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Generalidades: |
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El presente proceso de compras se regirá por estas bases técnicas, económicas, administrativas y anexos complementarios, las normas legales y reglamentarias vigentes a su llamado. Asimismo, constituirán reglas propias de la propuesta las aclaraciones escritas que emita la SEREMI de Salud Tarapacá, en adelante “la SEREMI”, sea que ellas fueren requeridas por los mismos oferentes o bien impartidas de oficio, en la oportunidad que se indica más adelante.
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Artículo 1°: Nombre de la licitación. |
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La SEREMI de Salud de Tarapacá en adelante “la SEREMI”, llama a Licitación Pública por el “SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS MULTIFUNCIONALES (PARA IMPRIMIR, ESCANEAR Y FOTOCOPIAR DOCUMENTOS) PARA LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA SEREMI”
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Artículo 2°: Objetivo de la licitación. |
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Se requiere contratar el servicio de arriendo de impresoras multifuncionales nuevas o seminuevas para los diferentes Departamentos de la SEREMI con el objetivo de reducir los costos de suministros y/o mantenciones asociadas a este tipo de equipos, así como también, reducir el impacto ambiental que genera la eliminación de cartuchos de tinta y tóner.
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Artículo 3°: Servicio requerido. |
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Servicio de arriendo de 15 impresoras multifuncionales (para imprimir, escanear y fotocopiar documentos) nuevas o seminuevas para los distintos Departamentos de la SEREMI.
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Artículo 4:° Características técnicas mínimas requeridas |
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● La propuesta debe considerar; Despacho, habilitación, configuración y capacitación de funcionarios.
● Software de monitoreo, reporte de fallas.
● SLA: 2 horas de respuesta, 12 horas de servicio en terreno, 24 horas de solución, equipos de backup.
● Servicio técnico en la región.
● Equipos multifuncionales, en perfecto esto de funcionamiento, con una antigüedad acreditable de no más de 3 años.
● Despacho, instalación, configuración y capacitación de funcionarios.
● Cumplimiento de exigentes niveles de servicio (SLA).
● Administración de suministros 100% todo incluido.
● Tiempo de entrega y habilitación: 5 días hábiles posterior a la OC.
● Tiempo de respuesta: 2 horas.
● Técnico en terreno: 12 horas.
● Tiempo de solución: 24 horas.
● Mesa de ayuda de Software de control y monitoreo de fallas.
● Mesa de ayuda de Servicio técnico propio con certificación de la Mantención.
● Equipos de backup.
1. Equipo tipo A: 10 unidades
No se aceptarán propuestas que no cumplan el requerimiento mínimo solicitado.
Multifuncionales MONOCROMATICO A4
Tipo de Tecnología LASER
Función Impresión
Copiado
Digitalización en color
Tamaños de papel máximos soportados Carta y Oficio (A4)
Rendimiento mínimo de tóner 46.700 copias
Rendimiento mínimo de DRUM 60.000 copias
Rendimiento mínimo de FUSER 200.000 copias
Conectividad Ethernet 10/100/1000 Base-T, USB 3.0 de alta velocidad, Wi- Fi 802.11n y Wi-Fi Direct con kit Wi-Fi opcional (admite conexiones con cable e inalámbricas simultáneas), NFC “pulsar para emparejar”
Ciclo de trabajo mensual comprobable con ficha técnica de equipo ofrecido 300.000
Entrada de Papel By pass + Bandeja
Pantalla 7 pulgadas
Velocidad de impresión a una cara Hasta 55 PPM
Velocidad de impresión a dos caras Hasta 49 PPM
Tamaño de Cristal de Exposición Carta y Oficio (A4)
Bandeja 1 Capacidad: 550 hojas
Tamaños personalizados: De 76.2 x 190 mm a 216 x 356 mm
Bandeja especial Capacidad: 150 hojas
Tamaños personalizados: De 76 x 127 mm a 216 x 356 mm
2. Equipo tipo B: 4 unidades
No se aceptarán propuestas que no cumplan el requerimiento mínimo solicitado.
