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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
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Las Multas a aplicar serán según se especifica a continuación:
1. Incumplimiento por parte del contratista a instrucciones entregadas por la Inspección Técnica: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato por cada instrucción no cumplida.
2. Incumplimiento a lo establecido en las Especificaciones Técnicas del proyecto: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato por cada incumplimiento.
3. Incumplimiento de lo expresado, tanto en Bases Administrativas Especiales y Bases Administrativas Generales: 4 U.T.M.
4. Entregar Factura sin previa aprobación del I.T.O, el cual deberá acreditar que los avances fueron 100% aprobados y recepcionados de manera conforme: 3 U.T.M.
5. Modificación de los planos sin previo Vº Bº del ITO y profesionales que realizan el diseño: 1 % (uno por ciento) del valor total del contrato.
6. Atraso injustificado en alguna de las etapas del programa físico: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato.
7. De no encontrarse el profesional presente en el momento de la inspección, será sancionado la primera vez por 5 UTM, la segunda por 10 UTM y la tercera vez por 15 UTM, siempre que esta ausencia NO haya quedado estipulada en el libro de obras con hora de salida y firma del profesional, debiendo ser reemplazado por otro profesional del área, el cual deberá presentar la acreditación correspondiente a su título o certificado de título con una copia autorizada ante notario o en su defecto con los originales.
8. No concurrencia a la Entrega de Terreno el día y hora fijado para ello: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato.
9. No iniciar las obras en un plazo máximo de 3 días corridos, a contar de la fecha de entrega de terreno: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato, por cada día adicional de atraso.
10. Paralizar las Obras por más de 5 días corridos sin causa debidamente justificada: 1% (uno por ciento) del valor total del contrato, por cada día adicional de atraso.
11. Las reiteraciones de cualquiera de las multas indicadas anteriormente, serán causal para aumentar al doble la multa correspondiente y de proseguir hasta la tercera reiteración, se finiquitará el contrato, si el municipio así lo estimare pertinente.
35.PROCEDIMIENTO DEL COBRO DE LA MULTA
Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación del Decreto que aprueba la multa. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas se les cobrará directamente y se debe concretar a través de transferencia electrónica, a nombre del Departamento de Salud de Curicó Rut: 69.100.100-8, con notificación vía correo a la Unidad de Finanzas del Departamento de Salud,
unidaddefinanzassalud@gmail.com, y al correo de la Unidad Técnica Supervisora, rrffsaludcurico@gmail.com. El no pago de la multa, faculta a la Municipalidad de Curicó a retener el pago de la factura que se encuentre en trámite, hasta que el proveedor envíe el comprobante de pago. Todos los montos serán ingresados al presupuesto del Departamento de Salud Curicó.
El proveedor tendrá un plazo de 10 días corridos para acreditar el pago de la multa. De no hacerse efectivo el pago dentro del plazo indicado, el monto será descontado de la factura que se encuentre en tramitación.
En caso que el proveedor se niegue a realizar el pago de la multa por cualquiera de las vías estipuladas para dichos fines, la Municipalidad de Curicó, se reserva el derecho de terminar el contrato anticipadamente y re adjudicar en los términos considerados en las presentes bases de Licitación.
36.APELACION DE LAS MULTAS
Las multas se aplican por acto administrativo fundado del Departamento de Salud de Curicó, previo informe de la Unidad técnica, profesional a cargo o encargado responsable, el cual deberá contener:
• Identificación del proveedor
• Responsable por parte del proveedor
• Fecha de Incumplimiento por parte el proveedor
• Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
• Monto de la multa
Sobre la base de dicho informe la Unidad Jurídica resolverá el rechazo o aceptación de la sanción propuesta. En caso que determine la procedencia de aplicar la multa, el Departamento de Salud notificará por escrito al proveedor indicando la causa que lo motiva y la multa a la que de origen el incumplimiento.
El proveedor podrá hacer sus descargos por escrito de la apelación de la multa dentro de 5 días hábiles siguientes a la notificación. La Unidad Jurídica resolverá la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva.
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