Licitación ID: 2827-59-LR26
Serv.barrido y limpieza de calles sumideros agua
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION
Fecha de Cierre: 30-09-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 50 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Recolección, destrucción, transformación o eliminación de basuras 1 Unidad
Cod: 76121501
SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE SUMIDEROS DE AGUAS LLUVIAS, LIMPIEZA DE ESTEROS, SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS; ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN PLANTA DE TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN FI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv.barrido y limpieza de calles sumideros agua
Estado:
Publicada
Descripción:
SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE SUMIDEROS DE AGUAS LLUVIAS, LIMPIEZA DE ESTEROS, SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS; ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN PLANTA DE TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN FINAL RSD”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUNICIPAL
R.U.T.:
69.120.100-7
Dirección:
BODEGA MUNICIPAL: AV. SANTA MARIA S/N AL LLEGAR AV.MAC-IVER
Comuna:
Constitución
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-09-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-08-2026 12:52:09
Fecha inicio de preguntas: 20-08-2026 10:00:00
Fecha final de preguntas: 28-08-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-09-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-09-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-09-2026 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 02-11-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico 30-09-2026
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 16.1.- Anexos Administrativos: los oferentes deberán adjuntar al portal www.mercadopublico.cl el o los siguientes documentos: a) Formulario Nº 1, “Identificación del proponente y aceptación de bases”, debidamente firmado por el proponente o su Representante Legal, con nombre completo o razón social, Nº de RUT, Individualización del Representante legal, domicilio (Calle, Nº, Comuna), teléfono, y Correo electrónico. A través del cual el oferente se individualiza, declara su aceptación de las bases y antecedentes que rigen la propuesta. En caso de que el oferente sea una U.T.P, cada uno de los integrantes de ésta deberá completar el presente formulario. Además, deberán incluir un ejemplar del documento que formaliza la U.T.P., de acuerdo con lo establecido en el artículo 180 del Reglamento N°661/2024 de la Ley de compras. b) Formulario N°2, “Garantía de Seriedad de la Oferta”, (para quienes opten por una garantía de tipo física deberán utilizar el Formulario Nº 2, para el ingreso de ésta en la Municipalidad, oficina de partes). c) Formulario N°11, “Declaración del proponente”, debidamente firmado e identificado por el proponente.
Documentos Técnicos
1.- 16.2.- Anexos Técnicos: los oferentes deberán adjuntar los siguientes documentos escaneados al portal www.mercadopublico.cl : TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 22 a) Formulario Nº 3, “Declaración jurada simple de Remuneración bruta mínima mensual y número de trabajadores”, debidamente firmado e identificado por el proponente. b) Formulario Nº 4, “Carta compromiso de trabajadores a traspasar al nuevo concesionario”, debidamente firmado e identificado por el proponente. c) Formulario Nº 5, “Carta de compromiso de mejores condiciones de empleo para los trabajadores”, debidamente firmado e identificado por el proponente. d) Formulario Nº 6, “Declaración jurada simple de Experiencia del Oferente” debidamente firmada por el oferente o su Representante Legal, a través del cual se evaluará la experiencia debidamente acreditada con el detalle de la ejecución de Servicios de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios que la Comisión evaluadora pueda calificar. Acreditación: ⬥ Esta experiencia deberá ser acreditada mediante Certificados de Organismos Públicos. La comisión evaluadora considerará y calificará solo aquella experiencia en servicios ejecutados en territorio nacional o extranjero que digan relación con el término de servicio señalados; que permita identificar al oferente, al mandante, año de ejecución y de qué se trata la experiencia. Si los certificados se encuentran en lengua extranjera, deberá acompañar a los originales, la traducción al español realizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en caso contrario, no serán considerados los documentos en lengua extranjera. ⬥ Por tal motivo, se entiende que no será suficiente la presentación de Órdenes de compra, Contratos no vigentes, Subcontratos, Facturas u otros relacionados con el inicio de un trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, se debe hacer presente que la comisión se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado en la documentación presentada, en caso de comprobar su falsedad tomar las acciones legales que correspondan. Para el caso de no contar con la experiencia solicitada el oferente deberá levantar de igual forma al portal www.mercadopublico.cl el mencionado formulario firmado. En caso de tratarse de una "Unión Temporal de Proveedores", se admitirá la experiencia que puedan acreditar todos los integrantes de ésta, de acuerdo con sus experiencias individuales, las que se imputarán íntegramente a la U.T.P. La experiencia de la U.T.P será la