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Comisión Evaluadora |
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El Departamento Provincial de Educación de Valdivia, evaluará las propuestas, según los criterios de Evaluación que se detallan a continuación:
La apertura y evaluación de las ofertas la realizará una comisión especialmente constituida para tal efecto, compuesta por tres integrantes y un ministro de fe.
Esta comisión estará integrada de la siguiente manera:
Jefe Provincial de Educación, o la persona de su dependencia que este designe.
Jefe Unidad de Supervisión Técnica Pedagógica, o la persona de su dependencia que este designe.
Jefe Unidad de Administración, o la persona de su dependencia que este designe.
Encargado de la Unidad Jurídica de la Secretaria Ministerial de Educación de Los Ríos, o a quien designe, participará como ministro de fe.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a. Resolver si las ofertas técnicas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes bases y a las especificaciones que forman parte de las bases técnicas. Si no ocurre, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
b. Evaluar las ofertas admisibles.
c. Será función de la Comisión Evaluadora solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
d. Confeccionar un Acta Final de Evaluación donde dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada propuesta evaluada. Dejará constancia sobre las propuestas rechazadas y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
e. Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor máximo de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo.
Entre otras funciones la Comisión evaluadora deberá:
• Elaborar un informe comparativo - evaluativo, considerando en su análisis la totalidad de los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter técnico, legal, económico, financiero u otros.
• Analizar las ofertas recibidas y procederá a calificar los factores técnicos y económicos establecidos en las presentes Bases, con notas de 1 a 7.
• Solicitar a algún proponente, por escrito, precisiones sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros en el punto «Errores y Omisiones». En este caso, tanto las aclaraciones solicitadas, como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del Contrato, en caso de serle adjudicado.
El proceso de evaluación tendrá carácter confidencial durante su realización. La Comisión Evaluadora evaluará las Ofertas Técnica y Económica presentadas según su calidad y sobre la base de la documentación acompañada por cada oferente y antecedentes respectivos. Los factores por evaluar tendrán la ponderación que se detalla en la siguiente tabla, por lo que el puntaje total obtenido por cada oferente corresponderá a la suma de las ponderaciones de los criterios evaluados.
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Adjudicación |
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La adjudicación de la Licitación se formalizará mediante una resolución emitida por la autoridad competente. Formarán parte integrante de dicha resolución las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y sus respectivas aclaraciones si las hubiere y la oferta presentada por la empresa adjudicada.
La notificación de aceptación de la oferta seleccionada y de los restantes oferentes se efectuará a través de la plataforma de compra www.mercadopublico.cl
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Revocación de la adjudicación |
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El Departamento Provincial de Educación de Valdivia revocará la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por línea y en los siguientes casos:
• Si el oferente adjudicado desistiera de su oferta o renuncie al suministros o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración de respectivo contrato.
• Si el oferente adjudicado no presenta los documentos solicitados para ser contratado dentro del plazo señalado para ello.
• Si el oferente adjudicado no renovara la vigencia de inscripción en el portal Chileproveedores, o no se encuentre en estado hábil para contratar.
• Si el oferente adjudicado no presenta alguno de los documentos que oferto en su propuesta.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Departamento Provincial de Educacion de Valdivia adjudicará al oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje, si dicha oferta es conveniente para los intereses de esta DEPROV o de lo contrario se declarará desierta la licitación.
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De la vigencia |
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La contratación de los servicios comenzará a regir a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe o desde la fecha emisión de la orden de compra respectiva, y según corresponda se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, y de acuerdo con las necesidades del servicio el convenio de suministro podrá excepcionalmente renovarse una sola vez, previa evaluación de calidad del servicio entregado por el proveedor, mediante una encuesta de satisfacción realizada a los funcionarios del Departamento Provincial de Educación de Valdivia, la que será formalizada mediante un acto administrativo, documento que deberá suscribirse antes del 15 de diciembre de 2025.
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De las multas |
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El Departamento Provincial de Educación de Valdivia en caso de deficiencias y/o por incumplimiento por parte del oferente adjudicado, a una o más obligaciones que se establecen en las presentes bases, podrá aplicar multas conforme a lo indicado en los párrafos siguientes.
Las multas que se fijen se harán efectivas administrativamente, el monto resultante de las multas a aplicar se deducirá del valor que corresponda pagar por Departamento Provincial de Educación de Valdivia por el servicio entregado. Si el valor del pago fuere insuficiente para cubrir el valor de las multas impuestas, el saldo se deducirá de los pagos pendientes o de los futuros que se generen, sin perjuicio de perseguirlas en el patrimonio del oferente adjudicado.
