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11.1 Especificaciones Técnicas |
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La oferta técnica deberá incluir los documentos que se solicitan en las especificaciones técnicas, ajustándose a las indicaciones específicas y a los formatos de presentación que para cada caso se señalan:
• Las empresas que adjudiquen deberán cumplir con todo lo estipulado en las especificaciones técnicas del Servicio de Coffe break.
• El no cumplimiento de las especificaciones técnicas dejará fuera de bases al oferente.
• En el caso de los requisitos Técnicos y de experiencia en el rubro de cada Oferente son estrictamente OBLIGATORIOS, de no cumplir estos la oferta quedara fuera de bases.
• El monto disponible para cada servicio de coffe break es $5.000 pesos por porción, con una cantidad total de 2.300 porciones.
• Cada Porción debe ser emplatada y no servida en modo Buffet,(excepciones de los bebestibles), lugar previo a su coordinación, dentro de la Comuna de Coronel.
Objetivo General:
Servicio de banquetería o Coffee Break, bajo la modalidad de contrato de suministro y servicio para amenizar el programa de Capacitación, en el periodo comprendido entre mediados de abril hasta agosto del año 2025 previa coordinación con el encargado de capacitación del Departamento Administración Salud de Coronel.
Duración y lugar de Ejecución:
• El servicio de banquetería o coffee break deberá ejecutarse en la fecha que la Dirección de Salud informe previamente al proveedor.
• El servicio debe ser entregado en el horario de mañana (AM 10:30 hrs).
• Es responsabilidad del oferente, el montaje y servicio del evento, esto debe incluir; emplatado previo individual, mantelería y personal que realice el servicio.
• El traslado de dichos materiales será de responsabilidad del proveedor adjudicado.
• El proveedor deberá garantizar la disponibilidad permanente del servicio suministrando los insumos necesarios para llevar a cabo el servicio.
• Todos los cursos o talleres serán dictados en la Ciudad de Coronel, en lugares previa coordinación anticipada.
• De modificarse alguna de las fechas de capacitación, esta será informada con anticipación de a lo menos 24 horas al proveedor adjudicado.
• Las cantidades solicitadas del coffee break, deberán ser entregadas en su totalidad por evento, aunque no se presenten la totalidad de los funcionarios.
MENÚ
BEBESTIBLES
• CAFÉ EN GRANO O SACHET NESCAFE (o equivalente) y TE LIPTON (o equivalente). 200ml.
• LECHE PARA CORTAR
• AZUCAR / ENDULZANTE (según requerimiento, 10gr por porción aproximadamente).
• COPA DE JUGO (PIÑA-DURAZNO-FRUTILLA) WATTS (o equivalente) 200ml.
BOCADOS SALADOS 2 P/P
• TAPADITOS EN PAN MOLDE O CIABATTA JAMÓN PIERNA O PAVO, QUESO MANTECOSO. 110gr.
• TAPADITO MEDIANO 10 CMS PASTA AVE PIMIENTO. O QUESO PHILADELPHIA SALAME
BOCADOS DULCES 2P/P
• TROZO DE QUEQUE MARMOLEADO. 160gr. O BERLÍN CREMA/MANJAR
• MINI PIE O MINI TARTALETA
• BOCADO SALUDABLE
• SHOT DE YOGURT CON FRUTA PICADA 100gr. O SHOT DE FRUTA DE LA ESTACIÓN
IMPORTANTE AJUSTARSE A LA ESTRUCTURA SOLICITADA (ANEXO N°3)
EL SERVICIO OBLIGATORIAMENTE DEBE INCLUIR MANTELERIA, DECORACIÓN, VALLIJERIA Y 1 GARZÓN
OBLIGATORIO: las Porciones deben venir emplatado al momento de la entrega, No BUFFET (se excluye los Bebestible)
El servicio se requiere 10:30 am a 11:00 hrs am, fecha modificable según previa coordinación con el encargado de capacitación de la DASM, La disponibilidad de ejecución dentro de la comuna de coronel.
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11.2 Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese presentado el mayor puntaje en “PRECIO”.
De persistir el empate, se adjudicará al que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”, de persistir el empate la comisión evaluadora decidirá sobre el oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público, considerándose la hora en que aquello se efectúe.
De persistir el empate la comisión evaluadora decidirá sobre el oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público, considerándose la hora de ingreso al portal.
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11.3 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El Departamento Administración Salud, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
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11.4 Presentación Oferta Técnica, Económica y Administrativa |
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a) El licitante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuren en estas bases, las cuales constituyen una única fuente de información para la preparación de la oferta.
b) Toda aclaración, cambio, agregado o supresión de los antecedentes de la licitación se efectuará por medio del portal, emitidas por la Dirección de Administración de Salud de la Municipalidad de Coronel.
c) Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta técnica, económica y administrativa a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los anexos requeridos, se debe verificar el posterior despliegue automático del Comprobante de Envío de Oferta que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
d) Los oferentes deberán presentar oferta con valor neto.
