Licitación ID: 2408-2-LR25
MANTENCIÓN DEL SISTEMA DE TELE VIGILANCIA DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cámaras de seguridad 1 Unidad
Cod: 46171610
Se requiere un servicio de mantención de cámaras de televigilancia de la comuna, según Bases técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCIÓN DEL SISTEMA DE TELE VIGILANCIA DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se solicita el servicio de mantención de todo el sistema de televigilancia en la comuna de Los Ángeles, por un periodo de 48 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
CAUPOLICAN 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-06-2025 9:00:00
Fecha de Publicación: 09-05-2025 15:25:23
Fecha inicio de preguntas: 09-05-2025 17:45:00
Fecha final de preguntas: 22-05-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-05-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-06-2025 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-06-2025 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 17-07-2025 11:27:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OPCIONAL 20-05-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el acto de apertura de la propuesta se verificará que el oferente esté hábil en el Registro de Proveedores, de lo contrario quedará fuera de bases.
2.- VISITA A TERRENO OPCIONAL. Para efectos de la presente licitación, los oferentes participantes podrán asistir a una VISITA A TERRENO de carácter OPCIONAL, para el día 20 de mayo de 2025, a las 11:00 hrs. El lugar de la visita será en Las Industrias 10460, cuarto piso, comuna de Los Ángeles. El profesional a cargo de la visita levantará un Acta de Visita a Terreno, con la asistencia del o los oferentes participante o sus representantes, la cual, para efectos de transparencia deberá ser subida al portal por la Unidad Mandante y presentada en el acto de apertura.
3.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de basesen e lacto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultadde emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en AnexosAdministrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.ENCASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DELAGARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UNDOCUMENTO(FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DELO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
4.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA EN LA SECCIÓN A, ANEXOS ADMINISTRATIVOS: Identificación del oferente, la que se deberá ingresar en Anexos Administrativos, según Anexo Nº1.
5.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar AnexoNº2,declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
6.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº3. Programa de Integridad. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el Programa de Integridad y/o documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0puntos en el criterio de evaluación correspondiente. El oferente que no ingrese toda la información solicitada en anexo nº 3 quedará con 0puntos en el criterio correspondiente. El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados a la Ley Nº 20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también busca promover e implementar prácticas de gestión ética .De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con sus grupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización.
 
2.- Anexo N°4. Experiencia del Oferente. El oferente participante deberá subir obligatoriamente Anexo N°4. Experiencia del Oferente. En el caso de informar experiencia, ésta deberá ser de cantidad de contratos ejecutados en mantención de cámaras o sistemas de tele vigilancia de servicios públicos, ejecutados en los últimos 2 años, a contar desde la fecha de cierre de recepción de la oferta de la presente licitación. En el caso de no tener experiencia, lo podrá informar en Anexo N°4.
 
3.- La experiencia deberá ser respaldados con Contratos o facturas del servicio. No se evaluarán proyectos presentados con montos inferiores a los $ 10.000.000.-. En el caso que en los documentos de acreditación no informe el monto o el tipo de proyecto, el oferente deberá adjuntar Certificado firmado por el mandante donde se informe el monto y tipo de proyecto. En el caso de que el oferente no acredite la experiencia de uno o más servicios, con documento efectivo,este servicio se evaluará con cero puntos. Los documentos de acreditación se ingresara en Anexos técnicos, de preferencia en una sola carpeta que se llame "documentos de acreditación" (la verificación de estos documentos se realizará en la etapa de evaluación).
 
4.- PATENTE MUNICIPAL DEL OFERENTE, al día, correspondiente al rubro. En el caso que el oferente participante se encuentre inscrito en Chileproveedores, y su patente esté ingresada en el link de Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación, sin embargo, en dicho link la patente deberá estar vigente para la fecha de la apertura. Para todos los efectos de la evaluación, si la patente no es ingresada en la oferta, no exista en Chileproveedores, no corresponda al rubro o no este al día, será evaluado con cero punto en el criterio correspondiente.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica, se debe ingresar preferentemente en sección "C" Anexos Económicos, según Anexo Nº5.
2.- EL OFERENTE DEBERÁ INGRESAR TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA EN EL ANEXO ECONÓMICO, DE LO CONTRARIO SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESENCIA COMUNAL Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 10%
2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 28%
3 OFERTA ECONÓMICA Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 60%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 670000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL MONTO CORRESPONDE AL PRESUPUESTO DISPONIBLE, CON IVA INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Marcos Segovia Mendoza
e-mail de responsable de contrato: jsegovia@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2218585-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por su naturaleza, no se trata de un servicio habitual para la Municipalidad.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 03-10-2025
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, deberá presentar documento de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 52 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: Para Garantizar Seriedad de la oferta en propuesta pública: "MANTENCIÓN DEL SISTEMA DE TELE VIGILANCIA DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato,indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-01-2030
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías cuyo monto será el equivalente en pesos al 5% del precio final neto ofertado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en los artículos nº 121 Y 122 del D.S. 661, Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K. En el caso de vale vista, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar dentro de los 15 días corridos siguientes una vez adjudicada junto a los otros documentos para contratar.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PROPUESTA PÚBLICA: MANTENCIÓN DEL SISTEMA DE TELE VIGILANCIA DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá ser solicitada por el oferente adjudicado una vez liquidado el contrato, mediante carta o correo electrónico dirigido al Inspector Técnico, indicando los antecedentes del documento de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el Portal ww.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886, en el cual se establece que “ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco”.

