Licitación ID: 2910-8-L126
SUMINISTRO MATERIALES DE ESCRITORIO AÑO 2026
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE FUTRONO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Carpetas colgantes o accesorios 1 Unidad
Cod: 44122017
“SUMINISTRO DE MATERIALES DE ESCRITORIO CESFAM - AÑO 2026”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO MATERIALES DE ESCRITORIO AÑO 2026
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Departamento de Salud Municipal de Futrono–en adelante también “DESAM” o “Depto de Salud”- llama a presentar ofertas para contratar Suministro de Materiales de escritorio para CESFAM - año 2026, por un periodo de 8 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento de Salud
R.U.T.:
69.200.700-k
Dirección:
GERMÁN RIESCO 305.
Comuna:
Futrono
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-04-2026 16:52:00
Fecha de Publicación: 25-03-2026 15:32:35
Fecha inicio de preguntas: 25-03-2026 18:52:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2026 18:52:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-03-2026 18:52:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-04-2026 16:53:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-04-2026 16:53:00
Fecha de Adjudicación: 14-05-2026 15:32:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR
3.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
4.- DECLARACIÓN JURADA VINCULO DE PARENTESCO
Documentos Técnicos
1.- PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA
 
Documentos Económicos
1.- PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integridad Presenta Anexo N° 6 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad 100 No presenta Anexo N° 6 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad 0 Presenta Anexo N° 6 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su persona 5%
2 Comportamiento contractual anterior Oferentes sin registro de sanciones contractuales 100 Oferentes con entre 1 y 3 sanciones contractuales 50 Oferente con más de 4 sanciones contractuales 0 10%
3 Plazo de Entrega Igual o menor a 5 días hábiles 100 Entre 6 a 10 días hábiles 50 Igual o mayor a 11 días hábiles 0 30%
4 Precio Oferta total económica más baja 100 2da oferta total económica más baja 50 3ra o más, oferta total económica más baja 0 40%
5 Proveedor Local Proveedor con domicilio en Región de Los Rios 100 Proveedor no posee domicilio en Región de Los Rios 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 8 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARLA OBANDO BRANA
e-mail de responsable de pago: FINANZASDESAM@MUNIFUTRONO.CL
Nombre de responsable de contrato: FERNANDO FLANDEZ MONTECINOS
e-mail de responsable de contrato: ALCALDE@MUNIFUTRONO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-6-3482702-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1 Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en las presentes bases; 2 Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; 3 De conformidad con lo señalado en las presentes bases, no acepta la orden de compra que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación; 4 No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación; 5 Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 6 Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del suministro, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en las presentes bases de licitación. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MULTAS Y SANCIONES
Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el DESAM podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica. Procedimiento de aplicación: Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, el ITS notificará esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. 1. En caso de que ITS evidencie un incumplimiento, éste emitirá un oficio a la Unidad de Adquisiciones del DESAM y ésta enviará oficio al proveedor indicando el incumplimiento y el monto de la multa. 2. El proveedor podrá hacer sus descargos emitiendo un oficio dirigido al ITS del suministro y al Alcalde de la Comuna de Futrono, dentro de 5 días hábiles, desde la notificación del DESAM. Los descargos podrán realizarse mediante carta certificada a la dirección de la Municipalidad de Futrono o a correo electrónico indicado al momento de la adjudicación. 3. Vencido el plazo sin presentar descargos, el DESAM dictará el acto administrativo aplicando la multa. 4. Si el adjudicatario hubiese presentados descargos en tiempo y forma, el DESAM tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual será notificado al adjudicatario mediante correo electrónico. 5. Las notificaciones por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su envío. 6. El monto de las multas será rebajado de la orden de compra emitida por DESAM más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, a través de notificación de oficio que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto, debiendo ser pagada dentro de 10 días hábiles siguientes a la notificación.
Pacto de integridad
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los suministros que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los suministros que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del suministro. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los suministros que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del suministro se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del suministro en conformidad con las presentes bases de licitación.
PAGO DE MULTAS
El adjudicatario podrá pagar las multas directamente en el Departamento de Tesorería de la Municipalidad de Futrono o a la cuenta corriente de la Municipalidad, informando el comprobante de pago indicada mediante oficio que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del pago que corresponda de acuerdo al suministro.
