Licitación ID: 1965-10-LE26
SERVICIO MANTENCION CENTRAL TERMICA
Responsable de esta licitación: Dirección Regional de Gendarmeria - Pta. Arenas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 69
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Productos o servicios
1
Central térmica 1 Unidad
Cod: 26131510
SERVICIO MANTENCION CENTRAL TERMICA DE LAS UNIDADES PENALES PUNTA ARENAS Y NATALES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO MANTENCION CENTRAL TERMICA
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVICIO MANTENCION CENTRAL TERMICA UNIDADES PENALES PUNTA ARENAS Y NATALES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Región de Magallanes
R.U.T.:
61.004.054-3
Dirección:
Avenida Circunvalación N°2080
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-08-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-07-2026 14:52:57
Fecha inicio de preguntas: 29-07-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 17-08-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-08-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-08-2026 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-08-2026 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 07-09-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA EN TERRENO OBLIGATORIA COMPLEJO PENITENCIARIO PUNTA ARENAS, AVDA CIRCUNVALACIÓN RAMÓN CAÑAS MONTALVA 2080 (15:00HRS MAGALLANES) 11-08-2026 14:00:00
VISITA TERRENO OBLIGATORIA EN CDP PUERTO NATALES SANTIAGO BUERAS 1419 PTO. NATALES (13:00HRS. HORA MAGALLANES) 12-08-2026 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Los Antecedentes Administrativos que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad serán los siguientes: a) Identificación del Oferente, lo que hará en el Anexo N°1, denominado: “Identificación del Proponente”, que corresponde a la persona que firmará posteriormente el contrato y aceptará la OC respectiva. b) “Sustentabilidad”. Deberá marcar las actividades orientadas a la producción limpia, utilización de procesos materiales e insumos que tienden a un menor impacto ambiental en las actividades productivas en el Anexo Nº2. Deberá adjuntar, asimismo, algún documento que sustente dicha declaración, tal como convenio o contrato. En caso de que no se presente el Anexo debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de sustentabilidad. c) “Pacto de integridad”. Lo hará en el Anexo Nº3. El puntaje se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el dicho anexo. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo Pacto de integridad debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad, cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración, copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.  Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.   Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, Incorporándolos en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Administrativos (botón “Anexos Administrativos”).
Documentos Técnicos
1.- Los "Anexos Técnicos" que corresponden a la oferta propiamente tal, que tienen que publicarse en el sitio de la propuesta. a) Deberá completar el Anexo N° 4, denominado: “Plazo de entrega del servicio” indicando los días que se demorará en la entrega y ejecución del servicio, los cuales deben ser, días hábiles, con mínimo de 45 días hábiles y un máximo de 65 días hábiles. b) En el Anexo N°5 de las presentes bases, denominado “Experiencia en Servicios Mantención de Central térmicas y Calderas” se contemplará la experiencia del proveedor en mantención de centrales térmicas, de acuerdo al puntaje en los criterios de evaluación, debiendo acreditar mediante Órdenes de Compra o Factura, además deberá adjuntar Certificado SEC de instalador de Gas, Clase 1. Si el proponente no adjunta alguno de los anexos Nº4 y Nº5, su propuesta será declarada inadmisible. Todos estos anexos se acompañarán en formato digital, incorporándolas en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Técnicos (botón “Anexos Técnicos”).