En punto 5.- Persona Jurídica , documentos persona Jurídica , no se debe considerar , el punto tercero : Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce la figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº 180 del Reglamento de la Ley nº 19.886.  Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su Constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 180, letra c. del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.5 La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarado inadmisible en la etapa de evaluación.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
2.3.1 Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora
deberá dejar constancia en un acta.
En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.
Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:
2.3.1.1 Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, ola sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.
2.3.1.2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
2.3.1.3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula  Del Término Anticipado del Contrato de las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Ítem: 22.06.006.002
Nombre de ítem: Mantención del sistema de Televigilancia de Los Ángeles
Centro de costo: 26.04.06
Subprograma: 2
Monto disponible anual: $ 167.500.000
ID plan de compras: 3400-95-PC25

Ítem: 22.06.006.002
Nombre de ítem: Mantención por Cámara adicional de Televigilancia de Los Ángeles
Centro de costo: 26.04.06
Subprograma: 2
Monto disponible anual: $ 30.000.000

4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas;  Aclaraciones si las hubiere, Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y el Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

-Normativa Vigente.

-Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Oferta Económica

- Orden de Compra.

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiera.

5.- DEL MARCO NORMATIVO

La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.

6.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

La comunicación entre la entidad licitante y el Oferente se debe realizar exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl.

Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada.

Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” o "responsable del contrato".

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE BASES

La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una pregunta solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

8.- DE LAS OFERTAS

La presente licitación pública corresponde al llamado para el servicio de mantención de cámaras de televigilancia de la comuna, con el objetivo de satisfacer en tiempo y forma los requerimientos de la comunidad, según detalle indicado en las Bases Técnicas.

El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados al servicio, considerando todas las herramientas y/o equipos necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, todo lo anterior según Anexo N° 5 Oferta Económica de lo contrario quedará fuera de bases.

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N° 5, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N°5.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo N° 5  Oferta Económica, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Bases Técnicas.

9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o la firma del contrato por parte del adjudicado. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones; si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta.

12.- DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA

Comisión de Apertura, compuesta por, Profesional de la Dirección de Secplan, funcionario integrante de la comisión evaluadora y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la  Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declarará inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

13.- DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a las oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizará dos decimales sin realizar aproximacionesLo anterior, será aplicable en todo momento en los cálculos de cada criterio.

A modo de ejemplo:

A continuación, en la tabla se indica los puntajes que obtienen 3 proveedores luego de haber realizado el mecanismo de asignación de puntaje de acuerdo al Criterio de Evaluación XX:

 

PROVEEDOR

CRITERIO DE EVALUACIÓN XX

(PUNTAJE PRELIMINAR)

PUNTAJE FINAL DEL CRITERIO

Proveedor 1

98,52

98,52

Proveedor 2

98,566

98,56

Proveedor 3

98,4481

98,44

*Puntaje preliminar: Puntaje obtenido de la ponderación del criterio de evaluación.

**Puntaje Final del criterio: Puntaje obtenido del ajuste de los dos decimales sin realizar aproximación al Puntaje preliminar.

 

Cabe señalar, que lo indicado en la columna Puntaje Final del criterio, será lo utilizado para el cálculo del puntaje final de la oferta.

En el caso de que un oferente presente más de una oferta en la licitación, La Municipalidad considerará para efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás."

