y aprobada por el IF la cotización, se deberá emitir la Orden de Compra
Los presupuestos que no contengan fechas de entrega serán rechazados. El IF podrá rechazar la cotización,
para la reevaluación por parte de la empresa y considerar las observaciones del IF.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar cualquier cotización emitida por el proveedor y
optar por otro, que cuente con capacidad comprobada, confianza y seguridad para la adquisición de uno o
más artículos específicos.
BASES TÉCNICAS GENERALES
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Paso 2 : Entrega de los bienes y/o suministros
El proveedor podrá dar inicio a la entrega de lo adquirido de forma inmediata, una vez notificada y aceptada
la Orden de Compra (OC) a través del portal de mercado público.
Paso 3 : Recepción de los Suministros
5.3 El IF de del convenio será el responsable de recibir en cuanto a cantidad y calidad de los productos
5.4 El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción de la
factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886,
previa recepción conforme de los materiales por el IF.
Para efectuar el pago, el IF deberá hacer llegar a la Unidad de Ejecución Presupuestaria Regional o Provincial,
los siguientes antecedentes:
Solicitud de Compra
Cotización aceptada por el IF
Orden de Compra aceptada
Recepción de los Artículos y/o Suministros por el IF.
5.- MULTAS Y SANCIONES
Ante un eventual incumplimiento en el plazo de entrega, la Dirección de Vialidad aplicará una multa del 2%
del valor total del servicio IVA incluido, por cada día corrido de atraso, a contar del día inmediatamente
después de la fecha de término de entrega correspondiente.
La misma sanción se aplicará en caso de incumplimiento en la entrega, de las Especificaciones Técnicas del
producto y/o suministro solicitados , si transcurre el plazo establecido, sin que el proveedor haya efectuado
la entrega integra del estos.
La multa se hará efectiva al momento del pago, previo aviso al proveedor, descontándose del monto a pagar
por la adquisición de suministros.
Cuando las multas que representen un 30% o más del valor total adjudicado IVA incluido, la Dirección de
Vialidad pondrá término anticipado el contrato, y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento
del contrato.
5.1) POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 30 días corridos, contados desde la fecha de su
vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección que lo justifique, se podrá poner
término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
La aplicación de multa debe ser informada por el Inspector Fiscal detallando el punto de incumplimiento,
luego informar mediante oficio al Director de Vialidad de la Región de los Lagos.
5.2) FUERZA MAYOR O FORTUITO
Si existiese la ocurrencia de un caso de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad a lo establecido en
artículo 45 del Código Civil, será responsabilidad del adjudicatario comunicar y entregar los antecedentes y
medios de verificación del caso fortuito o fuerza mayor a la Contraparte Técnica, dentro de un plazo de 10
días hábiles a contar de ocurrido el hecho que origina esta situación de excepción. La IF tendrá que solicitar a
la Dirección de Vialidad, un informe, en derecho. En base a las conclusiones de dicho informe procederá la
excepción o sanción correspondiente. Lo que será informado al Adjudicatario, en el más breve plazo.
En caso de ser sancionado el Adjudicatario, en un plazo no superior a 5 días, podrá interponer recursos
establecidos en la Ley N° 19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
actos de los órganos de la Administración del Estado ante esta autoridad. En caso de ser rechazado, deberá
proceder el pago de multa según se indica en el punto
6.- LIMITACIONES DE GASTO
El presupuesto autorizado para el por un periodo de duración del Contrato (24 meses) es de 1.000 UTM. Esto
no implica necesariamente que se invierta todo el presupuesto durante la vigencia del Contrato, toda vez que
solo se generará Orden de Compra por cada cotización definitiva aprobada por el Inspector Fiscal.
Será causal de término anticipado del contrato, si se alcanzare el monto de 1.000 UTM autorizado antes del
término del periodo de vigencia del mismo, lo que será declarado por resolución fundada de la Autoridad
correspondiente.
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7.- GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
Cada bien y/o suministro adquirido debe ser garantizada acorde según los plazos señalados en la oferta.
8.- CONTACTO DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD CON EL PROVEEDOR
La Dirección de Vialidad designa al o los Inspectores Fiscales que tendrán como misión la aplicación y
supervisión del Convenio. Serán responsables de supervisar el bien adquirido (especificaciones del producto,
cantidades, calidad)
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