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BASES
ADMINISTRATIVAS.
I.
OBJETO DE LA
PROPUESTA
La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante
también DGAC, la entidad licitante o la Institución, llama a propuesta
pública conforme a las presentes bases de licitación, para la contratación del
servicio de reparación de cubierta del edificio de la Escuela Técnica
Aeronáutica de la D.G.A.C.
CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA
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DESCRIPCIÓN
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PLAZO
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Publicación de la Propuesta.
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Día 1
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Visita a Terreno OBLIGATORIA
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5to día hábil
administrativo contado desde la publicación de la
propuesta, a las 12:00 hrs.
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Recepción de consultas en el sistema.
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once (11) días corridos contados desde la publicación, hasta las 15:00 hrs.
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Publicación de respuestas en el sistema.
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Seis (6) días corridos contados desde la fecha final de
recepción de preguntas.
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Cierre de propuesta.
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Veintidós (22) días corridos desde la publicación, a las 15:30 horas.
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Apertura de ofertas.
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Día del cierre de la propuesta, a
las 15:31 horas.
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Etapa de evaluación de ofertas
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Dentro de 15 días corridos
contados desde la apertura de las ofertas.
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elaboración de resolución de adjudicación de la licitación
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Dentro de 16 días corridos
contados desde la recepción del informe de adjudicación.
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Elaboración y celebración de contrato.
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Dentro de los treinta (30)
días corridos contados desde la fecha de notificación en el portal
mercado público de la resolución de adjudicación de la propuesta.
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entrega de terreno
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Cinco (5) días hábiles
administrativos contados desde la resolución
aprueba contrato.
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II.
GENERALIDADES
II.1
El proceso completo de selección de
ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de
Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de
Licitaciones de la Dirección ChileCompra, la Plataforma, o el Portal, según las
instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y
conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases
técnicas, pauta de evaluación anexos, y documentos integrantes , en
adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha
de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico,
a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar
en el proceso.
II.2
La presente propuesta, el contrato
de prestación de servicios y la orden de compra que de ella se derive se
regirán por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios (en adelante Ley de Compras Públicas), el
Decreto Supremo (H) N°661 del 2024, en adelante el Reglamento), estas bases de
licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de
Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas
por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas,
respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las
bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la
Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl).
II.3
En la presente propuesta deberán
formularse ofertas por el total de lo requerido.
II.4
La Dirección General de Aeronáutica
Civil adjudicará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de
evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo
señalado en el capítulo “De la evaluación y adjudicación” de las
presentes bases administrativas.
II.5
El presupuesto estimado y
referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
ChileCompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $135.000.000.- (ciento treinta
y cinco millones de pesos) IVA Incluido.
II.6
La Dirección General de Aeronáutica
Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se
ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la Ley o el
Reglamento, y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas;
cuando todas las presentadas no fueren admisibles; o bien, cuando las que se
presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que
fundamentará debidamente.
II.7
Adjudicada la propuesta, y una vez
que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya
resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con
el oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo
XI de las presentes bases administrativas.
II.8
El proveedor no podrá ceder ni
transferir, en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones
que nacen del desarrollo de una contratación y en especial los establecidos en el
contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de
derechos y obligaciones. Además, el adjudicatario no podrá invocar
justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar
la responsabilidad que le cabe en el fiel y oportuno cumplimiento del contrato
de prestación de servicios mencionado en el punto precedente.
II.9
Si durante la vigencia del contrato
derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una
transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y
registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma
que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato
administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no
importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley
N°19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en
las bases para contratar y ejecutar el contrato.
II.10
Se hace presente que el oferente
deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo
con los requisitos establecidos en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de
Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°661 del año 2024).
La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de
Información, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será
necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre
disponible en el Registro de Proveedores, siempre que este cumpla con los
requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el
punto XI.2 del Capítulo XI, titulado Actos preparatorios del contrato.
II.11
Todos los plazos que se señalan en
esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente
que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que el término de la gestión o actuación exigida por
esta entidad licitante se verifique en sábado, domingo o festivo, esta deberá
prorrogarse para el día hábil administrativo siguiente.
II.12
Si el oferente adjudicado, al
momento de suscribir el contrato no acredita estar habilitado en el Registro
Electrónico de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección
de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los
integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, para la suscripción del
contrato definitivo, esta Dirección General deberá dejar sin efecto la
adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicará la licitación al siguiente
oferente mejor evaluado.
II.13
Los plazos que se establecen en el
cronograma de la propuesta, incluido en las presentes bases administrativas, a
saber, plazo para efectuar consultas, plazo para ejecutar visita en terreno,
plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, y fecha de
apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30)
días corridos por la entidad licitante, en la eventualidad de ocurrencia de
alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a
los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada,
será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada
por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma
de Licitaciones de la Dirección de ChileCompra (www.mercadopublico.cl).
II.14
La entidad Licitante, tendrá las más
amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes
presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus
propuestas, así como verificar su habilidad.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos,
los que no sean veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o
infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la
descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a
la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según
corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base
a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa
ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido
presentados, por constituir un
incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una
vulneración al pacto de integridad contenido en las presentes bases de
licitación y que debe ser firmado por los oferentes. Todo lo anterior, sin
perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la
falsificación de los antecedentes.
III.
DE LOS
PARTICIPANTES
III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales,
jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores (UTP),
integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, sean estas nacionales
o extranjeras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y
siguientes, del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H)
N°661 del año 2024), estando habilitadas para aquello en el Registro
Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección
de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a
las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a
licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
ChileCompra (www.mercadopublico.cl).
III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que
se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo
4º de la Ley Nº19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro
y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para contratar con
los organismos del Estado”.
Asimismo, no podrán participar de esta propuesta aquellos
oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto
con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía Fomento y
Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
Decreto Ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores
se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los
artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393 que establece la responsabilidad penal de
las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del
terrorismo y cohecho.
Igualmente, no podrán participar en esta licitación pública
aquellas personas que han sido condenadas por los Tribunales de Justicia a la
medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 sobre delitos económicos
y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de
sociedades, fundaciones o corporaciones, tener como socio, accionista, miembro
o participe con poder para influir en la administración a personas naturales
que hubieren sido condenadas a la citada medida
Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación
pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en
cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones
enumeradas en el artículo 35 quáter de la Ley Nº19.886.
Para los efectos de corroborar las inhabilidades señalas en los
párrafos precedentes, esta Dirección General considerará la declaración que se
encuentra en de la mencionada plataforma www.mercadopublico.cl.
IV.
VISITA A TERRENO,
CONSULTAS Y ACLARACIONES.
IV.1 VISITA
A TERRENO
Se efectuará una visita a terreno de carácter OBLIGATORIO,
cuyos gastos por este concepto serán de cargo y responsabilidad del interesado
que asista. La visita se realizará el Quinto (5to) día hábil
administrativo contado desde la fecha de publicación de la licitación en la
Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) a las 12:00 horas, cuyo punto de encuentro será en
Avenida San Pablo N°8411, comuna de Pudahuel, Santiago.