14.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se evaluará según los siguientes criterios:


14.1) Oferta económica 60%

Se evaluará  de acuerdo a lo informado en  anexo n° 5, mediante los siguientes subcriterios:

a)      Oferta Por Mantención  del sistema de Televigilancia (OMST)               45%      

Siendo:
Pi = Puntaje del oferente evaluado.
OM = Mejor oferta económica (menor precio).
Oi = Oferta del oferente evaluado (precio)

El puntaje para cada oferta económica según lo indicado en Tabla N°1 del anexo N°5 y se determinará según la siguiente fórmula:

Puntaje OMST= (OM/Oi) x 100

Puntaje Ponderado OMST= Puntaje OMST x 0.45

b)      Oferta Por Mantención  de cámara adicional de Televigilancia (OMCAT)   15%      
Siendo:
Pi = Puntaje del oferente evaluado.
OM = Mejor oferta (menor precio).
Oi = Oferta del oferente evaluado (precio)

El puntaje para cada oferta según lo indicado en Tabla N°3 del anexo N°5 y se determinará según la siguiente fórmula:

Puntaje  OMCAT=  (OM/Oi) x 100

Puntaje Ponderado OMCAT = Puntaje OMCAT x 0.15

Puntaje ponderado Oferta económica: Puntaje ponderado OMST + puntaje ponderado OMCAT


14.2)     
Experiencia del Oferente (EO)  28%

La experiencia deberá ser en servicios públicos de mantención de cámaras o sistemas de tele vigilancia y se evaluará en relación a la cantidad de contratos ejecutados dentro de los 2 últimos años contados desde la fecha de cierre de las ofertas y deberá acreditarse con Contratos o facturas del servicio.

 Se evaluará según la siguiente tabla:

Experiencia

Puntaje

Igual o superior  a 12 proyectos

100

De 9 a 11 proyectos

75

De 6 a 8 proyectos

50

De 3 a 5  proyectos

25

De 1 a 2 proyectos

5

Sin experiencia

0



















 No se evaluación Servicios informados con monto inferiores a $ 10.000.000

Puntaje ponderado Experiencia del oferente: puntaje experiencia del oferente *0.28



14.3.- Presencia Comunal (PC) 10%

Se evaluará según lo informado en Patente Municipal y de acuerdo a la siguiente tabla:

Ubicación Sucursal

Puntaje

Comuna de Los Ángeles

100

Región del Bio Bio

50

Fuera de la Región Bio Bio 

10

No informa

0














 El oferente que no ingrese patente Municipal, no se encuentre adjunta en Chileproveedores o esta no se encuentra vigente, el oferente obtendrá puntaje 0 en criterio Presencia Comunal.

Puntaje Presencia comunal = Puntaje presencia comunal* 0.10

 


14.4.- Programa de Integridad: 2%

 Se evaluará de acuerdo a lo informado en anexo n°3 "Programa de Integridad", y se obtendrá de acuerdo a la siguiente tabla:


CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

Adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

Adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

0 puntos

NO adjunta programa de integridad ni acredita que es conocido por sus trabajadores.

0 puntos

Puntaje ponderado programa de integridad: puntaje programa de integridad * 0.02


El Puntaje Total Ponderado se evaluará según la siguiente fórmula:

Puntaje Total Ponderado = Puntaje ponderado Oferta económica+ Puntaje ponderado  Experiencia del oferente + Puntaje ponderado Presencia comunal + Puntaje ponderado Programa de integridad

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizará dos decimales sin realizar aproximacionesLo anterior, será aplicable en todo momento en los cálculos de cada criterio.

15.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Oferta económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Experiencia del oferente”.  Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Presencia Comunal”.  Finalmente, si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Programa de integridad”. 

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase, se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta en día al portal una vez publicada la licitación. Si el empate persiste, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.


16.- DE LA ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante, aquellos que comprometan al Municipio a un plazo que exceda el periodo Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.

17.- DE PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

18.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, las consultas deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de correo electrónico, dirigido al contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.

19.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el contrato no suscribiera dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.

El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, vía documento escrito, debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

20.- DE LA READJUDICACIÓN

Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos para contratar, no firma el contrato, o no acepta la orden de compra (en el caso que no exista contrato), en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

21. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será en base al Anexo n° 5 Oferta Económica, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado en un estado de pago, en conformidad a lo estipulado en el contrato, en moneda nacional.

22.  DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente Adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato en un plazo máximo de 15 días corridos los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto n°1 (sólo si corresponde), y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2025, N°21.722, es decir, F-30. En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de la unión.

