1.- ANTECEDENTES
La Delegación Presidencial Provincial de Última Esperanza llama a licitación pública para la contratación de “SERVICIOS DE ASEO Y SANITIZACIÓN PARA EL COMPLEJO FRONTERIZO RÍO DON GUILLERMO”, a objeto de seleccionar al proveedor que de acuerdo a las presentes bases de licitación desarrollará las actividades necesarias para la correcta ejecución del servicio licitado.
1.1.- OBJETIVO
El objetivo de la presente licitación es la contratación de una persona natural, jurídica o unión temporal para la prestación del servicio de aseo en el Complejo Fronterizo Río Don Guillermo, ubicado en la comuna de Torres del Paine, provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, quien se adjudique la presente licitación, deberá asegurar la limpieza y sanitización de los edificios, así como la de su mobiliario, enseres, equipamiento de oficina y otros.
En relación con lo señalado en el párrafo precedente, se da por entendido que la unión temporal o la persona jurídica deberán considerar la dotación de personal suficiente que permita la óptima prestación del servicio requerido.
Por otra parte, el servicio a ofrecer debe asegurar a “la Delegación” el cumplimiento íntegro de los requisitos mínimos estipulados en las bases técnicas de las presentes bases de licitación, en lo que respecta a la calidad, confiabilidad y disponibilidad del servicio.
En ese contexto, “la Delegación”, presenta a continuación las Bases de Licitación asociadas a la ejecución de la mencionada prestación de servicios.
1.1.1.- ESPECIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Las presentes bases están destinadas a reglamentar el llamado a licitación Pública para la contratación del “SERVICIO ASEO COMPLEJO FRONTERIZO RÍO DON GUILLERMO”, a contar del 01 de marzo 2026 al 29 de febrero 2028. Téngase presente que los productos para realizar la limpieza serán entregados por la Unidad de Pasos Fronterizos.
1.2.- FINANCIAMIENTO
Para la ejecución de la contratación especificada en las presentes bases de licitación, cuya vigencia es a contar del 01 de marzo de 2026 al 29 de febrero 2028 se dispone del siguiente presupuesto referencial:
- Presupuesto disponible año 2026 para el Complejo Fronterizo Río Don Guillermo es de: $10.746.900.- (Diez Millones Setecientos Cuarenta y Seis Mil Novecientos Pesos), impuesto incluido.
El pago se realizará en 10 cuotas iguales y sucesivas para el año 2026.
Para los años 2027 y 2028 el servicio de aseo estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria establecida en la ley de presupuesto para el reajuste del precio del servicio contratado fijando como mínimo la variación del IPC.
1.3.- COMUNICACIÓN CON LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE ÚLTIMA ESPERANZA
Toda comunicación entre los oferentes (o interesados) y la Delegación para efectos de la presente licitación deberá ser hecha a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl) en adelante el Portal, por lo que, está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas Bases como a los proponentes, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Delegación para fines relacionados con esta licitación, (Ley 21634, art. 35 ter.- “Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública…”), salvo aquellos contemplados en las presentes bases, a decir, la Visita en Terreno.
1.4.- PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que por sí o por Uniones Temporales de Proveedores, estando habilitado para aquello.
El proponente interesado en participar deberá estar inscrito en alguna de las categorías del Registro de Proveedores.
Inhabilidades para pertenecer al Registro conforme al Artículo 154 del Decreto 661, que aprueba reglamento de la Ley N° 19.886 y deja sin efecto el decreto supremo Nº 250, DE 2004, del ministerio de hacienda indica que estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
1. Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario.
2. Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscritos con alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
3. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley.
4. Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
5. Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.
6. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.
7. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
8. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393.
9. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
10. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.
11. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
12. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720.
13. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento.
14. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.
15. Las demás que determinen las leyes.
Téngase presente que los Oferentes, no podrán ofertar de forma individual y al mismo tiempo, como Unión Temporal de Proveedores para un mismo proceso licitatorio.
Se entenderá por Unión Temporal de Proveedores, UTP, al conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. (Art. N°51, Ley 21634).
Conforme al Artículo N°181 del Reglamento 661 de 2024 del M. Hacienda, para la presentación de las ofertas el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
1.5.- FORMA DE COMPUTAR LOS PLAZO DE LA LICITACIÓN
Todos los plazos que se establecen en este Proceso de Licitación son en días corridos, salvo que en estas Bases se especifiquen plazos en días hábiles, entendiéndose como tal, de lunes a viernes, a excepción de los días festivos. Lo anteriormente dicho, es sin perjuicio de lo establecido en el inciso penúltimo del artículo 25 del Reglamento.
1.6.- COSTOS DE LA PROPUESTA Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte de la Delegación.
Los oferentes participantes por el solo hecho de presentarse a la licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características del servicio que se desea prestar, por lo que se declaran conformes con ellas.
1.7.- TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS
Todos los documentos requeridos en las presentes bases deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Portal, salvo lo que se dispone respecto a las garantías.
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes bases.
2.- NORMAS GENERALES
2.1.- DOCUMENTACIÓN GENERAL DEL PROCESO
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante Ley N°19.886; el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la citada Ley, en adelante el Reglamento; y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán en forma armónica, primando, en todo caso, lo que digan las bases:
a) Resolución Exenta que autoriza el llamado a Licitación Pública y aprueba las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Formularios.
b) Aclaraciones, respuestas y modificaciones de Bases si las hubiere.
c) Respuestas de la Delegación a las preguntas de los interesados y/o proveedores.
d) Acta de apertura de ofertas.
e) Oferta completa del adjudicatario y aclaraciones a la misma que eventualmente hayan sido solicitadas por la entidad licitante.
f) Informe de evaluación de ofertas.
g) Resolución Exenta que declara adjudicada o desierta la presente licitación.
h) Orden de compra, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
2.2.- NORMATIVA VIGENTE ATINGENTE A LA PROPUESTA
a) Código Civil.
b) Código del Trabajo.
c) Código Penal.
d) Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
e) Ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio y su Reglamento.
f) Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de las Administración del Estado.
g) Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica.
h) D.S. Nº 594, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.
i) Demás Normas sobre Autorización Sanitaria.
j) Normas de Seguridad y sus Reglamentos.
k) Ley Nº 20.123 Ley de Subcontratación.
l) Normas adicionales definidas en las Bases Técnicas;
y todas aquellas Leyes, Normas y Reglamentos no indicados y que tengan relación con los servicios a contratar.
3.- ETAPAS, PLAZOS, ACLARACIONES, APERTURA, EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN.
|
Etapas
|
Plazos
|
|
Publicación
|
10 (diez) días desde la fecha de publicación.
