Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEUA RUT:61608101-2
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Fecha de vencimiento:
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11-02-2025
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Cada proponente deberá entregar, antes del cierre de las ofertas, un instrumento pagadero a la vista con carácter irrevocable, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68 del Reglamento Decreto Nº 1410 de 2015, a la orden del Hospital Barros Luco Trudeau, RUT: 61.608.101-2, en moneda nacional, por la suma de $1.000.000 (Un millón de pesos).
En la Garantía de Seriedad de la Oferta se especificará la siguiente glosa: “SUMINISTRO FORMULAS ALIMENTICIAS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES ESPECIFICAS PARA EL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, indicando el número de ID 2069-165-LP24 y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía de Seriedad de la Oferta, y con una vigencia de 120 (ciento veinte) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas en el Sistema.
El Hospital podrá hacer efectiva la garantía en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el(los) proponente(s) se desiste(n) de su(s) propuesta(s) o la retira(n) unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
• Si el adjudicatario no suscribe el contrato (en el evento en que su suscripción sea procedente) dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no acepta la orden de compra (en los casos en que la adquisición se formalice mediante la emisión de una orden de compra y su aceptación por parte del proveedor) dentro del plazo establecido, o bien la rechace, por causas ajenas al Hospital
• Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
• Si se comprobare falsedad, distorsión o falsificación en la oferta de el(los) proponente(s) o en alguno de los antecedentes requeridos por las Bases.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
A los oferentes cuyas ofertas hayan sido admisibles les será devuelta la Boleta de Garantía, a partir del día siguiente hábil a la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
Al oferente no adjudicado o a aquél cuya oferta haya sido declarada inadmisible, la devolución se efectuará a partir del día siguiente hábil a la notificación de la resolución de adjudicación del proceso o a la notificación de la resolución que da cuenta de la inadmisibilidad, según sea el caso, atendida la facultad de re-adjudicar contemplada en estas bases.
El mismo plazo señalado anteriormente regirá para aquellos oferentes cuyas ofertas no se ajustaren al presupuesto disponible para el presente proceso de licitación, y que, en consecuencia, el Hospital lo haya declarado desierto. En este caso, el plazo de devolución de garantías se contará a partir del día siguiente hábil a la notificación de la resolución que declare desierta la licitación
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Glosa:
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“SUMINISTRO FORMULAS ALIMENTICIAS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES ESPECIFICAS PARA EL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, indicando el número de ID 2069-165-LP24 y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía de Seriedad de la Oferta, y con una vigencia de 120 (ciento veinte) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas en el Sistema.
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Forma y oportunidad de restitución:
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A los oferentes cuyas ofertas hayan sido admisibles les será devuelta la Boleta de Garantía, a partir del día siguiente hábil a la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
Al oferente no adjudicado o a aquél cuya oferta haya sido declarada inadmisible, la devolución se efectuará a partir del día siguiente hábil a la notificación de la resolución de adjudicación del proceso o a la notificación de la resolución que da cuenta de la inadmisibilidad, según sea el caso, atendida la facultad de re-adjudicar contemplada en estas bases.
El mismo plazo señalado anteriormente regirá para aquellos oferentes cuyas ofertas no se ajustaren al presupuesto disponible para el presente proceso de licitación, y que, en consecuencia, el Hospital lo haya declarado desierto. En este caso, el plazo de devolución de garantías se contará a partir del día siguiente hábil a la notificación de la resolución que declare desierta la licitación.
Si la garantía es tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas, el oferente deberá cambiar el documento en un plazo de tres (3) días hábiles a contar de la solicitud efectuada a través del Portal. En caso en que no se efectúe el cambio, la propuesta del oferente será declarada inadmisible por no ajustarse a lo solicitado.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEUA RUT:61608101-2
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Fecha de vencimiento:
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28-03-2028
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El adjudicatario deberá entregar al momento de la firma del contrato, lo establecido en el artículo 68 del Reglamento, Decreto Nº 1410 de 2015, lo cual corresponde a un instrumento pagadero a la vista con carácter irrevocable, a la orden del Hospital Barros Luco Trudeau, RUT: 61.608.101-2, con la siguiente glosa “SUMINISTRO FORMULAS ALIMENTICIAS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES ESPECIFICAS PARA EL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, indicando el Nº de ID 2069-165-LP24, y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía de fiel cumplimiento del contrato y de obligaciones laborales.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos y será de un monto La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, deberá estar expresada en pesos y será de un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia que exceda en 120 (ciento veinte) días hábiles el plazo del contrato (24 meses a contar de la notificación de la resolución que lo aprueba por parte del Hospital).
En el caso de tratarse de garantías electrónicas, el oferente podrá hacer entrega de ésta al correo electrónico del encargado de la licitación, o en su defecto al mail natalia.silva@redsalud.gov.cl. La cual deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Sin perjuicio de ello, dicha garantía deberá estar acompañada de la entrega física de los contratos firmados por el representante legal del adjudicatario en los plazos definidos en el calendario de la licitación.
El adjudicatario deberá mantener vigente esta garantía durante todo el contrato.
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Glosa:
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“SUMINISTRO FORMULAS ALIMENTICIAS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES ESPECIFICAS PARA EL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, indicando el Nº de ID 2069-165-LP24, y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía de fiel cumplimiento del contrato y de obligaciones laborales.
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Forma y oportunidad de restitución:
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En el caso que la adquisición se formalice mediante una orden de compra y su aceptación, el adjudicatario deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato en el Depto. De Abastecimiento del Hospital, en los mismos términos y lazos regulados tanto en los párrafos anteriores como el numeral 8.3.1.
En el evento de la renovación del plazo para la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva caución que exceda en 120 (ciento veinte) días hábiles la nueva vigencia del instrumento original.
El documento en garantía se ingresará en custodia del Departamento de Finanzas del Hospital Barros Luco Trudeau y en caso de tratarse de la Garantía a causa de la Prórroga o Renovación del contrato, se solicitará inmediatamente el endoso y devolución del documento por vencer.
Para aquel o aquellos contratistas que su(s) adjudicación(es) no supere(n) las 100 UTM no deberán hacer entrega del documento que causa el Fiel Cumplimiento del Contrato.
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