Licitación ID: 2270-5-LE26
EXP 550 SERVICIO OBRAS MENORES 2026-2027
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 50
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
SERVICIO DE OBRAS MENORES PARA EL MANTENIMIENTO O REPARACIONES DE MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA EN LAS DEPENDENCIAS de la SEREMI DE SALUD DE TARAPACA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EXP 550 SERVICIO OBRAS MENORES 2026-2027
Estado:
Adjudicada
Descripción:
EXP 550 SERVICIO OBRAS MENORES PARA LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ 2026-2027
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Seremi de Salud I Región
R.U.T.:
61.601.000-K
Dirección:
Thompson Nº 127. Pisos 1, 3, 4, 5 y 9
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-02-2026 19:55:00
Fecha de Publicación: 27-01-2026 12:08:45
Fecha inicio de preguntas: 27-01-2026 15:07:00
Fecha final de preguntas: 29-01-2026 15:07:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-02-2026 15:07:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-02-2026 19:56:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-02-2026 19:56:00
Fecha de Adjudicación: 24-02-2026 15:08:06
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OPTATIVA (NO EXCLUYENTE Y SIN EVALUACION) A REALIZARSE EN CALLE THOMPSON 127, IQUIQUE. 05-02-2026 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formato de Identificación del oferente persona natural o jurídica. Anexo N° 1.
2.- DJ Causales de inhabilidad e incompatibilidad y deudas con trabajadores. Anexo N° 2.
Documentos Técnicos
1.- Se considerará la información presentada en el Anexo N°4, relativa a la experiencia de la empresa oferente en el rubro. Para acreditar la información consignada en dicho anexo, los participantes deberán presentar la documentación pertinente que la respalde, como órdenes de compra, facturas u otros comprobantes equivalentes.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán indicar en su propuesta económica el valor del servicio ofertado. Anexo N°3 “Oferta Económica”. Este deberá ser presentado en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl. De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada en el Anexo N°3, se considerará lo indicado en este último documento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes DETALLES EN ARTICULO 13.2.2 DE BASES DE LICTACION ADJUNTAS 30%
2 Precio DETALLES EN ARTICULO 13.2.1 DE BASES DE LICTACION ADJUNTAS 40%
3 Tiempo de garantía de trabajos realizados DETALLES EN ARTICULO 13.2.3 DE BASES DE LICTACION ADJUNTAS 20%
4 Subsanación de errores u omisión de requisitos for DETALLES EN ARTICULO 13.2.4 DE BASES DE LICITACION ADJUNTAS 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 30000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GABRIEL ARAYA
e-mail de responsable de pago: gabriel.arayae@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: JORGE GUZMAN FIGUEROA
e-mail de responsable de contrato: jorge.guzman@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2404674-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Generalidades:
El presente proceso de compras se regirá por estas Bases administrativas, técnicas y anexos complementarios de la propuesta; las normas legales reglamentarias vigentes a su llamado. Asimismo, constituirán reglas propias de la propuesta las aclaraciones escritas que emita la SEREMI de Salud Tarapacá, en adelante “la SEREMI”. Cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y Anexos de esta licitación se considerará parte integrante del servicio contratado para estos efectos entre el oferente adjudicado y la SEREMI. Cabe mencionar que por el sólo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de las condiciones de las presentes Bases.
Artículo 1°Nombre de la licitación.
“SERVICIO DE OBRAS MENORES PARA EL MANTENIMIENTO O REPARACIONES DE MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA EN LAS DEPENDENCIAS DE LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
Artículo 2°: Objetivo de la licitación.
La SEREMI, llama a licitación pública para proveer el servicio de SERVICIO DE OBRAS MENORES PARA EL MANTENIMIENTO O REPARACIONES DE MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA EN LAS DEPENDENCIAS de la SEREMI, que permitan el buen estado de sus instalaciones, para asegurar un entorno seguro para los funcionarios que integran esta institución, como también al público en general que acude a sus dependencias.