Resolución de Empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en el siguiente criterio; Plazo de entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en el siguiente criterio; Proveedor local; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en el siguiente criterio; Comportamiento contractual anterior; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en el siguiente criterio; Programa de Integridad; Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
PAGO
a) El pago se realizará de acuerdo a la recepción conforme. El proveedor deberá facturar de acuerdo a lo entregado y recepcionado en CESFAM. b) Las facturas deberán ser enviadas a los siguientes correos electrónicos: dsoto@munifutrono.cl, cmolina@munifutrono.cl y aguentrepan@munifutrono.cl c) Con todo, el pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o transferencia electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme. Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. d) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT 69.200.700 K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N – Futrono
CAUSAL Y MONTO DE LAS MULTAS
El DESAM podrá administrativamente cobrar multas al adjudicatario, cuando se verifiquen las situaciones que se indican en el siguiente cuadro, y por los montos que para cada caso se señalan: N° Causa Monto de la multa 1 Entregar en un plazo mayor al ofertado, sin previo aviso a ITS. No dar aviso vía correo electrónico a administrador del suministro por quiebre de stock de algún producto. 2 Hacer cambio de insumos ofertado y/o alterar los productos adjudicados. 1 U.F. por cada día de incumplimiento, con un tope de 5 días. 1 U.F. por evento con un tope de 5 eventos dentro del primer semestre del servicio. 5 3 Suspensión del suministro, sin previo aviso, por cualquier causa imputable al proveedor. U.F por día de suspensión. Tope 5 días. 4 Cualquier otro incumplimiento de las bases que afecte directamente la correcta prestación del servicio. 1 U.F por evento y/o día según corresponda. Tope 5 eventos durante la vigencia del suministro. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El valor de la U.F será el que corresponda al del día en que se verifique la falta. En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 5% del valor total del suministro.
MODIFICACIONES DEL SUMINISTRO
Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el presupuesto disponible por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del suministro y se deberá emitir una nueva orden de compra por el aumento de presupuesto. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del suministro; o c) Si da como resultado un suministro de naturaleza diferente. En todo caso, las eventuales modificaciones que se realicen al suministro no podrán exceder del 30% del valor total del suministro, siempre que el organismo cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO
La contraparte técnica del DESAM corresponderá al Inspector Técnico del Servicio (ITS), quienes realizarán las siguientes actividades: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases. b) Comunicarse por cualquier vía con el encargado del suministro, dándole observaciones de forma y fondo del desarrollo del suministro prestado. c) Fiscalizar que los insumos entregados se ciñan estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios. d) Velar por el correcto desarrollo del suministro, informando mediante oficio a la Unidad de Adquisiciones del DESAM en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. e) Dar visto bueno y recepción conforme a los requerimientos solicitados. f) Las demás que le encomienden las presentes bases. El ITS de la presente licitación será el o la Coordinadora Técnica o quien lo reemplace, del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la adjudicación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones: a) Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. b) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones. c) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del suministro. d) Ejecutar el suministro con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas aclaraciones y otros antecedentes entregados. e) Mantener un permanente control sobre la ejecución del suministro, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto. f) Responder y gestionar, según corresponda, todos los requerimientos y/o consultas que surjan por parte de la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de éstas g) El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. h) Las demás que le encomienden las presentes bases
FACULTAD DE READJUDICAR
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1) Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en las presentes bases; 2) Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; 3) De conformidad con lo señalado en las presentes bases, no acepta la orden de compra que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación; 4) No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación; 5) Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 6) Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del suministro, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en las presentes bases de licitación. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
DE LA EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA
a) El DESAM formalizará la adquisición del bien mediante la emisión de una Orden de Compra, conforme al artículo 117°, del Reglamento DS 661/2024, de la Ley N° 19.886. b) El DESAM solicitará los materiales, mediante orden de compra, de acuerdo a los requerimientos de cada Unidad. c) Los requerimientos sobre los que versa la presente licitación pública se califican en este acto como DE SIMPLE Y OBJETIVA ESPECIFICACIÓN. Lo anterior, por cuanto la preparación de la oferta consiste únicamente en la revisión de la disponibilidad de stock de los materiales solicitados, lo que supone un esfuerzo comparativamente inferior de los oferentes." Sin perjuicio de ello, el servicio se prestará conforme a lo aprobado en las presentes bases y de acuerdo a los anexos administrativos, técnicos y económicos adjuntados por el adjudicatario.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACION DE DESERCION
El DESAM declarará inadmisibles las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, y aquellas que correspondan a personas relacionadas u oferentes que forman parte de un mismo grupo empresarial y que no son la oferta más conveniente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°19.886. Lo anterior sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Para efectos de seleccionar la oferta más conveniente se optará por aquella que cuente con un mayor puntaje total en la evaluación. En caso de existir dos ofertas o más ofertas con el mismo puntaje total, de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionados entre sí, se determinará cuál es la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de desempate indicados en las presentes bases, según el orden de prelación de dichos criterios establecido por la entidad licitante. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.