Licitación ID: 3384-64-LP24
Servicio arriendo 3 equipos de aire acondicionado
Responsable de esta licitación: INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 317
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Aires acondicionados 1 Unidad
Cod: 40101701
servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio arriendo 3 equipos de aire acondicionado
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Instituto Geográfico Militar -IGM
R.U.T.:
81.448.600-1
Dirección:
Avenida Santa Isabel 1651
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-12-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 03-12-2024 15:49:00
Fecha inicio de preguntas: 10-12-2024 11:00:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-12-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-12-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-12-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 15-01-2025 16:31:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno, conforme a Artículo 16° de las Bases Administrativas 10-12-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas.
2.- Los oferentes que no se encuentren hábiles al momento de presentar su propuesta, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple conforme al Portal de Mercado Público. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al portal de Mercado Público. d. Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro) en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: - Declaración jurada simple conforme al Portal de Mercado Público, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. - Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. - Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 30 (treinta) días a la fecha de presentación de la oferta. En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, "Chile Proveedores", deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados.
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta, según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público.
 
2.- Visita a Terreno: Los oferentes interesados en participar, deberán concurrir el quinto día hábil desde la publicación de la licitación a una visita a terreno, a efectuarse el día establecido en el cronograma de la ficha de licitación y el horario será a las 10:00am para ingresar los datos al acta de visita a terreno, en dependencias del IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad Santiago, Región Metropolitana, quien no asista en el horario y fecha establecida no podrá participar. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma o que no lleguen en la fecha y hora establecida. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta, en la que se dejará constancia de todos los proponentes que asistieron y será publicada junto con la adjudicación.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. En caso de discrepancia entre el “Anexo A” y el “Comprobante de ingreso a la oferta”, primará lo expuesto en el Anexo A.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de solución en caso de falla (máximo 4 hora Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (10 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de solución en caso de falla (máximo de 4 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de solución / Tiempo de solución evaluado) x 10 Las ofertas que indiquen menos de 2 horas (120 minutos) para el tiempo de solución en caso de falla, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 3 y 4 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (4 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofertado es de 4 horas. 10%
2 Certificado de acreditación de condición de partne Los oferentes que adjunten a su oferta un certificado que acredite su condición de partner de la marca de los equipos propuestos, garantizando así la calidad y soporte de los mismos. Se les asignara 7 (siete) puntos. Aquellos oferentes que NO lo adjunten a su oferta serán evaluados con 0 (cero) puntos. 7%
3 Experiencia de los Oferentes Los oferentes deberán adjuntar a su oferta copia de los formularios F-29 “Declaración mensual y pago simultaneo de impuestos” entregados por el servicio de impuestos internos correspondiente al año 2024 (enero a la fecha). Para efectos de determinar el monto de facturación de cada oferente durante el periodo, se aplicará la siguiente fórmula Monto facturado = ((código 538 / 0.19) + código 142). Al oferente que acredite mayor monto de facturación durante el año 2024 (enero a la fecha) se le asignarán 5 (cinco) puntos y a los siguientes se les aplicará la siguiente formula: (Monto de facturación evaluado/mayor monto de facturación) x 5 (cinco) puntos 5%
4 Cumplimiento de requisitos formales A los oferentes que ingresen oportunamente todos los antecedentes administrativos requeridos, se les asignarán 5 puntos. Aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o que la comisión de evaluación requiera solicitar la presentación de algún antecedente omitido por el oferente serán evaluados con 0 puntos, en este criterio. 5%
5 Precio El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio total ofertado con IVA incluido por los proponentes y al Anexo A o similar, se evaluará de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 60 60%
6 Plazo de entrega de los equipos de aire acondicion El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de meses (máximo 4 meses) que el proveedor señale para efectos del plazo de la entrega, instalación y puesta en marcha, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de meses ofertados/oferta evaluada) x 10 Las ofertas que superen el plazo máximo de entrega (4 meses) para el inicio del servicio, no se considerarán y se declararán inadmisible su oferta, siendo este un requisito de carácter excluyente. Los proveedores que ofrezcan plazo en tramos (Ejemplo: 1 a 3 meses) se les considerará el mayor plazo (3 meses), para aquellos que oferten “Entrega inmediata”, se le asignará 0 (cero) puntos en este criterio, al igual que aquellos que no lo indiquen. Nota: Los proveedores que postulen en días corridos se realizará el cálculo correspondiente conforme a lo siguiente: Días corridos N.° de meses 30 días corridos 1 mes 60 días corridos 2 meses 90 días corridos 3 meses 120 días corridos (máximo a postular para la entrega 10%
7 Tiempo de respuesta (máximo 2 horas) Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (3 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de respuesta ante un requerimiento (máximo 2 horas). A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de respuesta / Tiempo de respuesta evaluado) x 3 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el Tiempo de respuesta, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 1 y 2 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (2 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofrecido es de 2 horas. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto disponible
Monto Total Estimado: 134320000
Justificación del monto estimado El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de 134.320.000.- ciento treinta y cuatro millones trescientos veinte mil pesos impuesto y gastos incluidos, correspondiente a un contrato de 60 meses, conforme a “Vistos 6”.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El IGM se reserva el derecho de rechazar las ofertas que excedan el monto máximo disponible establecido en estas bases de licitación, las que podrán ser declaradas inadmisibles.
