Licitación ID: 1978-47-LE25
Convenio Servicio de Atención de Participantes
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de catering 1900 Unidad
Cod: 90101603
COFFE BREAK SIMPLE (DE ACUERDO A BASES DE LICITACION)  

2
Servicios de catering 1900 Unidad
Cod: 90101603
COFFE BREAK COMPLETO (DE ACUERDO A BASES DE LICITACION)  

3
Servicios de catering 90 Unidad
Cod: 90101603
BOX LUNCH EJECUTIVO (DE ACUERDO A BASES DE LICITACION)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio Servicio de Atención de Participantes
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases de Licitación tienen por finalidad establecer los antecedentes, requerimientos y condiciones de contratación para la adquisición de CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES. Esta licitación tiene por objeto realizar un convenio por servicio de atención de participantes que permita asegurar el suministro de este servicio para las distintas jornadas de capacitación que lo requieran.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud del Maule
R.U.T.:
61.606.900-4
Dirección:
5 Oriente, 4 Norte #1492, 4º Piso, Edificio España
Comuna:
Maule
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-07-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-07-2025 11:26:53
Fecha inicio de preguntas: 11-07-2025 12:01:00
Fecha final de preguntas: 15-07-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-07-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-07-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-07-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-08-2025 12:45:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO EDITABLES ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO ANTECEDENTES TÉCNICOS
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO: RESUMEN OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica DE ACUERDO A ANEXO COMPLMENTARIO PUNTO 10.1 60%
2 Evaluación Técnica ADE ACUERDO A ANEXO COMPLMENTARIO PUNTO 10.3 35%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentació DE ACUERDO A ANEXO COMPLMENTARIO PUNTO 10.4 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD MAULE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE TESORERIA
e-mail de responsable de pago: PROVEEDORES@SSMAULE.CL
Nombre de responsable de contrato: CATERINE MUÑOZ
e-mail de responsable de contrato: CMUNOZT@SSMAULE.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-71-2411866-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe al oferente adjudicado subcontratar o ceder a cualquier título el contrato firmado con la Entidad Licitante, emanado del proceso de adjudicación de la presente propuesta pública.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

resolverá por aquel oferente que haya obtenido la más alta calificación en el criterio de mayor ponderación, de acuerdo a las ponderaciones establecidas en el Numeral 10 del Anexo Complementario y así sucesivamente.

De persistir el empate en todos los criterios de evaluación, se adjudicará al proveedor que hubiese ingresado su oferta en el Sistema de Información, en primer lugar, en fecha y hora, lo cual será verificado con el comprobante de ingreso de oferta disponible en la plataforma de mercado público.

Cabe señalar que la revisión de eventuales empates será analizada con un máximo de 3 decimales.

CLÁUSULA DE READJUDICACION
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta o los bienes o servicios entregados no están de acuerdo a lo contratado o no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases - según sea el caso -, la Entidad Licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Entidad Licitante, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Realizada la adjudicación mediante su publicación en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo en un plazo no superior de 1 día hábil luego de notificada la adjudicación.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes bases de licitación. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, se comunicará al oferente las omisiones detectadas y se le concederá un plazo de 24 horas desde su publicación para que las subsane.

Esta situación será evaluada conforme al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación”, establecido en el artículo N° 27 del presente documento, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases de Licitación
R (E) INT. Nº 305 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE; Ley № 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo № 661 del Ministerio de Hacienda, de fecha 3 de junio de 2024, el cual deja sin efecto al anterior Decreto Supremo № 250 del año 2004; Ley № 21.634, de 11 de diciembre de 2023, que moderniza la Ley № 19.886 y otras leyes; lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley № 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto de Salud; Decreto № 140, de 2005, del Ministerio de Salud, especialmente en sus artículos 6, 7 y 8, que regulan las funciones de los Servicios de Salud; Resolución № 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y la Resolución № 8 de 2025, que la modifica y complementa; Decreto № 10, de fecha 11 de abril de 2023, del Ministerio de Salud, que nombra a la Dra. Marta Caro Andía como Directora del Servicio de Salud Maule, tomado de razón por la Contraloría General de la República con fecha 13 de noviembre de 2023; Decreto Exento № 6, de fecha 18 de marzo de 2025, del Ministerio de Salud, que pone término y establece un nuevo orden de subrogancia en el cargo de Directora del Servicio de Salud Maule. CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Salud Maule es un organismo estatal, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente del Ministerio de Salud y cuyas políticas, planes y programas están centrados en brindar Salud de Calidad a sus beneficiarios. Es una Red Asistencial formada por Equipos comprometidos, que trabaja oportunamente para Promover la Salud, Prevenir la Enfermedad y resolver las necesidades de Salud de todas las personas en la Región del Maule. 2. Que, corresponde a este Servicio la organización, planificación, coordinación, evaluación y control de las acciones de salud que presten los establecimientos de la Red Asistencial del territorio de su competencia, para los efectos del cumplimiento de las políticas, normas, planes y programas del Ministerio de Salud. 3. Que, en dicho tenor, se requiere para las distintas capacitaciones impartidas a lo largo del año para poder contar con un convenio de alimentación que permita asegurar el suministro de este servicio para las jornadas que lo soliciten, siendo la compra financiada con presupuesto del Programa Anual de Capacitación. Requerimiento Clasificación Presupuesto estimado (IVA Incluido) Convenio De Servicio de Atención de Participantes. Subtitulo 22 $16.140.000 Subtitulo 24 $1.540.000 TOTAL $17.680.000 4. Que, revisado el catálogo de Convenio Marco vigente en la plataforma de Mercado Público, se determinó que la presente adquisición no puede ser materializada a través de esa vía de compra. 5. Que en el Art. 46 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios se establecen los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas, donde se autoriza que cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 1.000 U.T.M., e inferior 5.000 U.T.M. el llamado podrá rebajarse a 10 días corridos en el evento que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas. La disminución de plazo también aplicara en procesos de compra cuyo monto de contratación sea igual o superior a las 100 U.T.M., e inferior a las 1.000 U.T.M. pudiendo rebajarse el plazo mínimo de publicación a 5 días corridos. Lo anterior siempre que se cumplan las condiciones de simple y objetiva especificación señaladas en párrafo precedente. 6. Que, los procesos de licitación que superen las 100 UTM, deben contar con bases aprobados por resolución, para su publicación en la plataforma de mercado público. 7. Que, atendido lo anterior y en ejercicio de las facultades del cargo de las que estoy legalmente investida dicto lo siguiente: RESOLUCIÓN 1. APRUÉBANSE, las siguientes Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos que regularán el proceso de licitación pública denominado “CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES” que considera el siguiente texto: BASES DE LICITACIÓN CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO Nº1: OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN: Las presentes Bases de Licitación tienen por finalidad establecer los antecedentes, requerimientos y condiciones de contratación para la adquisición de CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES. Esta licitación tiene por objeto realizar un convenio por servicio de atención de participantes que permita asegurar el suministro de este servicio para las distintas jornadas de capacitación que lo requieran. La descripción específica de los requerimientos de los productos y/o servicios que se licitan en este proceso se detalla en el Formulario de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS debiendo la oferta ceñirse a las descripciones y especificaciones señaladas. El sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases. ARTÍCULO Nº2: APLICACIÓN DE LAS BASES: El presente proceso de licitación, se regirá por estas Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos, que se establecen y adjuntan. Las presentes Bases regirán el proceso licitatorio en las etapas de llamado a presentar ofertas, respuesta a eventuales consultas, modificaciones, apertura, evaluación, adjudicación, garantías, sanciones, sistema de pago, vigencia correspondiente, incluido el período de garantía técnica, y todos los detalles relacionados con la ejecución del contrato y la liquidación del mismo. Este proceso de licitación se publicará a través de la plataforma de mercado público. Serán parte integrante de este proceso de licitación la documentación detallada en el artículo Nº47 del presente documento. ARTÍCULO Nº 3: MANDANTE Y ENTIDAD LICITANTE El mandante y la entidad licitante serán individualizados en el Numeral 1 del Anexo Complementario. Será la entidad licitante a quien le corresponderá interpretar las eventuales discrepancias que pudiesen surgir de la aplicación de los antecedentes de la Licitación. Lo Anterior, sin perjuicio de las atribuciones que, en esta materia le compete a la Contraloría Regional del Maule, como órgano fiscalizador. 3.1. UNIDAD TÉCNICA En aquellos procesos de licitación cuya ejecución haya sido mandatada a través del convenio correspondiente, el Servicio de Salud Maule actuará como Unidad Técnica. En dicho tenor, será responsabilidad de esta Unidad Técnica la supervisión administrativa y técnica de la ejecución encomendada. ARTÍCULO Nº 4: DEPARTAMENTO A CARGO DEL PROCESO El Departamento a cargo del proceso licitatorio será el Departamento de Sistemas de Compras del Servicio de Salud Maule, a través de la Unidad de Gestión de Compras Generales, quien encargará la administración del proceso de licitación en el sistema de información a uno o más funcionarios de esta Unidad que cuenten con acreditación vigente en el uso del sistema de información y que haya sido emitida por la Dirección de Compras y Contratación Pública. ARTÍCULO Nº 5: REFERENTE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR DE CONTRATO De conformidad a la naturaleza del requerimiento, actuará como Referente Técnico para este proceso, la Unidad o Departamento individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario, quien tendrá dentro de sus funciones la definición de los requerimientos específicos del bien o servicio a contratar, los cuales podrán ser validados previamente por el usuario final. Por otra parte, el Administrador del Contrato, individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario tendrá dentro de sus funciones la coordinación de la entrega de los productos o el inicio de la prestación de los servicios. Del mismo modo será el responsable de solicitar la información necesaria que respalde la correcta entrega o ejecución de los servicios prestados para ser derivados al Dpto. de Recursos Financieros. Velará por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuará como interlocutor entre dicho proveedor y la entidad licitante, hasta el término y liquidación del contrato. (Artículo 133 Decreto 661) ARTÍCULO Nº 6: CONFIDENCIALIDAD De acuerdo a lo estipulado en el Art. 35 ter de la Ley 19.886.- se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Toda Persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligan a guardar confidencialidad sobre él. Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas anteriormente, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 35 nonies de la Ley de 19.886. ARTÍCULO Nº 7: DEBER DE ABSTENCION Las autoridades y los funcionarios de la administración, independiente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que pueda tener interés, de acuerdo a lo indicado en el Art 35 quinquies de la Ley 19.866 y circunstancias a las que se refiere el artículo 12 de la ley 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. ARTÍCULO Nº 8: FINANCIAMIENTO El financiamiento y el presupuesto del proceso de licitación se establecen en el Numeral 3 del Anexo Complementario, y en dicho apartado será indicado el presupuesto disponible. ARTÍCULO Nº 9: MODALIDAD DE LA PROPUESTA La propuesta se contratará por el sistema de suma alzada por costo unitario, sin reajuste ni intereses de ningún tipo, contra entrega y recepción conforme por cada ítem licitado. Los valores ofertados deberán considerar todos los costos asociados para la correcta entrega del bien y/o servicio. Estos valores deberán estar expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según lo indicado en el Formulario Resumen Oferta. En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886. La propuesta de los oferentes deberá ser presentada en formato electrónico a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Será de responsabilidad de los oferentes entregar todos los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente sus propuestas. Al momento de realizar la Oferta Económica deberá ingresar en la plataforma de Mercado Público, en la línea del producto o servicio licitado, el valor unitario, expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según corresponda, en valores NETOS (sin impuestos) y para el caso de personas naturales el valor unitario debe estar expresado en términos BRUTOS (con impuesto). El valor ingresado en el Comprobante de Oferta debe ser concordante con el valor ingresado en el Formulario Resumen de Oferta. Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta. La apertura electrónica se realizará de acuerdo a lo indicado en el Numeral 4 del Anexo Complementario, mediante la cual se realizará una revisión de las ofertas recibidas en términos administrativos, técnicos y económicos. Serán declaradas inadmisibles aquellas que no cumplan con los requisitos solicitados expresamente en las presentes bases. ARTÍCULO Nº 10: MODIFICACIONES A LAS BASES La Entidad Licitante podrá modificar las presentes Bases, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución, la cual será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas. Eventualmente la entidad licitante podrá considerar un plazo prudencial para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones realizadas, para cuyos efectos se reformulará el calendario de la licitación, en caso de ser necesario. Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes bases y la ficha publicada en la plataforma de Mercado Público, primará lo señalado en las bases aprobadas por la autoridad competente y publicadas en dicha plataforma. CAPÍTULO II: GARANTÍAS ARTÍCULO Nº 11: GARANTÍAS Todas las garantías que se exigen en las presentes Bases Administrativas deberán ser tomadas por el oferente en una institución con oficina en el territorio nacional con carácter de IRREVOCABLE, A LA VISTA, EXPRESADO EN PESOS CHILENOS Y QUE ASEGURE SU PAGO DE MANERA RÁPIDA Y EFECTIVA Y A PRIMER REQUERIMIENTO. Aquellas garantías que no cumplan con lo antes señalado serán devueltas a los oferentes. En aquellos casos en que esta situación sea referida a la garantía de Seriedad de Oferta, tal situación de incumplimiento tendrá como consecuencia que dicha oferta sea declarada INADMISIBLE. En aquellas garantías que, de acuerdo a su estructura, no identifiquen en el mismo documento al oferente y el proceso de licitación al cual corresponde la caución, será responsabilidad del oferente adjuntar una carta de presentación que contenga esta información. De lo contrario, y al no poder identificar al oferente antes señalado o el proceso licitatorio al cual pertenece la garantía, la entidad licitante podrá rechazar el documento. Todas las garantías solicitadas durante el proceso licitatorio, deberán ser presentadas en original dentro del plazo indicado para ello, de este modo, las garantías podrán presentarse de forma física o electrónica, dependiendo de las características del original de la misma. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En el caso de la presentación de pólizas de garantías o certificados de fianza, éstos deberán señalar expresamente que tienen el carácter de irrevocables y que son extendidos a la vista y a primer requerimiento. Si por alguna razón de incumplimiento a lo señalado en las presentes bases o el contrato, se requiere hacer efectiva alguna de las garantías solicitadas a algún oferente, éste deberá reemplazar dicho documento antes que sea cobrado, por una nueva garantía tomada por el oferente según los datos indicados en el Anexo Complementario para la garantía correspondiente, por el mismo monto y con el mismo plazo de vigencia que el documento anterior. El plazo de entrega de esta nueva garantía será de 10 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la resolución que autoriza el cobro de la garantía original. La no entrega de la nueva garantía en el plazo señalado facultará a la Entidad Licitante para poner término anticipado al contrato (cuando aplique), sin derecho a indemnización alguna. El método de reemplazo de garantías anteriormente descrito será efectivo para cualquier cambio de garantías que sea necesario realizar, independiente de cuál sea el motivo para el mencionado reemplazo, por ejemplo, aumentos de plazo, parcialización de las garantías y cualquier otra razón. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 11 de la Ley 19.886 Inciso V. ARTÍCULO N° 12: GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA En caso de que, en Anexo Complementario, numeral 5, se indique el requerimiento de garantía de seriedad de la oferta, se aplica lo siguiente: La garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas participantes en el proceso de licitación, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al oferente su condición de tal. Cada oferente deberá entregar un documento de garantía de seriedad de la oferta, en las condiciones establecidas en el artículo 11 de las presentes bases. Este documento deberá ser presentado de acuerdo a lo señalado en el Numeral 5 del Anexo Complementario en términos de monto, beneficiario y vigencia. La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta se establece como el número de días hábiles indicado en el Numeral 5 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas en la plataforma de Mercado Público. La no presentación de este instrumento dejará al oferente inmediatamente fuera del proceso de evaluación. Forma y Oportunidad de Restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta. La garantía de seriedad de la oferta se devolverá a los oferentes participantes de conformidad a lo establecido en el artículo N°53 del Reglamento de la ley 19.886, salvo la del o los oferentes adjudicados, a quienes se les devolverá dicho documento una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato, previa entrega de la garantía de fiel cumplimiento, en el caso que corresponda. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, según corresponda, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que haya ocupado el segundo lugar, según lo indicado en la Propuesta de Adjudicación, dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. De conformidad a lo anterior, y considerando la posibilidad de adjudicar al segundo mejor oferente evaluado, la entidad licitante se reserva el derecho de devolver las garantías de seriedad de la oferta una vez que se haya constatado que el adjudicatario ha presentado la totalidad de la documentación requerida. En atención a lo anterior, la devolución de estas garantías se realizará de acuerdo a lo siguiente: Proveedores no adjudicados o inadmisibles: La devolución de esta garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las Bases se haya contemplado la facultad de adjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje, para el caso que el adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Proveedor adjudicado: La devolución se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la suscripción del contrato respectivo (cuando aplique). Si la adjudicación no requiere la suscripción de un contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación de la garantía de fiel cumplimiento. En caso de que la adjudicación no contemple la presentación de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto una vez aceptada la orden de compra respectiva, en un plazo de 10 días hábiles. Para todos los casos, la devolución de la garantía de seriedad de la oferta, será realizada por la Entidad Licitante de acuerdo a lo informado por la Unidad a cargo del proceso licitatorio. Ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta: La Entidad Licitante, podrá hacer efectiva esta Garantía en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el proponente, se desiste, retira o cambia su propuesta unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma. b. Si se comprobare falsedad o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes constitutivos de la oferta. c. Si el Contratista no concurre a la celebración del contrato dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades de la licitación para la firma del contrato. d. Si el Contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, o que, acompañándola, sea tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas, será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, devolviéndose al oferente respectivo a partir del día siguiente hábil a la publicación de la Resolución que declare tal inadmisibilidad en el proceso licitatorio. ARTÍCULO N° 13: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá presentarse en el plazo máximo de 10 días hábiles, desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información. De acuerdo a la normativa vigente, este acto administrativo se entenderá notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación en la plataforma de mercado público. Solo deberán presentar esta garantía, aquellos proveedores adjudicados en las líneas de licitación que tienen establecida la obligación de presentar dicho documento, lo cual se encuentra definido en el Formulario Resumen Oferta. El monto, vigencia y glosa se encuentran indicados en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Esta garantía caucionará el cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato y la calidad o condición de los bienes y/o servicios materia de éste, incluyendo la recepción, instalación y capacitación (si correspondiera) de lo adjudicado. Así mismo, caucionará el período de garantía técnica (si correspondiera) que el adjudicatario haya comprometido en su oferta. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá ser ejecutada, independiente de la aplicación de las multas establecidas en el Artículo Nº 42 y Numeral 14 del Anexo Complementario. Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos. En el caso que el monto a garantizar se parcialice en más de un (1) documento, se requiere que estos instrumentos financieros siempre sean de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, y con igual vigencia (fecha de vencimiento), de conformidad a lo indicado en el artículo N°121 del Reglamento de la Ley Nº19.886. No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros. Esta extensión se será aplicable en el caso de contratos de obras, ni de concesión de obras de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.886. En caso de aumentos de plazo asociados a la entrega del bien adjudicado, esta garantía deberá ser reemplazada o complementada con otro documento, donde la nueva vigencia será igual al nuevo plazo del contrato aumentado en la misma cantidad de días que la garantía original. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en las presentes bases. En caso de aumentos de contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía por un monto equivalente al porcentaje establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Este documento deberá ser presentado en un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que autoriza el aumento de contrato. La presentación de esta garantía es considerada un requisito para la aprobación del estado de pago, según lo establecido en el artículo N°40 de las presentas bases. Aquellos adjudicatarios cuyo plazo de garantía técnica ofertada (cuando proceda) sea superior a 24 meses, podrán presentar un documento de garantía cuya vigencia mínima será de 2 años, junto a una carta de compromiso de renovación cada 2 años (FORMULARIO: CARTA COMPROMISO DE RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO), hasta completar la vigencia descrita en el primer párrafo del presente artículo. Cada vez que el proveedor adjudicado requiera renovar la garantía con la finalidad de completar la vigencia total requerida, se permitirá que acompañe una garantía de a lo menos dos años de vigencia siempre que acompañe la carta compromiso señalada anteriormente. Toda renovación de esta garantía deberá realizarse al menos 60 días hábiles previos al vencimiento del documento de garantía vigente. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en el artículo N°11 de las presentes bases.  Del cobro La garantía podrá hacerse efectiva en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, por lo tanto, en esta garantía se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones, asegurándose además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor adjudicado. El cobro de esta garantía se realizará de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°124 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y sin perjuicio de las medidas de impugnación dispuestas en la ley N°19.880 para estos efectos. En caso de cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, dentro de 10 días hábiles posterior a la notificación de cobro del primero por parte de la Entidad Licitante. Así mismo en esta garantía podrá hacerse efectivo el cobro de la garantía por eventuales incumplimientos relacionados con el servicio posventa, es decir, mantenciones, capacitaciones, el correcto funcionamiento del bien y/o servicio adjudicado, entre otros. De igual modo esta garantía podrá hacerse efectiva en caso de realizarse el término anticipado del contrato por alguna causal de incumplimiento imputable al contratista. En caso de incumplimiento, será responsabilidad de la Entidad Licitante notificar al proveedor mediante Resolución Exenta, las causas que llevan a solicitar el cobro de la garantía. Cuando el financiamiento de la adquisición provenga desde el FNDR, la Entidad Licitante deberá notificar este incumplimiento al Gobierno Regional del Maule. En el caso que se haga efectivo el cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, de acuerdo a lo indicado en el artículo Nº11 de las presentes bases.  De la devolución La solicitud de devolución de la garantía será realizada una vez finalizado el periodo de garantía técnica ofertada por el proveedor (cuando proceda), o bien una vez realizada la recepción conforme de la orden de compra en la plataforma de mercado público y siempre que no existan reparos a la liquidación del respectivo contrato. La devolución será realizada por la Entidad Licitante o por el Mandante, según corresponda, en forma posterior a la recepción de la solicitud a través de memorándum u oficio correspondiente. ARTÍCULO Nº 14: GARANTÍAS ADICIONALES En caso de requerir la presentación de otras garantías adicionales a las mencionadas en los párrafos precedentes, las características de este documento serán descritas en el Numeral 7 del Anexo Complementario y deberán ser emitidas de acuerdo a lo señalado en el Artículo Nº11 del presente documento. ARTÍCULO Nº 15: VIGENCIA DE LA LICITACIÓN El plazo de vigencia para el presente proceso de licitación será individualizado en el Numeral 1 del Anexo Complementario. CAPÍTULO III DE LA LICITACIÓN ARTÍCULO Nº 16: DE LOS PARTICIPANTES Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva que estén inscritas y habilitadas en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con lo indicado en la artículo 16 de la Ley Nº 19.886, y que no estén afectadas por alguna de las causales de inhabilidad contenidas en las siguientes normas: Art. 4 de la Ley Nº 19.886 y las modificaciones de la Ley Nº21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley Nº20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado, incluyéndose también, las inhabilidades descritas en el artículo N°26 letra d) del texto refundido coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, no haber sido condenado en virtud de los artículos Nº33 y Nº34 de la Ley Nº21.595 correspondiente a Delitos Económicos, no estar inhabilitado por alguna de las causales descritas en la letra b) del Art. 56 de la Ley 18.575. Se hace presente además que de acuerdo al art. 35 quater de la Ley Nº 19.886, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Unión Temporal de Proveedores De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el artículo N°51 de la Ley de Compras N° 19.886 y artículo N°180 del citado Reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores de menor tamaño se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, para representarlos en conjunto según lo dispuesto en el artículo 180 letra e) del Reglamente de la Ley de Compras N°19.886. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda. Todos los integrantes que conforman la UTP deben encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores en todo momento del proceso de la compra para contratar con la Administración del Estado. Se hará aplicable especialmente en materia de UTP, lo dispuesto en los artículos 180 del Reglamento de la ley Nº 19886 y en la Directiva de Contratación Pública Nº 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Oportunidad de Presentación del instrumento Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. Para contrataciones iguales o sup riores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la entidad licitante exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores. Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prorroga que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Compras N° 19.886, y en el punto III Nº 1 letra d) de la Directiva Nº 22. Presentación de la Oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Corresponde a la entidad licitante determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cuál sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la entidad compradora, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. Es obligación de la UTP informar inmediatamente a la entidad licitante sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Renuncia de los Miembros de la UTP En aquellos casos en se presente una oferta bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores y uno de sus integrantes renuncie a la UTP durante la etapa de Evaluación o después de su adjudicación, se producirán los siguientes efectos: La UTP es una asociación de al menos, dos integrantes. Si la UTP está conformada sólo por 2 integrantes y uno de ellos renuncia, “la UTP se entenderá automáticamente disuelta” de conformidad a lo establecido en la Directiva N°22 emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas. Si la UTP está conformada por 3 o más integrantes y uno de ellos renuncia, la Entidad Licitante revisará si los integrantes que se mantienen en la UTP cuentan con los atributos necesarios, según las características objeto de la evaluación, (ejemplo la experiencia) para continuar con la ejecución del contrato o en su defecto, pondrá término anticipado al contrato. Si la UTP se disuelve durante la evaluación de la licitación, ésta no podrá ser adjudicada. Si la UTP se disuelve durante la ejecución del contrato, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, si en una UTP constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquélla podrá continuar ejecutando el contrato con los restantes integrantes, siempre que ello se verifique en los mismos términos comprometidos en la oferta. Si el integrante que se retira de la UTP reunía uno o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato. Cumple manifestar que, una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituye una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. Inhabilidades De acuerdo con el Artículo 53 de la Ley de Compras N° 19.886 y Artículo N° 182 del Reglamento, las causales de inhabilidad establecidas en la ley afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con sus restantes integrantes o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. De manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de Contratos para la Innovación o de Diálogos Competitivos de Innovación, en los términos de lo dispuesto en el capítulo XIV del Reglamento y Artículo 55 de la Ley de Compras. Inhabilidades sobrevinientes En conformidad a lo expuesto en el artículo Nº183 del Reglamento, en el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo. Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente: 1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores. 2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud. 3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud. Aprobada la solicitud la entidad licitante le informará al proveedor mediante oficio, teniendo la empresa un plazo de 5 días hábiles para la presentación de la nueva escritura. Se establece un plazo de 10 días hábiles para formalizar el retiro del integrante inhábil. Pago de obligaciones laborales y sociales Dado que la UTP no es una sociedad, cada integrante debe cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, su Reglamento y las respectivas bases de licitación. Por lo tanto, la Entidad licitante verificará el cumplimiento de la mencionada obligación por parte de cada uno de los integrantes de la UTP. ARTÍCULO Nº 17: NÚMERO DE PROPUESTAS Cada oferente, podrá presentar solo una oferta. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según dispone el artículo Nº9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras N°19.886. Revisar Numeral 10.5 del anexo complementario. ARTÍCULO Nº 18: CALENDARIO DE ACTIVIDADES Las actividades de la presente licitación se regirán de acuerdo al siguiente cronograma: Etapas Plazos Publicación del Llamado Después de la total tramitación de la resolución que aprueba el llamado a licitación pública. Periodo de Publicación Por el periodo que indique el Numeral 9 del Anexo Complementario. Visita a Terreno Se efectuarán cuantas visitas a terreno se indique en el Numeral 9 del Anexo Complementario, en los días y horas que allí se señalen, y serán publicadas a través del Sistema de Información. Toda la información específica relacionada a las visitas a terreno se indica en el citado Anexo. Envío de muestras y/o Demostraciones Técnicas La pertinencia, exigencia, fecha y características relevantes para el envío de muestras y/o demostraciones técnicas serán definidas en el Numeral 9 del Anexo Complementario. Plazo para Formular Consultas Por el periodo de días que se indique en el Numeral 9 del Anexo Complementario y hasta la hora ahí señalada, contados desde la fecha publicación del llamado a licitación. Plazo para Publicar Respuestas a Consultas La entidad licitante publicará las respuestas a las consultas sólo a través del Sistema de Información, en el plazo indicado en el Numeral 9 del Anexo Complementario. Plazo para Aclaraciones o Modificaciones La entidad licitante se reserva la facultad de introducir modificaciones y aclaraciones a la documentación y/o antecedentes aprobados por ésta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, caso en el cual deberá otorgarse un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, y de estimarse necesario y plausible, también se podrá modificar el cronograma de la licitación , respecto de la presentación de ofertas, visita a terreno, y el plazo para formular consultas y solicitar aclaraciones. Cierre de Recepción de Ofertas En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de publicación del llamado a licitación. Apertura Electrónica para la evaluación de ofertas En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde el cierre de recepción de ofertas. Plazo Estimado de Evaluación En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la apertura electrónica. Plazo Estimado de Adjudicación En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la apertura electrónica. Respecto de las etapas y plazos establecidos en el “Calendario de Actividades”, las fechas exactas serán informadas en el Sistema de Información, en la ficha de licitación correspondiente, en caso de modificación de alguna de las fechas o plazos, éstas podrán ser modificadas previa dictación de la resolución fundada que lo autorice. Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos ya señalados, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs. Esta información sólo podrá ser modificada a través de modificaciones y para todos los oferentes, dichos cambios se verán reflejados en la ficha electrónica del Sistema de Información. En caso de existir modificaciones al proceso, éstas se entenderán conocidas por TODAS transcurridas 24 horas desde el momento de su publicación en el Sistema de Información. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes. ARTÍCULO N° 19: SERIE DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES Las Consultas de carácter técnico y administrativo, deberán hacerse en forma exclusiva a través de la opción Foro y en el plazo estipulado para estos efectos. Esta opción estará habilitada en la plataforma de mercado público. No se dará respuesta a ninguna consulta o aclaración solicitada por otro medio que no sea a través del Sistema de Información de mercado público. Aclaraciones y Respuestas a Consultas: La Unidad Técnica dará respuesta a las preguntas y solicitudes de aclaración a las Bases, SOLO a través del sistema de información, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 19.886. Del mismo modo, se pondrá en conocimiento de los interesados, otras aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que la Entidad Licitante estime necesario hacer, teniendo como plazo máximo el indicado en el Numeral 9 del Anexo Complementario. Las "Aclaraciones, modificaciones y respuestas a Consultas" serán publicadas a través de la ficha de licitación, y se entenderán conocidas por todos los interesados transcurridas 24 horas. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estas respuestas, aclaraciones o modificaciones. Consultas a la Adjudicación: Realizada la adjudicación mediante su publicación en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo, contando con un plazo de 2 días hábiles, luego de notificada la adjudicación, para formular las respectivas consultas. ARTÍCULO N° 20: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 20.1 Respecto al ingreso de Ofertas en el Sistema de Información: El oferente deberá ingresar su Oferta en el Sistema de Información, adjuntando la documentación requerida debidamente escaneada de los documentos originales, en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl, considerando para ello el plazo máximo estipulado en la ficha de licitación. De acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº115 - N° 3 del Reglamento de la Ley N°19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Respecto del formato de los archivos a adjuntar con la documentación requerida, se aceptarán archivos en algún programa perteneciente al paquete MS Office (Word, Excel, PowerPoint) compatible con la versión 2010 o inferior, formato pdf, imágenes en formato jpg y gif. Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un sólo documento contenedor de formato .pdf Todos los oferentes que ingresen anexos administrativos a su oferta, lo deben realizar en la opción “Anexos Administrativos” que el Sistema de Información dispone para estos casos. De igual forma, los Anexos Técnicos y Económicos deben ser anexados en las opciones “Anexos Técnicos” y “Anexos Económicos” respectivamente. Se sugiere a los oferentes constatar que el envío de su oferta, Administrativa – Técnico – Económica, a través del Sistema de Información haya sido realizada con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de lo estipulado en el Artículo Nº 115 del Reglamento de la Ley 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Ante eventuales diferencias de precios entre las ofertas entregadas en documentos anexos y la oferta económica ingresada en el Sistema de Información, será esta última la que prevalecerá en las siguientes etapas del proceso y, eventualmente, en la adjudicación. 20.2 Aplicación del artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886 Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes bases de licitación. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, se comunicará al oferente las omisiones detectadas y se le concederá un plazo de 24 horas desde su publicación para que las subsane. Esta situación será evaluada conforme al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación”, establecido en el artículo N° 27 del presente documento, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. 20.3 Respecto de la entrega de documentación física para la Propuesta a) En caso de indisponibilidad técnica: De acuerdo a lo estipulado en el artículo Nº115 del Reglamento de la Ley N°19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicha entidad, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para el envío de dicho certificado a la entidad licitante junto con entregar sus ofertas fuera del Sistema de Información. b) Garantía de Seriedad de Oferta: podrá ser presentada en formato físico o electrónico, de conformidad a lo indicado en los artículos N°11 y N°12 de las presentes Bases. Indistintamente de la forma de presentación de la garantía, los oferentes serán responsables de ingresarla dentro del plazo estipulado para ello, considerando como plazo máximo la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas según lo estipulado en el artículo N°18 del presente documento. Las garantías que se presenten en formato físico deberán entregarse en original, junto a una carta en que se individualice la licitación a la cual pertenecen, contenidas en sobre cerrado antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas. El sobre y carta deberán indicar; Nombre de La Propuesta, ID del Proceso de Licitación y nombre del Oferente, además de la dirección indicada en el Numeral 18 del Anexo Complementario. ARTÍCULO N°21: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Los oferentes deberán entregar documentación de tipo administrativa en formato digital en el Sistema de Información, considerando los formatos anexos para los formularios que se especifican a continuación: 1. Formulario 1, Carta de Presentación del Oferente: Se deberá completar lo solicitado en el Formulario Nº1.A o Formulario Nº1.B (según corresponda) identificación completa del oferente y su representante legal cuando corresponda, incluyendo los domicilios, los números de RUT y detalle de la garantía de seriedad de la oferta (esto último cuando corresponda). Oferentes que presenten ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar el Formulario N°1.C y además presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. 1.1. Formulario 1-A: Carta Presentación del Oferente Persona Natural. 1.2. Formulario 1-B: Carta Presentación del Oferente Persona Jurídica. 1.3. Formulario 1-C: Carta Presentación del Oferente Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según sea el caso de acuerdo al artículo 16 de las presentes bases de licitación. 