 
Documentos Económicos
1.- 3. En el Anexo Nº6 denominado “Formulario Especial” correspondiente a "Oferta Económica", deberá incluir el valor total, que tendrá para Gendarmería de Chile el servicio ofertado, incluir el impuesto respectivo. Debe indicar el valor por cada ítem desglosada en dicho anexo, el que no podrá sufrir modificaciones ni alteraciones, como tampoco se podrá modificar las cantidades y unidades señaladas. El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal "Fecha de Cierre de Recepción de Oferta". Las ofertas que realicen los proponentes, se entenderán que tienen una vigencia mínima de 60 días corridos, contados a partir de la fecha estimada para la apertura de las ofertas. La oferta de aquel proponente que no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite. Será declarada inadmisible, asimismo, toda oferta publicada en el portal, cuyo valor no sea neto e incluya el impuesto respectivo. Con todo, el Servicio otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, a partir del momento en que se haga la solicitud al respectivo oferente, dentro del cual los licitantes indicados tendrán la posibilidad de salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informando de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El servicio podrá, dentro del mismo plazo fatal de 2 días hábiles, permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La solicitud respectiva la realizará Gendarmería de Chile, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56° del Decreto Supremo N° 661, del 2024 del Ministerio de Hacienda. La oferta de aquel proponente que, en definitiva, luego de haber transcurrido el plazo fatal de 2 días, no haya salvado los errores u omisiones formales, o no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases, será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes 3. En el caso del criterio de evaluación “Experiencia en Servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas” se considerarán los siguientes puntajes ponderados: Experiencia Servicios Similares Ponderación Puntaje Ponderado 10 o más servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 20% 2.0 9 a 6 servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 15% 1.5 Menos de 6 servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 5% 0.5 No informa o no acredita 0 0 NOTA: La experiencia en servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas deberá acreditarse mediante Órdenes de Compra o Facturas, además deberá contar con su carnet de instalador autorizado de Gas, clase 1, lo cual deberá adjuntarlo dentro de los antecedentes técnicos en anexo N° 5, Artículo 6°, numeral 2°. 20%
2 Plazo de Entrega Puntaje = ((Plazo de entrega más ventajoso x 100) / (Plazo de entrega Ofrecido)) x Ponderación del criterio Plazo de entrega Ponderación Puntaje Ponderado 45 días hábiles 30% 3.0 De 46 a 60 días hábiles 15% 1.5 61 días hábiles, superior o no indica 0% 0 30%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
4 SUSTENTABILIDAD 4. En el caso del criterio de evaluación “Sustentabilidad” (5% de ponderación), el puntaje de cada proponente se determinará así: N° Descripción Ponderación 1 El oferente señala que cumple con al menos 1 de las letras a), b) y c) del anexo Sustentabilidad y presenta los documentos de respaldo que la sustentan. 100 2 El oferente NO cumple ninguna de las letras del anexo Sustentabilidad o no presenta la declaración o los documentos de respaldo que la sustentan. 0 5%
5 PACTO DE INTEGRIDAD 5. En el caso del criterio de evaluación “PACTO DE INTEGRIDAD” (5% de ponderación), el puntaje de cada proponente se determinará así: DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con pacto de integridad implementado 100 ptos No cuenta con programa de integridad implementado. 0 ptos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DIRECCION REGIONAL GENDARMERIA DE CHILE
Monto Total Estimado: 90000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: OSVALDO SANCHEZ SEPÚLVEDA
e-mail de responsable de pago: OSVALDO.SANCHEZ@GENDARMERIA.CL
Nombre de responsable de contrato: JENNIFER MORAGA
e-mail de responsable de contrato: jennifer.moraga@gendarmeria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2299904-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIRECCION REGIONAL DE GENDARMERIA DE CHILE REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA
Fecha de vencimiento: 30-06-2027
Monto: 4500000 Peso Chileno
Descripción: Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista, un Depósito a la Vista o un Vale Vista, documento que deberá tener el carácter de irrevocable, tomada en un banco nacional o con agencia en Chile, extendida a la orden de “DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE, EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA” RUT: 61.004.054-3, por un monto equivalente a $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos), del valor del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos
Glosa: para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente al servicio de mantención Central Térmica para las Unidades Penales Complejo Penitenciario Punta Arenas y CDP Puerto Natales año 2026 y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadore
Forma y oportunidad de restitución: Una vez recibidos la totalidad de los servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile y vencido el plazo adicional de garantía de 180 días corridos, mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA
Artículo 1º. Las presentes Bases Administrativas norman el llamado a Propuesta Pública y el contrato de Prestación de Servicios que, con posterioridad se suscriba al efecto, para la contratación del “SERVICIO DE MANTENCIÓN CENTRAL TERMICA PARA LAS UNIDADES PENALES COMPLEJO PENITENCIARIO PUNTA ARENAS Y CDP PUERTO NATALES 2026”. El servicio a contratar deberá cumplir con los requerimientos técnicos que se señalan en las “Bases Técnicas” que se aprueban por medio de la presente resolución, las que se entenderán forman parte integrante del contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos. Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo y que cumplan con las condiciones requeridas en el artículo 8º de las presentes bases, como así también deben encontrarse inscritas con su información actualizada en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16°, de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El aviso correspondiente deberá contener la información consignada en el artículo 45° del D.S. (H) N° 661, de 2024, que fija el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y formularios estarán disponibles al público en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita. Artículo 2º. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas, lo dispuesto en el Decreto de Hacienda N° 661, de fecha 12 de diciembre de 2024, y la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de fecha 30 de julio de 2003. Asimismo, lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
DE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LOS OFERENTES
Artículo 3º. Podrán participar de esta Propuesta Pública, las Personas Naturales o Jurídicas que cumplan con los requisitos que establezcan las presentes Bases, y que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl al momento de concretar la adjudicación y firma del posterior contrato. Las ofertas que sean presentadas, quedarán sujetas a su evaluación y posterior aceptación o rechazo, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas, como así mismo lo establecido en las Bases Técnicas insertas en este documento. Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile, podrá requerir a los proponentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias que estime conveniente, previo a resolver la adjudicación. No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con Gendarmería de Chile, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en al artículo 4º de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
DE LA VISITA A TERRENO
Artículo 4º. Por la naturaleza de este proceso de licitación, los interesados deberán concurrir a una VISITA A TERRENO OBLIGATORIA, la que se realizará según el siguiente detalle: 1. Lugar: Complejo Penitenciario de Punta Arenas, ubicado en Avenida Circunvalación Ramón Cañas Montalva N° 2080, ciudad de Punta Arenas. 2. Lugar: Centro Detención Preventivo Puerto natales, ubicado en Santiago Bueras 1419, ciudad Puerto Natales. 3. Funcionario Coordinador de la ambas Visitas: Profesional Erick Escobar Cerda, Teléfonos: 061-2-299908, correo electrónico: erick.escobar@gendarmería.cl o quien se designe en su reemplazo. 4. Fecha y Horario de la Visita: Esta será efectuada en la fecha y horario indicado en el Cronograma de la Licitación. 5. Se procederá a registrar a los asistentes en un Acta confeccionada por el Profesional Sr. Erick Escobar Cerda, o quien lo subrogue, debiendo indicar la hora de inicio y término de la actividad; asimismo, deberá ser firmada por un representante de cada empresa asistente, indicando nombre y rut de la persona jurídica o natural que oferte en el portal. 6. Los proveedores que asistan a la visita terreno, deberán presentarse en la Guardia Armada Acceso a la Unidad Penal, en Avenida Circunvalación Ramón Cañas Montalva N° 2080, Punta Arenas y Santiago Bueras 1419, Puerto Natales, con su cedula de identidad. 7. Los proveedores que concurran a la visita en terreno, no podrán ingresar al recinto penal con vehículos particulares, debiendo dejarlos estacionados fuera del recinto. El objeto de la visita a terreno, es conocer el estado de las instalaciones y permitir evaluar lo requerido conforme a las exigencias contenidas en las Bases Administrativas y Técnicas, y así realizar una mejor oferta. Los datos registrados en el acta de visita en terreno, deben ser congruentes con los datos ingresados en la oferta del portal (Nombre y Rut de la empresa). En caso de existir algún error en la digitación de los antecedentes como rut y nombre, no será considerado como asistente a la visita en terreno, por lo que su oferta será declarada inadmisible. El acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl., y habilitará a los oferentes a presentar sus respectivas propuestas. El oferente que no concurra a esta visita a terreno obligatoria, o lo haga con retraso, quedará automáticamente inadmisible su propuesta.
DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS
Artículo 5º. Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Bases Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, únicamente a través del portal y NO en visita terreno; las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha señalada en dicho cronograma. Tanto las consultas como sus respuestas deberán gestionarse exclusivamente a través del Sistema de Información dispuesto en Mercado Público, quedando prohibida cualquier comunicación, solicitud o entrega de información por otros canales. Todas las consultas y respuestas serán puestas en conocimiento de todos los participantes, sin identificar al autor de la consulta. El organismo licitante deberá responder de manera oportuna, imparcial y uniforme todas las consultas formuladas dentro del plazo establecido, garantizando el estricto cumplimiento de los principios de probidad, transparencia, igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria que rigen la contratación pública. El Servicio no podrá entregar información diferenciada o privilegiada a un oferente en particular, debiendo asegurar que cualquier antecedente relevante sea difundido públicamente y en forma simultánea para todos los interesados. Gendarmería de Chile podrá emitir aclaraciones a las Bases a fin de precisar su alcance o complementar la interpretación de aspectos que no resulten suficientemente claros. Estas aclaraciones se publicarán de la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas y deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus ofertas, pasando a formar parte integrante de las presentes Bases Administrativas. No obstante, lo anterior, las aclaraciones no podrán modificar, alterar o eliminar requisitos esenciales establecidos en las Bases, tales como condiciones habilitantes, criterios de evaluación, factores de ponderación, especificaciones técnicas sustantivas, plazos esenciales u otros elementos que incidan directamente en la naturaleza del contrato o en la igualdad entre los oferentes. Cualquier modificación de ese carácter deberá realizarse únicamente mediante una modificación formal de las Bases, respetando los principios y procedimientos establecidos en la normativa vigente. Tanto las respuestas como las aclaraciones emitidas por el Servicio se entenderán como interpretación oficial de las Bases y de los documentos que rigen el proceso, siendo obligatorias para todos los oferentes. El conocimiento y revisión de todas las aclaraciones y respuestas publicadas en el Sistema de Información es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
DE LA PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Artículo 6º. Las propuestas constarán de 3 partes: 1) ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 2) OFERTA TÉCNICA Y 3) OFERTA ECONÓMICA La Oferta Técnica, los Antecedentes Administrativos y la Oferta Económica, deberán presentarse en idioma español y los valores netos expresados en moneda nacional. Tanto la presentación de la “OFERTA TÉCNICA” y la “OFERTA ECONÓMICA”, se deberán enviar a través del Sistema de Información, en el sitio de la propuesta del portal www.mercadopublico.cl. 1. Los Antecedentes Administrativos que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad serán los siguientes: a) Identificación del Oferente, lo que hará en el Anexo N°1, denominado: “Identificación del Proponente”, que corresponde a la persona que firmará posteriormente el contrato y aceptará la OC respectiva. b) “Sustentabilidad”. Deberá marcar las actividades orientadas a la producción limpia, utilización de procesos materiales e insumos que tienden a un menor impacto ambiental en las actividades productivas en el Anexo Nº2. Deberá adjuntar, asimismo, algún documento que sustente dicha declaración, tal como convenio o contrato. En caso de que no se presente el Anexo debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de sustentabilidad. c) “Pacto de integridad”. Lo hará en el Anexo Nº3. El puntaje se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el dicho anexo. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo Pacto de integridad debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad, cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración, copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.  Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.   Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, Incorporándolos en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Administrativos (botón “Anexos Administrativos”). 2. Los "Anexos Técnicos" que corresponden a la oferta propiamente tal, que tienen que publicarse en el sitio de la propuesta. a) Deberá completar el Anexo N° 4, denominado: “Plazo de entrega del servicio” indicando los días que se demorará en la entrega y ejecución del servicio, los cuales deben ser, días hábiles, con mínimo de 45 días hábiles y un máximo de 65 días hábiles. b) En el Anexo N°5 de las presentes bases, denominado “Experiencia en Servicios Mantención de Central térmicas y Calderas” se contemplará la experiencia del proveedor en mantención de centrales térmicas, de acuerdo al puntaje en los criterios de evaluación, debiendo acreditar mediante Órdenes de Compra o Factura, además deberá adjuntar Certificado SEC de instalador de Gas, Clase 1. Si el proponente no adjunta alguno de los anexos Nº4 y Nº5, su propuesta será declarada inadmisible. Todos estos anexos se acompañarán en formato digital, incorporándolas en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Técnicos (botón “Anexos Técnicos”). 