Licitación ID: 3447-113-LP26
Serv.Sistema Gestión y Arriendo Software Municipal
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 57
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de administración 1 Unidad
Cod: 43232804
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1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv.Sistema Gestión y Arriendo Software Municipal
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Municipalidad de Alto Hospicio, llama a Licitación Pública a los proveedores del rubro, con el objeto de contratar el Servicio de Sistema de Gestión y Arriendo de Software Municipal, el cual es de carácter imprescindible para el funcionamiento de la infraestructura informática, la optimización de esta misma, la seguridad de la información, el soporte técnico, el mantenimiento de la infraestructura informática, la optimización de la infraestructura informática, y la mejora de la eficiencia y productividad. Lo anterior, de acuerdo con las características entregadas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas adjuntas, en virtud de una mejor y eficiente Gestión Municipal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Direccion de Administracion y Finanzas
R.U.T.:
69.265.100-6
Dirección:
Ruta A 610, Entre Ruta A 616 Con Ruta A 618 S/N
Comuna:
Alto Hospicio
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-07-2026 16:30:00
Fecha de Publicación: 03-07-2026 16:26:45
Fecha inicio de preguntas: 03-07-2026 19:00:00
Fecha final de preguntas: 08-07-2026 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-07-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-07-2026 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 23-09-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Remítase al Art. 78° de las Bases Administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Remítase al Art. 78° de las Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Remítase al Art. 78° de las Bases Administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Administrativa Remítase al Art. 120° de las Bases Administrativas. 10%
2 Oferta Económica Remítase al Art. 120° de las Bases Administrativas. 40%
3 Oferta Técnica Remítase al Art. 120° de las Bases Administrativas. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 215-22-09-999-000 215-22-11-003 215-22-09-999
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Remítase al Art. 53, 54, 55, 56 y 57 de las Bases Administrativas.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Gallardo Martinez
e-mail de responsable de pago: pgallardo@maho.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Alto Hospicio
Fecha de vencimiento: 21-01-2028
Monto: 5 %
Descripción: Remítase al Art. 269 y 271 de las bases administrativas.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA PP N°068/2026, “SERVICIO DE SISTEMA DE GESTIÓN Y ARRIENDO DE SOFTWARE MUNICIPAL” ID MERCADO PÚBLICO 3447-113-LP26
Forma y oportunidad de restitución: Remítase al Art. 273 y 274 de las bases administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Art. 121º             En caso de producirse empate en el puntaje final obtenido en la Etapa de Evaluación de Ofertas, entre dos o más propuestas previamente declaradas admisibles, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en el orden de prelación que se señala:

  • 1° por Mejor Oferta Técnica.
  • 2° por Menor Oferta Económica.
  • 3° por Mejor Oferta Administrativa.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Art. 132º             Los oferentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación del decreto alcaldicio en el Sistema de Información, a través del portal. Dichas observaciones serán analizadas y respondidas (si corresponde dar una respuesta) por la Municipalidad, a través del mismo medio, dentro de un plazo de hasta dos (2) días hábiles, por la Unidad Técnica según la materia observada, pudiendo requerirse, cuando corresponda, la participación de otras unidades municipales para su adecuada resolución.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Boletín Laboral y Previsional o Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo u otro documento que tenga como fuente de información la Dirección del Trabajo, el cual que permita conocer el comportamiento laboral y previsional del proponente, con fecha no superior a 90 días de antigüedad a la fecha de la apertura.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Art. 104º             Durante la etapa de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o la subsanación de antecedentes, en los casos y condiciones permitidos por la normativa vigente y las presentes Bases.

Art. 105º             Las aclaraciones tendrán por objeto precisar, complementar o facilitar la correcta interpretación de los antecedentes presentados por los oferentes cuando existan dudas fundadas respecto de su contenido, alcance o sentido. Las aclaraciones no podrán, en ningún caso, implicar la modificación de la oferta técnica o económica presentada.

Art. 106º             La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación de errores u omisiones de carácter formal, siempre que su corrección no altere la esencia de la oferta, no otorgue ventajas al oferente respectivo y no afecte los principio de igualdad de los oferentes.

Art. 107º             Para los efectos de las presentes Bases, se entenderá por errores u omisiones formales aquellos que no alteren el contenido sustancial de la oferta, tales como errores de digitación, numeración o rotulación, falta de firma u otras omisiones menores susceptibles de verificación, aclaración o corrección conforme a la normativa vigente.

Art. 108º             Durante la etapa de evaluación, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes:

a)     Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

b)     La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.

c)      La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Art. 109º             Las solicitudes de aclaración o subsanación se efectuarán exclusivamente a través del módulo de “Aclaraciones de Ofertas” del Sistema de Información, fijándose un plazo para su cumplimiento. Las respuestas y antecedentes acompañados formarán parte integrante del expediente de contratación.

Art. 110º             El oferente dispondrá de un plazo de dos (2) días hábiles para dar cumplimiento a lo solicitado, contado desde las 24 horas siguientes a la notificación efectuada a través del Sistema.

Art.111º             La falta de respuesta dentro del plazo otorgado, la respuesta incompleta, la alteración de la oferta original o la presentación de antecedentes que no den cumplimiento a lo solicitado facultará a la Comisión Evaluadora para declarar inadmisible la oferta o prescindir de los antecedentes no acompañados, según corresponda.

Art. 112º             Las actuaciones de aclaración y subsanación no podrán conferir al oferente una ventaja competitiva respecto de los demás participantes, debiendo resguardarse en todo momento los principios de igualdad de trato, estricta sujeción a las Bases y transparencia del proceso.

Art. 113º           Lo dispuesto en el presente título no será aplicable a la Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso de haberse exigido, salvo en lo relativo a errores de forma en su glosa cuando el instrumento presentado corresponda a un vale vista u otro de similares características.

Pacto de integridad
Remítase a las Bases Administrativas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.