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Pacto de integridad |
1.10.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS:
1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de
las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar
toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2.- NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3.- PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con
los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y
formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal. Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1.- Requerimientos técnicos del material:
NOTA: Si el pozo es de la Prov. de Arauco, la banda a utilizar, corresponderá a la TM-50bb y en caso que el pozo sea de otra Provincia, la banda a utilizar, será TM 50b, según corresponda tablas N° 1 o N° 2.
1.10.5.2.- Informe de calidad de laboratorio:
La Dirección de Vialidad, deberá tener libre acceso para la toma de muestras del material, tanto en el pozo de origen como en el acopio de entrega de la compra.
El Inspector Fiscal deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad, control de calidad de los materiales que está suministrando el proveedor, este control realizado prevalecerá sobre los controles que presente el proveedor, a través de certificado o informe de calidad.
Si el informe de calidad del Laboratorio de Vialidad, indica que el material no cumple con las especificaciones técnicas, la empresa será sancionada, de acuerdo a las “TABLAS DE MULTAS”N°1 o N° 2, según corresponda. Si de acuerdo a “TABLAS DE MULTAS”, se le rechaza el material, la empresa podrá decidir corregir el material, lo podrá realizar una única vez. El proveedor realizada las correcciones, presentará al Inspector Fiscal un certificado o informe de calidad, que garantice que fueron realizadas las correcciones, el Laboratorio de Vialidad emitirá un informe de calidad, dando por superado los incumplimientos de rechazo, sin embargo esto no significa que no se multe por incumplimiento de especificaciones y bases administrativas, concluyendo el proceso de recepción aplicando las multas correspondientes.
1.10.5.3.- Ubicación: SEGÚN ANEXO COMPLEMENTARIO.
1.10.5.4.- Traslado de material:
El traslado del material deberá realizarse con fiel cumplimiento al DS N°75 del año 1987 del Ministerio de Transporte, por lo tanto, los materiales deberán transportarse en camiones encarpados, de modo que evite la caída del material en el camino.
Antes del inicio del suministro la empresa adjudicada deberá entregar al Inspector Fiscal un listado con los camiones y carros que realizarán el suministro, deberá incluir una ficha técnica de la tolva con los parámetros claros de su cubicación, los cuales serán chequeados en terreno. No se recibirá el material
suministrado en otro equipo diferente al del listado y será devuelto al proveedor.
La empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena, Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material, la empresa adjudicada deberá tomar las medidas que considere necesarias para que no se produzca diferencia entre la cubicación y el enrase del camión, si aún eso ocurriera, la diferencia del volumen detectado, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.
El inspector fiscal deberá presentar en el acta de recepción conforme, adjuntando una planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material.
No se aceptarán guías de despacho con enmendaduras.
Todo traslado, deberá cumplir obligatoriamente con la normativa vigente de pesaje establecida en Decreto MOP N° 158 de 1980, de este modo, no incurrir en multas, las que están contenidas en Ley N° 18.305 de 1984, Ley N° 19.171 de 1992 y DFL N° 580 de 1997.
1.10.5.5. Duración del contrato: según anexo complementario
La duración del contrato corresponde al período en el que la Dirección de Vialidad podrá solicitar la entrega de material pétreo.
1.10.5.6. Modo de operación del contrato
La Dirección de Vialidad enviará, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, una orden de compra por la totalidad del material solicitado e indicará el plazo del contrato. Posterior a eso, el Inspector
Fiscal enviará vía correo electrónico, un calendario con las fechas y cantidades de material pétreo a solicitar por día. Este correo, deberá ser enviado con un mínimo de 48 horas de antelación a la entrega del material. En caso que el proveedor no respete el calendario ya sea en fechas de entrega o en las cantidades solicitadas, estará afecto a multa.
Las entregas deberán efectuarse en los siguientes horarios: de Lunes a jueves a partir de las 09.00 horas y hasta las 16:30 hrs. El día viernes a partir de las 09.00 horas y hasta las 15:30 hrs.
Lo anterior previa coordinación con el Inspector Fiscal.
1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las
presentes bases.
1.10.6.1 Contenido de las ofertas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados
entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. Procedimiento de apertura: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. Derecho a solicitar precisiones: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de
igualdad entre oferentes.
1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, como segundo mecanismo de desempate, se establece que se adjudicará al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, que se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad de los ítems y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad (designación que se realizará por resolución fundada de la Dirección Regional), y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 54 del Reglamento de Compras, la integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. Resolución de adjudicación: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Región del Biobío.
1.10.9.2. Notificación de adjudicación y publicación en el portal: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal
www.mercadopublico.cl.
1.10.9.3. Envío orden de compra:
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
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