Artículo 3°: Servicio requerido.
3.1. Aspectos generales a considerar: 3.1.1.- Alcance Las dependencias cubiertas por esta licitación corresponderán a: - Laboratorio, Riquelme 378. - Casa central, Thompson 127. - Zoonosis, Pedro Lagos 838. - DVI, Hospital Regional Ernesto Torres Galdames. - Bodega, Serrano 493. De ser necesario, a las direcciones mencionadas anteriormente deberán adicionarse futuras oficinas o edificios que la SEREMI compre, arriende o construya durante el periodo que dure esta Licitación. 3.1.2 Modalidad del servicio La empresa o proveedor que se adjudique el SERVICIO DE OBRAS MENORES PARA EL MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DE MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA EN LAS DEPENDENCIAS DE LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ deberá cumplir con cada uno de los siguientes aspectos: - Ajustarse a los tiempos y horarios que el mandante defina como adecuados para la realización de los trabajos. - En los casos en que deba delegar tareas o trabajos en algún miembro de su equipo, siempre tendrá la responsabilidad respecto del resultado y calidad del trabajo realizado. - Entregar información técnica detallada a su contraparte, respecto del estado de los trabajos de mantenimiento o reparación realizados en su momento. - Los servicios se solicitarán por la contraparte técnica a través de correo electrónico. Desde el punto de vista técnico, el Servicio de obras menores deberá cumplirse de la siguiente manera: - Los trabajos deberán realizarse cumpliendo la norma chilena de construcción y seguridad. - El servicio deberá contemplar e incluir la atención de llamadas de emergencia que puedan producirse en cualquier horario y día 3.1.2.- Descripción del Servicio Para todos y cada uno de los trabajos que se ejecuten, deberá considerase: - En todos y cada uno de los trabajos que requieran intervención en los circuitos eléctricos, ellos se ejecutarán de manera apropiada, según norma eléctrica vigente. - El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para cautelar la integridad de los bienes pertenecientes a la SEREMI de Salud, que pudieran dañarse o deteriorarse como consecuencia del trabajo realizado. Por ejemplo, se cubrirán los equipos informáticos para evitar que les caiga residuos metálicos, polvo u otros elementos que les puedan ocasionar daño. Si ello ocurriera, deberá ser el proveedor quien, a su cargo, repare o reponga el equipo afectado. Asimismo, si los trabajos realizados afectan o deterioran la infraestructura de las oficinas, ésta deberá ser reparada asumiendo el proveedor todos los costos que esto sugiera. - Una vez que haya finalizado un trabajo, el proveedor deberá dejar limpio el lugar, en iguales o mejores condiciones a como estaba cuando se inició la intervención. - Durante el desarrollo de los trabajos, se respetarán en todo momento las normas de seguridad que resguarden la integridad de las personas y de la instalación. Del mismo modo, el contratista se obliga a que todos sus trabajadores deben utilizar todos los elementos de seguridad que exige la normativa vigente a la fecha de realización de los trabajos. - Cada vez que se realicen trabajos en altura, el proveedor deberá utilizar escaleras, andamios o ascensores que cumplan con la normativa de seguridad laboral en el trabajo. 3.1.3.- Informe Técnico Previo a la entrega de la factura, el proveedor deberá presentar un informe técnico en el que se describan detalladamente los trabajos realizados, el cual será revisado por la contraparte técnica y firmado en señal de recepción conforme.
Artículo 4°: Compromisos del PROVEEDOR adjudicado.
Una vez adjudicado el proceso, el PROVEEDOR y su contraparte técnica de la SEREMI de Salud, deberán coordinar los trabajos según sean requeridos: - El proveedor se debe comprometer a cumplir con los acuerdos tomados con la contraparte técnica en cuanto a los trabajos. - Contar con las herramientas y materiales que garanticen la optimización y eficiencia de los trabajos que se realicen. - Presentar documentación que acredite la especialización del personal que realice los trabajos.