La visita a terreno es indispensable para que los oferentes
personalmente tomen conocimiento de las dimensiones, espacios y evalúen con
acuciosidad en terreno las dependencias y los requerimientos exigidos en las
bases de licitación, que les facilite la elaboración de sus eventuales ofertas.
Los gastos por este concepto serán de cargo y responsabilidad del interesado
que asista.
Al inicio de la actividad, los
asistentes deberán firmar el Anexo A: “Registro de participantes
visita a terreno”, incorporando la información requerida, como la razón
social y el RUT de la empresa, nombre y cédula de identidad del representante,
entre otros, Este registro será publicado en la ficha de la Licitación Pública.
Para la asistencia y participación en la visita a terreno, se dará
un margen máximo de atraso de diez (10) minutos contados desde la hora
fijada para el inicio. Quienes no cumplan con el horario establecido ni el
margen de atraso permitido, no podrán participar de la actividad, y se
considerarán como no asistentes.
Las ofertas que se reciban sin que el proponente haya participado
en la visita a terreno, no serán evaluadas, y serán declaradas inadmisibles.
IV.2 CONSULTAS
Y ACLARACIONES
Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como
las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta,
deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de
Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), dentro del
plazo de once (11) días corridos contados desde la fecha de publicación
de la propuesta, hasta las 15:00 horas.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas
a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, en un
plazo de seis (6) días corridos, contados desde la fecha final de
recepción de preguntas.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección
General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de
licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el
objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo
correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del
Sistema de Informaciones de ChileCompra. En ese caso se considerará un plazo
adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la
total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados
puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas
V.
INTERPRETACIÓN DE
LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de
licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC,
que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N°19.886 de
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y
de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría
General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los
Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la
oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la
ficha electrónica del portal Mercado Público y las bases de licitación,
prevalecerán las Bases.
Del mismo modo, en caso de discrepancia entre los anexos y el
Comprobante de Oferta, se privilegiarán los comprobantes de oferta.
VI.
GASTOS ASOCIADOS
A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente propuesta deben
ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VII.
DE LA
PRESENTACIÓN
Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a
través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra
(www.mercadopúblico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro
del plazo de veintidós (22) días corridos contados desde la fecha de
publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma, a las 15:30
horas.
El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente
que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus
términos y condiciones.
Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto
cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las
presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, pauta de
evaluación y sus anexos. por tanto, de no presentarse la documentación,
antecedentes u otra información de carácter evaluable, se asignará el menor
puntaje señalado en la pauta de evaluación.
En caso de que la omisión corresponda a un requisito excluyente,
la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de
evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente de
resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al
ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de
compras.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del
contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa
posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los
intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases
de licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y
se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las
bases de la licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de
estricta sujeción a las bases.
Las ofertas deberán ser presentadas
en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos
técnicos del o los bienes ofertados.
Esta DGAC declarará inadmisible una o más ofertas cuando,
en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto
de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo
empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de
la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la
entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación
pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo
empresarial o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos
en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás.
Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por
proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada
inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras
Públicas y el artículo 182 de su Reglamento.
Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de
forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, en tal caso,
serán declaradas inadmisibles ambas ofertas.
La DGAC podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si
determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias. Se entenderá que la
propuesta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada sea menor al
cincuenta (50%) por ciento del precio presentado por el oferente que le sigue,
sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se
cumplirán los requisitos del contrato, y se verifique por la entidad licitante
que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, conforme a lo
establecido en el artículo 61 del Reglamento.
Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (pdf)
para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos que se
deben incluir son los siguientes:
VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos,
utilizando el módulo correspondiente habilitada en el portal Mercado Público:
VII.1.1 Identificación completa del proponente
conforme a lo solicitado en el Anexo C: Formato de identificación del
proponente de las presentes bases de licitación.
VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal
de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública
que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la
solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se
generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
VII.1.3 Declaración jurada de pacto de integridad persona natural y
jurídica, conforme al formato de declaración adjunta como Anexo F:
“Formato declaración programa de integridad, Persona Natural” y al Anexo
G: “Formato declaración programa de integridad. Persona Jurídica.” y los
demás antecedentes solicitados en mencionados anexos. (si corresponde)
VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos,
utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
VII.2.1 Carta Gantt del servicio a realizar, adjuntando referente
al servicio de reparación de la cubierta del edificio de la Escuela Técnica
Aeronáutica Sede San Pablo de la DGAC, detallando tiempos y plazos
involucrados en las labores a realizar, de acuerdo con lo que se indica en
bases técnicas. (Requisito Excluyente).
VII.2.2 Antecedentes para acreditar experiencia: A modo de
acreditar la cantidad de trabajos y/o servicios de reparación o
impermeabilización de cubiertas de edificaciones que ha ejecutado el oferente
cuya intervención mínima para que el
trabajo sea válido es de 200 m², deberá adjuntar el Anexo E: “Declaración de
Trabajos Realizados y Respaldo De Servicios”, donde deberá individualizar las
obras realizadas a contar del 01 de enero de 2019 a la fecha de cierre de la
propuesta.
Para acreditar la experiencia y que esta sea evaluada, el oferente
deberá presentar los siguientes antecedentes por cada servicio a acreditar:
a)
Copia de la Orden de Compra (OC) o
Contrato de prestación de servicios.
b)
Copia de la(s) Factura(s) asociada(s) a la respectiva OC o Contrato. La presentación de la
factura se entenderá como presunción de ejecución del servicio.
c) Documento complementario
(Ej: Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Cotización aprobada o
Certificado), solo en el caso de que en la descripción de la OC o de la
Factura no se logre identificar claramente que el metraje intervenido cumple
con la superficie mínima exigida en la Pauta de Evaluación.
Todos
estos antecedentes de respaldo deberán venir obligatoriamente individualizados
y resumidos en el Anexo E de las presentes bases de licitación, los que
se evaluarán conforme a los criterios y requisitos establecidos en la Pauta de
Evaluación
VII.2.3 Deberá adjuntar el Anexo H: Formato Criterios Sustentables,
además de los respaldos solicitados en dichos anexos
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este
punto VII.2 Documentos Técnicos, se recomienda a los proponentes
adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases
técnicas, y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora,
evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso
contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter
evaluable asociados a la información omitida.
VII.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos,
utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
VII.3.1 El oferente deberá adjuntar la información solicitada en Anexo D:
“Formulario de Oferta Económica” o documento equivalente con toda la
información solicitada. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de
Compras Públicas los valores que este exigirá.
VII.3.2 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a ciento
veinte (120) días corridos contados desde la fecha de cierre de la
licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que
aceptan lo señalado en estas bases administrativas.
Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que
sea presentada en unidades de fomento (UF) u otra moneda, no será considerada
en el estudio económico de la propuesta, absteniéndose la comisión evaluadora
de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad.
Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad
las siguientes:
1.
El oferente no presenta oferta
económica.
2.
La oferta económica que no contenga
todos los valores solicitados en el Anexo D.
3.
La modificación u omisión de
cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de
condiciones, entre otros, las variaciones en las cantidades del servicio o plazo
de ejecución de los mismos.
4.
Ofertar en una moneda distinta a la
exigida en las bases.
5.
El plazo de vigencia de la oferta es
inferior al solicitado en las bases de licitación.
VIII. DE LA GARANTÍA DE
FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
VIII.1 La DGAC requiere, por el riesgo involucrado en la
contratación atendida la ejecución del servicio y la necesidad de asegurar el
pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del
adjudicatario y pago de multas , la constitución de una garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, que el adjudicatario deberá entregar dentro
de los cinco (5) días corridos posteriores a la notificación de la resolución
de adjudicación y con anterioridad a la firma del Contrato, en conformidad a lo
dispuesto en el artículo 121 del Decreto Supremo (H) N°661,un documento de
garantía consistente en una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de
seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que
asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar:
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de
prestación de servicios derivado de la licitación pública ID 2251-5-LP26 y para
el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores
del contratista y el pago de multas”.
En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa
señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en
forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a
la garantía
Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco -
Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT N°61.104.000-8, por un monto
equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total neto del contrato. La
caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter
de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un
tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera
que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o
institución de garantía recíproca (IGR),expresado en moneda nacional y deberá
contemplar la totalidad del
tiempo que empleará el contratista en la ejecución del contrato más sesenta (60) días hábiles.
En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de
seguro, esta podrá expresarse en unidades de fomento (UF), dólar de los Estados
Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los
presupuestos previstos en el artículo 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el
tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que
esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la
póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer
requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y
efectiva.
En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de
los Estados Unidos de América, o unidades de fomento (UF), este deberá
considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de
fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.
VIII.2 La garantía podrá otorgarse
mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto
representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o
electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá
ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información
relativa a la garantía directamente al correo electrónico logistica.eta@dgac.gob.cl.
De resultar adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la DGAC.,
solicitará al proveedor adjudicado aumentar la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato en los términos señalados en el párrafo final del
artículo 61, del Reglamento de compras públicas.
Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no
alcanzare a cubrir el período antes señalado, el contratista, en un plazo no
superior a cinco (5) días corridos contados desde la notificación de tal
situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender
su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida
consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave
del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para
poner término anticipado a la convención
En el evento que se modifique el
contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente
acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la
obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y
responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con
independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la
ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el
contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a cinco
(5) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de
la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello
configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que
facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de
voluntades.
Asimismo, si el contrato debe ser modificado y como consecuencia
de ello aumenta el precio de la contratación, con un límite de un treinta por
ciento (30%) del monto originalmente pactado, la garantía deberá modificarse
proporcionalmente aumentando el monto de ella a fin de que corresponda al cinco
por ciento (5%) del nuevo valor total del contrato y entregada a la DGAC
previo a la suscripción de la modificación contractual. En caso contrario, no
se suscribirá la modificación del acuerdo de voluntades.
VIII.3 Cobro de la garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato
La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada
garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones
que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de
requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las
acciones que esta Institución pueda ejercer.
La DGAC queda especialmente facultada para hacer efectiva
la citada garantía, por:
a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señaladas en la
letra g) del capítulo XIV.1 de término anticipado al contrato.
b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la
letra c) y d) párrafo final del capítulo XIV.1 de término anticipado al
contrato.
c)
Incumplimiento del contratista en el
pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de
fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si
existiere, previa entrega de una nueva garantía.
d) Cualquier otra causal establecida en estas Bases de Licitación.
VIII.4 De la devolución
La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será
devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que
se efectuará en la Oficina de Finanzas de la Escuela Técnica Aeronáutica Sede
Claudio Villar (San Pablo), ubicada en San Pablo Nº8411, Pudahuel, Santiago, a
través del “Formulario de retiro” disponible en la Oficina Gestión
Logística, de la Escuela Técnica Aeronáutica Sede Quinta Normal, ubicada en Avenida
Portales N°3450, comuna de Estación Central, de la misma ciudad.
En el efecto que esta garantía sea de carácter digital en su
constitución, esta institución procederá a informar mediante correo electrónico
la expiración de ella, no siendo necesario su retiro en físico.
IX. DE
LA APERTURA
La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el mismo
día hábil administrativo del cierre de la licitación, a las 15:31
horas, en forma electrónica, a través de la Plataforma de Licitaciones de
la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl)
En la apertura se efectuará la descarga de los documentos
administrativos, técnicos y económicos de todas las ofertas recibidas en la
Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El examen y análisis del detalle del contenido de los
documentos antes citados, corresponderá exclusivamente a la comisión
evaluadora.
Una vez confirmada el acta
de apertura electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la
Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), se liberarán
automáticamente las ofertas permitiendo la publicidad de las mismas y los
proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas
siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la
Plataforma, las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez
(10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro
(24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas
que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la
apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para
interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su
prosecución el día hábil siguiente.
Cuando haya
indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) circunstancias que deberá ser ratificada por la Dirección de
Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual
deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las
veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas;
los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (02) días hábiles
administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de
indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), en formato digital al correo logistica.eta@dgac.gob.cl o formato papel, en la Oficina Gestión Logística de la Escuela
Técnica Aeronáutica, ubicada en Av. Portales N°3450, comuna de
Estación Central, Santiago, Región Metropolitana, de lunes a viernes entre
las 08:30 y las 15:00 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera
del Sistema de Información serán publicados en dicho sistema una vez
solucionada la indisponibilidad.
X. DE
LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
X.1 La
entidad licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante
resolución e integrada por tres (3) funcionarios de la Dirección General de
Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyan
las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y
análisis detallado de las ofertas, y demás documentos, con el objetivo de
determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de
licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo
se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles.
La comisión evaluadora propondrá a la autoridad facultada para
declarar inadmisible una o más ofertas, declarar desierta la licitación o
proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes bases.
Las ofertas serán ponderadas con un cincuenta (50%) para
los aspectos técnicos, un cuarenta y dos (42%) para los
aspectos económicos, con un, con un cinco por ciento (5%) para el
cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta, con un
uno por ciento (1%) para el criterio programa de integridad y con un dos por
ciento (2%) para el criterio criterios sustentables.
Para la evaluación de las ofertas económicas se considerará el
valor total de la oferta.