experiencia que sumen todos sus integrantes individualmente. Para dicho efecto, deberán acompañar el Formulario N°6 por cada uno de los proveedores componentes de ésta, adjuntando para cada experiencia declarada la acreditación en los términos indicados en el presente punto. TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 23 En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), la experiencia de su titular, es decir, el oferente; en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la E.I.R.L. La Comisión de Apertura y Evaluación tendrá la facultad para determinar si estos documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos necesarios de acuerdo con el presente punto. No serán considerados aquellos certificados que den cuenta de un servicio bajo la figura de subcontratación, así como tampoco contrataciones donde se hubiese liquidado anticipadamente el contrato. No se va a considerar otro tipo de experiencia que no esté relacionada con las descritas anteriormente. e) Formulario Nº 7, “Cuadro de oferta de vehículos y equipos”, debidamente firmado e identificado por el proponente. f) Formulario Nº 8, “Plan de Operaciones”, el cual debe contener todos los requerimientos al respecto solicitados en las Especificaciones Técnicas; debidamente firmado por la persona natural o el(los) representante(s) legal(es), según corresponda. g) Formulario Nº 9, “Carta Compromiso Seguros Adicionales”, debidamente firmado e identificado por el proponente. h) Formulario N°12, “Declaracion de Pacto de Integridad”, debidamente firmado e identificado por el proponente. i) Formulario N°13, “Declaración Jurada Simple Pacto de Integridad”, debidamente firmado e identificado por el proponente.
 
Documentos Económicos
1.- 16.3.- Anexo Económico: Los oferentes deberán adjuntar los siguientes documentos escaneados al portal www.mercadopublico.cl: a) Formulario Nº 10, “Formulario Propuesta Económica”, debidamente firmado por el (los) representante(s) legal(es), según corresponda, debiendo contener la siguiente desagregación de costos: i. Servicio de barrido y limpieza de calles y transporte de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 24 ii. Servicio de limpieza y mantención de sumideros y canaletas de aguas lluvias. Limpieza de esteros y transportes de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. iii. Servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios y transportes de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. iv. Administración, operación planta de transferencia y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios en relleno sanitario debidamente autorizado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRGRAMA INTEGRIDAD Pacto de Integridad Nota El oferente cuenta con políticas de integridad que son conocidas por su personal, o es persona natural. - 7 El oferente cuenta con políticas de integridad que no son conocidas por su personal. - 5 1%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de la Oferta. 1%
3 Oferta Técnica c.1) Antigüedad de Camiones recolectores (5%) 9% c.2) Plan de Operaciones (4%) 9%
4 Experiencia de los Oferentes Experiencia del oferente y Calidad del servicio 8%
5 Precio a.1) Servicio de barrido y limpieza de calles y transporte de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. (10%) a.2) Servicio de limpieza y mantención de sumideros y canaletas de aguas lluvias. Limpieza de esteros y transportes de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. (10%) a.3) Servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios y transportes de los residuos a disposición en estación de transferencia o relleno sanitario debidamente autorizado. (15%) a.4) Administración, operación planta de transferencia y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios en relleno sanitario debidamente autorizado. (15%) 50%
6 Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración b.1) Remuneración mínima bruta (total haberes) (10%) 30% b.2) Número de Trabajadores a Traspasar (10%) b.3) Mejores Condiciones de Empleo(10%) 30%
7 Compromiso de Seguros conforme al numeral 17.3.1 17.3.- Póliza de seguro, según corresponda: Se incorporará como criterio técnico de evaluación el compromiso de los oferentes de presentar, al momento de la firma del contrato, los siguientes seguros: a) Seguro responsabilidad civil por daños a terceros, que proteja el patrimonio de la empresa asegurada, ante demandas proveniente de terceros, por error u omisión en el desempeño normal de sus actividades. Cubra daños materiales, muerte, lesiones, ocasionadas a terceros, entre otras. Deberá contratar una Póliza de seguro por un valor TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 29 equivalente a lo menos un 10% del monto total contratado. Debe señalar como asegurado adicional a la Ilustre Municipalidad de Constitución. b) Seguros contra terceros para todos los vehículos que estén incorporados al presente proyecto de licitación. Que cubra los daños del vehículo asegurado (total o 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION
Monto Total Estimado: 1924000000
Justificación del monto estimado 5.- FINANCIAMIENTO: Será financiado con recursos provenientes del Presupuesto Municipal vigente.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 6.- PRESUPUESTO REFERENCIAL: 6.1.- El presupuesto referencial anual es de 2.583.216.000 Dos mil quinientos ochenta y tres millones doscientos dieciséis mil pesos IVA incluido, que serán pagaderos en cuotas mensuales.