Artículo 5°: Contraparte técnica y compromisos de los funcionarios/as.
La contraparte técnica estará a cargo del encargado de Servicios Generales o quien lo subrogue para la revisión y certificación de documentación del servicio enviada por proveedor, así como de la coordinación de los trabajos requeridos. Será la contraparte técnica, la encargada de dar visto bueno al proveedor por los servicios solicitados. Será la contraparte técnica, la encargada de elaborar el certificado de cumplimiento respectivo que acompañará la factura para el proceso de pago. Este certificado debe ser firmado por el jefe del Departamento (o quien le subrogue) y/o del funcionario designado para esta labor. Asimismo, la contraparte técnica dispondrá de un libro de anotaciones, en el que se registrará el detalle de todos los trabajos solicitados y realizados, así como observaciones generales cuando sea necesario.
Artículo 6°: Monto disponible, vigencia y renovación del servicio.
El monto disponible para la presente contratación es de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos), IVA incluido, para la totalidad del servicio. El servicio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.
Artículo 7°: Requisitos de habilidad para participar.
Podrán participar todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que emitan factura y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Artículo 8°: Antecedentes legales para ofertar.
El proveedor deberá contar con un giro comercial que lo habilite para la ejecución de obras menores. Además, para ofertar el proponente deberá presentar cuando corresponda la siguiente documentación: Si el oferente es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Declaración Jurada para Contratar Acreditar en el Registro de Proveedores Documento que acredite las actividades económicas registradas ante el SII. Fotocopia de su cédula de identidad. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en el Registro de Proveedores Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Documento que acredite las actividades económicas registradas ante el SII. Declaración Jurada para Contratar. Fotocopia de Rut de la empresa. Fotocopia de cédula del representante legal. Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Artículo 9° Plazos de la Licitación.
La presente Licitación se desarrollará conforme a las etapas y plazos que se indican en la ficha de licitación del portal www.mercadopublico.cl. El llamado a propuesta con sus bases y anexos que rigen el presente proceso se publicará en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación, se encontraran a disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo. Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizada única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal. Las respuestas o aclaraciones a las bases se pondrán a disposición de los proponentes en el mismo Portal. Tanto las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Modificaciones a las bases publicadas, se podrán realizar hasta antes del cierre de recepción de ofertas, si la SEREMI estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Lo anterior, sin perjuicio que la realización de dicha modificación sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información. En tales circunstancias la SEREMI deberá prorrogar el plazo, para presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de antecedentes, considerando lo estipulado en el plazo anterior, prorroga que será otorgada a todos los oferentes en las mismas condiciones y que no podrá ser inferior a 3 días ni superior a 10 días. El cierre de la licitación puede exceder los plazos establecidos, si la fecha de cierre coincide con día inhábil, cerrándose el día hábil inmediatamente siguiente. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el sistema de información de compras y contrataciones de la administración (www.mercadopublico.cl) las etapas y plazos se modificarán de acuerdo con los días de inhabilitación o indisponibilidad técnica, lo que será informado a través del propio portal. Extensión del plazo de licitación. La SEREMI se reserva el derecho de ampliar el plazo de cierre, apertura y adjudicación del proceso de Licitación, si 5 horas antes de la hora y fecha señalada como cierre no se hubieren presentado Oferentes. El plazo para ofertar se extenderá automáticamente por un período de 3 días hábiles a contar de la fecha de cierre inicial, asimismo, su plazo de apertura y adjudicación.
Artículo 10° Admisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación.
La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos, condiciones establecidas en las presentes bases o que superen el presupuesto asignado, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no sean admisibles o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, según lo dispuesto en el Artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Compras Públicas. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Artículo 11°: Contenido de la “Oferta económica, administrativa y técnica”.
Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos se deberán presentar en un mismo acto, a través de los anexos que acompañan las bases de licitación y publicados en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, incluyendo el nombre y firma del representante legal del proponente cuando así lo requiera, hasta el día y la hora que señalen las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. En caso de problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso de la información al Portal. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, por lo tanto, no se aceptarán ofertas que se presenten por otro medio distinto a lo establecido en estas Bases. 11.1. Presentación de antecedentes administrativos: - Formato de Identificación del oferente persona natural o jurídica. Anexo N° 1. - DJ Causales de inhabilidad e incompatibilidad y deudas con trabajadores. Anexo N° 2. Nota: Presentar anexos debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda. En caso de no presentar uno o más de los anexos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar por medio de las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas corridas, conforme a los dispuesto en las presentes bases. En caso de no responder a dicha solicitud, la oferta será declarada inadmisible. 11.2 Presentación de antecedentes económicos: Los oferentes deberán indicar en su propuesta económica el valor del servicio ofertado. Anexo N°3 “Oferta Económica”. Este deberá ser presentado en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl. De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada en el Anexo N°3, se considerará lo indicado en este último documento. 11.3 Presentación de antecedentes técnicos: Se considerará la información presentada en el Anexo N°4, relativa a la experiencia de la empresa oferente en el rubro. Para acreditar la información consignada en dicho anexo, los participantes deberán presentar la documentación pertinente que la respalde, como órdenes de compra, facturas u otros comprobantes equivalentes.
Artículo 12°: Subsanación de errores u omisiones formales.
La SEREMI, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas hábiles, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 13°: Comisión evaluadora, criterios de evaluación y adjudicación de las ofertas.
13.1. Comisión evaluadora. El análisis y evaluación de las propuestas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por los siguientes funcionarios o sus subrogantes legales, todos los cuales deben tener la calidad de funcionarios públicos. - Jefe Departamento Desarrollo Institucional o quien le subrogue para estos efectos. - Encargado de Servicios Generales o quien le subrogue para estos efectos. - Encargada de Unidad de Recursos Físicos o quien le subrogue para estos efectos. Esta Comisión emitirá un Acta de Evaluación de Ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación. La Comisión, además, puede declarar inadmisibles aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos formales, técnico o legales establecidos en las bases, debiendo fundamentar por escrito su decisión en el Acta correspondiente. 13.2. Criterios de Evaluación. Se asignará puntaje a cada PROVEEDOR de acuerdo con los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por oferta, comparando en igualdad de condiciones la conveniencia técnico – económica de cada una de ellas. Los puntajes para cada Criterio, su ponderación y puntaje máximo total ponderado serán los siguientes: Nº Criterio Ponderación en % 1 Precio 40 2 Experiencia de la empresa oferente en el rubro solicitado 30 3 Tiempo de garantía de trabajos realizado 20 4 Subsanación de errores 10 PUNTAJE MAXIMO TOTAL PONDERADO 100% 13.2.1. Precio (40%) Para efectos de evaluación de la oferta económica, se evaluará independientemente cada ítem, calculando un promedio de los valores. Dicho promedio se analizará de la siguiente manera: Promedio menor / promedio de oferta * 100 = puntaje obtenido Puntaje obtenido x 40% = puntaje ponderado 13.2.2. Experiencia de la empresa oferente en el rubro solicitado (30%) Se considera experiencia de la empresa a los trabajos similares desarrollados en entidades públicas y/o privadas, la que se deberá acreditar mediante la presentación de documentos, tales como órdenes de compra en estado “aceptada” o “recepción conforme”, facturas emitidas, certificado de cumplimiento u otros que permitan verificar la información entregada en Anexo N°4. Experiencia de la empresa oferente en el rubro solicitado PUNTAJE 11 o más trabajos realizados 100 6 a 10 trabajos realizados 70 1 a 5 trabajos realizados 50 No informa o no acredita 0 Puntaje obtenido x 30% = puntaje ponderado 13.2.3 Tiempo de garantía de trabajos realizados (20%): ESPECIFICACIÓN PUNTAJE a) 13 o más meses de garantía 100 b) 7 a 12 meses de garantía 50 c) 0 a 6 meses de garantía 0 Puntaje obtenido * 20% = puntaje ponderado 13.2.4. Subsanación de errores u omisión de requisitos formales (10%) Para la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes administrativos incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Subsanación de errores u omisión de requisitos formales PUNTAJE d) No se requiere solicitar salvar errores formales 100 e) Salva errores formales solicitado a través de portal 50 f) No salva errores formales solicitados a través del portal 0 Puntaje obtenido x 10%
Artículo 14°: Mecanismo de resolución de empates.
