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Resolución de Empates |
En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el
resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor
puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
1. Se preferirá aquel oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
2. Si persiste el empate, se dirimirá prefiriendo el oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio
de Comportamiento Contractual Anterior.
3. Si persiste el empate, se dirimirá prefiriendo el oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio
Desarrollo Local y Regional.
En caso que, no obstante, la situación de empate subsista se adjudicará al oferente que primero haya
ingresado la oferta en el Sistema de Información, según comprobante de ingreso de oferta en el Portal
de Mercado Público.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión Evaluadora una vez realizada la apertura de las ofertas, podrá solicitar a los oferentes que
aclaren, salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados, siempre que estos
defectos no sean cuestiones de fondo y su corrección no altere la oferta, ni les confiera una situación de
privilegios respecto a los demás competidores, ni el principio de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes.
Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones, documentos o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta. No se considerará un error formal
en errores en el precio de la oferta. Asimismo, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación, siempre que la subsanación de tales vicios u omisiones no otorgue a dichos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, que no se vulnere el principio de
igualdad de los oferentes, pudiendo informarse dicha solicitud al resto de los participantes a través del
Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del
Decreto Supremo N°661, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, sobre Bases de los Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes
y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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