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Bases de licitación |
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R (E) INT. Nº 140/
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE;
Ley de Compras Públicas Nº 19.886 y su Normativa; Decreto N° 661 del 12 de diciembre de 2024.Lo dispuesto en el DFL Nº1 del 2005 del Minsal; en el Decreto Nº140 del año 2005 del Minsal en sus Arts. 6, 7, 8; Resolución N° 36/2024 de la Contraloría General de la República que fija las normas sobre exención del trámite de toma de razón; Requerimiento enviado por la Unidad de Tecnología e Innovación en Salud perteneciente al Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Maule, mediante e-mail; Decreto Nº 10 de fecha 11 de Abril de 2023 del Ministerio de Salud de nombramiento de la Dra. Marta Caro Andía en calidad de Directora del Servicio de Salud Maule, tomado de razón por la Contraloría General de la Republica con fecha 13 de noviembre 2023. Decreto Exento Nº6 de fecha 18 de marzo de 2025 del Ministerio de Salud pone término y establece nuevo orden de Subrogancia al cargo de la Directora del Servicio de Salud Maule.
CONSIDERANDO:
1. Que, el Servicio de Salud Maule es un organismo estatal, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente del Ministerio de Salud y cuyas políticas, planes y programas están centrados en brindar Salud de Calidad a sus beneficiarios. Es una Red Asistencial formada por Equipos comprometidos, que trabaja oportunamente para Promover la Salud, Prevenir la Enfermedad y resolver las necesidades de Salud de todas las personas en la Región del Maule.
2. Que, corresponde a este Servicio la organización, planificación, coordinación, evaluación y control de las acciones de salud que presten los establecimientos de la Red Asistencial del territorio de su competencia, para los efectos del cumplimiento de las políticas, normas, planes y programas del Ministerio de Salud.
3. Que, la Unidad de Tecnología e Innovación en Salud ha solicitado a través de email la adquisición de equipo-equipamiento para el proyecto “Reposición y adquisición equipos Plan del cáncer”.
4. Que, en dicho tenor, con fecha 27 de marzo de 2025 mediante Decreto Nº297 el Ministerio de Hacienda confirma el presupuesto vigente para el sector Salud, el cual considera dentro de sus iniciativas de inversión un presupuesto total de $556.345.000 asignados al Servicio de Salud Maule para la adquisición de bienes clasificados en el subtítulo 29-05.
5. Que, revisado el catálogo de Convenio Marco vigente en la plataforma de Mercado Público, se determinó que la presente adquisición no puede ser materializada a través de esa vía de compra.
6. Que, los equipos contemplados en el requerimiento corresponden a los siguientes:
Nombre Equipo/Equipamiento Cantidad Valor Unitario (C/IVA) Valor Total (C/IVA)
Estación de macroscopía Equipo 1 $32.011.000 $32.011.000
Procesador de tejidos Equipo 1 $105.315.000 $105.315.000
Dermatoscopio Equipo 1 $1.690.000 $1.690.000
Presupuesto Total $139.016.000
7. Que en el Art. 46 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios se establecen los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas, donde se autoriza que cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 1.000 U.T.M., e inferior 5.000 U.T.M. el llamado podrá rebajarse a 10 días corridos en el evento que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas.
La disminución de plazo también aplicara en procesos de compra cuyo monto de contratación sea igual o superior a las 100 U.T.M., e inferior a las 1.000 U.T.M. pudiendo rebajarse el plazo mínimo de publicación a 5 días corridos. Lo anterior siempre que se cumplan las condiciones de simple y objetiva especificación señaladas en párrafo precedente.
8. Que, los procesos de licitación que superen las 100 UTM, deben contar con bases aprobados por resolución, para su publicación en la plataforma de mercado público.
9. Que, atendido lo anterior y en ejercicio de las facultades del cargo de las que estoy legalmente investida dicto lo siguiente:
RESOLUCIÓN
1. APRUÉBANSE, las siguientes Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos que regularán el proceso de licitación pública denominado “REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM” que considera el siguiente texto:
BASES DE LICITACIÓN
REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO Nº1: OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN: Las presentes Bases de Licitación tienen por finalidad establecer los antecedentes, requerimientos y condiciones de contratación para la adquisición de REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM.
Esta licitación tiene por objeto la adquisición y reposición de equipos del Hospital de Talca y Curicó bajo el proyecto de Plan del Cáncer.
La descripción específica de los requerimientos de los productos y/o servicios que se licitan en este proceso se detalla en el Formulario de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS debiendo la oferta ceñirse a las descripciones y especificaciones señaladas.
El sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases.
ARTÍCULO Nº2: APLICACIÓN DE LAS BASES: El presente proceso de licitación, se regirá por estas Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos, que se establecen y adjuntan.
Las presentes Bases regirán el proceso licitatorio en las etapas de llamado a presentar ofertas, respuesta a eventuales consultas, modificaciones, apertura, evaluación, adjudicación, garantías, sanciones, sistema de pago, vigencia correspondiente, incluido el período de garantía técnica, y todos los detalles relacionados con la ejecución del contrato y la liquidación del mismo.
Este proceso de licitación se publicará a través de la plataforma de mercado público.
Serán parte integrante de este proceso de licitación la documentación detallada en el artículo Nº47 del presente documento.
ARTÍCULO Nº 3: MANDANTE Y ENTIDAD LICITANTE
El mandante y la entidad licitante serán individualizados en el Numeral 1 del Anexo Complementario. Será la entidad licitante a quien le corresponderá interpretar las eventuales discrepancias que pudiesen surgir de la aplicación de los antecedentes de la Licitación. Lo Anterior, sin perjuicio de las atribuciones que, en esta materia le compete a la Contraloría Regional del Maule, como órgano fiscalizador.
3.1. UNIDAD TÉCNICA
En aquellos procesos de licitación cuya ejecución haya sido mandatada a través del convenio correspondiente, el Servicio de Salud Maule actuará como Unidad Técnica. En dicho tenor, será responsabilidad de esta Unidad Técnica la supervisión administrativa y técnica de la ejecución encomendada.
ARTÍCULO Nº 4: DEPARTAMENTO A CARGO DEL PROCESO
El Departamento a cargo del proceso licitatorio será el Departamento de Logística y Administración Interna del Servicio de Salud Maule, a través de la Unidad de Adquisiciones, quien encargará la administración del proceso de licitación en el sistema de información a uno o más funcionarios de esta Unidad que cuenten con acreditación vigente en el uso del sistema de información y que haya sido emitida por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
ARTÍCULO Nº 5: REFERENTE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR DE CONTRATO
De conformidad a la naturaleza del requerimiento, actuará como Referente Técnico para este proceso, la Unidad o Departamento individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario, quien tendrá dentro de sus funciones la definición de los requerimientos específicos del bien o servicio a contratar, los cuales podrán ser validados previamente por el usuario final.
Por otra parte, el Administrador del Contrato, individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario tendrá dentro de sus funciones la coordinación de la entrega de los productos o el inicio de la prestación de los servicios. Del mismo modo será el responsable de solicitar la información necesaria que respalde la correcta entrega o ejecución de los servicios prestados para ser derivados al Dpto. de Recursos Financieros. Velará por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuará como interlocutor entre dicho proveedor y la entidad licitante, hasta el término y liquidación del contrato. (Artículo 133 Decreto 661)
ARTÍCULO Nº 6: CONFIDENCIALIDAD
De acuerdo a lo estipulado en el Art. 35 ter de la Ley 19.886.- se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Toda Persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligan a guardar confidencialidad sobre él.
Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas anteriormente, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 35 nonies de la Ley de 19.886.
ARTÍCULO Nº 7: DEBER DE ABSTENCION
Las autoridades y los funcionarios de la administración, independiente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que pueda tener interés, de acuerdo a lo indicado en el Art 35 quinquies de la Ley 19.866 y circunstancias a las que se refiere el artículo 12 de la ley 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado.
ARTÍCULO Nº 8: FINANCIAMIENTO
El financiamiento y el presupuesto del proceso de licitación se establecen en el Numeral 3 del Anexo Complementario, y en dicho apartado será indicado el presupuesto disponible.
ARTÍCULO Nº 9: MODALIDAD DE LA PROPUESTA
La propuesta se contratará por el sistema de suma alzada por costo unitario, sin reajuste ni intereses de ningún tipo, contra entrega y recepción conforme por cada ítem licitado. Los valores ofertados deberán considerar todos los costos asociados para la correcta entrega del bien y/o servicio. Estos valores deberán estar expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según lo indicado en el Formulario Resumen Oferta.
En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886.
La propuesta de los oferentes deberá ser presentada en formato electrónico a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Será de responsabilidad de los oferentes entregar todos los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente sus propuestas.
Al momento de realizar la Oferta Económica deberá ingresar en la plataforma de Mercado Público, en la línea del producto o servicio licitado, el valor unitario, expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según corresponda, en valores NETOS (sin impuestos) y para el caso de personas naturales el valor unitario debe estar expresado en términos BRUTOS (con impuesto). El valor ingresado en el Comprobante de Oferta debe ser concordante con el valor ingresado en el Formulario Resumen de Oferta.
Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta.
La apertura electrónica se realizará de acuerdo a lo indicado en el Numeral 4 del Anexo Complementario, mediante la cual se realizará una revisión de las ofertas recibidas en términos administrativos, técnicos y económicos. Serán declaradas inadmisibles aquellas que no cumplan con los requisitos solicitados expresamente en las presentes bases.
ARTÍCULO Nº 10: MODIFICACIONES A LAS BASES
La Entidad Licitante podrá modificar las presentes Bases, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución, la cual será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas.
Eventualmente la entidad licitante podrá considerar un plazo prudencial para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones realizadas, para cuyos efectos se reformulará el calendario de la licitación, en caso de ser necesario.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes bases y la ficha publicada en la plataforma de Mercado Público, primará lo señalado en las bases aprobadas por la autoridad competente y publicadas en dicha plataforma.
CAPÍTULO II: GARANTÍAS
ARTÍCULO Nº 11: GARANTÍAS
Todas las garantías que se exigen en las presentes Bases Administrativas deberán ser tomadas por el oferente en una institución con oficina en el territorio nacional con carácter de IRREVOCABLE, A LA VISTA, EXPRESADO EN PESOS CHILENOS Y QUE ASEGURE SU PAGO DE MANERA RÁPIDA Y EFECTIVA Y A PRIMER REQUERIMIENTO.
Aquellas garantías que no cumplan con lo antes señalado serán devueltas a los oferentes. En aquellos casos en que esta situación sea referida a la garantía de Seriedad de Oferta, tal situación de incumplimiento tendrá como consecuencia que dicha oferta sea declarada INADMISIBLE.
En aquellas garantías que, de acuerdo a su estructura, no identifiquen en el mismo documento al oferente y el proceso de licitación al cual corresponde la caución, será responsabilidad del oferente adjuntar una carta de presentación que contenga esta información. De lo contrario, y al no poder identificar al oferente antes señalado o el proceso licitatorio al cual pertenece la garantía, la entidad licitante podrá rechazar el documento.
Todas las garantías solicitadas durante el proceso licitatorio, deberán ser presentadas en original dentro del plazo indicado para ello, de este modo, las garantías podrán presentarse de forma física o electrónica, dependiendo de las características del original de la misma.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En el caso de la presentación de pólizas de garantías o certificados de fianza, éstos deberán señalar expresamente que tienen el carácter de irrevocables y que son extendidos a la vista y a primer requerimiento.
Si por alguna razón de incumplimiento a lo señalado en las presentes bases o el contrato, se requiere hacer efectiva alguna de las garantías solicitadas a algún oferente, éste deberá reemplazar dicho documento antes que sea cobrado, por una nueva garantía tomada por el oferente según los datos indicados en el Anexo Complementario para la garantía correspondiente, por el mismo monto y con el mismo plazo de vigencia que el documento anterior.
El plazo de entrega de esta nueva garantía será de 10 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la resolución que autoriza el cobro de la garantía original. La no entrega de la nueva garantía en el plazo señalado facultará a la Entidad Licitante para poner término anticipado al contrato (cuando aplique), sin derecho a indemnización alguna.
El método de reemplazo de garantías anteriormente descrito será efectivo para cualquier cambio de garantías que sea necesario realizar, independiente de cuál sea el motivo para el mencionado reemplazo, por ejemplo, aumentos de plazo, parcialización de las garantías y cualquier otra razón.
Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 11 de la Ley 19.886 Inciso V.
ARTÍCULO N° 12: GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
En caso de que, en Anexo Complementario, numeral 5, se indique el requerimiento de garantía de seriedad de la oferta, se aplica lo siguiente:
La garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas participantes en el proceso de licitación, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al oferente su condición de tal.
Cada oferente deberá entregar un documento de garantía de seriedad de la oferta, en las condiciones establecidas en el artículo 11 de las presentes bases.
Este documento deberá ser presentado de acuerdo a lo señalado en el Numeral 5 del Anexo Complementario en términos de monto, beneficiario y vigencia.
La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta se establece como el número de días hábiles indicado en el Numeral 5 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas en la plataforma de Mercado Público.
La no presentación de este instrumento dejará al oferente inmediatamente fuera del proceso de evaluación.
Forma y Oportunidad de Restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
La garantía de seriedad de la oferta se devolverá a los oferentes participantes de conformidad a lo establecido en el artículo N°53 del Reglamento de la ley 19.886, salvo la del o los oferentes adjudicados, a quienes se les devolverá dicho documento una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato, previa entrega de la garantía de fiel cumplimiento, en el caso que corresponda.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, según corresponda, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que haya ocupado el segundo lugar, según lo indicado en la Propuesta de Adjudicación, dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. De conformidad a lo anterior, y considerando la posibilidad de adjudicar al segundo mejor oferente evaluado, la entidad licitante se reserva el derecho de devolver las garantías de seriedad de la oferta una vez que se haya constatado que el adjudicatario ha presentado la totalidad de la documentación requerida.
En atención a lo anterior, la devolución de estas garantías se realizará de acuerdo a lo siguiente:
Proveedores no adjudicados o inadmisibles:
La devolución de esta garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las Bases se haya contemplado la facultad de adjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje, para el caso que el adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato.
Proveedor adjudicado:
La devolución se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la suscripción del contrato respectivo (cuando aplique). Si la adjudicación no requiere la suscripción de un contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación de la garantía de fiel cumplimiento.
En caso de que la adjudicación no contemple la presentación de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto una vez aceptada la orden de compra respectiva, en un plazo de 10 días hábiles.
Para todos los casos, la devolución de la garantía de seriedad de la oferta, será realizada por la Entidad Licitante de acuerdo a lo informado por la Unidad a cargo del proceso licitatorio.
Ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta:
La Entidad Licitante, podrá hacer efectiva esta Garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a. Si el proponente, se desiste, retira o cambia su propuesta unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma.
b. Si se comprobare falsedad o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes constitutivos de la oferta.
c. Si el Contratista no concurre a la celebración del contrato dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades de la licitación para la firma del contrato.
d. Si el Contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, o que, acompañándola, sea tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas, será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, devolviéndose al oferente respectivo a partir del día siguiente hábil a la publicación de la Resolución que declare tal inadmisibilidad en el proceso licitatorio.
ARTÍCULO N° 13: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá presentarse en el plazo máximo de 10 días hábiles, desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información. De acuerdo a la normativa vigente, este acto administrativo se entenderá notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación en la plataforma de mercado público.
Solo deberán presentar esta garantía, aquellos proveedores adjudicados en las líneas de licitación que tienen establecida la obligación de presentar dicho documento, lo cual se encuentra definido en el Formulario Resumen Oferta.
El monto, vigencia y glosa se encuentran indicados en el Numeral 6 del Anexo Complementario.
Esta garantía caucionará el cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato y la calidad o condición de los bienes y/o servicios materia de éste, incluyendo la recepción, instalación y capacitación (si correspondiera) de lo adjudicado. Así mismo, caucionará el período de garantía técnica (si correspondiera) que el adjudicatario haya comprometido en su oferta.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá ser ejecutada, independiente de la aplicación de las multas establecidas en el Artículo Nº 42 y Numeral 14 del Anexo Complementario.
Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos.
En el caso que el monto a garantizar se parcialice en más de un (1) documento, se requiere que estos instrumentos financieros siempre sean de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, y con igual vigencia (fecha de vencimiento), de conformidad a lo indicado en el artículo N°121 del Reglamento de la Ley Nº19.886.
No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros. Esta extensión se será aplicable en el caso de contratos de obras, ni de concesión de obras de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.886.
En caso de aumentos de plazo asociados a la entrega del bien adjudicado, esta garantía deberá ser reemplazada o complementada con otro documento, donde la nueva vigencia será igual al nuevo plazo del contrato aumentado en la misma cantidad de días que la garantía original.
La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en las presentes bases.
En caso de aumentos de contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía por un monto equivalente al porcentaje establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Este documento deberá ser presentado en un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que autoriza el aumento de contrato.
La presentación de esta garantía es considerada un requisito para la aprobación del estado de pago, según lo establecido en el artículo N°40 de las presentas bases.
