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Bases de Licitación |
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CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
REGIÓN DE COQUIMBO
BASES DE LICITACIÓN
BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
“ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA FAENAS FORESTALES, PROGRAMA SIEMBRA POR CHILE, REGIÓN DE COQUIMBO”
REGIÓN DE COQUIMBO
Junio 2026
COQUIMBO 2025
1. LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA
La Corporación Nacional Forestal, en adelante indistintamente CONAF o la Corporación, de acuerdo a las disposiciones contempladas en la Ley N° 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl a participar en esta Licitación Pública, denominada “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA FAENAS FORESTALES, PROGRAMA SIEMBRA POR CHILE, REGIÓN DE COQUIMBO” de acuerdo con las especificaciones incluidas en el presente documento.
2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN.
La Corporación Nacional Forestal región de Coquimbo, requiere la contratación para “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA FAENAS FORESTALES, PROGRAMA SIEMBRA POR CHILE, REGIÓN DE COQUIMBO”.
Tipo de Licitación
Pública
Tipo de Convocatoria
Abierta
Descripción de la Licitación La Corporación Nacional Forestal, en adelante “CONAF” o la “Corporación”, indistintamente, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, a participar en la licitación pública ID 2555 – X – LE26, para “Adquisición de Materiales para Faenas Forestales del Programa Siembra por Chile, Región de Coquimbo”:
- 56 Rollos de Alambre de Púa de 500 mts
- 16 pack Bisagra Alcayata para rollizo perno 12” (2 unidades)
- 8 Cerrojo acero carcelero 10”
- 234 kilos de Grapas Galvanizada 1 ¼”
- 74 Rollos de Malla Ursus 7 hebras de 100 mts
- 3687 Polín impregnado 3 a 4” x 2,44 mt
- 20 Polín impregnado 5 a 6” x 3 mt
- 100 Tablas de pino cepillado 2x5” x 3,2m
Etapas proceso de Apertura Una sola etapa
Suscripción de Contrato No requiere, se formaliza con la orden de compra
Tipo de Adquisición
Bienes estándar de simple y objetiva especificación
Art. 17 Decreto 661 – Ley 21.634
Moneda Pesos Chilenos
Adjudicación La adjudicación será asignada por la totalidad de los productos a un mismo oferente.
3. ANTECEDENTES ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social Corporación Nacional Forestal
RUT 61.313.000-4
Unidad de Compra Oficina Regional Coquimbo
Dirección Avenida Regimiento Arica 901
Comuna Coquimbo
Región Coquimbo
Teléfono 51 244769
4. ETAPAS Y PLAZOS LICITACIÓN
Salvo que expresamente se señale lo contrario, el cómputo de los plazos que se indican en esta propuesta se entenderá de días corridos. De existir alguna diferencia entre los plazos que se indican en las presentas bases y los indicados en la carátula de Mercado Público, prevalecerán los de esta última.
ETAPAS PLAZOS
Fecha de publicación Día 1 de publicada
Fecha inicio de aclaraciones, preguntas, observaciones. Día 1 de publicada
Fecha final de preguntas Día X de publicada
Fecha publicación respuestas Día X de publicada
Fecha de cierre ofertas Día X de publicada
Fecha de apertura electrónica Día X de publicada
Fecha de adjudicación Día X de publicada
Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos, con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl, en el correspondiente ID del proceso de licitación.
La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada en dos días hábiles, si al momento del cierre de recepción de ofertas se han recibido dos o menos ofertas en el Portal de Mercado Público, sin necesidad de emitir un nuevo acto administrativo, lo que se indicará en el portal www.mercadopublico.cl , en caso de que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas. En el mismo tiempo serán ampliadas cada una las fechas de todas las etapas de esta Licitación Pública.
5. CARACTERÍSTICAS Y ESTIPULACIONES TÉCNICAS DEL PRODUCTO
El Departamento de Bosques y Cambio Climático requiere adquirir materiales para la instalación de cercos perimetrales y otras actividades en faenas forestales, en el marco de las acciones de restauración forestal ejecutadas por el Programa Siembra por Chile para la Restauración de Bosques nativos a gran escala con el propósito de reactivación económica en la Región de Coquimbo. El proveedor deberá ofertar por todos los productos solicitados e incluir el flete, movilización de maquinaria y carga y descarga adecuada de los productos.
