El adjudicatario podrá ser sancionado por la entidad edilicia con el pago de multa por atraso en la entrega de productos a partir de la fecha de entrega por el adjudicatario con un máximo de 10 días hábiles. Se tomara como base de cálculo el 2% respecto de los valores netos ofertados por el oferente.
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS
En caso de incumplimiento en la entrega del producto dentro del plazo ofertado, se aplicará una multa según lo señalado precedentemente. Para estos efectos, la entidad edilicia por intermedio del funcionario responsable de la compra, le informará al adjudicatario, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, mediante carta certificada. El adjudicatario tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos desde la notificación respectiva, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Para efectos de contabilizar el plazo de notificación, se contará desde el tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente.
Recibidos los descargos del adjudicatario dentro del plazo establecido, el Jefe de Abastecimiento del DESAMU, en un plazo de 3 días hábiles desde la recepción de los mismos, procederá a evaluar todos los antecedentes relativos a la aplicación de la multa y resolverá si mantendrá la misma, total o parcialmente, o bien la dejará sin efecto, emitiendo un pronunciamiento acogiendo o rechazando los descargos (total o parcialmente, documento que remitirá por carta certificada al mismo adjudicatario para su conocimiento.
Ahora bien, una vez rechazados los descargos del adjudicatario, o bien vencido el plazo sin presentar descargos, la entidad procederá a aplicar la multa.
COBRO DE LA MULTA
El monto de las multas, será calculado en valores netos y se aplicará sobre el monto total en las facturas o boletas más próximas, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se realizará la cobranza directamente al proveedor.Los montos percibidos por concepto de multas ingresarán al presupuesto de la respectiva entidad licitadora.