Tiempo del Contrato 120 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: NELSON VERDUGO HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: direcciondeaseoconstitucion@gmail.com
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
21.8.- SubcontrataciÛn artÌculo 14 ley Nº19.886 y 128 del Reglamento N°661: 21.8.1.- El Concesionario no podr· sub-contratar ninguna parte de los servicios contratados. Sin perjuicio de lo anterior podr·n pedir autorizaciÛn a la unidad tÈcnica a objet
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION
Fecha de vencimiento: 20-01-2027
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: 17.1.4.- La garantía de seriedad de oferta se constituirá mediante un instrumento pagadero a la vista y de carácter irrevocable que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, debiendo además cumplir con las siguientes características: Extendida a nombre : Ilustre Municipalidad de Constitución RUT N° : 69.120.100-7 Monto : $1.500.000 (Un millón quinientos mil pesos) o su equivalente en Unidad de Fomento. Expresada en : En pesos chilenos o su equivalente en Unidades de Fomento. Glosa : Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación “SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 26 SUMIDEROS DE AGUAS LLUVIAS, LIMPIEZA DE ESTEROS, SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS; ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN PLANTA DE TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN FINAL RSD, CONSTITUCIÓN” Validez : Debe estar vigente durante todo el período de duración de la oferta, esto es, a lo menos 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la presentación de ofertas. Restitución : De aquellas ofertas que hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación del Decreto que dé cuenta de la inadmisibilidad, y/o de la adjudicación. Este plazo se extenderá para aquellos oferentes no adjudicados (3 puntuaciones más altas en proceso de evaluación), a quienes se les devolverá la garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del contrato y su total tramitación.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación “SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE
Forma y oportunidad de restitución: De aquellas ofertas que hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación del Decreto que dé cuenta de la inadmisibilidad, y/o de la adjudicación. Este plazo se extenderá para aquellos oferentes no adjudicados (3 puntuaciones más altas en proceso de evaluación), a quienes se les devolverá la garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del contrato y su total tramitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION
Fecha de vencimiento: 02-11-2031
Monto: 10 %
Descripción: 17.2.1.- La garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se constituirá mediante un instrumento pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, debiendo además cumplir con las siguientes características: TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de Constitución 27 Extendida a nombre : Ilustre Municipalidad de Constitución RUT N° : 69.120.100-7 Monto : 10% del valor anual del contrato. Expresada en : En pesos chilenos. Glosa : “En garantía por el Fiel Cumplimiento de contrato por “SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE SUMIDEROS DE AGUAS LLUVIAS, LIMPIEZA DE ESTEROS, SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS; ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN PLANTA DE TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN FINAL RSD, CONSTITUCIÓN” Validez : Permanecer vigentes hasta sesenta dias habiles despues de culminado el contrato, en conformidad al articulo 121 del Decreto N°661, de 2024. Del Ministerio de Hacienda; la que deberá actualizarse anualmente conforme al valor reajustado del contrato y aumentos de cobertura, si las hubiera, en el mes que corresponda. Restitución : La devolución de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato, del último año de servicio, se efectuará una vez realizada la liquidación del Contrato mediante Decreto.