Linea Producto requerido Imagen referencial Cantidad Despacho Desglose
1
Alambre de Pua galvanizado triple de 500 mts
Formato: rollo de 500 mts 56 Acopio CA Quitallaco 4
Acopio CA Estero Derecho 10
Acopio Los Hornos 8
Acopio CA Salala 18
Acopio Vivero regional 16
2 Alcayata Rollizo fierro forjado 12”
Formato: 2 unidades 16 Acopio CA Quitallaco 8
Acopio CA Estero Derecho 4
Acopio Vivero regional 4
3 Cerrojo acero carcelero 10"
Formato: 1 unidad 8
Acopio CA Quitallaco 6
Acopio CA Las Damas 2
Acopio Vivero regional 2
4 Grapas Galvanizadas 1” ¼
Formato: bolsa de kilo 234 Acopio CA Quitallaco 125
Acopio Los Hornos 30
Acopio Vivero regional 69
5
Mallas Ursus 7 hebras de 100 mts Inchalam
Formato: rollo de 100 mts
74
Acopio CA Quitallaco
8
Acopio CA Estero Derecho 13
Acopio Los Hornos 14
Acopio CA Salala 12
Acopio Vivero regional 27
6 Polín impregnado 3”a 4” x 2,40-2,44 metros.
Descripción:
- Polín agrícola de pino radiata.
- Impregnado según las normas de calidad NCh 819.
- Diámetro Punta: 3”
- Diámetro Base: 4”
- Largo: 2,4 metros.
- Apto para cerco perimetral
- Polín sin calibrar/No torneado
3687 Acopio CA Quitallaco 880
Acopio CA Estero Derecho 470
Acopio Los Hornos 550
Acopio CA Salala 358
Acopio Vivero regional 1429
7 Polín impregnado 5 a 6" x 3 metros
Descripción:
- Impregnado según las normas de calidad NCh 819.
- Diámetro Punta: 5”
- Diámetro Base: 46”
- Largo: 3 metros.
- Peso: 39,1 kilos
20 Acopio CA Quitallaco 8
Acopio CA Estero Derecho 2
Acopio CA Salala 2
Acopio Vivero regional 8
8 Tablas Pino impregnado cobre micronizado 2x5” x 3,2m 100 Acopio CA Quitallaco 40
Acopio CA Estero Derecho 10
Acopio CA Las Damas 20
Acopio CA Salala 10
Acopio Vivero regional 20
IMPORTANTE: LA OFERTA INGRESADA AL PORTAL MERCADO PÚBLICO DEBERÁ SER POR EL TOTAL DE LOS ITEMS, ES DECIR, EL LISTADO COMPLETO DE PRODUCTOS SOLICITADOS; INCLUIR FLETE, MOVILIZACIÓN DE MAQUINARIA Y CARGA Y DESCARGA DE METERIALES ADECUADA, DE LO CONTRARIO LA OFERTA SERÁ RECHAZADA EN LA APERTURA. LOS TRABAJADORES DE CONAF NO SE HARÁN PARTE DE LA DESCARGA DE MATERIALES.
Condiciones de Despacho y Descarga
Horario de entrega Lunes a Jueves entre las 09:00 hrs. y las 16:00 hrs. El trabajo de despacho y descarga se permitirá en hasta en tres (3) días hábiles seguidos. No se recepcionarán materiales fuera del horario indicado.
Forma de entrega Despacho y descarga incluidos
Coordinador de Licitación Matías Herrera, Oficina Regional: matias.herrera@conaf.cl
Coordinadores de recepción Jaime Briceño, Provincia de Elqui: jaime.briceño@conaf.cl
Gonzalo Ferrer, Provincia de Limarí: gonzalo.ferrer@conaf.cl
Jorge Villalón, Provincia de Choapa: jorge.villalon@conaf.cl
A continuación se indican los puntos de las direcciones de despacho:
DIRECCIONES DE DESPACHO
Puntos despacho Ubicación en el mapa
Acopio CA Quitallaco, Comuna de Coquimbo https://maps.app.goo.gl/v8LWPYAvxGa4inUR8
Nota 1: Ingreso a la comunidad por acceso principal frente a planta de gas Abastible.
https://maps.app.goo.gl/CpsgTfNhU2WpQhRS7
Acopio CA Estero Derecho, Comuna Paihuano https://maps.app.goo.gl/uxWLbfougM4wVsBx5
Nota 2: Calles estrechas, se debe considerar que solo puede ingresar camión simple.
Acopio Los Hornos, Comuna de La Higuera https://maps.app.goo.gl/rFvqfh9KXAfQmGky7
Acopio CA Salala, Comuna de Ovalle
https://maps.app.goo.gl/Q1CPa72vYngVWqqi6
Acopio Vivero Regional Illapel, Comuna de Illapel https://maps.app.goo.gl/Ah8gppyuSJvEhvEn8
6. ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato.
Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el anexo N°1 denominado “Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases”.
7. ANTECEDENTES A INCLUIR EN LA OFERTA
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes que forman parte de la licitación y que constituyen el servicio requerido. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones contenidas en las presentes bases y sus anexos.