3.- Declaración Jurada  Simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

4.- Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

6.- Licencia SEC del instalador de electricidad clase A o B.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

Si el oferente postuló con la modalidad de “Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Oferente adjudicado), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Oferente adjudicado remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Oferente adjudicado no entregare los documentos anteriormente solicitados (números 1 y 4 sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Oferente adjudicado.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba el contrato, hasta la liquidación de éste, según lo estipulado en las presentes bases.

El Oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.
Cuando se trate de licitaciones superiores a 5.000 UTM la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación. 

23. DE LA SUBCONTRATACIÓN

En todo evento el Oferente adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista.

Se prohíbe subcontratación, ya que por su naturaleza, no se trata de un servicio habitual para la Municipalidad.

24. RESPONSABILIDAD CIVIL
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del servicio de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

25. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO

Una vez superadas las 25 intersecciones instaladas por el municipio, este podrá autorizar la ampliación del contrato, previo informe técnico de la Inspección Técnica y visado por el Director de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal y autorizado por Decreto Alcaldicio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la unidad mandante.

El monto de aumento de contrato será en base a la cantidad de cámaras instaladas y según lo ofertado por el adjudicado en el anexo N°5, tabla N°3.

Toda modificación que se realice deberá ser autorizada por decreto Alcaldicio (aumento o disminución), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica  al Oferente adjudicado y se expresará en la pertinente modificación del contrato aprobada por Decreto Alcaldicio. En casos de aumentos de contrato, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías.

26. DEL PROFESIONAL DEL SERVICIO

El Oferente adjudicado bajo su responsabilidad designará un Profesional Técnico del Área; habilitado de acuerdo a la ley, responsable del servicio, para dirigir los trabajos de acuerdo al programa, el cual se entenderá ampliamente facultado para representar al Oferente adjudicado en todos los asuntos relacionados con la ejecución del servicio.

Este Profesional debe permanecer en el lugar de las mantenciones mientras éstas se desarrollen. También deberá existir un profesional subrogante, de las mismas características, y con iguales atribuciones, por las ausencias que pueda experimentar el profesional titular.

La designación de dicho profesional y su subrogante deberá quedar registrada en el libro de inspección técnica.

27.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural.

b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

c) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el oferente adjudicado no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. Se entenderá por incumplimiento grave:
- La no ejecución o la ejecución parcial de lo dispuesto en la cláusula "De las obligaciones del oferente adjudicado" descritas en las presentes Bases.
- Si a juicio de la Inspección Técnica no está ejecutando los trabajos de acuerdo al contrato o en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas.

e) El estado de notoria insolvencia del oferente adjudicado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme con el artículo 129 del Decreto Nº 661. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de la Ley 19.886.

g) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 130 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda.

h) Si al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

i) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

En caso de producirse las causales indicadas en b); d); e); y/o h), la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

28. DE LA RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE ADJUDICADO

El Oferente adjudicado deberá ejecutar el servicio, siendo responsable de todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El Oferente adjudicado será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

Corresponderá al Oferente adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

Será responsabilidad del proveedor velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

29.- DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO

Será obligación del Oferente adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las presentes Bases:

a. Será obligación del Oferente adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Contrato.

b. Será obligación del Oferente adjudicado la ejecución del servicio de la presente licitación, con estricta sujeción a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

c. Deberá ejecutar el servicio dentro del tiempo estipulado en su Anexo N° 5  Oferta Económica, de lo contrario, se aplicarán las multas correspondientes.

d. El Oferente adjudicado deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Oferente adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Oferente adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Oferente adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presente licitación, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente.

e. El Oferente adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas para el cumplimiento del servicio, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios durante el tiempo de vigencia del contrato, si corresponde.

f. El Oferente adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar el servicio de la presente licitación, con el menor malestar posible a los vecinos y comunidad en general. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local.

g. Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros con motivo de la ejecución de las obligaciones contractuales, será de exclusiva responsabilidad del Oferente adjudicado.

h. Será obligación del Oferente adjudicado verificar el estado de sobriedad y descanso de los trabajadores.

i. Será obligación del Oferente adjudicado, dar a conocer, con alguna frecuencia, entre el personal que realiza trabajos en altura, las medidas de prevención que debe adoptar a fin de evitar accidentes.

j. El Oferente adjudicado deberá informar al Inspector Técnico, si la factura correspondiente al pago fue cedida o no al factoring.

k. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Oferente adjudicado deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia Inspector Técnico.

l. Será obligación del Oferente adjudicado el mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.


30.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Oferente adjudicado.

El Oferente adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (es decir, contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el Oferente adjudicado no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.


