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DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA |
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Artículo 1º. Las presentes bases de licitación norman el llamado a propuesta pública y la posterior formalización, mediante la suscripción del respectivo contrato, destinado a la contratación del servicio denominado: “MANTENCIÓN, OPERACIÓN Y FUNCIONALIDAD DE LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DEL COMPLEJO PENITENCIARIO DE PUNTA ARENAS”, de conformidad con los requerimientos establecidos por Gendarmería de Chile.
El servicio a contratar deberá cumplir con los requerimientos técnicos que se especifican en las “Bases Técnicas y sus Anexos” que se aprueban por medio de la presente resolución, las que se entenderán forman parte integrante del respectivo contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos.
Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo, que cumplan con las condiciones requeridas y no se encuentren en alguno de los casos contemplados en los incisos 1° parte final y 6° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, o en el caso contemplado en el artículo 10° de la ley 20.393.
Las Bases Administrativas y Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y el respectivo contrato, estarán disponibles al público en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita.
Artículo 2°. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas y al contrato que se suscriba con posterioridad, lo dispuesto en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de fecha 30 de julio de 2003 y su respectivo Reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda Nº 250, de fecha 24 de septiembre de 2004. Asimismo, lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, específicamente su Artículo 63°.
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DE LA VISITA A TERRENO |
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Artículo 3º. Por la naturaleza de este proceso de licitación, los interesados deberán concurrir a una VISITA A TERRENO OBLIGATORIA, la que se realizará según el siguiente detalle:
1.Lugar: Complejo Penitenciario de Punta Arenas, ubicado en Avenida Circunvalación Ramón Cañas Montalva N° 2080, ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena.
2. Funcionario Coordinador de la Visita: Profesional Emilio Boccazzi Campos, Teléfonos: 061-2-299908, correo electrónico: emilio.boccazzi@gendarmería.cl o quien se designe en su reemplazo.
3. Fecha y Horario de la Visita: Esta será efectuada en la oportunidad indicada en el Cronograma de la Licitación.
4. Se procederá a registrar a los asistentes en un Acta confeccionada al efecto por el Profesional Sr. Emilio Boccazzi Campos, o quien lo subrogue, debiendo indicar la hora de inicio y término de la actividad, debiendo asimismo ser firmada por un representante de cada empresa asistente, acta que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl., y que habilitará a los oferentes a presentar sus respectivas propuestas.
5. En la visita a terreno sólo se admitirán hasta dos personas por cada uno de los oferentes, quienes, en todo caso, deberán portar su cédula de identidad. Además, no podrán grabar, filmar o tomar fotografías en el Establecimiento Penitenciario, siendo obligatorio el uso de sus propios elementos de seguridad personal.
6. El punto de encuentro para la visita a terreno en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, será en la Guardia Armada, Acceso a la Unidad Penal, en Avenida Circunvalación Ramón Cañas Montalva 2080, comuna de Punta Arenas.
7. No se aceptarán atrasos en el inicio de la visita, por lo que todo oferente que llegue con posterioridad a dicha hora no podrá integrarse a la misma, y quedará fuera del presente proceso de licitación.
El objeto de la visita a terreno es conocer las condiciones del terreno, el estado de las instalaciones y permitir evaluar lo requerido conforme a las exigencias contenidas en las Bases Administrativas y Técnicas, y así realizar una mejor oferta.
El oferente que no concurra a esta visita a terreno obligatoria, o lo haga con retraso, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
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DE LAS ACLARACIONES, CONSULTAS Y R |
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ESPUESTAS
Artículo 4°. Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el Cronograma de la Licitación, establecido en las presentes Bases. Las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha señalada en dicho cronograma.
Tanto las preguntas como las respuestas a las mismas se efectuarán a través del Sistema de Información, poniéndose en conocimiento de todos los participantes, sin indicar el autor de la consulta.
En todo caso, Gendarmería de Chile podrá realizar, de oficio, aclaraciones a las Bases, para precisar su alcance, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que no haya quedado suficientemente claro. Estas aclaraciones se entregarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las preguntas de los licitantes y deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus ofertas, pasando a formar parte de las presentes Bases administrativas, por lo cual se presumen conocidas y su aplicación es obligatoria para todos los licitantes.
Las respuestas y/o aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes Bases y los demás documentos que rijan el proceso, en aquellos aspectos consultados.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones y respuestas emanadas del Servicio es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
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DE LA PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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Artículo 5º. Las propuestas constarán de tres partes:
1) ANEXOS ADMINISTRATIVOS
2) ANEXOS TÉCNICOS
3) OFERTA ECONÓMICA
Los Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y la Oferta Económica, deberán presentarse en idioma español y los valores expresarse en moneda nacional y netos.
Tanto la presentación de los “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”, de los “ANEXOS TÉCNICOS” como de la “OFERTA ECONÓMICA”, se deberán realizar, subiendo éstos a través del Sistema de Información, en el sitio de la propuesta, en el portal www.mercadopublico.cl.
