Licitación ID: 3347-4-LE26
Adquisición de repuestos para vehículos fiscales
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Fecha de Cierre: 16-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 361
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Vehículos de servicio 1 Unidad
Cod: 20102305
Adquisición de repuestos para vehículos fiscales de cargo en la Comandancia en Jefe del Ejército, según anexo  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de repuestos para vehículos fiscales
Estado:
Publicada
Descripción:
Que, el cumplimiento de las misiones y funciones que competen a la CJE Departamento de Asuntos Generales, la Unidad de Cuartel solicita a través de documentos de “Vistos” 13 y 14, la adquisición de repuestos para los vehículos fiscales de cargo en la CJE, en la forma, condiciones y con las especificaciones técnicas que en estas bases se establecen.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comandancia en Jefe del Ejército - CJE
R.U.T.:
61.101.036-2
Dirección:
Blanco Encalada N° 1724 Edificio A
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-06-2026 10:11:54
Fecha inicio de preguntas: 03-06-2026 15:03:00
Fecha final de preguntas: 06-06-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-06-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-06-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-06-2026 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes administrativos Art. 18° Los oferentes deberán encontrarse inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores de Mercado Público. La documentación societaria y antecedentes legales serán verificados preferentemente mediante dicho registro, no siendo necesaria su presentación cuando se encuentren disponibles y vigentes en la plataforma. Podrán participar en este proceso de licitación las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley N° 19.886 y en los artículos 180 al 183 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. La Unión Temporal de Proveedores podrá estar conformada por dos o más empresas de menor tamaño, sean personas naturales o jurídicas, sin necesidad de constituir una nueva persona jurídica. La UTP deberá designar un representante o apoderado común con poder suficiente para actuar en nombre de todos sus integrantes y formalizarse mediante escritura pública o instrumento privado suscrito ante notario (en caso de licitaciones inferiores a 1.000 UTM). En dicho instrumento deberá constar la identificación de los miembros, el objeto de la unión, su duración, la representación común y la obligación de solidaridad entre sus integrantes. Los miembros de una UTP no podrán presentar oferta individual ni participar en otra UTP dentro del mismo proceso licitatorio; de ocurrir ello, todas las ofertas involucradas serán declaradas inadmisibles. La UTP que resulte adjudicada mantendrá su carácter durante la ejecución de la orden de compra, respondiendo solidariamente por el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. Tratándose de personas naturales, sólo deberán presentar los siguientes antecedentes: fotocopia de la cédula nacional de identidad y fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Art. 12° Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, dentro del plazo de recepción de estas, conforme a lo establecido en el cronograma de actividades. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones. Art. 14° La oferta está compuesta por una parte administrativa, técnica, económica y los documentos agregados, los cuales deberán ser presentados en formato digital, a través de los campos habilitados para estos efectos en el portal mercado público u otro que contenga la información requerida, según se detalla en los siguientes puntos de estas bases. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en dichos puntos será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones formales, en los términos establecidos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N.º 19.886 (Decreto Supremo N.º 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda) y en los artículos N°27 y 28 de las presentes bases. Art. 15° Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato editable en el Portal. En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a su disposición, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada. Art. 29° Causales Generales de Inadmisibilidad La Comandancia en Jefe del Ejército declarará inadmisibles aquellas ofertas que incurran en una o más de las siguientes circunstancias: a) No presenten alguno de los anexos o antecedentes obligatorios exigidos en las presentes Bases. b) Excedan el presupuesto disponible para la presente licitación. c) No coticen la totalidad de los bienes requeridos en las presentes bases, debiendo el oferente presentar oferta por la totalidad de los productos y cantidades solicitadas. d) No permitan verificar técnicamente la compatibilidad de los repuestos ofertados con los vehículos requeridos. e) Presenten antecedentes técnicos manifiestamente inconsistentes, contradictorios, incompletos ilegibles o insuficientes para efectuar su evaluación. f) Oferten productos incompatibles con las especificaciones técnicas requeridas en las presentes bases. g) No indiquen plazo de entrega, que éste exceda el máximo permitido en las presentes Bases; o que contemplen plazos ambiguos, indeterminados o sujetos a interpretación, tales como rangos de tiempo (ejemplo: “de 2 a 3 días”), referencias aproximadas o expresiones equivalentes que impidan determinar de manera cierta el plazo efectivamente ofertado. h) Oferten una garantía técnica inferior a la mínima exigida. i) Oferten productos usados, reacondicionados, remanufacturados, reparados o de segunda utilización. j) Presenten ofertas condicionadas o sujetas a modalidades distintas a las establecidas en las presentes Bases. k) Incurran en cualquier incumplimiento de carácter esencial respecto de las exigencias establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y anexos. La declaración de inadmisibilidad será efectuada mediante resolución fundada, conforme a la Ley N.° 19.886 y su Reglamento.
Documentos Técnicos
1.- Art. 19° La oferta técnica deberá ser presentada en formato electrónico o digital a través del sistema de información, debiendo indicar características del bien que ofrece y medios a emplear. Asimismo, deberá contener, como exigencias mínimas las contenidas en las bases técnicas por la adquisición de repuestos para vehículos, debiendo ajustarse a los formatos de los anexos contenidos en estas bases u otro distinto que contenga la misma información. Los códigos OEM o números de parte indicados en las presentes Bases tendrán carácter referencial y serán utilizados únicamente como parámetro técnico de compatibilidad, prevaleciendo siempre la compatibilidad efectiva del repuesto con el vehículo requerido
 