Tiempo del Contrato 60 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jefe del Departamento de Finanzas del IGM
e-mail de responsable de pago: contables@igm.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefe de la Sección de Informática del IGM
e-mail de responsable de contrato: sice@igm.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26663489-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Instituto Geográfico Militar
Fecha de vencimiento: 14-02-2025
Monto: 1 %
Descripción: En virtud de lo indicado en el Artículo 31 del Reglamento de Compras Públicas, el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta será obligatorio en las contrataciones que superen las 2.000 UTM. El oferente, al momento de presentar su oferta, deberá adjuntar en el sistema de información el documento financiero que caucionará la seriedad de su oferta, en el caso de ser pólizas o certificados de fianza, y en el caso de ser boletas de garantía o vales vistas, deberá entregarlas de manera física en las dependencias de la entidad licitante y en horario laboral, esto es de lunes a jueves desde 08:00 a 17:00 hrs y viernes desde 08:00 a 16:00 hrs. Dicha garantía debe ser irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional (pesos), a nombre del Instituto Geográfico Militar, RUT N.º 81.448.600-1, por un monto equivalente al 1% del disponible presupuestario para este proceso licitatorio, IVA incluido.
Glosa: Para Garantizar la Seriedad de la Oferta en el proceso licitatorio de la contratación del “Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato (cláusula de readjudicación).
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto Geográfico Militar
Fecha de vencimiento: 30-08-2030
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de garantía a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. Dicha garantía deberá ser, en peso chileno, según consta en el Reglamento de la Ley N.° 19.886. La garantía deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada dentro del plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del sistema de información. Transcurrido este plazo, sin que el oferente adjudicado haga entrega de la referida garantía, se entenderá por este sólo hecho, que no existe interés en contratar con el IGM y que revoca o retira su oferta, procediendo a la respectiva readjudicación. El oferente podrá presentar esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de forma física en un sobre cerrado, con la identificación de la licitación, su ID correspondiente y el nombre de la compañía oferente, en el domicilio del organismo contratante, el cual deberá ser entregada; o podrá otorgar la garantía de forma electrónica, debiendo ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”. Artículo 29º: La garantía de fiel cumplimiento deberá ser tomada por el oferente adjudicado, o un tercero a nombre de éste, extendida a nombre del Instituto Geográfico Militar, RUT N.º 81.448.600-1, por un monto equivalente al 5% del total adjudicado, valor que deberá ser expresado en pesos chilenos, con la siguiente glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM”. Artículo 30º: El proveedor adjudicado deberá mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 15 (quince) días hábiles previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, éste deberá renovarla, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencia que las indicadas precedentemente o aquella vigencia requerida por el IGM al momento de solicitar su renovación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato previo al vencimiento de la garantía vigente. Si el proveedor no renovare dicha garantía en el plazo señalado, el IGM podrá cobrarla administrativamente a su sola presentación y sin más trámite. Artículo 31º: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. Las garantías se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato. Artículo 32º: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución. Artículo 33º: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% (cincuenta por ciento) del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el IGM podrá, por medio de resolución fundada debidamente tramitada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM”.