En caso de que el último día fuera sábado, domingo o festivo el período de publicación se extiende hasta el día hábil siguiente.
|
|
Visita a Terreno Obligatorio
|
Cuarto día hábil desde la publicación:
Complejo Fronterizo Río Don Guillermo: 13-02-2026 a las 11:00
|
|
Recepción de Consultas
|
Hasta el séptimo día desde la publicación
|
|
Respuestas a consultas
|
Al día hábil siguiente de la fecha de término de las consultas
|
|
Cierre recepción de ofertas en: www.mercadopublico.cl
|
Hasta las 14:00 hrs. del décimo día de publicada la licitación.
|
|
Apertura Técnica y Económica
|
El mismo de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Siendo la hora de apertura a las 16:30 hrs.
|
|
Evaluación de ofertas
|
Plazo máximo de TRES días HÁBILES a contar del día de la apertura electrónica de la licitación, para evaluar y proponer la adjudicación.
|
|
Adjudicación
|
Plazo máximo de DOS (2) días siguientes de recibido el Informe de la Comisión de Evaluación.
|
|
Formalización de la Contratación
|
Se formalizará mediante el envío y aceptación de la correspondiente orden de compra y posterior firma del contrato.
|
3.1.- OBSERVACIONES
Los plazos contemplados en el presente calendario de licitación podrán ser prorrogados, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas y a lo indicado en el calendario del numeral anterior. Otras modificaciones a las bases del proceso, se deberán formalizar mediante la correspondiente resolución exenta.
3.2.- VISITA A TERRENO
Se efectuará una visita a terreno al Complejo Fronterizo Río Don Guillermo, conforme a la fecha indicada en el “Calendario de la Licitación” detallado en numeral 3 de las presentes Bases y publicado en el Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante “el Portal”, para efecto de presentación de las propuestas y aclarar dudas sobre los requisitos o exigencias técnicas que deben cumplir de acuerdo a los requerimientos del servicio, contempladas en el ítem N°1 y N°2 de las Bases Técnicas y a su vez, estimar adecuadamente los costos a considerar en la elaboración y presentación de sus propuestas.
Será obligatorio que cada oferente asista a dicha visita. En caso de inasistencia, la oferta del proponente será declarada inadmisible.
La visita será guiada por un funcionario de la Unidad de Pasos Fronterizos, don Danny Cárcamo Muñoz o de quien lo subrogue, quien levantará un Acta de Visita a Terreno para constancia de los asistentes.
- Todo oferente que llegue durante el transcurso de la visita, podrá ser parte de ella.
- Todo oferente que llegue a terreno ya finalizada la visita, no podrá ser parte del acta de visita a terreno.
Ante el evento que, los titulares determinen enviar a un tercero en su representación, este deberá, en la visita en terreno, presentar un poder simple de representación. Se adjunta un formato tipo en los archivos anexos, en formato editable y bajo el nombre “FORMATO PODER SIMPLE DE REPRESENTACIÓN EN VISITA EN TERRENO”.
Queda estrictamente prohibido sacar fotografías o generar grabaciones de video del lugar o del edificio del Complejo fronterizo Río Don Guillermo, antes o después de la visita en terreno.
4.- DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES
Los proponentes podrán efectuar consultas y/o aclaraciones, sólo a través del Portal, conforme a las fechas indicadas en el “Calendario de la Licitación”. Las consultas y/o la solicitud de aclaraciones deben indicar expresamente el punto pertinente de las bases y/o sus anexos a que se hace referencia.
Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones sólo estarán disponibles en el portal según lo indicado en el “Calendario de la Licitación”.
Sólo se responderán consultas dentro del plazo establecido y por la vía señalada, reservándose “la Delegación”, el derecho de agrupar las respuestas a las consultas que se refieran a un mismo tema.
Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la presente licitación. Las respuestas que se entreguen complementan las presentes Bases y/o Bases Técnicas, entendiéndose que forman parte integrante de ellas.
Con todo, “la Delegación” se reserva la facultad de introducir enmiendas o modificaciones a las presentes Bases, las que podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior materialización del acuerdo entre las partes por la suscripción de un contrato.
“La Delegación” comunicará el contenido de esas modificaciones por medio del portal una vez que se haya cursado el acto administrativo que las apruebe, siendo anexadas a las Bases disponibles. En caso de que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, en conformidad al artículo 40 del Reglamento.
“La Delegación” se reserva el derecho de no responder cuando las consultas o petición de aclaraciones fueren improcedentes o no afín al proceso de licitación, impliquen confidencialidad de asuntos propios del Servicio o pongan en peligro el proceso normal de la licitación pública.
5.- PRESENTACION DE LA PROPUESTA, FORMALIDADES Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS, ANTECEDENTES Y GARANTÍAS A ACOMPAÑAR
5.1.- DISPOSICIONES GENERALES
La propuesta será en pesos, por suma alzada, sin intereses. El monto del contrato podrá reajustarse al cambio de año calendario, en base a la variación del IPC del valor ofertado, previa resolución exenta que apruebe tal modificación.
Se deja constancia que los oferentes sólo podrán presentar una única oferta a la línea de producto, en caso de existir más de una oferta por oferente, “la Delegación considerará como admisible la primera ingresada al portal, lo que será verificado a través del comprobante de ingreso de oferta.
El solo hecho de la presentación de la oferta significa la aceptación por parte del proponente de las presentes Bases y de los antecedentes que la acompañan.
Todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para ofertar deberán presentarse electrónicamente dentro de los plazos establecidos en el calendario de la licitación, debidamente firmados y en formato digital, en el portal.
Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el portal quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. También, será declarada inadmisible toda oferta que no esté acompañada del anexo N°3 y N°4.
No obstante, la Delegación podrá recibir ofertas fuera del sistema si se comprueba alguna de las circunstancias previstas en el artículo 115 del Reglamento, Procesos de compra fuera del Sistema de Información.
5.2.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS, Anexo N°1 y Anexo N°2.
a) Identificación del Proponente y Declaración Jurada Simple de Aceptación de las Condiciones de la Licitación, Anexo N°1.
Asimismo, en el evento de que se trate de una Unidad Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal, deberá adjuntar al momento de la oferta, el documento público o privado, según se trate, que den cuenta del acuerdo para participar de esta forma, de conformidad a lo estipulado en el artículo 180 del Reglamento de la Ley de Compras. Así, pues, el documento público o privado deberá reunir, a lo menos, las siguientes materias:
a) Identificación completa de sus integrantes.
b) Nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
c) La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Delegación no pudiendo pactarse cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad.
d) Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación en los términos del que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda (Reglamento de Compras).
e) La designación del integrante que emitirá la factura y recibirá el pago por los servicios.
f) En caso de los integrantes sean personas jurídicas deberán explicar los poderes suficientes para obligar a cada uno de ellos a la constitución de la unión temporal de proveedores.
g) Designar el integrante que será el encargado del contrato con la Delegación.
h) Domicilio de la unión temporal para efectos de las notificaciones que tuvieren lugar durante la ejecución del contrato.
i) Porcentaje de participación de cada persona natural o jurídica que forme parte de la unión temporal de proveedores.