La DGAC adjudicará la licitación a aquel oferente que,
cumpliendo las exigencias de estas bases de licitación, obtenga el mayor
puntaje ponderado luego de la aplicación de los criterios de evaluación
respectivos, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las
ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que
no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
X.2 Frente a la eventualidad de que dos o más
oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, a continuación, se
establecen los criterios de desempate para adjudicar, que serán aplicados en el
siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente
resulte adjudicado:
1°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en la evaluación de los EVALUACIÓN ECONÓMICA.
2°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en la evaluación de la EXPERIENCIA EN EL MERCADO.
3°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en el criterio PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO.
4°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en el criterio GARANTIA.
5°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en el criterio cumplimiento de evaluación criterio
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES.
6°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en el criterio cumplimiento de evaluación criterio
PROGRAMA DE INTEGRIDAD.
7°
Se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje ponderado en el criterio cumplimiento de evaluación criterio
CRITERIOS SUSTENTABLES.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar
los criterios definidos anteriormente, se seleccionará la oferta que ingresó
primero en el portal www.mercadopublico.cl,
de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de
ingreso de oferta.
X.3 Durante
el período de evaluación, y de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de
la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes
y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema
de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de cuarenta
y ocho (48) horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para
salvar tales errores u omisiones.
Se deja establecido que no se considerarán errores formales
aquellos relacionados con el precio de la oferta.
La entidad
licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas
y el período de evaluación. Los oferentes afectados tendrán un plazo de
cuarenta y ocho (48) horas, contado desde el requerimiento de la entidad
licitante, el que se informará a través del Sistema para presentar los
antecedentes omitidos.
Para efectos de las facultades
contempladas en los párrafos precedentes, se contempla el criterio de
evaluación de “Cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la
oferta”, conforme al cual, se le asignará menor puntaje a aquellas ofertas
que no cumplieron dentro del plazo de presentación de las ofertas con acompañar
todos los antecedentes requeridos en las presentes bases de licitación.
Durante el período de evaluación,
los oferentes solo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los
efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del
portal Mercado Público.
X.4 Dentro
de los treinta y un (31) días corridos siguientes a la fecha de apertura
de las ofertas, la comisión evaluadora deberá emitir el informe de evaluación y
sugerencia de adjudicación y la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará
la resolución de adjudicación o deserción, según corresponda, la que se
notificará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección
ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo
señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema
de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para
adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento
de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo
fundado.
Los oferentes dispondrán de cuarenta y ocho (48) horas para
efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser
formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de
Licitación de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), o directamente
al correo electrónico logistica.eta@dgac.gob.cl, y serán contestadas por
la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4)
días hábiles administrativos.
XI. ACTOS
PREPARATORIOS DEL CONTRATO
XI.1 Luego
de dictada la resolución de adjudicación y que esta se encuentre totalmente
tramitada, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de
notificado en el portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección
General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato de prestación de servicio
con el oferente adjudicado.
XI.2 Para
celebrar el contrato de prestación de servicio, el adjudicatario deberá
presentar dentro de un plazo de Quince (15) días corridos,
contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el referido
portal, los siguientes documentos:
XI.2.1 Si el adjudicatario es una
persona jurídica, deberá presentar:
▪ Copia de la patente municipal vigente.
▪ Certificado de inicio de actividades
ante el Servicio de Impuestos Internos (SII)
▪ Copia de la escritura de su constitución y de aquellas que
contengan las modificaciones que hubiere experimentado; los documentos que
acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción
de tales extractos en el Registro de Comercio o en el Registro de Empresas y
Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
▪ Certificado de vigencia de la sociedad,
emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, o por el Registro
de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o la
autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días
corridos a la fecha de su presentación.
▪ Certificado de vigencia de personería de
su(s) representante(s), expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio
respectivo, o por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días
corridos a la fecha de su presentación.
▪ Fotocopia de la cédula de identidad vigente de su(s) representantes(s).
XI.2.2 Si el adjudicatario es una persona natural, deberá presentar
la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal
o no esté actualizada:
▪ Fotocopia de su cédula de identidad vigente.
▪ Copia de la patente municipal vigente.
▪ Certificado de iniciación de actividades ante el Servicio de
Impuestos Internos (SII).
XI.2.3 Si el adjudicatario es una Unión Temporal de Proveedores (UTP),
deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes, los antecedentes
señalados previamente, según corresponda, en el caso de que estos no se
encuentren en el portal o no estén actualizados. Además, deberán dar cumplimiento a lo señalado en el
artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, y acompañar la escritura
pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta
forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante
o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto y que
considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo su
renovación o prórroga.
XI.3 La
entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo
de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación
original, cuando:
1.
El adjudicatario se desistiere de
firmar el contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido en las bases.
2.
No presenta los documentos exigidos
para celebrar el contrato en el plazo de quince (15) días corridos.
3.
No presenta la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato en los términos establecidos en estas bases.
4.
Si al momento de suscribir el
correspondiente contrato, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro
Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección
de Compras y Contratación Pública.
5.
Los demás requisitos establecidos en
las bases para la suscripción del contrato.
XI.4 Requisitos
para contratar:
Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores
que se encuentren hábiles en el Registro de Proveedores.
La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los
proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través
de su inscripción en ese Registro.
Tratándose de una unión temporal de proveedores (UTP), todos sus
integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley
de Compras Públicas.
Asimismo, en cualquiera de los casos anteriores, deberá presentar
el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales emitido por
la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del
artículo 4° de la Ley N°19.886 (Formulario F30-1).
XI.5 Información
de personal a ejecutar el servicio:
El Contratista deberá remitir a la Inspección Fiscal, con un
mínimo de cinco (05) días hábiles administrativos de anticipación al inicio de
las obras, el listado completo del personal que ingresará al recinto de la ETA,
adjuntando obligatoriamente por cada trabajador: Nombre completo, copia de
cédula de identidad vigente, nacionalidad y Certificado de Antecedentes para
fines especiales vigente. No se autorizará el ingreso de ningún operario que no
cuente con esta validación de seguridad aprobada.
XII. CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO
El contrato de prestación de servicios contendrá la
individualización del proveedor, las características del servicio contratado,
el precio, el plazo de duración, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento,
las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así
como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y
demás menciones y cláusulas establecidas en estas bases.
El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula
por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de
limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de
tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de
autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
En la eventualidad de un incumplimiento contractual o declaración
de término anticipado del contrato en conformidad con las presentes bases, la DGAC
publicará en el módulo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl
la resolución que aplique la multa o que declare el término anticipado.
XIII. DE LAS
MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y
artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los
principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el
equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato.
Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un treinta (30%)
por ciento del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente
con disponibilidad presupuestaria para ello.
Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los bienes
comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés
público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad
pública que dio origen a la presente contratación.
Cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor
debidamente calificadas por la entidad licitante, y el contratista esté
impedido de cumplir sus obligaciones, siempre que dicho cambio no genere
inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC;
que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a
la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio
financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para
aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure
el impedimento
Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto
administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las
modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de
Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
XIV. DEL TÉRMINO ANTICIPADO
XIV.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad
a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo
130 de su Reglamento, por las siguientes causas:
a)
La muerte o incapacidad
sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica
de la sociedad contratista.
b)
La resciliación o mutuo acuerdo
entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir
sus obligaciones.
c)
Estado de notoria insolvencia del
contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d)
La imposibilidad de ejecutar la
prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible
modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y
el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, la entidad
sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren
entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del
contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se
apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 de la Ley de
Compras Públicas y el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras
Públicas.
e)
Por exigirlo el interés público o la
seguridad nacional.
f)
Cuando el contratista se encuentre
en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N°
21.595. de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la
pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8
y 10 de la Ley N° 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
g)
Por incumplimiento grave del
contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento
grave del contratista lo siguiente:
●
Registrar saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados a la mitad del período de ejecución del
contrato.
●
La presentación de antecedentes
falsos, entendiéndose por estos, los que no sean veraces, íntegros o
auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos
antecedentes, o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de
la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados,
conforme a lo establecido en el punto II.14 de las presentes bases
administrativas.
●
Exceder el monto máximo establecido
para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el
10% del precio neto total del contrato.
●
Si es notificado el prestador acerca
de las deficiencias en la entrega del servicio por parte de la Inspección
Fiscal en relación con las actividades y funciones singularizadas en las bases
técnicas, y este no realiza correcciones a las observaciones notificadas en el
plazo de un (03) días hábiles administrativos de la fecha de notificación
realizada al prestador por parte de la DGAC mediante correo electrónico.
●
En caso que el contratista
abandonare intempestivamente la ejecución del Servicio en un plazo de dos (03)
días hábiles Administrativos o informe su decisión de poner término al contrato
de forma unilateral, sin perjuicio de las multas y descuentos aplicables. o
bien, si dentro de la ejecución del servicio este presenta siete (7) o más
multas por incumplimiento contractual.
●
En caso de conducta indebida grave
por parte del personal del contratista. Se entenderá por conducta indebida
aquellos actos de acoso sexual, laboral, robos, daños a la propiedad, manejar o
presentarse bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, entre
otras.
●
El incumplimiento en el plazo de Quince
(15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para
entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se
modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución.
●
El incumplimiento en el plazo de
cinco días (5) corridos, contados desde la notificación al contratista, para
entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida
por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades, la
vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo
de vigencia del contrato.
●
El incumplimiento en el plazo de
cinco (5) días corridos, contados desde la notificación al contratista, para
que éste proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, por el mismo período de vigencia y monto estipulados en las bases
administrativas, en el evento en que esta hubiere sido ejecutada para
satisfacer el pago de una multa.
●
Que el prestador no cumpla con la
entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en
el plazo de cinco (5) días corridos, en el evento que por incumplimiento de sus
obligaciones laborales y de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los dos (02) últimos años, la DGAC haya hecho
efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato para pagar
con ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras, acorde a
lo señalado en el capítulo XXIV de las presentes bases administrativas.
●
El incumplimiento por parte del
contratista de todas las disposiciones laborales y sociales vigentes,
especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo y Ley sobre
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para con sus dependientes,
acorde a lo señalado en el capítulo XXIV de las presentes bases
administrativas.
●
El incumplimiento grave de alguna de
las obligaciones señaladas en el capítulo XXIII de estas bases administrativas.
●
La ausencia del Prevencionista de Riesgos
exigido en las Bases Técnicas, la ejecución de trabajos en altura sin sistemas
de protección certificados, la manipulación de sustancias peligrosas sin los
EPP requeridos o el incumplimiento reiterado de instrucciones de seguridad
impartidas por la Inspección Fiscal o por Prevención de Riesgos DGAC.
De proceder la declaración de término anticipado del contrato por
la causal del literal c), d) párrafo final, o de algunas de las causales
contenidas en el literal g) precedente, la DGAC lo hará efectivo sin
forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al
contratista, sin perjuicio de las multas que correspondieren por incumplimiento
contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de
acuerdo a la ley sean procedentes.
XIV.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado
del contrato será el siguiente:
a)
La DGAC notificará al
contratista el inicio del procedimiento de término anticipado de contrato,
mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el
contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo
de Cinco (05) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o
alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico logistica.eta@dgac.gob.cl
b)
Cumplido el plazo, sea que el
contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la
procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco
(05) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la
que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la
dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo
establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas.
XV. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o
fuerza mayor aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a
cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas,
entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45
del Código Civil de la República de Chile.
En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte
afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra
parte, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos desde
que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo
para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de
los cinco (05) días hábiles administrativos siguientes de la referida
comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la
ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó
conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro
de igual término.
En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá
comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y al correo logistica.eta@dgac.gob.cl.
Acreditada ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para
analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de
acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo
en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior
a la duración del caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
XVI.
DE LA COMPETENCIA
El contrato que se derive de la presente licitación se someterá a
la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando ambas partes domicilio en Santiago
de Chile, prorrogándose su competencia para tal efecto en los tribunales de
justicia de esta ciudad.
XVII. DE LA CONFIDENCIALIDAD.
La Dirección General de Aeronáutica Civil y el contratista se
obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información
que obtengan en virtud del contrato a suscribir. Dicha obligación durará
estando vigente la ejecución del acuerdo de voluntades.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información
confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco
podrán revelar o comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que
pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que
no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su
conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato.
XVIII. DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La vigencia del contrato que se suscriba se contará desde la total
tramitación de la resolución que lo aprueba y se extenderá hasta su completa
ejecución.
IXX. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación o material informativo relacionado con esta
propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los
proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o
facilitada a terceros a ningún título, a menos que cuente con una autorización
escrita para tal efecto.
XX. DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total
ni parcialmente, los derechos y obligaciones, que emanan de la adjudicación de
la propuesta y del contrato definitivo, salvo que una norma legal especial lo
permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que
emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del
derecho común.
XXI. DEL PAGO, FACTURACION Y REAJUSTABILIDAD
XXI.1 DEL PAGO Y FACTURACIÓN
La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el art. 8° de la
Ley de Presupuestos para el año 2026, pagará los compromisos a los proveedores
de bienes y servicios de cualquier naturaleza, incluidos aquellos relacionados
a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de
fondos.
La entrega de los trabajos según estado de pago debe
materializarse con “Informe de Estado de Avance de servicio” por cada
estado de pago asociado, que permitirá a la Inspección Fiscal, realizar la
debida inspección de éstas antes de otorgar su conformidad para cada estado de
pago. Finalizando en el último estado de pago con un “Informe de Término de
Servicio”, en el cual la empresa señale que el servicio de reparación de la
cubierta del Edificio ETA, se ejecutó de acuerdo a las bases técnicas de
la licitación, y que permitirá a la Inspección Fiscal, realizar la debida
inspección de éstas antes de otorgar su conformidad total al servicio
realizado.
