Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION EDUCACION MUNICIPAL DE QUILLOTA
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Fecha de vencimiento:
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24-06-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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11.1 DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
11.1.1 DEL MONTO Y SU VIGENCIA
El Proponente adjudicado deberá entregar al momento de la suscripción del contrato, uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que en conjunto representen el 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, tomada en pesos chilenos, y extendida a nombre del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, RUT N° 61.930.600-7, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario.
En caso de que esta garantía fuera rendida bajo la modalidad de una póliza de seguro, debe excluir las cláusulas de arbitraje y no puede contener deducible de cargo del municipio, sino que deberá ser garantizado por el adjudicatario.
La garantía deberá ser entregada en el área de infraestructura e informática del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, dentro del plazo fijado en las presentes bases para la suscripción del contrato, contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público. Se entenderá efectuada la notificación transcurridas 24 horas desde la publicación del decreto alcaldicio de adjudicación en el portal mercado público.
La garantía deberá tener vigencia durante todo el plazo contratado para la ejecución de las obras y hasta al menos de 60 días hábiles desde la fecha de la Recepción Provisoria (sin observaciones).
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, al menos 60 días hábiles desde la fecha de Recepción Provisoria de las obras. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista.
Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, este deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplazada, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
La garantía podrá otorgarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento.
11.1.3 DEL COBRO DE LA GARANTÍA.
En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, el Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
En caso de aprobarse aumentos de plazo, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberán modificar la fecha de vencimiento de la garantía en igual cantidad de días del aumento de plazo.
El Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota, tendrá el derecho de hacer efectivo el cobro de la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en los siguientes casos:
a) En el evento que el proponente contratado no cumpla con las obligaciones y/o plazos que establecen las presentes bases y contrato.
b) En caso de alcanzar el monto máximo de multas durante la vigencia del contrato, según lo establecido en el punto 21 de las presentes bases.
c) Si al momento del fallecimiento del proveedor, disolución de la sociedad o Unión Temporal de proveedores, existieran pagos de multas, retenciones u otros a favor del municipio.
d) Por cualquiera de las causales establecidas en punto 23.2 de Resolución o Término Unilateral del Contrato.
e) En el caso de que el proveedor, durante la ejecución del servicio, mantenga deudas en el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, o por cualquier condena laboral, y producto de la cual el Departamento de educación de la Municipalidad de Quillota, en su calidad de mandante del servicio, deba asumir efectivas responsabilidades.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor.
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Glosa:
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Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la licitación pública ID 28331-LE26, del proyecto denominado “APLICACIÓN DE PINTURA POLIURETANO EN CANCHA COLEGIO CANADA”, QUILLOTA”, y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, cuando corresponda.
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Forma y oportunidad de restitución:
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11.1.4 PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTÍA
La Inspección Técnica de Obra, emitirá un informe fundado al alcalde, solicitando dictar Decreto Alcaldicio correspondiente, indicando la causa que amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El informe señalado en el párrafo anterior deberá ser notificado al proveedor por correo electrónico, quien tendrá el plazo de cinco (05) días hábiles para efectuar los descargos correspondientes por escrito, en formato físico o por medio de correo electrónico.
Una vez recibidos los descargos o no habiéndolos presentado el proveedor dentro de plazo, el Alcalde resolverá en un plazo máximo diez (10) días hábiles si aplica en definitiva la sanción o bien absuelve al Proveedor, debiendo notificar el Decreto Alcaldicio por medio de correo electrónico al proveedor.
El Proveedor, una vez notificado a través de Decreto Alcaldicio del cobro, tendrá cinco (05) días hábiles para formular sus descargos y solicitar, por escrito en formato físico o por medio de correo electrónico, la reconsideración de la sanción ante la Municipalidad.
Con lo que exponga o en su rebeldía, el Alcalde resolverá, previo informe de la Inspección Técnica de Obra, en un plazo no superior a treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de ingreso de los descargos del proveedor. Las notificaciones se practicarán personalmente o por carta certificada.
En relación con la suma que corresponda pagar al adjudicatario, se estipula que solo se pagará todo obra que haya sido ejecutada a hasta la fecha de notificación, de acuerdo a los valores contemplados en Formulario N°8, Presupuesto Detallado y contrato original, conforme lo determine la inspección Técnica, previo los descuentos que según su naturaleza corresponda efectuar.
11.1.5 DE LA DEVOLUCIÓN
Esta garantía será restituida en forma definitiva, una vez efectuada la Recepción Provisoria de las obras sin observaciones y entregada la Garantía de Correcta Ejecución y Buen Comportamiento de la Obra. Lo anterior, siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el contratista, solicitar su devolución por escrito a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro físico en el área de Finanzas del Departamento de Administración de Educación.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION EDUCACION MUNICIPAL DE QUILLOTA
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Fecha de vencimiento:
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24-06-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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11.1 DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
11.1.1 DEL MONTO Y SU VIGENCIA
El Proponente adjudicado deberá entregar al momento de la suscripción del contrato, uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que en conjunto representen el 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, tomada en pesos chilenos, y extendida a nombre del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, RUT N° 61.930.600-7, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario.