3. En el Anexo Nº6 denominado “Formulario Especial” correspondiente a "Oferta Económica", deberá incluir el valor total, que tendrá para Gendarmería de Chile el servicio ofertado, incluir el impuesto respectivo. Debe indicar el valor por cada ítem desglosada en dicho anexo, el que no podrá sufrir modificaciones ni alteraciones, como tampoco se podrá modificar las cantidades y unidades señaladas. El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal "Fecha de Cierre de Recepción de Oferta". Las ofertas que realicen los proponentes, se entenderán que tienen una vigencia mínima de 60 días corridos, contados a partir de la fecha estimada para la apertura de las ofertas. La oferta de aquel proponente que no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite. Será declarada inadmisible, asimismo, toda oferta publicada en el portal, cuyo valor no sea neto e incluya el impuesto respectivo. Con todo, el Servicio otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, a partir del momento en que se haga la solicitud al respectivo oferente, dentro del cual los licitantes indicados tendrán la posibilidad de salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informando de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El servicio podrá, dentro del mismo plazo fatal de 2 días hábiles, permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La solicitud respectiva la realizará Gendarmería de Chile, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56° del Decreto Supremo N° 661, del 2024 del Ministerio de Hacienda. La oferta de aquel proponente que, en definitiva, luego de haber transcurrido el plazo fatal de 2 días, no haya salvado los errores u omisiones formales, o no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases, será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite
DE LA APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y LA OFERTA ECONÓMICA
Artículo 7°. Los Anexos Administrativos solicitados en el artículo precedente serán abiertos y revisados por la funcionaria encargada del proceso licitatorio, como así mismo, los Anexos Técnicos y la Oferta Económica publicadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Estos antecedentes se liberarán automáticamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en dependencias de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena. En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos solicitados en las presentes Bases. En caso de ser necesario una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas. En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y en los demás casos indicados en el artículo 115º del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley N° 19.886). El cuadro resumen y acta de apertura con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información. Posteriormente, y una vez efectuada la antedicha preselección por parte del Servicio, esto es, preseleccionados los proponentes que hayan acompañado todos los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos requeridos en el artículo 8° de las presentes Bases Administrativas, se efectuará, por el operador encargado del proceso, la apertura de la Oferta Económica de los proponentes que continuaren en competencia.
DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Artículo 8°. Se considerarán como criterios de evaluación de las ofertas recibidas, los siguientes factores: a) Precio; b) Plazo de entrega del Servicio c) Experiencia en Servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas d) Sustentabilidad e) Pacto de Integridad; Artículo 9°. Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los factores señalados en el artículo precedente, serán los siguientes: N° CRITERIO PONDERACIÓN 1 PRECIO 40% 2 PLAZO DE ENTREGA DEL SERVICIO 30% 3 EXPERIENCIA EN SERVICIOS MANTENCIÓN DE CENTRAL TÉRMICAS Y CALDERAS 20% 4 SUSTENTABILIDAD 5% 5 PACTO DE INTEGRIDAD 5% Para obtener el puntaje total de la evaluación, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referido. Corresponderá a la Comisión Evaluadora del Servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes formas: 1. En el caso del criterio de evaluación “Precio”, el puntaje se determinará obteniendo los puntajes de costo fijo y costo variable, de acuerdo a lo siguiente: Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio 2. En el caso del criterio de evaluación “Plazo de Entrega del Servicio” se considerarán los siguientes puntajes ponderados: Puntaje = ((Plazo de entrega más ventajoso x 100) / (Plazo de entrega Ofrecido)) x Ponderación del criterio Plazo de entrega Ponderación Puntaje Ponderado 45 días hábiles 30% 3.0 De 46 a 60 días hábiles 15% 1.5 61 días hábiles, superior o no indica 0% 0 NOTA: Con respecto al plazo de entrega del servicio, deberá indicarlo en el anexo N°4, indicado en el Artículo 6° numeral 2°). 3. En el caso del criterio de evaluación “Experiencia en Servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas” se considerarán los siguientes puntajes ponderados: Experiencia Servicios Similares Ponderación Puntaje Ponderado 10 o más servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 20% 2.0 9 a 6 servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 15% 1.5 Menos de 6 servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas 5% 0.5 No informa o no acredita 0 0 NOTA: La experiencia en servicios Mantención de Central Térmicas y Calderas deberá acreditarse mediante Órdenes de Compra o Facturas, además deberá contar con su carnet de instalador autorizado de Gas, clase 1, lo cual deberá adjuntarlo dentro de los antecedentes técnicos en anexo N° 5, Artículo 6°, numeral 2°. 4. En el caso del criterio de evaluación “Sustentabilidad” (5% de ponderación), el puntaje de cada proponente se determinará así: N° Descripción Ponderación 1 El oferente señala que cumple con al menos 1 de las letras a), b) y c) del anexo Sustentabilidad y presenta los documentos de respaldo que la sustentan. 100 2 El oferente NO cumple ninguna de las letras del anexo Sustentabilidad o no presenta la declaración o los documentos de respaldo que la sustentan. 0 5. En el caso del criterio de evaluación “PACTO DE INTEGRIDAD” (5% de ponderación), el puntaje de cada proponente se determinará así: DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con pacto de integridad implementado 100 ptos No cuenta con programa de integridad implementado. 0 ptos