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la CONAF hiciere a raíz de las consultas realizadas por uno o más interesados, o por iniciativa propia, serán enviadas a través del portal en la fecha indicada en el cronograma del Portal Mercado Público. Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las aclaraciones y/o la apertura de la propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como aclaración en el Portal Mercado Público.
a) Anexos Administrativos
- Anexo N°1, “Declaración Jurada de conocimiento y aceptación de las bases de licitación”.
- Anexo N°2, “Declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios”.
b) Anexos Técnicos
- Anexo Técnico N°3, “Descripción de los Productos Ofertados”: Se solicita entregar características según lo requerido que permitan corroborar que cada uno de los materiales ofertados cumplen con los requerimientos. Es obligatoria la presentación de ficha técnica con las especificaciones técnicas de cada uno de los productos, con imagen incluida. Idealmente adjuntas al anexo N°3 en un set documental único en formato PDF.
IMPORTANTE: La no presentación de las fichas técnicas de cada producto, será motivo de rechazo de la oferta en apertura.
- Anexo Técnico N°4, “Servicio de Post-Venta”: Se solicita indicar cantidad de días corridos que demorará la reposición de productos defectuosos o que no estén aptos para su uso. El máximo de días permitido para la reposición de productos son 15 días corridos.
- Anexo Técnico N°5, “Plazo de Entrega”: En este formulario se solicita que el oferente indique el plazo de entrega en días corridos. Si el plazo supera los 15 días corridos, la oferta será rechazada en la apertura.
- Anexo Técnico N°6, “Maquinaria para descarga”: El oferente debe indicar uso de maquinaria: grúa horquilla, yale, apiladora, o similar, a utilizar para la descarga y organización adecuada de los materiales. Personal de CONAF indicará el lugar de acopio al momento de la descarga (bodega o punto de acopio). Requisito de uso de maquinaria de descarga excluyente. El flete, movilización de maquinaria, carga y descarga de materiales adecuada es responsabilidad del proveedor. Los trabajadores de CONAF no se harán parte de la descarga de materiales.
IMPORTANTE: Los plazos de entrega y reposición indicados por el oferente en los Anexos N°4 y N° 5 respectivamente, se entenderán como un compromiso, por ende si luego adjudica la licitación será considerado como una obligación en la ejecución del contrato y será responsabilidad de las contrapartes verificar su cumplimiento."
En caso de incumplimiento se aplicará la multa correspondiente, según lo señalado en las presentes bases, punto 23. “MONTO Y DURACIÓN DEL CONTRATO” letra e) Remedios ante el incumplimiento contractual del proveedor: “i) Se cobrarán multas de un 2% del total del contrato, por cada día de atraso en la prestación del servicio o entrega del producto respectivo. Se podrá cobrar multas respecto de todos los productos, informes, insumos o hitos de la prestación de servicio que tengan plazos asignados, una vez verificado su retraso.
El atraso comenzará a contar del día corrido siguiente de la fecha de entrega acordada entre las partes.”
- Anexo Técnico N°7 Criterio de sustentabilidad: Certificación Forestal, Forest Stewardship Council (FSC)
El FSC (Forest Stewardship Council) es una organización internacional independiente y no gubernamental que establece los estándares globales para la Gestión Forestal Sostenible y la Cadena de Custodia de los productos madereros y no madereros.
Su función técnica se basa en certificar dos aspectos clave de la cadena de suministro:
Certificación de Manejo Forestal (FM): Verifica que la administración de la unidad forestal cumple con 10 principios y 70 criterios técnicos, ambientales y sociales auditables en terreno (adjunto en ficha FSC).
Certificación de Cadena de Custodia (CoC): Garantiza la trazabilidad del material desde el bosque certificado hasta el producto final (en este caso, los postes), asegurando que la madera certificada no se mezcle con madera de origen ilegal o no controlado durante el procesamiento y transporte.
Es un sistema de certificación de tercera parte que valida el cumplimiento de estándares internacionales de sostenibilidad económica, social y ambiental en la explotación de recursos forestales.
El propósito de este criterio de evaluación es constatar que la madera utilizada para la fabricación de los postes objeto de esta licitación, debe provenir de fuentes que cuenten con Certificación de Manejo Forestal Responsable FSC (Forest Stewardship Council).
Medio de Verificación:
Si el oferente es el productor directo: Deberá presentar Certificado FSC vigente a su nombre con número/código de registro en FSC, o bien, documento que acredite N° de Registro en FSC Chile donde se pueda verificar status de certificación vigente FSC en la producción de madera objeto de la presente licitación.
Si el oferente es un comercializador/distribuidor: Deberá presentar Certificado FSC vigente de la empresa forestal proveedora de la madera con número/código de registro FSC, o bien, documento que acredite N° de Registro en FSC Chile donde se pueda verificar status de certificación vigente FSC en la producción de madera objeto de la presente licitación.
CONAF verificará el N° de certificación en registro oficial de FSC Chile.