31.- DEL PLAZO

El plazo para la ejecución del servicio será de 48 meses, a contar de la fecha del acta de inicio del servicio de mantención realizada por el Inspector Técnico.

El oferente, tendrá que prestar el servicio de reparación de fallas y mantención correctiva dentro de un plazo de 2 días corridos, una vez notificado por ticket emitido por la central de televigilancia.

El plazo fijado para la ejecución del servicio se entenderá en días corridos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

  1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente adjudicado.

  2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo. 

  3.- Que el hecho sea insuperable.

  4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


32. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO

Para las presentes bases, no se considerará aumento de plazo.

33. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO

La ejecución de los servicios por parte del Oferente adjudicado, se efectuará en base a lo estipulado en las Bases Técnicas y al contrato, firmado por ambas partes, y en base a lo ofertado por el Oferente adjudicado en su Anexo Nº 5  Oferta Económica.

34. DEL INICIO DEL SERVICIO

Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico designado mediante decreto Alcaldicio, notificará mediante correo electrónico al Oferente adjudicado para dar inicio al servicio, fecha que será registrada en el acta de inicio del servicio de mantención .

35. DE LOS PERMISOS

El Oferente adjudicado deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de ejecutar el servicio, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.

36.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, I.T.  al o los profesionales a quién la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando I.T.  suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico será responsable de supervisar que el servicio se ejecute conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente

37.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO

Serán atribuciones del Inspector Técnico lo siguiente:

a. El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a todos los antecedentes de las obligaciones contractuales.

b. El Inspector Técnico podrá ordenar el reemplazo de todo material, que a su juicio, puedan ocasionar daños o situaciones de peligro.

c. El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

d. El inspector técnico emitirá Certificado que acredite la recepción conforme del Servicio o Certificado de recepción con observaciones, según corresponda.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Oferente adjudicado serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones de las presentes bases, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.

38. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

Se mantendrá un “LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Oferente adjudicado y estará a cargo del Profesional del Servicio y a disposición del Inspector Técnico.

 En el Libro de Inspección se deberá dejar constancia:

a) De la fecha de Inicio del servicio.

b)  De los avances de los servicios concernientes a la presente licitación.

c) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Oferente adjudicado.

d) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

e) De las observaciones que merezca el servicios.

f) De los demás antecedentes que exija el Inspector Técnico.

g) De las observaciones que pudiere estampar el Inspector Técnico a solicitud de servicios o empresas externas.

h) De las observaciones que pudiere estampar el Inspector Técnico a solicitud del profesional del servicio.

i) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.

Toda comunicación que se establezca en el libro de inspección técnica, por el Oferente adjudicado y/o el Inspector Técnico, se considerará comunicación oficial.

La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el Oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

39.- DEL PAGO

La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Oferente adjudicado conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°5 Oferta Económica, contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K, indicando número de orden de compra correspondiente.

El pago se realizará mensualmente y dentro de los 30 primeros días corridos siguientes de la facturación.

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente adjudicado. Los descuentos se harán del estado de pago y/o de las garantías vigentes.

40.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos, los cuales son obligación del Oferente adjudicado y del Inspector Técnico, según el siguiente detalle:

1) El Oferente adjudicado debe presentar:

1.1 Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K,  La factura deberá indicar número de orden de compra correspondiente.

1.2 Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Oferente adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al ITO.

1.3. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.4. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.5.  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.6. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) vigente emitido por la Inspección del Trabajo.

1.7 Finiquitos de trabajadores si corresponde.

1.8. Certificado del Oferente adjudicado que señale qué pasará con los trabajadores no finiquitados.

2) El Inspector Técnico:

2.1 Factura, con visto bueno del Director de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal y del Inspector Técnico.

2.2 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

2.3 Fotocopia de Bases Administrativas, y Bases Técnicas.

2.4 Fotocopia de Oferta Económica del Oferente adjudicado, según Anexo Nº 5.

2.5 Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación.

2.6 Fotocopia de Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si correspondiere.

2.7 Fotocopia de Contrato y sus modificaciones, si correspondiere

2.8 Fotocopia de Decreto que designa Inspector Técnico y suplente.

2.9 Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.10 Orden de Compra debidamente aceptada.

2.11 Acta de inicio del servicio de mantención 

2.12 Copia del Libro de inspección técnica

2.13 Certificado detallado de Recepción Conforme.  En caso de observaciones en la recepción, se deberá presentar Certificado de recepción con observaciones.

