Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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03-05-2027
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal señalada en el Numeral 11.2 “Documentación para la contratación” de las presentes Bases Administrativas, el oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas de dicha contratación.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva e irrevocable.
El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del precio neto final ofertado por el adjudicatario, expresada en pesos chilenos, lo que se justifica en el riesgo eventual de que el proceso licitatorio no se ejecute exitosamente y el costo de la generación de un nuevo proceso resulte cubierto satisfactoriamente por el monto señalado precedentemente. Su vigencia será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la garantía, la cual deberá ser igual o anterior a la fecha de emisión del contrato en el Portal, debiendo exceder en al menos 60 días hábiles, posteriores a la fecha de recepción definitiva.
Para todos los efectos se considerará como monto del contrato, el valor total de la oferta económica adjudicada, en base a los valores ofertados en el Anexo N°8 “Itemizado Oferta Económica”. Todo eventual aumento de contrato deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del mismo.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 121° del Reglamento de la Ley N°19.886, esta garantía es requerida por tratarse de la ejecución de obras, que contempla la construcción de obras civiles, instalación de mobiliario y equipamiento. Con esto se busca garantizar la calidad de los trabajos, del mobiliario instalado, disminuir el riesgo de incumplimiento en los plazos establecidos, evitar defectos en las obras construidas y con ello inhabilitar el uso del espacio público, pérdida de la inversión en obras inacabadas, daño económico a las arcas municipales y otros daños que puedan afectar la calidad de las obras, además de asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará también, los problemas que puedan existir debido a fallas en la ejecución de los trabajos, terminaciones deficientes o mala ejecución de las faenas o instalaciones, o deficiencias del suministro, conforme a las especificaciones descritas en las Bases Técnicas (BT) y demás antecedentes de la Licitación.
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Glosa:
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Garantiza fiel y oportuno cumplimiento del Contrato Licitación ID 2667-127-LE25
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 90 días corridos posteriores al término de vigencia del contrato, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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08-03-2027
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Monto:
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500
Unidad de Fomento
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Descripción:
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El contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten (al suministro, bienes o la prestación de los servicios y/o la ejecución de las obras), así como los que eventualmente se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la Municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente.
Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el Contratista deberá entregar, en la misma oportunidad que haga entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, por un monto equivalente a UF 500 (quinientas Unidades de Fomento), y con pago de prima único o en cuotas, por lo que deberá presentar el comprobante de pago de la totalidad de la Póliza o que se encuentra al día con el pago de las cuotas de la póliza. A su vez, este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 500 (quinientas Unidades de Fomento).
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Glosa:
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Seguro de Responsabilidad Civil Licitación Pública ID 2667-127-LE25
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Forma y oportunidad de restitución:
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Esta póliza será devuelta al contratista dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento de la vigencia de la misma.
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