1) Los “Anexos Administrativos” que se deberán ingresar al sitio de la propuesta, en formato digital, serán los siguientes:
a) Declaración de Conocimiento de Bases lo que se indica en el Anexo N°1, denominado: “Identificación del Proponente”.
b) Anexo N° 2: “Declaración de Conocimiento de Bases”.
c) Sustentabilidad, el prestador deberá indicar en el Anexo N° 3 entregado por el Servicio, las actividades que realiza orientadas a la producción limpia, así como la utilización de procesos materiales e insumos que tienden a un menor impacto ambiental en las actividades productivas, adjuntando certificado que acredite lo indicado.
Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en formato PDF, incorporándolos en el sitio de la propuesta. El no cumplimiento de esta información quedará automáticamente fuera de la licitación.
2) Los “Anexos Técnicos” que corresponden a la oferta técnica propiamente tal, deberán ingresarse al sitio de la propuesta y deberán contemplar el detalle de las características técnicas del servicio ofrecido por el proponente, el que deberá cumplir fielmente con todos los requerimientos señalados en las bases técnicas. Estos anexos estarán compuestos de los siguientes antecedentes:
a) Experiencia del Oferente e Identificación de la Empresa y del Encargado y/o Jefe Operativo del Servicio Ofertado y que será la contraparte técnica ante el Área de Infraestructura de la Dirección Regional de Gendarmería y del equipo de Mantención del Complejo Penitenciario. Esto se efectuará de acuerdo al Anexo N° 4.
b) Listado de Instrumentación y Equipos, completando la información en el Anexo N° 5, con su respectiva utilidad, debiendo indicar marca, modelo y características técnicas. Se podrá agregar, además, manuales, catálogos, fichas técnicas, o fotos, del servicio ofertado y su procedimiento, idealmente en idioma español.
c) Equipo de trabajo, la oferta técnica deberá considerar el llenado del Anexo N° 6 denominado: Equipo de Trabajo, donde se detallará el personal que cumplirá funciones en las instalaciones de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, debiendo reunir las exigencias solicitadas en las Bases Técnicas.
d) Plazo del Servicio Ofertado, el cual deberá tener una duración de 365 días corridos y ser declarado expresamente en su oferta llenando el Anexo N° 7, plazo que empezará a regir desde la publicación de la Resolución que aprueba el contrato, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
La comisión de evaluación señalada en el Artículo 11° de las presentes bases, emitirá un análisis que dé cuenta de estos aspectos respecto a las ofertas técnicas presentadas.
Tanto los anexos administrativos como los anexos técnicos se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, incorporándolos en el sitio de la propuesta. El no cumplimiento de esta información quedara automáticamente fuera de la licitación.
3) La “Oferta Económica” incluirá solamente el valor total en el Anexo N°8, entregado por el Servicio, indicando el valor que tendrá para Gendarmería de Chile lo ofertado, valor que deberá ser neto, en moneda nacional, sin incluir el impuesto respectivo.
El precio ofertado por la empresa se mantendrá vigente durante todo el período del contrato.
Asimismo, deberá completar dentro de su Oferta Económica, el Anexo N° 9, entregado por el Servicio, en donde indicará el valor respecto de eventos extraordinarios y no contemplados en la programación de trabajo de limpieza, retiro de sólidos y líquidos de las fosas y plantas de tratamiento de aguas servidas en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, conforme al detalle señalado en el anexo, debiendo indicar la valorización de procedimientos, partes y piezas de los sistemas de evacuación de aguas servidas.
El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el Cronograma de la Licitación, denominado por el portal “Fecha de Cierre de Recepción de Oferta”.
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DE LA APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, ANEXOS TÉCNICOS Y OFERTA ECONÓMICA |
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Artículo 6°. Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos solicitados en estas Bases, serán abiertos y revisados por la operadora encargada del proceso, de dotación de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, en la fecha y hora indicadas en el cronograma de la licitación. Estos antecedentes se liberarán automáticamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en dependencias del Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena.
En primera instancia la mencionada funcionaria verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los antecedentes administrativos y técnicos solicitados en las presentes Bases Administrativas.
En caso de ser necesarios una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas.
En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y en los demás casos indicados en el artículo 62° del Reglamento Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información.
Artículo 7°. Posteriormente, y una vez efectuada la presentación de los oferentes, se procederá a abrir la Oferta Económica de los proponentes que continúan en competencia.
Finalizada esta apertura, se levantará un acta de lo obrado. Copia de esta acta se insertará en el portal www.mercadopublico.cl.