Posterior a la entrega y la conformidad de la Inspección fiscal en
cada estado de pago, el contratista deberá emitir y presentar o entregar la
factura electrónica correspondiente, junto al Certificado de cumplimiento de
obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1) emitido por la Dirección
del Trabajo durante los meses de ejecución de servicio.
El
pago se realizará de acuerdo a cuatro (04) estados de pago que se indican a continuación:
1.
ESTADO DE PAGO N°1:
El
primer (1°) estado de pago corresponderá a un 10% del monto total del contrato,
el cual se pagará una vez que el Inspector Fiscal haya recibido conforme la
siguiente partida:
|
1
|
OBRAS PRELIMINARES
|
|
1.1
|
Presentación y aprobación formal por parte del Inspector Fiscal del
"Plan de Trabajo” y apertura de libro de obras y acta de entrega de
terreno
|
|
1.2
|
Instalación completa de las faenas
|
|
1.3
|
Montaje, nivelación y fijación del 100% de los cuerpos de andamios
estructurales requeridos para el trabajo en altura, los cuales deberán contar
con sus respectivas certificaciones de seguridad vigentes bajo norma técnica
nacional
|
|
1.4
|
Instalación de los cierres perimetrales de seguridad, mallas
anticaídas y señalética de advertencia en las zonas de tránsito de la
Escuela.
|
2.
ESTADO DE PAGO N°2:
El
segundo (2°) estado de pago corresponderá a un 20% del monto total del
contrato, el cual se pagará una vez que el Inspector Fiscal haya recibido
conforme la siguiente partida:
|
2
|
|
EJECUCIÓN
INTEGRAL SECTOR I - ALA ORIENTE
|
|
2.
|
1
|
Retiro y remoción técnica total de la membrana asfáltica deteriorada
existente en el Sector I (Ala Oriente)
|
|
2.
|
2
|
Limpieza profunda, greteado (lijado mecánico) y reparación estructural
de las planchas de Alucobond base del Sector I
|
|
2.
|
3
|
Tratamiento, sellado y puenteo de juntas críticas, uniones y
fijaciones mediante mallas de fibra de alta resistencia e imprimantes epóxicos.
|
|
2.
|
4
|
Aplicación por proyección del sistema definitivo multicapa de Poliurea
pura bicomponente y barniz de terminación alifática con protección UV en el
100% de la superficie del Sector I.
|

3.
ESTADO DE PAGO N°3:
El
tercer (3°) estado de pago corresponderá a un 20% del monto total del contrato,
el cual se pagará una vez que el Inspector Fiscal haya recibido conforme la
siguiente partida:
|
3.
|
|
EJECUCIÓN INTEGRAL SECTOR II - ALA
PONIENTE
|
|
3.
|
1
|
Retiro y
remoción técnica total de la membrana asfáltica deteriorada existente en el
Sector II (Ala Poniente). No se autorizará el inicio de este retiro si el
Sector I no cuenta con la aprobación del EDP N°2.
|
|
3.
|
2
|
Limpieza profunda, greteado (lijado mecánico) y reparación estructural
de las planchas de Alucobond base del Sector II
|
|
3.
|
3
|
Tratamiento,
sellado y puenteo de juntas críticas y fijaciones en el Sector II
|
|
3.
|
4
|
Aplicación
por proyección del sistema definitivo multicapa de Poliurea pura bicomponente
y resina alifática con protección UV en la totalidad del Sector II.
|

4.
ESTADO DE PAGO N°4:
El
cuarto (4°) estado de pago corresponderá a un 50% del monto total del contrato,
el cual se pagará una vez que el Inspector Fiscal haya recibido conforme las
siguientes partidas y únicamente cuando la totalidad de la cubierta (1.970 m²
aprox.) esté entregada, probada y libre de observaciones, restituyendo el orden
del recinto.:
|
4.
|
|
SECTOR III NODO CENTRAL, PRUEBAS Y
RECEPCIÓN CONFORME
|
|
4.
|
1
|
Limpieza,
preparación de superficie y aplicación directa del sistema multicapa de
Poliurea pura y barniz alifático UV en el Sector III (Nodo Central,
correspondiente a las pendientes Aguas 3, 4 y 5), completando la totalidad
del metraje de la cubierta.
|
|
4.
|
2
|
Canalización,
sellado e impermeabilización manual de las canaletas de evacuación de aguas
lluvias, bajadas y perímetros de fachada.
|
|
4.
|
3
|
Ejecución
y entrega del informe de Ensayos de Aseguramiento de Calidad de Espesor de
Membrana mediante Ultrasonido, realizado en toda la extensión de la obra.
|
|
4.
|
4
|
Aprobación
obligatoria de la Prueba de Estanqueidad e Impermeabilidad, consistente en la
inyección de agua con flujo constante mediante mangueras por un lapso mínimo
de veinte (20) minutos en canales, tragaluces y bajadas, sin presentar
filtración alguna al interior del edificio.
|
|
4.
|
5
|
Desarme
total de andamios, retiro de cierres perimetrales, traslado de la totalidad
de los escombros y excedentes a un botadero autorizado y aseo final profundo
de entrega, y entrega de informes de finalización de obra.
|

El
contratista deberá tener presente que el pago de las facturas se efectuará
dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de ella(s) y,
que se encuentra afecta al impuesto del 2% establecido en el artículo 37 de
la Ley N°16.752, y a eventuales retenciones y/o descuentos.
La(s)
Factura(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección estipulada en la orden de
compra o enviada(s) mediante la modalidad de factura electrónica, a la casilla
de correo electrónico logistica.eta@dgac.gob.cl, con la mayor
información posible para su destino interno y respectivo pago, como, por
ejemplo: número de orden de compra.
La(s)
factura(s) sólo podrá(n) emitirse cuando se encuentre firmado el Certificado de
Conformidad por la Inspección Fiscal por cada estado de pago asociado.
La
factura respectiva, deberá indicar en su glosa, al menos la siguiente
información: número de orden de compra, que es pagadera dentro de los treinta
(30) días siguientes a la fecha de recepción, que se encuentra afecta al impuesto
del 2% establecido en el artículo 37 de la Ley Nº16.752.
El
DGAC rechazará la factura electrónica en los siguientes casos:
● Si
la factura no cuenta con el estado de pago visado mediante certificado de
conformidad por el Inspector Fiscal.
● Si
no ha sido enviada junto a su archivo XML al correo electrónico: dte.recepcion@dgac.gob.cl
● Si
su glosa no contiene la información mínima exigida en el punto anterior.
Será
requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere el Contrato, que
la empresa acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y
previsionales, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del
Trabajo, lo que deberá justificarse mediante la presentación del formulario
F30-1, correspondiente al mes anterior a la prestación del servicio.
XXI.2 REAJUSTABILIDAD
El precio del contrato por el servicio no experimentará variaciones
ni reajuste durante el periodo de vigencia.