Aquellos adjudicatarios cuyo plazo de garantía técnica ofertada (cuando proceda) sea superior a 24 meses, podrán presentar un documento de garantía cuya vigencia mínima será de 2 años, junto a una carta de compromiso de renovación cada 2 años (FORMULARIO: CARTA COMPROMISO DE RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO), hasta completar la vigencia descrita en el primer párrafo del presente artículo.
Cada vez que el proveedor adjudicado requiera renovar la garantía con la finalidad de completar la vigencia total requerida, se permitirá que acompañe una garantía de a lo menos dos años de vigencia siempre que acompañe la carta compromiso señalada anteriormente. Toda renovación de esta garantía deberá realizarse al menos 60 días hábiles previos al vencimiento del documento de garantía vigente. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en el artículo N°11 de las presentes bases.
Del cobro
La garantía podrá hacerse efectiva en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, por lo tanto, en esta garantía se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones, asegurándose además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor adjudicado.
El cobro de esta garantía se realizará de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°124 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y sin perjuicio de las medidas de impugnación dispuestas en la ley N°19.880 para estos efectos. En caso de cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, dentro de 10 días hábiles posterior a la notificación de cobro del primero por parte de la Entidad Licitante.
Así mismo en esta garantía podrá hacerse efectivo el cobro de la garantía por eventuales incumplimientos relacionados con el servicio posventa, es decir, mantenciones, capacitaciones, el correcto funcionamiento del bien y/o servicio adjudicado, entre otros.
De igual modo esta garantía podrá hacerse efectiva en caso de realizarse el término anticipado del contrato por alguna causal de incumplimiento imputable al contratista.
En caso de incumplimiento, será responsabilidad de la Entidad Licitante notificar al proveedor mediante Resolución Exenta, las causas que llevan a solicitar el cobro de la garantía. Cuando el financiamiento de la adquisición provenga desde el FNDR, la Entidad Licitante deberá notificar este incumplimiento al Gobierno Regional del Maule.
En el caso que se haga efectivo el cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, de acuerdo a lo indicado en el artículo Nº11 de las presentes bases.
De la devolución
La solicitud de devolución de la garantía será realizada una vez finalizado el periodo de garantía técnica ofertada por el proveedor (cuando proceda), o bien una vez realizada la recepción conforme de la orden de compra en la plataforma de mercado público y siempre que no existan reparos a la liquidación del respectivo contrato. La devolución será realizada por la Entidad Licitante o por el Mandante, según corresponda, en forma posterior a la recepción de la solicitud a través de memorándum u oficio correspondiente.
ARTÍCULO Nº 14: GARANTÍAS ADICIONALES
En caso de requerir la presentación de otras garantías adicionales a las mencionadas en los párrafos precedentes, las características de este documento serán descritas en el Numeral 7 del Anexo Complementario y deberán ser emitidas de acuerdo a lo señalado en el Artículo Nº11 del presente documento.
ARTÍCULO Nº 15: VIGENCIA DE LA LICITACIÓN
El plazo de vigencia para el presente proceso de licitación será individualizado en el Numeral 1 del Anexo Complementario.
CAPÍTULO III DE LA LICITACIÓN
ARTÍCULO Nº 16: DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva que estén inscritas y habilitadas en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con lo indicado en la artículo 16 de la Ley Nº 19.886, y que no estén afectadas por alguna de las causales de inhabilidad contenidas en las siguientes normas: Art. 4 de la Ley Nº 19.886 y las modificaciones de la Ley Nº21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley Nº20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado, incluyéndose también, las inhabilidades descritas en el artículo N°26 letra d) del texto refundido coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, no haber sido condenado en virtud de los artículos Nº33 y Nº34 de la Ley Nº21.595 correspondiente a Delitos Económicos, no estar inhabilitado por alguna de las causales descritas en la letra b) del Art. 56 de la Ley 18.575.
Se hace presente además que de acuerdo al art. 35 quater de la Ley Nº 19.886, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Unión Temporal de Proveedores
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el artículo N°51 de la Ley de Compras N° 19.886 y artículo N°180 del citado Reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores de menor tamaño se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, para representarlos en conjunto según lo dispuesto en el artículo 180 letra e) del Reglamente de la Ley de Compras N°19.886. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Todos los integrantes que conforman la UTP deben encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores en todo momento del proceso de la compra para contratar con la Administración del Estado.
Se hará aplicable especialmente en materia de UTP, lo dispuesto en los artículos 180 del Reglamento de la ley Nº 19886 y en la Directiva de Contratación Pública Nº 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Oportunidad de Presentación del instrumento
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
De resultar adjudicados, la entidad licitante exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prorroga que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Compras N° 19.886, y en el punto III Nº 1 letra d) de la Directiva Nº 22.
Presentación de la Oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Corresponde a la entidad licitante determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cuál sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la entidad compradora, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio.
Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Es obligación de la UTP informar inmediatamente a la entidad licitante sobre el retiro de uno o más de sus integrantes.
Renuncia de los Miembros de la UTP
En aquellos casos en se presente una oferta bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores y uno de sus integrantes renuncie a la UTP durante la etapa de Evaluación o después de su adjudicación, se producirán los siguientes efectos:
La UTP es una asociación de al menos, dos integrantes. Si la UTP está conformada sólo por 2 integrantes y uno de ellos renuncia, “la UTP se entenderá automáticamente disuelta” de conformidad a lo establecido en la Directiva N°22 emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.
Si la UTP está conformada por 3 o más integrantes y uno de ellos renuncia, la Entidad Licitante revisará si los integrantes que se mantienen en la UTP cuentan con los atributos necesarios, según las características objeto de la evaluación, (ejemplo la experiencia) para continuar con la ejecución del contrato o en su defecto, pondrá término anticipado al contrato.
Si la UTP se disuelve durante la evaluación de la licitación, ésta no podrá ser adjudicada.
Si la UTP se disuelve durante la ejecución del contrato, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, si en una UTP constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquélla podrá continuar ejecutando el contrato con los restantes
integrantes, siempre que ello se verifique en los mismos términos comprometidos en la oferta.
Si el integrante que se retira de la UTP reunía uno o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato.
Cumple manifestar que, una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituye una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
Inhabilidades
De acuerdo con el Artículo 53 de la Ley de Compras N° 19.886 y Artículo N° 182 del Reglamento, las causales de inhabilidad establecidas en la ley afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con sus restantes integrantes o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
De manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de Contratos para la Innovación o de Diálogos Competitivos de Innovación, en los términos de lo dispuesto en el capítulo XIV del Reglamento y Artículo 55 de la Ley de Compras.
Inhabilidades sobrevinientes
En conformidad a lo expuesto en el artículo Nº183 del Reglamento, en el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato.
Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo. Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:
1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.
2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.
Aprobada la solicitud la entidad licitante le informará al proveedor mediante oficio, teniendo la empresa un plazo de 5 días hábiles para la presentación de la nueva escritura.
Se establece un plazo de 10 días hábiles para formalizar el retiro del integrante inhábil.
Pago de obligaciones laborales y sociales
Dado que la UTP no es una sociedad, cada integrante debe cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, su Reglamento y las respectivas bases de licitación. Por lo tanto, la Entidad licitante verificará el cumplimiento de la mencionada obligación por parte de cada uno de los integrantes de la UTP.
ARTÍCULO Nº 17: NÚMERO DE PROPUESTAS
Cada oferente, podrá presentar solo una oferta. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según dispone el artículo Nº9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras N°19.886. Revisar Numeral 10.5 del anexo complementario.
ARTÍCULO Nº 18: CALENDARIO DE ACTIVIDADES
Las actividades de la presente licitación se regirán de acuerdo al siguiente cronograma:
Etapas Plazos
Publicación del Llamado Después de la total tramitación de la resolución que aprueba el llamado a licitación pública.
Periodo de Publicación Por el periodo que indique el Numeral 9 del Anexo Complementario.
Visita a Terreno Se efectuarán cuantas visitas a terreno se indique en el Numeral 9 del Anexo Complementario, en los días y horas que allí se señalen, y serán publicadas a través del Sistema de Información. Toda la información específica relacionada a las visitas a terreno se indica en el citado Anexo.
Envío de muestras y/o Demostraciones Técnicas La pertinencia, exigencia, fecha y características relevantes para el envío de muestras y/o demostraciones técnicas serán definidas en el Numeral 9 del Anexo Complementario.
Plazo para Formular Consultas Por el periodo de días que se indique en el Numeral 9 del Anexo Complementario y hasta la hora ahí señalada, contados desde la fecha publicación del llamado a licitación.
Plazo para Publicar Respuestas a Consultas La entidad licitante publicará las respuestas a las consultas sólo a través del Sistema de Información, en el plazo indicado en el Numeral 9 del Anexo Complementario.
Plazo para Aclaraciones o Modificaciones La entidad licitante se reserva la facultad de introducir modificaciones y aclaraciones a la documentación y/o antecedentes aprobados por ésta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, caso en el cual deberá otorgarse un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, y de estimarse necesario y plausible, también se podrá modificar el cronograma de la licitación , respecto de la presentación de ofertas, visita a terreno, y el plazo para formular consultas y solicitar aclaraciones.
Cierre de Recepción de Ofertas En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de publicación del llamado a licitación.
Apertura Electrónica para la evaluación de ofertas En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde el cierre de recepción de ofertas.
Plazo Estimado de Evaluación En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la apertura electrónica.
Plazo Estimado de Adjudicación En el día y hora indicados en el Numeral 9 del Anexo Complementario, contados desde la apertura electrónica.
Respecto de las etapas y plazos establecidos en el “Calendario de Actividades”, las fechas exactas serán informadas en el Sistema de Información, en la ficha de licitación correspondiente, en caso de modificación de alguna de las fechas o plazos, éstas podrán ser modificadas previa dictación de la resolución fundada que lo autorice.
Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos ya señalados, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs.
Esta información sólo podrá ser modificada a través de modificaciones y para todos los oferentes, dichos cambios se verán reflejados en la ficha electrónica del Sistema de Información.
En caso de existir modificaciones al proceso, éstas se entenderán conocidas por TODAS transcurridas 24 horas desde el momento de su publicación en el Sistema de Información. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes.
ARTÍCULO N° 19: SERIE DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las Consultas de carácter técnico y administrativo, deberán hacerse en forma exclusiva a través de la opción Foro y en el plazo estipulado para estos efectos. Esta opción estará habilitada en la plataforma de mercado público. No se dará respuesta a ninguna consulta o aclaración solicitada por otro medio que no sea a través del Sistema de Información de mercado público.
Aclaraciones y Respuestas a Consultas:La Unidad Técnica dará respuesta a las preguntas y solicitudes de aclaración a las Bases, SOLO a través del sistema de información, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 19.886.
Del mismo modo, se pondrá en conocimiento de los interesados, otras aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que la Entidad Licitante estime necesario hacer, teniendo como plazo máximo el indicado en el Numeral 9 del Anexo Complementario.
Las "Aclaraciones, modificaciones y respuestas a Consultas" serán publicadas a través de la ficha de licitación, y se entenderán conocidas por todos los interesados transcurridas 24 horas.
No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estas respuestas, aclaraciones o modificaciones.
Consultas a la Adjudicación:
Realizada la adjudicación mediante su publicación en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo, contando con un plazo de 2 días hábiles, luego de notificada la adjudicación, para formular las respectivas consultas.
ARTÍCULO N° 20: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
20.1 Respecto al ingreso de Ofertas en el Sistema de Información:
El oferente deberá ingresar su Oferta en el Sistema de Información, adjuntando la documentación requerida debidamente escaneada de los documentos originales, en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl, considerando para ello el plazo máximo estipulado en la ficha de licitación.
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº115 - N° 3 del Reglamento de la Ley N°19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Respecto del formato de los archivos a adjuntar con la documentación requerida, se aceptarán archivos en algún programa perteneciente al paquete MS Office (Word, Excel, PowerPoint) compatible con la versión 2010 o inferior, formato pdf, imágenes en formato jpg y gif.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un sólo documento contenedor de formato .pdf
Todos los oferentes que ingresen anexos administrativos a su oferta, lo deben realizar en la opción “Anexos Administrativos” que el Sistema de Información dispone para estos casos. De igual forma, los Anexos Técnicos y Económicos deben ser anexados en las opciones “Anexos Técnicos” y “Anexos Económicos” respectivamente. Se sugiere a los oferentes constatar que el envío de su oferta, Administrativa – Técnico – Económica, a través del Sistema de Información haya sido realizada con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de lo estipulado en el Artículo Nº 115 del Reglamento de la Ley 19.886.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Ante eventuales diferencias de precios entre las ofertas entregadas en documentos anexos y la oferta económica ingresada en el Sistema de Información, será esta última la que prevalecerá en las siguientes etapas del proceso y, eventualmente, en la adjudicación.
20.2 Aplicación del artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes bases de licitación. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, se comunicará al oferente las omisiones detectadas y se le concederá un plazo de 24 horas desde su publicación para que las subsane.
Esta situación será evaluada conforme al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación”, establecido en el artículo N° 27 del presente documento, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
20.3 Respecto de la entrega de documentación física para la Propuesta
a) En caso de indisponibilidad técnica: De acuerdo a lo estipulado en el artículo Nº115 del Reglamento de la Ley N°19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicha entidad, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para el envío de dicho certificado a la entidad licitante junto con entregar sus ofertas fuera del Sistema de Información.
b) Garantía de Seriedad de Oferta: podrá ser presentada en formato físico o electrónico, de conformidad a lo indicado en los artículos N°11 y N°12 de las presentes Bases. Indistintamente de la forma de presentación de la garantía, los oferentes serán responsables de ingresarla dentro del plazo estipulado para ello, considerando como plazo máximo la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas según lo estipulado en el artículo N°18 del presente documento.
Las garantías que se presenten en formato físico deberán entregarse en original, junto a una carta en que se individualice la licitación a la cual pertenecen, contenidas en sobre cerrado antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas.
El sobre y carta deberán indicar; Nombre de La Propuesta, ID del Proceso de Licitación y nombre del Oferente, además de la dirección indicada en el Numeral 18 del Anexo Complementario.
ARTÍCULO N°21: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Los oferentes deberán entregar documentación de tipo administrativa en formato digital en el Sistema de Información, considerando los formatos anexos para los formularios que se especifican a continuación:
1. Formulario 1, Carta de Presentación del Oferente: Se deberá completar lo solicitado en el Formulario Nº1.A o Formulario Nº1.B (según corresponda) identificación completa del oferente y su representante legal cuando corresponda, incluyendo los domicilios, los números de RUT y detalle de la garantía de seriedad de la oferta (esto último cuando corresponda).
Oferentes que presenten ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar el Formulario N°1.C y además presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
1.1. Formulario 1-A: Carta Presentación del Oferente Persona Natural.
1.2. Formulario 1-B: Carta Presentación del Oferente Persona Jurídica.
1.3. Formulario 1-C: Carta Presentación del Oferente Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según sea el caso de acuerdo al artículo 16 de las presentes bases de licitación.
2. Formulario 2, Declaración Simple de Aceptación de Antecedentes de la Licitación y Habilitación para Contratar con el Estado debidamente firmada por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual declara conocer los antecedentes del proceso licitatorio y no estar afecto a alguna de las prohibiciones o inhabilidades señaladas en el citado Formulario para contratar con el Estado. Para las ofertas presentadas a través de la Unión Temporal de Proveedores, este formulario debe ser completado por cada integrante de la UTP.
Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta:
Formulario 1 (ID Licitación).pdf
Formulario 2 (ID Licitación).pdf
3. Documento de Garantía por concepto de Seriedad de la Oferta, según lo indican los artículos Nº 11 y 12 de las presentes bases.
La ausencia de uno (1) o más formularios facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible administrativamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible administrativamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento.
ARTÍCULO N°22: ANTECEDENTES TÉCNICOS
Los Antecedentes Técnicos requeridos para el presente proceso de licitación se encuentran individualizados en el Formulario de antecedentes técnicos. Esta información debe ser entregada en su totalidad de acuerdo a lo solicitado. En este documento se solicitarán los aspectos de orden técnicos necesarios para la evaluación de las ofertas.
Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta:
Formularios antecedentes técnicos (ID Licitación).pdf
La ausencia de uno (1) o más de los formularios o certificados requeridos en Formulario Antecedentes Técnicos facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible técnicamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible técnicamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento.
ARTÍCULO N° 23: ANTECEDENTES ECONÓMICOS
La oferta económica deberá ser ingresada por los oferentes en la ficha digital de la propuesta en la plataforma de mercado público. En dicha plataforma, los valores deben ser expresados en pesos chilenos, sin impuestos incluidos.
Esta información deberá ser congruente con el siguiente documento que debe adjuntarse como antecedente económico:
1. Formulario Resumen Oferta: Documento firmado por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual el oferente señala el valor unitario y total para cada uno de los bienes y/o servicios ofertados.
El valor de la oferta deberá tener contemplado todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la contratación licitada, incluyendo garantía técnica, entre otros, por lo que no se podrán efectuar otros cobros asociados para el desarrollo de estos.
Cabe señalar que en este formulario se entregará información respecto a la exigibilidad de algunos hitos (presentación de garantías, capacitación, instalación, entre otros), y el cumplimiento de ellos será verificado previo a la aprobación del estado de pago.
Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta.
