Licitación ID: 2251-16-LE25
Servicio de test psicométricos Admisión 2026 ETA
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios psicológicos 1 Unidad
Cod: 85121608
servicio de test psicométrico e inglés para el proceso de admisión de la ETA para el año 2026. Para más detalles de lo requerido, favor de revisar Bases de Licitación, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación, así como todo documento dis  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de test psicométricos Admisión 2026 ETA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de la Escuela Técnica Aeronáutica de contratar el servicio de test psicométrico e inglés para el proceso de admisión de la ETA para el año 2026. Para más detalles de lo requerido, favor de revisar Bases de Licitación, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación, así como todo documento disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
UNIDAD DE COMPRA ESCUELA TECNICA DE AERONAUTICA
R.U.T.:
61.104.000-8
Dirección:
JOSÉ DOMINGO CAÑAS 2.700
Comuna:
Ñuñoa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-08-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 12-08-2025 12:26:38
Fecha inicio de preguntas: 12-08-2025 17:03:00
Fecha final de preguntas: 18-08-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-08-2025 19:02:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-08-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-08-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 09-09-2025 7:17:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Realizar oferta según lo solicitado en Bases de Licitación, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación, así como toda documentación asociada y disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación.
Documentos Técnicos
1.- Realizar oferta según lo solicitado en Bases de Licitación, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación, así como toda documentación asociada y disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación.
 
Documentos Económicos
1.- Realizar oferta según lo solicitado en Bases de Licitación, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación, así como toda documentación asociada y disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Para mas detalles favor de revisar Pauta de Evaluación disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación. 5%
2 EVALUACIÓN ECONÓMICA Para mas detalles favor de revisar Pauta de Evaluación disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación. 30%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Para mas detalles favor de revisar Pauta de Evaluación disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación. 3%
4 Plazo Ejecución del Servicio Para mas detalles favor de revisar Pauta de Evaluación disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación. 35%
5 EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR Para mas detalles favor de revisar Pauta de Evaluación disponible como anexo en adjuntos de la presente licitación. 27%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 12000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Natalia Leal
e-mail de responsable de pago: nleal@dgac.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: René Campos
e-mail de responsable de contrato: rcampos@dgac.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-8364430-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de vencimiento: 30-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Orden de Compra, por la ejecución del Servicio de Evaluación Psicométrica y Test de Ingles Online para proceso de admisión año 2026 para la Escuela Técnica Aeronáutica, de la Dirección General de Aeronáutica Civil.”
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Resolución de Empates
X.2 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, a continuación, se establecen los criterios de desempate para adjudicar, que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado:

Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en la evaluación del parámetro de análisis “Plazo de ejecución del servicio”.
Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en la Evaluación Económica.
Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Experiencia del Proveedor”.
Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en la evaluación del parámetro de análisis “Programa de Integridad”.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl , de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.


Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Presentación de la oferta
El oferente deberá cotizar el valor neto por el servicio del servicio ofertado, junto al plazo de entrega y experiencia del proveedor con otros organismos públicos.
Plazo de entrega
El oferente podrá realizar la ejecución del servicio en un plazo de 05 días hábiles.
Plazo de Óptimo de Entrega
El plazo óptimo para la ejecución del servicio es de 1 día hábil.
Requisitos excluyentes
I.1 El oferente que indique un plazo de ejecución del servicio superior a 05 días hábiles o no lo señale su oferta.

I.2 Las Empresas oferentes deberán dar estricto cumplimiento a lo requerido en las correspondientes Bases Técnicas, ajustándose a ellas en todos sus puntos.
De la Adjudicación
II.14 La D.G.A.C. se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y/o económicas que serán debidamente justificadas, y se podrá aumentar o disminuir el presupuesto asignado dependiendo de los precios ofertados, el que no podrá exceder el 20% de este. De igual forma, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
IMPORTANTE RETENCIÓN DEL 2 POR CIENTO
La DGAC retiene el 2% del total facturado, por todas las compras que realiza, de acuerdo al Artículo Nº 37 de la Ley Nº 16.752.
DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, contenido en el numeral 2.4 de las presentes bases de licitación. VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
DOCUMENTOS TÉCNICOS
VII.2.1 Declaración programa de integridad: conforme al formato de declaración jurada adjunto en el numeral 2.5 “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por su personal.

Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 Documentos Técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas, y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.

DOCUMENTOS ECONÓMICOS
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: • Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptar lo señalado en estas bases administrativas. Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en unidades de fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad. Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes:
1. El oferente no presenta oferta económica según lo solicitado en punto VII.3
2. La oferta económica no contiene todo lo establecido en las bases de licitación. 3. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones del servicio a contratar o plazo de ejecución de los mismos.
4. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases.
5. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación.
DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO Y DEL TÉRMINO ANTICIPADO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un treinta (30%) por ciento del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los bienes comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la presente contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento presentado. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. XI.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: • La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no sean veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, conforme a lo establecido en las presentes bases administrativas. • Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total del contrato. • Que la entrega de la adquisición no se realice conforme a las condiciones señaladas en las bases técnicas y a lo ofertado por el contratista. • Si el contratista no mantuviese comunicación con la D.G.A.C Escuela Técnica Aeronáutica, respecto de a la entrega del servicio contratado, facturación, entre otros temas en conjunto. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causal del literal c), d) párrafo final, o de algunas de las causales contenidas en el literal f) precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista, sin perjuicio de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la ley sean procedentes.
DE LA GARANTÍA
VIII.1 La DGAC requiere, por el riesgo involucrado en la contratación atendida la extensión del servicio y la necesidad de asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario, la constitución de una garantía de fiel cumplimiento del contrato, que este deberá entregar con anterioridad a la firma del contrato, consistente en una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: 


“Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Orden de Compra, por la ejecución del Servicio de Evaluación Psicométrica y Test de Ingles Online para proceso de admisión año 2026 para la Escuela Técnica Aeronáutica, de la Dirección General de Aeronáutica Civil.”


En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía


Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT N°61.104.000-8, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total neto del contrato. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco o institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile o en una compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), según expresado en moneda nacional  y deberá  contemplar  la totalidad del tiempo que empleará el contratista en la ejecución  del contrato más noventa (90) días corridos. 


Si al momento de entrar en vigor el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el período antes señalado, el contratista  en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este período, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado instrumento.


VIII.2 En el evento que la garantía se constituya mediante una póliza de seguro, esta podrá expresarse en unidad de fomento (UF), dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso, solo si se dan los presupuestos previstos en el artículo 10 del D.F.L. N°251, de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor incluir en las condiciones particulares de ella que esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.


En caso de que el instrumento de caución sea emitido en pesos chilenos, o unidades de fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.


VIII.3 La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico logística.eta@dgac.gob.cl.


En el evento que se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades.


VIII.4 El monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, podrá asociarse a las anualidades de cumplimiento de contrato permitiendo al contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetar los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de noventa (90) días corridos. Todo ello en conformidad al inciso tercero, del artículo 121, del Reglamento de Compras Públicas.

DEL PAGO Y FACTURACION
El pago del servicio se realizará en 2 hitos: 

HITO

PORCENTAJE

DESCRIPCIÓN DEL HITO

MEDIO DE VERIFICACIÓN

1

50%

Entrega y activación de servicio

Una vez entregado y activado el servicio de evaluación psicométrica y test de ingles por parte del proveedor, se procederá al pago correspondiente al hito N°1, previa emisión del Certificado de Conformidad por parte de la Inspección Fiscal

2

50%

Entrega de informes asociados

Una vez entregados los informes resultantes al uso del servicio y verificado la integridad y validez de estos documentos por la inspección fiscal, se procederá al pago correspondiente del hito N°2, previa emisión del Certificado de Conformidad por parte de la Inspección Fiscal.