Glosa: En garantía por el Fiel Cumplimiento de contrato por “SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, LIMPIEZA Y MANTENCIÓN DE SUMIDEROS DE AGUAS LLUVIAS, LIMPIEZA DE ESTEROS, SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS; ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN PLANTA DE TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN FINAL RSD, CONSTITUCIÓN”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato, del último año de servicio, se efectuará una vez realizada la liquidación del Contrato mediante Decreto.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
19.1.- Resolución de Empate:
19.1.- Resolución de Empate: Las situaciones de empate que se produzcan en virtud de la
existencia de una o más ofertas que se encuentren en condiciones de adjudicar producto
de que obtuvieron el mismo puntaje posterior a la evaluación de ofertas, serán resueltas
considerando al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios según orden de
prelación que se indica a continuación:
Orden de prelación Criterios/Subcriterio de evaluación
Primer criterio de desempate Oferta precio mensual
Segundo criterio de desempate Mejores condiciones de empleo y remuneración
Tercero criterio de desempate Experiencia
Cuarto criterio de desempate Oferta técnica
Quinto criterio de desempate Compromiso de seguros
Sexto criterio de desempate
Cumplimiento de requisitos formales de presentación
de la oferta
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
19.2.- Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación: Se dará
respuesta a las consultas efectuadas a través del foro en un plazo no superior a 48 horas.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
19.3.-Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de
Seguridad Social: A través del Certificado de la Dirección del Trabajo vigente,
correspondiente a su dirección comercial, que acredite el estado, de la situación
previsional y laboral, del contratista y el subcontratista, en su caso, para con sus
trabajadores, solicitado en cada estado de pago.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
19.4.- Presentación de Antecedentes omitidos por los oferentes: Se solicitará a
través del portal en el foro de “Aclaración de ofertas de la licitación”, respondiendo de la
misma forma en un plazo mínimo de 25 horas.
MODIFICACION BAE
3.- MODIFICACIONES: 3.1.- Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos en forma excepcional, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Modificación que debe contar con toma de razón de la entidad de control (Contraloría regional del Maule). 3.2.- Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl y pasarán a formar parte integral de las bases. Las modificaciones de las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial de a lo menos 5 días hábiles para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 3.3.- Se podrá modificar las fechas de recepción de consultas, respuestas a consultas, apertura electrónica, recepción de garantía y de adjudicación. En caso de alguna modificación de fechas, se informará a los oferentes mediante decreto publicado en el portal Mercado público. 3.4.- Se podrá realizar las modificaciones y/o aclaraciones que estime necesarias al proceso, sean estas por iniciativa propia pretendiendo entregar más información a los proponentes para que realicen una mejor oferta y/o a partir de la recepción de las consultas de los interesados durante el período de preguntas. En cualquier caso, éstas se entenderán formar parte integrante de los antecedentes que rigen el proceso licitatorio. Es obligación del oferente revisar el portal www.mercadopublico.cl durante todo el proceso. No pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. En este sentido, el solo hecho de la presentación de la oferta significará el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases y de los antecedentes que la acompañan.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Término anticipado del contrato: 21.11.1.-Término de Contrato de Mutuo Acuerdo: El contrato podrá ser dejado sin efecto por resciliación o mutuo consentimiento de las partes, caso en el que ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización. 21.11.2.- Término Anticipado por Incumplimiento del Concesionario: La Municipalidad podrá además poner término anticipado al contrato por la vía administrativa, cuando a su juicio el Concesionario hubiere incurrido en alguna de los siguientes casos: a) Si el concesionario abandonare el servicio por más de dos (2) días seguidos sin causa justificada. b) Si el concesionario o alguno de los socios fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los miembros del Directorio o Gerente. c) Si el concesionario fuera declarado en quiebra, solicita su quiebra, inicia proposiciones de convenio con sus acreedores, presenta notoria insolvencia económica o extingue su personalidad jurídica. d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. e) Si el concesionario, en forma reiterada, no acatare las órdenes que, de acuerdo con el contrato, le impartiere la Inspección Técnica, y hubiere sido multado por ello en más de 5 ocasiones continuas, u 8 discontinuas durante un año. f) Si en el Informe emitido mensualmente por la Inspección Técnica, el servicio prestado fuera calificado como deficiente e inconveniente por tres (3) meses seguidos. g) En el evento que el concesionario no comience a prestar su servicio en la fecha que corresponda según contrato, controlado por el Inspector Técnico del Servicio. h) Cuando el Concesionario hubiese sido multado por incumplimiento en el pago de imposiciones por dos meses consecutivos o tres meses discontinuos durante un mismo año. i) La Subcontratación del servicio materia del contrato, sin la autorización correspondiente. j) Si el concesionario hubiere cedido o traspasado el contrato. k) Si el monto acumulado de las multas aplicadas al proponente sobrepasara el 15% del valor anual del contrato. l) Si al concesionario le fueran protestados documentos mercantiles que mantuviere impagos por más de sesenta (60) días, o los documentos no fueron debidamente aclarados