La unión temporal de proveedores deberá comunicar inmediatamente cualquier retiro de sus miembros.
b) Anexo N°2. Programa de Integridad y Cumplimiento Normativo y sus respaldos correspondientes, lo cual será evaluado de acuerdo con lo indicado en el numeral 9.3.1.2.- de las bases. En el caso de las UTP, este formulario deberá ser presentado por cada integrante.
5.3.- OFERTA ECONÓMICA, Anexo N°3.
La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal, dentro del plazo indicado en la convocatoria.
a) Precio de la Oferta.
La oferta debe ser expresada en pesos chilenos, sin reajustes, ni intereses, ni impuestos, esto es, el VALOR NETO TOTAL por el servicio de aseo, periodo comprendido desde 01 de marzo y hasta 29 de febrero de 2028, ambas fechas inclusive, considerando todos los costos, gastos inherentes a la ejecución de la licitación, incluyendo las garantías ofrecidas, si las hubiera. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. En caso de que el proponente no pague impuestos por la actividad, deberá indicarlo expresamente en su oferta. De no hacerlo, se deducirá razonablemente que no está exento.
Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el portal quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
b) Condiciones de Remuneración
Los proponentes deberán completar la tabla del Anexo N°3, en la materia llamada “Condiciones de Remuneración”, señalando:
- El nivel de remuneración y bonos. Debe indicar el sueldo bruto propuesto a su o sus trabajadores para esta licitación.
5.4.- OFERTA TÉCNICA, Anexo N°4.
a) Experiencia del Oferente
Los proponentes deberán indicar en Anexo N°4 su experiencia en servicios de aseo en oficinas, edificios u otros similares, en igual magnitud al presente proceso de licitación.
Este ítem debe ser acreditado con presentación de certificados, facturas, contratos, órdenes de compras, boleta de honorarios, iniciación de actividades, por servicios prestados o en ejecución.
b) Alto Impacto Social
Asimismo, los proponentes deberán indicar en Anexo N°4 las condiciones de Alto Impacto Social, que en esta ocasión medirá: si el oferente es una persona natural de sexo femenino / El oferente es una empresa de menor tamaño (EMT) liderada por mujer/es / El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. Podrá acompañar Declaración Jurada Simple.
c) Consideraciones Para la Oferta Técnica
Condiciones Obligatorias Anexo N°4. Si los proponentes no se comprometen a realizar una o más funciones de las detalladas, la oferta será declarada inadmisible.
|
#
|
CONDICIONES OBLIGATORIAS DIARIAS
|
|
1
|
Sacar el polvo de escritorios, sillas, computadores y muebles en general.
|
|
2
|
Limpiar con los elementos e insumos correspondientes a equipos computacionales y demás equipos de oficina.
|
|
3
|
Vaciar y limpiar papeleros y pasillos, de todo el inmueble.
|
|
4
|
Aspirar alfombras y tapices. (Si lo Hubiera).
|
|
5
|
Barrer, trapear, abrillantar pisos de cerámica, madera, alfombras, mármol, gomas.
|
|
6
|
Limpiar y desmanchar teléfonos, citófonos y otros.
|
|
7
|
Limpiar baños y artefactos con productos sanitizante, desinfectantes.
|
|
8
|
Limpiar vidrios interiores (mampara y vidrios internos).
|
|
9
|
Reponer dispensadores de papel higiénico, jabón y toalla de papel. Supervisar que siempre se mantengan con insumos.
|
|
10
|
Aromatizar los ambientes.
|
|
11
|
Lavar las salas de baños y sus artefactos con sanitizantes, desinfectantes e insumos correspondientes.
|
|
12
|
Repasar cerámicas y pisos (oficinas, salones, pasillos y casino)
|
|
13
|
Aplicar lustra muebles a escritorios y repisas, madera en general.
|
|
14
|
Abrillantar placas, chapas, manillas de bronces y cromadas.
|
|
15
|
Desmanchar murallas interiores, puertas y pilares.
|
|
16
|
Pulir, llaves de agua y sanitarios, manillas y chapas de todas las puertas, letras mural etc.
|
|
17
|
Eliminar desperdicios y basuras.
|
|
18
|
Limpieza de persianas. (Si lo Hubiera).
|
|
19
|
Limpieza escala principal
|
|
20
|
Limpieza de Vidrios, Frontis edificio.
|
|
21
|
Limpieza y desinfección sala cocina o comedor. (Si lo Hubiera).
|
|
22
|
Limpieza perímetro exterior.
|
En caso de que el Oferente sea una UTP, al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinaran que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Igualmente, los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos.
5.5.- INADMISIBILIDADES
a) Si el oferente no presenta el Anexo N°3 y N°4.
b) Si el oferente no cumple con las “Consideraciones Para la Oferta Técnica” del proceso.
c) Modificaciones de formularios, documentos u oferta, según lo estipulado en el numeral 8 de las bases.
d) No publicar su oferta en el portal de mercado público.
e) La no presentación del proponente a la visita de terreno obligatoria, lo que quedará de manifiesto en la ausencia de la firma de este en el acta de visita a terreno.
f) Aquellos que oferten en un tipo de moneda distinto al establecido en las Bases.
g) Aquellos que incumplan el pacto de integridad de las presentes Bases Administrativas, esto es el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas.
h) La distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases.
i) El rechazo de su oferta en el acto de apertura.
j) Demás contenidas en las presentes bases de licitación.
Con todo lo expuesto, aplican para el numeral 5.5, los artículos 59.-, 60.-, y 61.-, del Reglamento de Compras.
El plazo para la presentación de las Propuestas, en el portal www.mercadopublico.cl, vence irrevocablemente el jueves 19 de febrero de 2026 a las 14:00 hrs.
6.- VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta tendrá validez a lo menos por sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre de la propuesta en el Portal. Si dentro de este plazo no se efectuare la adjudicación, la Delegación podrá solicitar a los proponentes, antes de su vencimiento, la prórroga de las mismas, que no podrá ser superior a 20 (veinte) días hábiles. Esta solicitud será publicada en el Portal.
7.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El presente proceso no requerirá la presentación de esta garantía, según establece el artículo 52 del Reglamento de la Ley de Compras, Decreto 661 de 3 de junio de 2024, “La Entidad licitante requerirá, excepcionalmente por razones de interés público y tratándose de licitaciones superiores a las 5.000 UTM, la constitución de garantías de seriedad, para asegurar la mantención de la oferta hasta la suscripción del contrato.”
8.- PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LOS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA LICITACIÓN
La Delegación no admitirá modificaciones al formato de los Anexos N°1, N°2, N°3 y N°4, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. Asimismo, no admitirá modificaciones a la oferta ingresada por el oferente al portal, por lo tanto, declarará inadmisible toda propuesta que contenga incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio, con excepción de lo indicado en el artículo 56 del Reglamento:
“Errores u omisiones detectados durante la evaluación. Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores, esta deberá estar contemplada en las Bases de licitación, especificando un plazo breve y fatal para la corrección de estos, contado desde el requerimiento de la Entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de Información.
En tales condiciones, las Bases deberán establecer, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.