XXII. DE LAS MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTA.
XXII.1 MULTAS POR
INCUMPLIMENTO CONTRACTUAL
Se contemplará el pago de multa por incumplimiento
contractual, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, en conformidad a
lo siguiente:
1.
Multa por Atraso en el Plazo de
Ejecución: Por cada día hábil administrativo
de atraso en la entrega final de la obra, respecto del plazo ofertado y
adjudicado, se aplicará una multa equivalente al 1% del valor neto total del
valor del contrato. Esta multa tendrá un tope máximo de diez (10) días hábiles
administrativos. Superado dicho tope, la DGAC estará facultada para iniciar el
procedimiento de término anticipado del contrato.
2.
Multa por Vulneración de la
Metodología de Sectorización: Si el
contratista inicia faenas de desmantelamiento de membrana asfáltica en un
sector no autorizado, o contraviene el "Plan de Trabajo de Ejecución
Parcializada" dejando expuesta la cubierta del edificio Claudio Villar a
contingencias climáticas sin la debida imprimación, se aplicará una multa de 3
UTM por cada evento o día en que se mantenga el incumplimiento, obligando a
la paralización inmediata de dichas faenas.
3.
Multa por Incumplimiento de Medidas
de Seguridad y EPP: Si el personal del contratista es
sorprendido realizando trabajos en altura sin arnés, línea de vida, casco, u
omitiendo el uso de cualquier Elemento de Protección Personal (EPP) exigido; o
si se constata la alteración de andamios y cierres perimetrales, se aplicará
una multa inmediata de 2 UTM por cada trabajador en infracción o por
cada evento constatado.
4.
Multa por Ingreso de Personal No
Autorizado: Por cada trabajador o
subcontratista que sea sorprendido prestando servicios en el recinto de la
Escuela Técnica Aeronáutica, sin haber sido declarado previamente en la nómina
oficial, o sin contar con la validación de seguridad y certificado de
antecedentes aprobado por la Inspección Fiscal, se aplicará una multa de 1
UTM por persona/evento.
Excepción: No se aplicará esta sanción si el contratista, ante una
ausencia imprevista diaria, informa la necesidad de reemplazo al Inspector
Fiscal al momento del ingreso, entregando en el acto la documentación requerida
para autorizar su acceso excepcional y/o estos cambios de personal son
autorizados por la Inspección Fiscal durante la ejecución de las obras.
5.
Multa por Acumulación de Escombros y
Falta de Aseo: El contratista tiene la obligación
de mantener las áreas de trabajo, andamios y el perímetro del edificio
despejados. Si la Inspección Fiscal constata la acumulación injustificada de
escombros (restos de asfalto, tarros de poliurea, etc.) que obstaculicen el
libre tránsito o revistan un peligro, y estos no son retirados en un plazo de
24 horas tras la notificación mediante libro de obras o correo electrónico, se
aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en el despeje.
6.
Multa por Incumplimiento en Plazos
de Respuesta: Si el proveedor no da respuesta
formal a los requerimientos, observaciones técnicas o instrucciones escritas
del Inspector Fiscal en el Libro de Obras o vía correo electrónico dentro del
plazo de dos (02) días hábiles administrativos, se aplicará una multa
equivalente a 0,5 UTM por cada día hábil de atraso en la respuesta.
7.
Multa por Incumplimiento en
Inasistencia en Entrega de Terreno:
Si el proveedor no asiste a entrega de terreno en fecha y hora coordinada con
IF mediante correo electrónico, o no realiza la firma de documento acta de
entrega de terreno y Libro de Obras, se aplicará una multa equivalente a 0,5
UTM por cada día hábil de atraso en la presentación y firma de documentos
asociados.
NOTA: Para efectos de cálculo de UTM
(Unidad Tributaria Mensual) para aplicación de multas, se considerará valor de
UTM del mes en el cual se concurrió en la falta.
XXII.2 APLICACIÓN DE MULTAS
La aplicación de multas se hará
efectivos, conforme al siguiente procedimiento:
a)
La DGAC, notificará al
contratista sobre el incumplimiento contractual detectado mediante correo
electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el
Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del
incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el
contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos,
para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo
electrónico logistica.eta@dgac.gob.cl.
Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista
no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su
incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la
oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV de las
presentes bases.
b)
Una vez realizados los descargos por
parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco
(05) días hábiles administrativos sin que éste haya formulado
descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa
y los descargos presentados, si los hubiera, mediante resolución fundada, la
que será notificada al contratista por correo electrónico.
c)
En caso de que el contratista
resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los
recursos contemplados en la Ley Nº19.880, de conformidad a las normas en ella
establecidas al efecto.
d)
Una vez ejecutoriada la resolución
que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse en el siguiente
orden de prelación:
- Pago
directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio,
dentro de cinco (05) días hábiles administrativos contados desde
la notificación de la resolución que aplica la multa.
- Deducción
del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (05) días señalados precedentemente,
sin que el contratista haya enterado el pago de la multa, o este haya
manifestado de manera expresa que no pagará, la multa se deducirá del estado de
pago en curso o próximo a facturar por el incumplimiento o la falta de
servicio.
- Aplicándolas
la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno
cumplimiento de contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de
deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista
deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados
desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo
período de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas,
manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado.
Con posterioridad a la entrega de la
caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento
y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al
pago de la multa.
No se aplicarán multas al contratista cuando la causal en que este
hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor,
definidos en el capítulo XV de las presentes bases administrativas,
circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente.
El cobro de la multa contemplada en este capítulo no impide ni
limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al
contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de
perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación
del contratista del cumplimiento de su obligación principal.
XXIII. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista se obligará, entre otros, a lo siguiente:
1.
A no ceder ni transferir a terceros,
bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de
la propuesta y del contrato. Asimismo, se obliga a no subcontratar con
terceros, bajo ninguna forma, la prestación de los servicios adjudicados.
2.
Mantener una comunicación permanente
con el Inspector Fiscal de la DGAC, a fin de solucionar de inmediato
cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del Contrato de
Prestación de servicios.
3.
Cumplir todas las exigencias que
establezca la DGAC, en función de estas Bases Administrativas, Bases
Técnicas, Anexos, oferta y del Contrato.
4.
Iniciar la prestación del servicio
contratado una vez emitida el Acta de Entrega de Terreno.
5.
Cumplir con los plazos de ejecución
ofertados.
6.
Dar cumplimiento a las obligaciones
que se establecen en las Bases Técnicas.
7.
Exigir de sus dependientes la
observancia de las normas de higiene y seguridad establecidas por la DGAC.
8.
Obligación Respeto a la Ley 21.369:
El contratista adjudicado, así como todo el personal que éste destine para la
ejecución del servicio en las dependencias de la institución, declara conocer y
comprometerse a respetar estrictamente las disposiciones de la Ley N° 21.369,
que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el
ámbito de la educación superior. Será obligación del contratista informar a sus
trabajadores sobre los protocolos internos de prevención de la institución y
colaborar activamente en caso de activarse un procedimiento de investigación.
