Licitación ID: 2905-25-LE25
ADQUISICIÓN FERTILIZANTE PARA AGRICULTORES LANCO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LANCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 20
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Abono nitrogenado 2000 Unidad
Cod: 10171601
SACOS 25 KILOS DE FERTILIZANTE NPK 10-20-10  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN FERTILIZANTE PARA AGRICULTORES LANCO
Estado:
Cerrada
Descripción:
ADQUISICIÓN DE SACOS 25 KILOS DE FERTILIZANTE PARA AGRICULTORES DE LA COMUNA DE LANCO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
69.200.300-4
Dirección:
Libertad 251
Comuna:
Lanco
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 08-07-2025 16:11:28
Fecha inicio de preguntas: 08-07-2025 16:21:00
Fecha final de preguntas: 10-07-2025 23:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-07-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2025 19:57:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PRESENTAR ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- PRESENTAR ANTECEDENTE ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
2 PROVEEDORES LOCALES Conforme al artículo 23, del reglamento de la ley compras públicas 19.886, de acuerdo con el punto 3. criterios y ponderaciones que se asignen derivados de materias de alto impacto social, el desarrollo inclusivo, así como con el impulso a las empresas de menor tamaño, la descentralización y el Desarrollo Local. Se considerará como criterio de evaluación el “Desarrollo Local”, con el objetivo de fomentar e impulsar el desarrollo económico, social y laboral, conforme a la siguiente puntuación. El domicilio sucursal del Oferente pertenece a la Comuna de Lanco, región de los rios=100 puntos Puntaje=(100) *15% El domicilio sucursal del Oferente pertenece a las Comunas de la región de los ríos, distinta de la comuna de Lanco=80 puntos Puntaje=(80) *15% El domicilio sucursal del oferente pertenece a otras comunas del Pais, distintas a la region de los rios=50 puntos puntos. Puntaje=(50) *15% No acredita la información = o puntos Puntaje= (0) * 15% 15%
3 ENTREGA REQUISITOS FORMALES El oferente presenta su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos. Puntaje= (100) *10% El oferente cumple todos los requisitos formales corrigiendo errores u omisiones formales, si la comisión lo hubiera solicitado. Puntaje= (50) *10% El oferente no cumple todos los requisitos formales, fueran o no solicitados por el Foro. Puntaje= (0) *10% 10%
4 Plazo de Entrega El proveedor deberá indicar el plazo de entrega, de la adquisición, esto a contar del envió de la orden de compra que formaliza la adjudicación. (Tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la orden de compra) 1 o 3 dias habiles: Puntaje= (100) *25% 4 o 6 dias habiles : Puntaje= (60) *25% 7 días hábiles = (30) * 25% 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 29900000
Justificación del monto estimado EL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA ESTA ADQUISICIÓN ES DE 29.900.000.- TODA OFERTA QUE SUPERE ESTE MONTO SERA RECHAZADA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LEONARDO ZUÑIGA SCHNEIDER
e-mail de responsable de pago: leonardo.zuniga@munilanco.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHIBE LA CONTRATACIÓN
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate.

1)       Oferta Económica.

2)      Plazo de entrega

3)      Desarrollo Local

4)      Cumplimiento de requisitos formales


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, durante la evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las  rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha  solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Foro de la plataforma www.mercadopublico.cl.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones No mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo 24 horas corridas contadas, desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta.

Dicho lo anterior las bases contemplaran dentro de los criterios evaluación uno que evalué el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menos puntaje a las ofertas que no cumplieron con lo requerido.

Seguidamente, se levantará en el acta en presencia de todos los miembros de la comisión en la cual se dejará constancia del cumplimiento en la entrega de la totalidad de los documentos de admisibilidad, documentos administrativos, oferta Técnica y económica y observaciones que formulen la comisión. 

 La municipalidad se fija un plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de la recepción para la evaluación de la propuesta. Una vez evaluada ésta, la Comisión procederá a informar al Sr. Alcalde, el orden de prelación de las ofertas para proceder a su adjudicación.