Multifuncionales MONOCROMATICO A3
Tipo de Tecnología LASER
Función Impresión
Copiado
Digitalización en color
Tamaños de papel máximos soportados Carta y Oficio + doble carta (A3)
Rendimiento mínimo de tóner 30.000 copias
Rendimiento mínimo de DRUM 200.000 copias
Rendimiento mínimo de FUSER 100.000 copias
Conectividad Ethernet 10/100/1000 Base-T, USB 3.0 de alta velocidad, Wi-
Fi 802.11n y Wi-Fi Direct con kit Wi-Fi opcional
(admite conexiones con cable e inalámbricas simultáneas), NFC “pulse para emparejar”
Ciclo de trabajo mensual comprobable con ficha técnica de equipo ofrecido 153.000
Entrada de Papel By pass + 2 Bandeja + stand.
Pantalla 7 pulgadas
Velocidad de impresión a una cara 35 PPM
Velocidad de impresión a dos caras 26 PPM
Tamaño de Cristal de Exposición Carta y Oficio + Doble carta (A3)
Bandeja 1 Capacidad: 510 hojas
Tamaños personalizados: De 5.5 x 7.17 pulg. a 11.69 x 17
pulg./139.7 x 182 mm a 297 x 431.8 mm
Bandeja especial Capacidad: 100 hojas
Tamaños personalizados: De 88.9 x 98.4 mm a 297 x 431.8 mm
(de 3.5 x 3.87 pulg. a 11.69 x 17 pulg.)
3. Equipo tipo C: 1 unidad
No se aceptarán propuestas que no cumplan el requerimiento mínimo solicitado
Multifuncional Color
Tipo de Tecnología LASER
Función Impresión
Copiado
Digitalización en color
Tamaños de papel máximos soportados Carta y Oficio + doble carta (A3)
Rendimiento mínimo de tóner 30.000 copias
Rendimiento mínimo de DRUM 200.000 copias
Rendimiento mínimo de FUSER 100.000 copias
Conectividad Ethernet 10/100/1000 Base-T, USB 3.0 de alta velocidad, Wi-Fi 802.11n y Wi-Fi Direct con kit Wi-Fi opcional
(admite conexiones con cable e inalámbricas simultáneas), NFC “pulse para emparejar”
Ciclo de trabajo mensual comprobable con ficha técnica de equipo ofrecido 153.000
Entrada de Papel By pass + 2 Bandeja + stand.
Pantalla Táctil a color
Velocidad de impresión a una cara
43 PPM
Velocidad de impresión a dos caras
45 PPM
Tamaño de Cristal de Exposición Carta y Oficio + Doble carta (A3)
Bandeja 1 Capacidad: 550 hojas
Tamaños personalizados: De 5.5 x 7.17 pulg. a
11.69 x 17
pulg./139.7 x 182 mm a 297 x 431.8 mm
Bandeja especial Capacidad: 100 hojas
Tamaños personalizados: De 88.9 x 98.4 mm a 297 x 431.8 mm
(de 3.5 x 3.87 pulg. a 11.69 x 17 pulg.)
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Artículo 5°: Contraparte técnica y compromisos de los funcionarios/as. |
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La contraparte técnica estará a cargo del encargado de TIC’s (o quien le subrogue).
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Artículo 6°: Monto disponible y vigencia del servicio. |
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El monto disponible para la presente contratación es de $35.100.000.- impuestos incluidos, para la totalidad del servicio. El servicio tendrá vigencia de 12 meses desde la fecha de adjudicación y envío de orden de compra.
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Artículo 7°: Naturaleza de los Proveedores. |
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Podrán participar todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que emitan factura y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases y que no registren alguno de los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años a la fecha de presentación de la oferta y que no se encuentren condenadas a algunas de las penas indicadas en el en la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.886, no podrán participar en estas licitación, los funcionarios directivos de la SEREMI, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54° de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas hasta tercer grado de consanguinidad o hasta segundo grado por afinidad. Para estos efectos, se entiende por funcionarios Directivos hasta el nivel de jefe de Departamento.