De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, (Antecedentes Administrativos), según los parámetros descritos en las presentes bases.
9.- APERTURA, EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
9.1.- DE LA APERTURA
El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente a las 16:30 horas, del jueves 19 de febrero de 2026.
La apertura será en una sola etapa, esto es, en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica.
De la apertura se generará un Acta De Apertura Electrónica, que incluirá la identificación de proveedor, Nombre Oferta y su estado (aceptada o rechazada). Se podrá incluir otros antecedentes que verifiquen la transparencia y seriedad del proceso de apertura, esta acta será subida al portal www.mercadopublico.cl.
9.2.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS (Art. 54 del reglamento)
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Delegación:
a. Don Danny Cárcamo Muñoz, funcionario de la Unidad de Pasos Fronterizos.
b. Don Felipe Del Castillo Ficca, funcionario de la Unidad de Administración y Finanzas.
c. Roxana Cáceres Ampuero, funcionaria del Área Social.
Funcionarios que tendrán la responsabilidad de evaluar las ofertas recibidas conforme a los criterios de evaluación definidos en la presente licitación.
La integración de la Comisión Evaluadora estará disponible a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública del Portal www.mercadopublico.cl.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán tener la calidad de funcionarios públicos, internos o externos y serán designados mediante Resolución Exenta de la Delegación.
Ante la imposibilidad de alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora de participar en la etapa de evaluación de propuestas será(n) reemplazado(s) por quienes los subroguen en sus funciones, sin la necesidad de expedir un nuevo acto administrativo.
Los funcionarios que integren la Comisión Evaluadora estarán sujetos a las disposiciones legales contempladas en la Ley N°20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; y en el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N°1- 19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Además, cada miembro de la Comisión Evaluadora firmará una declaración jurada simple, sobre inexistencia de conflictos de interés, documento que estará disponible junto al Acta de Evaluación en www.mercadopublico.cl en el ID asignado a la licitación.
La Comisión Evaluadora tendrá un plazo máximo de TRES días HÁBILES, para evaluar las ofertas recibidas y proponer la adjudicación, contados desde el día de la apertura electrónica.
Será responsabilidad de los oferentes acompañar a su oferta todos los antecedentes relevantes para que la Comisión Evaluadora pueda analizar y evaluar adecuadamente las respectivas ofertas.
La evaluación de las propuestas se hará con estricta sujeción a las presentes Bases y, fundamentalmente, a las ponderaciones que se señalan en el numeral 9.3 y siguientes de éstas.
El proceso de evaluación tendrá carácter confidencial durante su realización.
La evaluación de las ofertas es un proceso competitivo entre los oferentes, y para su selección la comisión evaluadora, en primer término constatará la existencia de los antecedentes generales de cada una de las ofertas y luego evaluará los antecedentes económicos, administrativos, legales y técnicos, que se haya exigido, asignando los puntajes para cada criterio de evaluación de acuerdo a los puntajes establecidos en las presentes Bases; justificando, en cada caso, las razones tenidas a la vista para asignar dicha puntuación y estableciendo el puntaje final para cada oferente.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante mediante el foro inverso, siempre y cuando así lo estime pertinente, la Comisión Evaluadora, quien podrá solicitar a algún proponente precisiones y/o aclaraciones sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de ser adjudicado. Tendrán un plazo de 24 horas continuas, contados desde el requerimiento realizado por la Delegación, mediante la plataforma www.mercadopublico.cl.
Las certificaciones o antecedentes que el oferente haya omitido presentar al momento de efectuar la oferta y que la comisión evaluadora lo solicite, podrán presentarse, dentro del plazo señalado, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En caso de que un oferente no aclare errores o pasajes confusos de su oferta, la Comisión Evaluadora interpretará esta, en la medida que sea posible, del modo más armónico y acorde con las finalidades de la licitación.
Se hace presente que la Delegación se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes, por lo tanto, toda información falsa, alterada o maliciosamente incompleta, entregada por los Oferentes como respaldo para la evaluación de su oferta u otros que la Comisión Evaluadora le requiera, será constitutiva de dolo y lo eliminará por este hecho de participar en la propuesta
9.3.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas serán calificadas en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, siendo su composición lo siguiente:
|
Criterios
|
Ponderación
|
|
Antecedentes Administrativos
|
12%
|
|
Oferta Económica
|
46%
|
|
Oferta Técnica
|
42%
|
|
TOTAL
|
100%
|
9.3.1.- Los Antecedentes Administrativos, con una ponderación del 12%, está compuesta por dos subcriterios:
9.3.1.1.- Cumplimiento de Requisitos Formales, El criterio de evaluación llamado Cumplimiento de Requisitos Formales, tiene relación con la presentación de la Identificación del Proponente y la Declaración Jurada Aceptación de las Condiciones de la Licitación, es decir, el anexo N°1, más la presentación del Programa de Integridad y Cumplimiento Normativo que corresponde al anexo N°2.
- El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 60 puntos en este criterio de evaluación.
- Si, el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y presenta los antecedentes administrativos, posterior a la fecha de recepción de ofertas y antes de la fecha límite señalada en las bases, obtendrá 30 puntos.
- Si, el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las bases de licitación, obtendrá 0 puntos en este criterio.
9.3.1.2.- El criterio de evaluación llamado Programa de Integridad y Cumplimiento Normativo, considerará lo declarado por el oferente en el Anexo N°2 donde el oferente deberá declarar si cuenta con un programa de integridad implementado, que efectivamente es conocido por sus trabajadores y ajunta copia de Programa de Integridad.
El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos internos que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permite evitar prácticas corruptas o delictivas. Conforme a lo anterior, los oferentes deberán informar si cuentan con un programa de integridad debidamente implementado y conocido por su personal y/o trabajadores en el Anexo N°2 de estas bases.
Si el oferente es una unión temporal de proveedores (UTP) cada uno de sus miembros deberá acompañar este formulario.
De acuerdo con lo señalado, la evaluación de las ofertas se realizará según el siguiente detalle:
|
CRITERIO
|
PUNTAJE
|
|
Declara en Anexo N°2 que posee un programa de integridad que es conocido por su personal y adjunta la copia del programa de integridad
|
40
|
|
Declara en Anexo N°2 que posee un programa de integridad que no es conocido por su personal y adjunta la copia del programa de integridad
|
0
|
|
Declara en Anexo N°2 que posee un programa de integridad que es conocido por su personal y no adjunta la copia del programa de integridad
|
0
|
|
Declara en Anexo N°2 que no posee un programa de integridad
|
0
|
9.3.2.- La Oferta Económica, con una ponderación del 46%, está compuesta por dos subcriterios:
9.3.2.1.- Precio de la Oferta, Anexo N°3, corresponde a la oferta más conveniente en términos económicos. El puntaje máximo lo tendrá aquel oferente que presente un menor precio por el servicio de aseo, por todo el periodo a contratar, es decir, desde el 01 de marzo y hasta el 29 de febrero de 2028, ambas fechas inclusive.
|
CRITERIO
|
PUNTAJE *
|
|
Menor precio por el servicio de aseo
|
50
|
|
2do precio más económico o conveniente
|
40
|
|
3er precio más económico o conveniente
|
30
|
|
4to precio más económico o conveniente
|
20
|
|
Restantes valores de precio de la oferta
|
10
|
* El cálculo para el menor precio se realiza considerando el valor final de la oferta, es decir, con impuesto incluido.