La ausencia del formulario facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento.
Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta:
Formulario Resumen oferta (ID Licitación).pdf
ARTÍCULO N° 24: DE LAS OFERTAS
1. Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de días corridos indicados en el Numeral 8 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, no se ha realizado la adjudicación o esta no se encuentra totalmente tramitada, podrá solicitarse a los oferentes la prórroga de las ofertas y garantías (cuando proceda). Los oferentes podrán ratificar sus ofertas o desistirse de ellas.
2. Cada oferente podrá presentar una oferta por licitación. Los valores unitarios netos o brutos según corresponda (ver artículo 9 de las presentes bases) deberán ser ingresados al Sistema de Información en forma obligatoria en los plazos establecidos en el artículo N°18 de las presentes bases. De existir discrepancia entre la información económica presentada en algún formato y la ingresada en el Sistema de Información, prevalecerá esta última. Sin embargo, la entidad licitante se reserva la facultad de aclarar estas discrepancias a través de foro inverso.
3. El costo del flete, embalaje, obras menores requeridas para la instalación, capacitación y/o cualquier otro gasto relacionado con la entrega del bien y/o servicio adjudicado, se entenderá incluido en el monto de la oferta
CAPÍTULO IV. COMISIÓN EVALUADORA, APERTURA DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO N° 25: COMISIÓN EVALUADORA
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, cuya existencia e integración será establecida antes del cierre de la propuesta, la cual estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes designados por la Directora del Servicio de Salud Maule mediante una Resolución Exenta.
Cabe señalar que esta designación se realiza sobre la encomendación de funciones, ejemplo, Jefe de Unidad, Jefe de Departamento, Asesor, etc. Dicho esto, en ausencia de alguno de los integrantes de la comisión evaluadora durante el desarrollo de alguna de las funciones para las cuales fueron designados, estas funciones serán ejercidas por quien lo subrogue.
Cada uno de los miembros de la comisión evaluadora que participe en el proceso de compra deberá suscribir una declaración jurada que dé cuenta de la ausencia de conflictos de interés con los oferentes que participan del citado proceso.
Excepcionalmente, y de manera fundada, alguno de los integrantes de la Comisión designados por el Servicio de Salud Maule, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
La designación de la comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la Ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
• Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva, a la que solo corresponde tener acceso los integrantes de la comisión.
• Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases, en el Anexo Complementario y las Especificaciones Técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla por ser inadmisible.
• De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta y deberán efectuarse dentro del plazo requerido en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el artículo 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento.
• De acuerdo al artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al oferente certificados o antecedentes que hubiere omitido en su oferta, siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En tal caso, el oferente deberá responder a lo solicitado en la forma y plazo requeridos en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el artículo 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento.
• Proponer la inadmisibilidad de una oferta cuando de la revisión de los antecedentes presentados por el oferente se detectare que la información en ellos contenida no se ajusta a la realidad y no exista respuesta satisfactoria por parte del oferente. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la entidad licitante pudiere impetrar, atendida la gravedad de los hechos detectados, y del cobro de la garantía de seriedad de la oferta, de ser procedente.
• Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°20.730 que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante Autoridades y funcionarios y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
• Declarar que no tienen lazos de parentesco, laborales o de amistad, ni conflictos de interés con los oferentes y de confidencialidad de acuerdo a lo descrito en los Art. 35 quáter de las Ley 18.886. Para lo cual, cada integrante de la comisión de evaluación deberá emitir una declaración jurada, la cual se realizará una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución fundada que designa a los miembros de la comisión evaluadora.
En el caso que alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, presentara conflicto de interés, se deberá aplicar lo dispuesto en el Art Nº7 de las presentes bases. Y deberá ser reemplazado por otro integrante si fuere necesario.
• Confeccionar una Acta de Evaluación (Proposición de Adjudicación), de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de la Ley 19.886/2024, del Ministerio de Hacienda, la que deberá referirse especialmente a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
ARTÍCULO N° 26: APERTURA DE LA PROPUESTA
El proceso de apertura de ofertas sólo se realizará en forma electrónica a través de la plataforma de mercado público y de acuerdo con lo establecido en el Numeral 4 del Anexo Complementario. No se considera ningún acto presencial para el proceso de apertura.
Los Oferentes podrán efectuar observaciones a través de la plataforma de mercado público hasta las 24 horas siguientes a la publicación de la citada acta. Dichas observaciones serán respondidas dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su presentación, mediante el Sistema de Información de mercado público.
Mediante el Acto de Apertura, la Entidad Licitante revisará que todas las ofertas y documentos hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, en conjunto verificará la presentación en soporte papel de la garantía de seriedad de la oferta cuando corresponda.
Ante eventuales dudas o discrepancias al momento de la revisión de los antecedentes entregados por los oferentes, el departamento a cargo podrá realizar las aclaraciones que estime pertinentes utilizando el Sistema de Foro inverso habilitado en la plataforma de mercado público para estos efectos.
La entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Así mismo, podrá declarar inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la ley o el reglamento. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°59 del Decreto de la Ley N°19.886 y Artículo N° 62 del reglamento; cuando no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
ARTÍCULO N° 27: EVALUACION DE LA OFERTA
Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases serán sometidas a un proceso de evaluación cuyos factores y ponderaciones serán descritos en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
La escala a utilizar contempla valores desde 1 a 10 puntos, siendo 10 el puntaje máximo y 1 el mínimo a obtener, dicha evaluación se efectuará sobre las siguientes variables:
Criterio de Evaluación Ponderación %
A. Evaluación Económica Según detalle Numeral 10 Anexo Complementario
B. Evaluación técnica
C. Plazo de entrega o plazo de ejecución
D. Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta
E. Otros
A. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Se calificará el precio ofertado por cada oferente, según lo indicado en su oferta económica.
En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886.
El puntaje de este criterio se obtendrá de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10.1 del Anexo Complementario y dicho puntaje será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio en el Numeral 10 de dicho Anexo.
B. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se calificará el cumplimiento técnico de las ofertas de conformidad a lo señalado en el Numeral 10.2 del Anexo Complementario según el detalle de cada criterio y/o sub-criterio.
El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
C. PLAZO DE ENTREGA O PLAZO DE EJECUCIÓN
Corresponde a la cantidad de días corridos o hábiles que el oferente compromete para hacer la entrega del bien o servicio en caso de resultar adjudicado, según lo indicado en Numeral 10.3 del Anexo Complementario.
El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
En este criterio se evalúa el cumplimiento de la integridad de información solicitada en los formularios de presentación de la oferta, detallados en los artículos N°21, Nº22 y Nº23 de las presentes bases, y su asignación de puntaje se encuentra descrita en el Numeral 10.4 del Anexo Complementario.
El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
E. OTROS
En caso de ser necesario, podrán incorporarse otros criterios de evaluación adicionales a los ya mencionados. Estos criterios serán calificados de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
Finalmente, y de acuerdo a las fórmulas de asignación de puntaje para cada criterio y/o sub-criterio de acuerdo a lo señalado en el presente artículo y en complemento con lo señalado en el Numeral 10.5 del Anexo Complementario, se sumarán los puntajes finales ponderados para obtener el puntaje total de cada oferta, aplicando la siguiente fórmula:
Puntaje Total Oferta (i) = A. Evaluación Económica Oferta (i) + B.
Evaluación Técnica Oferta (i) + C.
Plazo de Entrega o Plazo de Ejecución Oferta (i) + D.
Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de la Oferta (i) + E.
Otros Oferta (i)
Donde:
Oferta (i): Oferta en evaluación.
Para obtener la oferta más conveniente desde el punto de vista técnico y económico, se compararán los puntajes totales obtenidos por cada participante, donde la oferta que presente el mayor puntaje total será propuesta para su adjudicación.
En caso de que se produzca un empate entre dos o más oferentes, la Comisión Evaluadora resolverá por aquel oferente que haya obtenido la más alta calificación en el criterio de mayor ponderación, de acuerdo a las ponderaciones establecidas en el Numeral 10 del Anexo Complementario y así sucesivamente.
De persistir el empate en todos los criterios de evaluación, se adjudicará al proveedor que hubiese ingresado su oferta en el Sistema de Información, en primer lugar, en fecha y hora, lo cual será verificado con el comprobante de ingreso de oferta disponible en la plataforma de mercado público.
Cabe señalar que la revisión de eventuales empates será analizada con un máximo de 3 decimales.
ARTÍCULO N° 28: DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez evaluadas las ofertas de acuerdo al sistema de evaluación descrito anteriormente, se procederá según se indica a continuación:
1. La Comisión Evaluadora propondrá a la autoridad adjudicar la propuesta con la mejor ponderación de acuerdo a lo establecido en el artículo N°27 de las presentes bases.
2. De presentarse un solo oferente, no se asegura la adjudicación del proceso. La entidad licitante se reserva el derecho de adjudicar o no a ese único oferente, considerando el presupuesto disponible y el cumplimiento de los requisitos del proceso de licitación.
3. Aprobada la Proposición de Adjudicación se dictará la Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en la plataforma de mercado público, y transcurridas 24 horas desde su publicación se entenderá conocida por todos los participantes del proceso. Posteriormente, se procederá a la firma del contrato respectivo (si corresponde), el cual será aprobado por resolución y enviado a Contraloría Regional para el trámite de Toma de Razón, cuando corresponda. Luego de totalmente tramitada dicha resolución, se procederá al envío de la Orden de Compra y ejecución del contrato. No obstante, sin perjuicio que pueda consignarse en el mismo acuerdo de voluntades que por razones de buen servicio las prestaciones que derivan de él se iniciarán con anterioridad, no obstante que su pago estará condicionado a la total tramitación de la resolución que lo aprueba, acorde con lo señalado en el dictamen N° 11.189, de 2008, de esta Contraloría General.
4. Para la devolución de la garantía de seriedad de la oferta se aplicará lo estipulado en los artículos N°11 y N°12 de las presentes bases.
5. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, visitas a terreno, presentaciones o exposiciones, que ésta pudiese requerir durante la evaluación.
6. Aquellos proveedores cuyas ofertas no hayan sido aceptadas, pueden hacer efectivo el Principio de Impugnabilidad regulado en los artículos N°10 de la Ley Nº18.575 y N°15 de la Ley Nº19.880.
7. En caso que, dentro de los plazos legales, se interpongan recursos administrativos en contra de algunas de las actuaciones de la entidad licitante, estos reclamos serán puestos en conocimiento de los demás participantes, sin perjuicio de que, si existieren motivos fundados, la autoridad decrete la suspensión del procedimiento hasta la resolución del reclamo presentado.
ARTÍCULO N° 29: DERECHOS DE LA ENTIDAD LICITANTE Y PROHIBICIONES
La Entidad Licitante se reserva el derecho de adjudicar o rechazar alguna o la totalidad de las ofertas presentadas, sobre la base del Informe Técnico de Evaluación y la aplicación de los criterios de evaluación descritos en el Artículo Nº 27 de las presentes Bases.
La Entidad Licitante podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento o declarar desierto el proceso cuando no se presenten ofertas, cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante. Lo anterior de acuerdo con los artículos 59 y 62 del Decreto de la Ley 19.866. Todas estas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
La evaluación de las ofertas recibidas que cumplan con las disposiciones establecidas en las presentes Bases serán evaluadas objetivamente utilizando para ello los criterios y los métodos de asignación de puntaje descritos en el presente documento.
La Proposición de Adjudicación, junto a todos los antecedentes de la Licitación, será enviada a la Autoridad para que apruebe o rechace dicha proposición.
La Entidad Licitante y/o la Unidad Técnica podrán realizar Auditorías Administrativas y/o Técnicas, encuestas de percepción usuaria, controles de calidad y/u otras mediciones que permitan constatar el cumplimiento a cabalidad de las prestaciones entregadas por el proveedor, de acuerdo a lo contratado e indicado en la oferta respectiva. Lo anterior se podrá realizar con funcionarios del Servicio de Salud Maule o con personal externo.
Se prohíbe al oferente adjudicado subcontratar o ceder a cualquier título el contrato firmado con la Entidad Licitante, emanado del proceso de adjudicación de la presente propuesta pública.
La entidad licitante podrá modificar las fechas de adjudicación, si se presentaran las siguientes situaciones:
1. Cuando la Comisión Evaluadora no pueda sesionar, en las fechas establecidas.
2. Debido a evento de fuerza mayor o caso fortuito calificado por la entidad licitante.
3. Imposibilidad de adjudicar el proceso, debido a ausentismo del personal encargado de esta tarea.
4. Cuando las ofertas recibidas sobrepasen de manera significativa a las ofertas estimadas. Situación que aumentará el tiempo de evaluación de las mismas.
La nueva fecha de adjudicación será informada a través del Sistema de Información, la que no superará el número de días contemplados originalmente.
El adjudicatario no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial lo establecido en el contrato definitivo.
Lo anterior es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, los cuales podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
ARTÍCULO Nº 30: REVOCACIÓN ART. 61 DE LA LEY 19.880
El artículo 61 de la Ley N°19.880, permite la revocación de oficio de los actos administrativos por el órgano que los hubiere dictado, salvo cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente, cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto.
La revocación ha sido recogida como una aplicación funcional en la plataforma de Mercado Público, mediante la cual, existiendo una licitación ya publicada y en curso, la Administración se desiste de su prosecución, en base a una decisión debidamente fundada, deteniéndose irrevocablemente el proceso licitatorio, cuestión que sólo puede efectuarse hasta antes de verificarse la adjudicación.
ARTÍCULO Nº 31: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del código civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.
Si el contratista se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales a causa de la Entidad Licitante, fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar por escrito, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la ocurrencia de los hechos, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la entidad licitante, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde que haya sido notificada.
ARTÍCULO Nº 32: CLÁUSULA DE READJUDICACION
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, de acuerdo con el Artículo 58 inciso final del Decreto de la Ley 19.886, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Entidad Licitante, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CAPÍTULO V DEL CONTRATO
ARTÍCULO N° 33: SUSCRIPCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato deberá ser suscrito entre el Oferente Adjudicado y la entidad licitante en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación de la licitación en la plataforma de mercado público. El Contrato podrá suscribirse en soporte de papel o electrónico, conforme a las disposiciones de la Ley № 19.799.
El Contrato, que consta de dos (02) copias, incluirá las cláusulas y condiciones esenciales a las que se obligan las partes. En virtud de este acuerdo, el Oferente Adjudicado se compromete a cumplir las obligaciones del Contrato de acuerdo con lo estipulado en los documentos, antecedentes y en las Bases de Licitación. El Contrato será formalizado mediante la firma conjunta del (o los) representante(s) legal(es) del Oferente Adjudicado y del Servicio de Salud Maule.
Todos los gastos, certificaciones, copias autorizadas, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del Oferente Adjudicado, en adelante el “Proveedor”. En consecuencia, el Servicio de Salud Maule no asumirá en caso alguno el pago de impuestos, tasas, derechos fiscales u otros, vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven.
En caso de que el Proveedor sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se deberán presentar todos los antecedentes señalados en el Artículo Nº 16 de las presentes Bases de Licitación.
En primer lugar, el proveedor adjudicado deberá ingresar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato según lo indicado en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Una vez que la garantía se encuentre recibida a conformidad por la Unidad encargada del proceso licitatorio, se procederá a enviar el documento de contrato para la firma del adjudicatario. Si el vencimiento del plazo de entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato o del documento de Contrato recae en día sábado, domingo o festivo, el plazo de entrega se prorrogará automática e impostergablemente hasta el día hábil siguiente. En caso que el proveedor no haga entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en el plazo establecido para ello, o bien, no firma o envía el contrato y/o la documentación establecida como requisito para contratar, en el plazo máximo establecido para ello, la entidad licitante podrá entender por desistida su oferta, haciéndose efectivo el documento de garantía de Seriedad de Oferta.
En ese caso, adicionalmente, y si la Comisión Evaluadora así lo determina podrá proponer dejar sin efecto la adjudicación, procediéndose a adjudicar al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección según la Propuesta de Adjudicación emitida por la Comisión Evaluadora según cuadro comparativo y así sucesivamente, en la medida que se cumplan íntegramente con las bases y resulten convenientes a los intereses institucionales. Lo anterior no procederá, si la entidad licitante opta por efectuar un nuevo llamado, en razón que las restantes ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
El contrato producirá efectos sólo una vez que esté totalmente tramitado y notificada la resolución que lo aprueba. Junto con la notificación del contrato se hará envío de la Orden de Compra correspondiente, y el plazo de entrega de los bienes y/o servicios será contabilizado de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10.3 del Anexo Complementario.
El Proveedor se entenderá́ notificado a partir de la adjudicación efectuada en la plataforma de Mercado Público. Cabe señalar por razones de buen servicio, las obligaciones de los contratos podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que los apruebe, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en dictamen Nº 14.362, de fecha 2 de abril de 2008.
El contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes en aquellos casos en que, por causas no imputables a ellos, alguno de los hitos exigidos no pueda ser ejecutado porque no existen las condiciones para llevar a cabo dicho proceso, debiendo dejar constancia escrita en el respectivo Addendum, el cual formará parte integrante del contrato.
El envío del contrato (o Addendum) firmado por el adjudicatario deberá ser coordinado con el área de contratos del Dpto. a cargo del proceso licitatorio.