2. Formulario 2, Declaración Simple de Aceptación de Antecedentes de la Licitación y Habilitación para Contratar con el Estado debidamente firmada por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual declara conocer los antecedentes del proceso licitatorio y no estar afecto a alguna de las prohibiciones o inhabilidades señaladas en el citado Formulario para contratar con el Estado. Para las ofertas presentadas a través de la Unión Temporal de Proveedores, este formulario debe ser completado por cada integrante de la UTP. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formulario 1 (ID Licitación).pdf Formulario 2 (ID Licitación).pdf 3. Documento de Garantía por concepto de Seriedad de la Oferta, según lo indican los artículos Nº 11 y 12 de las presentes bases. La ausencia de uno (1) o más formularios facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible administrativamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible administrativamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento. ARTÍCULO N°22: ANTECEDENTES TÉCNICOS Los Antecedentes Técnicos requeridos para el presente proceso de licitación se encuentran individualizados en el Formulario de antecedentes técnicos. Esta información debe ser entregada en su totalidad de acuerdo a lo solicitado. En este documento se solicitarán los aspectos de orden técnicos necesarios para la evaluación de las ofertas. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formularios antecedentes técnicos (ID Licitación).pdf La ausencia de uno (1) o más de los formularios o certificados requeridos en Formulario Antecedentes Técnicos facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible técnicamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible técnicamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento. ARTÍCULO N° 23: ANTECEDENTES ECONÓMICOS La oferta económica deberá ser ingresada por los oferentes en la ficha digital de la propuesta en la plataforma de mercado público. En dicha plataforma, los valores deben ser expresados en pesos chilenos, sin impuestos incluidos. Esta información deberá ser congruente con el siguiente documento que debe adjuntarse como antecedente económico: 1. Formulario Resumen Oferta: Documento firmado por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual el oferente señala el valor unitario y total para cada uno de los bienes y/o servicios ofertados. El valor de la oferta deberá tener contemplado todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la contratación licitada, incluyendo garantía técnica, entre otros, por lo que no se podrán efectuar otros cobros asociados para el desarrollo de estos. Cabe señalar que en este formulario se entregará información respecto a la exigibilidad de algunos hitos (presentación de garantías, capacitación, instalación, entre otros), y el cumplimiento de ellos será verificado previo a la aprobación del estado de pago. Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta. La ausencia del formulario facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formulario Resumen oferta (ID Licitación).pdf ARTÍCULO N° 24: DE LAS OFERTAS 1. Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de días corridos indicados en el Numeral 8 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, no se ha realizado la adjudicación o esta no se encuentra totalmente tramitada, podrá solicitarse a los oferentes la prórroga de las ofertas y garantías (cuando proceda). Los oferentes podrán ratificar sus ofertas o desistirse de ellas. 2. Cada oferente podrá presentar una oferta por licitación. Los valores unitarios netos o brutos según corresponda (ver artículo 9 de las presentes bases) deberán ser ingresados al Sistema de Información en forma obligatoria en los plazos establecidos en el artículo N°18 de las presentes bases. De existir discrepancia entre la información económica presentada en algún formato y la ingresada en el Sistema de Información, prevalecerá esta última. Sin embargo, la entidad licitante se reserva la facultad de aclarar estas discrepancias a través de foro inverso. 3. El costo del flete, embalaje, obras menores requeridas para la instalación, capacitación y/o cualquier otro gasto relacionado con la entrega del bien y/o servicio adjudicado, se entenderá incluido en el monto de la oferta CAPÍTULO IV. COMISIÓN EVALUADORA, APERTURA DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTÍCULO N° 25: COMISIÓN EVALUADORA La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, cuya existencia e integración será establecida antes del cierre de la propuesta, la cual estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes designados por la Directora del Servicio de Salud Maule mediante una Resolución Exenta. Cabe señalar que esta designación se realiza sobre la encomendación de funciones, ejemplo, Jefe de Unidad, Jefe de Departamento, Asesor, etc. Dicho esto, en ausencia de alguno de los integrantes de la comisión evaluadora durante el desarrollo de alguna de las funciones para las cuales fueron designados, estas funciones serán ejercidas por quien lo subrogue. Cada uno de los miembros de la comisión evaluadora que participe en el proceso de compra deberá suscribir una declaración jurada que dé cuenta de la ausencia de conflictos de interés con los oferentes que participan del citado proceso. Excepcionalmente, y de manera fundada, alguno de los integrantes de la Comisión designados por el Servicio de Salud Maule, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. La designación de la comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la Ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: • Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva, a la que solo corresponde tener acceso los integrantes de la comisión. • Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases, en el Anexo Complementario y las Especificaciones Técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla por ser inadmisible. • De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta y deberán efectuarse dentro del plazo requerido en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el artículo 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento. • De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al oferente certificados o antecedentes que hubiere omitido en su oferta, siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En tal caso, el oferente deberá responder a lo solicitado en la forma y plazo requeridos en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el artículo 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento. • Proponer la inadmisibilidad de una oferta cuando de la revisión de los antecedentes presentados por el oferente se detectare que la información en ellos contenida no se ajusta a la realidad y no exista respuesta satisfactoria por parte del oferente. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la entidad licitante pudiere impetrar, atendida la gravedad de los hechos detectados, y del cobro de la garantía de seriedad de la oferta, de ser procedente. • Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°20.730 que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante Autoridades y funcionarios y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. • Declarar que no tienen lazos de parentesco, laborales o de amistad, ni conflictos de interés con los oferentes y de confidencialidad de acuerdo a lo descrito en los Art. 35 quáter de las Ley 18.886. Para lo cual, cada integrante de la comisión de evaluación deberá emitir una declaración jurada, la cual se realizará una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución fundada que designa a los miembros de la comisión evaluadora. En el caso que alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, presentara conflicto de interés, se deberá aplicar lo dispuesto en el Art Nº7 de las presentes bases. Y deberá ser reemplazado por otro integrante si fuere necesario. • Confeccionar una Acta de Evaluación (Proposición de Adjudicación), de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de la Ley 19.886/2024, del Ministerio de Hacienda, la que deberá referirse especialmente a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. 4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. ARTÍCULO N° 26: APERTURA DE LA PROPUESTA El proceso de apertura de ofertas sólo se realizará en forma electrónica a través de la plataforma de mercado público y de acuerdo con lo establecido en el Numeral 4 del Anexo Complementario. No se considera ningún acto presencial para el proceso de apertura. Los Oferentes podrán efectuar observaciones a través de la plataforma de mercado público hasta las 24 horas siguientes a la publicación de la citada acta. Dichas observaciones serán respondidas dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su presentación, mediante el Sistema de Información de mercado público. Mediante el Acto de Apertura, la Entidad Licitante revisará que todas las ofertas y documentos hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, en conjunto verificará la presentación en soporte papel de la garantía de seriedad de la oferta cuando corresponda. Ante eventuales dudas o discrepancias al momento de la revisión de los antecedentes entregados por los oferentes, el departamento a cargo podrá realizar las aclaraciones que estime pertinentes utilizando el Sistema de Foro inverso habilitado en la plataforma de mercado público para estos efectos. La entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Así mismo, podrá declarar inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la ley o el reglamento. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°59 del Decreto de la Ley N°19.886 y Artículo N° 62 del reglamento; cuando no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante. ARTÍCULO N° 27: EVALUACION DE LA OFERTA Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases serán sometidas a un proceso de evaluación cuyos factores y ponderaciones serán descritos en el Numeral 10 del Anexo Complementario. La escala a utilizar contempla valores desde 1 a 10 puntos, siendo 10 el puntaje máximo y 1 el mínimo a obtener, dicha evaluación se efectuará sobre las siguientes variables: Criterio de Evaluación Ponderación % A. Evaluación Económica Según detalle Numeral 10 Anexo Complementario B. Plazo de entrega o Plazo de ejecución C. Evaluación técnica D. Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta E. Otros A. EVALUACIÓN ECONÓMICA Se calificará el precio ofertado por cada oferente, según lo indicado en su oferta económica. En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886. El puntaje de este criterio se obtendrá de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10.1 del Anexo Complementario y dicho puntaje será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio en el Numeral 10 de dicho Anexo. B. PLAZO DE ENTREGA O PLAZO DE EJECUCIÓN Corresponde a la cantidad de días corridos o hábiles que el oferente compromete para hacer la entrega del bien o servicio en caso de resultar adjudicado, según lo indicado en Numeral 10.2 del Anexo Complementario. El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. C. EVALUACIÓN TÉCNICA Se calificará el cumplimiento técnico de las ofertas de conformidad a lo señalado en el Numeral 10.3 del Anexo Complementario según el detalle de cada criterio y/o sub-criterio. El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA En este criterio se evalúa el cumplimiento de la integridad de información solicitada en los formularios de presentación de la oferta, detallados en los artículos N°21, Nº22 y Nº23 de las presentes bases, y su asignación de puntaje se encuentra descrita en el Numeral 10.4 del Anexo Complementario. El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. E. OTROS En caso de ser necesario, podrán incorporarse otros criterios de evaluación adicionales a los ya mencionados. Estos criterios serán calificados de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. Finalmente, y de acuerdo a las fórmulas de asignación de puntaje para cada criterio y/o sub-criterio de acuerdo a lo señalado en el presente artículo y en complemento con lo señalado en el Numeral 10 del Anexo Complementario, se sumarán los puntajes finales ponderados para obtener el puntaje total de cada oferta, aplicando la siguiente fórmula: Puntaje Total Oferta (i) = A. Evaluación Económica Oferta (i) + B. Plazo de Entrega o Plazo de Ejecución Oferta (i) + C. Evaluación Técnica Oferta (i) + D. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de la Oferta (i) + E. Otros Oferta (i) Donde: Oferta (i): Oferta en evaluación. Para obtener la oferta más conveniente desde el punto de vista técnico y económico, se compararán los puntajes totales obtenidos por cada participante, donde la oferta que presente el mayor puntaje total será propuesta para su adjudicación. En caso de que se produzca un empate entre dos o más oferentes, la Comisión Evaluadora resolverá por aquel oferente que haya obtenido la más alta calificación en el criterio de mayor ponderación, de acuerdo a las ponderaciones establecidas en el Numeral 10 del Anexo Complementario y así sucesivamente. De persistir el empate en todos los criterios de evaluación, se adjudicará al proveedor que hubiese ingresado su oferta en el Sistema de Información, en primer lugar, en fecha y hora, lo cual será verificado con el comprobante de ingreso de oferta disponible en la plataforma de mercado público. Cabe señalar que la revisión de eventuales empates será analizada con un máximo de 3 decimales. ARTÍCULO N° 28: DE LA ADJUDICACIÓN Una vez evaluadas las ofertas de acuerdo al sistema de evaluación descrito anteriormente, se procederá según se indica a continuación: 1. La Comisión Evaluadora propondrá a la autoridad adjudicar la propuesta con la mejor ponderación de acuerdo a lo establecido en el artículo N°27 de las presentes bases. 2. De presentarse un solo oferente, no se asegura la adjudicación del proceso. La entidad licitante se reserva el derecho de adjudicar o no a ese único oferente, considerando el presupuesto disponible y el cumplimiento de los requisitos del proceso de licitación. 3. Aprobada la Proposición de Adjudicación se dictará la Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en la plataforma de mercado público, y transcurridas 24 horas desde su publicación se entenderá conocida por todos los participantes del proceso. Posteriormente, se procederá a la firma del contrato respectivo (si corresponde), el cual será aprobado por resolución y enviado a Contraloría Regional para el trámite de Toma de Razón, cuando corresponda. Luego de totalmente tramitada dicha resolución, se procederá al envío de la Orden de Compra y ejecución del contrato. No obstante, sin perjuicio que pueda consignarse en el mismo acuerdo de voluntades que por razones de buen servicio las prestaciones que derivan de él se iniciarán con anterioridad, no obstante que su pago estará condicionado a la total tramitación de la resolución que lo aprueba, acorde con lo señalado en el dictamen N° 11.189, de 2008, de esta Contraloría General. 