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Documentos integrantes |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación
ii) Formulario N°1: Programa de Integridad
iii) Formulario N° 1: Declaración de Experiencia
iv) Formulario N° 2: Oferta Económica
v) Anexo N°1 Especificaciones técnicas, con Planos y/o Croquis si los hubiere
vi) Anexo N°2: Metodología de Evaluación
vii)Planos, Croquis y/o fotografías si los hubiere
viii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiese.
ix) Oferta del proveedor.
x) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
Nota: La presente licitación no contempla adjuntar Bases Administrativas Generales toda vez que las cláusulas que se exponen son suficientes para el tipo de servicio o compra solicitada.
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Vigencia y renovación |
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El contrato será de ejecución inmediata, sin renovación.
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Emisión de la orden de compra |
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La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
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Plazo de Entrega |
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El plazo de entrega estará definido en función del plazo propuesto en el Formulario N°3 Oferta Económica, contados desde la entrega de terreno.
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Pago |
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El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
La Municipalidad de Providencia podrá, previo informe de la Unidad Técnica aplicar multas al contratista en el caso que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación. La multa será a favor de la Municipalidad de Providencia, las que serán calificadas en cada ocasión por la Unidad Técnica Supervisora en los siguientes casos:
i) Por día de atraso en la entrega del servicio solicitado según el plazo propuesto: 2 UTM por día de atraso
ii) Deficiencia en los trabajos ejecutados o materiales defectuosos: 1,5 UTM por evento y por día hasta que lo subsane.
iii) No emplear los elementos de seguridad en la obra como lo ordenan la Ley y las Ordenanzas: 2 UTM por evento
iv) Incumplimiento en las indicaciones establecidas en las Bases Administrativas y técnicas: 0,5 UTM por Infracción
En el evento que el monto acumulado de las multas supere el 10 % del valor del contrato, la Municipalidad podrá poner término al contrato.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Los incumplimientos considerados, en la ejecución del contrato en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a ssgg@providencia.cl
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Municipio dictará el respectivo Decreto Alcaldicio Ex. DAF aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Municipalidad tendrá un plazo de hasta 5 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante Decreto Alcaldicio Ex. DAF, previo V°B° de la Dirección de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
El monto equivalente en pesos chilenos, será el calculado para el día del pago de la multa, en caso de corresponder.
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Término Anticipado |
Serán causales de término anticipado del contrato, las siguientes:
• La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
• La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
• El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
• El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
• La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras públicas. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de Compras Públicas.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Incumplimiento grave de las bases, así como cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud del contrato, siendo suficiente para ello el informe de la Dirección Municipal correspondiente, pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento hasta el monto del perjuicio ocasionado por el incumplimiento, si hubiera. Se considerará incumplimiento grave cuando el monto total de las multas alcance el 30% del valor de la Orden de Compra. En estos eventos el contrato o la orden de compra terminará por vía administrativa, sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación final. La notificación del Término Anticipado del Contrato, se realizará mediante "Carta de Notificación de Término Anticipado" enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, previo V°B° de la Dirección de Control y de la Dirección Responsable de la ejecución del contrato en caso que corresponda, remitida al correo electrónico del proveedor registrado en Mercado Público
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Estándares de probidad |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior.
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
10. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente deberá cumplir con la prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación, como participante o interesado en el referido proceso, o como eventual interesado o participante en él, con las
personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección
de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo en lo que corresponda.
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Unión Temporal de Proveedores |
Si el proponente es una Unión Temporal de Proveedores, se aplicarán los siguientes requisitos:
1. Constitución Jurídica: Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
2. Presentación de la oferta: El representante del sindicato presentará la oferta a través del sistema ChileCompra, www.mercadopublico.cl, incluyendo el acuerdo legalmente vinculante mencionado anteriormente. Cada miembro del sindicato deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de ChileCompra (artículo 141 Reglamento de Compras Públicas, Decreto N° 661).
3. Habilidad de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores: Las causas de inelegibilidad establecidas en la legislación vigente (artículo 154) se aplican a cada miembro del sindicato individualmente. Si un miembro deja de ser elegible, el sindicato debe decidir si sigue adelante con el resto de los miembros elegibles o retira su oferta. La entidad contratante no considerará las ofertas de sindicatos que incluyan miembros no elegibles.
4. Transparencia de la información (artículo 181): Al presentar las ofertas, los miembros de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué información incluirán, siempre que no oculten información relevante para la ejecución del contrato que afecte a alguno de sus miembros. La entidad contratante se reserva el derecho de solicitar información adicional que considere necesaria.
5. Cambios post adjudicación (artículo 183): En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Municipalidad de Providencia compradora deberá dejar constancia en un acta.
En el evento que el Municipio apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.
6. Facturación (Artículo 181): Las facturas de bienes o servicios deberán emitirse utilizando el RUT del proveedor que presentó la oferta a través del sistema ChileCompra.