CONAF se reserva el derecho de verificar por los medios que estime pertinentes la veracidad de los documentos presentados.
Las entidades certificadoras FSC Chile se encuentran en el siguiente link: https://cl.fsc.org/cl-es/obten-certificacion/entidades-certificadoras
*Se verificará su cumplimiento en certificación adjunta.
a) Antecedentes Económicos
Anexo n°8 “Oferta Económica”: En el anexo se debe identificar el valor neto de la oferta y el valor IVA INCLUIDO. Tener en consideración que en el portal Mercado Público el valor de la oferta ingresado corresponde al monto neto y ese es el valor reflejado en el comprobante de oferta, al momento de la emisión de la orden de compra se suma el IVA.
*VALORES SEÑALADOS EN TERRENO CON FLETE INCLUIDO: Incluye carga y descarga de material.
NOTA 1: Se hace presente que los oferentes deberán cumplir con la entrega de la totalidad de los anexos solicitados precedentemente, tanto técnicos, administrativos y económicos.
NOTA 2: La oferta y sus anexos deberán ser ingresados al portal de mercado público en los formatos de PDF, EXCEL o WORD.
NOTA 3: Respecto del anexo “Oferta Económica”, en caso que el monto indicado en el anexo sea distinto de aquel señalado en el portal de mercado público, para todos los efectos, prevalecerá el valor de la oferta señalado en el portal electrónico.
NOTA 4: La no presentación de anexos técnicos significará el rechazo de la oferta en la apertura.
La Corporación se reserva el derecho de verificar por las vías que estime pertinente, la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos que corresponda.
En caso de discrepancia entre el valor ingresado en este Anexo y el valor ingresado en el ID de la oferta en el portal Chile Compra, prevalecerá el valor ingresado en dicho portal.
Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta.
Sin perjuicio de que la Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma si así lo estima pertinente.
Observaciones:
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Esta licitación pública se regirá por las Bases Administrativas y especificaciones Técnicas que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y por las normas legales y reglamentarias de la ley 19.886 vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, formarán parte de las bases las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad foro del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentadas a través del portal de Mercado Público.
Por el solo hecho de presentarse una propuesta, se entiende que el proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto, y está conforme con las condiciones del servicio requerido.
El oferente en su oferta económica formal deberá considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio web, haya sido realizado con éxito. Para ello, será su obligación verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Frente a un eventual conflicto o discrepancia que surja, será condición esencial acompañar dicho documento. No se aceptarán reclamos en que no se adjunte dicho documento.
Todo error en la oferta será de responsabilidad del proponente y no constituirá hecho imprevisto, ni excusará de la responsabilidad que se adquiere por el hecho de presentar su oferta.
9. COTIZACIÓN U OFERTA
La cotización u oferta deberá presentarse –EXCLUSIVAMENTE- a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional. La oferta debe ser ingresada en valores netos por línea de licitación, en su caso.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 60 días corridos a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
10. PARTICIPANTES DEL PROCESO LICITATORIO
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse previo a la fecha de suscripción del contrato.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
a) Antecedentes Legales para poder ser contratado.
Persona natural:
• Encontrarse inscrito en Chileproveedores.
• Acompañar fotocopia legalizada de cédula de identidad por ambos lados.
• Encontrarse en estado “hábil” en Chileproveedores, para contratar con el Estado, es decir, no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
• Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
• Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
• Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
• La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
• Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
• Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
• Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
• Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.293).
Persona Jurídica:
• Encontrarse inscrito en ChileProveedores.
• Acompañar fotocopia legalizada de RUT de la empresa por ambos lados (En caso de no encontrarse inscrito en ChileProveedores).
• Fotocopia legalizada de cédula de identidad del representante legal (En caso de no encontrarse inscrito en ChileProveedores).
• Certificado de vigencia del mandato o poder del representante legal de la empresa. (En caso de no encontrarse en el sistema ChileProveedores)
• Encontrarse en estado “hábil” en ChileProveedores, para contratar con el Estado, es decir, no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
• Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
• Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
• Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
• La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
• Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
• Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
• Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.293).
b) Unión temporal de proveedores (UTP):
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.
c) Observaciones
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. CONAF verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la CONAF en calle Regimiento Arica 901, Coquimbo, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
11. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario “Etapas y Plazos” de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
Modificación de las bases
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, en caso que así la CONAF lo amerite.
12. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de revocar en cualquier momento y hasta antes de la apertura de la propuesta el presente llamado a licitación, por razones de interés de la Corporación o de disponibilidad presupuestaria. Si el llamado fuera revocado, los participantes u oferentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna, por esta causa.