La definición de las incidencias y los tiempos para la aplicación de las multas será el siguiente:
Evento Multa Detalle
Ausencia al evento o jornada sin que éste sea reemplazado.
20% del monto de la Orden de Compra. Multa por cada ausencia a jornada programada. Límite de 2 eventos.
Falla o falta de materiales/insumos para la realización del catering o servicio. 10% del monto de la Orden de Compra.
Multa por evento. Límite de 3 eventos.
Si proveedor pasa el tope de eventos de cualquiera de los ítems de multa anteriormente señalado, se dará termino anticipado al contrato.
Las multas no se aplicarán si el atraso se produce por caso fortuito o fuerza mayor no imputable al Contratista, previa comunicación por escrito del Contratista y la calificación conforme por parte del Departamento Provincial de Educación de Valdivia, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuren un caso fortuito o fuerza mayor y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
En caso de aplicación de multas, la notificación y reclamación de estas se ajustará a lo preceptuado en la Ley Nº19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en la forma y dentro de los plazos que en dicho cuerpo legal se señalan.
El oferente podrá pagar la multa directamente, dentro de diez (10) días corridos, contados desde el requerimiento de su cobro por parte del Departamento Provincial de Educación de Valdivia, notificación que se efectuará por carta certificada entregada en el domicilio del oferente estipulado en el Contrato u Orden de Compra, la cual se entenderá notificada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos respectiva. Si el proveedor no paga directamente la multa, el Departamento Provincial de Educación de Valdivia estará facultada para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que corresponda efectuar.
El oferente declara ser titular único y exclusivo de la totalidad de los derechos necesarios para suscribir el presente Contrato y en tal carácter cede de forma exclusiva al Departamento Provincial de Educación de Valdivia los derechos de edición, reproducción, adaptación, traducción, informes, términos de referencia y toda obra que se elabore con ocasión del cumplimiento del respectivo contrato.
El oferente será responsable si se infringe cualquier tipo de patente, marca registrada o derechos de propiedad industrial o intelectual, y la ley sobre delitos informáticos en los bienes o servicios informáticos que suministra o que emplea para la ejecución del servicio encomendado. El oferente deberá encontrarse siempre facultado para la ejecución de los servicios propuestos y contratado.
Sin perjuicio de la cesión de derechos a que se refiere esta cláusula, el oferente podrá mencionar las acciones desarrolladas con ocasión del respectivo contrato, en su difusión y presentaciones técnicas.
EL PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS SERÁ EL SIGUIENTE:
1. El área de Administración del Departamento Provincial de Educación de Valdivia, en mérito de los antecedentes aportados por la Contraparte Técnica o requirente, notificará al proveedor, mediante correo electrónico, sobre los incumplimientos detectados, informándole sobre la aplicación de una multa, indicando el monto correspondiente según la tabla previamente establecida. Asimismo, se le señalará el plazo que dispone para presentar los descargos que estime pertinentes y acompañar los antecedentes justificativos que lo respalden.
2. El proveedor dispondrá de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la carta, para formular sus descargos y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Estos descargos deberán presentarse en formato papel en la oficina de partes del Departamento Provincial de Educación de Valdivia, hasta las 12:00 horas del último día del plazo. Alternativamente, podrán ser remitidos vía correo electrónico a la casilla que se determine para tal efecto.
3. Con los descargos del proveedor o sin ellos, la Jefatura de Administración del Departamento Provincial de Educación de Valdivia remitirá todos los antecedentes al Jefe Provincial de educación de Valdivia, para su estudio y posterior pronunciamiento. El Jefe Provincial podrá requerir las aclaraciones o complementaciones que estime necesarias para una adecuada resolución del asunto.
4. La aplicación de la multa se materializará mediante una resolución fundada dictada por el Jefe Provincial de Educación de Valdivia, la que será notificada vía correo electrónico y deberá ser publicada en el Sistema de información correspondiente.
5. En contra de la resolución dictada por el Jefe Provincial de educación de Valdivia, el proveedor podrá ejercer los medios de impugnación establecidos en la ley 19.880, conforme a los plazos y condiciones que dicha normativa contempla.
Para efectos de las notificaciones contempladas en el presente procedimiento, el adjudicatario deberá indicar uno o más correos electrónicos al momento de suscribir el contrato, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, las notificaciones se realizaran mediante carta certificada.
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Del pago |
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El pago se realizará por los servicios contratados y debidamente ejecutados, mediante cheque o transferencia electrónica, dentro del plazo de 30 días a partir de la presentación de la factura, previo visto bueno de la documentación respectiva por parte de la Contraparte Técnica del Departamento Provincial de Educación de Valdivia.