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación: 1. PRECIO 2. EXPERIENCIA EN EL RUBRO SOLICITADO 3. TIEMPO DE GARANTÍA DE TRABAJOS REALIZADO 4. SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
Artículo 15°: De la Adjudicación.
La SEREMI adjudicará la licitación a la oferta o propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las bases considerando sus objetivos. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará a la oferta más económica, puesto que se evaluará además si aquélla se ajusta técnicamente a lo requerido. Reservándose el derecho de adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes conforme a las normas legales vigentes y las presentes bases, como asimismo a declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas en los casos indicados en el artículo N°10 de las presentes bases de licitación.
Artículo 16°: Validez de la oferta.
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
Artículo 17°: Contratación.
El Artículo 117 del Decreto N° 661/2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que los Contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del PROVEEDOR. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Esto también regirá para montos mayores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM por tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación, lo que queda establecido en las presentes bases de licitación.
Artículo 18°: Norma y orden de precedencia de los documentos.
Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos: a) Aclaraciones y respuestas sobre los documentos de la licitación o las bases entregadas por la SEREMI, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. b) Bases administrativas, técnicas, económicas y los respectivos anexos. c) Oferta del proponente. d) Acta de apertura electrónica y acta de evaluación. e) Resolución de adjudicación. f) Resolución declara desierta o inadmisible.
Artículo 19°: Documentos.
Formarán parte integrante del servicio contratado los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica: a) Las bases de licitación, anexos y especificaciones técnicas. b) La propuesta recibida, aclaraciones, consultas. c) Resolución de Adjudicación d) Orden de Compra. Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que le permite la ley para resolver controversias.
Artículo 20°: Cesión del Contrato y subcontratación.
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre. Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones. En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
Artículo 21°: Facturación y pago.
21.1 Facturación Una vez adjudicada la licitación, se emitirá una orden de compra destinada a cubrir los servicios que se prestarán hasta el 31 de diciembre de 2026, por un monto total de $15.000.000, IVA incluido. Asimismo, en el mes de enero de 2027 se emitirá una nueva orden de compra por el mismo monto, destinada a cubrir los servicios prestados entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2027. Al término de cada mes, durante todo el período de vigencia del servicio, y una vez realizada la recepción conforme por parte de la Unidad Requirente, el proveedor deberá emitir la factura correspondiente con los siguientes datos: SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI SALUD DE TARAPACÁ. DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR. RUT : 61601000-K CIUDAD : IQUIQUE. GIRO : SERVICIO PUBLICO. FORMA DE PAGO: CRÉDITO. Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público (ejemplo: 2270-xxx-SE23). Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada automáticamente por la plataforma. La SEREMI tendrá un plazo de 8 días contados desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983. 21.2 Pago Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad del mismo por el jefe del Departamento o su subrogante, adjuntando los documentos que se señalan a continuación: 1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud Región de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme”. 2. Certificado de cumplimiento: El certificado será emitido por el encardo de Unidad o su subrogante. En el certificado se debe indicar la plena conformidad de los servicios contratados, indicando si se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de contrato. 3. Factura: Concordante con la orden de compra la factura deberá contener el N° de la orden de compra, glosa con descripción del mes y servicio realizado. 4. Para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
Artículo 22°: Modificaciones y término Anticipado del servicio.