 Y por cada hito se debe verificar con la documentación indicada en la tabla, los cuales permitirán al Inspector Fiscal realizar la debida inspección del servicio recibido, antes de dar la respectiva conformidad. El pago del servicio se hará conforme a la firma del Inspector Fiscal en Acta de Conformidad, en donde da a conocer que el hito del servicio fue realizado satisfactoriamente. La recepción del servicio debe materializarse mediante un informe emitido por parte del proveedor, indicando la vigencia para uso del servicio por 12 meses, el cual permitirá al Inspector Fiscal realizar la debida inspección antes de dar la respectiva conformidad. El pago se efectuará posterior a la entrega conforme de las coordinaciones previas solicitadas (capacitación, inducción y soporte), y con el servicio técnico implementado a través de la disponibilidad de los test psicológicos y de inglés online en condiciones de ser aplicados en el proceso de admisión.

DE LA FACTURACION


El prestador sólo podrá emitir la factura electrónica una vez que se haya verificado su cumplimiento contractual, hecho que será confirmado mediante el Certificado de conformidad correspondiente, emitido por el Inspector Fiscal designado para tal efecto.


La factura deberá indicar en su glosa, que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos; al impuesto del dos por ciento (2%), establecido en el artículo 37 de la Ley Nº16.752 y el número de la orden de compra asociada al contrato.
La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).


La Dirección General de Aeronáutica Civil, a través de la Oficina Gestión Logística, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo de la factura en los siguientes casos:


1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases.
2. En el evento de la falta total o parcial de entrega del servicio contratado.
3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado, según sea el caso.
4. Si es emitida en forma anticipada (antes de la recepción conforme por parte de la Inspección Fiscal).
5. Si es emitida en formato papel y que no haya sido enviada al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl.
6. Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el párrafo segundo del presente punto XXI.2
7. Si no es entregada junto con la nota de crédito correspondiente, en caso de ser solicitada.

DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS
MULTAS POR INCUMPLIMENTO CONTRACTUAL

La DGAC podrá aplicar multas por el incumplimiento de la contratación, cuya responsabilidad recaiga en el proveedor, por cada día de incumplimiento del servicio contratado y en plazos involucrados del proceso de ejecución del servicio.

Las multas antes referidas, serán equivalentes a 0.005 x P, donde P es monto total IVA incluido de la contratación, por cada día hábil de atraso en la entrega del servicio o plazos de entrega asociados y estipulados en oferta del proveedor. Con todo, dichas multas no podrán exceder del 10% del precio total de la contratación.

Completado el 10% referido en el párrafo anterior, en la presentación de los servicios contratados, sin que el proveedor hubiere cumplido, la DGAC quedará facultado para dar término anticipado a la contratación. En caso de que los servicios no sean recibidos debido a fallas, discrepancias de ejecución o algún otro factor que considere el Inspector Fiscal que imposibilita la recepción conforme de éstos, se considerará como atraso, los días transcurridos entre la notificación del Inspector Fiscal y la ejecución correcta de los servicios contratados.

XXI.2 APLICACIÓN DE MULTAS Y DESCUENTOS

1) La DGAC, notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico logística.eta@dgac.gob.cl con copia a javiera.duran@dgac.gob.cl,  pcontreras@dgac.gob.cl, matias.uribe@dgac.gob.cl o gerardo.corral@dgacl.gob.cl Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XIII de las presentes bases.

2) Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiera, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por correo electrónico.

3) En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.

4) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación:

a) Se descontará en el pago de la factura asociada al hito de pago correspondiente del servicio contratado, en forma administrativa, sin forma de juicio, previa comunicación escrita dirigida al contratista.

b) Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.

c) Aplicándolas la D.G.A.C. directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de la Orden de Compra. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia y monto estipulado en el Capítulo VIII de las presentes Bases Administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la D.G.A.C. procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa.

XXI.3 El total de las multas aplicadas no podrá exceder del 10% del valor del contrato. En este caso el DGAC podrá poner término anticipado al contrato. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios.    

XXI.4 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la Garantía, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios.

XXI.5 No se aplicarán multas al contratista cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente.

XXI.6 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal.

XXI.7 No se aplicarán multas al contratista cuando la causal en que este hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos en el capítulo XIV de las presentes bases administrativas, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente.

XXI.8 El cobro de las multas no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.