por éste dentro de dicho plazo. m) El abandono intempestivo del servicio, por parte del concesionario, certificado por el ITO. n) Por acumulación de 6 multas en un (1) año calendario, referidas a la oferta técnica. o) Por acumulación de 15 multas, durante el periodo de vigencia del contrato, referidas a la oferta técnica. p) No renovación de la garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato. q) Si el adjudicatario fuere condenado por los delitos contemplados en el Art 8 N°2 de la Ley Nº20.393 y que aplique la ampliación de la sanción contemplada en el art 10 de dicho cuerpo legal. r) Si se detectará que alguno de los antecedentes entregados en su oferta o en la documentación para contratar con la Municipalidad fuera falso. s) En caso de ser adjudicatario de una unidad temporal de proveedores (UTP), y concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. - De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. - Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. - Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. - Disolución de la UTP. t) Si el concesionario no mantiene vigente las pólizas, de existir, por un plazo máximo de 20 días corridos. u) En los demás casos que autoriza la ley. v) Las causales de término anticipado del contrato previstas en el artículo 130 del reglamento respectivo, esto es: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Dan origen al incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor el Incumplimiento del "Contratista": Por interrupción en la ejecución de los servicios sin causa justificada a juicio de la "Municipalidad", durante dos (2) días corridos o durante cinco (5) días alternados en el transcurso de un año calendario.- En todo caso se aplicarán las sanciones estipuladas. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
MULTAS
26.- MULTAS: a. La Municipalidad se reserva el derecho a cobrar multas en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, según como lo que establece la Ley Nº19.886 artículo 135 del Reglamento N°661 de Compras Públicas. b. Las multas serán aplicadas previo informe de la Unidad Técnica por incumplimiento de órdenes, en el que indicará el tipo y el monto de la multa, además de las razones por las cuales se incurre en la sanción, lo que se notificará de inmediato al concesionario mediante anotación en el Libro de novedades. c. Luego, dicho acto será sancionado mediante decreto respectivo por la Unidad Técnica Municipal. d. La multa correspondiente será rebajada administrativamente del pago respectivo o será cobrada con cargo a la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde el día hábil siguiente a la fecha de vencimiento del plazo y/o desde que se incurra en el retardo indebido en la realización de actividades. Previo reemplazo del documento original de garantía. e. Para aplicar cualquier multa, la unidad técnica deberá notificar por carta certificada o correo electrónico, al contratista la resolución que la disponga, y sólo podrá hacerla efectiva una vez que ésta se encuentre ejecutoriada. f. El adjudicatario podrá recurrir a las vías de impugnación establecidas en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, por aplicación de multa. 26.1.- Aplicación de multas: En caso de que el contratista no ejecutase los trabajos en los mismos términos establecidos en el contrato respectivo y demás antecedentes que conforman la presente Licitación, en forma oportuna, correcta, conforme y satisfactoria, el Inspector Técnico podrá aplicar una o más de las siguientes multas: Las multas serán aplicadas tantas veces como situaciones de incumplimiento, según lo anteriormente previsto, se produzcan durante la vigencia del contrato. Con todo, las referidas multas no podrán sobrepasar el 30% del valor del contrato. En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato
REPOSICION MULTA
26.2.- Reposición a una Multa: a) El adjudicatario podrá recurrir a las vías de impugnación establecidas en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, por aplicación de multa. b) El Concesionario podrá reclamar ante el representante de la Unidad Técnica, por escrito y dentro del plazo de 5 días hábiles, de las multas que le impartiere el Inspector Técnico, sea sobre la prestación del servicio o sobre otros aspectos del contrato. Copia del reclamo deberá ser puesto en conocimiento del Mandante dentro del tercer día hábil de presentado junto con un informe elaborado por la Unidad Técnica. La Unidad Técnica, resolverá breve y sumariamente el reclamo, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el Ingreso a la Oficina de Partes, sin perjuicio de la facultad del Alcalde para modificar o dejar sin efecto la sanción, de acuerdo al informe de la Inspección del Servicio. La determinación del Alcalde o quien lo subrogue deberá notificarse, por escrito, al Concesionario. c) En dicha apelación deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del Concesionario, la deficiencia y qué procedimiento se utilizó para superar la situación, ya sea intentando evitar o disminuir la deficiencia. 26.3.- Aceptación de la Reposición: a) La reposición se realizará por multa en forma individual y la aceptación significará desestimar completamente la aplicación de la multa al concesionario. b) Se aplicará este procedimiento cuando se considere que la ocurrencia de la deficiencia no es responsabilidad directa y total del concesionario, sino que obedece a situaciones que escapan completamente de su control, aun cuando aplicare medidas de disminución de efectos negativos. 26.4.- Pago de las Multas: Las multas señaladas se aplicarán, sin forma de juicio, por vía administrativa, y se descontará del Estado de Pago o de las Garantías del Contrato, si estos no fueren suficientes. Las multas se descontarán del estado de pago siguiente al de la aplicación de la Multa. Esto, sin perjuicio de cobrar el saldo que se produjese, mediante las acciones legales que procedan. 26.5.- Tope para la aplicación de las multas: Si el monto acumulado de las multas aplicadas al proponente sobrepasara el 15% del valor anual del contrato, procederá la liquidación anticipada del Contrato.