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11.5 Apertura y admisibilidad de las Ofertas |
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a) El acto de Apertura de la Oferta se realizará a través de www.mercadopublico.cl y se efectuará en oficina de Adquisiciones del Departamento de Salud de Coronel ubicada en calle Los Notros 1489, Lagunillas, Coronel con el Encargado de Capacitación, don Ricardo Cruces Silva.
b) Para la aceptación de la propuesta, es requisito presentar en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. (anexos adjuntos).
c) Los evaluadores podrán efectuar consultas durante la etapa de evaluación de ofertas, si lo estima necesario.
d) Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas, este Departamento de Salud, se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos
e) esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y finalmente no impida la correcta evaluación de las propuestas.
f) En el caso que hubiese un único oferente, ello no será obstáculo para el proceso de apertura, de oferta, ni para la adjudicación definitiva, que se lleve a cabo, siempre y cuando dicha oferta, reúna las condiciones técnicas, económicas y de servicio para merecer la adjudicación.
g) Las variables que se considerarán en la evaluación de las ofertas, serán:
Oferta Económica 40%
Evaluación Técnica 50%
Evaluación Administrativa 10%
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11.6 Modificación de las Bases |
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El Departamento de Salud Municipal de Coronel podrá modificar las bases de la Propuesta, ya sea por Iniciativa propia o en la atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, para lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a través de otro documento denominado “Modificación o Aclaración a las Bases”. Estas modificaciones formaran parte integral de las bases.
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11.7 Modificación de la Fecha de Adjudicación |
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La fecha aproximada de la adjudicación será la fecha indicada en el calendario de la correspondiente Licitación en el portal y de acuerdo a lo que establece el art 46 del reglamento de la 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
1. No se logró reunir con Encargado de Capacitación, don Ricardo Cruces Silva, dentro de la fecha correspondiente.
2. Retraso en la firma del Decreto de adjudicación, por compromisos del Alcalde y/o sus subrogantes.
3. Por ausencia involuntaria del Encargado del proceso.
4. Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
5. Por reasignación del ítem o el presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar fechas de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de la adjudicación inicial.
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11.8 Adjudicación |
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• La Ilustre Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, que será publicado en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.
• El mandante se reserva la facultad de rechazar todas o algunas de las propuestas presentadas, si por razones técnicas o presupuestarías no satisfacen el propósito de la adjudicación. Sin que el oferente cuya propuesta se rechaza, tenga derecho a indemnización alguna, renunciando expresamente en los términos prescritos en el Art. 12 del código civil, a toda acción, gestión, reclamo que pudiere corresponderle por el sólo hecho de presentarse a la propuesta.
• En caso de que hubiese un único oferente, ello no será obstáculo para el proceso de apertura de la oferta, ni para la adjudicación definitiva que se lleve a cabo siempre y cuando reúna a juicio de la comisión evaluadora, las condiciones técnicas, administrativas y económicas para merecer la adjudicación.
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11.9 Contrato |
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El Departamento de Salud adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio con los proveedores seleccionados, el que será publicado en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.
El contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación por parte del proveedor. En todo caso el contrato se regirá por lo dispuesto en las presentes bases, en la resolución de adjudicación y en lo no provisto en tales instrumentos por la legislación chilena.
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11.10 Aclaraciones |
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Los interesados en presentar ofertas podrán formular consultas a través del sitio www.mercadopublico.cl según los mecanismos definidos como “Foro” las que se recibirán a contar de la fecha señalada en las bases del portal. Dichas consultas se responderán en el mismo portal, y deberán ser revisa, das por los interesados.
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11.11 Precio y Forma de Pago |
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El precio ofrecido por cada proveedor se indicará en la línea del producto correspondiente, se expresará en moneda nacional y en valores netos e incluirá todos los costos directos e indirectos que pudieran afectar al servicio (transporte, mano de obra y todo lo que implique dar el servicio ofrecido)
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11.12 Plazo |
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El pago se efectuará dentro de los treinta días, desde la recepción conforme de la factura desde oficina de Partes del Departamento de Salud Municipal de Coronel, ubicada en calle Los Notros 1489, Lagunillas, Coronel.
La factura deberá ser emitida de acuerdo a los siguientes datos:
Razón Social: Ilustre Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud.
R.U.T.: 69.151.202-9
Dirección: Los Notros 1489, Lagunillas
Ciudad: Coronel
Giro: Salud
Fonos: (41) 3393502
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11.13 Multas |
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La Municipalidad podrá aplicar una multa equivalente a $80.000 (Ochenta mil pesos) diarios por cada día de retraso por el no cumplimiento de lo estipulado en la respectiva especificación técnica y punto 9 de estas Bases Administrativas. Los días de retraso tendrán un tope máximo de 5 días corridos, lo que siendo superado se podrá cancelar la Orden de Compra respectiva.
Las multas se aplicarán en caso de que el servicio de coffe break no se presente en una segunda fecha coordinada con el Encargado de Capacitación o que se no cumpla con lo solicitado en punto 11.1, subtítulo “especificaciones técnicas” de las Bases Administrativas. La aplicación de las multas será bajo el siguiente procedimiento:
• Originándose la demora según plazos establecidos en las bases administrativas y/o especificaciones técnicas, se notificará al proveedor de su incumplimiento a través de correo electrónico.
• El proveedor tendrá 5 días hábiles para contestar este correo electrónico con sus excusas al respecto de su incumplimiento.
• Las excusas presentadas serán revisadas por la Directora DASM, quien notificara a la empresa a través de correo electrónico de su decisión, en un plazo máximo de 5 días hábiles.
• El proveedor tendrá derecho a reclamación ante los Organismos del Estado pertinentes según la Ley 19.880 y su Reglamento.
• "En el evento de ser rechazados los descargos presentados, el proveedor, podrá deducir recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del referido rechazo, ante la misma Directora DASM.
• Será admisible, la apelación subsidiaria, en contra de dicho rechazo para ante el Alcalde de la comuna, siempre y cuando ésta apelación subsidiaria, sea interpuesta en el mismo escrito en que se presentó la reposición, dentro del mismo plazo. Así, rechazada la reposición, la apelación subsidiaria, será conocida y resuelta por el alcalde de la comuna, dentro del plazo de 5 días, de esto se le notificará por correo electrónico al proveedor".
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