La SEREMI de Salud podrá verificar la información del proveedor a través de los medios disponibles.
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Artículo 8°: Antecedentes legales para ofertar. |
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Para que las ofertas sean consideradas válidas, los proponentes deberán estar inscritos y en estado Hábil en el Registro de Proveedores (www.mercadopublico.cl). La acreditación de los antecedentes se realizará conforme al siguiente detalle:
Requisitos según tipo de oferente:
Documentación Requerida Persona Natural Persona Jurídica
Inscripción en Registro de Proveedores Estado Hábil Estado Hábil
Declaración Jurada para Contratar Firmada por el titular Firmada por Representante Legal
Cédula de Identidad (Fotocopia) Del titular Del Representante Legal
Certificado de Vigencia de la Sociedad No aplica Requerido (Antigüedad menor o igual 60 días)
Certificado de Vigencia de Poder Rep. Legal No aplica Requerido (Antigüedad menor o igual 60 días)
Anexos de la Licitación Firmados por el titular Firmados por Representante Legal
Notas importantes sobre la vigencia:
● Acreditación: Se recomienda que todos estos antecedentes se encuentren actualizados directamente en el Registro de Proveedores para agilizar la etapa de evaluación.
● La SEREMI podrá verificar la veracidad de los antecedentes presentados a través del Registro de Proveedores u otras fuentes oficiales, pudiendo solicitar aclaraciones o antecedentes adicionales en caso de estimarlo necesario.
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Artículo 9°: Norma y orden de precedencia de los documentos. |
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Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos:
1. Aclaraciones y respuestas sobre los documentos de la licitación o las bases entregadas por la SEREMI, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
2. Bases administrativas, técnicas, económicas y los respectivos
3. Oferta del proponente.
4. Acta de apertura electrónica.
5. Resolución de adjudicación, declara desierta, fallida o inadmisible.
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Artículo 10°: Plazos de la Licitación. |
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La presente Licitación se desarrollará conforme a las etapas y plazos que se indican en la ficha de licitación del portal www.mercadopublico.cl.
El llamado a propuesta con sus bases y anexos que rigen el presente proceso se publicará en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo.
Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal.
Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes en el mismo Portal. Tanto las consultas y respuestas se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La SEREMI, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo señalado en el portal www.mercadopublico.cl, sin indicadores del autor de las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consulta formarán parte integrante de las Bases, entendiéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiese solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la SEREMI podrá modificar las presentes Bases, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Lo anterior, sin perjuicio que la realización de dicha modificación sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información. En tales circunstancias la SEREMI deberá prorrogar el plazo, para presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de antecedentes, considerando lo estipulado en el plazo anterior, prórroga que será otorgada a todos los oferentes en las mismas condiciones y que no podrá ser inferior a 3 días ni superior a 10 días.
El cierre de la licitación puede exceder los plazos establecidos, si la fecha de cierre coincide con día inhábil.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en ficha de mercado público.
La SEREMI se reserva el derecho de ampliar el plazo de cierre, apertura y adjudicación del proceso de Licitación, si 5 horas antes de la hora y fecha señalada como cierre no se hubieren presentado Oferentes. El plazo para ofertar se extenderá automáticamente por un período entre 3 a 7 días hábiles a contar de la fecha de cierre inicial, asimismo, su plazo de apertura y adjudicación.
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Artículo 11°: Presentación de la oferta. |
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Cada proponente puede presentar una propuesta por el servicio solicitado. Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor expresado en pesos chilenos por el servicio, siendo de su responsabilidad los errores de cálculo o transcripción. No se aceptarán ofertas que se presenten por otro medio distinto a lo establecido en estas bases.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del Portal se haya realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los documentos que desea adjuntar. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. En caso de indisponibilidad del Portal o problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda.