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Licitación en Soporte Papel |
En caso de producirse indisponibilidad del sistema ChileCompra, confirmada mediante certificado de indisponibilidad de la Dirección de Compras (a solicitar dentro de las 24 horas siguientes al cierre del plazo de presentación de ofertas), se adoptarán las siguientes acciones:
1. Notificación de indisponibilidad (Artículo 115, No. 3): La indisponibilidad del sistema se comunicará a los responsables del proceso de contratación (ANGELA ANTONIETA VILLENAS RIQUELME, correo electrónico avillenas@providencia.cl o ROMINA ANDREA HERRERA BERMUDES, correo electrónico romina.herrera@providencia.cl ) de inmediato.
2. Presentación alternativa (artículo 115, núm. 3): Los oferentes afectados tendrán 2 días hábiles adicionales a partir de la fecha del certificado de indisponibilidad para presentar sus ofertas a través de estos antecedentes se deberán entregar en un sobre cerrado debidamente identificado con el nombre de la propuesta y del oferente en la portada, además de adjuntar toda la documentación solicitada para esta licitación, en la Sección Abastecimiento de la Municipalidad de Providencia, ubicada en Marchant Pereira 880, Providencia.
3. Postergación del acto de apertura de las ofertas (artículo 115, N° 2): Si por fuerza mayor o caso fortuito se impide la apertura de las ofertas prevista, se publicará un aviso en el sistema ChileCompra, indicando los motivos de la postergación y la nueva fecha y hora de apertura, asegurando de esta manera la igualdad de trato entre todos los oferentes."
Sin perjuicio de lo anterior, el municipio publicara toda la información de las licitaciones y ejecución de los contratos en el sistema ChileCompra. Toda justificación para realizar contrataciones fuera del sistema ChileCompra deberá quedar documentada en una Decreto, ya sea como parte de la autorización del contrato o en un Decreto separado.
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Mecanismo de resolución de empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PRECIO. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate se adjudicará al proveedor que primero hubiera ingresado su oferta a través del Portal.
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Adjudicación |
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La Municipalidad de Providencia adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio Ex. DAF, el que será publicado en el Portal www.mercadopublico.cl con la posterior emisión de la Orden de Compra. En caso que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo 24 horas hábiles después de emitida ésta, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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Readjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
El municipio podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, si corresponde cobrar la Garantía por Seriedad de la Oferta.
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Adjudicación Fuera de Plazo |
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Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Municipalidad comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación, además solicitará la renovación de la garantía de seriedad de la oferta en caso que corresponda.
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Aumentos y/o Disminuciones |
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La Municipalidad de Providencia podrá ordenar al Contratista que amplíe o disminuya hasta en un 30% el valor total de la Orden de compra IVA incluido. Los aumentos de la adquisición de bienes, su presupuesto y el plazo definido, deberán ser previamente aprobados por las instancias que la Municipalidad indique , para posteriormente ser notificado a través de la respectiva Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.
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Contactos Durante la Evaluación |
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Los interesados podrán presentar consultas y solicitudes de aclaración dentro del plazo señalado en el numeral 3 de las bases administrativas de la presente licitación. Las consultas deberán presentarse exclusivamente a través del sistema ChileCompra, www.mercadopublico.cl. La Municipalidad de Providencia publicará todas las consultas y sus correspondientes respuestas y aclaraciones en el sistema ChileCompra. Dichas aclaraciones y respuestas formarán parte integrante de las bases de licitación.
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Requerimientos Técnicos |
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El oferente deberá ingresar su oferta de acuerdo a las especificaciones técnicas o términos de referencia, por tanto, se entenderá que todo oferente que ingrese su oferta en el portal, cumple y acepta lo solicitado en las presentes bases.
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Diferencia entre Valor Neto ingresado en el Portal y Formulario Económico de la oferta |
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En caso de existir una discrepancia entre el monto neto indicado electrónicamente en el Portal y en el Formulario Económico, se entenderá como válido el valor indicado en el Formulario Económico para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
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Procedimiento de Pago |
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Recepción Total
La gestión de pago se dará inicio una vez se ejecuten totalmente los trabajos
contratados.
El pago al proveedor por los bienes y/o servicios adquiridos, se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
Previo a emitir la respectiva factura, la Municipalidad a través del IMC de contrato, emitirá el Certificado de Recepción conforme adjuntándolo al Portal Mercado Público, previo pago de las multas si las hubiere, sólo una vez efectuado este procedimiento, el oferente podrá facturar.
En caso de que el oferente emita la factura antes de la recepción conforme en el Portal Mercado Público, esta será RECHAZADA a través del SII.
El pago será por la parcial por estados de pago mensuales (cada 30 días) según el avance al momento de emitirlo, contra aprobación del IMC de contrato. En caso de existir observaciones por parte del IMC, estas primeramente deberán ser subsanadas.