Documentos Económicos
1.- Oferta económica Art. 20° Las ofertas deberán ser puras y simples. No se aceptarán aquellas sujetas a condición, o las que se refieren a una modalidad de pago distinta de la requerida en las presentes bases administrativas, debiendo ajustarse al formato contenido en el Anexo N° 1 “Oferta económica” de estas bases. El marco presupuestario para la presente licitación asciende a la suma de $9.322.222.- (nueve millones trescientos veintidós mil doscientos veintidós pesos), impuesto al valor agregado incluido. En caso de que el precio del comprobante de ingreso de la oferta y el precio indicado en el Anexo N.° 1 “Oferta Económica” fueren diferentes, la oferta será evaluada de acuerdo a lo indicado en el Anexo N.° 1 “Oferta Económica”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio 1. PRECIO 35% El oferente que presente la oferta económica más conveniente (precio mínimo ofertado), será calificado con el máximo del puntaje asignado para este criterio (100 ptos.). El resto de los oferentes será calificado en forma proporcional a la mejor propuesta. “Precio mínimo ofertado” Puntaje= ((Precio mínimo ofertado) / (precio Oferta)) * 100 Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el Anexo N° 1 Económico u otra que contenga la misma información requerida, que no presenten precio o éste sea superior al presupuesto disponible. En caso de que el precio del comprobante de ingreso de oferta y el precio indicado en el Anexo Económico N°1 fueren diferentes, prevalecerá lo indicado en el Anexo Económico N° 1. 35%
2 Tiempo de entrega TIEMPO DE ENTREGA 20 % Para la evaluación de este criterio el oferente que presente el plazo de entrega (en días hábiles) más conveniente (tiempo mínimo ofertado), será calificado con el máximo del puntaje asignado para este criterio (100 ptos.). El resto de los oferentes serán calificados en forma proporcional a la mejor propuesta, no obstante, el plazo máximo no podrá superar los 07 días hábiles administrativos. Puntaje= ((Tiempo mínimo ofertado) / (Tiempo Oferta)) * 100 Tiempo de entrega días hábiles administrativos. El plazo de entrega comenzará a regir a partir del día siguiente desde que es aceptada la orden de compra por parte del oferente adjudicado. Para lo anterior la orden de compra deberá ser aceptada en un plazo máximo de 24 horas una vez enviada a proveedor. Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el Anexo N° 2 “Tiempo de entrega” u otra que contenga la misma información requerida, que no indiquen el tiempo de entrega o éste sea superior a 07 días 20%
3 Vigencia de garantía técnica Para la evaluación de este criterio el oferente será calificado de acuerdo al tiempo de garantía (expresado en meses) más conveniente (mayor tiempo de garantía ofertado) que presenten, el que no podrá ser inferior a 3 meses; será calificado con el máximo del puntaje asignado para este criterio (100 ptos.). El resto de los oferentes serán calificados en forma proporcional a la mejor propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje= ((tiempo de garantía en meses Ofertado) / (mayor tiempo de garantía en meses ofertado)) * 100 Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el Anexo N° 3 (“Vigencia garantía”), de forma clara y legible para poder evaluar este criterio), que no indiquen la garantía o ésta sea inferior a 3 meses. La vigencia de garantía técnica deberá corresponder a la totalidad de los repuestos solicitados, por lo que no se aceptarán garantías diferidas. De ser así, la oferta no será considerada y será declarada inadmisible. 15%
4 Comportamiento contractual Para la evaluación de este criterio el oferente será calificado de acuerdo con el comportamiento contractual disponible a través de la “Ficha del proveedor” (comportamiento base), durante los últimos 24 meses contados desde la fecha de apertura de las ofertas en la plataforma www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el Art. 151 número 5. Del Decreto 661 del ministerio de Hacienda, de acuerdo con la siguiente tabla: Escala de Evaluación PUNTAJE No refleja término anticipado de contratos ni sanciones 100 Ptos. Refleja la aplicación de 1 a 3 sanciones, en comportamiento contractual del proveedor. 80 Ptos. Refleja la aplicación de 4 a 8 sanciones, en comportamiento contractual del proveedor. 60 Ptos. Para los proveedores que no reflejen evaluaciones en comportamiento contractual (por ser empresa nueva en rubro o no fueran evaluados por contratos ejecutados) 100 Ptos. Refleja término anticipado de contrato o más de 9 sanciones, en comportamiento contractual del proveedor. 0 Pt 10%
5 Cumplimiento de requisitos formales Para la evaluación de este criterio el oferente será calificado de acuerdo a los antecedentes requeridos (anexos) en las bases de licitación. En tal sentido, cuando el oferente cumpla con la totalidad de la documentación solicitada (antecedentes, anexos o certificaciones requeridas al momento de presentar la oferta) será calificado con el máximo del puntaje asignado para este criterio (100 ptos.). En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 56 del Reglamento de la ley N.°19.886 y dentro del plazo definido para tal efecto, será calificado con 0 puntos, como indica la siguiente tabla: Escala de Evaluación Puntaje Presenta la totalidad de los antecedentes solicitados 100 Pts. Presenta en forma parcial los requerimientos formales y los complementa con posterioridad conforme al inciso primero del artículo 56 del Reglamento de la ley N°19.886, o se solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al número 2 y 3 del artículo 56 de dicho 10%
6 Programa de integridad y ética empresarial Este criterio tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con un Programa de Integridad formalmente implementado, destinado a prevenir, detectar y sancionar conductas contrarias a la probidad, la ética y la normativa vigente, asegurando el cumplimiento de los principios de transparencia y buen uso de los recursos públicos. La Comisión Evaluadora podrá verificar la autenticidad y vigencia de la documentación presentada. Para la obtención del puntaje correspondiente, el oferente deberá presentar: 1. Copia del Programa de Integridad o documento equivalente, que contemple políticas internas, procedimientos de control, mecanismos de denuncia y medidas disciplinarias. 2. Evidencia de implementación y difusión del programa dentro de la organización (por ejemplo, registros de capacitaciones, actas o comunicaciones internas). 3. En caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), todos los integrantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos anteriores. Si el oferente no pr 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos Presupuestarios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Depto. Finanzas CJE
e-mail de responsable de pago: depto.finanzas.cje@ejercito.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Asimismo, el proveedor no podrá subcontratar total ni parcialmente la ejecución de las obligaciones derivadas de la presente contratación sin autorización previa y escrita de la CJE. La infracción de esta obligación facultará a la Entidad para poner tér
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La CJE, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 58° inciso noveno del Reglamento de la Ley N°19.886, podrá readjudicar la licitación dentro del plazo de 20 veinte días corridos contados desde la ocurrencia de alguna de las siguientes situaciones, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido siempre que sea conveniente a los intereses de la Institución, dejando sin efecto la adjudicación previa: 1. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra, en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación, por causas atribuibles a él. 2. En caso de que el adjudicatario, se desista, renuncie, abandone, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación. 3. Si el adjudicatario o el oferente propuesto para adjudicación se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos previstos en los artículos 4° y 35 quáter de la Ley N.° 19.886, en el artículo 10 de la Ley N.° 20.393, en el artículo 26 letra d del Decreto Ley N.° 211, de 1973, o en el artículo 33 de la Ley N.° 21.595, o no proporciona los antecedentes o documentos requeridos para verificar dicha condición. 4. Si el adjudicatario se encontrara inhábil para contratar con el Estado.
Resolución de Empates