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DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Artículo 8°. Se procederá a la evaluación de las ofertas recibidas, conforme a los siguientes criterios:
a) Precio
b) Experiencia del Oferente
c) Sustentabilidad
PÁRRAFO VII
DE LOS PUNTAJES Y PONDERACIONES ASIGNADOS A CADA CRITERIO
Artículo 9º. Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los criterios señalados en el artículo precedente, serán los siguientes:
CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO = 10 PONDERACIÓN
Total = 100% PUNTAJE MÁXIMO PONDERADO = 10
a) Precio 10 60% 6,00
b) Experiencia del Oferente 10 35% 3,50
c) Sustentabilidad 10 5% 0,50
Corresponderá a la Comisión Evaluadora del Servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes formas:
1. En el caso del criterio de evaluación “Precio”, el puntaje se determinará obteniendo los puntajes de costo fijo y costo variable, de acuerdo a lo siguiente:
Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio
2.- En el criterio de evaluación EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, deberá acreditar una experiencia en trabajos similares y relacionados con Limpieza, Manejo y Disposición de Aguas Servidas en Infraestructuras Públicas o Comerciales mayores, de a lo menos 5 años. Dicha experiencia se acreditará con Certificaciones de los Servicios Respectivos, Empresas Comerciales acreditadas con Patentes Comerciales en la Región de Magallanes u Órdenes de Compra, Facturas, Contratos y/o finiquitos lo que deberá ser subido al sitio de la propuesta, completando el Anexo N° 4.
La ponderación de este criterio se determinará conforme a la siguiente tabla:
Experiencia Puntaje Evaluación Puntaje Ponderado
Más de 5 años de experiencia acreditada 10 2
De 4 años a 5 años de experiencia acreditada 7 1,4
De 3 años a menos de 4 años de experiencia acreditada 5 1
De 2 años a menos de 3 años de experiencia acreditada 3 0,6
Menos de 2 años de experiencia acreditada. Fuera de Bases, quedando excluido de participar de la presente Licitación Pública
3.- En el criterio de evaluación “Sustentabilidad”, Anexo N°3, tendrá una ponderación del 5%, aplicando la siguiente tabla:
SUSTENTABILIDAD PUNTAJE
El oferente presente uno o más documentos en que se acredite la práctica de políticas de sustentabilidad en procesos licitatorios anteriores (Eficiencia energética e Impacto Medioambiental), a través de certificado simple u otro medio de respaldo (ejemplo: certificado de alguna empresa de reciclaje, certificación huella Chile).
100
El Oferente que presente por primera vez un documento en que señale la practica de politicas de sustentabilidad en actual procesp licitatorio (Eficiencia energetica e Impacto Medioambiental) 50
No presenta documento alguno que indique el cumplimiento o no de políticas de sustentabilidad (Eficiencia energética e Impacto Medioambiental) o indique no cumplir con este criterio. 0
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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Artículo 10°. En caso que exista un empate entre oferentes, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se establecerá las siguientes condiciones para definir la adjudicación:
- En primer lugar, se optará por el oferente que haya obtenido mayor ponderación en el criterio “Precio”.
- Como segunda instancia de resolución, la Comisión considerará el criterio “Experiencia del proponente”.
En caso de continuar el empate se continuarán comparando las ofertas, en base a los restantes criterios, según la importancia asignada a la ponderación.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA ADJUDICACION Y COMISIÓN EVALUADORA |
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Artículo 11°. Para efectos de la adjudicación de la presente propuesta, se conformará una Comisión integrada por los siguientes funcionarios:
1°. Jefe Operativo Regional, o quién lo subrogue.
2°. Jefe Administrativo Regional, o quién lo subrogue.
3°. Jefe Unidad Complejo Penitenciario, o quien lo subrogue.
4.- Jefe Administrativo Complejo Penitenciario, o quien lo subrogue
Presidirá la Comisión el Jefe Operativo Regional, en caso de ausencia o impedimento de este último, presidirá el funcionario de mayor grado jerárquico de entre los miembros presentes que componen la Comisión, en igualdad de grado jerárquico la presidirá el funcionario de mayor antigüedad de entre todos ellos.
El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile.
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los miembros titulares asistirá, en su reemplazo, su subrogante legal; en caso de ausencia o impedimento del subrogante legal asistirá el funcionario de mayor grado jerárquico, en igualdad de grado jerárquico asistirá el funcionario de mayor antigüedad dentro de cada dependencia
Artículo 12°. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas se ajustan a las especificaciones que forman parte de las bases administrativas y bases técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla. Posteriormente dicha oferta será declarada inadmisible a través de resolución fundada.
b) Evaluar las ofertas económicas presentadas de los oferentes que aprobaron técnicamente.
c) Si la comisión estima pertinente podrá solicitar a través del portal precisiones a alguno de los licitantes sobre aspectos de su oferta técnica que no resultaren suficientemente claros, en cuyo caso las acciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el oferente pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, de serle adjudicado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los oferentes. Las respuestas deberán ser ingresadas a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la formulación de la consulta vía portal www.mercadopublico.cl. Cuando se trate de aclaraciones solicitadas a los oferentes para complementar información de sus propuestas ingresadas correctamente al proceso licitatorio, y éstas no sean ingresadas dentro de plazo la oferta podrá ser declarada inadmisible.