ARTÍCULO N° 34: REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos, considerando además el envío de los documentos, en el caso que ello no estuviese debidamente actualizado en el Registro de Chileproveedores.
Previo a la firma del contrato el Proveedor deberá́:
a) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”. En caso de que el Proveedor sea (UTP), cada Proveedor de la Unión Temporal deberá́ estar inscrito en el Registro de Proveedores, y estar en estado “Hábil”.
b) Entregar previamente una garantía para asegurar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en la forma y condiciones establecidas en los artículos N°11, N°13 y N°33 de las presentes bases conforme a lo establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario.
c) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.
d) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia de la sociedad con antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
e) Cuando el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, se deberá acreditar que la vigencia de dicha unión no es inferior a la del contrato adjudicado, además se deberán presentar los documentos señalados en los puntos c) y d) por cada integrante de la UTP (según corresponda).
f) En adquisiciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, tratándose de un adjudicatario que se presenta con la figura de Unión Temporal de Proveedores, éste deberá presentar la escritura pública según lo indicado en el Artículo 52 de la Ley de Compras N°19.886.
g) Certificado emitido por la Inspección del Trabajo que acredite el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este certificado deberá tener una data máxima de 5 días previos a la presentación del documento.
h) Declaración jurada del oferente que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigente a la fecha de presentación de los antecedentes para la firma del contrato.
i) Formulario Autorización Transferencia Electrónica, en el cual se señalan los datos de la cuenta a la cual deberá(n) realizarse el (los) pago(s).
Lo indicado en los párrafos precedentes, aplicará para aquellos proveedores que resulten adjudicados por un monto total igual o superior a 1.000 UTM (Impuestos incluidos).
Aquellos proveedores que resulten adjudicados en montos menores a 1.000 UTM y cuyos bienes o servicios adjudicados sean clasificados como bienes y servicios de simple y objetiva especificidad, su contrato se formalizará exclusivamente con el envío de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor.
La emisión y envío de la Orden de Compra estará supeditada a la recepción satisfactoria de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, cuando proceda, por parte de la Unidad encargada del proceso licitatorio.
Para todos los casos en que el Contrato se formalice sólo a través de Orden de Compra, el plazo para aceptar la Orden de Compra es de 1 día hábil posterior a su envío. Aquel Proveedor que no acepte la orden de compra en dicho plazo, y haya hecho entrega del bien o servicio adjudicado, ya sea parcial o totalmente, su Orden de Compra se entenderá aceptada a partir del día hábil siguiente al envío de ésta.
Tal como se encuentra señalado en párrafos precedentes, el adjudicatario se obliga a entregar el bien o servicio adjudicado previa coordinación con el Referente Técnico.
Del mismo modo el adjudicatario deberá entregar los bienes o servicios de acuerdo al plazo de entrega ofrecido, o bien el plazo exigido según se indique en el Anexo Complementario.
ARTÍCULO Nº 35: ORDEN DE COMPRA
Las órdenes de compras serán emitidas por la Unidad de Adquisiciones del Servicio de Salud Maule posterior a la asignación del presupuesto correspondiente, de conformidad con el tipo de financiamiento definido en el Numeral 3 del Anexo Complementario.
ARTÍCULO N° 36: PRE-FACTURA
En el caso de la contratación de servicios cuyo monto sea variable, el proveedor de forma mensual deberá emitir una nómina, con el detalle de las prestaciones realizadas en el mes, la cual será enviada vía correo electrónico al Referente Técnico o al Administrador de Contrato, quien validara dicha nómina, y generará la solicitud de emisión de la orden de compra a la Unidad de Adquisiciones de la Dirección del Servicio de Salud Maule
De conformidad a la naturaleza de los bienes o servicios a adquirir, el envío de la(s) orden(es) de compra podrá ser realizada de manera previa o posterior a la entrega de los productos o servicios, lo cual será detallado en el Numeral 17 del Anexo Complementario.
ARTÍCULO N° 37: ORDEN DE FACTURACIÓN
Una vez que el referente técnico o el Administrador de Contrato reúnan y validen la información de respaldo que dé cuenta del correcto cumplimiento en la entrega de los bienes o servicios contratados, tomarán contacto con el adjudicatario para informar que ya puede emitir su factura. Este procedimiento aplicará de conformidad a lo señalado en el Numeral 15 del Anexo Complementario.
No obstante, lo anterior, en caso de recibir una factura que no cuente con recepción conforme, la entidad receptora podrá reclamar la factura ante el Servicio de Impuestos Internos.
ARTÍCULO Nº 38: AUMENTOS O DISMINUCIONES DE CONTRATO
1.- Los aumentos de plazo y cualquier modificación del contrato: requerirá autorización expresa del Jefe de Servicio, lo cual quedará respaldado mediante Resolución Fundada. En aquellos casos donde de acuerdo a las normas e instrucciones para la Inversión Pública del Sistema Nacional de Inversiones se requiera reevaluación, el resultado favorable de esta última será condición para la autorización.
En el caso de la contratación de bienes o servicios cuyo valor unitario fue desglosado en la oferta, los aumentos o disminuciones de contrato deberán ajustarse a dicho valor. En caso de presentarse la necesidad de realizar un aumento de contrato respecto de bienes o servicios que por su naturaleza no fueron expresados en valor unitario en la presentación de la oferta, el adjudicatario deberá presentar una cotización detallada, la cual será revisada por la entidad licitante y de ser aprobada esta modificación será autorizada mediante resolución fundada.
De presentarse la necesidad de realizar disminuciones de contrato, éstas deberán ser acreditadas por la entidad licitante y autorizadas mediante resolución fundada. Esta disminución no dará derecho a indemnización alguna por parte de la entidad licitante.
Para todos los casos, las modificaciones de contrato no podrán exceder el 30% del monto total contratado.
2.- Prórroga del contrato: se podrá prorrogar el contrato de conformidad a lo indicado en el Reglamento de Compras, en su artículo Nº42, Numeral 3 y artículo Nº129 del Reglamento, en los siguientes casos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos:
(i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
(ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
(iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
ARTÍCULO Nº 39: DE LA RECEPCION CONFORME
La recepción conforme por la correcta entrega de los bienes o servicios se realizará a través de la plataforma de mercado público una vez que el Referente Técnico o el Administrador de Contrato envíe el certificado de conformidad correspondiente, respaldando la correcta entrega de dichos bienes o servicios.
En aquellos bienes ingresados directamente en alguna de las bodegas del Servicio de Salud Maule, los productos se considerarán recepcionados cuando el encargado de la respectiva bodega envíe al Departamento de Finanzas y a la Unidad de Adquisiciones el formulario “Acta de recepcion, emplazamiento e instalación”.
En el evento de existir reparos u observaciones en la calidad y/o condiciones del producto recibido o servicio prestado, el pago sólo se realizará una vez solucionadas dichas observaciones. Para efecto del cálculo de eventuales multas, las causales para la aplicación de las mismas serán definidas en el Numeral 14 del Anexo Complementario.
Cabe señalar que, para efecto de contabilización del plazo de entrega, los bienes no se consideran recepcionados si éstos cuentan con alguna observación.
ARTÍCULO Nº 40: MODALIDAD DE PAGO
La entidad licitante gestionará de manera directa el pago de las obligaciones a sus proveedores, velando por el correcto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Nº21.131 que establece el pago a 30 días.
Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda, a través de Ord. Nº14 de fecha 08 de marzo de 2023.
El pago podrá ser realizado a través de uno o más estados de pago, lo cual dependerá de las etapas descritas en el Numeral 15 del Anexo Complementario.
La facturación deberá realizarse con fecha igual o posterior a la fecha inscrita en la recepción conforme, la cual se realizará una vez que se hayan acreditado los siguientes hitos:
- Correcta entrega de las Garantías solicitadas.
- Correcta entrega de los bienes o servicios adquiridos, lo cual deberá ser respaldado con la documentación señalada en el Numeral 15 del Anexo Complementario.
- Estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Declaración Jurada del adjudicatario que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigentes a la fecha de presentación del estado de pago.
- Emisión de la Resolución que aplica multa (cuando corresponda).
- Comprobante de depósito o transferencia del monto asociado a la multa (cuando corresponda).
Se hace presente que la solicitud de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales constituye el ejercicio del derecho de información contemplado en el Artículo Nº183 letra C y D del Código del Trabajo. En caso de encontrarse deudas previsionales, estas podrán ser descontadas y enteradas en la institución previsional correspondiente.
Cabe señalar que los documentos solicitados en el presente artículo son complementarios a los que puedan ser individualizados en el Numeral 15 del Anexo Complementario (acta de entrega de terreno, carátula de avance físico y presupuestario, etc.).
En aquellos bienes o servicios que por su naturaleza puedan ser ejecutados en su totalidad dentro de un mismo período (recepción, instalación, capacitación, etc.), esta adquisición podrá ser facturada en un único pago. Lo anterior se encuentra definido en el Numeral 15 del Anexo Complementario.
En la contratación de bienes o servicios que requieran más de un estado de pago la documentación señalada en párrafos precedentes deberá ser presentada para cada uno de los estados de pago.
El compromiso de pago a 30 días se iniciará una vez que se ha dado correcto cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en el pliego de condiciones que rige el presente proceso o en el contrato, lo cual será materializado a través de la emisión del CERTIFICADO DE RECEPCIÓN CONFORME y su gestión en el aplicativo de RECEPCION CONFORME EN LA ORDEN DE COMPRA respectiva. Ello implica que el compromiso de pago a 30 días contados a partir de la fecha de emisión de la factura será efectivo toda vez que la orden de compra respectiva cuente con RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma de mercado público.
Si el adjudicatario emite una factura sin contar con el visto bueno de la entidad licitante, el Dpto. de Finanzas procederá a la reclamación de la factura respectiva según lo establece el procedimiento contemplado en el artículo 3° de la ley N° 19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la recepción conforme y sin observaciones.
Aquellos bienes o servicios cuya entrega se encuentre afecta a la aplicación de una multa, dicha multa podrá ser transferida directamente a la Entidad señalada en el Numeral 16 del Anexo Complementario, o bien, esta multa podrá ser descontada de manera directa sobre la factura emitida por el proveedor. En aquellos casos donde la multa sea transferida a la entidad correspondiente, el proveedor deberá enviar comprobante de transferencia o depósito al correo de contacto individualizado para la coordinación de facturación y pagos (Numeral 16 del Anexo Complementario).
Considerando que el pago se ejecutará mediante transferencia electrónica, se requiere que el proveedor al momento de la contratación complete y envíe el Formulario Autorización de Pago por Transferencia Electrónica. En este formulario se señalan los datos de la cuenta a la cual se realizará el pago, y corresponde a una declaración simple por parte del proveedor que debe ser firmada por el oferente o por quien éste faculte legalmente para su representación. Este formulario debe remitirse digitalmente al correo de contacto señalado en el Numeral 16 del Anexo Complementario.
La facturación deberá realizarse a nombre de la institución mencionada en el Numeral 1 del Anexo Complementario y deberá facturarse en forma separada de acuerdo a las indicaciones señaladas en el Formulario Económico. Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Orden de compra resultante de este proceso de compra, en caso contrario no se cursará el respectivo pago.
En caso de modificaciones sociales u otros aspectos legales que afectaren entre otras, la propiedad, domicilio, representación legal de la sociedad contratante original, deberá comunicarse de inmediato estos hechos al Servicio de Salud Maule, para evaluar la vigencia del contrato.
Constituye un incumplimiento de las obligaciones del contrato el no informar a la entidad licitante, oportunamente, cualquiera de las modificaciones o cambios antes señalados.
De acuerdo a lo señalado en el artículo N°4 de la Ley Nº19.886, y en caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el Mandante o la Entidad Licitante, según corresponda, podrá retener el Estado de Pago hasta que el oferente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
ARTICULO Nº 41: FACTORING
La entidad licitante aceptará que el proveedor entregue su facturación a empresas de factoring o a aquellas que presenten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los bienes recibidos y en los tiempos que el Servicio se ha comprometido a pagar. Dicho proceder se detalla a continuación:
a) La empresa de factoring deberá comunicarse con el Departamento de Finanzas respectivo (dependiendo del tipo de financiamiento indicado en el Numeral 3 del Anexo Complementario), para verificar la recepción conforme de la(s) factura(s) que se pretende recibir en factoring. Así mismo las consultas en relación a lo anterior podrán ser canalizadas a través de los datos de contacto señalados en el Numeral 16 del Anexo Complementario.
b) En caso de haberse notificado válidamente al Departamento de Finanzas respectivo y no existiendo obligaciones pendientes, se originará el pago del o los documentos factorizados a nombre de la empresa que los haya recibido en factoring. Extinguiéndose las obligaciones con el proveedor.
En el caso de que existan pagos de multas pendientes, y la factura haya sido factorizada, el cobro de la multa será descontado directamente de las garantías o de los pagos pendientes al proveedor dándose aplicación a lo dispuesto en el Art. N°127 del Reglamento en el cual se faculta a la entidad licitante a no cumplir el contrato de factoring si existen obligaciones o multas pendientes.
ARTÍCULO Nº 42: INCUMPLIMIENTOS DEL ADJUDICATARIO
En el caso que el adjudicatario no cumpla con una o más de las obligaciones señalas en el contrato, incluido sus anexos y formularios técnicos, administrativos y económicos, la entidad licitante podrá aplicar una sanción cuyo detalle y montos máximos se encuentran individualizados en el Numeral 14 del Anexo Complementario.
Las multas podrán ser descontadas del pago inmediatamente siguiente (en el caso de la ejecución de servicios), o podrán ser descontadas directamente sobre la factura emitida por el adjudicatario en aquellas contrataciones que contemplen un único estado de pago.
No obstante lo anterior el monto de la multa podrá ser transferido de manera directa en la cuenta corriente del Organismo que financia la contratación, lo cual será señalado en el oficio de notificación que detalla el incumplimiento.
ARTÍCULO Nº 43: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS
Por parte de la entidad licitante, previo requerimiento del Referente Técnico, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que este fije en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, la garantía que se cobrará o el contrato al que se pone término. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer (3) día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos que corresponda al domicilio del notificado, teniendo el proveedor un plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente sobre la aplicación de la multa. En caso de aplicación de la sanción, ésta será por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor a través de carta certificada. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
En consecuencia, el cobro de la multa, el cobro de la garantía o el término anticipado del contrato, se ejecutarán una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido.
De acuerdo a lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley.
ARTÍCULO Nº 44: TÉRMINO ANTICIPADO o MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Podrá ponerse término anticipado al Contrato, o modificarse el Contrato en los casos indicados en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 y artículo N°130 del Reglamento de la Ley de Compras y, en los siguientes casos:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley 19.886 y 129 del Reglamento de Ley de Compras. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley 19.886 y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
8. Cuando la entrega de los bienes o servicios, ya sea la entrega material o alguno de los hitos que forman parte de lo adjudicado (instalación, capacitación, etc.), se paralice o demore sin causa justificada, más allá del plazo contractual. Lo anterior aplicará cuando esta demora implique una sanción económica superior al tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario.
9. Por haber incurrido en una o más multas cuyo total supere el tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario.
10. Cuando, de acuerdo a lo informado por el Referente Técnico y a juicio del Servicio de Salud Maule el proveedor demuestre incapacidad técnica para ejecutar las adecuaciones adicionales o especiales que se hubieren exigido para el bien objeto de la adjudicación, o si el proveedor incumpliere las observaciones o instrucciones impartidas por la entidad licitante para la ejecución del Contrato.
11. Por infracción de cualquier prohibición expresa establecida en el contrato, en las Bases o cualquiera de los documentos que las integran.
12. En el caso que los productos o servicios entregados por el adjudicatario no sean acorde a los estándares de calidad establecidos en las presentes bases de conformidad a lo exigido en las especificaciones técnicas y a la oferta presentada por el adjudicatario
13. Por la incapacidad del proveedor para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros.
14. Si el adjudicado corresponde a la figura de Unión Temporal de Proveedores, y se comprobase que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
16. Si se comprobase la ocultación de información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de los integrantes de la UTP.
17. Si se registrase inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que esta Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
18. Si se registrara la disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
19. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. En el caso de tratarse de una UTP, deberá ser suscrito por todos sus integrantes.
20. Si la entidad licitante, comprueba errores en la autenticidad de alguno de los documentos presentados por el adjudicatario durante la ejecución del contrato.
21. Registro de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados en los dos últimos años y hasta la mitad del plazo de duración del contrato, con un plazo máximo de seis meses.
22. Por incumplimiento debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, siempre y cuando ello no se deba a un caso fortuito o fuerza mayor
23. Si el proveedor cediera el contrato, según prohibición establecida en las presentes bases.
24. Término de giro, liquidación o disolución de la sociedad. En estos casos, el adjudicatario deberá comunicar estos hechos a la entidad licitante, dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde la fecha de su ocurrencia.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información
De acuerdo a lo señalado en párrafos precedentes, en caso de Unión Temporal de Proveedores formado por personas naturales o jurídicas dedicado a cualquier actividad o giro, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula, se considerará como proveedor al conjunto y a cada uno de los miembros que la integran.