En caso de que esta garantía fuera rendida bajo la modalidad de una póliza de seguro, debe excluir las cláusulas de arbitraje y no puede contener deducible de cargo del municipio, sino que deberá ser garantizado por el adjudicatario.
La garantía deberá ser entregada en el área de infraestructura e informática del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, dentro del plazo fijado en las presentes bases para la suscripción del contrato, contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público. Se entenderá efectuada la notificación transcurridas 24 horas desde la publicación del decreto alcaldicio de adjudicación en el portal mercado público.
La garantía deberá tener vigencia durante todo el plazo contratado para la ejecución de las obras y hasta al menos de 60 días hábiles desde la fecha de la Recepción Provisoria (sin observaciones).
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, al menos 60 días hábiles desde la fecha de Recepción Provisoria de las obras. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista.
Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, este deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplazada, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
La garantía podrá otorgarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento.
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Glosa:
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Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la licitación pública ID 28331-LE26, del proyecto denominado “APLICACIÓN DE PINTURA POLIURETANO EN CANCHA COLEGIO CANADA”, QUILLOTA”, y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, cuando corresponda.
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Forma y oportunidad de restitución:
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11.1.4 PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTÍA
La Inspección Técnica de Obra, emitirá un informe fundado al alcalde, solicitando dictar Decreto Alcaldicio correspondiente, indicando la causa que amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El informe señalado en el párrafo anterior deberá ser notificado al proveedor por correo electrónico, quien tendrá el plazo de cinco (05) días hábiles para efectuar los descargos correspondientes por escrito, en formato físico o por medio de correo electrónico.
Una vez recibidos los descargos o no habiéndolos presentado el proveedor dentro de plazo, el Alcalde resolverá en un plazo máximo diez (10) días hábiles si aplica en definitiva la sanción o bien absuelve al Proveedor, debiendo notificar el Decreto Alcaldicio por medio de correo electrónico al proveedor.
El Proveedor, una vez notificado a través de Decreto Alcaldicio del cobro, tendrá cinco (05) días hábiles para formular sus descargos y solicitar, por escrito en formato físico o por medio de correo electrónico, la reconsideración de la sanción ante la Municipalidad.
Con lo que exponga o en su rebeldía, el Alcalde resolverá, previo informe de la Inspección Técnica de Obra, en un plazo no superior a treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de ingreso de los descargos del proveedor. Las notificaciones se practicarán personalmente o por carta certificada.
En relación con la suma que corresponda pagar al adjudicatario, se estipula que solo se pagará todo obra que haya sido ejecutada a hasta la fecha de notificación, de acuerdo a los valores contemplados en Formulario N°8, Presupuesto Detallado y contrato original, conforme lo determine la inspección Técnica, previo los descuentos que según su naturaleza corresponda efectuar.
11.1.5 DE LA DEVOLUCIÓN
Esta garantía será restituida en forma definitiva, una vez efectuada la Recepción Provisoria de las obras sin observaciones y entregada la Garantía de Correcta Ejecución y Buen Comportamiento de la Obra. Lo anterior, siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el contratista, solicitar su devolución por escrito a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro físico en el área de Finanzas del Departamento de Administración de Educación.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION EDUCACION MUNICIPAL DE QUILLOTA
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Fecha de vencimiento:
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26-04-2027
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Monto:
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3
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Descripción:
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11.2 GARANTIA POR CORRECTA EJECUCION Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA.
11.2.1 DEL MONTO, SU VIGENCIA Y GLOSA
Para la Recepción Provisoria, el contratista, deberá entregar, junto a la correspondiente factura, uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que en conjunto representen el 3% del monto total del contrato tomada en pesos chilenos y extendida nombre del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, RUT N° 61.930.600-7, con la finalidad de garantizar la correcta ejecución y buen comportamiento de la obra.
La vigencia de esta garantía será de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos contados desde la fecha de recepción provisoria de las obras (sin observaciones), más 30 días corridos adicionales sobre dicha fecha.
La garantía deberá ser entregada en el área de infraestructura e informática del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota.
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Glosa:
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Para garantizar la Correcta Ejecución y Buen Comportamiento de la Obra de la licitación pública ID 2833-1-LE26, del proyecto denominado “APLICACIÓN DE PINTURA POLIURETANO EN CANCHA COLEGIO CANADA”, QUILLOTA.
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Forma y oportunidad de restitución:
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11.2.3 DEL COBRO DE LA GARANTÍA.
Esta garantía, podrá hacerse efectiva por parte del Departamento de Educación Municipal de Quillota, previo informe fundado de la Inspección Técnica, si habiendo detectado fallas en la obra, el contratista no se hiciere cargo de ellas, o, si a su fecha de vencimiento, no ha sido realizada la Recepción Definitiva.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad que al contratista le corresponda de conformidad a lo dispuesto por el Código Civil.
11.2.4 DE SU DEVOLUCION
Esta garantía será restituida en forma definitiva una vez efectuada la Recepción Definitiva de las obras (sin observaciones), siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el contratista, solicitar su devolución por escrito a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro.
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