Artículo 13°. °. Hará las veces de secretario de Acta de la Comisión, la encargada de logística regional.
Artículo 14°. Para que la comisión pueda sesionar se requerirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Cada uno tendrá derecho a un voto.
Artículo 15°. De los acuerdos tomados por la Comisión de Adjudicación se dejará constancia en un acta que será firmada por todos los miembros asistentes.
Artículo 16°. La referida Comisión tendrá un plazo de 03 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la Oferta Económica.
Artículo 17°. El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones.
Artículo 18°. La referida comisión tendrá un plazo máximo de 03 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de la propuesta, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el Servicio informará oportunamente de esta circunstancia a través del Sistema, indicando las razones que justifican el retraso y señalará, al mismo tiempo, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se harán mediante correo electrónico dirigido al e-mail: logísticamagllanes@gendarmeria.cl indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta.
Artículo 19°. Gendarmería de Chile declarará inadmisibles las ofertas, por resolución fundada, cuando éstas no dieren cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas.
Procederá a declarar desierta la licitación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.- No se presenten ofertas.
2.- Presentándose ofertas, éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución.
Artículo 20º Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra si corresponde, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Artículo 21°. La validez de la oferta tendrá una vigencia mínima de 60 días corridos, desde su presentación. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
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DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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Artículo 22°. El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, al momento de suscribir el contrato y para el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del mismo y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista, un Depósito a la Vista o un Vale Vista, documento que deberá tener el carácter de irrevocable, tomada en un banco nacional o con agencia en Chile, extendida a la orden de “DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE, EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA” RUT: 61.004.054-3, por un monto equivalente al 3% del valor del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos.
El documento de garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, ella deberá ser escrita en el reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
El oferente que sea re-adjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
El plazo de vigencia de la garantía será igual al plazo de ejecución del servicio, aumentado en un periodo de 30 días corridos a contar desde el término de aquél.
Una vez prestado el servicio, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, efectuados los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el departamento requirente, y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se procederá a re-adjudicar de conformidad a lo estipulado en el artículo 20° de las presentes bases.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de garantía, siempre y cuando éste haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de dicha situación a través del sitio de la propuesta.
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DEL CONTRATO |
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Artículo 23°. Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y, además, estar inscrito en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Proveedores).
Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado, deberá acompañar a la Encargada de Contratos Regional, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación:
Tratándose de una Persona Jurídica:
a) Copia de escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones; y copia de la escritura pública en la que conste la personería de su representante legal;
b) Copia de la inscripción con vigencia, de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, de una antigüedad no superior a 60 días corridos;
c) En el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, se deberá acompañar Certificado de Vigencia, Certificado de Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, en su caso, emitido por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, además de instrumento en donde conste el poder del representante legal, si procede, debidamente inscrito en el Registro;
d) Documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 20°, de las presentes bases;
e) Declaración jurada simple que dé cuenta si el adjudicatario registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de una antigüedad no superior a seis meses;
f) Fotocopia del Rol Único Tributario;
g) Fotocopia de cédula de identidad del o los representantes legales.
Tratándose de Personas Naturales:
a) Fotocopia de la cédula nacional de identidad, por ambos lados;
b) Documentación en la que conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos;
c) Documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 20°, de las presentes Bases;
Los proveedores que se encuentren inscritos en Chile Proveedores y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitarán acompañarlos. En todo caso deberán señalar expresamente dicha circunstancia.
Artículo 24º. El contrato, cuyo texto deberá ser publicado en el Sistema de Información, será suscrito entre la Dirección Regional de Gendarmería de Magallanes y Antártica Chilena y el adjudicatario de la propuesta, debiendo este último suscribirlo dentro del plazo de 02 días hábiles, contados desde la notificación de encontrarse listo para tal efecto, bajo apercibimiento de re-adjudicar al oferente que haya obtenido el segundo lugar en la evaluación de la propuesta.
Artículo 25°. En el caso que el adjudicatario no cumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, no lo suscriba en el plazo establecido en el artículo precedente, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o la documentación exigida en las presentes Bases, se entenderá que retira su oferta o se desiste de ella, pudiendo Gendarmería de Chile suscribir el contrato respectivo, con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la calificación y así sucesivamente, si el anterior retira su oferta o se desiste de ella, o bien, declarar desierta la licitación.
De presentarse la situación descrita, el oferente que haya sido re-adjudicado, deberá concurrir a la celebración del contrato, haciendo entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y, presentar la documentación aludida en el artículo 21° de las presentes Bases, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la re-adjudicación.
Artículo 26°. Con todo, la validez del respectivo contrato quedará sujeta a la condición de que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe; mientras ello no acontezca no producirá efecto legal alguno. En consecuencia, la vigencia del contrato comenzará a partir de la fecha en que la Resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada, según en Derecho corresponda y debidamente notificada.