** Se excluye de la mejor ponderación al precio de la oferta que sea clasificada como riesgosa o temeraria, conforme al Artículo 61 del Reglamento que indica “Ofertas riesgosas o temerarias. La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.”
9.3.2.2.- Condiciones de Remuneración. Para la evaluación de este subcriterio se considerará la información declarada en el Anexo N°3, este subcriterio tiene relación con las condiciones laborales en especial el nivel de remuneración y bonos. Debe indicar el sueldo bruto propuesto a su o sus trabajadores para esta licitación. La asignación de puntajes se realizará según lo indicado en la siguiente tabla:
|
CRITERIO
|
PUNTAJE *
|
|
El o los trabajadores obtendrá (n) una remuneración bruta superior al ingreso mínimo mensual fijado en Chile.
|
50
|
|
El o los trabajadores obtendrá (n) una remuneración bruta igual al ingreso mínimo mensual fijado en Chile.
|
30
|
|
El o los trabajadores obtendrá (n) una remuneración bruta inferior al ingreso mínimo mensual fijado en Chile.
|
0
|
*En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada, se asignará 0 puntos.
9.3.3.- La Oferta Técnica, con una ponderación del 42%, está compuesta por tres subcriterios:
9.3.3.1.- Experiencia del Oferente, Anexo N°4, se podrá acreditar con presentación de certificados, facturas, contratos, órdenes de compras, boleta de honorarios, iniciación de actividades, por servicios prestados o en ejecución, en materia de servicios de aseo de oficinas o edificios, en igual magnitud al presente proceso de licitación, dentro de los últimos 7 años de la presentación de la oferta.
Los documentos que acrediten la experiencia del oferente deberán especificar claramente y/o estar relacionados con la prestación de Servicios de Aseo, lo cual, permitirá determinar la cantidad de años de experiencia del oferente, de acuerdo con la fecha que indique el documento.
Los puntajes para evaluar la experiencia en el rubro son los siguientes:
|
Ítem
|
Puntaje
|
|
Acredita más de 4 años de experiencia en servicio de aseo.
|
50
|
|
Acredita 4 años de experiencia en servicio de aseo.
|
35
|
|
Acredita menos de 4 años de experiencia en servicio de aseo.
|
20
|
|
No acredita o no informa experiencia en servicio de aseo.
|
0
|
9.3.3.2.- Alto Impacto Social
El oferente deberá declarar en su oferta, mediante el Anexo N°4, si cuenta con el Sello Empresa Mujer. Al respecto se señala que dicho sello es otorgado a proveedores inscritos en www.mercadopublico.cl que se caracterizan por ser liderados por una mujer, o en que se acredita que más del 50% de la propiedad de la empresa pertenece a una o más mujeres, o bien, que su representante legal o gerente general es mujer, cuando se trata de personas jurídicas. En el caso de personas naturales que sean proveedoras, se entrega el sello según el sexo registral.
Cabe destacar que esta declaración será corroborada por la entidad licitante con los medios oficiales para tales efectos, esto es, mediante el Registro de Proveedores disponible en el Sistema de Información www.mercadopubIico.cl. En caso de inconsistencia primará la información señalada en el Registro de Proveedores.
La asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
|
Criterio de evaluación: Implementación de políticas de inclusividad
|
Puntaje
|
|
Oferente cuenta con Sello Empresa Mujer, lo cual es verificado en el Registro de Proveedores
|
20
|
|
Oferente no cuenta con Sello Empresa Mujer, lo cual es verificado en el Registro de Proveedores
|
0
|
9.3.3.3.- Comportamiento Contractual Anterior
Para evaluar el Comportamiento contractual anterior tiene relación a las observaciones negativas o amonestaciones por parte del empleador que hayan tenido en los dos últimos contratos o en los dos últimos años, por lo que, el oferente interesado en participar de este proceso de licitación deberá presentar un certificado de comportamiento contractual que deberá ser solicitado a la Unidad de Pasos Fronterizos de la Delegación Provincial de Última Esperanza.
|
Detalle
|
Puntaje
|
|
Presenta 0 anotaciones negativas o amonestaciones
|
30
|
|
Presenta hasta 3 anotaciones negativas o amonestaciones
|
10
|
|
Presenta 3 o más anotaciones negativas o amonestaciones
|
0
|
En caso de no haber trabajado para la Delegación o repartición pública anteriormente, deberá presentar un certificado de desempeño u hoja de vida laboral.
* De no presentar información se le asignará 0 puntos.
9.4.- Notas adicionales a los criterios de evaluación:
(*) En ningún caso estos criterios complementarios podrán prevalecer por sobre la evaluación técnica y económica, deberán asignarles una ponderación inferior que resguarde lo anterior, y no podrán tener como consecuencia excluir o impedir la participación de otros oferentes. El mero cumplimiento por parte de un oferente de la legislación vigente no podrá ser considerado como un factor para otorgarle un puntaje a estos criterios.
(**) Artículo 17.- del Reglamento. Programas de integridad por parte de los proveedores. Los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
Esta acreditación será considerada en un criterio de evaluación en las Bases de licitación. En el caso de Tratos Directos, dicha exigencia deberá incluirse en cláusulas específicas del contrato.
(***) ¿Qué es un plan o programa de Integridad y Cumplimiento Normativo?
Un Programa de Integridad es un conjunto de normas, mecanismos y procedimientos que garantizan un comportamiento ético y transparente en las organizaciones.
Incluye:
Políticas claras para evitar conflictos de interés y promover la transparencia.
Mecanismos de control interno para prevenir conductas contrarias a la probidad.
Procedimientos de denuncia y sanciones para quienes incumplan el programa.
Evidencia de capacitaciones realizadas al personal sobre estos temas.
Requisitos para que un Programa de Integridad sea válido en Compras Públicas
- Capacitación efectiva:
Se debe probar que el personal ha sido instruido en la aplicación del programa.
- Documentación y evidencia:
Incluir manuales, políticas y registros de capacitación.
- Supervisión y cumplimiento:
Se recomienda designar un encargado de cumplimiento para asegurar la aplicación efectiva del programa.
9.5.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en el resultado de la evaluación se presentara igualdad de Puntajes Totales entre dos o más ofertas, será adjudicada aquella que presente un mayor puntaje en el criterio "OFERTA ECONÓMICA". En caso de persistir el empate, se preferirá aquel oferente que presente un mayor puntaje en el criterio "OFERTA TÉCNICA". En caso de persistir el empate, se preferirá aquel oferente que presente un mayor puntaje en el criterio “CONDICIONES DE REMUNERACIÓN”. En caso de persistir el empate, se preferirá aquel oferente que presente un mayor puntaje en el criterio “PRECIO DE LA OFERTA”. Si todavía persiste el empate, la Delegación adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
10.- DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente.
