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1. INICIO DE LA PROPUESTA |
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1.1 La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección.
1.2 Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el Hospital procederá a redactar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital, según se establece en el punto 10.12. ítem II de las bases administrativas.
1.3 El contrato será sancionado mediante una Resolución que aprueba el contrato, el cual será publicado y debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes en el Portal Mercado Público. No obstante, por necesidad del Hospital y razones de buen servicio, la fecha de Inicio del convenio comenzará a partir del 20.01.2025, previa adjudicación. El Servicio podrá otorgarse desde la fecha indicada anteriormente, la cual será estipulada en el contrato, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato de la propuesta y la respectiva recepción conforme de los servicios.
1.4 El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N°10.11 y N°10.15., del ítem II, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F30) de la Dirección del Trabajo. Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta.
1.5 En caso de que la oferta sea considerada desistida por la no presentación de los documentos mencionados o en caso de desistimiento de celebrar el contrato, se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 10.14, ítem II, de las bases administrativas.
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2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA Y OFERTA |
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2.1. La propuesta pública por las prestaciones tendrá una duración de doce (12) meses a contar de la fecha estipulada en el punto N°1.3 del ítem III o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato.
2.2. Podrá acordarse entre las partes una renovación del contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 661 del año 2024, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario..
2.3. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación.
2.4. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% neto o exento de iva (según corresponda) del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato.
2.5. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original, en los términos expresados anteriormente.
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3. ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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3.1 Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los prestadores de servicios que participarán en la licitación. Estos PRESTADORES deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos prestadores por los cuales el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena o el Servicio de Salud Araucanía Sur, haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hayan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado.
3.2 En caso de ser necesario el cambio o la incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios, enviando esta solicitud a través de correo electrónico a la casilla katherine.munoz@redsalud.gov.cl. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Inspector Administrativo del Convenio antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica.
3.3 El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores antes que estos brinden algún servicio en el marco del convenio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que se acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
3.4 Respecto del punto anterior, si por algún motivo debidamente justificado el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este evento constituye un incumplimiento y será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios, por ende, el proveedor debe retirar de manera inmediata a su prestador de servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
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9. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
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9.1. El Contrato definitivo podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, o bien, unilateralmente por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena cuando las necesidades públicas así lo requieran o lo exija la seguridad nacional, lo que deberá ser debidamente justificado.
9.2. Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado, conforme a lo establecido en el artículo N°129 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda.
9.3. Asimismo, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir los puestos de trabajo manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta, sin alterar la esencia del contrato ni la igualdad entre los oferentes. Cualquier aumento o disminución deberá comunicarse al Adjudicatario oportunamente.
9.4. En ningún caso la modificación podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo.
9.5. En caso de que la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el Adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los mismos términos que la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondientes a la modificación.
9.6. La nueva garantía podrá complementar la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada por una nueva que cubra el monto original más el de la modificación, manteniendo los mismos porcentajes y vencimiento de la garantía original, con el fin de asegurar la totalidad del contrato modificado, sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior relativo al ajuste del plazo.
9.7. Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.
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10. PRÓRROGA DE CONTRATO |
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El contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre las partes cuando las necesidades del establecimiento así lo requieran, sin alterar la esencia de lo pactado, el cual, podrá realizarse por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM. el Adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos que la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondientes a la prórroga.
La prórroga al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°8 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en la prórroga, las condiciones contractuales previamente pactadas.
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11. DE LAS OBLIGACIONES |
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11.1. Será obligación del Adjudicatario contar con prestadores acreditados y capacitados para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, considerando lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado.
11.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su prestador una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa.
11.3. Sera obligación del proveedor presentar por cada prestador de servicios una copia del "Convenio de Prestación de Servicios a Honorarios", de cada prestador de servicios presentado en Nómina Inicial (Anexo de Prestadores de Servicios de las presentes bases), el cual se podrá presentar en un plazo máximo de diez (10) días corridos, una vez adjudicado el convenio. Además, se deberá presentar por cada prestador que fuera incorporado al convenio, el cual se podrá presentar diez (10) días hábiles iniciados los servicios, o presentada la carta de incorporación, lo que ocurra primero. La documentación deberá remitirse al Subdepartamento de Compra de Servicios, por medio de correo electrónico a la casilla: katherine.munoz@redsalud.gov.cl
11.4. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios, enviando esta solicitud a través de correo electrónico a la casilla katherine.munoz@redsalud.gov.cl. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Inspector Administrativo del Convenio antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica.
11.5. El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores antes que las personas del inicio al servicio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que se acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
11.6. Si por algún motivo debidamente justificado el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este evento constituye un incumplimiento y será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios, por ende, el proveedor debe retirar de manera inmediata a su prestador de servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
11.7. El proveedor deberá realizar las prestaciones en las fechas solicitadas por el Hospital, así como velar que los servicios establecidos en las bases se lleven a cabo en la cantidad establecida, intervalos de tiempo, y ejecutados fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de que el prestador de servicios posea un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Además de ello, deberá cumplir con lo estipulado en las bases técnicas durante la ejecución del contrato, y que digan relación con las prestaciones señaladas en las mismas.
11.8. El Adjudicatario se responsabiliza, a prestar ininterrumpidamente sus servicios, y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o mediante reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten.
11.9. El Adjudicatario deberá prohibir que sus prestadores de servicios coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios.
11.10. Todos los prestadores de servicios deben usar los elementos de protección personal correspondientes, los que serán proporcionados por el Hospital, en especial para aquellos prestadores que pudieran estar expuesto a agentes químicos
11.11. El Adjudicatario y su prestador respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y dependencias, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior, por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera:
- Norma de Higiene de Manos.
- Norma de aseo.
- Norma de salud de los prestadores de servicios.
- Norma de Precauciones estándar.
- Norma de precauciones según vía de transmisión.
11.12. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas.
11.13. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES:
La empresa adjudicada deberá considerar, que a todo prestador de servicios que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
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