La factura deberá extenderse a:
Nombre: Departamento Provincial de Educación de Valdivia
RUT: 60.902.015-6.
Domicilio: Carlos Anwandter Nº 708, Valdivia.
Giro: Administración Pública.
Comuna: Valdivia
No se podrá efectuar el pago sin previa emisión de la Recepción Conforme del servicio, la cual deberá estar consignada en la factura emitida y validada por la Contraparte Técnica.
Deberá crearse un Expediente de Pago a Proveedor, que agrupe los documentos y formularios internos requeridos para dar inicio al proceso de pago, exigidos en las presentes Bases o demás actos administrativos relacionados.
Se deberá respetar el procedimiento de emisión de documento tributario establecidos por el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos, que tiene por finalidad que las Instituciones Gubernamentales recepcionen la información de dichos documentos, incluidos los archivos XML, enviados por los proveedores a través del Servicio de Impuestos Internos.
DTE (Documento Tributario Electrónico):
a) Emisión de la factura completando el campo 801, en el cual debera incorporar la orden de compra tal como aparece en la plataforma de Mercado Público (Debe ingresar números, letras y guiones. Ej: 2027-1-SE25).
b) Enviar documentos al SII
c) Enviar archivo XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com (Sistema ACEPTA)
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Término anticipado del contrato |
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El Departamento Provincial de Educación de Valdivia podrá poner término anticipado e inmediato al contrato en el caso de que se presenten alguna de las siguientes situaciones:
a) Cuando existan tres o más reclamos a los servicios, por incumplimientos graves y disconformidad de lo pactado, en un periodo de dos meses.
b) La inobservancia en la cantidad de garzones requeridos según lo establecido en las bases técnicas de la presente licitación. Asimismo, se considerará incumplimiento la falta de prolijidad en la indumentaria e higiene de los uniformes del personal, o un desempeño deficiente del servicio de garzones, especialmente en lo relativo al uso de lenguaje coloquial.
c) Incumplimiento injustificado y superior a 30 minutos en el horario de llegada, de acuerdo con las bases técnicas de esta licitación.
d) Reclamos de funcionarios requirentes que digan relación con la calidad del servicio ofrecido tales como: Falta de frescura y calidad de los alimentos por falta de refrigeración y conservación, presentación de los alimentos, falta de cordialidad del personal, deficiente higiene de las dependencias utilizadas para ofrecer el servicio y cualquier diferencia sustancial respecto de la calidad de la alimentación ofrecida, incluyendo el incumplimiento con la entrega del producto requerido para cada servicio, teniendo como parámetro lo ofertado en la degustación.
e) Incumplimiento de las normas generales de sanidad en cuanto a desratización, sanitizaciones y desinfecciones mensuales de sus utensilios, así como la presencia de insectos u otros en preparaciones y/o dependencias.
f) La utilización de alimentos sobrantes en las preparaciones y/o recalentamiento de productos o preparaciones.
g) Manipulación inadecuada de alimentos o fuera de las normas sanitarias.
h) El rechazo de una solicitud de compra sin razón justificada.
i) El aumento de las tarifas pactadas, dentro del período de vigencia del presente convenio.
j) La modificación unilateral de las condiciones convenidas para la entrega de los servicios requeridos.
k) Perdida, suspensión o revocación de la autorización sanitaria
Ocurrida cualquiera de estas situaciones antes indicadas, el Departamento Provincial de Educacion de Valdivia notificara vía correo electrónico al proveedor, indicado el incumplimiento de los establecido en las bases y otorgando un plazo para subsanar dichas situaciones.
Si transcurrido este plazo no se corrigen las situaciones o estas no fusen subsanables, se pondrá termino anticipado al contrato según lo señalado anteriormente.
Sin perjuicio de las reglas generales, se podrá poner término anticipado por las causales, señaladas en el Art. 13 bis de la Ley 19.886.
Lo expuesto en el párrafo anterior es sin perjuicio de las acciones ordinarias o especiales que pudieren corresponder a el Departamento Provincial de Educación de Valdivia, a fin de poner para obtener a su arbitrio, el cumplimiento forzado de la obligación o su resolución en ambos casos con derecho a indemnización de perjuicios.
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Del presupuesto |
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El presupuesto disponible por el servicio de asciende a un valor máximo de 200 UTM, IVA incluido por año.
Además, las propuestas deben indicar fecha de validez de las condiciones ofrecidas, ser expresadas en pesos chilenos, expresando claramente el valor neto.
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