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Artículo 12° Admisibilidad de las ofertas y declaración desierta y de la re-adjudicación. |
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La SEREMI resolverá la adjudicación, sobre la base del informe de la Comisión de Evaluadora; y se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o fallida cuando estas no resulten convenientes a sus intereses, o no cumplan con los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases, todo de conformidad al artículo Nº9 de la Ley Nº19.886, en ambos casos, los proponentes no tendrán derecho a reclamo o indemnización alguna por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta o fallida la licitación.
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Artículo 13°: Contenido de la “Oferta económica, administrativa y técnica”. |
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13.1 Oferta económica - ANEXO N° 4
Deberá Completar el Anexo N° 4 señalando los costos fijos y variables que permitirán realizar la o las evaluaciones. Indicar tiempo de entrega de los equipos.
Serán declaradas inadmisibles, aquellas propuestas que no presenten anexo con oferta económica, que excedan el presupuesto
disponible, que presenten información poco clara o incompleta y ofertas por $1 (un peso).
De existir diferencias entre lo ingresado en el Sistema de Información y el anexo propuesta económica, prevalecerá lo señalado en el anexo de propuesta económica.
13.2 Documentos técnicos- ANEXOS N° 5 y 6
Serán declaradas inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con el servicio solicitado o que no presenten los siguientes documentos:
● Experiencia del Anexo N° 5.
● Cumplimiento Anexo N° 6.
De faltar alguno de los documentos solicitados, la oferta NO será aceptada, siendo rechazada, lo que quedará consignado en el Acta de Evaluación.
13.3 Documentos administrativos Presentar los siguientes documentos:
● Anexo N° 1: Identificación del oferente, persona natural o jurídica.
● Anexo N° 2: Aceptación de Bases de Licitación.
● Anexo N° 3: Declaración Jurada
● Antecedentes solicitados en el Artículo N°8 de las presentes Bases, según corresponda a Persona Natural o Jurídica y si se encuentra inscrito en Registro de Proveedores.
● Programa de integridad y cumplimiento normativo: el oferente deberá adjuntar una declaración simple en la que indique si cuenta o no con un Programa de Integridad y Ética Empresarial y/o con un Modelo de Prevención de Delitos conforme a la Ley N° 20.393. En caso afirmativo, deberá acompañar copia del documento. La presentación de este antecedente NO será objeto de evaluación ni asignación de puntaje, ni constituirá requisito excluyente para la admisibilidad de la oferta, sin perjuicio de las obligaciones que emanan de la normativa vigente durante la ejecución del contrato.
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Artículo 14°: Subsanación de errores u omisiones formales. |
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La SEREMI, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
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Artículo 15°: Comisión evaluadora, criterios de evaluación y adjudicación de las ofertas. |
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15.1 Comisión evaluadora.
El análisis y evaluación de las propuestas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por los siguientes funcionarios o sus subrogantes legales, todos los cuales deben tener la calidad de funcionarios públicos.
● Jefe Departamento Desarrollo Institucional o quien le subrogue para estos efectos.
● Jefe TIC o quien le subrogue para estos efectos.
● Encargada de la Unidad de Recursos Físicos y Abastecimiento o quien le subrogue para estos efectos.
Corresponde a la Comisión Evaluadora dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 57 del Decreto Supremo N°661 del Ministerio de Hacienda.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
15.2 Criterios de Evaluación.
Se asignará puntaje a cada proveedor de acuerdo con los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por oferta, comparando en igualdad de condiciones la conveniencia técnico – económica de cada una de ellas.
Los puntajes para cada Criterio, su ponderación y puntaje máximo total ponderado serán los siguientes:
N° Criterio Ponderación en %
1 Precio Costo Fijo 40
2 Precio Costo Variable 35
3 Experiencia en servicios similares 25
PUNTAJE MAXIMO TOTAL PONDERADO 100%
15.2.1.-Precio Costo Fijo neto por equipo (40%)
Se deberá entregar el precio del costo fijo unitario mensual del servicio por equipo, en valores netos (sin impuestos ni recargos), considerando sin costo el despacho y todo lo indicado en el Art. 4 de las presentes bases. (anexo N°4)
Precio Mínimo / Precio Evaluado x 100 = Puntaje asignado x ponderación 40% = Puntaje Ponderado.