44.1. PROCEDIMIENTO PARA DAR TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO
En caso de hacer efectivo el término anticipado de contrato, previo requerimiento del Referente Técnico, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que este fije en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el término del contrato. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos que corresponda al domicilio del notificado, teniendo el proveedor un plazo de cinco días hábiles desde la notificación, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente. En caso de aplicar el Término Anticipado de Contrato, ésta será formalizado por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor a través de carta certificada. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
En consecuencia, el término anticipado del contrato, se ejecutará una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido.
De acuerdo a lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley.
En caso de verificarse la efectiva ocurrencia de alguna de las causales definidas para proceder a un Término anticipado de contrato, el Referente Técnico emitirá un informe que contenga a lo menos lo siguiente:
1. Identificación del Proveedor.
2. Individualización de los documentos de adjudicación.
3. Fecha del incumplimiento por parte del proveedor.
4. Indicación de la causal de término anticipado, los hechos que la configuran y documentación de respaldo.
5. Informe Técnico.
Con esta información, la entidad licitante dictará el acto administrativo que dé inicio al procedimiento de término anticipado del contrato.
En primera instancia y tal como se ha descrito en el presente documento, de aplicarse un término anticipado del contrato por alguna causal atribuida al proveedor, procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
ARTÍCULO Nº 45: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda discrepancia, diferencia o conflicto en relación a la aplicación y comprensión del contrato, bases administrativas y/o antecedentes de la licitación durante su ejecución, será resuelta por la Dirección del Servicio de Salud Maule, o quien subrogue.
Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República en la materia.
ARTÍCULO N° 46: DOMICILIO CONTRACTUAL
Aun cuando no se exprese en el Contrato, el adjudicatario constituye domicilio en la ciudad de Talca, para todos los efectos legales.
ARTÍCULO N° 47: PRELACIÓN DE ANTECEDENTES
1. Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº21.634
2. Reglamento de la Ley Nº19.886 contenido en el D.S. N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones.
3. El set de respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas a los antecedentes administrativos y técnicos.
4. Las bases de administrativas, especificaciones técnicas y formularios, o sus modificaciones.
5. Oferta Adjudicada.
6. Resolución de Adjudicación.
7. El contrato.
8. Resolución que aprueba el contrato.
9. Orden de compra.
FORMULARIO 1-A: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “PERSONA NATURAL”
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
DATOS DE LA PERSONA NATURAL
Nombre Completo:
Cédula de Identidad:
Domicilio (Calle, N°, Ciudad)
Comuna, Región
Teléfono (Fijo/Móvil)
Correo Electrónico
DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR
Nombre Completo:
Cédula de Identidad:
Teléfono (Fijo/Móvil):
Correo Electrónico:
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Tipo de documento (Ejemplo: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.)
N° de documento:
Entidad emisora:
Fecha de vencimiento:
Firma
,
FORMULARIO 1-B: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “PERSONA JURÍDICA”
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
DATOS DE LA PERSONA JURÍDICA
Razón Social:
Giro:
RUT:
Domicilio (Calle, N°, Ciudad)
Comuna, Región
Teléfono (Fijo/Móvil)
Correo Electrónico
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nombre Completo
Cédula de Identidad
Domicilio (Calle, N°, Ciudad)
Comuna, Región
Teléfono (Fijo/Móvil)
Correo Electrónico
Documento en que consta su personería
Nota: Si son dos o más los representantes legales se deberá indicar los datos de cada uno de ellos conforme al cuadro precedente.
DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR
Nombre Completo:
Cédula de Identidad:
Teléfono (Fijo/Móvil):
Correo Electrónico:
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Tipo de documento (Ej.: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.)
N° de documento:
Entidad emisora:
Fecha de vencimiento:
Firma
,
FORMULARIO 1-C: CARTA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE “UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)”
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
Nombre de la Unión Temporal de Proveedores: ___________________
INTEGRANTES DE LA UTP
N° Nombre Integrante/Razón Social RUT
1
2
3
4
DATOS DEL REPRESENTANTE O APODERADO
Nombre Completo
Cédula de Identidad
Domicilio (Calle, N°, Ciudad)
Comuna, Región
Teléfono (Fijo/Móvil)
Correo Electrónico
Notaría y fecha del documento privado o público de formalización de la unión
DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR
Nombre Completo:
Cédula de Identidad:
Teléfono (Fijo/Móvil):
Correo Electrónico:
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Tipo de documento (Ejemplo: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.)
N° de documento:
Entidad emisora:
Fecha de vencimiento:
Firma
,
FORMULARIO 2: DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN Y DE HABILITACIÓN PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
Nombre Licitación Pública: ___________¬¬¬_________________________________
ID: ___________________________________
YO: _____________________ _______, cedula nacional de identidad N° ____________________ con domicilio en ____________________ _____________, declaro lo siguiente:
El Oferente que suscribe, con el solo hecho de presentar su oferta a este proceso de compra declara y acepta explícitamente lo siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes y especificaciones técnicas requeridas para la entrega del bien y/o servicio.
2. Estar en conocimiento de que la entrega, instalación y capacitación de los bienes y/o servicios cotizados, serán de cargo y responsabilidad nuestra. Lo anterior aplica para todos aquellos hitos que sean necesarios para el uso operativo del bien y/o servicio cotizado.
3. Estar en total conocimiento y acuerdo con las aclaraciones y/o modificaciones presentadas por la entidad contratante y que hayan sido presentadas previo a la fecha cierre de recepción de ofertas.
4. Estar conforme con las disposiciones generales y específicas requeridas para este proceso de contratación.
5. Declaro no estar afectado por alguna de las causales de inhabilidad señaladas en la Ley de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, esto es la Ley 19.886 y las modificaciones que le sean aplicables a la fecha de suscripción de la presente declaración jurada (aplica Ley 21.634), y que se encuentran detalladas a continuación:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo Nº 33 y Nº34 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 56 de la ley N°18.575.
- No me encuentro inhabilitado por una o más de las causales establecidas en el artículo 35 quáter de la ley Nº19.886.
- No haber sido condenado en los últimos 2 años, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidas en el código penal.
NOTA: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
Para las ofertas o cotizaciones presentadas a través de una Unión Temporal de Proveedores, este formulario deberá ser completado por cada integrante de la UTP, siendo firmado por el oferente o representante legal correspondiente a dicho integrante, según sea el caso.
Firma
,
FORMULARIO: ANTECEDENTES TÉCNICOS
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
El presente documento debe ser ingresado como anexo de la oferta, según se estipula en las Bases de licitación.
NOMBRE LÍNEA: (se puede ingresar un cuadro por línea)
Descripción DETALLE
1 Certificados de representación de la marca vigente a la fecha de cierre de la licitación ADJUNTAR DENTRO DEL
PRESENTE FORMULARIO
2 Servicio post venta
Periodo de Garantía Técnica. La garantía se inicia desde la fecha del Formulario “Acta de recepción, emplazamiento e instalación”. El periodo de garantía técnica se iniciará desde la fecha señalada en el Formulario “Acta de recepción, emplazamiento e instalación”.
Se establece un mínimo de 12 Meses como garantía técnica. (INGRESAR PERIODO DE GARANTÍA OFERTADO EN MESES PARA LA LÍNEA OFERTADA)
Nombre Oferente :
Rut Oferente :
Representante Legal :
Rut Repr. Legal :
Email Contacto :
Teléfono Contacto :
CERTIFICADO DE REPRESENTACIÓN DE LA MARCA
SERVICIO TECNICO
DETALLE DEL SERVICIO TECNICO AUTORIZADO
Razón Social Servicio Técnico Autorizado
Dirección
Ciudad
Teléfono
Sucursales En Regiones
Servicio Técnico Válido Para: : (Indicar cuál o cuáles son las regiones donde está disponible el Servicio técnico)
Persona Responsable de Serv Técnico : (Indicar nombre completo del responsable del servicio técnico)
Correo Electrónico (Responsable Del S. Técnico)
Indicar nombre(s) y adjuntar certificado(s) vigente(s) de personal técnico capacitado en fábrica. : (Indicar nombre(s) completo(s) del personal técnico capacitado en fábrica) y copiar en este documento certificado(s) vigente(s).
Modo De Funcionamiento Del Servicio Técnico : (Adjuntar descripción de funcionamiento del servicio técnico en formato .pdf)
Servicio Técnico Para su consideración se deben adjuntar (dentro de este formulario) los certificados de capacitación en fábrica personalizados y/o en su defecto certificado ISO vigente para Servicio técnico
a) Oferente con Servicio Técnico propio con capacitación y certificación en fábrica Marque con una x la(s) opciones de su servicio técnico
b) Oferente con Servicio Técnico certificado ISO 9001/2008 o versión vigente Marque con una x la(s) opciones de su servicio técnico
c) Oferente con Servicio Técnico externalizado Marque con una x la(s) opciones de su servicio técnico
NOTA: AGREGAR OTROS CUADROS DE IDÉNTICAS CARACTERÍSTICAS EN CASO DE REQUERIR ENTREGAR INFORMACIÓN DE OTROS SERVICIOS TÉCNICOS
El no cumplimiento, de conformidad a la información entregada en el presente Formulario, facultará a la Entidad Licitante para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº 13 de las Bases Administrativas.
FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD:
Firma
,
CERTIFICACION CAPACITACION EN FABRICA (PERSONAL VIGENTE)
CERTIFICACION SERVICIO TECNICO ISO (VIGENTE)
FORMULARIO: RESUMEN OFERTA
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
Línea de licitación Cant. Presupuesto estimado* Plazo de entrega ofertado** Valor unitario neto ofertado (sin impuestos) Valor Total neto ofertado (sin impuestos)
Estación de macroscopía 1 $32.011.000
Procesador de tejidos 1 $105.315.000
Dermatoscopio 1 $1.690.000
Recordar que el valor ingresado en el comprobante de oferta debe ser en valor neto o bruto según corresponda (ver artículo 9 de las Bases)
PARA EL PAGO: Método de cobro (marque solo una)
Emite factura exenta de IVA
Emite factura afecta a IVA
Emite boleta de honorarios (indicar el % de retención al que está afecto)
*Nota: si el presupuesto informado corresponde a presupuesto “disponible” de acuerdo a lo señalado en el Numeral 3 del Anexo Complementario, las ofertas deberán ajustarse al monto informado disponible “por línea”. En caso de presentarse ofertas que superen dicho monto, la entidad licitante revisará la disponibilidad de recursos considerando las ofertas recibidas para las otras líneas contempladas en el decreto o asignación presupuestaria, y en dicho tenor podrá aceptar dichas ofertas. Lo anterior sólo aplicará si los recursos disponibles lo permiten, de lo contrario las ofertas que superen el presupuesto informado por línea podrán ser declaradas inadmisibles.
** El plazo de entrega a ofertar corresponde a la entrega operativa, es decir, el plazo ofertado debe incluir todos los hitos correspondientes al tipo de recepción y cuyo detalle se encuentra señalado en el Numeral 13 del Anexo Complementario
Despacho y Requerimientos para el/los proveedores adjudicados
Línea de licitación Equipo/equipamiento Despacho*** Requiere Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato **** Tipo de recepción
***** Requiere Capacitación Requiere mantención
Cantidad
(Hospital a despachar)
Estación de macroscopía Equipo 1
No Instalación Sí Sí
Hospital de Talca
Procesador de tejidos Equipo 1
Sí Emplazamiento Sí Sí
Hospital de Talca
Dermatoscopio Equipo 1 No Recepción No No
Hospital de Curicó
*** El despacho deberá realizarse al recinto indicado. Del mismo modo la facturación deberá realizarse separada por ítem, es decir, separado Equipo y Equipamiento, además que debe ser separada por Hospital, en este caso hospital de Talca y Hospital de Curicó.
**** No obstante lo señalado en gráfica anterior, aquellos proveedores que resulten adjudicados por un monto superior a las 1.000 UTM, deberán presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato.
***** Las especificaciones del tipo de recepción se encuentran definidas en el numeral 13 del Anexo Complementario.
Nombre Oferente :
Rut Oferente :
Representante Legal :
Rut Repr. Legal :
Email Contacto :
Teléfono Contacto :
FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD:
Firma
,
FORMULARIO: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (E.E.T.T)
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Estación de macroscopía
IDENTIFICACIÓN DE LA OFERTA
EMPRESA
EQUIPO
FABRICANTE
MODELO
PROCEDENCIA
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBLIGATORIO/DESEABLE CUMPLE SI/NO OBSERVACIONES
GENERAL
1.1 Estación de macroscopía para Anatomía Patológica OBLIGATORIO
1.2 Incluye (01) una zona de trabajo al lado izquierdo o derecho OBLIGATORIO
1.3 Acceso rápido a funciones esenciales y configuraciones. DESEABLE
1.4 Iluminación LED: Mínimo 1500 Lúmenes +- 200 OBLIGATORIO
1.5 Luz fría para preservar la calidad de las muestras. DESEABLE
1.6 Voltaje utilizado: 220 - 240 V OBLIGATORIO
1.7 Enchufe del equipo: Tipo C o Tipo L OBLIGATORIO
1.8 El equipo debe incluir puertos de conexión para dispositivos externos (USB, HDMI, ETC) DESEABLE
2 ERGONOMÍA DEL EQUIPO
2.1 Altura ajustable para adaptarse a diferentes usuarios. DESEABLE
2.2 Espacio de trabajo amplio y resistente a químicos. OBLIGATORIO
2.3 Superficie de acero inoxidable fácil de limpiar OBLIGATORIO
2.4 Construida totalmente en acero inoxidable AISI 304 o superior OBLIGATORIO
2.5 Diseño cómodo y ergonómico anatómicamente para brindar una experiencia cómoda al usuario DESEABLE
2.6 Incluye mamparas o pantallas laterales en ambos costados externos DESEABLE
3 SISTEMAS DE SEGURIDAD
3.1 Equipo con bomba de anillo de agua para la generación de vacío DESEABLE
3.2 Sistema de extracción de aire con filtro HEPA para garantizar un ambiente seguro. OBLIGATORIO
3.3 Control de olores integrado con carbón activado o equivalente. OBLIGATORIO
4 EXTRACCIÓN DE GASES
4.1 Sistema de aspiración de vapores tóxicos Al menos 2 zonas. Indicar. DESEABLE
4.2 Aspiración de aire de mínimo 750 m³/hr. OBLIGATORIO
4.3 Filtros para formalina: Permanganato de potasio o equivalente técnico en cantidad según requerimiento del equipo. Indicar tipo y cantidad. OBLIGATORIO
4.4 Alarma de saturación de filtro OBLIGATORIO
4.5 Sistema de control de vida útil de filtros DESEABLE
5 DIMENSIONES EXTERNAS DEL EQUIPO
5.1 Ancho máximo: 185 cms. OBLIGATORIO
5.2 Profundidad máxima: 90 cms+-5 cm OBLIGATORIO
5.3 Peso máximo: 270Kg OBLIGATORIO
6 ACCESORIOS
6.1 El equipo debe incluir 2 taburetes para trabajar OBLIGATORIO
6.2 El equipo debe incluir un contenedor para desechos tóxicos (de formalina) DESEABLE
6.3 La estación debe contar con un contenedor para residuos biológicos DESEABLE
6.4 El equipo debe incluir un aire acondicionado para otorgar un mejor funcionamiento y evitar posibles daños al equipo debido al calor. Instalación por parte del hospital OBLIGATORIO
6.5 Lupa flexible con luz OBLIGATORIO
6.6 Regla de centímetros integrada en el borde frontal de la mesa OBLIGATORIO
6.7 Dispensador de toallas de papel OBLIGATORIO
6.8 Soporte magnético para instrumental OBLIGATORIO
7 CONSIDERACIONES ESPECIALES
7.1 Debe incluir la instalación del ducto de evacuación de aire y motor en punto que defina el HRT. La sala está ubicada en el segundo piso de un edificio de dos pisos. OBLIGATORIO
8 EXIGENCIAS
8.1 Manual de Usuario en idioma original y español OBLIGATORIO
8.2 Luego de la instalación, se debe otorgar una capacitación al usuario acerca del equipo OBLIGATORIO