4. Para la devolución de la garantía de seriedad de la oferta se aplicará lo estipulado en los artículos N°11 y N°12 de las presentes bases. 5. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, visitas a terreno, presentaciones o exposiciones, que ésta pudiese requerir durante la evaluación. 6. Aquellos proveedores cuyas ofertas no hayan sido aceptadas, pueden hacer efectivo el Principio de Impugnabilidad regulado en los artículos N°10 de la Ley Nº18.575 y N°15 de la Ley Nº19.880. 7. En caso que, dentro de los plazos legales, se interpongan recursos administrativos en contra de algunas de las actuaciones de la entidad licitante, estos reclamos serán puestos en conocimiento de los demás participantes, sin perjuicio de que, si existieren motivos fundados, la autoridad decrete la suspensión del procedimiento hasta la resolución del reclamo presentado. ARTÍCULO N° 29: DERECHOS DE LA ENTIDAD LICITANTE Y PROHIBICIONES La Entidad Licitante se reserva el derecho de adjudicar o rechazar alguna o la totalidad de las ofertas presentadas, sobre la base del Informe Técnico de Evaluación y la aplicación de los criterios de evaluación descritos en el Artículo Nº 27 de las presentes Bases. La Entidad Licitante podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento o declarar desierto el proceso cuando no se presenten ofertas, cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante. Lo anterior de acuerdo con los artículos 59 y 62 del Decreto de la Ley 19.866. Todas estas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada. La evaluación de las ofertas recibidas que cumplan con las disposiciones establecidas en las presentes Bases serán evaluadas objetivamente utilizando para ello los criterios y los métodos de asignación de puntaje descritos en el presente documento. La Proposición de Adjudicación, junto a todos los antecedentes de la Licitación, será enviada a la Autoridad para que apruebe o rechace dicha proposición. La Entidad Licitante y/o la Unidad Técnica podrán realizar Auditorías Administrativas y/o Técnicas, encuestas de percepción usuaria, controles de calidad y/u otras mediciones que permitan constatar el cumplimiento a cabalidad de las prestaciones entregadas por el proveedor, de acuerdo a lo contratado e indicado en la oferta respectiva. Lo anterior se podrá realizar con funcionarios del Servicio de Salud Maule o con personal externo. Se prohíbe al oferente adjudicado subcontratar o ceder a cualquier título el contrato firmado con la Entidad Licitante, emanado del proceso de adjudicación de la presente propuesta pública. La entidad licitante podrá modificar las fechas de adjudicación, si se presentaran las siguientes situaciones: 1. Cuando la Comisión Evaluadora no pueda sesionar, en las fechas establecidas. 2. Debido a evento de fuerza mayor o caso fortuito calificado por la entidad licitante. 3. Imposibilidad de adjudicar el proceso, debido a ausentismo del personal encargado de esta tarea. 4. Cuando las ofertas recibidas sobrepasen de manera significativa a las ofertas estimadas. Situación que aumentará el tiempo de evaluación de las mismas. La nueva fecha de adjudicación será informada a través del Sistema de Información, la que no superará el número de días contemplados originalmente. El adjudicatario no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial lo establecido en el contrato definitivo. Lo anterior es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, los cuales podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común ARTÍCULO Nº 30: REVOCACIÓN ART. 61 DE LA LEY 19.880 El artículo 61 de la Ley N°19.880, permite la revocación de oficio de los actos administrativos por el órgano que los hubiere dictado, salvo cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente, cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto. La revocación ha sido recogida como una aplicación funcional en la plataforma de Mercado Público, mediante la cual, existiendo una licitación ya publicada y en curso, la Administración se desiste de su prosecución, en base a una decisión debidamente fundada, deteniéndose irrevocablemente el proceso licitatorio, cuestión que sólo puede efectuarse hasta antes de verificarse la adjudicación. ARTÍCULO Nº 31: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del código civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc. Si el contratista se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales a causa de la Entidad Licitante, fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar por escrito, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la ocurrencia de los hechos, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la entidad licitante, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde que haya sido notificada. ARTÍCULO Nº 32: CLÁUSULA DE READJUDICACION Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, de acuerdo con el Artículo 58 inciso final del Decreto de la Ley 19.886, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Entidad Licitante, se estime conveniente declarar desierta la licitación. CAPÍTULO V DEL CONTRATO ARTÍCULO N° 33: SUSCRIPCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El Contrato deberá ser suscrito entre el Oferente Adjudicado y la entidad licitante en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación de la licitación en la plataforma de mercado público. El Contrato podrá suscribirse en soporte de papel o electrónico, conforme a las disposiciones de la Ley № 19.799. El Contrato, que consta de dos (02) copias, incluirá las cláusulas y condiciones esenciales a las que se obligan las partes. En virtud de este acuerdo, el Oferente Adjudicado se compromete a cumplir las obligaciones del Contrato de acuerdo con lo estipulado en los documentos, antecedentes y en las Bases de Licitación. El Contrato será formalizado mediante la firma conjunta del (o los) representante(s) legal(es) del Oferente Adjudicado y del Servicio de Salud Maule. Todos los gastos, certificaciones, copias autorizadas, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del Oferente Adjudicado, en adelante el “Proveedor”. En consecuencia, el Servicio de Salud Maule no asumirá en caso alguno el pago de impuestos, tasas, derechos fiscales u otros, vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven. En caso de que el Proveedor sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se deberán presentar todos los antecedentes señalados en el Artículo Nº 16 de las presentes Bases de Licitación. En primer lugar, el proveedor adjudicado deberá ingresar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato según lo indicado en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Una vez que la garantía se encuentre recibida a conformidad por la Unidad encargada del proceso licitatorio, se procederá a enviar el documento de contrato para la firma del adjudicatario. Si el vencimiento del plazo de entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato o del documento de Contrato recae en día sábado, domingo o festivo, el plazo de entrega se prorrogará automática e impostergablemente hasta el día hábil siguiente. En caso que el proveedor no haga entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en el plazo establecido para ello, o bien, no firma o envía el contrato y/o la documentación establecida como requisito para contratar, en el plazo máximo establecido para ello, la entidad licitante podrá entender por desistida su oferta, haciéndose efectivo el documento de garantía de Seriedad de Oferta. En ese caso, adicionalmente, y si la Comisión Evaluadora así lo determina podrá proponer dejar sin efecto la adjudicación, procediéndose a adjudicar al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección según la Propuesta de Adjudicación emitida por la Comisión Evaluadora según cuadro comparativo y así sucesivamente, en la medida que se cumplan íntegramente con las bases y resulten convenientes a los intereses institucionales. Lo anterior no procederá, si la entidad licitante opta por efectuar un nuevo llamado, en razón que las restantes ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio. El contrato producirá efectos sólo una vez que esté totalmente tramitado y notificada la resolución que lo aprueba. Junto con la notificación del contrato se hará envío de la Orden de Compra correspondiente, y el plazo de entrega de los bienes y/o servicios será contabilizado de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10.2 del Anexo Complementario. El Proveedor se entenderá́ notificado a partir de la adjudicación efectuada en la plataforma de Mercado Público. Cabe señalar por razones de buen servicio, las obligaciones de los contratos podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que los apruebe, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en dictamen Nº 14.362, de fecha 2 de abril de 2008. El contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes en aquellos casos en que, por causas no imputables a ellos, alguno de los hitos exigidos no pueda ser ejecutado porque no existen las condiciones para llevar a cabo dicho proceso, debiendo dejar constancia escrita en el respectivo Addendum, el cual formará parte integrante del contrato. El envío del contrato (o Addendum) firmado por el adjudicatario deberá ser coordinado con el área de contratos del Dpto. a cargo del proceso licitatorio. ARTÍCULO N° 34: REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos, considerando además el envío de los documentos, en el caso que ello no estuviese debidamente actualizado en el Registro de Chileproveedores. Previo a la firma del contrato el Proveedor deberá́: a) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”. En caso de que el Proveedor sea (UTP), cada Proveedor de la Unión Temporal deberá́ estar inscrito en el Registro de Proveedores, y estar en estado “Hábil”. b) Entregar previamente una garantía para asegurar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en la forma y condiciones establecidas en los artículos N°11, N°13 y N°33 de las presentes bases conforme a lo establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. c) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta. d) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia de la sociedad con antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. e) Cuando el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, se deberá acreditar que la vigencia de dicha unión no es inferior a la del contrato adjudicado, además se deberán presentar los documentos señalados en los puntos c) y d) por cada integrante de la UTP (según corresponda). f) En adquisiciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, tratándose de un adjudicatario que se presenta con la figura de Unión Temporal de Proveedores, éste deberá presentar la escritura pública según lo indicado en el Artículo 52 de la Ley de Compras N°19.886. g) Certificado emitido por la Inspección del Trabajo que acredite el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este certificado deberá tener una data máxima de 5 días previos a la presentación del documento. h) Declaración jurada del oferente que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigente a la fecha de presentación de los antecedentes para la firma del contrato. i) Formulario Autorización Transferencia Electrónica, en el cual se señalan los datos de la cuenta a la cual deberá(n) realizarse el (los) pago(s). Lo indicado en los párrafos precedentes, aplicará para aquellos proveedores que resulten adjudicados por un monto total igual o superior a 1.000 UTM (Impuestos incluidos). Aquellos proveedores que resulten adjudicados en montos menores a 1.000 UTM y cuyos bienes o servicios adjudicados sean clasificados como bienes y servicios de simple y objetiva especificidad, su contrato se formalizará exclusivamente con el envío de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. La emisión y envío de la Orden de Compra estará supeditada a la recepción satisfactoria de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, cuando proceda, por parte de la Unidad encargada del proceso licitatorio. Para todos los casos en que el Contrato se formalice sólo a través de Orden de Compra, el plazo para aceptar la Orden de Compra es de 1 día hábil posterior a su envío. Aquel Proveedor que no acepte la orden de compra en dicho plazo, y haya hecho entrega del bien o servicio adjudicado, ya sea parcial o totalmente, su Orden de Compra se entenderá aceptada a partir del día hábil siguiente al envío de ésta. Tal como se encuentra señalado en párrafos precedentes, el adjudicatario se obliga a entregar el bien o servicio adjudicado previa coordinación con el Referente Técnico. Del mismo modo el adjudicatario deberá entregar los bienes o servicios de acuerdo al plazo de entrega ofrecido, o bien el plazo exigido según se indique en el Anexo Complementario. ARTÍCULO Nº 35: ORDEN DE COMPRA Las órdenes de compras serán emitidas por la Unidad de Gestión de Compras Generales del Servicio de Salud Maule posterior a la asignación del presupuesto correspondiente, de conformidad con el tipo de financiamiento definido en el Numeral 3 del Anexo Complementario. ARTÍCULO N° 36: PRE-FACTURA En el caso de la contratación de servicios cuyo monto sea variable, el proveedor de forma mensual deberá emitir una nómina, con el detalle de las prestaciones realizadas en el mes, la cual será enviada vía correo electrónico al Referente Técnico o al Administrador de Contrato, quien validara dicha nómina, y generará la solicitud de emisión de la orden de compra a la Unidad de Gestión de Compras Generales de la Dirección del Servicio de Salud Maule De conformidad a la naturaleza de los bienes o servicios a adquirir, el envío de la(s) orden(es) de compra podrá ser realizada de manera previa o posterior a la entrega de los productos o servicios, lo cual será detallado en el Numeral 17 del Anexo Complementario. ARTÍCULO N° 37: ORDEN DE FACTURACIÓN Una vez que el referente técnico o el Administrador de Contrato reúnan y validen la información de respaldo que dé cuenta del correcto cumplimiento en la entrega de los bienes o servicios contratados, tomarán contacto con el adjudicatario para informar que ya puede emitir su factura. Este procedimiento aplicará de conformidad a lo señalado en el Numeral 15 del Anexo Complementario. No obstante, lo anterior, en caso de recibir una factura que no cuente con recepción conforme, la entidad receptora podrá reclamar la factura ante el Servicio de Impuestos Internos. ARTÍCULO Nº 38: AUMENTOS O DISMINUCIONES DE CONTRATO 1.