15.2.2.-Precio Costo Variable (35%)
Los proveedores que participen de esta licitación deberán entregar el precio del costo variable unitario por impresión en blanco/negro y a color. Los proveedores deberán considerar el costo de utilización de tóner y/o cartridge de cada impresión en el precio de los atributos variables ingresados en cada ficha de producto, debido a que, durante la vigencia del contrato de arriendo, el adjudicatario deberá entregar los suministros para la impresora en arriendo sin costo adicional para los compradores, excluyendo el papel para la impresión en la entrega de suministros.
El precio que el oferente ingrese en el campo de costo variable unitario, blanco/negro y a color, en el Anexo N°4, deberá ser expresado en valores netos (sin impuestos ni recargos), para la entrega del servicio por equipo, considerando sin costo el despacho y todo lo indicado en el Art. 4 de las presentes bases.
Precio Mínimo / Precio Evaluado x 100 = Puntaje asignado x ponderación 35% = Puntaje Ponderado.
NOTA:
Consumo mensual aproximado de impresiones en blanco/negro y a color.
Estos datos permiten calcular el valor total de oferta y de acuerdo con el presupuesto máximo autorizado.
EQUIPO Consumo mensual total aproximado de hojas por tipo de Equipo (calculo costo variable)
Equipo A (blanco/negro) 60.000
Equipo B (blanco/negro) 15.000
Equipo C (blanco/negro) 5.875
Equipo C (a color) 3.000
Toda Oferta que sobrepase el presupuesto máximo autorizado y disponible por solicitud será declarado inadmisible y no pasara a evaluación.
15.2.3. Experiencia en servicios similares acreditados (25%)
Se evaluará la experiencia del oferente en servicios de arriendo de impresoras, la cual deberá acreditarse mediante contratos, órdenes de compras, facturas del servicio.
Para efectos de esta evaluación, se entenderá por servicios similares aquellos que consideren la entrega en arriendo de equipos de impresión, junto con el soporte técnico y el suministro de insumos necesarios para su funcionamiento.
Solo se considerarán contratos terminados o en ejecución, dentro de los últimos 5 años, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
La correcta ejecución de los servicios deberá acreditarse mediante certificados de cumplimiento, actas de recepción conforme u otros documentos equivalentes que permitan verificar que el servicio ha sido prestado de manera satisfactoria.
En el caso de contratos en ejecución, se deberá acreditar su cumplimiento mediante certificados parciales, informes u otros antecedentes que den cuenta de su correcta ejecución a la fecha.
La SEREMI podrá verificar la veracidad de los antecedentes presentados. Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:
Experiencia Puntaje
4 o más contratos similares con acreditación de cumplimiento 100
3 contratos similares con acreditación de cumplimiento 75
2 contratos similares con acreditación de cumplimiento 50
1 contrato similar con acreditación de cumplimiento 25
Sin experiencia acreditada o sin respaldo de cumplimiento 0
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Artículo 16°: Mecanismo de resolución de empates. |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación:
1. PRECIO COSTO FIJO
2. PRECIO COSTO VARIABLE
3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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Artículo 17°: De la Adjudicación, re-adjudicación, inadmisibilidad, declaración desierta y notificación. |
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17.1 Adjudicación de la oferta:
La SEREMI de Salud publicará en el Sistema de Información los resultados de sus procesos de licitación o contratación. Asimismo, deberán publicar la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso, en conformidad al artículo 59 de este reglamento.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de licitación, la SEREMI de Salud informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Asimismo, podrá ser prorrogado en el caso del artículo 61 del presente reglamento.