8.3 Mantenimiento preventivo y calibración, si es requerida, durante el periodo de garantía OBLIGATORIO
8.4 Garantía mínima del equipo: 12 meses OBLIGATORIO
8.5 De faltar algún componente o accesorio imprescindible para el funcionamiento del equipo, este deberá adjuntarse a la oferta OBLIGATORIO
OBSERVACIONES ESPECIALES Y/O COMPLEMENTARIAS (CAMPO LLENADO POR EL OFERENTE)
OTROS CUMPLE SI/NO OBSERVACIONES
DOCS Y NORMAS 1 Manual de usuario en español Obligatorio
2 Manual Técnico Deseable
PLAZOS 1 Plazo de entrega en días
OBSERVACIONES GENERALES
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Procesador de tejidos
IDENTIFICACION DE LA OFERTA
EMPRESA
EQUIPO
FABRICANTE
MODELO
PROCEDENCIA
1. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Correlativo GENERAL OBLIGATORIO/DESEABLE CUMPLE SI/NO OBSERVACIONES
1.1 El equipo debe ser de alta complejidad (Alto rendimiento para el diagnóstico de pacientes) OBLIGATORIO
1.2 El equipo debe ser compatible con los siguientes reactivos: OH 70, OH 95, OH 99.5 (absoluto), Xilol y parafina histológica OBLIGATORIO
1.3 Cantidad de tanques de procesamiento: 9 DESEABLE
1.4 Capacidad de procesamiento mínima de 300 casetes OBLIGATORIO
1.5 Pantalla táctil integrada para control de procesos DESEABLE
1.6 Sistema de seguridad frente a derrames o fallos OBLIGATORIO
1.7 Tiempo total de procesamiento optimizado menor o igual a 6 horas para muestras estándar OBLIGATORIO
1.8 Sistema de monitoreo remoto para ver el estado del equipo DESEABLE
1.9 Sistema de carga continua de muestras DESEABLE
1.10 Capacidad de utilizar bidones comerciales de reactivos, no requiera trasvasijar) OBLIGATORIO
1.11 Sistema de residuos y soluciones de trabajo intercambiables OBLIGATORIO
1.12 Equipo cuenta con pedestal para su uso DESEABLE
1.13 Requisitos eléctricos (220V, 50-60 Hz, adaptadores incluidos) OBLIGATORIO
2 PANEL DE CONTROL
2.1 Panel de operación integrado ubicado en la parte frontal del equipo OBLIGATORIO
2.2 Panel con pantalla táctil a color OBLIGATORIO
2.3 Tamaño pantalla: mayor o igual a 7 pulgadas (integrada) DESEABLE
2.4 Panel con indicaciones y lenguaje en español OBLIGATORIO
2.5 La pantalla debe permitir acceso a todos los programas configurados OBLIGATORIO
2.6 Visualización de información clave (estado de procesos, tiempos, temperaturas) OBLIGATORIO
2.7 Botón de parada de emergencia (detención del programa) OBLIGATORIO
3 SEÑALIZACIONES Y ALARMAS
3.1 Señales de alarma integradas a la pantalla OBLIGATORIO
3.2 Alarmas auditivas o visuales para fallos críticos OBLIGATORIO
3.3 Alarma por caída o sobre temperatura OBLIGATORIO
3.4 Alarma por falla de energía, corte de ciclo DESEABLE
3.5 Alarma por sobre presión OBLIGATORIO
3.6 Alarma audible o visual de final de ciclo DESEABLE
4 SISTEMA DE MEDICIÓN DE CONTROL
4.1 Capacidad de memoria interna para almacenar ciclos: Mínimo 350 OBLIGATORIO
4.2 Capacidad de memoria interna para almacenar ciclos: mayor a 40.000 DESEABLE
4.3 Doble sensor de temperatura, ambos independientes, uno para control y otro para registro OBLIGATORIO
4.4 Doble transductor de presión absoluta, ambos independientes, uno para control y otro para registro DESEABLE
4.5 El equipo debe registrar las acciones y modificaciones que se le realicen OBLIGATORIO
5 PROGRAMAS
5.1 Programa de procesamiento de tejidos estándar OBLIGATORIO
5.2 Posibilidad de agregar programas personalizados DESEABLE
5.3 Programa de calentamiento inicial DESEABLE
5.4 Posibilidad de configurar ciclos automáticos DESEABLE
6 DIMENSIONES EXTERNAS DEL EQUIPO
6.1 Altura máxima: 170 cm OBLIGATORIO
6.2 Ancho máximo: 100 cm OBLIGATORIO
6.3 Profundidad máxima: 100 cm OBLIGATORIO
6.4 Peso máximo del equipo 300 kg DESEABLE
7 ACCESORIOS
7.1 Incluir carros de carga compatibles con el equipo OBLIGATORIO
7.2 Incluye canastillos, mínimo para 200 muestras OBLIGATORIO
7.3 El equipo debe incluir un aire acondicionado para su correcto funcionamiento ( instalación por parte del hospital), debido a que el calor de la sala que genere el mismo equipo funcionando puede dañar este. OBLIGATORIO
7.4 El equipo debe incluir filtro de aire de carbono para gases tóxicos que puedan ser liberados durante el procedimiento OBLIGATORIO
7.5 Material de los Carros de Transporte, acero inoxidable OBLIGATORIO
7.6 Los canastillos deben se de tamaño compatibles con dimensión del equipo y contar con sistema de anclaje OBLIGATORIO
7.7 Enchufe tipo C o tipo L OBLIGATORIO
8 CONSIDERACIONES ESPECIALES
8.1 Incluir certificado de calidad ISO 13485 o equivalente OBLIGATORIO
8.2 Se solicita incluir referencias del equipo, basado en compras pasadas o reseñas disponibles en la web OBLIGATORIO
9 EXIGENCIAS PARA EL PROVEEDOR ADJUDICADO
9.1 DEBE INCLUIR manual Técnico en idioma original y español OBLIGATORIO
9.2 DEBE INCLUIR manual de Usuario en idioma original y español OBLIGATORIO
9.3 Mantenimiento preventivo del equipo y calibración, si es requerida, mientras se encuentre dentro del periodo de garantía (mín. 12 meses) OBLIGATORIO
9.4 Capacitación del usuario OBLIGATORIO
9.5 De faltar algún componente o accesorio imprescindible para el funcionamiento del equipo, este deberá adjuntarse a la oferta OBLIGATORIO
9.6 El equipo debe contar con una garantía mínima de 12 meses OBLIGATORIO
OBSERVACIONES ESPECIALES Y/O COMPLEMENTARIAS (CAMPO LLENADO POR EL OFERENTE)
3. OTROS CUMPLE SI/NO OBSERVACIONES
DOCS Y NORMAS Manual de usuario en español Obligatorio
Manual Técnico Deseable
Tiempo de respuesta ante fallas (hrs)
OBSERVACIONES GENERALES
"ESPECIFICACIONES TÉCNICAS"
DERMATOSCOPIO
Información General
ID Licitación
Individualización del producto y oferente
Nombre Oferente
Marca
Modelo
País de Origen
Correlativo EETT Obligatorio / Deseable Cumple (Si/No) Indicar documento Especifico de respaldo (Obligatorio) Indicar página exacta de documento de respaldo (Obligatorio) Especificaciones del Oferente (Opcional)
1 General
1.1 Se solicita equipo nuevo, no refaccionado. Obligatorio
1.2 Lente óptico de 25 mm diámetro o superior Obligatorio
1.3 Lente óptico con aumento de 10x o superior Obligatorio
1.4 Sistema de iluminación LED Obligatorio
1.5 Doble modalidad de iluminación: polarizada y no polarizada Obligatorio
1.6 Dispositivo permite dermatoscopía de contacto por inmersión Obligatorio
1.7 Mecanismo de ajuste de foco Obligatorio
1.8 Incluir accesorios e insumos para dermatoscopia por inmersión Obligatorio
1.9 Batería recargable con autonomía mínima de 2 horas Obligatorio
1.10 Accesorios para carga de batería Obligatorio
1.11 Indicador de porcentaje de carga de batería Obligatorio
1.12 Se debe incluir funda de protección y almacenamiento Obligatorio
1.13 Se debe incluir todos los accesorios y componentes que hagan el equipo funcional y en las cantidades adecuadas, independiente de si estas, están o no descritas. Obligatorio
Consideraciones Especiales
Correlativo EETT Obligatorio / Deseable Cumple (Si/No) Indicar documento Especifico de respaldo (Obligatorio) Indicar página exacta de documento de respaldo (Obligatorio) Especificaciones del Oferente (Opcional)
2 Post venta
2.1 Dispositivo con garantía mínima de 2 años Obligatorio
2.2 Se debe incluir manual de usuario y manual técnico Obligatorio
2.3 Empresa con servicio técnico autorizado en chile (adjuntar certificado) Obligatorio
2.4 Empresa garantiza repuestos por lo menos 4 años Obligatorio
FORMULARIO ACTA DE RECEPCION, EMPLAZAMIENTO E INSTALACION
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
Proveedor
Nombre del equipo
ID Licitación
Orden de Compra
Marca
Modelo
N° de serie
Valor (IVA incluido)
Ítem Realizado Aplica (según formulario resumen oferta) Fecha Observaciones
SI NO
Recepción
Pruebas de funcionamiento y emplazamiento
Instalación
Nota: *Desde la fecha ingresada para el último hito de este apartado comienza la garantía del equipo/equipamiento
Datos representante de la entidad contratante (Servicio de Salud Maule) responsable de la recepción:
Nombre
Rut
Cargo
Firma
Datos representante del proveedor adjudicado, responsable de la entrega y emplazamiento:
Nombre
Rut
Cargo
Firma
FORMULARIO: CAPACITACION
Nombre Licitación Pública: ______________________
ID: ________________________
FECHA: __, de______ de 20__
1.- Funcionarios que reciben capacitación:
NOMBRE SERVICIO / UNIDAD FIRMA
2.- Accesorios Incorporados
3.- Firman en conformidad: Funcionario responsable de la capacitación
Nombre
Rut
Cargo
Firma y timbre
Observaciones
El proveedor adjudicado es responsable del correcto llenado del presente documento, el cual se debe hacer llegar Oficina de Partes del Servicio de Salud Maule (Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca.)
4.- Representante de la empresa:
Nombre
Cargo
Firma
FORMULARIO: AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
1.- DATOS DEL OFERENTE
Nombre Oferente:
Dirección:
Razón Social:
Rut:
Teléfono:
E-mail:
2.- DATOS REPRESENTANTE LEGAL/APODERADO
Nombre:
Cédula de Identidad:
Teléfono:
E-mail:
Dirección:
3.- CONTACTO DEL PROVEEDOR A QUIEN SE LE COMUNICARÁ EL PAGO REALIZADO.
Nombre:
Cédula de Identidad:
Cargo:
Teléfono:
E-mail:
4.- DATOS CUENTA CORRIENTE PARA DEPOSITO, Considerar que el RUT asociado a la cuenta bancaria informado, debe ser concordante con el RUT del Oferente:
Banco:
Sucursal:
Nº Cuenta:
Tipo de cuenta: (corriente-vista)
FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD:
Firma
,
FORMULARIO: CARTA COMPROMISO DE RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Yo, , cédula de identidad N° xx.xxx.xxx-x en calidad de representante del proveedor , RUT: xx.xxx.xxx-x, por medio de la presente me comprometo a realizar las gestiones pertinentes para mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato perteneciente al proceso de licitación , , en concordancia con lo establecido en el Artículo N°10 de las bases de licitación, realizando la renovación de la garantía hasta completar la vigencia total solicitada.
VIGENCIA TOTAL A GARANTIZAR:
DATOS DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO QUE ACOMPAÑA LA CARTA COMPROMISO
Tipo de documento (Ejemplo: boleta de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale a la vista, etc.)
N° de documento:
Entidad emisora:
Fecha de vencimiento:
Nota: Toda renovación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato deberá realizarse al menos 60 días corridos previos al vencimiento del documento de garantía original .
FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD:
Firma
,
FORMULARIO HITO DE INICIO DEL CONTRATO (NO APLICA)
Nombre de la Licitación :
ID Licitación :
Fecha :
1.- INDICAR CUÁL SERÁ EL HITO DE INICIO DEL CONTRATO
HITO DE INICIO SELECCIONAR OBSERVACIONES
Reunión de Coordinación
Entrega de Equipo en préstamo
Capacitación a funcionarios
Otros
2.- COMPLETAR EN CASO QUE EL HITO DE INICIO SEA LA INSTALACIÓN EQUIPO
ÍTEM SI NO FECHA OBSERVACIONES
Equipo Instalado
Ejecución Pruebas De Funcionamiento
3.- COMPLETAR EN CASO QUE EL HITO DE INICIO SEA LA CAPACITACIÓN AL PERSONAL
NOMBRE FUNCIONARIO QUE RECIBE CAPACITACION SERVICIO/UNIDAD FIRMA
4.- COMPLETAR EN
CASO QUE EL HITO DE INICIO SEA OTROS
DETALLE DE ACTIVIDADES
Funcionario responsable de la Dirección de Servicio:
Nombre :
RUT :
Cargo :
Firma y Timbre :
Funcionario responsable Adjudicatario:
Nombre :
RUT :
Cargo :
Firma y Timbre :
ANEXO COMPLEMENTARIO
Num Tema A Especificar
1 Mandante: Nombre:
Rut:
Dirección:
Identificación de la Entidad Licitante: Nombre: Servicio De Salud Maule
Rut: 61.606.900-4
Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca.
Datos de facturación Nombre: Servicio De Salud Maule
Rut: 61.606.900-4
Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca.
Correo Consulta Pagos:
Nombre de Licitación Pública: REPOSICION Y ADQUISICION EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM
ID Mercado Público: 2189-12-LP25
Vigencia del contrato: Plazo de entrega, más período de garantía técnica,
aumentado en 90 días corridos
2 Referente Técnico: Departamento de Recursos Físicos
Unidad de Tecnología e Innovación en Salud
Administrador de Contrato: Contacto: María Jesús Revillot.
Correo: mrevillot@ssmaule.cl
Teléfonos:71-2-749989
3 Financiamiento: Ministerio de Salud
Código BIP:
Presupuesto:
(X ) Estimado ( ) Disponible
4 Apertura electrónica de ofertas (X ) Una Etapa ( ) Dos Etapas
5 Garantía De Seriedad De La Oferta (para licitaciones sobre las 5.000 UTM, no debe exceder el 3% del monto de la licitación)
En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. ( ) Requiere ( X ) No Requiere
Beneficiario:
RUT:
Monto:
Vigencia:
Glosa:
6 Garantía De Fiel y Oportuno Cumplimiento De Contrato
Se requiere la presentación de garantía de FC solo para el o los proveedores adjudicados por un monto igual o mayor a 1000 UTM.
En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca.
(X ) Requiere () No Requiere
Beneficiario: Servicio de Salud Maule
RUT: 61.606.900-4
Monto: Equivalente al 5% del monto neto adjudicado.
Vigencia: Sumatoria del plazo de entrega máximo (indicado en el numeral 10.2 del anexo complementario) aumentado en 90 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación en la plataforma de Mercado Público
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la Licitación ID: 2189-12-LP25.
7 Garantía de Buen Funcionamiento
Se requiere la presentación de garantía de BF solo para los proveedores adjudicados en las líneas “Estación de macroscopía” y “procesador de tejidos”.
En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. (X ) Requiere () No Requiere
Beneficiario: Servicio de Salud Maule
RUT: 61.606.900-4
Monto: Equivalente al 5% del monto neto adjudicado
Vigencia: periodo de garantía técnica ofertado en formulario antecedentes técnicos aumentado en 90 días corridos, contados desde la fecha del formulario capacitación o bien cuando no se indique que requiere capacitación, la vigencia de esta garantía comenzara desde la fecha indicada en el formulario acta de recepción, emplazamiento e instalación.
Glosa: “Para Garantizar el buen funcionamiento de la Licitación ID: 2189-12-LP25.
8 Vigencia de la Ofertas 120 días contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas
9 Calendario de actividades
* Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos ya señalados, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs. Etapa
Plazo
Publicación Del Llamado Después de la total tramitación de la resolución que aprueba el llamado a licitación pública.
Periodo De Publicación Mínimo 20 días corridos desde la publicación del llamado a licitación pública.
Visita A Terreno
No aplica
Envío de muestras y/o demostraciones técnicas No aplica
Plazo para Formular Consultas Desde el día 1 hasta el día 7 luego de publicada la licitación hasta las 15:00 hrs.
Plazo para Publicar Respuestas a Consultas Desde el día 8 hasta el día 13 luego de publicada la licitación hasta las 15:00 hrs.
Plazo Aclaraciones o Modificaciones Hasta antes del cierre de Recepción de Ofertas.
Cierre de Recepción de Ofertas Mínimo el día 20 luego De publicada la licitación, a las 15:00 Hrs.
Apertura Electrónica Dentro de 2 días corridos desde el cierre del proceso de licitación, a las 15:01hrs.
Plazo Estimado de Evaluación Hasta 30 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación.
Plazo Estimado de Adjudicación En del plazo de 30 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación, 15.00 hrs.
10 Ponderación De Los Criterios De Evaluación A. Evaluación Económica: 50%
B. Evaluación Técnica: 36% B1: Cumplimiento de las E.T.D.: 80%
B.2: Servicio Técnico 10%
B.3: Garantía: 10%
C. Plazo de entrega o plazo de ejecución (incluye la totalidad de los hitos de acuerdo al tipo de recepción establecido en el formulario Resumen oferta): 12%
D. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación: 2%
E. Otros: 0%
10.1 A. Evaluación Económica Puntaje Precio Oferta(i) = Menor Precio Unitario Ofertado X 10
Precio Unitario Oferta (i)
Dónde:
Oferta (i): oferta en evaluación
El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario.
10.2 B. Evaluación Técnica B.1 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Se calificará el cumplimiento de lo solicitado en el Formulario Especificaciones Técnicas, documento en el cual se han establecido dos categorías de especificaciones: Obligatorias y Deseables:
En específico, este subcriterio está referido al grado de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Deseables (E.T.D.), recordando que aquellas características definidas como Especificaciones Técnicas Obligatorias (E.T.O.) corresponden a un criterio de admisibilidad, por lo tanto, aquellos oferentes que no cumplan las E.T.O. quedarán excluidos del proceso de evaluación, declarándose inadmisible su oferta. De igual forma, los oferentes que no presenten el Formulario Especificaciones Técnicas, serán declarados inadmisibles.