13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
1.- Plazo de Entrega 15%
2.- Certificación Forestal - Criterio Sustentable (FSC) 10%
3.- Precio 55%
4.- Cumplimiento de requisitos formales 5%
5.- Uso de Maquinaria y Personal de Descarga 15%
La Adjudicación se realizará según la siguiente tabla de evaluación:
Nº CRITERIO PUNTAJES PONDERACIÓN
1 Plazo de entrega
Anexo N° 5
INDICAR PLAZO EN DÍAS CORRIDOS. 1 a 5 días corridos desde la aceptación de la orden de compra. 100 15%
6 a 10 días corridos desde la aceptación de la orden de compra. 50
11 a 15 días corridos desde la aceptación de la orden de compra. 25
2
Certificación Forestal, Forest Stewardship Council (FSC)
*Se verificará su cumplimiento con certificación adjunta y código/número de registro FSC vigente.
Anexo N° 7
Oferente o empresa forestal proveedora cuenta con certificación FSC en producción de madera.
100 10%
Oferente o empresa forestal proveedora no cuenta con certificación FSC en producción de madera.
0
3 Precio
Anexo N° 8
Precio mínimo/ precio oferta x100 El precio mínimo obtiene el máximo
porcentual 55%
4 Cumplimiento de requisitos formales
Anexos N° 1 y 2 No requiere presentar antecedentes omitidos.
100 5%
Requiere presentar 1 o 2 antecedentes omitidos.
50
Requiere presentar 3 o más antecedentes omitidos.
0
5 Uso de maquinaria y personal de descarga
Anexo N° 6 Oferente declara uso de maquinaria y 3 o más personas adicionales al conductor para descarga de materiales
100 15%
Oferente declara uso de maquinaria y 2 personas adicionales al conductor para descarga de materiales
50
Oferente declara uso de maquinaria y 1 persona adicional al conductor para descarga de materiales
25
TOTAL 100%
14. CRITERIOS DE DESEMPATE.
En caso de empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que haya ofertado el mayor puntaje en el criterio “Precio”, en caso que aun persista la situación de empate, se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega” y de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya demostrado mayor puntaje en el criterio “Uso de maquinaria y personal de descarga” En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta al el portal de compras públicas.
15. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público, y estará a cargo del Departamento de Finanzas y Administración regional o de quien lo represente. A la apertura se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación de ser necesario.
A la apertura se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación de ser necesario.
Serán rechazadas aquellas ofertas en las que:
- Se indique un plazo de entrega (Anexo n° 5) mayor a 15 días corridos desde aceptada la orden de compra.
- La oferta económica supere el presupuesto máximo disponible, es decir, $34.500.000 IVA incluido.
- La oferta ingresada no incluya la totalidad de los ítems.
- La oferta no incluya los anexos técnicos o sea imposible verificar el tipo de producto ofrecido. La no presentación de fichas técnicas con las especificaciones técnicas con imagen del producto será motivo de rechazo en apertura.
- Los productos ofrecidos sean distintos a los requeridos.
- La oferta ingresada no incluya el flete de materiales; carga y descarga adecuada de estos.
- La oferta ingresada no incluya el uso de maquinaria para la descarga adecuada y organización de los materiales en el lugar de despacho. La movilización y/o flete de la maquinaria es responsabilidad del proveedor.
De lo anterior se dejará constancia en la respectiva acta de evaluación. En caso que una oferta no continúe con su evaluación, se procederá por resolución fundada a declarar su inadmisibilidad.
a) Observaciones a la apertura de las ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
b) Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Según presenta el artículo 56 del Reglamento de Compras, CONAF podrá solicitar:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS
Se designará una comisión evaluadora cuyos miembros por medio de acto administrativo, deberán suscribir una declaración jurada simple en la que expresen no tener conflicto de interés que les impida su participación en el presente proceso licitatorio.
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por esta Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes trabajadores y/o funcionarios:
1. Victoria Pulido González, Profesional Departamento de Bosques y Cambio Climático
2. Francisca Jerez Cortés, Profesional de apoyo Departamento de Bosques y Cambio Climático
3. Carolina Jiménez Vega, Jefa Departamento de Administración y Finanzas
4. Francisco Zepeda Cruz, Abogado Regional como Ministro de fe.
En caso se inhabilidad, ausencia o impedimento de alguno de los miembros de la Comisión señalados precedentemente, en calidad de suplentes, se designan:
1. Matías Herrera Alegría, Profesional Administración Departamento de Bosques y Cambio Climático.
2. Claudio Ortiz Veliz, Jefe de Administración CONAF Coquimbo
3. Jaime Briceño Rojas, Profesional de Apoyo Provincia de Elqui
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
17. ACTA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente/s se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso de que corresponda, también se deberá dejar constancia en el acta de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases:
A lo menos, la presente acta deberá hacer mención a:
-Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
-Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o Técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda).
-La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
-La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
-La proposición de adjudicación.
18. CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO Inverso del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación descritos en esta licitación.
19. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACION
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará lo dispuesto en las presentes bases en cuanto al desempate.
La Corporación adjudicará la licitación de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o consideraciones establecidas en las mismas.
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 60 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
Podrá además declarar desierta la licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos casos, tal declaración requerirá resolución fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la Corporación Nacional Forestal, previa justificación, podrá indicar un nuevo plazo para la adjudicación, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido, de conformidad al artículo 41 del Reglamento de la ley N° 19.886. La Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl y envié la Orden de Compra al proveedor.
ADICIONALMENTE, Y LUEGO DE LA ADJUDICACIÓN, SE SOLICITARÁ AL PROVEEDOR ENVIAR IMAGEN EXACTA DE LOS PRODUCTOS QUE SERÁN DESPACHADOS.
20. CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que se contemple, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta en caso de que esta exista.
El plazo máximo de readjudicación será de 20 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
21. CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico del funcionario encargado de la licitación, las que serán respondidas por el mismo medio. Sólo se responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
22. GARANTÍAS
a) Garantía de la seriedad de la oferta.
No se solicita.
b) Garantía de fiel cumplimiento.
No se solicita
23. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Presupuesto máximo disponible $34.500.000.- IVA incluido.
Fuente de Financiamiento Folio SIGFE 48 Siembra por Chile Faenas
UE 1201 PT 201-97-97-97
Suscripción de Contrato No requiere, se formaliza con la Orden de Compra
Renovación Sin renovación
Contraparte Técnica Diego Morales Banda, Jefe Departamento de Bosques y Cambio Climático o quien lo represente
diego.morales@conaf.cl
Contraparte Administrativa Claudio Ortiz Veliz, Jefe de la Sección de Administración o quien lo represente
claudio.ortiz@conaf.cl
b) Contrapartes de CONAF en la gestión del contrato
La contraparte técnica de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerá el Sr. Diego Morales, Jefe Dpto. de Bosques y Cambio Climático, o quien lo represente. La contraparte administrativa de CONAF la ejercerá el Sr. Claudio Ortiz Veliz, Jefe de la Sección de Administración o quien lo represente.
b.1.) Contraparte Técnica
Serán funciones de la Contraparte Técnica, las siguientes:
Administrar el contrato por medio de la supervisión constante del proveedor, permitiendo la prestación íntegra y oportuna del servicio adquirido.
Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente, realizando el correspondiente informe.
Revisar, calcular e informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Administrativa. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación.
Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b.2.) Contraparte Administrativa
Serán funciones de la contraparte Administrativa, las siguientes:
Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
Velar por el cumplimiento del contrato durante el desarrollo del servicio, y previa Recepción Conforme.
Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
c) Procedimiento de solicitud de servicios
El presente literal tiene por objeto regular la forma de contacto entre las partes tratándose de servicios o entrega de productos de ejecución en el tiempo.
d) Pago
El pago se efectuará conforme al cronograma de pago respectivo y, en cualquier caso, una vez recepcionado conforme el producto o servicio por la contraparte técnica.
La recepción conforme se efectuará por medio de comunicación que la contraparte técnica debe remitir al Departamento de Bosques y Cambio Climático.
En caso de aprobar el servicio o productos respectivos, se comunicará al proveedor y al Departamento de Finanzas y Administración, para efectos de que proceda el proveedor a emitir la factura respectiva.
Para efectos del pago, el proveedor o adjudicatario deberá emitir la correspondiente factura a nombre de Corporación Nacional Forestal, región de Coquimbo, y remitirla a la siguiente dirección:
• Emitir Factura electrónica, una vez recibido conforme los BB y/o SS, a windte_dte@custodium.com
• En el campo Folio de la Referencia de la Factura debe indicar el ID de la Orden de Compra y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas.
El pago lo realizará la Tesorería General de la República, www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
i. Recepción conforme de los servicios adquiridos, será efectuada por el Jefe del Departamento o quien lo subrogue.
ii. Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
iii. Recepción Conforme de la Orden de Compra Mediante la Plataforma de Mercado Público.
Se deja constancia que la Corporación Nacional Forestal podrá reclamar del contenido de la misma en el plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la ley N° 19.983 que “Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”.
Para proceder al pago, además de la recepción conforme del servicio, se requerirá que el proveedor haga entrega de aquellos antecedentes que den cuenta del cumplimiento de sus obligaciones laborales respecto de sus trabajadores, cuando aquello se desprenda de la naturaleza del servicio.
Los pagos serán realizados con transferencia electrónica.
