Licitación ID: 2109-22-LP24
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE PACIENTES”
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Habitación doble 1600 Unidad
Cod: 90111802
Alojamiento diario habitación doble, paciente más acompañante, desayuno incluido.  

2
Habitación sencilla 1000 Unidad
Cod: 90111801
Alojamiento diario habitación individual, desayuno incluido.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE PACIENTES”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la contratación es dar alojamiento a pacientes junto a su acompañante para el periodo en que espera su tratamiento para resolver patologías, considerando que los pacientes vienen a recibir tratamiento desde Región y cuentan con patología GES N°73 “Osteosarcoma en personas de 15 años y más”, por lo cual se debe asegurar su estadía mientras espera el acceso al tratamiento oportuno y adecuado, con el objetivo de cumplir y satisfacer debidamente la demanda asistencial que legalmente le ha sido encomendada, con atención de calidad y oportunidad velando siempre por el bienestar y atención de sus pacientes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento y Farmacia
R.U.T.:
61.608.203-5
Dirección:
San Martín nº 771
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-12-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 13-12-2024 13:04:54
Fecha inicio de preguntas: 13-12-2024 13:31:00
Fecha final de preguntas: 17-12-2024 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-12-2024 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-12-2024 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 08-01-2025 15:15:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
2.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
3.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
 
2.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
 
3.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Según lo estipulado en el numeral 4.2 de las bases Administrativas especiales. 5%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Según lo estipulado en el numeral 4.2 de las bases Administrativas especiales. 45%
3 Precio Según lo estipulado en el numeral 4.2 de las bases Administrativas especiales. 40%
4 Plazo de reserva Según lo estipulado en el numeral 4.2 de las bases Administrativas especiales 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Instituto Traumatologico
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: cindy Barrera Valenzuela
e-mail de responsable de pago: cindy.barrerav@intraumatologico.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodrigo Espinoza Oteiza
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.espinoza@intraumatologico.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25746262-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO TRAUMATOLOGICO
Fecha de vencimiento: 17-05-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: El Requerimiento de fecha 01 de agosto de 2024, del Encargado de la Unidad de Monitoreo GES, que formaliza la necesidad de contratar el servicio de alojamiento de pacientes; la Resolución Exenta N°604, de fecha 15 de septiembre de 2022, que aprueba Bases Administrativas Generales; el Certificado de disponibilidad de bienes/servicios en Convenio Marco Nº 34 del mes mayo de 2024, emitido por la Unidad de Abastecimiento; la Ley N° 19.886, de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones posteriores; el Decreto Supremo N° 250 de 2004 a través del cual se aprobó el Reglamento de la citada Ley N° 19.886, y sus modificaciones posteriores; las atribuciones que me confieren los Decretos Supremos N° 140, de 2004, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y N° 38, de 2005, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red, ambos del Ministerio de Salud; el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469; la Resolución Exenta N° 761, de 2006, de los Ministerios de Salud y Hacienda; lo dispuesto en Resolución Exenta N°2433 del 25 de marzo del 2022 que establece el primer orden de subrogancia de la Dirección del Instituto Traumatológico en ausencia del titular; y, lo previsto en las Resoluciones N° 7 y N° 8, de 2019 y N° 14, de 2022, todas de la Contraloría General de la República.
Forma y oportunidad de restitución: I. Que, el Instituto Traumatológico, establecimiento autogestionado en Red, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, requiere contratar el servicio de Alojamiento de Pacientes, según lo indica el Formulario de Requerimiento de fecha 01 de agosto de 2024, del encargado de la Unidad de Monitoreo GES, con el objetivo de cumplir y satisfacer debidamente la demanda asistencial que legalmente le ha sido encomendada, con atención de calidad y oportunidad velando siempre por el bienestar y atención de sus pacientes, por un periodo de 36 meses. II. Que, a fin de cubrir el requerimiento, se consultó el catálogo electrónico de convenio marco, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, donde se evidenció que los bienes requeridos no se encuentran bajo dicha modalidad de compra, de acuerdo a lo señalado en el certificado Nº 34 del mes de mayo de 2024, emitido por la Unidad de Abastecimiento. Por lo tanto, en virtud de las normas legales y reglamentarias señaladas, corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, para la contratación antes mencionada. III. Que, la Ley N° 19.886 establece, en el primer párrafo de su artículo 1°.- “Los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles, y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a las normas y principios del presente cuerpo legal y de su reglamentación”. IV. Que, el Reglamento de la citada Ley, contenido en el mencionado Decreto N° 250 de 2004 dispone por su parte, en el primer inciso de su artículo 9°, “Circunstancias en que procede la Licitación Pública: Cuando no proceda la contratación a través de Convenio Marco, por regla general las Entidades celebrarán sus Contratos de Suministro y/o Servicios a través de una Licitación Pública”. V. Que, en conformidad a lo anteriormente expuesto, y disposiciones legales y reglamentarias citadas y vigentes sobre esta materia, se procedió a elaborar las Bases Administrativas Específicas, Técnicas y sus Anexos necesarios para adquirir los bienes mencionados en el primer párrafo de la presente Resolución Exenta, las que por medio del presente acto se aprueban. VI. Que, los aspectos administrativos generales que regirán la licitación, han sido aprobados mediante Resolución Exenta N°604, de fecha 15 de septiembre de 2022, que aprueba Bases Administrativas Generales. VII. Que, se designará una Comisión Evaluadora, integrada por a lo menos tres funcionarios/as que ejerzan funciones en dependencias de este Instituto, para el análisis y proposición de adjudicación de la presente Licitación Pública. VIII. Que, existen recursos disponibles para la contratación objeto de la presente Licitación Pública. IX. Que, en virtud de lo expuesto, dicto lo siguiente:
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Realizada la calificación de las ofertas, no se excluye la posibilidad de que dos o más propuestas compartan idéntico puntaje máximo ponderado al aplicar la pauta de evaluación, es por ello, que se procederá a dirimir según la siguiente prelación:

1° Criterio “Oferta económica”.

2° Criterio “Características Técnicas”.

3° Criterio “Plazo de entrega”

4° Si persiste el empate, se privilegiará al proveedor que haya ingresado su oferta en el Sistema de Información, primeramente.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

1.1         Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.

1.2         Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.

1.3         El Instituto Traumatológico “Dr. Teodoro Gebauer” pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. De las respuestas y aclaraciones se pronunciará siempre la autoridad que corresponda, a través del acto administrativo, en la etapa del proceso licitatorio que estime pertinente.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

1.1         Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.

1.2         Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.

1.3         Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.

1.4         La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.

Pacto de integridad

1.1         El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

1.2         Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.2.1        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

1.2.2        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

1.2.3        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

1.2.4        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

1.2.5        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

1.2.6        El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

1.2.7        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.

1.2.8        El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

1.2.9        El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.

1.2.10     Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta. Al momento de participar en la licitación, el proponente acepta que la comisión de evaluación verifique la información entregada, e incluso pueda complementar con aquella que no lo fue, y que, si está disponible en el Sistema de Información de Compras Públicas, o que pueda obtenerse por la vía de consulta a otros Servicios públicos, pudiendo consultar al proveedor sobre dicha información a través del foro inverso respectivo. Si, de incorporar la información, o de no hacerlo (por ejemplo, cuando se declara una capacidad económica que de contar con todos los contratos no sería tal), se transgrede el principio de estricta sujeción a las bases o de igualdad de los oferentes, entonces será descartada la oferta del proponente, sugiriendo la comisión evaluadora sea declarada inadmisible su oferta.

1.3         En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.

1.4         El Instituto Traumatológico “Dr. Teodoro Gebauer”, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.

1.5         En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.