En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
Características Técnicas.
Precio.
Proveedor Local.
Experiencia (Servicios Públicos).
Cumplimientos de Requisitos Formales.
Materias de alto impacto Social.
Comportamiento base.
De persistir la igualdad sin poder dirimir el empate, deberá declararse desierta la licitación y llamarse a nueva propuesta pública.
La Municipalidad podrá requerir a los Oferentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias de su Propuesta Técnica y Económica que estime necesarias para una mejor evaluación de la misma, las que en ningún caso podrán constituir modificación de la Oferta Original presentada.
De acuerdo al mecanismo regulado en el punto N°15.1.d) de las presentes Bases y lo regulado por el art. 56 del Reglamento de la ley N°19.886.