OBLIGACIONES
27.- OBLIGACIONES Y/O RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO 1. Dar fiel y oportuno cumplimiento al contrato. 2. Dirigir, ejecutar, administrar la ejecución de los trabajos contratados, personalmente o mediante representante designado especialmente al efecto, el cual deberá estar permanentemente a disposición del Mandante para la solución de cualquier observación o anomalía que se detecte; 3. Designar al personal idóneo y calificado que lo represente durante la ejecución de las faenas; 4. Proveer y mantener un libro de novedades donde se anotarán los trabajos y las actividades de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en el cumplimiento del contrato; 5. Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la I.T.S. 6. Aceptar las modificaciones relacionadas con el Plan de Operaciones que, por razones de catástrofe o calamidad pública, declaradas por la Autoridad Competente, disponga el Municipio. 7. El adjudicatario queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y la legislación complementaria de dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial las normas relativas a la Seguridad Social, Accidentes del Trabajo e Higiene y seguridad en los lugares de trabajo. 8. Es obligación del adjudicatario entregar un informe mensual del prevencionista, sin perjuicio que el I.T.S podrá solicitar un informe cuando éste lo requiera. Dicho informe versará sobre el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene. 9. Proveer de un sistema de servicios higiénicos en terreno al personal que operan los camiones recolectores. Si la base se encuentra en el territorio comunal podrá utilizarse dichos servicios higiénicos. 10. Suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomar las medidas para mantener la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan la materia. 11. Capacitar a sus trabajadores en temas de prevención de riesgos y en las funciones específicas del servicio antes y durante el desarrollo de la concesión. 12. Efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al I.T.S de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias. 13. Contar con un protocolo de actuación ante emergencias por accidentes laborales. 14. La I.T.S. verificará cuando así lo estime, que las mencionadas obligaciones laborales se están cumpliendo, informando de ello en el Libro de novedades cuando se detecten irregularidades, la Municipalidad podrá denunciarlas ante los organismos pertinentes. 15. El adjudicatario deberá informar al Municipio en el momento de la facturación mensual y mientras dure el servicio contratado, sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, como, asimismo, de las obligaciones de igual tipo que tengan los subcontratados con sus trabajadores, cuando proceda. 16. La obligación mencionada en el párrafo anterior respecto de las obligaciones previsionales y laborales deberá ser acreditada, mediante certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o institución acreditada. 17. No será causal eximente del cumplimiento del contrato por parte del proponente favorecido, el hecho de que su personal se declare en huelga. En todo caso, el contratista arbitrará oportunamente las medidas para que las labores se efectúen a pesar de la huelga. 18. El adjudicatario tendrá la obligación de informar por medio del Libro Manifold, de todo litigio, que le sea notificado legalmente, en materias laborales o previsionales que tenga con sus trabajadores asignados al contrato con la Municipalidad, de no hacerlo se le aplicarán sanciones, establecidas en estas bases. 19. El adjudicatario deberá cumplir con todas las leyes, decretos y reglamentos vigentes a la fecha de celebración del contrato y con todos aquellos que se dicten durante su vigencia, cuando corresponda. De igual manera deberá pagar todos los derechos tributos tasas y otros gravámenes que dichas leyes decretos o reglamentos establezcan. 20. Será responsabilidad del adjudicatario cualquier daño causado a personas, bienes municipales o de terceros, los que deberá indemnizar, sin responsabilidad para el Municipio, y sin perjuicio de las multas correspondientes o el término anticipado del contrato, dependiendo de la gravedad de los perjuicios. 