Documentos para el pago de la factura:
1. Comprobante de pago de multas, si las hubiere.
2. Orden de compra del Portal Mercado Público en estado "Recepción Conforme".
3. Factura: dicha Factura Electrónica deberá ser enviada el documento al siguiente correo: ssgg@providencia.cl
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Reposición de Productos y/o Servicios |
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Si los productos y/o servicios contratados mediante esta licitación presentan desperfectos u observaciones respecto a las especificaciones técnicas y/o términos de referencia, problemas de calidad, etc., el oferente adjudicado deberá subsanar dichos desperfectos u observaciones dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación del IMC por medio de correo electrónico.
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Formularios a completar |
El proveedor deberá considerar:
1. Formulario N°1 "Programa de Integridad": anexando copia del programa (este último solo en caso de poseerlo y solo para efectos de ser evaluado de acuerdo con el criterio “Programa de Integridad”)
2. Formulario N°2 "Declaración de Experiencia":
Para la acreditación de los servicios señalados el oferente deberá adjuntar:
Instituciones Privadas: Factura o Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente.
Instituciones Públicas: Factura y Contratos suscritos entre el mandante y el oferente, o Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva, u Órdenes de Compra en estado RECEPCIÓN CONFORME
- En caso que el proveedor no cuente con experiencia, deberá igualmente adjuntar el Formulario N°2 "Declaración de Experiencia", lo cual evitará que se reste puntaje por el criterio de evaluación denominado "Cumplimiento de Requisitos Formales".
3. Formulario N°3 de Oferta Económica:
Subir en los anexos Económico de su oferta.
- Completar, firmar y adjuntar todos los formularios solicitados en las presentes bases.
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Solicitud de Antecedentes que salven errores u omisiones formales |
La Municipalidad durante el proceso de evaluación de las ofertas, la Municipalidad de Providencia podrá solicitar a los oferentes la corrección de errores u omisiones formales en sus ofertas, siempre que ello no genere una ventaja injusta para ningún oferente ni vulnere los principios de estricta sujeción a las bases de licitación y de igualdad de los oferentes. Esta solicitud de corrección será comunicada a todos los oferentes a través del sistema ChileCompra, www.mercadopúblico.cl. La entidad adjudicadora podrá solicitar:
a) Formulario N°1 “Programa de Integridad”:
i) Cuando se adjunte el documento incompleto (sin nombre o razón social, sin cédula de identidad o Rut y/o sin firma)
b) Formulario N°2 “Declaración de Experiencia”:
i) Cuando se adjunte el documento incompleto (sin nombre o razón social, sin cédula de identidad o Rut y/o sin firma)
ii) Cuando habiendo adjuntado “Documentación de Respaldo” solicitados en la licitación, el Formulario N°1 “Declaración de Experiencia” no se encuentre adjunto o se encuentre incompleto.Adicionalmente, cuando adjunte el Formulario N°1 “Declaración de Experiencia” con la información solicitada, pero no se adjunten los respaldos correspondientes, se podrá solicitar dichos respaldos para confirmar la veracidad de la información entregada.
c) Formulario N°3 Oferta Económica
i) Cuando se adjunte incompleto (sin nombre o razón social, sin cédula de identidad o Rut y/o sin firma).
ii) Cuando el documento se encuentre incompleto y dicha información se esté incorporada en la oferta u otro documento adjunto.
iii) Cuando existan errores de forma.
Para tales efectos se utilizará el Sistema de Información (aclaración de ofertas), otorgando un plazo breve y fatal de 48 horas hábiles a los oferentes. La no rectificación de los vicios u omisiones en el plazo otorgado, facultará a la Municipalidad a declarar la oferta inadmisible.
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Daños a Instalaciones o equipamiento Municipales |
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Todo daño de cualquier naturaleza que con el motivo de la ejecución de los trabajos se cause a instalaciones o equipamiento Municipal, será de responsabilidad y costo exclusivo del proveedor.
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Declaración Desierta o Inadmisibilidad de la licitación u oferta |
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La Municipalidad de Providencia declarará inadmisibles aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación Pública, conforme a la Ley N° 19.886 y su reglamento N° 661.
Cabe señalar que las ofertas que superen el monto para el cual está clasificada la presente licitación, de acuerdo al artículo 36 del Reglamento de Compras Decreto N°661"Tipos de Licitación" según monto de la adquisición o la contratación de servicios, serán declaradas inadmisibles por encontrarse fuera del monto máximo permitido para el tramo en el cual se clasificó la Licitación, toda vez que cada tramo presenta diferentes condiciones de plazos de publicación y contratación.
Además, se consideran inadmisibles las ofertas presentadas simultáneamente por proveedores que pertenezcan al mismo grupo empresarial o que estén relacionadas entre sí, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras. En estos casos, se evaluará únicamente la oferta más conveniente de los proveedores involucrados, de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases de Licitación, mientras que las demás ofertas serán declaradas inadmisibles.
Si las Bases no especifican criterios particulares, se considerará como la oferta más ventajosa aquella que presente el menor precio.
La Municipalidad de Providencia declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
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