El Alcalde adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes.  No obstante, cuando el monto a contratar sea igual o superior a 500 UTM, esta adjudicación deber ser informada y sancionada por el Concejo Municipal, en virtud en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
3. CRONOLOGIA DE LA LICITACION ETAPAS Y PLAZOS
De acuerdo con el Reglamento de compras públicas, en su Artículo 46, sobre plazos mínimos entre llamado y cierre de recepción de ofertas, señala en su inciso quinto y sexto, cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección con una antelación de a lo menos 10 días corridos anteriores a la fecha de recepción de las ofertas. No obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta 5 días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas. Por tanto, la presente licitación, por tratarse de la adquisición un equipo de objetiva especificación y que conlleva a un esfuerzo menor en la preparación de la oferta; de 10 días se rebajara a 5 días corridos en el portal, considerando lo establecido en el artículo 46, del reglamento. Período de publicación de la licitación en el portal de mercado público 5 días corridos en portal de mercado público Fecha de inicio de preguntas Desde la fecha de publicación en el portal de mercado publico Fecha final de preguntas 2 días consecutivos a posterior a la fecha de inicio de las preguntas en indicadas en el mercado publico Fecha de publicación de las respuestas 1 día consecutivo posterior a la fecha final de las preguntas indicadas en el mercado publico Fecha de cierre de recepción de oferta 5 días consecutivos posteriores de la fecha de publicación de la licitación. Fecha de Acto de Apertura Administrativa y técnicas y económica 1 día hábil después de la fecha de cierre de la propuesta Fecha de adjudicación referencial 10 días hábiles posteriores a la apertura y evaluación de las ofertas. Consideración Los plazos de días establecidos en esta cláusula son de días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles administrativos los sábados, domingos y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.
4. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con todo lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; Ley orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado"; que señala “Las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive”, ni con sociedades de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección Chile Compra o de las facultades de la Entidad Licitante, podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. El cumplimiento de dichas obligaciones constituirá un requisito esencial para celebrar el respectivo contrato y su inobservancia facultará a la Ilustre Municipalidad de Lanco para dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la propuesta a cualquiera de los restantes oferentes que hayan cumplido los requisitos previstos en estas Bases, siguiendo el orden de prelación fijado por la comisión de Evaluación, o declararla desierta. Deberá estar inscrito en el sistema de contrataciones públicas http://www.mercadopúblico.cl y/o en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado http://www.chileproveedores.cl en el rubro.
5. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
La Unión Temporal de proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas, por tanto si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en un documento firmado por las partes, que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común, para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones frente a la Municipalidad de Lanco frente al servicio o bien a contratar. No obstante, todos los servicios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio o bien a contratar. Para la presentación de las ofertas de la Unión Temporal, además del documento que formaliza la unión, deberán considerar: 1. Adjuntar junto al anexo 01: identificación del oferente, de los participantes de la unión temporal, al momento de ofertar, donde cada proveedor de dicha unión temporal, deberá está inscrito en el Registro de Proveedores. 2. En el caso de exista UTP, la Entidad Licitante solicitara al socio, la declaración jurada simple, de inhabilidades, Conflictos de interés, suscrita por la otra parte de la UTP, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en la Ley 19.886, no afectando la presentación de requisitos formales. 3. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal de proveedores determinaran que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En el caso de que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y este decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En general, la participación de oferentes como UTP estará regulada por lo señalado en los artículos 180 al 184, del Decreto N° 661/2024 de Hacienda y por la Directiva de Contratación Pública N°22 de 2015. En caso de ser Adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores deberá cumplir con lo siguiente: - La Formalización de la Unión Temporal de proveedores deberá realizarse por escritura pública, si es igual o mayor a 1000 UTM, o por instrumento publico o privado, menor a 1000 UTM, la que deberá acompañarse en la firma del respectivo contrato, la que deberá tener una vigencia equivalente al contrato de la presente licitación. - La UTP, compromete de manera solidaria a sus integrantes, por lo cual, la Municipalidad podrá exigir a cualquiera de sus miembros, el cumplimiento de las obligaciones contratadas, además de solicitar los antecedentes necesarios para la contratación y encontrarse todos los miembros de la UTP hábil en el registro de proveedores al momento de contratar.
6. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases y sus anexos, en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de la licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas según lo estipulado en el portal. Las consultas que se efectúen de otra forma que la señalada en el párrafo anterior, se tendrán por no efectuadas y por lo mismo no serán contestadas. La Municipalidad también podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases y/o especificaciones, para precisar el alcance, complementar, rectificar, corregir, reemplazar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte el proceso de formulación de ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo para el cierre de la propuesta. De igual forma, se entenderá que estas aclaraciones determinan el alcance y sentido de las Bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los Oferentes en la preparación de sus ofertas. Por lo indicado, todo aquel contratista interesado en formular ofertas deberá proceder a la revisión del foro antes de su cierre y con posterioridad al horario indicado. Las aclaraciones Municipales serán parte integrante de las presentes Bases. No se admitirá alegación alguna, que diga relación con el desconocimiento de una o más aclaraciones municipales. Las modificaciones y/o aclaraciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas formarán parte integral de las Bases. Las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las aprueba. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
11. DE APLICACIÓN INMEDIATA SIN DERECHO A PARTICIPAR EN ETAPAS SIGUIENTES:
a) No cumplir con todos los requisitos señalados en la etapa N°2 de Admisibilidad. b) Si la propuesta formulada por el oferente, en su integralidad, presenta discrepancias o inconsistencias importantes que significan una distorsión significativa del resultado del presupuesto o en la entrega final de los bienes y/o servicios requeridos, o refleja una falta de acuciosidad en el estudio de la propuesta.
12. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La Entidad Licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, de acuerdo con lo establecido en la etapa de admisibilidad, anexos administrativos, técnicos y económicos, de existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, esta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La Entidad Licitante podrá, además, declarar desierta la licitación, en los siguientes casos: a) Si no se presentaran ofertas. b) Si las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses municipales. c) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presente bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
13. COMISION EVALUADORA Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por 4 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad para ello. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número de integrantes. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados del reglamento de la ley N° 19.886. La Comisión de Evaluación procederá primeramente a realizar una revisión general de los antecedentes de las propuestas, pudiendo requerir a los oferentes a través del portal Mercado Público, que salven errores u omisiones formales. Esta Comisión emitirá un informe/acta de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
16. INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora elaborará el correspondiente "Acta y/o Informe de Evaluación", debidamente fundado, con todas aquellas materias que señala el artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas. Este informe será suscrito por todas los integrantes de la Comisión Técnica, y que contendrá una proposición y/o recomendación de adjudicación en base a los resultados de la evaluación. Sin perjuicio de la evaluación señalada precedentemente, el informe y la sugerencia realizada por la Comisión Técnica recomendando adjudicar a uno de los proponentes, no tendrá carácter vinculante para las autoridades superiores, por lo cual el Municipio se reserva la facultad de declarar desierta la licitación, por razones fundadas, cuyos motivos se indicarán expresamente en la resolución respectiva. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada
17. ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA Y NOTIFICACIÓN: (ART.58 DE LA LEY):
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl., entendiéndose por notificado al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde dicha publicación. Si la adjudicación no se realiza en el plazo señalado en las presentes bases, se deberá informar en el Sistema de Informaciones las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo de adjudicación. Se adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes. En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación de las presentes Bases de Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso.
19. READJUDICACION
En caso de que algún oferente no dé cumplimiento a los requisitos para contratar establecidos en las bases, no acepte la orden de compra, no cumpla con los plazos de entrega, o desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con la Ley 19.886 y su Reglamento, la Municipalidad adjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
20. DE LA SUSCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN, AUMENTO Y VALIDEZ DE LA OFERTA
De acuerdo con el Artículo 117, sobre contrato y validez de la oferta, indica que para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la ley Nº 19.886, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. Por tanto, tratándose esta licitación de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, menor a 1000 UTM se formalizará la contratación con la respectiva emisión de la Orden de Compra. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, el municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación de la licitación, y adjudicar al oferente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación, o bien podrá declarar inadmisible o desierta y, efectuar un nuevo proceso licitatorio, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes. Una vez notificado el decreto Alcaldicio de adjudicación, el oferente adjudicado deberá acompañar antecedentes que requiera o solicite el municipio, que haya acompañado en el portal al efectuar su oferta, en formato papel, o copia legalizada.
21. DOCUMENTOS INTEGRANTES
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: i) Bases de licitación y sus anexos. ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. iii) Oferta. iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si corresponde. v) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
22. PLAZO DE ENTREGA Y MULTAS
Teniendo presente que el plazo de entrega es parte de las condiciones generales de la licitación y además un factor a evaluar de las ofertas, la municipalidad podrá cancelar la orden de compra, transcurrido 5 días hábiles adicionales al plazo de entrega, aun así podrá considerar la aplicación de multa en caso de atraso en la entrega: 1 UTM por cada día corrido de atraso en la entrega en los términos contratados, por sobre el plazo de entrega ofertado. Si la Adquisición de Bienes y/o servicios no cumple con lo especificado o presentan defectos y fallas se considerarán como no entregados, computándose la multa hasta obtener la plena conformidad de la contraparte municipal. Para cursa multa, se generará un comprobante al oferente, una vez recibido el pago de la multa por parte del oferente, éste podrá cursar el Pago que corresponda, por el monto total o por los insumos recepcionado conforme, y luego emitir la factura correspondiente, procediendo el sistema a devengar y pagar en forma íntegra dicha factura. En caso contrario se podrá rebajar la Multa de dicha Factura.
FORMA DE PAGO
La forma de pago será contra recepción de Bodega -de la Ilustre Municipalidad de Lanco, libertad N°251, presentación de factura, que se cancelará en un plazo máximo de 30 días corridos. La factura deberá extenderse a nombre de la “ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LANCO” RUT N°69.200.300-4, Giro Administración Pública, con domicilio en Calle Libertad 251 Lanco.
24. CESIÓN DE CRÉDITO O FACTORING
En caso de celebrar el oferente un contrato de Factoring, éste deberá notificar al Mandante y Unidad Técnica dentro de las 48 horas siguientes a su celebración. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a este Mandante de dicho contrato, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura, siempre que no existan obligaciones o multas pendientes. En ningún caso, la notificación del Factoring puede llegar, en fecha posterior a la solicitud de pago, que corresponde a la factura cedida. Enviar a correos: Leonardo.zuniga@munilanco.cl, Karoll.cruz@munilanco.cl, Kelly.hernandez@munilanco.cl .
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.