Dicho lo anterior, las Especificaciones Técnicas Deseables se evaluarán de acuerdo a lo siguiente:
Se asignarán 10 (diez) puntos por cada característica clasificada como Deseable, en aquellas ofertas que acrediten correctamente el cumplimiento de la característica señalada (respaldado con catálogos, manuales de uso, etc.), y de 1 (un) punto a cada característica que no sea debidamente acreditada.
Especificación Técnica Deseable
Característica Cumple No Cumple
1 10 puntos 1 punto
2 10 puntos 1 punto
. . .
N 10 puntos 1 punto
Aquellas ofertas que declaren el cumplimiento de las especificaciones técnicas deseables deberán necesariamente respaldarlas, en virtud de ello se determinará cuál de las ofertas presenta un mayor o menor cumplimiento.
La asignación de puntaje se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Especificaciones Técnicas Deseables Oferta(I) = Total Puntos E.T.D. Cumplidas Oferta (I)
X 10
Mayor Puntaje Obtenido Asociado A Las E.T.D.
Dónde:
E.T.D.: Especificaciones técnicas deseables
Oferta (i): oferta en evaluación
El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este sub-factor.
B2. SERVICIO TÉCNICO
Para la calificación de este factor se utilizará la información contenida en el Formulario “Antecedentes técnicos” en el apartado Servicio técnico, según la siguiente tabla de asignación de puntaje:
Ítems Puntaje
Servicio Técnico propio con personal capacitado y certificado “por fábrica o en fábrica”, y además cuenta con servicio técnico certificado ISO 9001/2008 ó versión actualizada 10
Servicio Técnico propio con personal capacitado y certificado en fábrica o por fábrica 7
Oferente con servicio técnico certificado ISO 9001/2008 o versión Actualizada 3
Oferente con Servicio Técnico Externalizado 1
Aquellos oferentes que presenten más de una condición señalada precedentemente, se considerará la que asigne mayor puntaje.
En relación al ítem “Servicio Técnico Propio con Personal capacitado y certificado en fábrica”, los Oferentes deberán acreditar la siguiente información:
• Documento emitido por el Fabricante que certifique e individualice a los técnicos capacitados. Este certificado debe ser personalizado, no se aceptarán documentos que acrediten en general al servicio técnico del proveedor. Este certificado acredita que la capacitación fue realizada en dependencias de la fábrica, en el país de origen de los equipos. No es necesario adjuntar todos los certificados del personal, con la presentación de un documento vigente de uno de los técnicos que trabajen con el proveedor se obtiene el puntaje máximo.
En relación al ítem “Oferente con servicio técnico certificado ISO 9001/2008”, los Oferentes deberán acreditar la siguiente información:
• Certificado emitido por una entidad autorizada por el INN que demuestre la certificación de la Norma ISO 9001/2008, o superior vigente.
Los Oferentes que declaren tener Servicio Técnico propio y no presenten los certificados anteriormente mencionados, serán evaluados con un punto en este factor.
Se sugiere que los certificados sean ingresados en el Formulario “Antecedentes Técnicos”, en el espacio destinado para ello.
La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de validar la información presentada.
El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este factor según lo indicado en el numeral 10 del anexo complementario.
B.3. GARANTÍA TECNICA
Los oferentes deberán completar el Formulario “Antecedentes Técnicos” indicando expresamente todos los requerimientos allí estipulados.
El puntaje total del factor B.3. Garantía Técnica será el puntaje obtenido multiplicado por la ponderación asignada, según lo indicado en el numeral 10 del anexo complementario.
La asignación de puntaje se realizará de acuerdo a lo siguiente:
Se calificará según el tiempo (en meses) comprometido como garantía técnica del equipo ofertado, de acuerdo a lo expuesto en el Formulario “Antecedentes Técnicos”. Aquellos oferentes que no completen el tiempo de garantía técnica en el Formulario “Antecedentes Técnicos”, dejando vacío el espacio asignado para tal efecto, aun cuando lo expresen en otro documento, su oferta será considerada como inadmisible.
El tiempo de garantía mínima es de 12 Meses. Las ofertas que no cumplan con la garantía mínima exigida quedaran inadmisibles.
El puntaje total del factor Tiempo de Garantía Técnica será obtenido de acuerdo a lo siguiente:
Meses de garantía Puntaje
24 meses o más 10 puntos
Entre 13 y 23 meses 5 puntos
12 meses 1 punto
El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación indicada en el numeral 10 del anexo complementario.
Se establece que el período de garantía técnica está referido al período en el cual el oferente se hace responsable de las fallas o defectos atingentes a la fabricación del equipo, y que altera su normal funcionamiento, pudiendo considerar un equipo de repuesto, reparación o definitivamente cambio del equipo.
La garantía técnica debe incluir mantenciones preventivas y/o correctivas de acuerdo a la recomendación del fabricante o a solicitud de la Entidad Licitante. La garantía técnica ofertada estará respaldada por documentos de caución según lo definido en los artículos N°11 y N°13 de las presentes Bases.
La garantía comienza desde la última fecha consignada en el Formulario “Acta de Recepción, emplazamiento e instalación”.
10.3 C. Plazo máximo de Entrega o ejecución (este plazo corresponde a entrega operativa, según lo definido en el formulario Resumen oferta):
Plazo máximo 70 días corridos
Las ofertas que superen el plazo máximo de entrega serán declaradas inadmisibles Corresponde a la cantidad de días corridos que el oferente compromete para hacer entrega del equipo o equipamiento en caso de resultar adjudicado.
Rango de plazo Puntaje
Desde 01 a 25 días corridos
10 puntos
Desde 26 a 50 días corridos
5 puntos
Desde 51 a 70 días corridos 1 puntos
Contabilización del Plazo de Entrega El plazo de entrega será contabilizado a partir del segundo día hábil desde el envío de la orden de compra (ejemplo si la orden de compra se envía un día lunes, el día 1 del plazo de entrega será el día miércoles.
Para efectos de revisión de eventuales multas, el plazo a considerar es el plazo en que se haya realizado la entrega operativa sin observaciones.
10.4 D. Cumplimiento requisitos formales de presentación En este criterio se evaluará el cumplimiento de la integridad de información solicitada en los formularios de presentación de la oferta y que se resumen a continuación:
• Formulario N° 1 Carta de presentación del oferente (Formulario 1-A, 1B, 1C).
• Formulario N° 2 Declaración jurada de aceptación de antecedentes y habilidad para contratar con el estado.
• Formulario: Antecedentes técnicos (Detalle criterios de evaluación, Servicio Técnico)
• Formulario: Resumen de la oferta (precio y plazo)
• Formulario: Especificaciones técnicas (con su respaldo respectivo)
Presentación de Antecedentes Puntaje
Oferente cumple con los requisitos formales al momento de presentar la oferta. 10
Oferente incurre en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y aplicando lo dispuesto en el artículo N°20.2 de las presentes bases, el oferente da respuesta oportunamente a lo consultado. 1
En relación a la documentación exigida es importante realizar los siguientes alcances respecto
a la documentación solicitada:
Formulario Nº1: Carta de presentación del oferente
(Formulario 1-A, 1-B ó 1-C). De acuerdo a lo señalado en el Artículo Nº 21 de las bases de licitación.
Formulario Nº2: Declaración Jurada aceptación de antecedentes y habilidad para contratar con el estado. De acuerdo a lo señalado en el Artículo Nº21 de las bases de licitación.
Formulario: Antecedentes técnicos.
Detalle criterios de evaluación y Servicio Técnico: Incluye aspectos de orden administrativo y técnicos necesarios para la evaluación, firmado por quien el oferente faculte legalmente para su representación. En este Formulario, los oferentes que sean representantes de la marca deberán adjuntar el Certificado vigente de dicha representación, y en relación al Servicio Técnico se deberá respaldar lo indicado por el oferente en dicho formulario.
Formulario: Resumen de la oferta. De acuerdo a lo señalado en el Artículo Nº23 de las bases de licitación. En este documento se deberá indicar el valor total de la oferta (impuestos incluidos) y el plazo de entrega comprometido. Así mismo en este documento se señala algunos requisitos a cumplir (presentación de garantías, capacitación entre otros)
Formulario: Especificaciones Técnicas.
Este formulario cuenta con un detalle de especificaciones técnicas clasificadas en dos conceptos asociados a su exigibilidad; Obligatorias y Deseables.
Los oferentes deberán respetar el contenido y completar el formulario especificaciones técnicas con el nivel de cumplimiento de cada una de las líneas ahí expuestas. También debe indicar el documento a través del cual se verifica su cumplimiento y anexarlo.
El grupo de especificaciones clasificado como “Obligatorias” deben ser cumplidas integralmente por todas las ofertas. Esto implica, que si una oferta no cumple con una de estas condiciones será considerada como inadmisible.
En el caso de aquellos bienes que por su naturaleza no requieran alguna condición explicitada en cualquiera de los formularios de este artículo, los Oferentes deben igualmente ingresar todos los formularios indicando que no existen requerimientos asociados.
EN CUALQUIER CASO, TODOS LOS OFERENTES DEBEN INCLUIR TODOS LOS FORMULARIOS SEÑALADOS EN ESTE ARTÍCULO.
La ausencia de uno (1) o más formularios facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta será declara inadmisible. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento.
10.5 E. Otros No aplica.
Detectada la presentación de ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, debe definir el criterio a utilizar dependiendo de la naturaleza del bien o servicio licitado
Criterio Detalle
Precio
Técnico Se utilizará el criterio “Cumplimiento de especificaciones técnicas” mencionado en el numeral 10.2 “evaluación Técnica”, letra B1.
11 Hito de inicio del contrato Indicar (Seleccionar) de acuerdo a desglose presentado, el hito de inicio del convenio a contratar, el cual se complementará con lo establecido en FOMRULARIO HITO DE INICIO CONVENIO. Marcar con una X
(X ) Emisión de la Orden de compra. (De acuerdo al numeral 13 del Anexo Complementario)
() Resolución de Adjudicación.
( ) Recepción y validación de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
( X ) Resolución de aprobación de Contrato.
( ) Reunión de Coordinación.
( ) Entrega de Equipo en préstamo.
( ) Capacitación a funcionarios.
( ) Otros.
12 Formalización de la compra
Para aquellos proveedores que el monto adjudicado sea igual o inferior a 1.000 UTM la compra se formalizará con la emisión, por parte de la entidad licitante y la aceptación por parte del proveedor de la orden de compra correspondiente, y para aquellos que el monto de adjudicación sea igual o superior a 1.000 UTM se formalizará con el correspondiente contrato.
13 Envío de la orden de compra y recepcion de los bienes adjudicados 1. Envío de la orden de compra
Una vez realizada la adjudicación en la plataforma de mercado público y autorizado la asignación de recursos en dicha plataforma, la Unidad de Adquisiciones enviará las órdenes de compras correspondientes separadas por proyecto y por clasificación (de corresponder), es decir, equipo y equipamiento.
En caso de que la(s) línea(s) adjudicada(s) requieran la presentación de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, ésta deberá ser presentada separada por proyecto (de corresponder).
En virtud de lo anterior, el envío de las órdenes de compra estará supeditado a la correcta presentación de dichas garantías.
No obstante y por razones de buen servicio, la Orden de compra podrá ser enviada previa recepción de la garantía, sin embargo, su presentación deberá realizarse a la brevedad y condicionará la aprobación del estado de pago respectivo.
2. Recepción de los bienes adjudicados
El proceso de recepción dependerá de las características de los bienes adjudicados y a partir de ello se distinguen las siguientes opciones:
a) Recepción: entrega del bien en el lugar indicado en el numeral 17 del anexo complementario en el complemento con lo señalado en la orden de compra respectiva (recepción aplicable a equipos de menor complejidad y que será estipulado en el formulario Resumen oferta del presente documento).
b) Emplazamiento: Recepción y pruebas de funcionamiento. Contempla recepción del bien por parte del referente técnico en conjunto con un representante del adjudicatario, para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y realizar por parte del proveedor las pruebas funcionales del bien adjudicado, donde dicho proveedor deberá demostrar el correcto funcionamiento del equipo/equipamiento entregado.
c) Instalación (Recepción e instalación):
Contempla la recepción del bien por parte del referente técnico en conjunto con un representante del adjudicatario, verificando el cumplimiento de las especificaciones técnicas. Considerar la logística asociada al movimiento del equipo/equipamiento al interior del establecimiento y la ejecución de la instalación del equipo/equipamiento, y en caso que corresponda, los trabajos y obras relacionadas a esta etapa. Además de ejecución de las pruebas de funcionamiento del bien adjudicado, donde el adjudicatario deberá demostrar el correcto funcionamiento del equipo/equipamiento instalado.
En relación a lo señalado en párrafos precedentes, en el Formulario Resumen oferta quedará estipulado el tipo de recepción exigida para cada una de las líneas licitadas.
Por otra parte y en relación a la recepción es importante señalar lo siguiente:
3. Embalaje y traslado
El embalaje del bien deberá identificar claramente los datos de contacto indicados para la recepción, según lo establecido en el Numeral 17 del presente Anexo Complementario y lo señalado en la Orden de Compra respectiva, indicando el ID de la licitación según la ficha electrónica correspondiente del Sistema de Información, número de bulto y cantidad de bultos despachados.
Las condiciones de embalaje deben ser adecuadas para cada equipo/equipamiento, asegurando además su impermeabilización. Si por manipulación indebida se producen daños a los bienes adjudicados, la entidad licitante tendrá derecho a exigir al adjudicatario su reposición por equipos/equipamientos nuevos de igual marca, modelo y características.
El adjudicatario podrá tomar a su costo los seguros que sean necesarios para el transporte del bien adjudicado.
Será responsabilidad del proveedor, la logística de los productos objeto del contrato, como el traslado del bien adjudicado hacia el recinto indicado por la entidad licitante. Lo anterior considera los traslados a bodega, y desde bodega al o los recintos definitivos. En el caso que durante uno de los traslados se produzca algún tipo de daño atribuible al adjudicatario, ya sea en el bien adjudicado o en la infraestructura del recinto u otro, el adjudicatario será responsable de los daños de la situación y su reparación en acuerdo y supervisión del referente técnico.
Además, el proveedor es el responsable de retirar los restos de embalaje o envoltorio asociado al emplazamiento y/o instalación del equipo.
4. Coordinar recepción:
La entrega deberá ser coordinada con la persona identificada en el Numeral 17 del presente Anexo
Complementario en conjunto con lo señalado en la
Orden de Compra respectiva. Previo a ello el adjudicatario deberá revisar los requisitos exigidos para la recepción de acuerdo a lo señalado en el Formulario Resumen Oferta.
Al momento de la entrega el proveedor adjudicado deberá completar el formulario Acta de Recepción, emplazamiento e instalación. Para que ésta Acta sea válida deberá ser firmada y timbrada por la persona responsable de la recepción en el lugar de despacho indicado.
5. Recepción, instalación, pruebas de funcionamiento y emplazamiento
En aquellos casos donde la recepción considere emplazamiento y/o instalación, el proceso de recepción sólo se dará por realizada una vez verificado la totalidad de los hitos definidos para ese tipo de recepción, lo cual ha sido definido en el segundo apartado del presente numeral. Es decir, realizar la recepción del bien por parte del referente técnico en conjunto con el adjudicatario, verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, realizar el armado del equipo o equipamiento en caso de que corresponda, realizar por parte del proveedor las pruebas funcionales del bien adjudicado, demostrar el correcto funcionamiento del equipo/equipamiento entregado Posterior a esto, el funcionario responsable procederá a la firma del Acta de Recepción.
Será responsabilidad del adjudicatario realizar oportunamente las coordinaciones con el Referente Técnico para definir el día, la hora y lugar a realizar el emplazamiento o la instalación, ajustándose a las condiciones indicadas por el citado Referente Técnico. Esta coordinación deberá realizarse considerando la holgura necesaria y ajustada al plazo de entrega ofertado por el adjudicatario.
En esta materia deberá tener presente al menos lo
Siguiente:
Logística asociada al movimiento del bien al interior de las instalaciones del edificio, es decir, hacia la bodega y desde la bodega hasta el recinto definitivo o directamente al recinto definitivo.
Ejecución de la instalación de los bienes adjudicados y, en caso que corresponda, los trabajos y obras relacionadas a esta etapa considerando todo lo expuesto en el respectivo Formulario Especificaciones Técnicas y Formulario Resumen oferta. Esta actividad debe ser coordinada previamente con el Referente Técnico.
Ejecución de las pruebas de funcionamiento del bien adjudicado, donde el adjudicatario deberá demostrar el correcto funcionamiento del equipo/equipamiento instalado. Para lo anterior debe apoyarse con los aparatos necesarios para realizar dichas pruebas (por ejemplo: luxómetro, simulador de paciente, fantomas, etc.). Estos aparatos deben poseer la calibración de fábrica vigente, exigible mediante certificado.
6. Serán consideradas causales
de no recepción:
* Cuando el bien a recepcionar no coincida con lo ofertado según las especificaciones técnicas de tipo físicas, siendo responsabilidad del adjudicatario la custodia transitoria de los bienes adjudicados hasta que se lleve nuevamente a cabo la recepción.