El plazo de ejecución que se estipule en el contrato tendrá una duración de 365 días corridos.
Artículo 27°. Atendida la naturaleza de los servicios contratados y la complejidad de la prestación requerida, se tendrá especial atención y prioridad en mantener operativa las plantas todos los días del año y las 24 horas del día, así como el hecho de velar por el permanente cumplimiento de las normativas de salud en especial con los operarios que laboren en el contrato.
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DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y DE LOS RECURSOS MÁXIMOS DISPONIBLES |
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Artículo 28º. Para todos los efectos a que haya lugar, la prestación del servicio se realizará en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, y regirá conforme a lo establecido en las bases técnicas y administrativas, lo ofertado por el adjudicatario, y según el siguiente detalle:
-Los servicios se realizarán en instalaciones de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, ubicado en Avenida Circunvalación Ramón Cañas Montalva 2080. El detalle de las instalaciones requirentes de Limpieza y Mantención será:
a. Planta de Recepción, Trituración e Impulsión del Recinto Carcelario y Edificio Administrativo del Complejo Penitenciario de Punta Arenas.
b. Planta de Recepción e Impulsión de las Casas Fiscales en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas.
c. Sistema de Cámaras Desgrasadoras de Aguas Servidas de la Cocina-Rancho de los Internos Privados de Libertad del Complejo Penitenciario de Punta Arenas.
Para el cumplimiento de las tareas encomendadas y la verificación de los sistemas de evacuación de aguas servidas el Oferente Adjudicado, definirá un Encargado de la Empresa que se vinculará en lo operativo con la Inspección de Gendarmería.
Sin perjuicio de lo anterior, el Encargado y en general la Empresa prestadora del servicio deberá estar disponible las 24 horas del día, de lunes a domingo en casos de emergencia y cuando la Unidad de Mantención del Complejo Penitenciario o la contraparte del contrato, que en este caso es el Área Infraestructura de la Dirección Regional de Gendarmería los requiera para un procedimiento de emergencia.
3. El monto que dispone como máximo la Dirección Regional de Gendarmería para la presente Licitación es:
El monto máximo disponible por el Servicio para esta contratación del Servicio, ascienden a la suma de $41.000.000 (cuarenta y un millón de pesos) IVA incluido de acuerdo a código interno de obra 25191 del Departamento de Infraestructura.
Se tendrá las siguientes cantidades como máximo disponible y quien oferte montos superiores, quedará fuera de bases.
En las Bases Técnicas se definirá un calendario de limpiezas programadas mínimas en las distintas Plantas e Instalaciones de Aguas Servidas dentro del Complejo Penitenciario (3 Sistemas).
4. Los gastos de transporte y embalaje que pudieren originarse con motivo del traslado de bienes o materiales necesarios para la prestación del servicio serán de cargo exclusivo del adjudicado. Cualquier desperfecto, deterioro o merma producida durante el traslado de dichos bienes será de responsabilidad exclusiva del proveedor.
Artículo 29°. Para todos los efectos a que haya lugar en la presente contratación, la contraparte técnica de la ejecución del contrato será el profesional del Área de Infraestructura, Sr. Emilio Boccazzi Campos ( emilio.boccazzi@gendarmería.cl), o quien se designe en su reemplazo a través de Resolución de la Dirección Regional de Gendarmería. Así también a nivel operativo y ejecutivo, estará a cargo el Encargado de Mantención del Complejo Penitenciario Sr. Dinter Paredes Nahuelhuen (dinter.paredes@gendarmería.cl) o de quien lo subrogue. El Equipo de Mantención del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, elaborará un Informe mensual previo al respectivo pago, donde consten las actuaciones efectuadas por el contratista, sin perjuicio de la responsabilidad del profesional a cargo de los servicios contratados.
La Contraparte Técnica ejercerá las siguientes funciones, sin que la enunciación sea necesariamente taxativa:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento de la contratación y de todos los aspectos considerados en estas bases.
b) Verificar que la calidad del servicio contratado corresponda a la ofrecida y contratada, adecuándose a los requerimientos técnicos indicados en estas bases.
c) Supervisar y coordinar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
d) Mantener un permanente control sobre el funcionamiento del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
e) Velar por el correcto cumplimiento del contrato, informando oportunamente mediante Minuta Interna a la Dirección Regional de Gendarmería en caso de que deban aplicarse multas o de otras particularidades relevantes.
f) Dar visto bueno y recepción conforme al servicio, como asimismo dar tramitación a los estados de pago, certificación de la facturación y a las multas.
g) Las demás que le encomienden las presentes bases.
h) Cualquiera otra tarea que implique la súper-vigilancia del cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de la empresa.