La Delegación, a través del portal www.mercadopublico.cl, publicará e informará los antecedentes relativos a la adjudicación, una vez que se haya completado el proceso respectivo.
La Delegación se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta que, aplicando los criterios de evaluación, obtenga el mayor puntaje, aunque no sea el de menor precio, o no aceptar ninguna por corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Lo anterior, sin perjuicio de los recursos administrativos que puedan interponer los oferentes.
Asimismo, la Delegación podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si no existen ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. La decisión de la Delegación de declarar desierta la licitación o inadmisible la totalidad de las ofertas, se hará por resolución fundada que se publicará en el Portal.
De acuerdo con el Reglamento Artículo 62.- “Declaración de la licitación pública como desierta. Se declarará desierto la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante.”
Una vez adjudicado el proceso de licitación ID N°2019-3-LE26, se procederá a solicitar el Certificado de Antecedentes; si el adjudicatario se encuentra en calidad de Persona Natural. Por otra parte, si el adjudicatario posee la calidad de Persona Jurídica, este deberá presentar el Certificado de Antecedentes del Representante Legal y de la persona que ejecute el trabajo.
La entrega del Certificado de Antecedentes, deberá ser previo a la firma del contrato.
Si el adjudicatario no hiciera entrega de dicho Certificado, o si al presentarse, este tuviese algún tipo de Antecedente, se procederá a readjudicar dicha licitación, a la segunda oferta más conveniente.
11. REVOCACIÓN DEL LLAMADO EN EL SISTEMA PÚBLICO
La Delegación se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de oportunidad y conveniencia, basadas en el interés de la Delegación o por no contar con disponibilidad presupuestaria para continuar con el proceso. La revocación se realizará mediante la publicación de la Resolución correspondiente en el Portal www.mercadopublico.cl. Si el llamado fuera revocado, los oferentes podrán reclamar en las instancias que estimen pertinente.
12.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario acepta y se obliga a:
a) Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas vigentes y a toda norma técnica relativa a la prestación de los servicios licitados, según corresponda.
b) Ejecutar eficientemente el servicio de aseo y desinfección, materia del contrato, y cumplir estrictamente con las obligaciones señaladas en las presentes Bases, aclaraciones si las hubiera, la propuesta presentada y el contrato.
c) A no ceder ni transferir/subcontratar, total o parcialmente, la prestación del servicio de aseo a Persona Natural o Jurídica alguna.
Sin perjuicio de lo anterior, ante una enfermedad u otra causal de fuerza mayor el adjudicatario deberá buscar el remplazo respectivo para la prestación del servicio previa visación del Encargado de la Unidad de Pasos Fronterizos, el cual será cargo exclusivo del prestador de servicio.
d) Cumplir a cabalidad las instrucciones impartidas por la Unidad de Pasos Fronterizos, para el mejor cumplimiento de las obligaciones contraídas.
e) Cumplir con la legislación vigente en materia laboral, de previsión y seguridad social, respecto del personal que contrate para la ejecución de los servicios. Dicho personal no tendrá vínculo laboral alguno con la Delegación.
f) Responder civilmente por los daños y perjuicios que por cualquier motivo o circunstancia se produzcan en el edificio de la Delegación durante la vigencia del contrato, con ocasión de la prestación de los servicios, y, en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia imputables a él, o al personal de su dependencia.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere afectarle por los daños causados.
g) Responder por los daños y perjuicios que, con motivo o a causa de las labores que se ejecutan, atenten contra la integridad física de su personal o de terceros.
h) Cumplir con lo establecido en la Ley Nº 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, respecto del personal de su dependencia.
i) Deberá mantener un libro de Registro Diario por concepto de la prestación de servicio y antes del término de la jornada laboral, el prestador del servicio, deberá dejar una breve descripción de lo sucedido durante el día, registrando la fecha y hora. A su vez, el Encargado de la Unidad de Pasos Fronterizos o quien le represente en dicha función, deberá revisar periódicamente el libro de registro diario y también podrá dejar sus observaciones de sugerencias, mejoras o felicitaciones. El incumplimiento por parte del oferente quedará registrado en este libro y servirá para la aplicación de multa.
j) Disponer de un operario o más, de lunes a domingo, para ejecutar las labores de aseo según su clasificación en el tiempo y conforme a los horarios establecidos para el desarrollo de las labores.
13.- DE LA FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación será formalizada mediante el envío y aceptación de la orden de compra, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 del Reglamento, y por tratarse de una licitación superior a 100 pero inferior 1.000 UTM.
Independiente de lo anterior, siempre que así se estime conveniente se suscribirá el respectivo contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá que al aceptar la orden de compra, el adjudicatario será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, y que la Delegación no tiene ni tendrá vínculo laboral alguno con ese personal.
13.1.- PLAZO PARA ACEPTAR LA ORDEN DE COMPRA
La orden de compra será emitida a través del portal, una vez que haya quedado totalmente tramitada la resolución de adjudicación. Esta deberá ser aceptada por el oferente dentro del plazo de 2 días hábiles.
13.2.- READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario desiste de la adjudicación, se negase a aceptar la orden de compra o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en los plazos determinados en las bases, la Delegación podrá dejar sin efecto la resolución de adjudicación.
A continuación, la Delegación deberá determinar si adjudica a la siguiente oferta mejor evaluada, declara desierta la licitación o bien, efectúa un llamado a licitación.
En el evento en que la Delegación decidiera re adjudicar al oferente que hubiera ocupado el segundo lugar en la evaluación (o con los que hubiesen ocupado el tercer o siguientes lugares si el anterior se desistiera), este deberá cumplir con los mismos requisitos y plazos establecidos en las presentes Bases.
Si la contratación no se formalizará dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta, por causas imputables a la entidad licitante, el Adjudicatario tendrá derecho a desistirse de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados.
13.3.- VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
La contratación tendrá vigencia a contar del 01 de marzo y se extenderá hasta el 29 de febrero del 2028.
La contratación podrá ser renovada hasta por un periodo máximo de doce (12) meses, por considerarse indispensable su continuidad, a fin de procurar un eficaz funcionamiento del complejo fronterizo. Esta decisión se formalizará mediante la dictación de una resolución fundada y firmada por el Jefe del Servicio.
Según lo dispuesto en el Art. 117 y 129 del Decreto 661, que aprueba reglamento de la ley n° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo nº250, de 2004, Min. Hacienda.
La Delegación, con la antelación suficiente, podrá, licitar nuevamente el servicio de que tratan estas Bases. Con todo, si el proceso se extendiese más allá de los límites previstos, podrá prorrogar el contrato solo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, lo que, en todo caso, no podrá superar los cuatro meses ni el 30% del monto adjudicado.