Art. 32°.     En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:

1º  “Precio”

2° “Tiempo de entrega”

3° “Vigencia garantía técnica”

4° “Comportamiento contractual”

5° “Pacto de integridad”

6° “Cumplimiento de los Requerimientos Formales”

Art. 33°.     Si aplicados los criterios anteriores aún persiste el empate, se adjudicará al oferente que primero presentó su oferta en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de la oferta. En ningún caso este criterio podrá interpretarse como una preferencia o ventaja competitiva, limitándose a resolver el empate bajo condiciones de estricta igualdad y transparencia.

 


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Art. 43°      Los oferentes podrán formular consultas respecto de la resolución de adjudicación únicamente después de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo de dos (2) días hábiles.

Excepcionalmente, y sólo para efectos de consultas posteriores a la adjudicación, los oferentes podrán dirigir consultas a las casillas institucionales paola.gonzalez@ejercito.cl o cristian.saavedra@ejercito.cl, las cuales serán respondidas dentro del plazo de dos (2) días hábiles.

Todas las respuestas emitidas por cualquiera de los mecanismos señalados constituirán comunicaciones oficiales y formarán parte del expediente del proceso de adjudicación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Art. 26°.     La entidad licitante podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo de 24 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.

Art. 27°.     La entidad licitante podrá también permitir, de conformidad a lo establecido en el número 2 y 3 del inciso primero del artículo 56 del Reglamento, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de presentar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.

Art. 28°      Los oferentes que deban enmendar errores u omisiones y que no cumplan con la formalidad de presentación de las ofertas, tendrán un puntaje menor en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”.

Pacto de integridad

Art. 56°      El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.