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RESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE |
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Si en el resultado de la evaluación final, hubiese un empate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en la letra C) MODULO ANEXOS ECONOMICOS. En caso de persistir el empate, como segundo factor de desempate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en la letra B) MODULO ANEXOS TÉCNICOS, I. Propuesta Técnica. De persistir el empate, como tercer factor de desempate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación de la letra B) MODULO ANEXOS TÉCNICOS, II. Plazo de entrega.
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DE LAS OFERTAS |
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Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Ahora bien, para que pueda ser adjudicada la presente licitación al oferente único, este deberá obtener al menos una evaluación igual o superior a 70% de los criterios establecidos en el punto 10.3 de las presentes Bases, para garantizar el cumplimiento del servicio, en caso de obtener un puntaje inferior el oferente quedará rechazado.
Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
La Municipalidad declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. También se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. En este caso, el órgano contratante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, sólo la oferta más conveniente, según se haya establecido en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada, mediante Decreto Alcaldicio. Para posteriormente efectuar una nueva licitación.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
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La adjudicación de la propuesta será resuelta por la Sra. Alcaldesa, de acuerdo con el plazo indicado en el punto 7.6 de las presentes bases, en bases a la propuesta presentada por la comisión evaluadora en base al informe derivado de la evaluación de esta.
La Municipalidad aceptará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, siempre que el mejor oferente haya obtenido un puntaje igual o superior a 70%, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada en la que se especificarán los respectivos criterios aplicados.
La licitación, se entenderá oficialmente adjudicada una vez que la Municipalidad de La Cruz así lo dictamine a través de la emisión de un Decreto Alcaldicio, debidamente notificado a través del Sistema ChileCompra, en el cual, entre otras cosas, se deberá consignar el nombre del Proponente favorecido (persona natural y/o jurídica), el objeto del contrato, el monto ofertado (impuesto incluido) y el plazo de ejecución o desarrollo.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o desistirá de su participación en el respectivo proceso.
El Proponente favorecido, también denominado adjudicatario, una vez notificado de la resolución a través del Sistema ChileCompra, deberá acordar con la Unidad Jurídica de la Municipalidad de La Cruz, la fecha efectiva de suscripción del contrato y entrega de la garantía respectiva.
No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades.
No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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Por tratarse de un contrato de simple y objetiva especificación y cuyo precio se pagará con posterioridad a su entrega; el presente contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del proponente adjudicado.
En caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada por parte del proveedor, la Municipalidad de La Cruz podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Una vez resuelta la licitación, el Adjudicatario, deberá certificar que se encuentra habilitado en el Registro de Proveedores de CHILE COMPRA y en caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá acreditar la habilidad para contratar, y en el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra.
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FACTURACION |
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El acuerdo en cuestión es un convenio de suministros con un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta que se agote el presupuesto adjudicado. La operativa para cumplir con la licitación incluye los siguientes pasos principales:
1. Solicitud de la inspección técnica de la Unidad de DIDECO:
Este departamento generará solicitudes y coordinación de entrega al proveedor, en forma parcializada, la cual será solicitada a través de correo electrónico u otro medio acordado entre la inspección técnica y el proveedor, para la entrega de los productos adjudicados, hasta completar el 100% de la licitación.
2. Detalles de entrega:
La solicitud incluirá el detalle de las cantidades de cada uno de los productos solicitados y previamente adjudicados.
3. Facturación posterior a la certificación:
El proveedor emitirá facturas parciales con cada entrega hasta completar el 100% de la orden de compra. Una vez que la inspección técnica del departamento DIDECO certifique la recepción de los productos, la documentación se remitirá al departamento de Adquisiciones y, posteriormente, a Finanzas para gestionar el pago.
4. Requisitos del Documento Tributario
La facturación deberá realizarse según el detalle generado por la inspección técnica mensual, hasta alcanzar el total del contrato conforme a los valores indicados en el Formulario de Oferta Económica N°7. Las facturas deben emitirse a nombre de:
- Municipalidad de La Cruz
RUT N° 69.060.200-8
Calle Gabriela Mistral #03, La Cruz
En caso de que la factura presente algún error, la Unidad de Adquisiciones dispondrá de 05 días hábiles para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario. Éste dispondrá a su vez de 10 días hábiles para subsanar los errores. La nueva factura o Nota de crédito, según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original.
Una vez presentada correctamente la factura correspondiente, el plazo para su pago será de 30 días corridos como máximo. (Art. 2 Ley 21.131), sin perjuicio del deber del proveedor a presentar toda documentación que se exige para su solución.
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