Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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20-08-2026
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Monto:
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3000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo N°52 del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable, y a primer requerimiento.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos:
a) vale vista;
b) boleta de garantía bancaria pagadera a la vista;
c) póliza de seguro de ejecución inmediata;
d) depósito a la vista;
e) certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca;
f) cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 52° del Reglamento de la Ley 19.886.
El monto de esta Garantía será de $3.000.000 (tres millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 90 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas.
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Glosa:
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Garantiza Seriedad de la Oferta de la licitación pública ID 2667-19-LR26
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Forma y oportunidad de restitución:
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Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos:
• En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo, tercer lugar y siguientes de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato.
• Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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06-04-2027
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para para acompañar la documentación legal señalada en el Numeral 11.2 “Documentación para elaborar el contrato” de las presentes Bases Administrativas, el oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva.
El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del valor total neto final ofertado por el adjudicatario conforme al Anexo N°5, expresada en pesos chilenos y deberá tener una vigencia que deberá comprender todo el período de la contratación y exceder en al menos, 60 días hábiles al plazo de vigencia del mismo contrato. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Para todos los efectos, el monto total del contrato se determinará de acuerdo a los valores ofertados por el adjudicatario en su Anexo N°5, por la ejecución de las obras.
Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará, además, los problemas que puedan existir debido a fallas, trabajos defectuosos o mal instalados y/o a la mala ejecución de las obras, conforme a las especificaciones descritas en las Bases Técnicas (BT) y demás antecedentes de la Licitación. Todo eventual aumento de contrato deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del mismo.
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Glosa:
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Garantiza Fiel Cumplimiento de Contrato Licitación ID 2667-19-LR26
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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10-02-2027
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Monto:
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2000
Unidad de Fomento
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Descripción:
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El contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten la ejecución de las obras, así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente.
Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el adjudicatario deberá entregar en el mismo plazo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, por un monto equivalente a UF 2.000 (dos mil Unidades de Fomento). A su vez, este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 1.000 (mil Unidades de Fomento).
La vigencia de la Póliza será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la misma, la cual deberá ser siempre anterior a la fecha de suscripción del contrato, más 30 días corridos posteriores a contar de la fecha de recepción definitiva de las obras.
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Glosa:
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Seguro de Responsabilidad Civil Licitación Pública ID 2667-19-LR26
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Forma y oportunidad de restitución:
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Esta póliza será devuelta al Contratista una vez trascurridos 10 días hábiles siguientes al vencimiento de la vigencia de la misma.
En caso de daños a terceros, el contratista se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro Manifold u otro medio escrito acordado con la ITO.
Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido.
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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10-02-2027
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Monto:
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20
%
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Descripción:
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El contratista podrá solicitar un anticipo previo al inicio de las obras, cuyo monto máximo será de un 20% del valor total contratado (impuestos incluidos), el cual será pagado en pesos y aprobado por el correspondiente Decreto Alcaldicio.
Este monto se deberá caucionar con una garantía (bajo cualquiera de los instrumentos señalados en los artículos 22° y 56° de las BAG), pagadero a la vista e irrevocable, por un monto equivalente al total del anticipo solicitado, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, más 30 días corridos. Esta garantía se regirá por lo dispuesto en el artículo 61° de las BAG.
El contratista podrá solicitar al ITO y por escrito, un anticipo previo al inicio de las obras, cuyo monto máximo será de un 20% del valor total contratado (impuestos incluidos), el cual será pagado en pesos y aprobado por el correspondiente Decreto Alcaldicio.
Este monto se deberá caucionar con una garantía (bajo cualquiera de los instrumentos señalados en los artículos 22° y 56° de las BAG), pagadero a la vista e irrevocable, y a primer requerimiento, por un monto equivalente al total del anticipo solicitado, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, más 30 días corridos. Esta garantía se regirá por lo dispuesto en el artículo 61° de las BAG y lo señalado en el presente numeral.
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Glosa:
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Garantiza devolución de anticipo en Licitación ID 2667-19-LR26
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Forma y oportunidad de restitución:
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El anticipo será devuelto por el contratista, en los Estados de Pago correspondientes, en cuotas iguales y sucesivas, concluyendo su devolución en forma íntegra, en el penúltimo Estado de Pago. En tanto no esté completamente devuelto el anticipo solicitado, la garantía deberá mantenerse siempre vigente, por el total del monto anticipado, debiendo el contratista renovarla, hasta completar el proceso de devolución. En el caso que el adjudicatario decida presentar un solo estado de pago, no procederá esta cláusula de anticipo.
Sin perjuicio de lo anterior, a solicitud del contratista, el anticipo podrá ser devuelto en menos cuotas dentro del plazo de la contratación, siempre y cuando, la devolución íntegra se realice antes del último estado de pago, informando de ello al ITO.
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