- Los aumentos de plazo y cualquier modificación del contrato: requerirá autorización expresa del Jefe de Servicio, lo cual quedará respaldado mediante Resolución Fundada. En aquellos casos donde de acuerdo a las normas e instrucciones para la Inversión Pública del Sistema Nacional de Inversiones se requiera reevaluación, el resultado favorable de esta última será condición para la autorización. En el caso de la contratación de bienes o servicios cuyo valor unitario fue desglosado en la oferta, los aumentos o disminuciones de contrato deberán ajustarse a dicho valor. En caso de presentarse la necesidad de realizar un aumento de contrato respecto de bienes o servicios que por su naturaleza no fueron expresados en valor unitario en la presentación de la oferta, el adjudicatario deberá presentar una cotización detallada, la cual será revisada por la entidad licitante y de ser aprobada esta modificación será autorizada mediante resolución fundada. De presentarse la necesidad de realizar disminuciones de contrato, éstas deberán ser acreditadas por la entidad licitante y autorizadas mediante resolución fundada. Esta disminución no dará derecho a indemnización alguna por parte de la entidad licitante. Para todos los casos, las modificaciones de contrato no podrán exceder el 30% del monto total contratado. 2.- Prórroga del contrato: se podrá prorrogar el contrato de conformidad a lo indicado en el Reglamento de Compras, en su artículo Nº42, Numeral 3 y artículo Nº129 del Reglamento, en los siguientes casos: 1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos: (i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante. (ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato. La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. ARTÍCULO Nº 39: DE LA RECEPCION CONFORME La recepción conforme por la correcta entrega de los bienes o servicios se realizará a través de la plataforma de mercado público una vez que el Referente Técnico o el Administrador de Contrato envíe el certificado de conformidad correspondiente, respaldando la correcta entrega de dichos bienes o servicios. En aquellos bienes ingresados directamente en alguna de las bodegas del Servicio de Salud Maule, los productos se considerarán recepcionados cuando el encargado de la respectiva bodega envíe al Departamento de Finanzas y a la Unidad de Gestión de Compras generales el formulario de ingreso respectivo. En el evento de existir reparos u observaciones en la calidad y/o condiciones del producto recibido o servicio prestado, el pago sólo se realizará una vez solucionadas dichas observaciones. Para efecto del cálculo de eventuales multas, las causales para la aplicación de las mismas serán definidas en el Numeral 14 del Anexo Complementario. Cabe señalar que, para efecto de contabilización del plazo de entrega, los bienes no se consideran recepcionados si éstos cuentan con alguna observación. ARTÍCULO Nº 40: MODALIDAD DE PAGO La entidad licitante gestionará de manera directa el pago de las obligaciones a sus proveedores, velando por el correcto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Nº21.131 que establece el pago a 30 días. Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda, a través de Ord. Nº14 de fecha 08 de marzo de 2023. El pago podrá ser realizado a través de uno o más estados de pago, lo cual dependerá de las etapas descritas en el Numeral 15 del Anexo Complementario. La facturación deberá realizarse con fecha igual o posterior a la fecha inscrita en la recepción conforme, la cual se realizará una vez que se hayan acreditado los siguientes hitos: - Correcta entrega de las Garantías solicitadas. - Correcta entrega de los bienes o servicios adquiridos, lo cual deberá ser respaldado con la documentación señalada en el Numeral 15 del Anexo Complementario. - Estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores contratados en los últimos dos años. - Declaración Jurada del adjudicatario que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigentes a la fecha de presentación del estado de pago. - Emisión de la Resolución que aplica multa (cuando corresponda). - Comprobante de depósito o transferencia del monto asociado a la multa (cuando corresponda). Se hace presente que la solicitud de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales constituye el ejercicio del derecho de información contemplado en el Artículo Nº183 letra C y D del Código del Trabajo. En caso de encontrarse deudas previsionales, estas podrán ser descontadas y enteradas en la institución previsional correspondiente. Cabe señalar que los documentos solicitados en el presente artículo son complementarios a los que puedan ser individualizados en el Numeral 15 del Anexo Complementario (acta de entrega de terreno, carátula de avance físico y presupuestario, etc.). En aquellos bienes o servicios que por su naturaleza puedan ser ejecutados en su totalidad dentro de un mismo período (recepción, instalación, capacitación, etc.), esta adquisición podrá ser facturada en un único pago. Lo anterior se encuentra definido en el Numeral 15 del Anexo Complementario. En la contratación de bienes o servicios que requieran más de un estado de pago la documentación señalada en párrafos precedentes deberá ser presentada para cada uno de los estados de pago. El compromiso de pago a 30 días se iniciará una vez que se ha dado correcto cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en el pliego de condiciones que rige el presente proceso o en el contrato, lo cual será materializado a través de la emisión del CERTIFICADO DE RECEPCIÓN CONFORME y su gestión en el aplicativo de RECEPCION CONFORME EN LA ORDEN DE COMPRA respectiva. Ello implica que el compromiso de pago a 30 días contados a partir de la fecha de emisión de la factura será efectivo toda vez que la orden de compra respectiva cuente con RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma de mercado público. Si el adjudicatario emite una factura sin contar con el visto bueno de la entidad licitante, el Dpto. de Finanzas procederá a la reclamación de la factura respectiva según lo establece el procedimiento contemplado en el artículo 3° de la ley N° 19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la recepción conforme y sin observaciones. Aquellos bienes o servicios cuya entrega se encuentre afecta a la aplicación de una multa, dicha multa podrá ser transferida directamente a la Entidad señalada en el Numeral 16 del Anexo Complementario, o bien, esta multa podrá ser descontada de manera directa sobre la factura emitida por el proveedor. En aquellos casos donde la multa sea transferida a la entidad correspondiente, el proveedor deberá enviar comprobante de transferencia o depósito al correo de contacto individualizado para la coordinación de facturación y pagos (Numeral 16 del Anexo Complementario). Considerando que el pago se ejecutará mediante transferencia electrónica, se requiere que el proveedor al momento de la contratación complete y envíe el Formulario Autorización de Pago por Transferencia Electrónica. En este formulario se señalan los datos de la cuenta a la cual se realizará el pago, y corresponde a una declaración simple por parte del proveedor que debe ser firmada por el oferente o por quien éste faculte legalmente para su representación. Este formulario debe remitirse digitalmente al correo de contacto señalado en el Numeral 16 del Anexo Complementario. La facturación deberá realizarse a nombre de la institución mencionada en el Numeral 1 del Anexo Complementario y deberá facturarse en forma separada de acuerdo a las indicaciones señaladas en el Formulario Económico. Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Orden de compra resultante de este proceso de compra, en caso contrario no se cursará el respectivo pago. En caso de modificaciones sociales u otros aspectos legales que afectaren entre otras, la propiedad, domicilio, representación legal de la sociedad contratante original, deberá comunicarse de inmediato estos hechos al Servicio de Salud Maule, para evaluar la vigencia del contrato. Constituye un incumplimiento de las obligaciones del contrato el no informar a la entidad licitante, oportunamente, cualquiera de las modificaciones o cambios antes señalados. De acuerdo a lo señalado en el artículo N°4 de la Ley Nº19.886, y en caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el Mandante o la Entidad Licitante, según corresponda, podrá retener el Estado de Pago hasta que el oferente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. ARTICULO Nº 41: FACTORING La entidad licitante aceptará que el proveedor entregue su facturación a empresas de factoring o a aquellas que presenten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los bienes recibidos y en los tiempos que el Servicio se ha comprometido a pagar. Dicho proceder se detalla a continuación: a) La empresa de factoring deberá comunicarse con el Departamento de Finanzas respectivo (dependiendo del tipo de financiamiento indicado en el Numeral 3 del Anexo Complementario), para verificar la recepción conforme de la(s) factura(s) que se pretende recibir en factoring. Así mismo las consultas en relación a lo anterior podrán ser canalizadas a través de los datos de contacto señalados en el Numeral 16 del Anexo Complementario. b) En caso de haberse notificado válidamente al Departamento de Finanzas respectivo y no existiendo obligaciones pendientes, se originará el pago del o los documentos factorizados a nombre de la empresa que los haya recibido en factoring. Extinguiéndose las obligaciones con el proveedor. En el caso de que existan pagos de multas pendientes, y la factura haya sido factorizada, el cobro de la multa será descontado directamente de las garantías o de los pagos pendientes al proveedor dándose aplicación a lo dispuesto en el Art. N°127 del Reglamento en el cual se faculta a la entidad licitante a no cumplir el contrato de factoring si existen obligaciones o multas pendientes. ARTÍCULO Nº 42: INCUMPLIMIENTOS DEL ADJUDICATARIO En el caso que el adjudicatario no cumpla con una o más de las obligaciones señalas en el contrato, incluido sus anexos y formularios técnicos, administrativos y económicos, la entidad licitante podrá aplicar una sanción cuyo detalle y montos máximos se encuentran individualizados en el Numeral 14 del Anexo Complementario. Las multas podrán ser descontadas del pago inmediatamente siguiente (en el caso de la ejecución de servicios), o podrán ser descontadas directamente sobre la factura emitida por el adjudicatario en aquellas contrataciones que contemplen un único estado de pago. No obstante lo anterior el monto de la multa podrá ser transferido de manera directa en la cuenta corriente del Organismo que financia la contratación, lo cual será señalado en el oficio de notificación que detalla el incumplimiento. ARTÍCULO Nº 43: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Por parte de la entidad licitante, previo requerimiento del Referente Técnico, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que este fije en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, la garantía que se cobrará o el contrato al que se pone término. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer (3) día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos que corresponda al domicilio del notificado, teniendo el proveedor un plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente sobre la aplicación de la multa. En caso de aplicación de la sanción, ésta será por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor a través de carta certificada. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En consecuencia, el cobro de la multa, el cobro de la garantía o el término anticipado del contrato, se ejecutarán una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido. De acuerdo a lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley. ARTÍCULO Nº 44: TÉRMINO ANTICIPADO o MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Podrá ponerse término anticipado al Contrato, o modificarse el Contrato en los casos indicados en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 y artículo N°130 del Reglamento de la Ley de Compras y, en los siguientes casos: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley 19.886 y 129 del Reglamento de Ley de Compras. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley 19.886 y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. 8. Cuando la entrega de los bienes o servicios, ya sea la entrega material o alguno de los hitos que forman parte de lo adjudicado (instalación, capacitación, etc.), se paralice o demore sin causa justificada, más allá del plazo contractual. Lo anterior aplicará cuando esta demora implique una sanción económica superior al tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario. 9. Por haber incurrido en una o más multas cuyo total supere el tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario. 10. Cuando, de acuerdo a lo informado por el Referente Técnico y a juicio del Servicio de Salud Maule el proveedor demuestre incapacidad técnica para ejecutar las adecuaciones adicionales o especiales que se hubieren exigido para el bien objeto de la adjudicación, o si el proveedor incumpliere las observaciones o instrucciones impartidas por la entidad licitante para la ejecución del Contrato. 11. Por infracción de cualquier prohibición expresa establecida en el contrato, en las Bases o cualquiera de los documentos que las integran. 12. En el caso que los productos o servicios entregados por el adjudicatario no sean acorde a los estándares de calidad establecidos en las presentes bases de conformidad a lo exigido en las especificaciones técnicas y a la oferta presentada por el adjudicatario 13. Por la incapacidad del proveedor para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 14. Si el adjudicado corresponde a la figura de Unión Temporal de Proveedores, y se comprobase que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 16. Si se comprobase la ocultación de información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de los integrantes de la UTP. 17. Si se registrase inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que esta Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 18. Si se registrara la disolución de la Unión Temporal de Proveedores. 19. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. En el caso de tratarse de una UTP, deberá ser suscrito por todos sus integrantes. 20. Si la entidad licitante, comprueba errores en la autenticidad de alguno de los documentos presentados por el adjudicatario durante la ejecución del contrato. 21. Registro de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados en los dos últimos años y hasta la mitad del plazo de duración del contrato, con un plazo máximo de seis meses. 22. Por incumplimiento debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, siempre y cuando ello no se deba a un caso fortuito o fuerza mayor 23. Si el proveedor cediera el contrato, según prohibición establecida en las presentes bases. 