La SEREMI de Salud adjudicará la licitación a la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases y conforme a la normativa vigente. Podrá, asimismo declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas, cuando se configuren las causales establecidas en estas bases, en la ley de compras y su reglamento.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
La SEREMI de Salud no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en
conformidad a la ley.
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Las consultas respecto de la adjudicación deberán ser formuladas en un plazo máximo no mayor a 48 horas y dirigidas a los siguientes correos electrónicos: sandra.povedam@redsalud.gob.cl y jorge.guzman@redsalud.gob.cl. Las respuestas a las consultas se realizarán a través de este y medio y con el mismo plazo.
17.2 Re adjudicación: Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
17.3 Inadmisibilidad de las ofertas: La SEREMI declarará inadmisibles aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación, en la normativa legal o en el reglamento correspondiente.
Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un mismo procedimiento de contratación, se presenten propuestas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas que pertenezcan al mismo grupo empresarial o que se encuentren relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
En estos casos, la entidad licitante considerará, para efectos de evaluación, únicamente la oferta más conveniente presentada por empresas del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios definidos en las Bases. Las demás ofertas serán declaradas inadmisibles. En caso de que las Bases no establezcan criterios específicos, se considerará como oferta más conveniente aquella que presente el menor precio y que cumpla técnicamente con lo solicitado.
En todos los casos, la resolución de inadmisibilidad deberá ser debidamente fundada y publicada en el Sistema de Información, conforme al principio de publicidad y transparencia.
17.4 Ofertas riesgosas o temerarias: De acuerdo con el art. 61 del reglamento de compras, la SEREMI de Salud podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
17.5 Declaración de la licitación pública como desierta: Se declarará desierto (o fallida) la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no resulten convenientes a los intereses de la Entidad.
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Artículo 18°: Consulta sobre la Adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles corridos, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica
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Artículo 19°: Requisitos para contratar. |
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Al momento de la suscripción del Contrato, el oferente deberá entregar:
1. Encontrarse en estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado debido a: No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).No haber sido condenado de acuerdo con la ley 393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl y se suscribirá también un Contrato de prestación de servicios, si procediere.
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Artículo 20°: Contratación y validez de las ofertas. |
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El artículo 117 del Decreto N° 661/24 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que se requerirá la suscripción de Contrato (obligatoria) cuando la licitación sea por monto igual o superior a 1.000 UTM.
Sin perjuicio de que el monto disponible de la contratación sea inferior a las 1.000 UTM, atendida la naturaleza del servicio, se exigirá la suscripción de contrato por escrito entre las partes, con el fin de garantizar la correcta ejecución del servicio y resguardar adecuadamente los intereses de la administración.
El contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada.
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre de la licitación. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.
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Artículo 21°: Emisión de la orden de compra. |
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La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor.
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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Artículo 22°: Documentos. |
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Formarán parte integrante del servicio contratado los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica:
1. Las bases de licitación, anexos y especificaciones técnicas.
2. La propuesta recibida, aclaraciones,
3. Resolución de Adjudicación.
4. Orden de Compra.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que le permite la ley para resolver controversias.
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Artículo 23°: Cesión del Contrato. |
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El Proveedor no podrá en caso alguno, ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del Contrato definitivo al que de origen las presentes bases de licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato.
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Artículo 24°: Facturación y pago. |
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24.1 Facturación.
Al término de cada mes, el PROVEEDOR solicitará vía correo electrónico a las casillas jorge.guzman@redsalud.gob.cl y jonathan.cerda@redsalud.gob.cl, el contador de los equipos en arriendo.
Una vez recibida la recepción conforme, el PROVEEDOR deberá emitir Factura con los siguientes datos: SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI SALUD DE TARAPACÁ. DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR.
RUT : 61601000-K
CIUDAD : IQUIQUE.
GIRO : SERVICIO PUBLICO. FORMA DE PAGO: CRÉDITO.
La SEREMI pagará el precio convenido por servicio efectivamente entregado, en pesos chilenos, debiendo el PROVEEDOR cumplir con el servicio contratado.