Forma y oportunidad de restitución: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
Artículo 1º: Las presentes bases administrativas regulan el llamado a propuesta pública, para la contratación del servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Portal “Mercado Público” y/o “Chile Proveedores”. Artículo 3º: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Todos los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación, serán en días hábiles, salvo que se establezca expresamente lo contrario. En caso de que algún plazo expire en día inhábil, este se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente. Para estos efectos, se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos.
DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 4º: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5°: Los oferentes que no se encuentren hábiles al momento de presentar su propuesta, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple conforme al Portal de Mercado Público. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al portal de Mercado Público. d. Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro) en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: - Declaración jurada simple conforme al Portal de Mercado Público, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. - Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. - Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 30 (treinta) días a la fecha de presentación de la oferta. En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, "Chile Proveedores", deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. Artículo 6°: Los oferentes podrán presentar sus ofertas en soporte papel y en conformidad a lo dispuesto y bajo las circunstancias señaladas en el Artículo 62, del DS N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 2004. En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en las presentes bases de licitación y en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo presentar toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7°: El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo los servicios solicitados. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y el IGM deberán redactarse en idioma español. Artículo 8°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 9°: El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de $134.320.000.- (ciento treinta y cuatro millones trescientos veinte mil pesos) impuesto y gastos incluidos, correspondiente a un contrato de 60 meses, conforme a “Vistos 6”. El IGM se reserva el derecho de rechazar las ofertas que excedan el monto máximo disponible establecido en estas bases de licitación, las que podrán ser declaradas inadmisibles. Artículo 10°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases, quedando prohibido todo otro tipo de contacto entre oferentes y funcionarios del IGM, que no sea del área de abastecimiento. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante el sistema de información, el día indicado en en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público. Artículo 11°: Producto de las consultas o aclaraciones del Artículo anterior, la entidad licitante podrá modificar las bases administrativas y/o técnicas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, lo que se hará por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que todos los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 12°: El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación. Asimismo, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente las siguientes obligaciones: a) No tomar contacto con funcionarios del IGM durante el proceso de licitación, salvo que se trate de aquellos contactos excepcionales que hayan sido expresamente permitidos y regulados en estas bases de licitación, como en las aclaraciones, consultas (por el foro establecido para ellas), visitas en terreno o las que se hagan al área de Abastecimiento del organismo licitante. b) No ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma. c) Revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) Aceptar asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. e) El oferente declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas.
DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Artículo 13°: Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Artículo 14°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. En caso de discrepancia entre el “Anexo A” y el “Comprobante de ingreso a la oferta”, primará lo expuesto en el Anexo A. Artículo 15º: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta, según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público. Artículo 16°: Visita a Terreno: Los oferentes interesados en participar, deberán concurrir el quinto día hábil desde la publicación de la licitación a una visita a terreno, a efectuarse el día establecido en el cronograma de la ficha de licitación y el horario será a las 10:00am para ingresar los datos al acta de visita a terreno, en dependencias del IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad Santiago, Región Metropolitana, quien no asista en el horario y fecha establecida no podrá participar. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma o que no lleguen en la fecha y hora establecida. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta, en la que se dejará constancia de todos los proponentes que asistieron y será publicada junto con la adjudicación. Artículo 17º: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, declarándose inadmisibles.
DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 18°: El IGM, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. La entidad licitante se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses institucionales descritos en las presentes bases, lo que se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga, la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación. Artículo 19º: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: N.° Ítem Ponderación 1 Precio 60 3 Plazo de entrega de los equipos de aire acondicionado 10 2 Tiempo de solución en caso de falla (máximo: 4 horas) 10 3 Certificado de acreditación de condición de partner 7 4 Experiencia de los oferentes 5 5 Tiempo de respuesta (máximo: 2 horas) 3 6 Cumplimiento de requisitos formales 5 TOTAL 100 Precio = 60 % (máximo puntos 60) El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio total ofertado con IVA incluido por los proponentes y al Anexo A o similar, se evaluará de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 60 Plazo de entrega de los equipos de aire acondicionado (máximo 4 meses) = 10% (máximo puntos 10) El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de meses (máximo 4 meses) que el proveedor señale para efectos del plazo de la entrega, instalación y puesta en marcha, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de meses ofertados/oferta evaluada) x 10 Las ofertas que superen el plazo máximo de entrega (4 meses) para el inicio del servicio, no se considerarán y se declararán inadmisible su oferta, siendo este un requisito de carácter excluyente. Los proveedores que ofrezcan plazo en tramos (Ejemplo: 1 a 3 meses) se les considerará el mayor plazo (3 meses), para aquellos que oferten “Entrega inmediata”, se le asignará 0 (cero) puntos en este criterio, al igual que aquellos que no lo indiquen. Nota: Los proveedores que postulen en días corridos se realizará el cálculo correspondiente conforme a lo siguiente: Días corridos N.° de meses 30 días corridos 1 mes 60 días corridos 2 meses 90 días corridos 3 meses 120 días corridos (máximo a postular para la entrega e inicio del servicio) 4 meses Tiempo de solución en caso de falla (máximo 4 horas) = 10% (máximo puntos 10) Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (10 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de solución en caso de falla (máximo de 4 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de solución / Tiempo de solución evaluado) x 10 Las ofertas que indiquen menos de 2 horas (120 minutos) para el tiempo de solución en caso de falla, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 3 y 4 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (4 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofertado es de 4 horas. Certificado de acreditación de condición de partner = 7% (máximo puntos 7) Los oferentes que adjunten a su oferta un certificado que acredite su condición de partner de la marca de los equipos propuestos, garantizando así la calidad y soporte de los mismos. Se les asignara 7 (siete) puntos. Aquellos oferentes que NO lo adjunten a su oferta serán evaluados con 0 (cero) puntos. Experiencia de los oferentes = 5% (máximo puntos 5) Los oferentes deberán adjuntar a su oferta copia de los formularios F-29 “Declaración mensual y pago simultaneo de impuestos” entregados por el servicio de impuestos internos correspondiente al año 2024 (enero a la fecha). Para efectos de determinar el monto de facturación de cada oferente durante el periodo, se aplicará la siguiente fórmula Monto facturado = ((código 538 / 0.19) + código 142). Al oferente que acredite mayor monto de facturación durante el año 2024 (enero a la fecha) se le asignarán 5 (cinco) puntos y a los siguientes se les aplicará la siguiente formula: (Monto de facturación evaluado/mayor monto de facturación) x 5 (cinco) puntos Tiempo de respuesta (máximo 2 horas) = 3% (máximo puntos 3) Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (3 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de respuesta ante un requerimiento (máximo 2 horas). A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de respuesta / Tiempo de respuesta evaluado) x 3 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el Tiempo de respuesta, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 1 y 2 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (2 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofrecido es de 2 horas. Cumplimiento de requisitos formales = 5% (máximo puntos 5) A los oferentes que ingresen oportunamente todos los antecedentes administrativos requeridos, se les asignarán 5 puntos. Aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o que la comisión de evaluación requiera solicitar la presentación de algún antecedente omitido por el oferente serán evaluados con 0 puntos, en este criterio. Artículo 20°: De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia: 1. Criterio “Precio” 2. Criterio “Plazo de entrega de los equipos de aire acondicionado (máximo 4 meses)” 1. Criterio “Tiempo de solución en caso de falla (máximo 4 horas)” 2. Criterio “Certificado de acreditación de condición de partner” 3. Criterio “Experiencia de los oferentes” 4. Criterio “Tiempo de respuesta (máximo 2 horas)” 5. Criterio “Cumplimiento de requisitos formales” En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta. Artículo 21°: Las propuestas serán evaluadas por una comisión, de conformidad con los criterios de evaluación de las presentes bases, confeccionando al respecto, un acta de evaluación. El IGM, adjudicara la presente licitación, a la propuesta que resulte ser más ventajosa, de conformidad con la evaluación efectuada por la precitada comisión, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
READJUDICACIÓN
Artículo 22°: Procederá la readjudicación, si el oferente adjudicado no suscribiere el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la boleta de garantía de fiel cumplimiento al contrato, no aceptare la orden de compra o no de cumplimiento al plazo estipulado para el inicio del servicio licitado, conforme a los requerimientos técnicos, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con el IGM, pudiendo este dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarla al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente. Artículo 23°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente.
CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Artículo 24º: Una vez formalizada y publicada la adjudicación, y en caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos al correo amolina@igm.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información, se reitera la prohibición de cualquier otro tipo de contacto por cualquier medio entre oferentes y cualquier otro funcionario del IGM. La entidad licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases.
DE LAS MULTAS
Multas por atraso de la entrega del servicio y en caso de atraso en el tiempo de solución del problema ante una falla. Artículo 25º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos dentro de la ejecución del servicio de arriendo de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se le cursará una multa por día de atraso, correspondiente al 3% (tres por ciento), del valor neto de la orden de compra del mes en curso, hasta alcanzar un máximo del 30% (treinta por ciento), en cuyo caso se podrá poner término anticipado a la contratación. La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, con indicación en su derecho a formular sus descargos fundados y acreditados, dentro de 05 días contados desde la notificación. El monto de las multas será rebajado del pago que el IGM deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento al contrato.
FUERZA MAYOR
Artículo 26°: El Instituto Geográfico Militar y el proveedor no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el Artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, al IGM, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de inicio del servicio de arriendo de tres equipos aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aportes de antecedentes a la institución, los días en exceso, sobre los 5 (cinco) días señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Artículo 27°: En virtud de lo indicado en el Artículo 31 del Reglamento de Compras Públicas, el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta será obligatorio en las contrataciones que superen las 2.000 UTM. El oferente, al momento de presentar su oferta, deberá adjuntar en el sistema de información el documento financiero que caucionará la seriedad de su oferta, en el caso de ser pólizas o certificados de fianza, y en el caso de ser boletas de garantía o vales vistas, deberá entregarlas de manera física en las dependencias de la entidad licitante y en horario laboral, esto es de lunes a jueves desde 08:00 a 17:00 hrs y viernes desde 08:00 a 16:00 hrs. Dicha garantía debe ser irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional (pesos), a nombre del Instituto Geográfico Militar, RUT N.º 81.448.600-1, por un monto equivalente al 1% del disponible presupuestario para este proceso licitatorio, IVA incluido. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato (cláusula de readjudicación). La citada garantía deberá contener la siguiente glosa: Para Garantizar la Seriedad de la Oferta en el proceso licitatorio de la contratación del “Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM”.
GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 28º: El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de garantía a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. Dicha garantía deberá ser, en peso chileno, según consta en el Reglamento de la Ley N.° 19.886. La garantía deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada dentro del plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del sistema de información. Transcurrido este plazo, sin que el oferente adjudicado haga entrega de la referida garantía, se entenderá por este sólo hecho, que no existe interés en contratar con el IGM y que revoca o retira su oferta, procediendo a la respectiva readjudicación. El oferente podrá presentar esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de forma física en un sobre cerrado, con la identificación de la licitación, su ID correspondiente y el nombre de la compañía oferente, en el domicilio del organismo contratante, el cual deberá ser entregada; o podrá otorgar la garantía de forma electrónica, debiendo ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”. Artículo 29º: La garantía de fiel cumplimiento deberá ser tomada por el oferente adjudicado, o un tercero a nombre de éste, extendida a nombre del Instituto Geográfico Militar, RUT N.º 81.448.600-1, por un monto equivalente al 5% del total adjudicado, valor que deberá ser expresado en pesos chilenos, con la siguiente glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM”. Artículo 30º: El proveedor adjudicado deberá mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 15 (quince) días hábiles previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, éste deberá renovarla, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencia que las indicadas precedentemente o aquella vigencia requerida por el IGM al momento de solicitar su renovación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato previo al vencimiento de la garantía vigente. Si el proveedor no renovare dicha garantía en el plazo señalado, el IGM podrá cobrarla administrativamente a su sola presentación y sin más trámite. Artículo 31º: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. Las garantías se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato. Artículo 32º: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución. Artículo 33º: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% (cincuenta por ciento) del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el IGM podrá, por medio de resolución fundada debidamente tramitada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA
Artículo 34°: El IGM, elaborará el respectivo contrato, el que deberá ser suscrito por las partes dentro del término de 30 días corridos (fecha estimativa, el cual podrá realizarse antes de este plazo), contados desde la notificación de la adjudicación, previo a la suscripción de este, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la correspondiente Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, una vez suscrito el contrato se emitirán las Órdenes de Compra, para aceptación de las mismas, por parte del proveedor adjudicado. Artículo 35°: Las partes podrán acordar modificaciones al presente contrato, después de su entrada en vigencia, debiendo dichas modificaciones contar con un Addendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante del presente contrato, si dichas modificaciones se amplían o extienden los servicios requeridos, será obligación de la empresa caucionar los mismos, mediante la ampliación proporcional de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o mediante la entrega de una nueva garantía por un monto proporcional, debiendo garantizar dichos servicios bajo los mismos términos y condiciones que al servicio principal. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. Artículo 36°: La relación contractual tendrá una vigencia desde la suscripción del contrato y hasta el término de este, por un periodo de 60 meses. Se emitirá una orden de compra por los meses correspondientes al año 2025, una por el año 2026, año 2027, año 2028, año 2029 y otra por el mes o los meses restantes del año 2030, conforme a un periodo total de 60 meses. En caso de sufrir algún cambio en los plazos de la adjudicación e inicio del servicio, la orden de compra se ratificará conforme al mes de inicio del contrato. Artículo 37°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al IGM el contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (artículo 75 del Reglamento de la Ley N°19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente, para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 38°: Una vez adjudicado y como requisito para la suscripción del contrato y emisión de las órdenes de compra, el oferente adjudicado, deberá proceder a su inscripción en el registro de proveedores “Chileproveedores”, en caso que no lo estuviere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, el no hacerlo, facultará al IGM para adjudicar la licitación al oferente que ocupa el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente. Artículo 39º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en el respectivo contrato y las órdenes de compra, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y su oferta.
MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO
Artículo 40º: La entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato o modificar el mismo, si concurren las causales establecidas en el Artículo 77° del reglamento de la Ley N.° 19.886, sin prejuicio de las siguientes: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de contrato, con un máximo de seis meses. 6. Si el adjudicatario se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 7. Si se disuelve la empresa adjudicada. 8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 9. En caso que el atraso supere los 10 (diez) días, para la reparación en el tiempo de solución al problema ante una falla ya establecido para tales efectos en las presentes bases. 10. En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 30% del valor total del contrato. 11. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses. Artículo 41°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. f) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas. Artículo 42º: La declaración de término anticipado, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa, según el procedimiento del Artículo 43° de estas bases. En ningún caso el término anticipado de los servicios, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio.
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 43º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el IGM, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles efectué sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta publicada en el Sistema de Información. Además, sin perjuicio de esa notificación se notificará de forma personal al proveedor o mediante envió de carta certificada. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, el IGM, si procediere, se aplicará alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
DE LOS PAGOS
Artículo 44°: El pago del servicio de arriendo se efectuará mensualmente por un periodo de 60 meses y se pagará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado cabal cumplimiento mensual al servicio de arriendo de tres equipos de aire acondicionado de precisión para la sala de servidores del IGM, mediante acta de conformidad emitida por el Jefe del Departamento requirente, mes a mes. Las facturas deberán ser emitidas por el proveedor conforme al monto y detalle de la orden de compra emitida a través del portal Chilecompra y/o lo establecido en el respectivo contrato, el cual requiere contener los siguientes antecedentes: 1. Factura comercial emitida a nombre de: - Razón Social: Instituto Geográfico Militar - RUT: 81.448.600-1 - Giro: Investigaciones y Desarrollo Experimental / Imprenta - Dirección: Avenida Santa Isabel #1651, Comuna de Santiago, RM. 2. Acta de recepción conforme emitida por la entidad licitante. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al Artículo 75 del D.S N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 (cinco) días hábiles antes de que se tramite el pago de la factura. Si no da aviso en el plazo y forma exigida por la Ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Artículo 45°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 46°: La presente contratación de los servicios que por este acto se licita queda sujeta a la aprobación de la Ley de presupuesto, por encontrarse la presente contratación financiada con fondos presupuestarios año 2025, 2026 y 2027, y la consecuente disponibilidad presupuestaria. Artículo 47°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 47°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases, se entienden incorporadas en la orden de compra y contrato, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
CLÁUSULA DE INTERPRETACIÓN
Artículo 48°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretarán e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento complementario y la Ley de bases de contratos Administrativos de suministro y prestaciones de servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena Fe.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.