Declaración jurada simple Programa de Integridad y Ética Empresarial.
En virtud del Artículo N°17 del Reglamento de la Ley 19.886, los oferentes que contraten con las Entidades, en este caso la Municipalidad, deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Debido a lo anterior, los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple que posea como mínimo lo siguiente:
Datos de la Empresa, Consultora u Oferente:
- Nombre de la Empresa, Consultora u Oferente
- Rut de la Empresa, Consultora u Oferente
- Nombre del Representante Legal
- Fecha
Declaración Programa de Integridad y Ética Empresarial
- Declarar si la Empresa, Consultora u Oferente cuenta con un Programa de Integridad y Ética Empresarial (SI o NO)
- Declarar si los Empleados y Directivos de la Empresa, Consultora u Oferente conocen íntegramente el Programa de Integridad y Ética (SI o NO)
- Declarar si la Empresa, Consultora u Oferente cuenta con mecanismos para Controlar el cumplimiento del Programa de Integridad y Ética Empresarial. (SI o NO)