Sin perjuicio de lo anterior, el Oferente a través de su Encargado, deberá estar disponible las 24 horas del día, de lunes a domingo en casos de emergencia y cuando la Unidad de Mantención del Complejo Penitenciario o la contraparte del contrato, cual es el Área Infraestructura de la Dirección Regional de Gendarmería así lo requieran.
Este Encargado de Mantención del contratista tendrá las siguientes funciones:
a) Suministrar toda la información y requerimientos referentes al contrato de Servicio de Mantención de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Complejo Penitenciario, que la contraparte técnica solicite y en los plazos que ésta le indique.
b) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Supervisar al equipo de trabajo y ejecución de las actividades señaladas en las bases técnicas.
d) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
e) Deberá tener presencia de acuerdo a lo indicado más arriba en el presente artículo.
f) Todas aquellas contempladas en las bases técnicas.
g) Deberá contar con un teléfono celular destinado para este fin y estar disponible las 24 horas del día, de lunes a domingo.
Gendarmería de Chile contraerá las siguientes obligaciones:
a) Brindar a la empresa que se adjudique el contrato el libre acceso de vehículos, equipos y personas, las que deberán ser debidamente acreditadas, a las unidades y dependencias establecidas en las Bases Técnicas, sin perjuicio que tendrán de igual modo que, someterse a los controles de seguridad propios de un recinto penitenciario.
b) Conservar, en la oficina del Área de Infraestructura de la Dirección Regional, toda la documentación relacionada con la ejecución de los servicios contratados, la cual será parte de la debida administración del contrato.
c) Realizar los pagos al adjudicatario, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Artículo 30°. En el caso de rechazo del servicio, por incumplimiento de las Bases Técnicas, el proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar nuevamente dicho servicio a sus expensas, conforme a los requerimientos técnicos y a su oferta, retirando lo ejecutado de ser necesario, en un plazo no superior a 02 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo. Transcurrido dicho plazo podrá resolverse administrativamente el contrato, mediante la dictación de una resolución fundada que lo deje sin efecto, de conformidad con lo estipulado en el artículo 31° de estas bases.
Como consecuencia, el proveedor perderá, en favor de Gendarmería de Chile, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio de darse aviso de inmediato a la Dirección de Compras y Contratación Pública, y de aplicarse las multas que procedan en atención a la naturaleza del rechazo.
En definitiva, si el servicio, es rechazado y se pone término anticipado al contrato, el adjudicatario estará obligado a retirar toda la infraestructura y equipamiento instalado en los recintos vinculados al proyecto, en un plazo no mayor a 10 días corridos, sin costo alguno para Gendarmería de Chile.
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DE LAS MULTAS |
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Artículo 31°. En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío del contrato, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará una multa, por cada día de incumplimiento o atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al 1% sobre el monto total de la contratación.
Los incumplimientos deberán estar fundamentados por informe técnico emitido por la contraparte técnica de Gendarmería de Chile.
Transcurridos 10 días corridos en que se haya estado aplicando multas de valor diario equivalente al 1% sobre el monto total de la contratación, el Servicio podrá, a su arbitrio, resolver administrativamente la contratación, en cuyo caso se procederá al cobro íntegro de la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del mismo.
Se considerará como incumplimiento en el servicio la falta o suspensión del mismo por causas imputables al proveedor; como incumplimiento parcial, la prestación del servicio en forma parcial o en menor cantidad a la ofertada y contratada y, cumplimiento tardío, cualquier retraso en la prestación del servicio.
La aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 10% del monto total de la contratación. Si excediere dicha cantidad, el Servicio podrá ponerle término anticipado a la contratación.
La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal.
No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor, caso este último que deberá ser acreditado documentalmente por quien alega el caso fortuito, mediante oficio, adjuntando los documentos de respaldo en idioma español o debidamente traducidos.
El Servicio comunicará al proveedor los hechos que motiven la aplicación de la multa, sin indicar su monto, a fin de que en forma previa a la dictación del acto administrativo que le dé curso, éste pueda entregar los antecedentes y argumentos que estime pertinentes. La comunicación referida en el punto anterior tendrá la forma de oficio ordinario, el cual será notificado mediante su publicación en el Portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de enviarse correo electrónico al interesado. Notificado dicho oficio al proveedor, éste dispondrá de 05 días hábiles para presentar sus descargos por escrito.
Estos descargos deberán presentarse en la Dirección Regional de Gendarmería de Magallanes y Antártica Chilena, ubicada en Jorge Montt N° 710, Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena dirigidos al Sr. Director Regional del Servicio.
Los descargos presentados serán resueltos por una Comisión del Servicio, designada para tal efecto por el Director Regional del Servicio. Esta comisión deberá efectuar una proposición al Director Regional, sugiriendo acoger los fundamentos dados por el proveedor y dejar sin efecto o rebajar la multa aplicada, o bien, rechazar la presentación del proveedor, confirmando la multa respectiva.
