Si el proponente adjudicado, en su caso, no acompañare los documentos requeridos en los casos y la forma señalada en los párrafos primero, segundo, tercero y cuarto de este número 14; o no suscribiere el contrato; la Universidad del Bío-Bío, mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva administrativamente, la garantía de la seriedad de la oferta a que se refiere el número 8 de estas Bases Administrativas, dictando el correspondiente acto administrativo fundado. De igual forma la Universidad, en éste caso, podrá adjudicar la licitación a los otros proponentes de acuerdo al orden o prelación que hubieren obtenido en la evaluación de la ofertas o bien, llamar a una nueva licitación pública, según así fundadamente lo declarare.