La SEREMI podrá modificar o poner término anticipadamente al servicio adjudicado, de conformidad al Artículo N°130 del Decreto N°661 de 2024, si se verifican las siguientes situaciones: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. La modificación del Contrato procederá en los casos de: caso fortuito o fuerza mayor; en caso de cambios en los requerimientos técnicos o funcionales de los servicios contratados; en ningún caso la modificación del Contrato podrá significar una modificación sustancial del objeto de este. Procedimiento Administrativo de Término Anticipado del Contrato: La medida a aplicar se formalizará a través de una resolución fundada de la autoridad donde se pronunciará esta última sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del Contrato, el PROVEEDOR adjudicado podrá interponer un recurso de reposición ante la SEREMI, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes de la esta institución. Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya presentado, la SEREMI confirmará el término del Contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente.
Artículo 23° Caso Fortuito o fuerza mayor.
Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del servicio, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales o cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia por escrito a la SEREMI al email Jorge.guzman@redsalud.gob.cl o julio.ruiz@redsalud.gob.cl dentro de los 2 días siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y entregando la documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación de los plazos comprometidos. La SEREMI en vista de los antecedentes que presente el PROVEEDOR adjudicado, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito, emitiendo un informe y, ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no a los hechos. Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del adjudicatario.
Artículo 24°: Multas.
Si el PROVEEDOR adjudicado incurriera en incumplimiento, corresponderá aplicar las multas y demás sanciones que por este concepto se consideran, según se indica en el acápite de las multas señaladas en las presentes bases. La Certificación de las incidencias que sean meritorias de sanción, ya sea amonestación, aplicación de multa o término anticipado de Contrato, estará a cargo de la contraparte técnica de la SEREMI. 1. Retraso en la fecha de inicio del servicio. 1 (una) UTM por cada día de retraso en la entrega de los servicios, de acuerdo con los plazos acordados, por razones ajenas a la SEREMI e imputables al Prestador. 2. Incumplimiento al Artículo N°4 “Compromisos del PROVEEDOR”, en cualquiera de sus letras. Al primer incumplimiento una amonestación por escrito a y la segunda se aplicará 1 (una) UTM aplicable sobre la factura del mes correspondiente. 24.1 Reglas comunes a todas las multas Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Se configurará la causal de término anticipado del contrato, cuando se supere el límite del 20% (en multas) del valor total neto del contrato. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa, o podrán ser descontadas de las facturas pendientes de pago. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
Artículo 25°: Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
Artículo 26°: Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario solo será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio ocasionadas por fallas ajenas a su gestión y control, lo que deberá, en todo caso, demostrarse. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
Artículo 27°: Modificación
El contrato o la orden de compra, bases de licitación y especificaciones técnicas podrán modificarse por: a. Mutuo acuerdo entre los contratantes. b. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d. Las demás que se establezcan en estos Bases de licitación o en el Contrato, entre ellos atraso por más de 03 días en la entrega del servicio contratado. e. Las establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la Ley 19.886. f. La muerte del PROVEEDOR en caso de persona natural o de uno de sus socios en caso de persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. g. por extensión del periodo en que se requiere el servicio. h. Por término de alerta sanitaria o porque las cambio en las condiciones epidemiológicas lo requieren.
Artículo 28°: Servicios Adicionales y Disminuciones
Cada vez que se requiera de algún servicio de obras menores que no figuren en el Anexo Económico ofertado, se solicitará al proveedor COTIZACIÓN del servicio requerido. La SEREMI podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al PROVEEDOR adjudicado, por correo electrónico y/o mediante oficio, por hasta un 30% del valor del Contrato, por una vez, lo que se indicará en el certificado de cumplimiento previo a la emisión de la factura. Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del Contrato, acorde a los servicios contratados.
Artículo 29°: Naturaleza de la prestación de servicios
El PROVEEDOR adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de servicio de obras civiles menores y no tendrá la calidad de dependientes de la SEREMI, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
Artículo 30°: Domicilio y Jurisdicción
Para los efectos de esta licitación, los oferentes deberán fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Iquique y someterse a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.