24. Término de giro, liquidación o disolución de la sociedad. En estos casos, el adjudicatario deberá comunicar estos hechos a la entidad licitante, dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde la fecha de su ocurrencia. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información De acuerdo a lo señalado en párrafos precedentes, en caso de Unión Temporal de Proveedores formado por personas naturales o jurídicas dedicado a cualquier actividad o giro, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula, se considerará como proveedor al conjunto y a cada uno de los miembros que la integran. 44.1. PROCEDIMIENTO PARA DAR TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO En caso de hacer efectivo el término anticipado de contrato, previo requerimiento del Referente Técnico, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que este fije en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el término del contrato. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos que corresponda al domicilio del notificado, teniendo el proveedor un plazo de cinco días hábiles desde la notificación, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente. En caso de aplicar el Término Anticipado de Contrato, ésta será formalizado por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor a través de carta certificada. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En consecuencia, el término anticipado del contrato, se ejecutará una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido. De acuerdo a lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley. En caso de verificarse la efectiva ocurrencia de alguna de las causales definidas para proceder a un Término anticipado de contrato, el Referente Técnico emitirá un informe que contenga a lo menos lo siguiente: 1. Identificación del Proveedor. 2. Individualización de los documentos de adjudicación. 3. Fecha del incumplimiento por parte del proveedor. 4. Indicación de la causal de término anticipado, los hechos que la configuran y documentación de respaldo. 5. Informe Técnico. Con esta información, la entidad licitante dictará el acto administrativo que dé inicio al procedimiento de término anticipado del contrato. En primera instancia y tal como se ha descrito en el presente documento, de aplicarse un término anticipado del contrato por alguna causal atribuida al proveedor, procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. ARTÍCULO Nº 45: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda discrepancia, diferencia o conflicto en relación a la aplicación y comprensión del contrato, bases administrativas y/o antecedentes de la licitación durante su ejecución, será resuelta por la Dirección del Servicio de Salud Maule, o quien subrogue. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República en la materia. ARTÍCULO N° 46: DOMICILIO CONTRACTUAL Aun cuando no se exprese en el Contrato, el adjudicatario constituye domicilio en la ciudad de Talca, para todos los efectos legales. ARTÍCULO N° 47: PRELACIÓN DE ANTECEDENTES 1. Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº21.634 2. Reglamento de la Ley Nº19.886 contenido en el D.S. N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones. 3. El set de respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas a los antecedentes administrativos y técnicos. 4. Las bases de administrativas, especificaciones técnicas y formularios, o sus modificaciones. 5. Oferta Adjudicada. 6. Resolución de Adjudicación. 7. El contrato. 8. Resolución que aprueba el contrato. 9. Orden de compra. FORMULARIO 1-A: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “PERSONA NATURAL” Nombre Licitación Pública: ______________________ ID: ________________________ DATOS DE LA PERSONA NATURAL Nombre Completo: Cédula de Identidad: Domicilio (Calle, N°, Ciudad) Comuna, Región Teléfono (Fijo/Móvil) Correo Electrónico DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre Completo: Cédula de Identidad: Teléfono (Fijo/Móvil): Correo Electrónico: GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Tipo de documento (Ejemplo: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.) N° de documento: Entidad emisora: Fecha de vencimiento: Firma , FORMULARIO 1-B: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “PERSONA JURÍDICA” Nombre Licitación Pública: ______________________ ID: ________________________ DATOS DE LA PERSONA JURÍDICA Razón Social: Giro: RUT: Domicilio (Calle, N°, Ciudad) Comuna, Región Teléfono (Fijo/Móvil) Correo Electrónico DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre Completo Cédula de Identidad Domicilio (Calle, N°, Ciudad) Comuna, Región Teléfono (Fijo/Móvil) Correo Electrónico Documento en que consta su personería Nota: Si son dos o más los representantes legales se deberá indicar los datos de cada uno de ellos conforme al cuadro precedente. DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre Completo: Cédula de Identidad: Teléfono (Fijo/Móvil): Correo Electrónico: GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Tipo de documento (Ej.: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.) N° de documento: Entidad emisora: Fecha de vencimiento: Firma , FORMULARIO 1-C: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)” Nombre Licitación Pública: ______________________ ID: ________________________ Nombre de la Unión Temporal de Proveedores: ___________________ INTEGRANTES DE LA UTP N° Nombre Integrante/Razón Social RUT 1 2 3 4 DATOS DEL REPRESENTANTE O APODERADO Nombre Completo Cédula de Identidad Domicilio (Calle, N°, Ciudad) Comuna, Región Teléfono (Fijo/Móvil) Correo Electrónico Notaría y fecha del documento privado o público de formalización de la unión DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre Completo: Cédula de Identidad: Teléfono (Fijo/Móvil): Correo Electrónico: GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Tipo de documento (Ejemplo: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.) N° de documento: Entidad emisora: Fecha de vencimiento: Firma , FORMULARIO 2: DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN Y DE HABILITACIÓN PARA CONTRATAR CON EL ESTADO Nombre Licitación Pública: ___________¬¬¬_________________________________ ID: ___________________________________ YO: _____________________ _______, cedula nacional de identidad N° ____________________ con domicilio en ____________________ _____________, declaro lo siguiente: El Oferente que suscribe, con el solo hecho de presentar su oferta a este proceso de compra declara y acepta explícitamente lo siguiente: 1. Haber estudiado todos los antecedentes y especificaciones técnicas requeridas para la entrega del bien y/o servicio. 2. Estar en conocimiento de que la entrega, instalación y capacitación de los bienes y/o servicios cotizados, serán de cargo y responsabilidad nuestra. Lo anterior aplica para todos aquellos hitos que sean necesarios para el uso operativo del bien y/o servicio cotizado. 3. Estar en total conocimiento y acuerdo con las aclaraciones y/o modificaciones presentadas por la entidad contratante y que hayan sido presentadas previo a la fecha cierre de recepción de ofertas. 4. Estar conforme con las disposiciones generales y específicas requeridas para este proceso de contratación. 5. Declaro no estar afectado por alguna de las causales de inhabilidad señaladas en la Ley de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, esto es la Ley 19.886 y las modificaciones que le sean aplicables a la fecha de suscripción de la presente declaración jurada (aplica Ley 21.634), y que se encuentran detalladas a continuación: - No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. - Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. - No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo Nº 33 y Nº34 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. - No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 56 de la ley N°18.575. - No me encuentro inhabilitado por una o más de las causales establecidas en el artículo 35 quáter de la ley Nº19.886. - No haber sido condenado en los últimos 2 años, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidas en el código penal. NOTA: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.” Para las ofertas o cotizaciones presentadas a través de una Unión Temporal de Proveedores, este formulario deberá ser completado por cada integrante de la UTP, siendo firmado por el oferente o representante legal correspondiente a dicho integrante, según sea el caso. Firma , FORMULARIO ANTECEDENTES TÉCNICOS Nombre Licitación Pública: ______________________ ID: ________________________ A continuación, se detallan las especificaciones técnicas de lo requerido: Descripción DETALLE 1 Experiencia del proveedor Debe adjuntar referencias desde las instituciones en las que ha prestado el mismo servicio que solicita la presente licitación a través de certificados firmados por cada entidad donde prestó el servicio donde se indique la evaluación que se realizó del servicio. Se aceptarán certificados con antigüedad desde enero de 2020 hasta la fecha de cierre de la presente licitación 2 Calidad de los productos Completar en FORMULARIO DETALLE DE OFERTA, el tipo de alimento y marca que entregará por cada línea adjuntando fotos de Referencia. 3 Montaje del Servicio El montaje debe contemplar elementos de Ornamentación, manteles, flores y otros, evidenciar a través de fotografías. 4 Velocidad de respuesta al requerimiento Debe indicar en FORMULARIO DETALLE DE OFERTA el tiempo de aviso que requiere el proveedor para prestar el Servicio, Expresado en horas corridas. 4 Requisitos mínimos obligatorios Se detallan a continuación en CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS 1. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONVENIO DE ALIMENTACIÓN PARA EL SERVICIO DE SALUD MAULE: OBEJTIVO: Realizar un CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES que permita asegurar el suministro de este servicio para las distintas jornadas de capacitación que lo requieran y a petición de la Unidad de Capacitación de este Servicio de Salud. A continuación, se detallan las características técnicas mínimas del convenio a licitar: CONVENIO DE ALIMENTACIÓN PARA EL SERVICIO DE SALUD MAULE A continuación, se detallan las características técnicas mínimas del curso a licitar CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS: Atenciones-Servicios de Alimentación: Se requiere servicios de alimentación que cumpla con las siguientes condiciones: • El oferente de la atención debe contar con todos los implementos necesarios para la prestación del servicio tales como: Contenedores y/o dispensadores de agua caliente y fría (con mecanismo de mantención de temperatura), mesas, mantelería, sillas acolchadas y de un mismo color (si corresponde), cantidad de personal adecuado a la actividad, decoración y ornamentación (flores frescas) y otros que el oferente pueda ofrecer • Los bebestibles calientes deben ser servidos en tazas, los bebestibles fríos deben ser servidos en vasos de vidrio transparente y sin color; No utilizar elementos desechables (platos, cubiertos, vasos, etc.) para servir los alimentos a excepción que estos sean biodegradables • Este servicio se entrega en el lugar que defina la Unidad de Capacitación y se requiere que cumpla con las siguientes condiciones:  En los casos que la actividad se realice en Universidades o Locales externos al Servicio de Salud Maule, el oferente deberá preocuparse en forma directa con esas instituciones de contar con Resolución Sanitaria correspondiente para entregar el servicio en sus dependencias.  El oferente debe montar el Servicio a lo menos 30 minutos antes del horario indicado en el documento llamado “COMPROMISO DE ATENCIÓN” emitido por la Unidad de Adquisiciones.  El oferente debe considerar el montaje, desmontaje y limpieza posterior del lugar utilizado (dejar el espacio en las condiciones que se le entregó). • El oferente para ejecutar cada actividad solicitada por la Unidad de Capacitación y Perfeccionamiento, debe contar previamente con un formulario llamado “COMPROMISO DE ATENCIÓN” el que debe llevar el Vº Bº del referente técnico a cargo de la actividad. Posterior al servicio se emitirá la orden de compra respectiva. Para cada Atención el proveedor debe considerar: • Se podrán solicitar 3 estilos de Servicio: SERVIDO: Este Servicio debe considerar:  Una persona para atención por cada 20 asistentes.  Mesas limpias y en buen estado para servir los alimentos con su respectivo mantel y ornamentación.  Utensilios, limpios y en excelente estado necesarios para servir y ofrecer los alimentos  Tipo de alimentación seleccionada por el Servicio de salud en base a lo aprobado por la presente licitación. AUTOTENCIÓN: Este Servicio debe considerar:  Mesas limpias y en buen estado para servir los alimentos con su respectivo mantel y ornamentación.  Utensilios, limpios y en excelente estado necesarios para servir y ofrecer los alimentos.  Tipo de alimentación seleccionada por el Servicio de salud en base a lo aprobado por la presente licitación. DELIVERY: Este Servicio debe considerar:  Transporte de los alimentos al lugar indicado por la Unidad de Capacitación.  Envases y utensilios para comer los alimentos. Estos deberán ser biodegradables y deberán contar con la certificación correspondiente. No se recibirán productos en envases de plumavit o con cubierto de plástico.  