2.14 En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas del pago correspondiente.

41.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN

La Municipalidad, a través del Inspector Técnico aplicará multas en las siguientes situaciones:

1.- En el caso de atraso en la entrega del servicio de mantención preventiva, en
base al plazo indicado en las Bases técnicas, se cursará una multa equivalente al $200.000, por cada día corrido de atraso. Si el atraso perdura por 10 días corridos y las multas superen los $2.000.000, se dará término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato..

2.- Las observaciones o instrucciones, emanadas del I.T.O, que no sean cumplidas, darán lugar a la aplicación de una multa diaria del $200.000. De persistir el incumplimiento por más de 10 días corridos y el monto de multas supere los $2.000.000 la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

3.- En el caso de atraso en la entrega del servicio de mantención correctiva, en
base al plazo indicado en las Bases técnicas, se cursará una multa equivalente al $200.000, por cada día corrido de atraso. Si el atraso perdura por 10 días corridos y las multas superen los $2.000.000, se dará término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

4.- En el caso que exista incumplimiento en la mantención de stock para el remplazo inmediato de cámaras, se dará lugar a la aplicación de una multa de $400.000 por cada evento, en el caso que se superen los 5 eventos y las multas superen los $ 2.000.000, la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

5.- En el caso que exista incumplimiento en la cantidad mínima de trabajadores en los trabajos de mantención indicadas en las bases técnicas, se dará lugar a la aplicación de una multa de $200.000 por cada evento, en el caso que se superen los 10 eventos y las multas superen los $ 2.000.000, la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

6.- En el caso de atraso en la entrega de la nómina de trabajadores, en base al plazo indicado en las Bases técnicas, se cursará una multa equivalente al $200.000, por cada día corrido de atraso. Si el atraso perdura por 10 días corridos las multas superen los $ 2.000.000, se dará término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

7.- En el caso en que la inspección técnica verifique que los trabajos de mantención no estén siendo realizados por mano de obra calificada según lo indicado en bases técnicas, se dará lugar a la aplicación de una multa de $500.000 por cada evento, en el caso que se superen los 4 eventos y las multas superen los $ 2.000.000, la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

- El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

- Las multas se notificarán por correo electrónico.  El Oferente adjudicado se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente al de su envío.

- Las multas se descontarán del pago correspondiente, o de las garantías vigentes.

- Toda multa, apelada o no por el Oferente adjudicado, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.

-Las multas cursadas, en total, no podrán superar el 10% del monto neto del contrato, en caso de incumplimiento la Municipalidad podrá terminar anticipadamente el contrato.

42.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

Este procedimiento se utilizará para la aplicación de multas, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento y término anticipado del contrato.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento o término anticipado del contrato, la Dirección a cargo, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por escrito, a través de libro de inspección técnica o correo electrónico, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que respalden su posición mediante carta dirigida al director (a) de la Dirección a cargo. Dicha comunicación deberá ser ingresada en la secretaría municipal respectiva en horario de 08:15 horas a 14:00 horas y desde las 15:00 a 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de decreto alcaldicio.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Municipalidad, mediante una comisión Municipal de Apelación, conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas.

En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de decreto alcaldicio, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.

Todo decreto alcaldicio, se notificará al respectivo proveedor por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico.

Cabe señalar que, a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva a la Dirección de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal.

43. DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente adjudicado. Los descuentos se harán de los pagos correspondientes al Oferente adjudicado o de las garantías vigentes.

44. DE LA RECEPCIÓN CONFORME

La Inspección Técnica deberá emitir un Certificado detallado de Recepción Conforme, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica y por el Director de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, indicando la recepción conforme del servicio.

En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponde dar visto bueno, deberá emitir un Certificado de Recepción con observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.

45.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez realizada la Recepción Conforme, mediante certificado correspondiente, se procederá a realizar la liquidación del contrato, entendiéndose por tal, a la liquidación de las obligaciones contractuales emanadas con el contrato.

La liquidación del contrato se realizará dentro de un plazo de 60 días corridos posterior a la fecha del Certificado de Recepción Conforme, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Oferente adjudicado la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” correspondiente.

En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.

46.- DE LAS GARANTÍAS

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá ser entregada por cada  línea y deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, si correspondiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución de las obligaciones contractuales; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

En caso de aumento o disminución del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato.

En cualquier caso, la nueva garantía deberá ser ingresada a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal antes del vencimiento de la originalmente entregada.

47.- DE LOS DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución del servicio se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Oferente adjudicado.

48.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al Oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del Oferente adjudicado.

49.- DE LA RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Oferente adjudicado.


50.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.


51.- PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, artículos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.







10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.