El incumplimiento de estas normas será considerado una falta grave a las obligaciones
contractuales. Si un trabajador del contratista comete una conducta de acoso
dentro del recinto o contra un miembro de la comunidad, la institución puede
exigir el remplazo inmediato del trabajador sin perjuicio de la investigación
correspondiente. La institución podrá poner término anticipado al contrato de
forma inmediata y sin derecho a indemnización para el proveedor, si se constata
la participación de éste o de sus dependientes en actos constitutivos de acoso
sexual, violencia o discriminación de género descritos en la Ley N° 21.369.
9.
No presentarse a las pruebas
técnicas de buen funcionamiento.
10.
El Contratista deberá comunicar por
escrito a la Inspección Fiscal (Correo Electrónico) la terminación de los
trabajos.
11.
Mantener perfectamente aseado el
lugar de trabajo, libres de escombros y limpio.
12.
Será de responsabilidad y costo
exclusivo del Contratista todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de
la ejecución de los trabajos se cause a instalaciones de terceros y del propio
recinto a intervenir.
13.
En caso de que se produzcan robos,
hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la
DGAC, el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o
dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la
notificación respectiva, informada previamente por la DGAC.
14.
Los siguientes actos están
estrictamente prohibidos y serán absoluta responsabilidad del proveedor
asegurar que esto no ocurra:
a.
Manipular y usar equipos de
cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados
o estén mencionados en el contrato respectivo o sean ajenos a la función.
b.
Apropiarse de información, ya sea en
forma digital o física de propiedad de la institución o de los ocupantes del
recinto.
c.
Presentarse a trabajar en estado de
embriaguez o bajo la influencia del alcohol o drogas.
d.
Consumir bebidas alcohólicas,
psicotrópicos o cualquier otra sustancia similar en el recinto a intervenir.
e.
Fumar en áreas o zonas restringidas.
f.
Realizar durante el desempeño de sus
labores, cualquier actividad ajena a aquellas establecidas en el Contrato
respectivo.
g.
Cometer actos, omisiones o
imprudencias temerarias que pongan en riesgo la seguridad y la vida del
personal institucional como de terceros durante la ejecución del Servicio.
h.
Ingresar a zonas restringidas o
aulas de clases, sin previa autorización del inspector Fiscal, la cual se
realizará por correo electrónico.
XXIV. LEYES SOCIALES,
SEGUROS Y OTROS
Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las
disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas
establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en
especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las
disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la
D.G.A.C., cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias
institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones,
la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y
a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de
seis (06) meses, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de
remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin
perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del
Trabajo a través del formulario F30-1.
En caso de que el contratista no acredite oportunamente el
cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma
señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley
Nº20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de
subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que
tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a
dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedores.
De conformidad con lo que disponen los artículos 11 de la Ley
Nº19.886 y 121 y 124 de su Reglamento y la Ley Nº20.123, la DGAC podrá
hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en caso
de que el prestador mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o
sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
dos (02) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o
instituciones previsionales acreedores. En este caso, el contratista deberá
presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de
fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto
requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el
incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si hubiera transcurrido el plazo
antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la
DGAC podrá poner término anticipado al contrato, por constituir una
causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIV.1, letra g) de
las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que
correspondan.
Será requisito indispensable para cursar el pago, que el prestador
acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales antes
señaladas respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio
contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del
Trabajo, modificado por la Ley Nº20.123 (F30-1), lo que efectuará por cualquier
medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.
Asimismo, el incumplimiento por
parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente
será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del
contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las
sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización
de perjuicios.
XXV. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación
y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
1.
El oferente se compromete a respetar
los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números
1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos,
lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en
los derechos humanos mediante sus actividades, productos o Servicios, y
subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores
de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.
El oferente se obliga a no ofrecer
ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven
de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos
que de ello se deriven.
3.
El oferente se obliga a no intentar
ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera
fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera
de sus tipos o formas.
4.
El oferente se obliga a revisar y
verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias
para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
5.
El oferente se obliga a ajustar su
actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.
El oferente manifiesta, garantiza y
acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
7.
El oferente se obliga y acepta
asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.
El oferente reconoce y declara que
la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
9.
El oferente se obliga a tomar todas
las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que
este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10.
El oferente se obliga a cumplir con
lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley 19.886.
XXVI.DE LA
ENTREGA DE TERRENO E INICIO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
ENTREGA A TERRENO:
La entrega de terreno para el inicio de las faenas se efectuará
dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos,
contados desde la total tramitación y notificación de la resolución que aprueba
el contrato definitivo. Para la materialización de este hito, la Inspección
Fiscal coordinará con el contratista la concurrencia a las dependencias de la
Escuela Técnica Aeronáutica (Sede San Pablo) ubicada en Avenida San Pablo 8411,
comuna de Pudahuel.
Será requisito indispensable para la firma del Acta de Entrega de
Terreno y el consecuente inicio de obras, que el contratista haya dado
cumplimiento íntegro a la entrega de la nómina de su personal, adjuntando
copias de cédulas de identidad y certificados de antecedentes para fines
especiales, permitiendo así la validación de seguridad por parte de la DGAC.
En dicha instancia, ambas partes suscribirán de mutuo acuerdo la
respectiva "Acta de Entrega de Terreno" de firma obligatoria
por ambas partes y se procederá a la apertura formal del Libro de Obras o Libro
de Novedades. En ambos casos los
documentos y libros deben ser obligatoriamente firmados por ambas partes.
Queda expresamente establecido que será a partir de la fecha de
suscripción de dicha Acta que comenzará a computarse el plazo de ejecución
del servicio ofertado y adjudicado por el contratista. Ningún trabajo
preparatorio o traslado de materiales previo a este acto se considerará como
inicio oficial del servicio.
Requisitos para la Entrega de Terreno
La DGAC no realizará la entrega de terreno
mientras el contratista no haya acreditado:
●
Nómina de trabajadores.
●
Certificados de altura física.
●
Certificados de capacitación.
●
Certificado de mutualidad.
●
Programa de prevención.
●
Matriz de riesgos.
●
Identificación del Prevencionista de Riesgos.
●
Procedimientos de trabajo seguro.
●
Plan de manejo ambiental y residuos.
Sanciones por no presentarse a entrega a terreno:
En caso de que el contratista no concurra a la entrega de terreno
en el plazo estipulado por causas que le sean imputables, o no cumpla con la
entrega de los antecedentes de seguridad de su personal para habilitar el
ingreso, la DGAC quedará facultada para aplicar las multas por atraso
correspondientes, o bien, iniciar el procedimiento de término anticipado del
contrato por incumplimiento grave a sus obligaciones.