Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENGO
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Fecha de vencimiento:
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30-11-2028
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Monto:
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5
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Descripción:
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El oferente que se adjudique la propuesta deberá ingresar una Boleta Bancaria de Garantía “a la vista”, o un vale vista bancario, o una póliza de Seguro de una Compañía de Seguros, para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato del Servicio Concesión para la Explotación de los Estacionamientos en el Espacio Público de la Comuna de Rengo 2026 – 2028, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, tomada a nombre de la Ilustre Municipalidad de Rengo, RUT N° 69.081.200-2 expresada en UF y con una vigencia igual al plazo del contrato aumentado en 120 días corridos. Esta garantía debe ser por el monto del precio final neto ofertado por el Adjudicatario para los 24 meses.
En el caso de presentar “CERTIFICADO DE FIANZA” como documento de garantía este deberá ser de carácter irrevocable y pagadero a la vista. Además la glosa del documento debe contener la frase “PAGADERA A PRIMER REQUERIMIENTO”
Si en el transcurso del contrato se introdujeren aumentos de servicios de concesión de uso y explotación de un bien nacional de uso público, calles, o estacionamientos u otros servicios extraordinarios, deberán extenderse garantías en el monto de la garantía primitiva y plazo correspondiente.
El documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, será requisito para la suscripción del Contrato y deberá ser presentado dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, siendo devuelto al contratista previa solicitud por escrito y cursado por la Unidad Técnica al Mandante, con posterioridad al término del contrato sin observaciones, por parte de la Unidad Técnica.
Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución del Servicio. En el caso eventual de demandas al Municipio, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá siempre mantenerse vigente, durante el desarrollo y resolución del proceso. Si no renovare la garantía dentro del plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes). Después de la correspondiente comunicación de la Municipalidad, esta queda facultada de hacer efectiva las garantías existentes. La Garantía que resulte del proceso de licitación se mantendrá en custodia por la Tesorería Municipal.
En caso de cobro de esta Garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen las presentes bases de licitación, o de las señaladas en el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles (lunes a viernes) siguientes contados desde el cobro de la primera, o será causal del término anticipado del Contrato sin derecho a indemnización alguna.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, sin más trámite, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 124° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo de la disposición citada y cuando el Municipio considere infringidas total o parcialmente cualquiera de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus Anexos, Documentos y/o el Contrato.
La Municipalidad podrá hacer efectiva esta garantía:
1. Durante la explotación de los espacios públicos y por las causales que dan lugar a las multas o al termino anticipado del contrato en las presentes bases.
2. Antes de la correspondiente firma del Acta de Termino de Contrato, toda vez que el Contratista no efectúe el último aporte municipal o que tenga un pago pendiente, además que no se dé cumplimiento a lo señalado en el punto 14 de las presentes bases.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Ley N°19.886.
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Glosa:
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PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE “Concesión para la Explotación de los Estacionamientos en el Espacio Público de la Comuna de Rengo 2026 – 2028”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Este instrumento será devuelto al concesionario previo solicitud por escrito y cursado por la Inspección Técnica a la Unidad Técnica, con posterioridad a la Recepción sin observaciones de los servicios. Para hacer efectiva la devolución de esta garantía, el sostenedor procederá a devolver la garantía de fiel cumplimiento de contrato con posterioridad al término del contrato sin observaciones, por parte de la Unidad Técnica, como se establece en el 6.2 de las presentes bases; es decir una vez que se encuentre ejecutoriado el decreto que aprueba la liquidación del contrato.
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