13.4.- MONTO DE LA CONTRATACIÓN
Será el que se indique en la resolución de adjudicación, producto de la oferta adjudicada. Será en pesos chilenos, moneda nacional, reajustable según lo indicado en la Oferta económica e incluirá todos los gastos que la presente licitación genere.
13.5.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES
El presente proceso no requerirá la presentación de esta garantía de fiel cumplimiento del contrato con el fin de evitar que esta garantía termine constituyendo una barrera de entrada para los proveedores, especialmente los de menor tamaño.
13.6.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
La Unidad de Pasos Fronterizos de la Delegación será el encargado de administrar y supervisar el debido cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato al adjudicatario, así como también las obligaciones laborales y sociales con éste (contratista) y los trabajadores de su dependencia.
Para efecto de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Código de Trabajo, Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en la Ley N° 20.123, que regula el régimen de subcontratación, en el D.S N° 40, sobre prevención de riesgos profesionales y en el D.S N° 594, que aprueba el Reglamento sobre condiciones sanitarias y básicas en los lugares de trabajo, se exigirá al adjudicatario, en caso de que éste contrate personas para la prestación de los servicios, acompañar e informar lo siguiente:
1.- Acompañar, dentro de los 30 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra, contrato de trabajo, debidamente notariado de los trabajadores de su dependencia contratados para ejecutar los servicios de aseo y mantenimiento de limpieza a la Delegación Presidencial Provincial.
2.- Acompañar, junto al contrato de trabajo, en el mismo plazo indicado, documento que acredite contratación de seguro COVID, siempre que sea necesario.-
3.- Informar, cuando sea solicitado, sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos corresponda respecto a sus trabajadores, lo cual deberá acreditar mediante certificados debidamente emitidos por la Dirección del Trabajo.
En el caso que el contratista registre incumplimientos de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores contratados para el servicio prestado a la Delegación Presidencial Provincial, está Delegación retendrá dichos pagos insolutos de las obligaciones que tenga a favor de él. En caso de registrarse dichos saldos insolutos con los certificados acompañados en el último mes de prestados los servicios, se hará efectiva la boleta de garantía. Para los dos casos anteriores se aplicará adicionalmente las amonestaciones y multas, según correspondiere. En caso de reiterarse más de tres veces el incumplimiento de estas obligaciones, se pondrá término de manera anticipada al contrato.
4.-Capacitar a los trabajadores, a su cargo y costo, sobre la manera de usar y manejar los extintores en caso de emergencia.
5.- Capacitar a los trabajadores, a su cargo y coso, sobre primeros auxilios.
Para acreditar el cumplimiento de lo anterior (punto 4 y 5) el contratista tendrá un plazo de 90 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra, para presentar la Unidad de Abastecimiento de la Delegación, listas de asistencias, comprobante u otro documento que dé cuenta de la realización de las capacitaciones a sus trabajadores. La documentación será archivada y custodiada por el Departamento indicado. De no acreditarse la capacitación a los trabajadores dentro del plazo indicado, se le dará término anticipadamente al contrato.
6.- Informar el proveedor, oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores, sobre los riesgos asociados al trabajo a realizar, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Esta actividad informativa, debe ser realizada al ingreso del trabajador y antes de que inicie sus actividades laborales.
7.- Proporcionar a sus trabajadores, libres de todo costo, el día de ingreso a sus labores en la Delegación, los elementos de protección personal que cumplan con los requisitos, características y tipos que exige el riesgo a cubrir y la capacitación teórica y práctica necesaria para su correcto empleo debiendo, además, mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento. Por su parte el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras se encuentre expuesto al riesgo.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será sancionada con la aplicación de amonestación, multas e inclusive la terminación anticipada del contrato.
8.- En caso de empresas que ocupen normalmente 10 o más de 10 trabajadores permanentes, aunque los servicios los presten en lugares diferentes, estarán obligados a presentar reglamento interno de orden, seguridad e higiene.
Se recomienda de todas maneras, para aquellas empresas que no se encuentran obligadas a lo dispuesto en el numeral 7, acompañar el reglamento interno de orden, seguridad e higiene.
13.7.- PLAZOS DE PAGO
Los pagos se efectuarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de recepción de la respectiva factura afecta y/o boleta de honorarios. Si el oferente adjudicado emite factura afecta electrónica deberá enviar una copia del documento tributario en formato “XML” a la casilla “dipresrecepcion@custodium.com. Sin embargo, es requisito previo que el servicio haya sido recibido conforme por la Unidad de Pasos Fronterizos, mediante acta o cualquier documento afín. Adicionalmente, dentro de dicho plazo, y como requisito previo del pago, el contratista – en el caso de contrataciones de servicios- deberá acreditar que no ha incurrido en incumplimientos de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, para lo cual deberá presentar en la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial Provincial, Certificado de Pago de Cumplimientos de Obligaciones Laborales y Previsionales, correspondiente al mes anterior del estado de pago, exceptuando el primer mes. Para el último pago deberá acompañar dicho Certificado del último mes de prestados los servicios. El certificado de Cumplimientos Laborales y Previsionales lo podrá obtener on line en la página de la Dirección del Trabajo o presencialmente en sus oficinas.
13.8.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Conforme al Artículo N°130 del Reglamento procede el anticipado al contrato, por alguna de las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
El término anticipado será comunicado por escrito, mediante carta certificada, enviada al domicilio del oferente adjudicado, con 5 días de antelación a la fecha en que se pondrá término a la relación contractual.
13.9.- DE LAS SANCIONES
Las sanciones serán amonestaciones o multas.-
13.10.- AMONESTACIÓN
Los proveedores serán sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos:
a) En que por su incumplimiento, no sean aplicables las multas por ser inferiores al valor de 1 UTM.-
a) Cuando por desistimiento de ofertas u adjudicación y no existen garantías en el respectivo proceso.
c) Cuando no acompañe el contrato debidamente notariado y seguro COVID (siempre que aplique) de los trabajadores contratados para ejecutar los servicios en la Delegación Presidencial Provincial dentro de los 30 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra.
d) Por no informar, en cualquier oportunidad, ante una primera solicitud de información sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos corresponda respecto a sus trabajadores, lo cual deberá acreditar mediante certificados debidamente emitidos por la Dirección del Trabajo.
e) Registrar, en una primera oportunidad, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
f) Por no capacitar a sus trabajadores sobre manejo y uso de extintores y sobre primeros auxilios, y no acreditar dichas capacitaciones en el plazo de los 100 días hábiles desde la aceptación de la orden de compra.
g) Por no proporcionar a sus trabajadores, libres de todo costo, el primer día ingreso a sus labores en la Delegación, los elementos de protección personal que cumplan con los requisitos, características y tipos que exige el riesgo a cubrir y la capacitación teórica y práctica necesaria para su correcto empleo debiendo, además, mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento.
h) No presentar, dentro de los 30 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra -en caso de empresas que ocupen normalmente 10 o más de 10 trabajadores permanentes, aunque los servicios los presten en lugares diferentes-reglamento interno de orden, seguridad e higiene.