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Artículo 10°. En caso que exista un empate entre oferentes, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se establecerá las siguientes condiciones para definir la adjudicación: - En primer lugar, se optará por el proveedor que haya obtenido mayor ponderación en el criterio “Precio”. - Como segunda instancia de resolución, la Comisión considerará el criterio “Plazo de Entrega del Servicio”. En caso de continuar el empate se continuarán comparando las ofertas, en base a los restantes criterios, según la importancia asignada a la ponderación. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
DE LA ADJUDICACION Y COMISIÓN EVALUADORA
Artículo 11°. Para efectos de la adjudicación de la presente propuesta, se conformará una Comisión integrada por los siguientes funcionarios: 1°. Jefe Unidad del CP, o quien lo subrogue 2°. Jefe Operativo Regional, o quien lo subrogue. 3°. Encargado de Mantención del CP, o quien lo subrogue. Presidirá la Comisión el Jefe Operativo Regional. En caso de ausencia o impedimento de este último, presidirá el funcionario de mayor grado jerárquico de entre los miembros presentes que componen la Comisión, en igualdad de grado jerárquico la presidirá el funcionario de mayor antigüedad de entre todos ellos. En caso de ausencia o impedimento de alguno de los miembros titulares, asistirá, en su reemplazo, su subrogante legal; en caso de ausencia o impedimento del subrogante legal asistirá el funcionario de mayor grado jerárquico. En igualdad de grado jerárquico, asistirá el funcionario de mayor antigüedad dentro de cada dependencia. Artículo 12º. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: a) Resolver si las ofertas presentadas se ajustan a las especificaciones que forman parte de las bases administrativas y bases técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla. Posteriormente dicha oferta será declarada inadmisible a través de resolución fundada. b) Evaluar las ofertas económicas presentadas de los oferentes que aprobaron técnicamente. c) Si la comisión estima pertinente, podrá solicitar a través del portal precisiones a alguno de los licitantes sobre aspectos de su oferta técnica que no resultaren suficientemente claros, en cuyo caso las acciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el oferente pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, de serle adjudicado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los oferentes. Las respuestas deberán ser ingresadas a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la formulación de la consulta vía portal www.mercadopublico.cl. Cuando se trate de aclaraciones solicitadas a los oferentes para complementar información de sus propuestas ingresadas correctamente al proceso licitatorio, y éstas no sean ingresadas dentro de plazo la oferta podrá ser declarada inadmisible. d) Indicar en el Acta de Evaluación, el valor total de los productos/servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere, por el cual propone adjudicar. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y Gendarmería de Chile, corresponde al acto administrativo completamente tramitado que aprueba el contrato legalmente celebrado y suscrito por las partes; y en aquellos casos en que no proceda la firma de contrato, el vínculo contractual se perfeccionará mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, que deberá efectuarse dentro de los 48 horas hábiles siguientes desde la respectiva notificación. Gendarmería, deberá verificar que se realice la aceptación de la orden de compra en el plazo de 48 horas hábiles, contados desde su envío. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de dicho plazo, gendarmería deberá proceder a efectuar la correspondiente cancelación de dicha orden de compra. Artículo 13°. Hará las veces de secretario de Acta de la Comisión, la encargada de logística regional o quien la subrogue. Artículo 14°. Para que la comisión pueda sesionar se requerirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Cada uno tendrá derecho a un voto. Artículo 15°. De los acuerdos tomados por la Comisión de Adjudicación se dejará constancia en un acta que será firmada por todos los miembros asistentes. Artículo 16°. La referida Comisión tendrá un plazo de 5 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la Oferta Económica. La resolución de adjudicación deberá efectuarse dentro del plazo establecido en el cronograma de las presentes bases. Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el Servicio informará oportunamente de esta circunstancia a través del Sistema, indicando las razones que justifican el retraso y señalará, al mismo tiempo, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación. Artículo 17°. El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones. El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el Sistema de Información Artículo 18°. El Servicio declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos de estas Bases o se encuentren en las causales de los artículos 59 al 62 del D.S. 661 de 2024. Esta declaración no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes afectados. Artículo 19°. La Institución, dejará sin efecto la adjudicación y se reserva el derecho de re adjudicar la propuesta, si el proponente adjudicado: 1o. - Se desiste de su oferta total o parcialmente, o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse aceptado la orden de compra. 