En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, ya sea total o parcialmente, ello se formalizará a través de un acto administrativo fundado, notificado al proveedor por carta certificada y/o correo electrónico. Respecto de este acto administrativo, el proveedor podrá ejercer los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, en la forma que dicho cuerpo normativo dispone.
El plazo para pagar la multa será de 10 días corridos, contados desde la notificación del acto administrativo que la haya cursado.
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DEL PAGO |
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Artículo 32°. El pago por los servicios de mantención se efectuará de acuerdo a calendario adjunto en el que se detalla las fechas tentativas, y cumpliendo con los documentos que acrediten la cancelación de las obligaciones laborales por parte del prestador. El pago se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la respectiva factura, en el área de habilitación (a través de transferencia electrónica) en la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, ubicada en calle Jorge Montt N° 710, Cuarto Piso, Punta Arenas.
Se establece la siguiente calendarización de fechas tentativas de Pagos, con los siguientes montos máximos (o sus equivalentes de acuerdo a oferta del oferente adjudicado):
31.03.2025 / 8.33% Precio Ofertado
30.04.2025 / 8.33% Precio Ofertado
31.05.2025 / 8.33% Precio Ofertado
30.06.2025 / 8.33% Precio Ofertado
31.07.2025 / 8.33% Precio Ofertado
31.08.2025 / 8.33% Precio Ofertado
30.09.2025 / 8.33% Precio Ofertado
31.10.2025/ 8.33% Precio Ofertado
30.11.2025/ 8.33% Precio Ofertado
31.12.2025/ 8.33% Precio Ofertado
31.01.2026/ 8.33% Precio Ofertado
28.02.2026/ 8.37% Precio Ofertado
Artículo 33°. Para cursar el pago programado según calendario señalado en las presentes bases administrativas, previamente se deberá verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al personal del proveedor, para cuyos efectos Gendarmería de Chile, exigirá como requisito para cursar el pago que el proveedor acompañe a la factura correspondiente, los siguientes documentos:
1.- Fotocopia simple de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores que prestaron el servicio, o en su caso las correspondientes Boletas de Honorarios.
2.- Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones Previsionales y de Salud del mes anterior, de las personas que prestaron servicio el mes anterior al que se está pagando, si correspondiere.
La no presentación de dichos documentos o la información de existencia de deudas, significará la inmediata suspensión del trámite de pago, el que no se cursará hasta su total regularización.
En caso de que el contratista no tenga trabajadores o que los trabajadores que presten el servicio requerido no tengan un contrato regido por el Código del Trabajo, igualmente deberá solicitar en la Dirección del Trabajo este documento, que acredite dicha situación.
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DE LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Artículo 34º. El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales:
1°.- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2°.- Incumplimiento de los plazos estipulados en el artículo 31° de las presentes bases, relacionado con el pago de las multas.
3°.- Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4°.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5°.- Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
6°.- Por incapacidad del proveedor para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de trabajadores o quiebra, entre otros.
7°.- Término o liquidación anticipada de la empresa por causas distintas a la quiebra.
8°.- La falta de recursos suficientes en el ejercicio presupuestario por parte de la Institución.
9°.- Incumplimiento de los plazos estipulados en el artículos 30° y 31° de las presentes bases, relacionado con el rechazo del servicio, en el caso que corresponda.
10°.- Incumplimiento grave, por parte del proveedor, de las obligaciones que impone el contrato. Se estimará que existe incumplimiento grave en los siguientes casos:
a) Incumplimiento en el modo, cantidad o plazo de prestación del servicio.
b) Incumplimiento de la obligación establecida en los artículos 43° o 47° de estas bases, relativa a la mantención del máximo estándar ético exigible y confidencialidad, durante la realización de la presente licitación y en la ejecución del contrato respectivo.
c) La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
11°.- Exceso de multas, en los casos contemplados en el artículo 31° de estas bases.
12°.- En caso que una empresa distinta sea subcontratada para el cumplimiento del servicio, lo cual será causal, por tanto, para poner término anticipado al contrato.
13°.- Las demás que se establezcan en estas bases o en el contrato respectivo, en su caso.
En todos estos casos, salvo aquellos indicados en los N° 1, 4 y 8, el Servicio procederá a cobrar el documento que garantice el fiel cumplimiento del contrato.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el Servicio podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el proveedor sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas.
Asimismo, y en relación a la modificación contractual que pudiese generarse, las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
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DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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Artículo 35°. En el evento que el Servicio, a fin de complementar y/o aclarar algunos aspectos de las Bases Administrativas o Técnicas, realice modificaciones a su texto antes del cierre de recepción de ofertas, se otorgará un plazo de 02 días hábiles para que los proponentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, plazo que se contará desde que el acto aprobatorio de dichas modificaciones se encuentre totalmente tramitado y haya sido publicado en el sitio www.mercadopublico.cl.