Tipo de alimentación seleccionada por el Servicio de salud en base a lo aprobado por la presente licitación. • Para los 3 servicios mencionados, el transporte de los alimentos debe ser en contenedores herméticos, limpios e higiénicos, en caso de corroborar que esto no sucede se aplicará sanción. • En la eventualidad de haber mayor número de asistentes a lo comprometido en la Orden de Compra, el Proveedor podrá entregar la diferencia como servicios adicionales, previa solicitud y autorización de la Unidad de Capacitación quien comunicará los detalles a la Unidad de Compras Generales, a través de correo electrónico, para realizar la Orden de compra por los Servicios Adicionales que corresponda. Producto Detalle Valor estimado por unidad Cantidad Estimada Anual Coffe Break Simple Horario de Entrega a convenir • Descripción del Coffe Break, todo individualizado. • Café similar a nescafe en sachet (con y sin cafeína) (1 • por persona) • Té similar a lypton yellow label variedad amarilla (1 por persona) • Leche para cortar las bebidas calientes. • Endulzante estevia en sachet • Azúcar blanca y rubia en sachet • Vaso de jugo natural 200cc (1 por persona) (no néctar ni envasados) • Agua envasada con y sin gas 200cc (1 por persona). • Variedad de galletas, 3 por persona y/o similar. (Durante el convenio el oferente deberá variar los productos ofertados de acuerdo a la estación y/o solicitudes del Servicio, manteniendo la calidad) $2.800 (IVA INCLUIDO) 1.900 UNIDADES Coffe Break Completo Horario de Entrega a convenir • Descripción del Coffe Break, todo individualizado. • Café similar a nescafe en sachet (con y sin cafeína) (1 • por persona) • Té similar a lypton yellow label variedad amarilla (1 por persona) • Leche para cortar las bebidas calientes. • Endulzante estevia en sachet • Azúcar blanca y rubia en sachet • Leche light y sin lactosa para cortar los líquidos calientes presentada en recipiente de vidrio • Vaso de jugo natural 200cc (1 por persona) (no néctar ni envasados) • Mini sándwich opción carnívora (pasta de ave, jamón de pavo y queso tipo chanco o salame y queso crema) (1 por persona) • Mini sándwich opción vegetariana y en pan integral (Quesillo y tomate, rúcula, tomate y queso crema o pasta de huevo) (1 por persona) variedad de galletas artesanales (4 unidades por persona) • Brochetas de fruta 2 por persona. • Bollería dulce en base a frutas tipo tartaletas. • Frutos secos en porciones individuales. (Durante el convenio el oferente deberá variar los productos ofertados de acuerdo a la estación y/o solicitudes del Servicio, manteniendo la calidad) $5.500 (IVA INCLUIDO) 1.900 UNIDADES Box Lunch Ejecutivo Horario de Entrega a convenir • Descripción del Box Lunch, todo individualizado. • Porción de proteína (vacuno, lomito, pollo, legumbre, soja, entre otros), mínimo 100 gramos. • Acompañamiento tipo entrada fría a base de vegetales y/o carbohidratos (mínimo 3 vegetales). (Ej. ensalada cesar, ensalada rusa, ensalada griega, ensalada de pasta, ensalada de arroz, entre otros), mínimo 250 gramos • Salsas en formato individual para condimentar. • Jugo individual 100% fruta y/o Bebida de mínimo 300 cc. • Vaso de frutas naturales, mínimo 200 gramos. • Postre elaborado de leche o fruta. • Algún tipo de mecanismo desinfectante de manos en formato individual. Caja que contenga lo descrito anteriormente más insumos necesarios para comer los alimentos. Estos insumos deben ser de materiales biodegradables quedando descartado el plumavit y cubiertos plásticos. $12.000 (IVA INCLUIDO) 90 UNIDADES (Durante el convenio el oferente deberá variar los productos ofertados de acuerdo a la estación y/o solicitudes del Servicio, manteniendo la calidad) El proveedor deberá disponer de alternativa vegetariana y vegana en caso de que sea requerido por el Servicio. OBSERVACIÓN: La cantidad de participantes es un estimado aproximado, que podrá fluctuar de acuerdo a las necesidades del establecimiento. FORMULARIO: DETALLE DE OFERTA Completar con la selección de productos que oferta para cada tipo de servicio de alimentación. Coffe break Simple Tipo de producto Marca (si corresponde) Medida (grs, ml, sachet, caja, etc.) Ejemplo: café Ejemplo: Nescafe Ejemplo: Sachet de 1,8 grs Coffe break Completo Tipo de producto Marca (si corresponde) Medida (grs, ml, sachet, caja, etc.) Ejemplo: café Ejemplo: Nescafe Ejemplo: Sachet de 1,8 grs Box Lunch Ejecutivo Tipo de producto Marca (si corresponde) Medida (grs, ml, sachet, caja, etc.) Ejemplo: café Ejemplo: Nescafe Ejemplo: Sachet de 1,8 grs Velocidad de respuesta al requerimiento (Indicar, expresado en horas corridas, el tiempo de anticipación que requiere de aviso el proveedor para prestar el Servicio tanto de Coffe break como el de caja de alimentación) FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO RESUMEN OFERTA Nombre Licitación Pública: ______________________ ID: ________________________ Cant. Presupuesto informado (IVA incluido) Plazo de entrega ofertado Valor Unitario ofertado (IVA incluido) Valor Total ofertado (IVA incluido) Coffe Break Simple 1.900 $17.680.000 Coffe Break Completo 1.900 Caja Colación 90 Recordar que el valor ingresado en el comprobante de oferta debe ser en valor neto o bruto según corresponda (ver artículo 9 de las Bases) PARA EL PAGO: Método de cobro (marque solo una) Emite factura exenta de IVA Emite factura afecta a IVA Emite boleta de honorarios (indicar el % de retención al que está afecto) Nota: si el presupuesto informado corresponde a presupuesto “disponible” de acuerdo a lo señalado en el Numeral 3 del Anexo Complementario, las ofertas deberán ajustarse al monto informado disponible “por línea”. En caso de presentarse ofertas que superen dicho monto, la entidad licitante revisará la disponibilidad de recursos considerando las ofertas recibidas para las otras líneas contempladas en el decreto o asignación presupuestaria, y en dicho tenor podrá aceptar dichas ofertas. Lo anterior sólo aplicará si los recursos disponibles lo permiten, de lo contrario las ofertas que superen el presupuesto informado por línea podrán ser declaradas inadmisibles. Nombre Oferente : Rut Oferente : Representante Legal : Rut Repr. Legal : Email Contacto : Teléfono Contacto : FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA 1.- DATOS DEL OFERENTE Nombre Oferente: Dirección: Razón Social: Rut: Teléfono: E-mail: 2.- DATOS REPRESENTANTE LEGAL/APODERADO Nombre: Cédula de Identidad: Teléfono: E-mail: Dirección: 3.- CONTACTO DEL PROVEEDOR A QUIEN SE LE COMUNICARÁ EL PAGO REALIZADO. Nombre: Cédula de Identidad: Cargo: Teléfono: E-mail: 4.- DATOS CUENTA CORRIENTE PARA DEPOSITO, Considerar que el RUT asociado a la cuenta bancaria informado, debe ser concordante con el RUT del Oferente: Banco: Sucursal: Nº Cuenta: Tipo de cuenta: (corriente-vista) FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , ANEXO COMPLEMENTARIO Num Tema A Especificar 1 Mandante: Nombre: Rut: Dirección: Identificación de la Entidad Licitante: Nombre: Servicio De Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca. Datos de facturación Nombre: Servicio De Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca. Correo Consulta Pagos: proveedores@ssmaule.cl Nombre de Licitación Pública: CONVENIO SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES ID Mercado Público: 1978-47-LE25 Vigencia del contrato: 12 MESES A CONTAR DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN 2 Referente Técnico: Unidad de Capacitación y Perfeccionamiento Administrador de Contrato: Unidad de Capacitación y Perfeccionamiento 3 Financiamiento: Programa Anual de Capacitación Código BIP: No aplica Presupuesto: (X ) Estimado ( ) Disponible 4 Apertura electrónica de ofertas (X ) Una Etapa ( ) Dos Etapas 5 Garantía De Seriedad De La Oferta (para licitaciones sobre las 5.000 UTM, no debe exceder el 3% del monto de la licitación) En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. ( ) Requiere (X ) No Requiere Beneficiario: No aplica RUT: Monto: Vigencia: Glosa: NO APLICA 6 Garantía De Fiel y Oportuno Cumplimiento De Contrato (5% del monto neto adjudicado, siendo obligatorio su envío para los proveedores que se adjudiquen montos superiores a 1.000 UTM) En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. Beneficiario: NO APLICA RUT: NO APLICA Monto: NO APLICA Vigencia: NO APLICA Glosa: 7 Otras Garantías En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. Beneficiario: No aplica RUT: Monto: Vigencia: Glosa: NO APLICA 8 Vigencia de la Ofertas 90 días corridos y contados desde el cierre de recepción de ofertas 9 Calendario de actividades * Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos ya señalados, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs. Etapa Plazo Publicación Del Llamado Después de la total tramitación de la resolución que aprueba el llamado a licitación pública. Periodo De Publicación Desde 10 días corridos desde la publicación del llamado a licitación pública. Visita A Terreno “No Aplica” Envío de muestras y/o demostraciones técnicas “No Aplica” Plazo para Formular Consultas Mínimo 3 corridos luego de publicada la licitación hasta las 15:00 hrs. Plazo para Publicar Respuestas a Consultas Mínimo 2 días corridos luego de cerrado el plazo para formular consultas hasta las 17:00 hrs. Plazo Aclaraciones o Modificaciones Hasta antes del cierre de Recepción de Ofertas. Cierre de Recepción de Ofertas Mínimo el día 10 luego de publicada la licitación, a las 15:00 Hrs. Apertura Electrónica Hasta 2 días corridos desde el cierre del proceso de licitación. Plazo Estimado de Evaluación Hasta 10 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación. Plazo Estimado de Adjudicación En del plazo de 20 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación,17.00 hrs. 10 Ponderación De Los Criterios De Evaluación A. Evaluación Económica: 60% B. Plazo de entrega: NO APLICA C. Evaluación Técnica: 35% D. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación: 5% E. Otros: NO APLICA 10.1 A. Evaluación Económica Puntaje Precio Oferta(i) = Menor Precio Unitario Ofertado X 10 Precio Unitario Oferta (i) Dónde: Oferta (i): oferta en evaluación El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. 10.2 B. Plazo máximo de entrega: (NO APLICA) Rango de plazo Puntaje Desde __ a __ días xx puntos Desde __ a __ días xx puntos Desde __ a __ días xx puntos Desde __ a __ días xx puntos Contabilización del Plazo de Entrega No aplica 10.3 C. Evaluación Técnica: Experiencia del oferente: Corresponde a la cantidad Empresas a las cuales ha prestado Servicios con anterioridad, en relación a lo cual se le asignará puntaje de acuerdo con la siguiente tabla: REFERENCIAS PUNTAJE Hasta 10 10 7 a 9 8 4 a 6 6 2 a 3 3 1 1 Para evaluar este criterio se aceptarán como validaciones únicamente certificados, no se aceptan órdenes de compra ni otro tipo de documento. Debe adjuntar certificados emitidos por las instituciones en las que ha prestado el mismo servicio que se solicita en la presente licitación, los certificados deben estar firmados por cada entidad donde prestó el servicio donde se indique la evaluación que se realizó del servicio. Se aceptarán certificados con fecha comprendidas en el período del 02 de enero de 2020 hasta la fecha de cierre de la presente licitación Si el proveedor no adjunta certificados que respalden su experiencia o estos no cumplen con la información solicitada (falta de firma de la institución, no califican el servicio, etc.) se le Otorgará el puntaje mínimo de 1. El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. 10.4 D. Cumplimiento requisitos formales de presentación Presentación de Antecedentes Puntaje Oferente cumple con los requisitos formales al momento de presentar la oferta. 10 Oferente incurre en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y aplicando lo dispuesto en las presentes bases, el oferente da respuesta oportunamente a lo consultado. 1 10.5 E. Otros NO APLICA 11 Hito de inicio del contrato NO APLICA 12 Formalización de la compra La compra se formalizará con la emisión y aceptación por parte del proveedor de la correspondiente orden de compra 13 Envío de la orden de compra La orden de compra será generada por la Unidad de Gestión de Compras generales del Servicio de Salud Maule, con cargo al presupuesto definido para esta licitación. El oferente para ejecutar cada actividad solicitada por la Unidad de Capacitación y Perfeccionamiento, debe contar previamente con un formulario llamado “COMPROMISO DE ATENCIÓN” el que debe llevar el Vº Bº del referente técnico a cargo de la actividad. Posterior al servicio se emitirá la orden de compra respectiva. La generación de las órdenes de compras (OC), se emitirán por el total adjudicado, pudiendo emitirse una orden de compra por el 30% adicional del total adjudicado. Una vez generada la orden de compra (OC) en el portal de Mercado Público, el proveedor adjudicado deberá aceptarla o rechazarla dentro de un plazo de 24 horas. Para los casos en que el proveedor adjudicado no hubiera aceptado la orden de compra (OC), se considera aceptada la orden de compra (OC) a los dos (2) días hábil después de emitida esta. 14 Aplicación de Multas En el caso que el adjudicatario no cumpla con lo definido en FORMULARIO: DETALLE DE OFERTA, la Entidad Licitante podrá aplicar multa por incumplimiento, de acuerdo a lo siguiente: 3% Incumplimiento en los horarios acordados para la entrega de atención de los servicios de Coffe Break. Se considerará como incumplimiento el retraso en la entrega de los servicios de acuerdo con los horarios acordados cuando habiendo transcurrido más de 15 min de la hora acordada, no se haya realizado la entrega del respectivo servicio de break y/o colaciones. Por ejemplo. Se acordó la entrega del servicio a las 10.00 hrs y siendo las 10:16 hrs el servicio no se ha entregado, se considera como incumplimiento y se aplicará multa. Incumplimiento en la entrega de los servicios: Incumplimiento en la entrega de los servicios acordados. Si habiéndose el proveedor comprometido a la entrega de los servicios, llegado el día, no realiza entrega de estos sin dar previo aviso, se le aplicará una multa de 3 UTM, por cada vez que ocurra el hecho descrito, con un tope de 5 eventos durante lo que dure el convenio. 14.1 Tope de Multas 20% del valor total adjudicado en el proceso licitatorio. 14.2 Pago de multas El monto de la sanción podrá ser rebajado directamente de la factura emitida por el adjudicatario, o bien podrá ser transferida en la cuenta corriente de la entidad correspondiente de acuerdo al financiamiento de la compra. 15 Estados de Pago NO APLICA 16 Datos de contacto para consultas de facturación y pago Nombre: Unidad de Tesorería Email: proveedores@ssmaule.cl Dirección de Despacho: Si la facturación es a través del sistema de facturación gratuito del SII, la factura llega directo al Servicio de Salud Maule. Proveedores que emitan DTE en Plataforma Distinta al SII y que aparezcan en el listado de: Pendiente de Recepción en Acepta; deben enviar la factura a la casilla dipresrecepcion@custodium.com 17 Datos para coordinación de entrega y/o ejecución Nombre: Maria Ines Perez Email: mperez@ssmaule.cl Dirección de Despacho: no aplica 18 Datos De Envío De Documentación Unidad de Gestión Documental del Servicio de Salud Maule At. Unidad de gestión de Compras Generales 5 oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca. 2 AUTORIZASE el llamado a presentar ofertas para el proceso de Licitación Pública CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES individualizada en Mercado Público bajo el ID: 1978-47-LE25. 3 La imputación presupuestaria del gasto que demande la contratación de la presente licitación se efectuará en el acto administrativo correspondiente. 4 PUBLÍQUESE la presente resolución, a través de la plataforma de Mercado público bajo e ID: 1978-47-LE25, Licitación Pública: “CONVENIO DE SERVICIO DE ATENCION DE PARTICIPANTES”. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. DRA. MARTA CARO ANDIA DIRECTORA SERVICIO DE SALUD MAULE DISTRIBUCION: • Sub Dirección RRFF y Financieros • Depto. Sistemas de Compras • Depto. Finanzas • Depto. Auditoría • Depto. Asesoría Jurídica • Unidad de Gestión de Compras Generales • Unidad Gestión Documental
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.