2°. - Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente. 3°. - Si el adjudicatario no cumple los requisitos necesarios para la suscripción del contrato y/o Si el adjudicatario no acepta o rechaza la orden de compra, en un plazo de 48 horas hábiles, desde su emisión, según corresponda. Como consecuencia de lo anterior, se dará aviso de inmediato de dicha situación, a la Dirección de Compras y Contratación Pública. Artículo 20°. La validez de la oferta tendrá una vigencia mínima de 60 días corridos, desde su presentación. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 21°. El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, al momento de suscribir el contrato y para el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del mismo y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista, un Depósito a la Vista o un Vale Vista, documento que deberá tener el carácter de irrevocable, tomada en un banco nacional o con agencia en Chile, extendida a la orden de “DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE, EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA” RUT: 61.004.054-3, por un monto equivalente a $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos), del valor del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos. Este documento de garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente al servicio de mantención Central Térmica para las Unidades Penales Complejo Penitenciario Punta Arenas y CDP Puerto Natales año 2026 y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores”. El plazo de vigencia del documento de garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 180 días corridos, a contar desde el término de aquél. Una vez recibidos la totalidad de los servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile y vencido el plazo adicional de garantía de 180 días corridos, mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor. Si la garantía de fiel cumplimiento del contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, el Servicio podrá adjudicar el contrato al siguiente oferente mejor evaluado En caso de darse las condiciones, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del contrato, lo que se hará en forma administrativa y sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
DEL CONTRATO
Artículo 22°. El proponente adjudicado, deberá suscribir un contrato con Gendarmería de Chile, en el que quedará establecido lo indicado en las presentes bases y todo aquello contenido en la oferta del proponente. Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá estar inscrito previamente en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Proveedores). Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado deberá acompañar a la encargada de Contratos Regional, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación: Tratándose de personas naturales: a) Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad; b) Fotocopia simple de Inicio de Actividades del oferente. c) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Art. 21° de las presentes Bases Administrativas. Tratándose de una persona jurídica: a) Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones; b) Certificado de Vigencia de la sociedad otorgado por el respectivo Registro de Comercio, con una fecha no superior a 60 días contados desde la notificación de la adjudicación. c) Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública donde conste la personería del representante legal de la sociedad. d) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante legal de la sociedad. e) Fotocopia simple de Inicio de Actividades de la respectiva persona jurídica. f) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Art. 21° de las presentes Bases Administrativas. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores: Para el efecto de participar en un proceso de compra, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. En ambos casos el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en el cual debe individualizar todos quienes compongan la unión temporal, mencionar los representantes llegales y Rut. Cada integrante de la unión temporal deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato respectivo y deberá cumplir además con lo dispuesto en los artículos 180, 181, 182, 183 y 184 del Reglamento de Compras Públicas, y demás normas que al efecto regulan la Unión Temporal de proveedores. La vigencia de la unión temporal de proveedores deberá ser considerada hasta el término de contrato. Los proveedores que se encuentren inscritos en CHILE PROVEEDORES y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitaran acompañarlos. La legalización de los contratos ante Notario Público, será de costa del adjudicatario, pudiendo suscribirse el referido contrato a través de firma electrónica, conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Tanto la forma de prestación de los servicios como sus plazos se regirán por lo dispuesto en estas materias en las respectivas Bases Técnicas, así como el ofertado por el respectivo licitante y lo materializado a través del contrato respectivo. Artículo 23°. Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente. Artículo 24°. En cuanto a la cesión de contrato y subcontratación el proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren. Artículo 25°. El plazo de ejecución del contrato que se suscriba, tendrá una duración máxima hasta 60 días corridos desde la fecha de firma del mismo, dependiendo del plazo comprometido por el oferente, entregando a plena satisfacción el servicio a contratar.