Dicha amonestación será notificada por el Departamento de Administración de la Delegación, mediante Oficio Ordinario.
13.11.- MULTAS:
En caso que el proveedor no diera cumplimiento una o más obligaciones establecidas en las bases, en el contrato que se suscribe entre las partes, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores -sin causa justificada- lo que será calificado fundadamente por la Delegación - ésta se reserva el derecho de aplicar las siguientes sanciones:
a) Por la prestación defectuosa del servicio o no prestación total del servicio: Se aplicará una multa equivalente al 3% del valor mensual del contrato, IVA incluido. Esta multa se aplicará por cada día de incumplimiento, con un máximo de 3 eventos en un periodo de 6 meses, caso en el cual la Delegación podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del mismo.
Se entenderá como prestación defectuosa o no prestación total del servicio:
1) Retraso del servicio de acuerdo con el horario establecido por la Unidad de Pasos Fronterizos.
2) Incumplimiento con la dotación de personal ofertada.
3) Incumplimiento en la periodicidad establecida para la limpieza de oficinas por más de una vez
4) Incumplimiento (más de 3 veces debidamente comunicadas por la Unidad de Pasos Fronterizos de las tareas diarias, semanales, mensuales.
Todo esto será corroborado por el administrador del contrato, quien emitirá informe detallado del incumplimiento que se imputa.
Sin perjuicio de lo anterior, la Delegación podrá eximir total o parcialmente de la aplicación de multas al proveedor, cuando los plazos de cumplimiento convenidos hayan sido extendidos por orden suya, o bien, el proveedor no pudo dar cumplimiento a los mismos por falta de algún antecedente, visación, informe o instrucción, o bien, por la exigencia de requerimientos adicionales o especiales por parte de la Delegación.
b) Por el incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases o a las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores contratados para la prestación de servicios a la Unidad de Pasos Fronterizos: Se aplicará una multa equivalente al 8% por ciento del valor mensual del contrato, IVA incluido.
Se entenderá como incumplimiento a las bases o a las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores:
1) Cuando no acompañe el contrato debidamente notariado de los trabajadores contratados para ejecutar los servicios en la Delegación Presidencial Provincial, más el seguro COVID (siempre que aplique), por cada uno de ellos dentro de los 60 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra.
2) Por no informar, en una segunda reiteración de solicitud de información, en un plazo de 10 días hábiles desde el primer requerimiento, sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos corresponda respecto a sus trabajadores, lo cual deberá acreditar mediante certificados debidamente emitidos por la Dirección del Trabajo.
3) Registrar, durante el segundo y tercer mes de ejecución del contrato, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Si al cuarto mes de ejecución del contrato se constatan saldos insolutos, la Delegación podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave a las obligaciones.
4) Por no capacitar a sus trabajadores sobre manejo y uso de extintores y sobre primeros auxilios, y no acreditar dichas capacitaciones en el plazo de los 120 días hábiles desde la aceptación de la orden de compra.
5) Por no proporcionar a sus trabajadores, libres de todo costo, dentro de los 10 días de ingreso a sus labores en la Delegación, los elementos de protección personal que cumplan con los requisitos, características y tipos que exige el riesgo a cubrir y la capacitación teórica y práctica necesaria para su correcto empleo debiendo, además, mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento.
La cantidad de las multas aplicadas no podrá exceder del 30% por ciento del precio del contrato. Art.136 del Reglamento.
Las multas se aplicarán, sin perjuicio del derecho de la Delegación de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Si los perjuicios ocasionados a la Delegación por el incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario exceden el monto de las sanciones aplicadas, éste podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondientes.
13.11.1.- PROCEDIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DE LA MULTA:
Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, se dictará por parte de la Delegación la Resolución Exenta que la aplica, la que se procederá a notificar en conformidad al Artículo 140.- del Reglamento, indicando en el acto administrativo la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución Exenta de Multa, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, se entenderá firme la Resolución Exenta que aplica la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Delegación tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, notificada conforme a derecho al proveedor adjudicado. Sí dicha resolución sostiene la aplicación de multa, ésta deberá ser subida a la ficha del Portal No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor.
Cobro de la multa: Se entenderá firme la Resolución Exenta que aplica multa una vez transcurrido el plazo para formular descargos o, una vez que los mismos hayan sido resueltos mediante Resolución Exenta y esta sea notificada en conformidad al Artículo 140.- del Reglamento. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que la Delegación deba efectuar al proveedor adjudicado en la factura mensual correspondiente y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se reservara el cobro para una siguiente orden de compra y, finalmente, si no procediere ninguno de los casos descritos, se cobrará con cargo a la boleta de garantía. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Delegación para hacer efectivo el cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento, si la hubiera. Los montos serán ingresados al presupuestó de la Unidad de Pasos Fronterizos.
Será Obligación del proveedor Adjudicado, renovar la Garantiza el fiel y oportuno cumplimentó del contrato, si la hubiera, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, para garantizar el debido cumplimiento de cualquiera obligación del contrato.
13.12.- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
La Delegación, con el objeto de mantener un registro de evaluación de proveedores, calificará el comportamiento mostrado por sus contratistas mientras dure el vínculo entre las partes interesadas.
El registro contendrá la información relativa al comportamiento contractual de los proveedores, información que podrá ser empleada por la Delegación en la futura evaluación de propuestas.
La evaluación para aplicar por la Unidad de Pasos Fronterizos contendrá elementos objetivos tales como: el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones, cumplimiento de los plazos comprometidos, aplicación de multas u otras medidas que hayan afectado la relación contractual, entre otros.
14.- LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
Se establece que el adjudicatario será el empleador exclusivo del personal que destine a la ejecución de los trabajos contratados. De ser persona jurídica el Personal que destine para la ejecución de esta contratación deberá ser contratado de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
15.- DE LA CONFIDENCIALIDAD.
El adjudicatario y personal directo que se encuentren ligados a este contrato, deberán guardar absoluta confidencialidad de los antecedentes, reservados o no, que respecto del Complejo Fronterizo, tomen conocimiento durante su desarrollo.
La responsabilidad del adjudicatario será solidaria respecto de sus personeros, empleados, contadores.
El adjudicatario debe resguardar la confidencialidad de la información, reservándose la Unidad de Pasos Fronterizos, el derecho de ejercer las acciones que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información obtenida por el adjudicatario o las personas indicadas anteriormente, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará derecho a la Unidad de Pasos Fronterizos entablar las acciones judiciales que correspondan contra el Adjudicatario, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado las referidas personas.
16.- PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO
El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la institución contratante.
La empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados con motivo de esta licitación, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos
17.- DOMICILIO DE LAS PARTES.
Para los efectos legales, las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Puerto Natales, Región de Magallanes, y se someterán a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
--------------------------------