21. El adjudicatario nombrará un Encargado responsable a cargo del servicio, que deberá estar permanentemente ubicable, con residencia en Constitución y estar en permanente coordinación con el Inspector Técnico. 22. No será causal para no cumplir las obligaciones del contrato la falta de insumos, materiales, equipos u otros. 23. Se considerará que el adjudicado, antes de presentar su oferta, está compenetrado de todos los riesgos, factores o circunstancias técnicas y administrativas que puedan afectar su oferta, como los costos requeridos para cubrir todas las obligaciones contractuales en las condiciones establecidas en la presente Propuesta Pública. 24. Los insumos y materiales para utilizar en las labores de aseo deberán ser de óptima calidad, asegurando que el personal no sufra problemas de intoxicación u otra índole. 25. El adjudicado al suscribir el contrato, debe reconocer que se trata de la prestación de un servicio público y que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés del Municipio, aceptando por ello la aplicación de las sanciones correspondientes que se estipulan en las presentes Bases Administrativas y/o Especificaciones Técnicas. 26. Y todas las demás que se contemplan en las Bases y Especificaciones Técnicas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ESTADOS EN EL PROCESO DE LICITACI”N
20.- ESTADOS EN EL PROCESO DE LICITACI”N Para los siguientes estados de licitaciÛn, la Municipalidad proceder· a dictar el decreto que asÌ lo resuelva y a comunicar lo resuelto a todos los participantes, a travÈs de la publicaciÛn de dicho documento en el portal www.mercadopublico.cl en su ID correspondiente. 20.1.- AdjudicaciÛn: Atendido el monto de la licitaciÛn, superior a 500 U.T.M, deber· requerirse y obtenerse previo a la elaboraciÛn del respectivo Decreto de adjudicaciÛn el acuerdo del Concejo Comunal, conforme lo establecido en el artÌculo 65, letra j), de la Ley Nº 18.695, Org·nica Constitucional de Municipalidades. a) La adjudicaciÛn de la licitaciÛn ser· para aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje luego de haber aplicado los Criterios de EvaluaciÛn indicados precedentemente, y los puntajes obtenidos por cada oferente respecto de los distintos Criterios de EvaluaciÛn se incluir·n en un cuadro comparativo que ser· parte del Informe de EvaluaciÛn. b) La adjudicaciÛn se efectuar· por el Decreto respectivo y notificar· a travÈs del sitio www.mercadopublico.cl. c) El resultado de la propuesta se comunicar· a todos los proponentes, a travÈs del portal www.mercadopublico.cl, una vez que se conozca definitivamente la decisiÛn del Alcalde basada en el informe preparado por la ComisiÛn de apertura y evaluaciÛn; TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de ConstituciÛn 41 entendiÈndose formalmente practicada la propuesta una vez publicado en el portal el decreto de adjudicaciÛn respectivo. Asimismo, podr· tambiÈn revocar o suspender seg˙n corresponda, en forma unilateral el proceso licitatorio, mediante un Decreto fundado que asÌ lo autorice. d) Publicada la adjudicaciÛn en el Portal, los oferentes podr·n, en las 48 horas siguientes, formular consultas respecto a la adjudicaciÛn, las que ser·n respondidas por el mismo medio. e) Las notificaciones que se hagan en virtud de la Ley 19.886 de Compras P˙blicas, su reglamento y modificaciones, se entender·n realizadas luego de 24 horas de publicado el documento, acto o resoluciÛn objeto de la notificaciÛn, en el Sistema de InformaciÛn. ▪ En cumplimiento con el artÌculo Nº58 del Reglamento N°661 de la Ley Nº19.886, en el caso de no cumplirse con la fecha de adjudicaciÛn publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, el Municipio publicar· la adjudicaciÛn en el Portal en una nueva fecha, informando allÌ las razones del atraso, mismas razones incorporadas en el acto administrativo que autoriza la modificaciÛn. ▪ Previo a La adjudicaciÛn de la licitaciÛn en la plataforma www.mercadopublico.cl, se deber· contar con toma de razÛn por ContralorÌa General de la Rep˙blica, acorde con lo dispuesto en el articulo 6° de la Ley N°19.886. 20.2.