Enviar archivo XML de factura al correo: subsalrecepcion@custodium.com. Este archivo debe ser enviado antes de 72 horas de lo contrario el sistema la rechazará automáticamente.
La SEREMI de Salud tendrá un plazo de 8 días (192 horas) para proceder al reclamo del contenido de la factura conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
24.2 Pago.
Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad de este por el jefe del Departamento o su subrogante, adjuntando los documentos que se señalan a continuación:
1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud Región de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme” por el proveedor.
2. Certificado de cumplimiento: El certificado será emitido por el encardo de Unidad o su En el certificado se debe indicar la plena
conformidad de los servicios contratados, indicando si se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de contrato.
3. Para el caso de pago de costo variable, se deberá adjuntar información relativa al consumo del mes.
4. Factura: Concordante con la orden de compra la factura deberá contener en su glosa el N° de la orden de compra, descripción del servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia.
La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
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Artículo 25°: Efectos derivados de incumplimientos del Proveedor. |
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25.1 Aplicación de Multas.
La infracción de las obligaciones y prohibiciones establecidas en las presentes bases, por hecho imputable al adjudicatario o a uno cualquiera de los trabajadores a través de los cuales ejecute el Contrato, dará lugar a la aplicación de multas administrativas y en las condiciones que se regulan a continuación:
Incumplimiento Periodicidad Valor de la multa
Incumplimiento en el plazo para el despacho, instalación, configuración o capacitación. Por cada día de atraso en cualquiera de los puntos
0,5 % de la orden de compra emitida.
Incumplimiento en la administración de suministros Por cada incumplimiento 0,5 % de la orden de compra emitida.
Incumplimiento en el tiempo de respuesta Por cada hora de retraso 0,2 % de la orden de compra emitida.
Incumplimiento Técnico en terreno Por cada hora de retraso 0,2 % de la orden de compra emitida.
Incumplimiento Tiempo de solución Por cada hora de retraso 0,2 % de la orden de compra emitida
25.2 Procedimiento de Aplicación de Multas.
Se notificará al adjudicatario la multa correspondiente acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica donde se dé cuenta de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por correo electrónico del adjudicatario que declare en la oferta y registro de proveedores.
Una vez notificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante la SEREMI, quien resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la SEREMI. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el adjudicatario se allane expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada de la SEREMI, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880.
Con todo, las multas establecidas, serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del adjudicatario.
Se entenderá que el Proveedor adjudicado está en mora por el sólo incumplimiento de los plazos establecidos para cualquiera de las obligaciones pactadas, y no será necesario requerimiento judicial previo.
En los casos que lo considere pertinente, la contraparte técnica de la Autoridad Sanitaria podrá limitarse a amonestar por escrito al adjudicatario, por escrito, (correo electrónico) a corregir la falta pesquisada otorgándole a través del mismo medio un plazo prudencial al efecto. Vencido dicho término sin corrección de la falta imputada, la contraparte técnica de la SEREMI procederá conforme al párrafo precedente.
En su conjunto, las multas aplicadas al proveedor adjudicado durante la vigencia del presente Contrato no podrán superar las 20% del valor total de la orden de compra.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicado en los estados de pago más próximo y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente debiendo realizar el pago en un plazo no superior a 15 días desde notificada la multa.
En el caso de que el adjudicatario no pueda dar cumplimiento al Contrato por causas originadas por la SEREMI, éste deberá informar por escrito al email jonathan.cerda@redsalud.gob.cl y jorge.guzman@redsalud.gob.cl; para dejar constancia formal del hecho. Este plazo parcial será descontado del total final del tiempo de incumplimiento, para valorar las multas a considerar en los descuentos.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la SEREMI de poner término anticipado al Contrato en los casos previstos en las presentes bases.
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Artículo 26°: Término anticipado, causales y modificación del servicio o contrato. |
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La SEREMI podrá modificar o poner término anticipado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se verifican las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
3. Denostar el adjudicatario y/o sus trabajadores a través de medios de comunicación o redes sociales a la Institución.
4. Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda.
5. Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
6. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural
7. Incurrir el adjudicatario en falsedad en la documentación presentada.
8. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
9. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
10. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
11. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
12. La infracción de esta prohibición del artículo N° 20 de las presentes bases.
13. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.
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Artículo 27°: Modificaciones y término Anticipado del servicio. |
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27.1 Modificaciones contractuales. Art. 129 DS. 661/24
El contrato, la orden de compra, las bases de licitación y las especificaciones técnicas podrán ser modificadas en los siguientes casos:
1. Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o contrato.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
iv. Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La SEREMI de Salud, estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones
realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la SEREMI de Salud, siempre que esta última cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
28.2 Condiciones para la modificación del contrato. Según lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto 661/24 en contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento la Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento previsto en este artículo. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
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Artículo 28°: Servicios Adicionales y Disminuciones. |
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En caso, que la SEREMI de Salud requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del proveedor adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de estos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y solo por única vez.
La SEREMI de Salud podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al proveedor adjudicado, por correo electrónico y/o mediante oficio, hasta contemplar un 30% del monto total del contrato, ya sea en una o varias ocasiones, según disponibilidad presupuestaria y acto administrativo fundado.
Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del Contrato, acorde a los servicios contratados.
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Artículo 29°: Naturaleza de la prestación de servicios. |
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El proveedor adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de servicio de seguridad y vigilancia y no tendrá la calidad de dependientes de la SEREMI de Salud, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
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Artículo 30° Cláusula de integridad/Probidad administrativa. |
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El proveedor adjudicado se obliga a observar los principios de probidad, transparencia y legalidad en todas las actuaciones relacionadas con la ejecución del contrato, absteniéndose de ofrecer beneficios, dádivas o cualquier tipo de incentivo indebido a funcionarios públicos. El incumplimiento de esta cláusula será causal de término anticipado del contrato.
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Artículo 31°: Responsabilidad del Proveedor. |
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El proveedor será responsable por el correcto y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en las presentes bases, asumiendo plenamente su ejecución.
En tal sentido, responderá de manera exclusiva por:
1. Los daños y perjuicios que, por acción u omisión, cause a la SEREMI de Salud, a sus funcionarios, bienes o instalaciones, en el marco de la ejecución del contrato.
2. Los daños causados a terceros, derivados de la ejecución de los servicios contratados, incluyendo su personal dependiente, vehículos, o cualquier otro medio utilizado para prestar los servicios.
3. El incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales, incluyendo fallas por falta de personal o ejecución deficiente de los servicios.
4. El incumplimiento de legislación laboral, previsional y de seguridad social respecto de sus trabajadores, así como de toda la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
5. Cualquier acto u omisión atribuible al proveedor que implique el pago de multas, indemnizaciones, sanciones administrativas o judiciales a cargo de la SEREMI de Salud, las cuales deberán ser restituidas íntegramente por el proveedor dentro de los plazos establecidos por la institución.
El proveedor no podrá eximirse de su responsabilidad invocando actuaciones de terceros, subcontratistas o personal de su dependencia.
La presente cláusula se aplicará sin perjuicio de las acciones civiles, administrativas o penales que la SEREMI de Salud pueda ejercer en caso de incumplimiento grave.
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Artículo 32° Subcontrataciones, remuneraciones, cotizaciones previsionales |
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El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato, no tendrá en caso alguno, relación laboral ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la SEREMI, sino exclusivamente con el Proveedor que los contrató.
Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento del Proveedor adjudicado de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la SEREMI para poner término anticipado al contrato. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123 y la Ley N°16.744.
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Artículo 33°: Domicilio y Jurisdicción. |
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Para los efectos de esta licitación, los oferentes deberán fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Iquique y someterse a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
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Artículo 34°: Notificaciones. |
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Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de trascurridas 24 horas desde que la SEREMI publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
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