DE LAS MULTAS
Artículo 26°. En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío en la entrega de los servicios, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al cinco por mil (0.5%) sobre el monto total del contrato. Transcurridos 10 días corridos en que se haya estado aplicando dicha multa, el Servicio podrá, a su arbitrio, mantener la aplicación de dicha multa por otros 10 días corridos más, o resolver administrativamente el contrato, en cuyo caso se procederá al cobro íntegro de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del mismo. En todo caso, una vez transcurridos 20 días corridos de aplicación de la multa el Servicio resolverá administrativamente el contrato, aplicando las sanciones correspondientes. La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes y, en segundo lugar, de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal. Sólo en caso que el contrato contemple entregas parciales, y para el evento que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para dichas entregas, se aplicará la multa indicada precedentemente, en forma proporcional, de acuerdo al número de días que contemple el atraso parcial y a la cantidad de productos no entregados. Estas multas se descontarán en la forma antes mencionada. No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor. El Servicio notificará al proveedor, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 27°. Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos: • No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato. • Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos y servicios adjudicados establecidos en el Contrato. • Incumplimiento en el pago de las remuneraciones y/o Leyes Sociales a sus trabajadores. • Atraso en el inicio de los servicios o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, superior a 10 días e inferior a 20 días hábiles. • Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor
DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Artículo 28°. La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 7) En caso de que el incumplimiento por atraso en el inicio de los servicios o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles. 8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado con impuestos incluidos o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos. En todos los casos señalados, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
DEL PAGO
Artículo 29°. El pago por los servicios de mantención se efectuará en 02 estados de pagos, para lo cual el proveedor adjudicado deberá dar cumpliendo a la ejecución de los ítems; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11 dispuestos en el Formulario Especial, entregado por el servicio, previo informe del Inspector Fiscal a cargó, adjuntando los documentos que acrediten la cancelación de las obligaciones laborales por parte del prestador. El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la respectiva factura en el área de habilitación, en la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, ubicada en calle Jorge Montt N° 710, Cuarto Piso, Punta Arenas.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 30°. En cuanto a la confidencialidad el adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. El mandato de tratamiento de datos no exime de responsabilidad al órgano comprador, en especial, respecto de la utilización de los datos solo en materias propias de su competencia legal y de las obligaciones de cuidado de dicha información. IMPORTANTE: Todo lo que tenga directa relación con autorizaciones, informaciones, u otro tipo de antecedente que este Servicio necesite estar en conocimiento, serán vistas, analizadas y consensuadas por el Encargado de Infraestructura Regional o su Subrogante Legal de Gendarmería de Chile en la región de Magallanes y Antártica Chilena. Artículo 31°. El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro: Publicación Día 0 Visita a terreno a las dependencias del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, de carácter OBLIGATORIA para todos los participantes, en Av. Circunvalación 2080 Punta Arenas. No se aceptará la participación de empresas que concurran fuera del horario señalado. Será el décimo día hábil, siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 15:00 hrs. (horario de Magallanes). Visita a terreno a las dependencias del C.D.P Puerto Natales, de carácter OBLIGATORIA para todos los participantes, en Santiago Bueras 1419 Puerto Natales. No se aceptará la participación de empresas que concurran fuera del horario señalado. Será el decimoprimero día hábil, siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 13:00 hrs. (horario de Magallanes). Período de Consultas. Será entre el primer y decimocuarto día hábil siguientes a la fecha de publicación de las bases en el portal Mercado Público desde las hasta las 15:00hrs,. Publicación de Aclaraciones a las consultas. Será el decimoctavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl, 15:00 hrs. Cierre recepción de antecedentes anexos, técnicos y oferta económica en el Portal Mercado Público. Será el vigesimotercero día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 15:00 hrs. Apertura antecedentes administrativos y técnicos en el Portal Mercado Público. Será el vigesimotercero día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público a las 15:05 hrs. Apertura oferta económica de los oferentes que calificaron su oferta técnica en el portal Mercado Público. Será el vigesimotercero día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público a las 15:10 hrs. Adjudicación Se realizará el vigesimonoveno día hábil siguiente a la publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público 16:00 hrs. Se deja constancia que, para todos los efectos a que haya lugar, se considerarán días hábiles los comprendidos entre los días lunes a viernes, ambos inclusive. Artículo 32°. Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas Bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Artículo 33°. Gendarmería de Chile no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que laboren para el proveedor. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o de la ley de compras, y el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de dichos trabajadores, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de tales datos. Igual exigencia se aplicará respecto de los eventuales subcontratistas del prestador, en relación con sus trabajadores. Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos los derechos de información y de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 1o y 3o de la aludida norma del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del mismo cuerpo legal Artículo 34°. Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el proponente acerca de la validez, nulidad, interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución del contrato que se suscriba, o de cualquiera otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley N° 10.336, de 1952, y del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N° 19.886, de 2003.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.