- Inadmisibilidad: La Municipalidad, bajo la Ley Nº19.886, ArtÌculo 9, declarar· inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitaciÛn. Las ofertas ser·n declaradas inadmisibles y no se evaluar·n por las siguientes razones: a) En caso de que alguna/as oferta/as omitiera alg˙n antecedente solicitado en las presentes bases, la ComisiÛn evaluadora podr· solicitarlo a travÈs del foro de aclaraciÛn de ofertas, sin embargo, si no responde, o no responde satisfactoriamente en el plazo estipulado, ser· causal suficiente para declarar inadmisible la propuesta. b) La no presentaciÛn o la presentaciÛn errÛnea de GarantÌa de Seriedad de la Oferta en horario y fecha fijada para ello (sÛlo cuando Èsta fuera solicitada). c) Cuando la oferta presentada por el proponente no cumpla con las bases administrativas o especificaciones tÈcnicas de la LicitaciÛn o cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes bases. d) En caso de que la informaciÛn que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de ConstituciÛn 42 Documentos solicitados u otros que la ComisiÛn de EvaluaciÛn requiera, ser· estimada fraudulenta, siendo causal de eliminaciÛn del Oferentes del proceso de licitaciÛn. ▪ Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el ArtÌculo Nº56 del Reglamento N°661 de la Ley Nº19.886. 20.3.- RevocaciÛn: a) Ser· causal de revocaciÛn de la presente licitaciÛn el hecho de no contar con el suficiente presupuesto disponible para la contrataciÛn completa del servicio al momento de la adjudicaciÛn, ello en atenciÛn a que el presupuesto de la presente licitaciÛn es meramente referencial. b) En esta etapa puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con un decreto que asÌ la autorice. 20.4.- Proceso desierto: La licitaciÛn se declara desierta en las siguientes circunstancias: a) Cuando no se presenten ofertas en el portal. b) Cuando las ofertas presentadas no fueran convenientes a los intereses de la entidad licitante. 20.5.- Re adjudicaciÛn: Municipalidad se reserva el derecho a re adjudicar - dentro del plazo de 60 dÌas corridos contados desde la publicaciÛn de la adjudicaciÛn original - de existir otro u otros oferentes que hubieren dado cumplimiento a todos los requisitos previstos en las bases y de convenir ello a los intereses municipales, seleccionar· al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluaciÛn le siga en puntaje; o, llevar a cabo un nuevo proceso de licitaciÛn seg˙n lo que mejor convenga a sus intereses, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicado no se presente a la firma del contrato dentro del plazo que se seÒala en las bases. c) Si el adjudicatario no entrega la GarantÌa de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, en los tÈrminos y plazos establecidos en las presentes Bases (no ha sido emitida correctamente a favor de la Ilustre Municipalidad de ConstituciÛn, no corresponde al monto o plazo mÌnimo de vigencia exigidos, no incluye la glosa o Èsta no corresponde a la denominaciÛn de la propuesta, o el nombre y/o RUT del proponente est·n mal TOMADO DE RAZÓN CON ALCANCES Oficio: OF141504/2026 Fecha: 27/07/2026 ROXANA LEONIZA NUÑEZ GONZALEZ Contralora Regional Ilustre Municipalidad de ConstituciÛn 43 consignados, ser· rechazada y dar· derecho a la Municipalidad la posibilidad de re adjudicar). d) Si el Adjudicatario es inh·bil para contratar con el Estado, en los tÈrminos del artÌculo 4° inciso 6° de la Ley Nº19.886, al momento de la suscripciÛn del contrato o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condiciÛn dentro del plazo establecido en las bases. e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo indicado en las bases administrativas y no exhiba la documentaciÛn que lo habilite para contratar con el Estado. 20.6.- SuspensiÛn: Es un estado que permite congelar el proceso de licitaciÛn por una gran cantidad de dÌas y posteriormente seguir· con el curso normal de una LicitaciÛn. Este estado es una medida cautelar y puede asignarse desde la aprobaciÛn de las bases hasta la adjudicaciÛn. El cambio de estado de una LicitaciÛn a suspendida, proceder· cuando una resoluciÛn del Tribunal de ContrataciÛn P˙blica asÌ lo disponga, indicando a travÈs del respectivo oficio el periodo de procedimiento estar· suspendido. Resuelto el estado del proceso de LicitaciÛn, la Municipalidad proceder· a dictar el decreto que asÌ lo resuelva y a comunicarlo, a travÈs del sitio www.mercadopublico.cl, a todos los participantes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.