El responsable de realizar el pago es la Sra. María López y su e-mail es maria.lopez@conaf.cl
El proveedor deberá informar oportunamente en caso de contratar servicio de factoring
e) Remedios ante el incumplimiento contractual del proveedor
e.1.) Multas y procedimiento
El proveedor adjudicado, salvo caso fortuito o fuerza mayor o justificación suficiente calificada por CONAF, estará obligado a pagar las multas derivadas de los incumplimientos que a continuación se señalarán, de conformidad a las reglas siguientes.
e.1.1.) Causales
i) Se cobrarán multas de un 2% del total del contrato, por cada día de atraso en la prestación del servicio o entrega del producto respectivo. Se podrá cobrar multas respecto de todos los productos, informes, insumos o hitos de la prestación de servicio que tengan plazos asignados, una vez verificado su retraso.
El atraso comenzará a contar del día corrido siguiente de la fecha de entrega acordada entre las partes.
El proveedor, previendo la existencia de retrasos, podrá, con a lo menos una semana de anticipación y por medio de la contraparte técnica, indicar aquellas circunstancias fundadas que justifiquen el incumplimiento, señalando el nuevo plazo de entrega, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar o en su defecto no acogerlos e iniciar el procedimiento de cobro de multas. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso.
ii) Se cobrarán multas de un 1% del total del contrato, por cada 3 días que transcurran desde las instrucciones escritas de la contraparte técnica hacia el proveedor sin que las ejecute conforme a lo pedido.
iii) Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente pliego, contrato si correspondiese y en la oferta del proveedor adjudicado. El incumplimiento deberá ser preciso y determinado. Se aplicará, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y sus efectos para el servicio y CONAF, una multa del 2% al 20% del valor total del contrato.
Las multas no podrán sobrepasar el 20% del valor total del contrato, en cuyo caso se podrá poner término anticipado al contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos o bien por medio del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
e.1.2.) Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa, la contraparte técnica deberá emitir un informe fundado, el que se notificará al proveedor, personalmente o por carta certificada, por el Departamento de Finanzas y Administración.
A contar de la notificación, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. En los descargos, el proveedor deberá efectuar sus defensas o alegaciones tendientes a fundamentar aquellas circunstancias que permitan atenuar o establecer su falta de responsabilidad en los hechos. Transcurrido el plazo, sea que el proveedor haya o no presentado sus descargos, la Dirección Regional, una vez analizados los antecedentes pertinentes, determinará fundadamente respecto de la aplicación de la multa y su cuantía.
El acto administrativo que se pronuncie sobre la aplicación de la multa, en su caso, se notificará por carta certificada al proveedor o personalmente.
El proveedor podrá reclamar de la multa por medio del recurso de reposición de conformidad a las normas y procedimiento de la Ley 19.880. Conociendo el recurso, la Dirección Regional podrá rebajar la multa hasta en un 50% o no aplicar multa en caso de antecedentes justificados, todo lo cual deberá motivarse en el respectivo acto administrativo.
e.2.) Término anticipado
CONAF está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 15 días hábiles.
6) En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 20% del valor total contratado.
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
9) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado se efectuará previo informe técnico fundado por la contraparte técnica, por medio de acto administrativo.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
f) Medidas para mantener la continuidad del servicio.
En caso de término del contrato, anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá entregar a la Corporación Nacional Forestal la información utilizada en la prestación de los servicios hasta ese momento, de modo de habilitar cualquier solución que éste defina.
Durante el período que media entre la notificación de la terminación y la fecha que ésta se hará efectiva, el proveedor adjudicado deberá prestar toda la colaboración que la Corporación Nacional Forestal le requiera para que este último pueda traspasar a otro prestador la operación del servicio, de manera que se mantenga la continuidad de este, en todo momento. Adicionalmente, se podrán aplicar todas las medidas tendientes a mantener la continuidad del servicio que deba efectuar el órgano contratante, por cuenta, costo y riesgo del proveedor, previa notificación del mismo y para aquellos casos que la terminación le sea imputable a este último, de conformidad a las causales establecidas en el contrato.
g) Servicios adicionales
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta y, en su caso, renovar la respectiva garantía.
Los acuerdos que se tomen en la materia, deberán ser autorizados previamente por la respectiva resolución y anexo de contrato. Estos acuerdos no podrán alterar la naturaleza del contrato o servicio.
h) Cobro de garantía de fiel cumplimiento
La garantía de fiel cumplimiento, en caso de que exista, se cobrará previa resolución fundada de la Corporación que lo autorice, ya sea por el cobro de multas o término anticipado del contrato.
La garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen al Adjudicatario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa y por la sola voluntad de CONAF.
24. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Formalización de la Contratación es con la aceptación de la orden de compra, no requiere contrato escriturado.
La contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del proveedor, de la Orden de Compra, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento del Ley N°19.886, y sus modificaciones.
En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
25. TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL ADJUDICADO
Será de responsabilidad única exclusiva del adjudicatario velar por la salud, seguridad e integridad de sus trabajadores dando estricto cumplimiento a la Ley N°16.744, Ley N°20.123 y Ley 21.342.