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DISPOSICIONES GENERALES |
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Artículo 36°. El Servicio podrá efectuar los análisis técnicos ante los organismos acreditados o institucionales que estime pertinentes, con el objeto de verificar que la calidad de los servicios prestados corresponda a la calidad ofrecida por el proveedor y contratada, y a lo estipulado en las respectivas Bases Técnicas.
Artículo 37°. El proponente que se adjudique la propuesta se compromete a mantener en absoluta reserva todos los documentos y antecedentes que la Institución ponga a su disposición o a los cuales tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso; sin perjuicio, de las normas y principios sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa.
Artículo 38°. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ni total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Asimismo, atendida la especial naturaleza de los servicios a contratar, no se permite al proveedor la subcontratación de los servicios esenciales relacionadas a las actividades diarias de mantenimiento y operación.
Artículo 39°. La Dirección Regional de Gendarmería requiere que ante eventos no programados de limpieza de fosas o cámaras y, que estén fuera de la programación mínima requerida, el contratista oferte el valor unitario por cada servicio de limpieza adicional de Planta principal Complejo Penitenciario , Planta Casas Fiscales y Sistema de Cámaras Desgrasadoras de Cocina y Rancho Internos Complejo Penitenciario. Para esto el Oferente procederá a utilizar el Anexo N° 9.
Este valor eventual de Servicios o Eventos extraordinarios de Limpieza y Retiro de Residuos Sólidos y Líquidos de las Fosas y/o cámaras, serán recursos adicionales que la Dirección Regional podrá gestionar y requerir al Contratista, para lo cual se respetarán estos precios pactados.
Artículo 40°. El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro:
Publicación Día 0
Período de Consultas. Serán desde el tercer al sexto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, desde las 9:30 horas del tercer día, hasta las 15:00 horas del sexto día hábil.
Publicación de las Aclaraciones a las Consultas Será el octavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.
Visita en Terreno Obligatoria. Será el tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 11:00 horas en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, en la forma señalada en el Artículo 4° de las presentes Bases.
Cierre Recepción de los Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y Oferta Económica en el Portal. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 horas.
Apertura Anexos Administrativos y Anexos Técnicos en el Portal www.mercadopublico.cl. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 15:05 horas
Apertura estimada Oferta Económica en el portal www.mercadopublico.cl. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:10 horas.
Adjudicación Sera el décimo noveno día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presente bases en el portal www.mercadopublico.cl
Artículo 41°. Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl , el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 42°. La Institución ha estimado conveniente que las ofertas técnicas publicadas por los proveedores, sean públicas y visibles, una vez adjudicada la presente licitación.
Artículo 43°. El oferente, el adjudicatario o el proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquéllos, deberán observar el más alto estándar ético exigible durante la realización de la presente licitación y en la ejecución del contrato respectivo, y en ningún caso deberán propiciar o ejecutar prácticas corruptas. En caso contrario, Gendarmería de Chile podrá declarar inadmisible la oferta, re-adjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada o terminar anticipadamente el contrato, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa, mediante resolución fundada. Se entienden como prácticas corruptas, entre otras, las siguientes:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el Servicio.
b) Dar u ofrecer cualquier objeto de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de Gendarmería.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influir en la realización o resultados de la presente licitación, o la ejecución del respectivo contrato.
Artículo 44°. Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la presente contratación, el proveedor adjudicado tendrá las siguientes obligaciones:
1. No podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
2. Deberá asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
3. Deberá ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
4. Deberá dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos.
5. Será responsable de todos los accidentes o daños que durante la vigencia del contrato le pudieran ocurrir al personal, bienes o a las dependencias de Gendarmería de Chile, que no sean imputables a un caso fortuito o fuerza mayor.
6. Será único responsable de cumplir las obligaciones laborales y previsionales y de seguridad social para con sus trabajadores.
7. Deberá cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, robo o desgastes producidos en dichos bienes, materiales, equipos e instalaciones, derivados del mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y el caso fortuito.
Artículo 45°. Gendarmería de Chile no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que laboren para el prestador. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo 4° de la Ley de Compras, y artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitidos por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores.
Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos el derecho que asiste al licitante a ser informado y el derecho de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del Código del Trabajo.
Artículo 46°. Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el prestador acerca de la validez, nulidad, interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución del contrato que se suscriba o con cualquiera otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley Nº 10.336 y del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N° 19.886.
Artículo 47°. Los oferentes y/o adjudicatarios deberán guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca de Gendarmería de Chile con motivo de la licitación como del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos al contrato y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.
Esta prohibición afecta al proveedor, su personal directo o indirecto, en cualquier calidad, que se encuentre ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, Gendarmería de Chile podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la cláusula anterior, encontrándose facultada para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. La contravención a lo establecido precedentemente facultará a Gendarmería de Chile para iniciar las acciones legales, civiles y penales que procedan, a fin de sancionar penalmente a los culpables y reclamar las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios ocasionados.
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