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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Será obligación del contratista dar estricto cumplimiento a todas las disposiciones laborales,
previsionales, de seguridad social, seguridad y salud en el trabajo vigentes, especialmente aquellas
contenidas en el Código del Trabajo, la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales, el Decreto Supremo N° 40 del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social, el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud y demás normativa legal y reglamentaria
aplicable al personal que participe en la ejecución del contrato.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para
exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del
contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las
cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información
correspondiente a la Inspección del Trabajo.
En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las
obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de
conformidad con lo que dispone la Ley Nº 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en
régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga
en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los
trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
Será de exclusiva responsabilidad del contratista contratar los seguros que la legislación vigente
exija para su personal y adoptar todas las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes
del trabajo, enfermedades profesionales y daños a terceros o a las instalaciones de la DGAC, sin
que ello genere responsabilidad alguna para la Institución.
Será requisito indispensable para cursar el pago, que el prestador del servicio acredite
encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la
factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al
tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº
20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento
de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la
legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.
Asimismo, será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y
sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su
personal y en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las
disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando
ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
El incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas
anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y
le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de
perjuicios.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el siguiente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar
toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con
las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º,
5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el
oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar
dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de
acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en
su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de
ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de
tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
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transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se
derivase.
7. Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Que declara conocer la normativa legal vigente destinada a la prevención de delitos de
Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo y las sanciones
establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga a
no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o
constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras
irregularidades que puedan afectar a la Dirección General de Aeronáutica Civil o a sus
funcionarios; en caso de tomar conocimiento de alguna conducta u operación sospechosa
dará cuenta inmediata de ella a la autoridad competente.
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