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir con las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Además, el adjudicatario deberá asumir como propias todas las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad institucional, como, asimismo, el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo.
a. Denuncia de accidentes del trabajo
Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a la factura de pago y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente, si corresponde.
26. OTRAS CLÁUSULAS
a) Cláusula de confidencialidad, protección y conservación de datos.
Para efectos de la presente Licitación Pública, se entenderá por “Información confidencial” toda información, sea completa o parcial, verbal o escrita, independiente del medio en que conste o se transmita, que las partes reciban la una de la otra y que sea designada como tal.
La Información Confidencial será mantenida en estricta reserva por las partes, quienes deberán mantener la debida confidencialidad de los datos, bases de datos, documentos y a todos los archivos informáticos a que tenga acceso con motivo del presente contrato, quedándole expresamente prohibido divulgarlos, publicarlos, fotocopiarlos, copiarlos o distribuirlos a terceros extraños al contrato o hacer cualquier uso indebido de ellos.
No se considerará información confidencial (1) la información que llegue a ser de dominio público sin que medie un incumplimiento del contrato, (2) la información que la parte receptora reciba lícitamente de otra fuente sin una obligación de confidencialidad, (3) la información que se desarrolle de manera independiente, o (4) la información que constituya un comentario o sugerencia ofrecida voluntariamente acerca del negocio, los productos o servicios de la otra parte.
El proveedor adjudicado guardará especial atención y se obliga a mantener la confidencialidad de los datos a que pueda tener acceso en virtud del presente contrato. En ese sentido, el proveedor adjudicado no podrá recolectar, almacenar, transferir, transmitir, comunicar, tratar, ceder o usar, de cualquier forma los datos indicados anteriormente, salvo que dichas acciones sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones consignadas en la presente licitación pública y/o que medie una autorización escrita por parte de la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal.
En ningún caso se entenderá que el proveedor tiene algún derecho sobre datos personales que se le han entregado, ni se entenderá que su titular ha prestado su consentimiento para dicho tratamiento.
El proveedor adjudicado adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la Información Confidencial de la Corporación Nacional Forestal.
Los consultores y personal dependiente del proveedor, que de una u otra manera se vinculen a la ejecución de los servicios contratados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad de la misma forma aplicable al proveedor.
b) Protección de Datos Personales.
El proveedor adjudicado se compromete a observar lo establecido en la ley N° 19.628 de Protección de la vida privada y demás legislación chilena aplicable, respecto de datos personales. En particular, deberá destruir o eliminar datos de carácter personal o cualquier soporte o documento en que éstos se incorporen, a la finalización del contrato asociado a la presente Licitación Pública o por requerimiento expreso y por escrito de la Corporación Nacional Forestal. Las obligaciones derivadas de la presente estipulación se extinguirán en el momento en que los datos de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del equipo de almacenamiento de datos o de algún modo, destruidos o convertidos en inaccesibles.
El proveedor adjudicado se compromete a adoptar, actualizar y mantener las medidas organizativas y técnicas que estime necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, impidiendo cualquier alteración, perdida, tratamiento, procesamiento o acceso no autorizado. Esta obligación se desarrollará de conformidad con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos ya sea que provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
c) Uso de los datos de la Corporación Nacional Forestal
Los datos de CONAF se utilizarán únicamente para prestar los servicios contratados al proveedor adjudicado, incluyendo finalidades compatibles con la prestación de dichos servicios. El proveedor no utilizará los datos de CONAF-no derivará información de ellos-para finalidades publicitarias o finalidades comerciales similares. Por lo que respecta a las partes, la Corporación Nacional Forestal conserva todos los derechos, la titularidad e intereses sobre sus datos.
d) Cláusula ley subcontratación
Se podrá aceptar la subcontratación de algunas partidas tanto en la instalación de faenas como en su ejecución, siendo de responsabilidad del proponente el acatamiento de todas y cada una de las cláusulas del contrato por parte del subcontratado y su equipo.
e) Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
f) Exclusividad
La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presenta Licitación con otros proveedores.
g) Jurisdicción aplicable
Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la justicia ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna Coquimbo.
h) Documentos de la licitación
Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
• Las Bases Administrativas, Técnicas y económicas, los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
• Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
• La oferta técnica y económica del oferente adjudicado.
• El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo, según corresponda.
• Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
• Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
i) Interpretación de las bases
Toda diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos pertenecientes a esta licitación pública, será resuelta administrativamente por CONAF.
j) Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
k) Principio de igualdad y no discriminación arbitraria
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
i) Ley 21.643, ley Karin.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada.
Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa.
Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda.
Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal.
En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento.
Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente.
Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.
27. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
28. OBSERVACIONES GENERALES
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 21.634 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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