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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "menor deducible vehiculo pesado” De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio " menor deducible vehiculo liviano"y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en elcriterio “mejor cobertura del seguro”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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todo sera efectuado a traves del sistema foro inverso de consultas
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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COMISION DE EVALUACION |
la comision de evaluacion estara constituida por:
Administrador Municipal o quie lo subrogue legalmante
Director Departamento de Secpla o quien subrogue legalmante
Coordinador Departamento de Operaciones o quien subrogue legalmante
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MULTAS |
SE APLICARA UNA MULTA DEL 10 % DE LA PRIMA MENSUAL POR INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO OFRECIDO PARA LA APLICACION DE LA POLIZA CORRESPONDIENTE.LA NOTIFICACION DE LA MULTA SE REALIZARÁ VÍA CARTA CERTIFICADA.
EL CONTRATISTA TENDRA UN PLAZO DE 5 DIAS HABILES DESDE LA NOTIFICACION DE LA MULTA PARA APELAR POR ESCRITO MEDIANTE CARTA DIRIGIDA AL ALCALDE DE LA COMUNA, EL CUAL TENDRA UN PLAZO DE 10 DIAS HABILES PARA RESOLVER
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termino anticipado del contrato |
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La Municipalidad tendrá facultad y pleno derecho para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en los siguientes casos:
1.-si el oferente es condenado por delito que merezca pena aflictiva.
2.-por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia del oferente
3.-por modificación o alteración de lo ofrecido sin la debida autorización.
4.- si el oferente no ha dado cumplimiento a lo estipulado en su oferta.
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inspeccion tecnica |
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La Municipalidad designará como Inspector Técnico del Contrato (ITC), a un funcionario de la Dirección de operaciones de la municipalidad de Angol quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezcan dicho contrato. En general, le corresponderá velar por la correcta ejecución de este contrato, hasta la liquidación de éste. quien tendrá ademas la función de certificar la factura correspondiente.
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readjudicacion |
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si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra correspondiente o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que , de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declara desierta la licitación
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notificacion de adjudicacion |
Dictado el Decreto Exento de Adjudicación de la Propuesta, se emitirá orden de compra correspondiente a través del Portal www.mercadopublico.cl., la cual deberá ser aceptada por el oferente dentro de un plazo máximo de 48 horas corridas contados desde la emisión de la Orden de compra. La no aceptación de la orden dentro de ese plazo se entenderá por desistida la oferta, dando paso a adjudicar al segundo mejor oferente o a efectuar un nuevo llamado a licitación.
para notificar la adjudicacion se solicitara previamente al honorables concejo municipal, el acuerdo para celebrar el contrato (lo que se materilizara mediante la emision de la orden de compra) con el oferente adjudicado.
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garantias |
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En relacion con garantia de seriedad de la oferta como garantia por fiel cumplimiento de contrato, no se exigira atendido el monto de la presente licitacion conforme lo establecido en los artículos 31 y 68 del Decreto 250 del año 2004.
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