* Cuando el adjudicatario no haya coordinado de forma previa con el Referente Técnico la recepción o no respete las condiciones establecidas en este artículo.
Una vez completado el proceso de recepción, el proveedor podrá comenzar la gestión del estado de pago presentando el Formulario Acta de Recepción, emplazamiento e instalación firmado al referente técnico. No obstante ello, el proveedor no deberá emitir su factura antes de confirmar el cumplimiento de todos los hitos exigidos en el presente documento, incluyendo la revisión y gestión de eventuales sanciones.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado, el posterior envío del Acta de Recepción, emplazamiento e instalación a Oficina de Partes del Servicio de Salud Maule y de forma paralela podrán ser enviadas a la casilla electrónica del referente técnico mencionado en el anexo complementario.
En aquellos bienes cuyo presupuesto sea financiado por el FNDR, la recepción conforme de los bienes adjudicados será aprobada por Resolución Exenta, emitida por la Entidad Licitante.
7. Capacitación:
En caso que alguno de los bienes adjudicados requiera capacitación (de acuerdo a lo señalado en el Formulario “Resumen oferta”, el proveedor deberá coordinar con el Referente Técnico la definición del día, la hora y lugar a realizar la capacitación y cantidad de personas a capacitar, ajustándose a las condiciones indicadas por el Referente Técnico para velar por el normal funcionamiento del servicio o unidad al cual se capacitará.
La capacitación tendrá como objetivo que el especialista del proveedor enseñe el uso del equipo/equipamiento, cuidados asociados, fallas comunes, mantenimiento a nivel usuario, pruebas prácticas, etc. tanto a los usuarios clínicos como al personal de mantenimiento abarcando la totalidad de los usuarios definidos por el Referente Técnico.
La capacitación considera:
a) Instruir a la totalidad de usuarios del bien adjudicado (clínicos, no clínicos, mantenimiento, etc.) definidos por el Referente Técnico, en el uso del mismo, cuidados asociados, fallas comunes, mantenimiento a nivel usuario, pruebas prácticas, etc.
b) Logística asociada al movimiento del equipo al interior de las instalaciones, es decir, desde la bodega o recinto definitivo hasta el recinto a realizar la capacitación (recinto definitivo, sala de reuniones, auditorio, etc.).
c) Confirmación por parte del Referente Técnico del cumplimiento del Programa de Capacitación solicitado en el Formulario Especificaciones Técnicas.
d) Entrega del Manual de Usuario y Manual Técnico en formato digital, cuando corresponda.
e) Contar con todos los insumos que requieran los bienes adjudicados para la correcta capacitación de los usuarios.
Si durante cualquiera de las etapas anteriormente descritas se produce algún tipo de daño, ya sea a los bienes adjudicados, a la infraestructura u otro, que sea atribuible al adjudicatario, éste deberá reparar los daños a su costa con acuerdo y supervisión del referente técnico.
La ejecución de las capacitaciones estará caucionada dentro de las obligaciones del contrato y por tanto en caso de no ejecutarse la entidad licitante podrá hacer efectiva la garantía que mantenga en custodia, solicitando además su reemplazo de conformidad a lo establecido en las presentes bases
8. Mantención preventiva
En caso que alguno de los bienes adjudicados requiera mantención preventiva (de acuerdo a lo señalado en el Formulario Resumen oferta), el proveedor deberá coordinar con el Referente Técnico y/o usuario la definición del día, la hora y lugar a realizar la mantención, ajustándose a las condiciones indicadas por el Referente Técnico y/o usuario para velar por el normal funcionamiento del servicio o unidad.
El mantenimiento preventivo es una práctica esencial para garantizar la seguridad, eficiencia y durabilidad de los equipos médicos y/o industriales, contribuyendo a una atención sanitaria de calidad.
La mantención considera:
1.- Adjudicatario deberá realizar Mantenimiento Preventivo en terreno, de acuerdo a frecuencia indicada por fabricante (mínimo 12 meses) durante período de garantía. Incluir consumibles.
2.- Oferente deberá realizar la mantención de acuerdo a protocolo de mantenimiento preventivo según fabricante.
3.- Adjudicatario deberá incluir Mantenimiento Correctivo durante la garantía.
Si durante cualquiera de las etapas anteriormente descritas se produce algún tipo de daño, ya sea a los bienes adjudicados, a la infraestructura u otro, que sea atribuible al adjudicatario, éste deberá reparar los daños a su costa con acuerdo y supervisión del referente técnico.
La ejecución de las mantenciones estará caucionada dentro de las obligaciones del contrato y por tanto en caso de no ejecutarse la entidad licitante podrá hacer efectiva la garantía que mantenga en custodia, solicitando además su reemplazo de conformidad a lo establecido en las presentes bases.
9. Procedimiento ante imposibilidad de iniciar el proceso de instalación y/o emplazamiento no atribuible al adjudicatario:
En caso de no disponer de las condiciones para iniciar el proceso de instalación y/o emplazamiento, por cualquier razón no atribuible al proveedor adjudicado, el Referente Técnico podrá proponer un nuevo plazo de instalación y/o emplazamiento, el cual será establecido por la Entidad Licitante mediante Resolución Fundada, señalando, además, los motivos que fundamentan dicha decisión.
Será facultad de la Entidad Licitante, iniciar el trámite de pago tomando los resguardos necesarios para garantizar la realización posterior de la Instalación y/o emplazamiento, emitiendo un informe señalando que estos hitos se encuentran pendientes de ejecución, en concordancia con la Resolución fundada antes mencionada y de conformidad a lo señalado en el artículo Nº40 del presente documento.
10. Aumento de plazo:
En el caso que se presente un caso fortuito o una situación de fuerza mayor que le impida al adjudicatario dar cumplimiento del plazo de entrega, el proveedor deberá comunicar a la Entidad Licitante, por escrito, las razones concretas de dicha situación junto a los antecedentes que respaldan su petición y solicitar un aumento del plazo de entrega.
Esta carta deberá ser dirigida a la Directora del Servicio de Salud Maule y deberá ser ingresada en Oficina de Partes, cuya dirección se encuentra indicada en el Numeral 18 del presente Anexo Complementario. Paralelamente y con el objeto de agilizar el proceso, esta solicitud podrá ser enviada a través de correo electrónico a la casilla del administrador del contrato indicado en el numeral 2 del anexo complementario con copia al asesor de compras encargado del proceso de licitación pmoyano@ssmaule.cl y a Jefatura de Unidad de Adquisiciones: sfuentesto@ssmaule.cl
Se analizará la situación particular, las necesidades del bien adquirido, se velará por la igualdad de todos los proveedores participantes, y se tomará la decisión más apropiada para los intereses de los usuarios afectados. La decisión final será comunicada al proveedor y en caso de aceptar dicha solicitud, la Entidad Licitante procederá a dictar una Resolución de aceptación del nuevo plazo de entrega
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Aplicación de Multas
Todas las sanciones aplicadas serán publicadas en la ficha del proveedor al que se ha cursado la sanción La multa por atraso en la entrega de lo adjudicado se calculará de acuerdo a lo siguiente:
El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en el presente documento y el plazo de entrega estipulado en su oferta. Dicho plazo de entrega debe incluir el emplazamiento y será medido en días corridos. Todos los días hábiles que transcurran posteriores a la fecha contractual de entrega, serán días de multa.
Por cada día hábil de atraso se cobrará un 0.3% del monto total neto.
Lo referente a cuándo se da inicio al conteo del plazo de entrega se encuentra definido en el numeral 10.3 del presente anexo complementario.
El documento que determinará la fecha de entrega real del equipo/equipamiento, será el Acta de Recepción detallada en el Formulario “Acta de recepción, emplazamiento e instalación”. Esta acta debe considerar las características del tipo de recepción exigida (recepción, emplazamiento o instalación).
La fecha de entrega será la que indique el funcionario responsable de la recepción en el recinto indicado con su nombre, firma y timbre. El valor de las multas por atraso será descontado del pago del total adjudicado o de cualquier suma pendiente de pago, o bien, podrá ser transferido de manera directa al Mandante o Entidad licitante según corresponda y de acuerdo a lo señalado en el oficio de notificación de dicha sanción.
El cálculo de eventuales multas se realizará por línea de producto y no se consideran entregas parciales, es decir, la fecha real de entrega para efecto de cálculo de multas será la fecha en que sean recepcionadas la totalidad de las unidades de la línea de licitación.
14.1 Tope de Multas En el evento que un proveedor acumule multas por incumplimientos cuyo total supere el 20% del monto total del contrato, ésta podrá ser considerada causal de término anticipado del contrato, siendo por tanto el tope máximo de multas a aplicar por los incumplimientos y/o atrasos regulados en el presente artículo.
14.2 Pago de multas La multa podrá descontarse directamente del respectivo estado de pago, en caso de no existir pagos pendientes podrá cobrarse directamente al proveedor, en este caso, se establece un plazo máximo de 15 días corridos desde la notificación de la resolución que aplica la multa para que el proveedor realice el pago respectivo en la Unidad de Tesorería correspondiente Gobierno Regional del Maule o Servicio de Salud Maule según corresponda.
Asimismo, si el proveedor no efectuase el pago de la multa indicada en el plazo correspondiente, podrá hacerse efectiva alguna de las garantías existentes, situación que permitirá a la Entidad Licitante exigir una nueva garantía en las mismas condiciones señaladas en las presentes bases.
15 Estados de Pago Este proceso contempla un único estado de pago, pago contra recepción de los bienes licitados.
La facturación deberá realizarse con fecha igual o posterior a la fecha inscrita en la RECEPCIÓN CONFORME de la Orden de Compra correspondiente.
Esta recepción conforme se realizará una vez que se hayan acreditado los siguientes hitos:
- Correcta entrega de las Garantías solicitadas
- Correcta entrega de los bienes adquiridos
- Emisión de Resolución que aprueba la recepción de los bienes (aplica en proyectos con Financiamiento FNDR)
- Emisión de la Resolución que aplica multa
(cuando corresponda)
- Comprobante de depósito o transferencia del monto asociado a la multa (cuando corresponda)
En relación a la facturación, aquellos procesos financiados por el Gobierno Regional del Maule deben tener presente las siguientes consideraciones:
1. En las facturas no deben completar el campo de la orden de compra al momento de emitir una factura, es decir el campo debe estar en blanco.
2. En la factura Condiciones de venta debe decir Crédito.
3. Para todos los proveedores, deben enviar archivo xml o pdf de la factura a la casilla dipresrecepcion@custodium.com determinada en el SII.
Las facturas que no cumplan con lo antes detallados serán reclamadas por el sistema ACEPTA.
Aquellos procesos cuya recepción de bienes se haya realizado posterior al plazo ofertado, el pago estará afecto a la aplicación de una multa, la cual podrá ser descontada directamente de la factura o bien el monto de dicha multa podrá ser transferido de manera directa a la entidad que financia dicho proyecto. En caso de que éste sea financiado por el FNDR, el monto de la multa deberá ser transferido al Gobierno Regional del Maule. Por su parte, en aquellos procesos que sean financiados a través de Minsal o con presupuesto propio del Servicio de Salud Maule, el monto de la multa deberá ser transferido al Servicio de Salud Maule.
En cualquier caso, los datos para realizar el pago de la multa serán proporcionados en el oficio de notificación de la sanción, y ratificados en el acto administrativo que aplica la multa respectiva.
Con posterioridad al pago de la multa, el proveedor deberá notificar dicho pago considerando para ello los datos de contacto dispuestos en el oficio de notificación correspondiente.
Con esta información, el Referente Técnico validará que no existe documentación pendiente y enviará el set de pago a la Unidad correspondiente (Dpto. de Recursos Financieros SSM cuando se trate de financiamiento Minsal o presupuesto propio del SSM, o bien al Gobierno Regional del Maule cuando se trate de financiamiento del FNDR).
Este set de pago incluirá toda la documentación pertinente, con excepción de la factura, dado que hasta ese momento aún no debe ser emitida Una vez que la unidad encargada de gestionar el pago haya validado el set enviado por el Referente Técnico, éste último contactará al proveedor para comunicarle que ya puede emitir la factura correspondiente.
Paralelamente este referente informará a la Unidad de Adquisiciones que se ha dado cumplimiento a los hitos necesarios para dar conformidad a la Orden de Compra correspondiente, lo cual será respaldado con el certificado de conformidad correspondiente.
En caso de recibir una factura y cuya Orden de Compra NO cuente con “Recepción Conforme”, la entidad receptora de la factura, podrá reclamarla ante el Servicio de Impuesto Internos.
Por tanto, en aquellos casos en que el proveedor emita factura antes de que la Unidad Técnica le dé la Orden de Facturación, procederá la reclamación de la factura respectiva según lo establece el procedimiento contemplado en el artículo 3° de la ley N° 19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la recepción conforme y sin observaciones.
La facturación deberá realizarse a nombre de la entidad mencionada en el numeral 1 del anexo complementario y deberá facturarse en forma separada (si así lo indica el Formulario Resumen oferta) los montos adjudicados por la clasificación de equipo y equipamiento según lo indicado en el citado Formulario (columna Clasificación).
El trámite del estado de pago correspondiente se iniciará con la correcta emisión de la factura, lo cual, como ya se ha dicho, deberá realizarse únicamente luego de que la Unidad Técnica le informe al proveedor que ya puede emitir su factura.
La correcta y oportuna entrega de las respectivas actas y documentos descritos a continuación, será de exclusiva responsabilidad del proveedor y no se aceptará otro tipo de documentación que respalde la adquisición. Todos los documentos deberán ser enviados a la dirección indicada en el Numeral 18 del Anexo Complementario y de manera paralela podrán ser enviados a la casilla electrónica del referente técnico del proceso
1. Acta de Recepción (Formulario Acta de recepción, emplazamiento e instalación) del equipo/equipamiento, firmada y timbrada por las partes involucradas.
2. Estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan con sus actuales trabajadores, con trabajadores contratados en los últimos dos años, o, si es el caso, con trabajadores de sus subcontratistas, lo cual deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la correspondiente Dirección del Trabajo.
3. Correcta entrega de las Garantías correspondientes.
4. Comprobante del depósito o transferencia de la multa (cuando corresponda).
La no entrega del Acta de Recepción de manera oportuna, facultará a la entidad licitante para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en consideración a este incumplimiento, previa notificación de la Unidad Técnica.
De acuerdo a lo señalado en el artículo N°4 de la Ley Nº19.886, y en caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el Mandante o la Entidad Licitante, según corresponda, podrá retener el Estado de Pago hasta que el oferente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
Una vez que el proveedor acredite la correcta entrega de los antecedentes, la Unidad Técnica enviará la documentación, junto a toda la información del proceso a la Unidad de Finanzas respectiva, según el financiamiento indicado en el Numeral 2 del Anexo Complementario.
El pago se realizará en un máximo de 30 días posteriores a la recepción conforme por parte del Mandante o de la Entidad Licitante (según corresponda) de la factura y todos los antecedentes de respaldo, incluyendo la documentación referida a la aplicación de multas cuando proceda. Esta situación será supervisada y visada por la Unidad Técnica y bajo las condiciones señaladas en el presente artículo.
En caso de modificaciones sociales u otros aspectos legales que afectaren entre otras, la propiedad, domicilio, representación legal de la sociedad contratante original, deberá comunicarse de inmediato estos hechos al Servicio de Salud Maule, para evaluar la vigencia del contrato.
Para el trámite de pago, el cual se efectuará mediante transferencia electrónica, el proveedor deberá presentar al momento de la contratación el Formulario: Autorización de pago por transferencia electrónica firmado por el adjudicatario, o por quien éste faculte legalmente para su representación en el cual señala los datos de la cuenta a la cual deberá(n) realizarse el (los) pago(s).
16 Datos de contacto para consultas de facturación y pago Nombre: Daniela Medina Ñ.
Email: dmedina@ssmaule.cl
Fono: 71-2-411836
Dirección de Despacho: Información se detallará en orden de compra
17 Datos para coordinación de entrega y/o ejecución Hospital de Talca
Contacto: Sr. Javier Padilla M
Dirección: 1 norte #1990, Talca.
Horario: de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08.30 a 15:30 horas.
Hospital de Curicó
Contacto: Sr. Gonzalo Sepúlveda
Dirección: Archipiélago Juan Fernández #1890, Curicó.
Horario: de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08.30 a 15:30 horas.
18 Datos De Envío De Documentación Oficina de Partes del Servicio de Salud Maule
At. Unidad de Adquisiciones
5 oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca.
2 AUTORIZA el llamado a presentar ofertas para el proceso de Licitación Pública denominado REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM, individualizada en Mercado Público bajo el ID: 2189-12-LP25.
3 La imputación presupuestaria del gasto que demande la contratación de la presente licitación se efectuará en el acto administrativo correspondiente.
4 PUBLÍCASE la presente resolución, a través de la plataforma de Mercado público bajo e ID: 2189-12-LP25, Licitación Pública: “REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN EQUIPOS PLAN DEL CANCER SSM”.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
DRA. MARTA CARO ANDIA
DIRECTORA
SERVICIO DE SALUD MAULE
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